SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.27 número46Breaking the Pendulum: Una sugerente lectura agonística sobre la penalidadaPositivismo criminológico, dogmática jurídica penal y enseñanza universitaria (unc; ca. 1940 ca. 1970) índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

  • No hay articulos citadosCitado por SciELO

Links relacionados

  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Delito y sociedad

versión impresa ISSN 0328-0101versión On-line ISSN 2468-9963

Delito soc. vol.27 no.46 Santa Fé dic. 2018

 

COMENTARIOS DE LIBROS

Comentario a Melossi, Dario; Sozzo, Máximo y Brandariz García, José A. (editores): The Political Economy of Punishment Today: Visions, Debates and Challenges.

Nueva York: Routledge, 2018

 

Por Federico Luis Abiuso

Universidad de Buenos Aires – Argentina abiusofederico@yahoo.com.ar

Enmarcado y presentado como el fruto de intercambios llevados a cabo recientemente entre investigadores provenientes de diversos contextos geográficos, este libro tiene entre sus objetivos y propósitos abordar la trayectoria y los posibles usos de la economía política del castigo para entender la penalidad actual, presentar un «estado del arte» de los debates contemporáneos y establecer una agenda de los desafíos que enfrenta en el campo más amplio de los estudios acerca del castigo y el orden social.

Respecto a su estructura, el libro se compone de diez capítulos y una introducción, la cual podríamos concebir a la manera de una apertura de telón, una invitación al lector a recorrer las temáticas abordadas. En ella, los editores del libro (Brandariz García, Melossi y Sozzo) nos sitúan en el contexto de la formulación pionera de la economía política del castigo. En este sentido, refieren a dos artículos escritos por Georg Rusche en los años 1930 y 1933, la publicación de Pena y estructura social (en co-autoría con Otto Kirchheimer. en 1939), y señalan dos de las premisas fundamentales de esta perspectiva: la puesta en relación entre modos de producción y sistemas de castigo, y más específicamente, la correlación entre la evolución y transformación del castigo y las condiciones del mercado laboral, a partir del principio de «menor elegibilidad». En la misma dirección, y siguiendo un orden cronológico, son puntualizadas algunas de las maneras en que fue retomada la obra de Rusche y Kirchheimer en la década de 1970, con el impulso de una segunda edición de Pena y estructura social (1968), en un escenario más propicio a las críticas de las «instituciones totales», como cárceles e instituciones psiquiátricas. Por un lado, la importancia de poner en relación un sistema de castigo en específico y el modo de producción capitalista fue retomada en las indagaciones que se hicieron sobre el nacimiento de la prisión, ejemplificadas a partir de Vigilar y castigar (1975) de Michel Foucault y Cárcel y fábrica (1977) de Dario Melossi y Massimo Pavarini. Por el otro, la obra de Rusche y Kirchheimer fue traducida en términos de la investigación cuantitativa, con miras a testear hipótesis sobre la relación entre las condiciones del mercado de trabajo, prestando especial atención a la tasa de desempleo, y la penalidad, con énfasis en la tasa de encarcelamiento. A la manera de comentario crítico, se reconoce que si bien estos análisis lograron dar cuenta de una asociación significativa entre uno y otro, ello no implicó que promovieran una explicación respecto de la misma. Otro comentario acerca de este segundo cuerpo de trabajos refiere a la simplificación de las variables económicas en la tasa de desempleo. Al presentar estos límites de la «vieja» economía política del castigo, siguiendo la terminología expuesta por Alessandro de Giorgi en Castigo y economía política(publicado originalmente en ingles en 2012, y en 2016, en español), el libro establece un puente entre las formulaciones desplegadas en la década del ‘70 y los desarrollos más recientes de esta perspectiva.

En tal sentido, del mismo modo en que son planteados estos antecedentes de la trayectoria de la economía política del castigo, la introducción de The Political Economyof Punishment Today nos presenta el panorama de algunas de las visiones, debates y desafíos —tal como lo indica el subtítulo— a los cuales se asocia esta perspectiva en la actualidad.

Se mencionan al respecto, en un primer apartado, las posibilidades y alternativas propiciadas por los trabajos de Alessandro de Giorgi, Michael Cavadino y James Dignan y Nicola Lacey. Conviene detenerse en la reconstrucción que se hace sobre estos autores, debido a que constituyen referencias que gozan de amplia presencia y visibilidad en el libro.

Para Brandariz García, Melossi y Sozzo, la renovación de la economía política del castigo se vinculó a distintos hitos y acontecimientos: el «giro culturalista» experimentado por la sociología del castigo en las décadas de 1980 y 1990 —principalmente en el mundo anglosajón—, la crisis del marxismo como tradición intelectual, la consolidación de una reestructuración post-Fordista del régimen de acumulación, la difusión de la racionalidad y el proyecto político neoliberal (con vastas consecuencias sobre la creciente exclusión y desigualdad social) y un incremento de punitividad en el campo penal. Estas transformaciones, con mayor o menor peso de alguna en particular, son objeto de las elaboraciones iniciadas en los años 2000 por Alessandro de Giorgi. Dos son las características que los editores del libro sintetizan al referirse a su obra. En primer lugar, De Giorgi toma como punto de partida las herramientas de la economía política del castigo, pero al mismo tiempo sostiene la necesidad de actualizarlas a la luz de los cambios recientes en el capitalismo contemporáneo, incorporando una mirada de la estructura del mercado laboral post-Fordista y alejándose de la centralidad de la tasa de desempleo. En segundo lugar, el autor aboga por la necesidad de promover una economía política «post-reduccionista, culturalmente sensible» del castigo, que sea capaz de superar la falsa dicotomía entre estructura y cultura. Esto implica que el peso de las dimensiones políticas, institucionales y culturales sea incluido en el análisis. En otras palabras, otorgar una mayor impronta a los factores «extra-económicos» en la puesta en relación entre economía política y castigo.

Del mismo modo, otros autores se orientaron a dar cuenta esa conexión, pero desde una perspectiva comparativa, subrayando las diferencias y divergencias que existen en el mundo contemporáneo en términos de la penalidad. Una de las principales premisas es que esta producción intelectual puso en cuestión la visión del capitalismo como una entidad homogénea que atraviesa las fronteras nacionales y regionales del mundo, distinguiendo entre tipos de economías capitalistas contemporáneas (Cavadino y Dignan) o variedades de capitalismo (Lacey), y efectuando entrecruzamientos entre diversas variables económico-políticas y los distintos niveles de punitividad.

Recuperar lo elaborado por estos autores no es el único camino que se puede transitar para dar cuenta de la renovación de la economía política del castigo. Para los editores del libro, las transformaciones asociadas a la Gran Recesión, y su impacto en la penalidad, desafían algunas de las conclusiones presentes en los estudios desarrollados en los años ‘70 y ‘80, e incluso algunos de los argumentos elaborados por Rusche y Kirchheimer. En tal sentido, este contexto se ofrece como un escenario generador de nuevos análisis enfocados en la perspectiva de la economía política del castigo.

Luego de haber sido presentado el panorama, la introducción culmina con un apartado sobre los contenidos del libro, ofreciendo una síntesis de lo tratado en cada capítulo y aludiendo a una cuestión medular acerca de su estructura. Situados desde y en diversas regiones geográficas, se combinan capítulos que se orientan a la discusión de argumentos teóricos y desarrollos conceptuales con aplicaciones concretas de la perspectiva de la economía política del castigo en escenarios penales contemporáneos específicos.

Entrando en el detalle, el primer capítulo constituye una parte considerable del prólogo a una nueva edición en inglés de Cárcel y fábrica (Palgrave Macmillan, 2018), en ese sentido es una reconstrucción que efectúa Dario Melossi acerca de las elaboraciones conceptuales del mismo, así como de algunas de sus secuelas. Con miras a repensar la economía política del castigo se presentan dos ejes interconectados entre sí: lucha de clases y disciplina, los cuales habilitan a la autora a establecer puentes entre las obras de Marx y Foucault. Estos ejes son retomados, entre otras direcciones, en vistas a pensar en el lugar de las prisiones en la actualidad: al respecto, Melossi sostiene que lejos de haber sido reemplazadas por otras formas de castigo, continúan cumpliendo el rol histórico de presidir un tipo de «colonización interna» de la población marginal (migrante en algunas regiones y étnica en otras), inculcando una enseñanza de obediencia e «inclusión subordinada», aspectos que constituyen el núcleo de aquello que el autor entiende por disciplina. Como medio de ser restaurada y aludiendo particularmente a Estados Unidos, Melossi refiere a la conversión, mediante un enfrentamiento político entre el capital y el trabajo, de ciertos ilegalismos en delincuencia inspirado en uno de los capítulos más icónicos de Vigilar y castigar, pero también por el curso de Foucault, La sociedad punitiva.

Continuando el recorrido por las páginas del libro, en el segundo capítulo Máximo Sozzo hace dialogar entre sí los trabajos Michael Cavadino y James Dignan y Nicola Lacey, en el sentido de que sus enfoques contribuyeron significativamente al «renacimiento» de la economía política del castigo desde una perspectiva comparativa. Los mismos son interrogados a partir de distintas dimensiones. A saber, cuál es su grado de alejamiento o acercamiento con respecto a las indagaciones clásicas de la economía política del castigo; cómo identifican a las economías políticas y delimitan comparativamente sus variantes contemporáneas; cómo establecen el vínculo entre la economía política y el campo penal (y si fuera el caso, cuáles otros factores son reconocidos de estar desempeñando un rol y hasta qué punto son significativos). Otro punto destacado apunta a subrayar algunas de sus contribuciones, limitaciones y desafíos. Tomando en consideración la trayectoria del autor y sus elaboraciones más recientes, la inclusión del Sur Global como objeto de estudio y análisis constituye sin duda uno de los principales desafíos a futuro de este tipo de investigación comparativa sobre las relaciones entre economía política y castigo. Otro de los desafíos mencionados por Sozzo se presta asimismo a producir nuevos encuentros con el momento empírico: incorporar otros indicadores cuantitativos y cualitativos como medida de punitividad, más allá de las tasas de encarcelamiento.

Igualmente incursionado en la discusión conceptual, el capítulo de Ignacio González-Sánchez establece un intercambio entre los aportes y limitaciones de la economía política del castigo y algunas de las herramientas analíticas propuestas por Pierre Bourdieu. Particularmente en términos de las limitaciones, y frente a las críticas a la «vieja» economía política del castigo (determinismo económico, prioridad a lo material sobre lo simbólico y la noción de Estado utilizada), González-Sánchez presenta los aportes de Bourdieu, a partir de tres de sus conceptualizaciones: poder simbólico (permite conjugar el análisis materialista y simbólico del castigo), noción del Estado como campo burocrático (habilita a pensarlo como un espacio de enfrentamientos, en disputa, más que reducirlo a ser el instrumento de la clase dominante) y habitus (permite a asignarle un lugar a la agencia y las distintas percepciones que se tienen sobre determinada temática). Uno de los aspectos más relevantes de este capítulo es que la reseña de cada uno de estos conceptos es ilustrada con nuevas posibles líneas de investigación en torno al castigo como objeto de estudio.

Encontramos otra escena dialógica entre pasado y presente en el cuarto capítulo del libro. Allí, Patricia Faraldo Cabana establece un intercambio con las formulaciones pioneras de Otto Kirchheimer en torno a las multas como sistema de castigo, presentes en Pena y estructura social. Más específicamente, su objetivo es discutir si la premisa básica de la economía política del castigo es aplicable a las multas, preguntándose si las depresiones económicas reducen el uso de estas últimas. Para ello, la autora selecciona dos contextos: la «Gran Depresión» alemana de 1929 (el caso que fue utilizado por Kirchheimer para corroborar su hipótesis) y la «Gran Recesión» española de 2008, la cual permite ilustrar la centralidad que tiene como promotora de nuevos análisis al interior de la economía política del castigo.

En el siguiente capítulo, y tomando como punto de partida los artículos publicados por Rusche en la década de 1930, Charlotte Vanneste propone un análisis a largo plazo de la economía política del castigo, a partir del caso de Bélgica, en un amplio arco temporal (1830-2014). Para la autora, en dichos artículos encontramos embrionariamente algunas de las conclusiones de los trabajos más recientes de esta perspectiva, especialmente por la importancia atribuida a las variables políticas, sociales e institucionales. Un aspecto que se puede observar en el propio análisis de Vanneste, a partir de la incorporación de distintos indicadores de representación y legitimación política y sus correlaciones con el castigo. Igualmente, la autora se interroga por el lugar que ocupa Bélgica en las distintas tipologías y clasificaciones planteadas desde la economía política del castigo. Al respecto, da cuenta de las tesis existentes (convergencia vs heterogeneidad) y propone una síntesis de los trabajos, entre otros, de Cavadino y Dignan y Lacey, afianzando de ellos el rol crucial de los componentes institucionales y políticos.

A modo de continuidad, los desarrollos de los autores mencionados anteriormente ocupan el núcleo de la indagación que realiza Hilde Tubex para el caso de Australia. Más allá de presentar cómo podría ser clasificado desde la perspectiva de la economía política del castigo, reconoce que mirando más de cerca existen diferencias entre las distintas jurisdicciones australianas en términos de sus tasas de encarcelamiento. Profundizando en este aspecto, la pregunta-problema presente en el capítulo apunta a indagar hasta qué punto un modelo económico-político permite explicar estas divergencias interestatales. A partir de un análisis descriptivo y estadístico, con la introducción de distintos indicadores y correlaciones, la autora reconoce la centralidad de la sobrerrepresentación carcelaria de las comunidades autóctonas, y en un marco más amplio, que la prisión estaría cumpliendo funciones extra penológicas: los aumentos en las tasas de encarcelamiento son expresión de las consecuencias de una continua actitud poscolonialista hacia la población autóctona y su cultura.

Promoviendo un diálogo crítico con la clasificación de Lacey, pero también con la narrativa de Alessandro de Giorgi acerca del «castigo post-Fordista», el argumento central del capítulo de Zelia A. Gallo es que la economía política del castigo no puede ser la principal variable explicativa de la penalidad italiana. Para la autora, esto se debe a que se trata de una economía política hibrida, internamente diversificada. Como tal, Italia tiende a desafiar las teorías del castigo que se basan en modelos económico-políticos donde se asume cierta coherencia sistémica. La propuesta que presenta Gallo al respecto es la de ampliar el horizonte del análisis: asignarle un rol central a las variables políticas, enfocándose en particular en las dinámicas políticas y las influencias que tienen sobre la penalidad italiana.

El siguiente capítulo del libro nos traslada a una región poco estudiada desde la economía política del castigo: la ex Unión Soviética. Más específicamente, Gavin Slade indaga en las tendencias divergentes de las tasas de encarcelamiento de Georgia y Kazajistán (a pesar de compartir la misma herencia política y cultural), en el período de los años 2000-2010. De manera análoga a otros autores del libro, señala que el enfoque económico-político es útil, pero que no permite explicar por sí mismo tales divergencias. Teniendo en cuenta la importancia del contexto local y global de la economía del mercado, el autor propone una puesta en relación entre variables económicas y político-institucionales, pudiéndose referir ilustrativamente entre estas últimas, a los diferentes modos en que la capacidad del Estado moldea la justicia penal.

Volviendo a la región de la Europa meridional, en el anteúltimo capítulo del libro, Leonidas K. Cheliotis describe las principales características que adopta la economía política de la migración irregular en Grecia. En particular, se pregunta por las relaciones que existen entre esta última y su inserción (y explotación laboral) dentro de la economía informal. Para el autor, ni la pobreza ni el tamaño de dicho mercado bastan por sí solas para explicar la afluencia de estos migrantes. Más bien habría que centrar la mirada en las políticas y prácticas estatales que crean el estatuto de irregularidad, y en las prácticas no estatales y bases discursivas (etiquetas, estereotipos) que le dan sustento a dicha producción, y que operan obstaculizando la empatía con el «otro» y justificando su dolor.

Orientándose en una temática afín, en el último capítulo José A. Brandariz García tiene como objetivo indagar, desde la perspectiva de la economía política del castigo, en las políticas de control migratorio de España. Si bien no se presenta como una conclusión, es interesante pensarlo de esa manera dado que desarrolla algunos de los conceptos y reflexiones ya presentes en la introducción del libro. A saber, en una primera dirección retoma las nociones de «menor elegibilidad» y disciplinamiento de la fuerza de trabajo para pensar, en línea con lo expuesto por De Giorgi, acerca del influjo masivo de migrantes hacia el régimen de producción post-Fordista y sus consecuencias: niveles extraordinarios de explotación, precariedad y vulnerabilidad. En una segunda, este capítulo es observable de los modos en que las transformaciones asociadas a la Gran Recesión promueven nuevos análisis y líneas de investigación. Al respecto, Brandariz García señala un giro gerencialista en las políticas y prácticas de control migratorio, el cual plantea el desafío a futuro de ser comprendido desde el marco teórico objeto de The Political Economy of Punishment Today.

Más allá de la presentación de cada uno de estos capítulos en particular, hay aspectos que se encuentran presentes íntegramente en todo el libro, y que podrían pensarse como puntos nodales para repensar actualmente la economía política del castigo. Por un lado, existe un reconocimiento de la necesidad de ampliar la perspectiva, incorporando en el análisis otras variables o dimensiones distintas de las exclusivamente económicas. Al respecto, tanto en la dirección de la discusión conceptual, como en el ámbito de las aplicaciones concretas, se subraya la inclusión de diversos factores políticos. Por el otro, se puede observar un imperativo por enmarcar las economías políticas en procesos más amplios: en la «colonización interna» de un segmento marginal de la población, en los enfrentamientos entre capital y trabajo, en las disputas al interior del campo burocrático, en los procesos de alterización o racialización de un «otro», etc... En estas y otras orientaciones, el libro invita al debate, promueve desafíos frente a distintos objetos de estudio e incita, atendiendo especialmente a las particularidades de cada contexto local, a la producción de nuevos desarrollos conceptuales y empíricos que, en torno a los vínculos entre economía política «post-reduccionista» y castigo, puedan indagar en nuestra actualidad penal.

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons