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Papeles de trabajo - Centro de Estudios Interdisciplinarios en Etnolingüística y Antropología Socio-Cultural

versión On-line ISSN 1852-4508

Pap. trab. - Cent. Estud. Interdiscip. Etnolingüíst. Antropol. Soc.  no.36 Rosario dic. 2018

 

 ARTÍCULOS ORIGINALES

El debate por la emergencia en clave antropológica: hacia una reconstrucción de la trama de la economía popular en la argentina contemporánea

 

Guadalupe Hindi1

1 Licenciada en Ciencias Antropológicas (orientación sociocultural) de la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires (FFyL-UBA). Doctoranda de la misma Facultad, investigadora de la Sección de Antropología Social del Instituto de Ciencias Antropológicas FFyL-UBA. Becaria Doctoral del CONICET.

Fecha de recepción del artículo: Septiembre 2018
Fecha de evaluación: Noviembre 2018


Resumen

El presente artículo se propone debatir en torno a los sentidos contrapuestos que aparecen en las discusiones previas al tratamiento parlamentario de la Ley de Emergencia Social en el año 2016. Se busca, a partir del registro etnográfico de una jornada de debate entre académicos en el Senado de la Nación, reconstruir la trama que constituye el campo de límites y posibilidades de un proceso que proponemos como de institucionalización de la economía popular en la argentina actual.

Palabras clave: Economía popular; Hegemonía; Emergencia social; Estado; Organizaciones Sociales.

Abstract

This article proposes to debate around the opposing senses that appear in the discussions prior to the parliamentary treatment of the Social Emergency Law in 2016. It is sought, from the ethnographic record of a day of debate among academics in the Senate of the Nation, to reconstruct the plot that constitutes the field of limits and possibilities of a process that we propose as of institutionalization of the popular economy in the current Argentine.

Key words: Popular Economy; Hegemony; Social Emergency; State; Social Organizations.

Résumé

Cet article propose de débattre autour des sens opposés qui apparaissent dans les discussions précédant le traitement parlementaire de la loi sur l'urgence sociale en 2016. Il est recherché, à partir du compte rendu ethnographique d'une journée de débat entre universitaires au Sénat de la Nation, pour reconstruire l'intrigue qui constitue le champ des limites et des possibilités d'un processus que nous proposons comme d'institutionnalisation de l'économie populaire dans l'Argentine actuelle.

Mots-clés: Économie populaire; Hégémonie; Urgence sociale; Etat; Organisations sociales.


 

Este artículo se inscribe en la investigación para mi tesis doctoral en elaboración referida a los procesos de institucionalización de la economía popular (en adelante EP) en la Argentina actual, particularmente a partir del campo de límites y posibilidades que se abren en el proceso de lucha, sanción y puesta en funcionamiento de la Ley de Emergencia Social n° 27345 (en adelante la Ley) en el año 2016.
En el recorrido de dicha investigación, a nivel teórico-metodológico, hemos buscado abordar desde un enfoque etnográfico (Rockwell; 2009) las tramas que constituían el campo de la EP, las alianzas que posibilitaban determinadas conquistas en términos de los objetivos de ciertas organizaciones en materia de institucionalización y los intereses en disputa que aparecían en torno a dicho campo. En ese recorrido, el material empírico se ha constituido tanto del nivel documental: leyes, resoluciones, decretos, registros taquigráficos del Congreso de la Nación, entre otros; como a través de la realización de entrevistas a referentes de las organizaciones involucradas y miembros parlamentarios; y de la observación y registro de diferentes instancias: espacios de capacitación de las organizaciones promotoras de la ley, observación y registro de movilizaciones en el marco de la lucha por la sanción y reglamentación de la misma, encuentros de debate entre organizaciones promotoras, entre otras. En relación a este último nivel, quiero referirme en este artículo en particular a una de las jornadas registradas en el marco de los debates previos al tratamiento parlamentario. Se trata de la “jornada por la emergencia” (en adelante la jornada) celebrada el 4 de octubre de 2016 en la Cámara Alta del Congreso de la Nación de la cual participaron como expositores2: Mario Lozano, José Luis Coraggio, Alejandro Grimson, Agustín Salvia, Paula Meschini, Carlos Vilas, Daniel Arroyo, Isaac Rudnik, Lucila Edelman, Oscar Baldovinos, Roberto Gargarella y Maristella Svampa. Todos ellos fueron convocados para dar su opinión y aportes respecto del proyecto de ley antes de su primer tratamiento por senadores, evento que se concretaría el 16 de noviembre3.
Motiva la elección de esta empírea el hecho de reunirse en ella un conjunto heterogéneo de actores del mundo académico que, desde diferentes enfoques, manifiesta el apoyo unánime al proyecto de ley. En ese sentido, el análisis de las diferentes argumentaciones desde el enfoque etnográfico, nos permite rastrear allí los debates velados detrás de dicha adscripción a la Ley, nos permite “documentar lo no documentado” (Rockwell, 2009: 18) de una instancia de debate pública que, aun habiéndose registrado por la investigadora, no posee posibilidad de réplica por parte de la misma4. En ese sentido, me propongo a partir de la recuperación de las exposiciones deconstruir y desarmar lo allí plasmado: las relaciones, conflictos y silencios por detrás, entendiéndolos no como fuentes de datos que se extraen de contexto sino como evidencia material de procesos y conflictos sociales (Schimdt; 2018).
Por lo tanto, a lo largo del artículo buscaré dar cuenta, a partir de la categoría de hegemonía (Roseberry; 2002, Grimberg; 2005), del modo en que en los discursos de los oradores de la jornada subyacen ciertos núcleos de sentido (Petz y Rabaia; 2016), que ponen de manifiesto relaciones de poder que vinculan coerción y consenso en tensión, cuya comprensión resulta fundamental a la hora de pensar el campo de límites y posibilidades de la institucionalización de la EP desde una mirada que subraye el rol de la agencia y las múltiples acciones e interacciones entre sectores sociales dominantes y subalternos, en un proceso de mutuas apropiaciones y resignificaciones.

Del contexto general en el que se enmarca la ley

La comprensión de los sucesos en torno a la Ley, requieren de la consideración de una serie de procesos gestados en el período de gobierno nacional anterior.
En primer lugar, considerar el modo en que fue organizada la política pública nacional, en lo referente a beneficiarios de programas sociales, a partir de la asunción de Néstor Kirchner en el año 2003. Allí, siguiendo las conceptualizaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dicha población fue dividida entre aquellos “empleables”5, que quedaron bajo la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS) y aquellos “inempleables” que quedaron bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación (MDS) (Natalucci; 2016). En ese marco y amén de las discusiones en torno a esta clasificación, existe relativo consenso respecto de que durante el período 2003-2015 se desarrolló una política pública que ubicó al trabajo como eje vertebrador de la vida social, como vector de la integración social y económica (Hopp, 2018, Castillo Marín; 2017; Petz y Rabia; 2013). En esa línea las políticas desplegadas desde el MDS se orientaron a fortalecer procesos de Economía Social y Solidaria (en adelante ESyS) a partir de políticas que fortalecieron la capacitación, el acceso a maquinaria y acceso al crédito como herramientas fundamentales para el desarrollo de unidades productivas pequeñas. Allí sobresalen el Plan Manos a la Obra6 y la Comisión Nacional de Microcrédito7 y, el que resulta de nuestro particular interés, a partir del año 2009, el Programa de Ingreso Social con Trabajo-Argentina Trabaja (PAT). El propósito del mismo es definido como: “la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, generando nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores” (Res. MDS 3182/09).
No desarrollaremos aquí las características que asumió dicho programa, ya que son abundantes los trabajos que lo abordan (Hopp; 2016, Natalucci; 2012, 2016; Lo Vuolo; 2010, Neffa y López; 2012, Maneiro; 2014, entre otros) pero sí consideramos pertinente mencionarlo en la medida en que es en torno a la gestión del mismo por parte de organizaciones sociales, y los debates en términos de sus limitaciones, que el Movimiento Evita8 encara en el año 2011 la conformación de la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP) con el objetivo de consolidar la organización sindical que represente a los trabajadores de la EP. La principal crítica que se realizaba desde dicho espacio, refería al carácter asistencial de la política mencionada y su contradicción con una definición de sus participantes en tanto trabajadores. En ese sentido, la disputa que caracterizó su accionar desde su conformación hasta la actualidad, fue la demanda de ser
contemplados desde el MTESS y no desde el MDS9, en cuyo marco el diseño de las políticas limitaban las posibilidades en materia productiva, a la vez que no garantizaban el acceso a derechos como vacaciones, aguinaldo y paritarias. Al respecto menciona Grabois “…las prácticas de la Administración Pública Nacional (…) implicaron una lógica que confunde la unidad económica con los trabajadores que se desempeñan en ella, asimilándolos erróneamente, reproduciendo la noción neoliberal del ´microempresario´ que asume libremente los riesgos y no tiene derechos laborales. Esta lógica tiende a deslaborizar el fenómeno de la economía popular e invisibilizar la existencia de trabajadores” (2016:19).
El segundo elemento que es preciso considerar, y que se desprende de lo expuesto anteriormente, refiere al rol que tuvieron los movimientos sociales y los espacios que protagonizaron el proceso de organización de la resistencia durante los años noventa, en la gestión del estado durante el período 2003-2015. Como menciona Natalucci “las organizaciones tuvieron más posibilidades de intervenir en la implementación de la política social” (2016:4).
A nuestro entender, el proceso de acumulación política de la CTEP10, tanto a nivel territorial como en relación a su inserción y práctica inter-institucional, desde aquel entonces hasta el año 2016, y el modo en que eso posibilitó el conjunto de alianzas para la demanda y aprobación de la Ley, no pueden comprenderse al margen de ese proceso de involucramiento en la propia gestión del estado y sus políticas.
Sin lugar a dudas, el tercer elemento fundamental para abordar los sucesos en torno al debate por la Ley es la asunción de un gobierno neoconservador iniciado con la asunción de Mauricio Macri a fines del año 2015. Por un lado, porque permitió hacer explícitos aquellos puntos de conflicto con la política desarrollada con el gobierno anterior y exigir públicamente y por la vía legislativa, aquello que había sido imposible consensuar
previamente. Pero además, y principalmente, por el brutal ajuste que implicaron las políticas del gobierno entrante a los pocos meses de iniciado su mandato.
Ambos elementos generan las condiciones que posibilitan una alianza fundamental para la instalación pública de las demandas de la EP en esta etapa: la conformación del Triunvirato de San Cayetano a partir de la movilización de Liniers a Plaza de Mayo encabezada por la CTEP, la Corriente Clasista y Combativa (CCC) y Barrios de Pie el 7 de agosto de 2016, a propósito de la fecha del patrono del trabajo (Natalucci; 2016, Hindi; 2017)11.

A propósito de nuestro interés de investigación

Partimos de que son los elementos sintéticamente mencionados los que posibilitan la demanda por una ley que declara la emergencia en todo el territorio nacional por el lapso de un año y que se sustenta en tres ejes. Por un lado, la situación recesiva que atraviesa la economía “hay 2 millones de argentinos más con problemas de empleo; es decir, que han perdido su trabajo o que trabajan menos horas de las que podrían y desearían hacerlo”. En segundo lugar, la reducción del consumo que afecta directamente a los emprendimientos, y por el último la retracción del estado en relación al fomento al empleo y programas sociales (Natalucci; 2016).
Estos tres elementos constituyen el trasfondo fundamental del proyecto de ley, que en su versión definitiva, contempla tres puntos centrales: un registro nacional de trabajadores de la economía popular (RENATEP), un Salario Social Complementario (SSC) y la creación de un Consejo del Salario Social complementario12. Tres ejes que apuntan a la creación de espacios institucionales que permitan garantizar a los trabajadores de la EP derechos similares a los de los demás trabajadores. Como menciona Esteban Castro, Secretario General de la CTEP “…queremos que el subsidio se convierta en salario porque somos trabajadores y queremos ir hacia la generación del trabajo digno con los derechos que nos faltan…”13.
Sin embargo, estas conquistas entendidas desde la CTEP en tanto proceso instituyente de la economía popular (Grabois; 2016) no se dan sin contradicciones, muy por el contrario, requirieron de un proceso de negociación con diferentes actores de la vida política
nacional. El corolario más recuperado por algunos analistas (Hopp; 2018) en relación a dichos procesos de negociación, refiere a las transformaciones acontecidas entre el proyecto original presentado por Diputados Evita y el Peronismo para la Victoria (Proyecto 3612-16) bajo el nombre “Ley de emergencia social y de organizaciones de la economía popular” y el que fuese finalmente aprobado en términos de “Prórroga de la emergencia social”. Muchas de las tensiones que condujeron tanto a estas modificaciones como a la aprobación de la ley por una amplia mayoría14 en las dos cámaras, podían vislumbrarse en las argumentaciones que avalaban el proyecto.
En este sentido, nos interesa recopilar las intervenciones de diferentes académicos en el marco la jornada celebrada el 4 de octubre de 2016 en la Cámara Alta del Congreso de la Nación. Pues allí aparecen ciertos núcleos de sentido (Petz y Rabaia; 2017) que aportan a la compresión de la magnitud de dicho proceso de negociación, visualizando aún en un acuerdo unánime con la aprobación del proyecto, definiciones contrapuestas respecto del lugar de la EP como problema social legítimo (Bourdieu; 1995).
Las preguntas que orientan el análisis son ¿Cuál es la relación entre la emergencia y la EP? ¿Cuál es el lugar que le compete al Estado en esa relación? ¿Cuáles son los sentidos que aparecen vinculados a una y otra categoría? ¿Y a la relación entre ambas? Si la ley pretende institucionalizar a la EP, cuáles son los límites de su planteo en términos de emergencia según los presupuestos que se construyen en torno a ella en el relato de los académicos?
A nivel teórico, recuperamos para el análisis la propuesta de Ramos (2018) en lo referente a la compresión de los procesos políticos desprendidos de la carga valorativa, principalmente en relación a su definición en términos de mayor o menor autonomía respecto del estado. De modo que no nos centraremos en la discusión respecto de la “pureza” de las conquistas de los movimientos a partir de la ley, pues entendemos que “No se deben juzgar los logros de los movimientos sociales en general en términos de unos ilusorios patrones absolutos de democracia y autonomía” (Gledhill; 2000:313). Nos interesará más bien, dejar planteados cuáles son los ejes en disputa que conforman cierto “campo de fuerzas” (Thompson; 1995), es decir echar luz respecto de las condiciones que en determinado espacio político habilitan la sanción de esta ley. Sin embargo, retomamos este concepto a la luz de las observaciones de Roseberry (2002) en la medida en que nos interesa observar el mapa complejo que constituye dicho campo entendiéndolo en el marco de un proceso de dominación que moldea tanto al “Estado” como a la “cultura popular” (2002:134).
Para ello dividiremos la argumentación en dos ejes principales: los núcleos de sentido que subyacen a la emergencia como “piso de sentido” (Ramos; 2018), por un lado, y por el otro, el modo en que la oposición ESyS y EP que aparece en ciertas argumentaciones puede habilitarnos a pensar la Ley en el marco de un proceso hegemónico de más amplia duración. Retomamos a lo largo de la argumentación los aportes del enfoque antropológico para el análisis de lo político, en la medida en que el mismo nos permite analizar los procesos de movilización política que los sujetos elaboran atendiendo a las tramas de relaciones que los constituyen antes que a partir de abstracciones o miradas normativas respecto de lo que los movimientos son o deben ser (Grimberg, Ernandez Macedo, Manzano; 2011).

I-La emergencia como marco del debate ¿contradicción o estrategia?

Como hemos mencionado en el apartado anterior, el proyecto presentado originalmente llevaba el nombre de Ley de Emergencia Social y Organizaciones de la Economía Popular. El debate desarrollado en la jornada que aquí analizaremos presenta algunos de los núcleos de sentido (Petz y Rabaia; 2017) en disputa cuyo análisis nos permite plantear nuevos marcos de entendimiento respecto de la posterior aprobación del proyecto en términos de “prórroga de la emergencia social” sin el articulado referente a la obra social de la EP y reemplazando la creación de puestos de trabajo en cooperativas por un ingreso individual denominado salario social complementario (SSC).
Nos detenemos en primer lugar en la coincidencia unánime en el conjunto de las exposiciones con la declaración de la emergencia. Desde diferentes perspectivas y enfatizando en diferentes aspectos de la misma, cada uno de los expositores suscribe al proyecto en función del carácter innegable del estado de emergencia a nivel nacional. Sin embargo, el argumento que más sobresale de las exposiciones ubica a la pobreza como categoría central para definir esa emergencia.
En ese sentido, Agustín Salvia15 caracteriza en materia estadística los porcentajes en los que ha aumentado la pobreza y la indigencia. Pero refuerza en su discurso que “…durante el 2010 y 2015 después una caída en el 2011, tuvimos un lento incremento hasta llegar a un 29%” y agrega:

“Del año 2010 al 2015 (…) básicamente no creció sustantivamente la capacidad de inclusión a través de un mercado de trabajo pleno, de un empleo pleno, de una parte importante de la población (…). Lo que tenemos fue un aumento sistemático de los programas sociales como forma de proteger aquellos hogares que no estaban en condiciones de garantizar con su propio trabajo, con su propia autonomía, un ingreso decente, un ingreso digno, capaz de sacarlo de la pobreza”.

Aparecen aquí dos cuestiones. Por un lado, un elemento fundamental que se expresará posteriormente en la sesión en ambas cámaras, y es la referencia a la construcción de larga data de las condiciones de emergencia. Este punto no es menor cuando se considera la necesidad de construir consenso con el oficialismo, que debe justificar su apoyo sin dejando velada su responsabilidad respecto a la situación actual, e inclusive con sectores del Frente Renovador y del Progresismo. Quizás quien es más contundente en este punto es Maristella Svampa16 al preguntarse:

“¿Qué sucedió en los últimos 12 años, si efectivamente salimos o no de esa sociedad excluyente? Creo que a la hora de hacer un balance de los últimos 12 años, uno podría reconocer que efectivamente, en los primeros 8 años se detuvo esa dinámica de polarización social, de movilidad social descendente porque se creó trabajo y se impulsó una inclusión por el consumo. A todas luces, insuficientes, sabemos que el 30% de la población estaba en negro, no sucedió lo mismo en los últimos 4 años del gobierno que, efectivamente en el cual, hubo un aumento sideral también de la pobreza y también de la pérdida de empleo. Sin embargo, creo que un tema fundamental, que quizás, no ha sido traído a la discusión, es que en los últimos 12 años pese a que hubo una reducción de la pobreza, sobre todo en los primero 2 mandatos, no hubo una reducción de las desigualdades”.

Reforzando esta idea se resaltan los discursos de Isaac Rudnik17, quien enfatiza al mencionar que desde el Instituto de Investigación Social, Económica y Política vienen “estudiando distintos aspectos de la manifestación de la pobreza y de la indigencia que, entendemos se ha consolidado en una manera estructural en la última década” y en ese sentido plantea “que estamos atravesando, sobre todo los sectores más excluidos, más vulnerables de la población, una verdadera emergencia social”. Inclusive de Daniel Arroyo18, cuando plantea que “Es muy evidente que ha aumentado la pobreza en los últimos años y en particular en los últimos 10 meses”.
Sin embargo, en las palabras de este último aparece un punto de discordancia con el referente del Observatorio de la Deuda Social de la UCA al referir que “Tenemos un problema de ingreso importante y entonces el aumentar la asignación universal por hijo, el extender y transformar en ley lo que llamamos todos, el programa Argentina trabaja estaría dando chances de creación de empleo, de extensión de cobertura y de más ingreso a los que no lo tienen”. Pues subyace allí un elemento central del debate que tiene que ver con quién es el responsable o quién debe hacerse cargo de este sujeto/emergencia, de qué manera o a través de qué mecanismos y derivado de esto si se trata de una problemática coyuntural o estructural. Es decir: ¿Se trata un problema presupuestario que el Estado debe resolver asignando recursos ante un contexto de emergencia entendido como crecimiento de los índices de pobreza e indigencia? ¿O se trata del reconocimiento de la
responsabilidad del Estado para la creación de instituciones que amparen las actividades económicas que ciertos grupos, caracterizados como pobres (o no necesariamente) realizan para garantizar su sustento?
Para Salvia es un problema de política económica, mientras que para Arroyo la ampliación de las políticas sociales es plausible de motorizar la creación de empleo.
En una postura que podríamos definir como intermedia Alejandro Grimson19 va a problematizar las posibilidades de existencia de una política económica que contemple a las amplias mayorías y, en ese sentido, el carácter contradictorio de discutir si la política social debe o no ser indefinida. En esa línea menciona:

“Porqué pedir que sean transitorias las políticas sociales cuando la exclusión social es persistente y se profundiza? Es invertir la discusión (…) a mi juicio, estamos en presencia claramente de una modelo económico que con la apertura indiscriminada de importaciones, con la lógica de productividad global, está destruyendo puestos de trabajo y está aumentando la pobreza. Por lo tanto, no creo que hoy, en esta etapa histórica, que vive el país, podamos delegar a las políticas económicas la necesidad de que todos los argentinos estén protegidos por el Estado”.

Roberto Gargarella20, por su parte, define su posicionamiento al respecto planteando que se trata de un proyecto reduccionista en la medida en que:

“es dependiente de una idea que yo llamaría una concepción monetaria de la justicia social. Donde todo lo que se ha establecido en el corto o mediano plazo es, dirigido por la cuestión de ayudar, a dar una pequeña ayuda económica hoy y pensar como, un concejo social económico popular va a establecer aumentos económicos mañana y eso en el mejor de los casos”

Hasta aquí entonces nos preguntamos: ¿Cuáles son las principales implicancias de pensar esta ley en términos de la pobreza? Un primer elemento que sobresale de algunas de las intervenciones en esta línea tiene que ver con la concepción de que existe un sujeto social “excluido”, el cual debe ser “integrado” vía Estado o vía Mercado, o en su defecto tal como fue teorizado en la década del 90, si le mismo ha sido incorporado mediante un “tercer sector” cuál es el rol que le cabe al Estado o al Mercado para su supuesta incorporación plena. Esto puede verse cuando Agustín Salvia plantea:

“Más que pensar en un sistema de seguridad social, yo apuntaría a pensar cómo hacemos para sacar de la pobreza productiva a un proceso de mayor crecimiento de la productividad y participación activa en los mercados por parte de la economía popular”.

Y hace referencia a la misma como aquella:

“…parte de la fuerza de trabajo [que] queda marginada. Hay una parte de la sociedad que quedando afuera, busca alternativa de supervivencia, busca alternativa de sobrevivencia y encuentra en la economía popular, en la economía social una forma de satisfacer esa necesidad, pero no necesariamente un modo de progresar y de movilizarse en términos sociales, de generar una plena interacción y plena ciudadanía”.

Esta caracterización resulta al menos llamativa en la medida en que no podemos dejar de considerar que la categoría de exclusión supuso, en el marco del desarrollo del modelo neoliberal, dos consecuencias principales. En primer lugar, desdibujar el rol del Estado y del Mercado en la conformación de altos índices de desigualdad. Al respecto, Carlos Vilas21 es el orador más contundente al decir: “ojo que cuando uno habla de pobreza, está hablando de empobrecimiento, hay alguien a quien se le saco algo, se lo hace pobre. Entonces, estos procesos de empobrecimientos, de profundización de la desigualdad social, no se resuelven con programas de asistencia, que se dan para bicicletear, para contener…”.
Cabe entonces la pregunta, de en qué medida las argumentaciones que abordan la importancia de la ley en materia de una problemática coyuntural no están negando al mismo tiempo aquello que otros oradores describen en términos de etapa actual del sistema capitalista, su incapacidad para absorber al conjunto de los trabajadores bajo relaciones salariales y el reconocimiento delos modos en que extrae valor a nivel de las prácticas económicas contenidas en la economía popular (Meillassoux; 1977).
Pero también, en segundo lugar, la categoría de exclusión contribuyó a marcar un estatuts del sujeto, en tanto sujetado por la situación de desafiliación, y no por su capacidad de producción y su productividad en tanto sujeto (Trinchero; 2007). Entonces, aquí aparece otro núcleo de sentido en disputa: quién es el sujeto social de esta ley o cual es el problema social que la misma aborda, pues allí donde prevalece la pobreza en clave de exclusión para sustentar la ley, ¿dónde quedan los sujetos políticos colectivos que la acompañan? ¿Dónde queda la posibilidad de reconocimiento en tanto trabajadores que parecía orientar los sentidos de esta ley? Es en ese sentido que coincidimos con Trinchero en que “…el concepto de exclusión social no logra dar cuenta de las relaciones sociales que son productoras de sujetos y las luchas de estos por el cambio de dichas relaciones sociales” (Trinchero; 2007: 46). ¿Dónde queda en la emergencia el lugar de los movimientos sociales fundamentales para la instalación de un proyecto de estas características? Y cabría luego preguntarnos, ¿Qué lugar les quedará a los mismos una vez aprobada una ley en estos términos?
Como mencionamos en la introducción no nos proponemos aquí juzgar el carácter más o menos alternativo del proyecto de ley y sus devenires sino más bien dar cuenta del modo
en que en determinadas circunstancias los lenguajes de la dominación habilitan la construcción de proyectos transformadores de las condiciones reales de vida de un conjunto de actores identificados políticamente, en este caso, con la EP. Entonces sí nos interesa, el modo en que la visibilización de los sentidos en disputa que subyacen a un proyecto apoyado por un conjunto tan heterogéneo de actores, nos permite a nivel antropológico dar cuenta de la trama compleja que es preciso considerar en el estudio del proceso de institucionalización de la economía popular a partir del año 2016.
En este sentido, hemos visto como en los diferentes discursos la emergencia aparece referida no solo a un modelo/proyecto económico sino en vinculación con una serie de ámbitos de la vida social sobre los que cada quien establece contenidos y sentidos en función de sus experiencias, sus disciplinas y sus ideologías políticas: la educación (Arroyo), los lazos sociales, aspectos subjetivos (Lucila Edelman22), el narcotráfico (Svampa y Rudnik), etc. La emergencia funciona allí donde no hay ni siquiera un horizonte común, pero donde a la vez no es posible negar que aunque con diferentes matices, casusas y en relación a diferentes sujetos, existe una emergencia cuya negación implicaría, mínimamente, un acto de profunda hipocresía.
Es en ese sentido que proponemos pensar en la emergencia como aquello que estableció “pisos de sentido” (Ramos; 2018) que permitieron vertebrar todo otro conjunto de demandas que excedían e incluso contradecían los argumentos de quienes dieron su aval al proyecto y, principalmente, de los sentidos que las mismas organizaciones promotoras le otorgaron.
En este sentido, coincidimos con Gledhill en entender “… la política de la cultura como un proceso por el cual determinados grupos de la sociedad se construyen y reconstruyen sus propias identidades en sus luchas y negociaciones tanto con los grupos dominantes como con el estado. Estos procesos nunca son completamente independientes y raramente implican un rechazo radical a la semiótica de la dominación” (Gledhill; 2000: 314).
Ahora bien, aparecen otras líneas de argumentación que implican otras variables respecto del sujeto de esta ley. Se trata de aquellas que retoman la segunda parte del nombre del proyecto original: “organizaciones de la EP”. A continuación nos concentraremos en identificar cuáles son los núcleos de sentido que subyacen a esas argumentaciones y qué aportes implican a la hora de pensar la Ley en el marco de un proceso hegemónico.

II- Economía popular: ¿novedad o continuidad?

El orador más contundente a la hora de presentar esta línea de argumentación fue José Luis Coraggio23 al plantear la imposibilidad de pensar una ley de EP desde la emergencia. En ese sentido, en su exposición plantea su desacuerdo con los modos en que aparece definida en la ley la economía popular, en tanto denomina a los sujetos como:

“los excluidos del trabajo, son los pobres, son los indigentes, son aquellos que no tienen una protección legal”; como “los informales, los que no han podido integrarse a un trabajo con derechos, a un trabajo decente como se suele decir”; o bien, en relación a las actividades que realizan como “el reciclado de residuos, la auto construcción de vivienda, limpieza y mantenimiento de causes, la indumentaria textil, etc.”.

Pues se establece allí, para el orador, la EP vinculada directamente a la emergencia estructural y por ende asociada a la economía de pobres e indigentes. En oposición a esta concepción, se desprende de su argumentación la noción de que la EP debiera ser un sector de la economía caracterizado por la autogestión y poseer “un elemento de autarquía fundamental”, es decir resolver problemas dentro del mismo sector de la EP y “no todo participando en el mercado que, por otra parte, es el mismo mercado que los excluye, que va a seguir excluyendo estadísticamente”. Es decir la EP debe constituir un sector orgánico en sí mismo no regido por la visión “mercadófila” en términos de su integración al mercado ni completamente dependiente del Estado.
Es posible poner en discusión esta línea argumental con dos planteos que se desprenden de otros oradores. Por un lado, el reconocimiento de la Ley como resultado de un proceso “una historia de debate y movilización popular” que menciona Carlos Vilas y que se ve reforzado en la definición de Maristella Svampa vinculado con un “proceso de acumulación de luchas”. Proceso que, a nuestro entender, no puede separarse del crecimiento de las desigualdades sociales desde la década del 70 en adelante y que por ende ubican a aquellos actores que protagonizaron la organización de la resistencia como continuadores de una lucha en otros términos: EP.
En una línea que podemos trazar a groso modo como similar Paula Meschini24 propone:

“…la economía popular, está reinstalando, a mi entender, otro sujeto protagónico que es el pueblo y de eso me parece que todavía, en este proyecto de ley, me permito humildemente pensar, abonar, que hay mucho por pensar y diseñar en términos de nuevas institucionalidades que le den este protagonismo”.

Se contrapone entonces la noción de un sujeto en construcción con la de un sujeto que encarna un antecedente histórico de demandas por sus derechos. Pero entonces nos preguntamos ¿Qué implican en esos otros términos? ¿Por qué la lucha hoy adquiere la denominación de EP?
Y entonces, entra en este juego de sentidos “lo nuevo”, que es planteado por Valdovinos25 en términos de nuevo sujeto y problema social. En sus palabras esta ley permite “visibilizar un problema que permanece inexplicablemente invisibilizado y a un sector social distinto, especifico, propio, nuevo y la lucha de ese sector social”. Por eso plantea que:

“si se aprueba será útil, dará respuesta inmediata a las necesidades más acuciantes pero sobre todo pondrá en escena la nueva cuestión social, a los nuevos actores sociales” (…) “pero esencialmente la importancia de esto, es que tomemos conciencia todos, de que hay un nuevo problema social que requiere nueva respuesta”.

Ahora bien, porqué decimos que estas argumentaciones remiten a la ESyS y la EP como núcleos de sentido en disputa, y por qué nos interesa discutirlos. Pues bien, esta tensión entre la ESyS y la EP, ha formado parte de las narrativas de la primera sobre todo en lo que refiere a distinguir procesos orgánicos de procesos inorgánicos de estas prácticas económicas (Coraggio; 2009; 2013). Nos interesa retomar el núcleo de sentido en disputa en la medida en que se expresan en él algunos elementos de la trama de la que intentamos dar cuenta. Lo interesante aquí no radica a nuestro entender, en oponer caracterizaciones duales de prácticas económicas de uno (ESyS) y otro (EP) tipo, principalmente porque partimos de la hipótesis de que no son las prácticas económicas las que cambian sino los proyectos políticos que buscan contenerlas/representarlas/crearlas.
Nos interesa pensar en las relaciones de continuidad entre dos proyectos políticos que se tornan dominantes en determinado contexto. ¿Qué queremos decir con dominantes? Sin lugar a dudas la ESyS, como mencionamos anteriormente, constituyó el discurso oficial respecto de una propuesta de Estado para un sector de la población “inempleable”. Es real que para consolidar dicho discurso se valió de un conjunto de producciones teóricas entre las cuales Coraggio resulta el representante principal, y coincidimos con Chena en que dicha perspectiva se cimentó sobre una serie de valores normativos en términos de “homo solidarius” (2017: 43) que poseían poca vinculación con los prácticas económicas concretas. También es real que dichas construcciones teóricas se esgrimieron a partir de una importante negación de los procesos de organización de la resistencia durante los noventa en tanto contenedoras de múltiples prácticas económicas populares (Hindi; 2014). Sin embargo, nos parece fundamental para el análisis en clave de procesos hegemónicos (Roseberry; 2002), comprender el modo en que aquella forma de denominación dominante en el período anterior, posibilitó la generación de un continente de acumulación política que permitió a ese conjunto de espacios políticos reconocidos en una trayectoria de lucha (aquellos que componen CTEP, pero también el conjunto de vínculos y alianzas que tejió en relación principalmente a CCC y Barrios de Pie) posicionarse en la escena pública como EP.
Es decir, proponemos recuperar el modo en que dicho núcleo de sentido se expresa en la jornada para proponer que remite a proyectos políticos que, aun con sentidos distintos, han tenido mutua dependencia. Si la ESyS fue la concepción sobre la cual se cimentó en términos de oposición la EP como “lo que falta”26, esta última aparece hoy como el ámbito de negociación de un conjunto de prácticas económicas que disputan reconocimiento y requieren presupuesto público, visibilización y representación. En ese sentido, hoy la EP aparece como el discurso ya no dominante como fue la ESyS en la medida en que aquel formaba parte de un proyecto del gobierno del estado, pero si como aquel con mayor poder de confrontación en relación a un gobierno del estado opositor. Esto no es menor a la hora de pensar los movimientos que acontecen a posteriori de la sanción de la ley y como se reacomoda el campo organizativo en torno a las prácticas de ESyS y EP para acceder a los derechos amparados en dicha ley.
Entonces, recuperando las apreciaciones de Valdovinos, nos repreguntamos ¿Por qué hablar de nuevo actor social? ¿Por qué se trata de un nuevo problema social? Las reflexiones hasta aquí expuestas nos permiten pensar que la coyuntura actual habilitó formas de confrontación más explícitas por parte de la EP, que en el período anterior permanecían más acalladas o se dirimían en el ámbito de la negociación al reconocer en el gobierno del Estado un proyecto político que, no sin contradicciones, era afín. Aquello que durante el período 2003-2015 fue la solución para la población “inempleable” se tornó problema en el marco de un nuevo proceso de fuerte avance neoliberal.

Algunas conclusiones para pensar los sucesos recientes

Hemos buscado recoger los aportes presentados en la jornada, centrándonos no en la discusión con colegas del ámbito académico sino identificando aquellos núcleos de sentido que nos permitiesen analizar la trama de la EP en la coyuntura actual y el campo de límites y posibilidades para su institucionalización.
En ese camino identificamos los diferentes sentidos asignados a la emergencia como marco para el debate del proyecto, describiendo las implicancias de algunas argumentaciones para resaltar los modos en que las conquistas definidas así por las organizaciones de la EP debieron construir puentes o pisos en común con un conjunto de visiones heterogéneas necesarias para legitimar el proyecto de ley. En ese sentido, hemos recurrido a los aportes de Gledhill (2000) y Roseberry (2002) para pensar en clave de coerción y consenso como elementos en tensión que “…el estado y los grupos dominantes se esfuerzan activamente por imponer sus clasificaciones sobre la estructura de la “sociedad civil” que jamás existe independientemente de dichos procesos hegemónicos. Aunque las prácticas de dominación nunca pueden eliminar los espacios en los que surgen los discursos y prácticas contra hegemónicas, sí influyen tanto en la forma que adoptan
los movimientos contra hegemónicos como en su capacidad para articularse y plantear un desafío a quienes ostentan el poder” (Gledhill; 2000: 314). En esta línea de análisis es que proponemos la emergencia como estrategia de las organizaciones sociales cuya contra cara ineludible resulta la búsqueda permanente de los órdenes de la dominación por imponer ciertos marcos materiales y culturales comunes respecto de los órdenes sociales27.
En la segunda parte del análisis nos centramos en las tensiones que subyacen al proyecto respecto de la ESyS y EP. Allí, definimos brevemente que las tensiones refieren menos a prácticas económicas de uno y otro tipo que a proyectos políticos o político académicos que en determinado momento se expresan como formas dominantes de denominación y representación de aquellas prácticas económicas. Desde ese punto de reflexión intentamos dejar planteado el modo en que la EP aparece hoy como un problema social legítimo (Bourdieu; 1995) que puede construir y disputar sentidos respecto de las necesidades de un conjunto de trabajadores y trabajadoras no reconocidos como tales.
Para cerrar nuestro análisis, consideramos relevante retomar una pregunta que atravesó gran parte de las argumentaciones en torno al “después de la Ley”. Y es justamente a partir de los hechos acontecidos con posterioridad a la sanción y reglamentación de la ley en materia de diseño de políticas públicas para la EP e incluso de la misma aplicación del proyecto aprobado, que nuestro análisis cobra particular relevancia. Pues lo que aparece allí es la concreción, desde el poder ejecutivo, de un conjunto de políticas que retoman algunos de los ejes que aquí analizamos, principalmente aquellos que se vislumbran como más contradictorios con las demandas de las organizaciones de la EP. Principalmente en relación a dos ejes: la tendencia a la individualización de los trabajadores, tanto en términos del ingreso que perciben como de su vinculación con las gestiones de la política pública ya no a través de sus organizaciones sino de las oficinas públicas del estado y, en segundo lugar la centralización de la política de EP totalmente circunscripta al MDS en lugar del MTEySS, elemento que representaba la centralidad de muchos de los reclamos de la CTEP desde su formación.
Ahora bien, ¿Implican estas definiciones una derrota respecto del proceso del cual aquí hemos dado cuenta? Es posible asignar responsabilidades por el avance de políticas de este tipo al proceso gestado en la lucha por la Ley y las organizaciones allí involucradas? Desde nuestro punto de vista definitivamente no. Los sucesos que siguieron a la reglamentación de la ley no son más que otra muestra de las múltiples formas que adopta la dominación en su búsqueda por definir y limitar los términos en los cuales se dan la controversia y la lucha en el marco de un proceso hegemónico.

Notas

2 Nos detendremos en la aclaración de las pertenencias institucionales y temáticas de cada uno a partir de la recuperación de sus argumentaciones en el cuerpo del artículo. Vale mencionar que también participaron de la jornada de otros académicos vinculados a la temática como Ana Natalucci (Investigadora Adjunta del CONICET- Directora del Grupo de Estudios sobre Participación y Movilización Política-IIGG-UBA), Susana Sanz (abogada laboralista, referente peronista y feminista), Arnaldo Bocco (Economista. director del Departamento de Economía y del Observatorio de la Deuda Externa de la UMET, y ex director del BCRA y Banco Ciudad), Ariel Geandet (Director Ejecutivo del Centro de Investigaciones Socio-económicas de Buenos Aires-CISBA –Docente de la UBA), Enrique Martínez (Ex Presidente del INTI. Actual coordinador del Instituto para la Producción Popular).

3 Es importante considerar que el luego de obtener la media sanción en senadores se inicia un proceso de negociaciones más activo en función del presunto veto presidencia ante la posible aprobación del proyecto en la Cámara Baja del Congreso de la Nación. Es sólo luego de ese período y las movilizaciones que lo acompañaron que se logra su tratamiento, con modificaciones, en la cámara de Diputados el día 6 de diciembre, logrando su aprobación final por Senadores el 15 de diciembre del mismo año.

4 En el sentido en que la dinámica de presentación de las exposiciones en la Cámara Alta no habilitó la posibilidad de repreguntas abiertas. En ese sentido, las argumentaciones son recuperadas de la grabación y registro visual por parte de la investigadora.

5 Aquellos que en función de sus competencias y capacidades personales podían acceder a un empleo decente (Natalucci; 2016).

6 Se creó en el año 2004 y su propósito es “constituirse en un sistema de apoyo a las iniciativas de desarrollo socioeconómico local, destinado particularmente a los sectores de bajos recursos” (Res. MDS 1375/04). Para ello plantean tres objetivos: 1) contribuir a la mejora del ingreso de la población en situación de vulnerabilidad social en todo el país. 2) promover la ES mediante el apoyo técnico y financiero a emprendimientos productivos de inclusión social generados en el marco de procesos de desarrollo local y 3)fortalecer las organizaciones públicas y privadas, así como los espacios asociativos y redes, promoviendo la descentralización de los diversos actores sociales de cada localidad. Fuente: http://www.desarrollosocial.gov.ar/Palnes/AT/default.asp

7 Organismo descentralizado con rango de subsecretaría que se crea en el año 2007 para implementar un programas de microcrédito regido por la Ley Nacional 26.117 que propone en su texto: “Establécese la promoción y regulación del microcrédito, a fin de estimular el desarrollo integral de las personas, los grupos de escasos recursos y el fortalecimiento institucional de organizaciones no lucrativas de la sociedad civil que colaboren en el cumplimiento de las políticas sociales (…) Créase el Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social y el Registro Nacional de Instituciones de Microcrédito…”. Esta política permite consolidar y extender el desarrollo de los espacios socio-productivos apoyados en el Plan Manos a la Obra, avanzando en el mismo sentido de organización popular, que posibilita el mejoramiento de las unidades productivas. A su vez “el Estado nacional subsidia la operatoria de las organizaciones ejecutoras de fondos de crédito, con lo cual se logra una tasa de interés no mayor al 6% anual”.

8 Organización social conformada en el año 2005, pero cuyos orígenes se remontan al proceso de organización de la resistencia durante la década del 90, y que como menciona Natalucci (2012) se compone en sus orígenes de tres afluentes principales: Organizaciones con trabajo territorial y piquetero (tales como el MTD Evita), Organizaciones de la estructura territorial del PJ (como la Corriente Peronista Federal conducida por Fernando ‘Chino’ Navarro) y Militantes sueltos (atraídos por la impronta del ME en la cumbre de los pueblos en mar del plata).

9 En una nota publicada en la página de la CTEP el 17 de marzo de 2014 aparecían las siguientes exigencias: apertura de paritarias populares antes de marzo, aumento en los programas sociales con contraprestación laboral, creación de mercados populares y para luchar contra la inflación, reconocimiento sindical de la CTEP, procrear para los excluidos y no sólo para la clase media, creación de un ministerio de economía popular y devolución del iva de productos de la canasta básica para los trabajadores de la economía popular. (http://ctepargentina.org/por-la-apertura-de-paritarias-populares-y-el-reconocimiento-de-los-trabajadores-independientes-informales-y-cooperativistas/).

10 Actualmente, de la CTEP participan diferentes fuerzas políticas y sociales, nucleadas en diferentes Federaciones, según rama de actividad: de Reciclaje y Tratamiento de Residuos/Cartoneros, del Movimiento de Trabajadores Excluidos – MTE; de Cooperativas de Infraestructura Social, cooperativas del Programa “Argentina Trabaja” - PAT, nucleadas en el Movimiento Evita; de Empresas Recuperadas, nucleadas en el Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas – MNER; de Campesinos, nucleados en el movimiento Nacional Campesino Indígena – MNCI; de Trabajadores de la Vía Pública (feriantes, manteros, artesanos, puesteros, etc.), entre otras. Además de la división en federaciones, existe un espacio en la estructura organizativa denominada Junta Promotora, que nuclea a todas las organizaciones sociales integrantes. Algunas de estas organizaciones son: Movimiento Evita, MTE, Marea Popular, Quebracho-CTD Aníbal Verón, MOCASE- Vía Campesina, Movimiento Nacional Campesino Indígena, Movimiento Popular La Dignidad, Organización Política y Social Los Pibes, Frente Popular Darío Santillán-MTD Aníbal Verón, entre las más referenciadas.

11 Posteriormente se sumará como alianza fundamental la Central General del Trabajo (CGT Azopardo) cuyo acto más significativo es su participación en la movilización del 18 de noviembre de 2016 para exigir el tratamiento de la ley antes de fin de año.

12 Grabois (2016) explica al respecto como se compone el ingreso de los trabajadores de la EP, el cual define de carácter alimentario, motivo por el cual lo define salario aunque al diferenciarse de la contraprestación de un empleador, agrega la calificación del mismo como social. Distingue en él un “salario social directo”, que surge de los ingresos que obtiene por su actividad en la EP, otro complementario “que implica el reconocimiento económico de carácter público” y otro indirecto referido a las prestaciones no dinerarias. El reconocimiento de este ingreso en términos de salario se acompaña de la función de las entidades que representan a los trabajadores de la EP por la mejora de ese salario y condiciones laborales, a través de mecanismos de negociación colectiva (2016:26-27).

13 8 de noviembre en: ctepargentina.org

14 La misma fue aprobada en Cámara de Diputados, sobre un total de 257 miembros del cuerpo legislativo, con 227 votos afirmativos (provenientes de la fuerza del oficialismo y de las principales fuerzas de la oposición), 4 abstenciones (los representantes de los partidos de izquierda) y la negativa (el partido Salta somos Todos, representado por un diputado de derecha aliado del oficialismo pero que en este caso no se alineó).

15 Director de investigación del programa Observatorio de la deuda social Argentina-Universidad Católica Argentina.

16 Licenciada en filosofía por UNC. Dra. en sociología por la escuela de altos estudios en ciencias sociales de Paris. Investigadora principal del CONICET. Profesora titular de la UNLP. Actualmente coordina el Grupo de estudios críticos del desarrollo y es miembro del colectivo de intelectuales “Plataforma 2012”.

17 Director del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (Isepci)

18 Lic. en ciencia política de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Realizo el posgrado de FLACSO en control y gestión de políticas públicas. Reconocido académico. Ex viceministro de desarrollo social de la Nación. Actual referente en temas de desarrollo social del Frente Renovador, Diputado Nacional (período 2017-2021) por dicha fuerza política.

19 Doctor en antropología por la Universidad de Brasilia, realizo estudios de comunicación en la Universidad de Buenos Aires y desde entonces ha investigado procesos migratorios, zona de fronteras e interculturalidades. Investigador del CONICET. Director consulto del Instituto de altos estudios sociales de la Universidad de San Martin.

20 Abogado constitucionalista. Sociólogo, investigador del CONICET. Actualmente es profesor en la Universidad Torcuato Di Tella y en la Universidad Nacional de Buenos Aires.

21 Profesor honorario de la Universidad Nacional de Lanús, dirige la maestría en políticas y publicas y gobierno. Director de la revista perspectiva de políticas públicas. Docente de posgrado en la facultad de ciencias sociales de la UBA. Recientemente fue distinguido por el instituto Nacional de la administración pública.

22 Médica. Psiquiatra. Psicoterapeuta. Miembro del Comité Ejecutivo del Equipo Argentino de Trabajo e Investigación Psicosocial (EATIP)

23 Economista. Profesor emérito de la Universidad Nacional Gral. Sarmiento. Director de la maestría “Economía social”. Director del proyecto economía y hegemonía. El proceso Argentino 2000-2015. Profesor del instituto de altos estudios en el Ecuador.

24 Licenciada en servicio social de la Universidad Nacional de Mar del Plata. Secretaria académica de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

25 Abogado. Especialista en derecho sindical y laboral.

26 Referencia con la que se funda la CTEP el 2 de agosto de 2011 en el Teatro Verdi de La Boca “… ¡Acá ninguno sobra: somos lo que falta¡ Y que lo escuchen” (Grabois; 2016: 7).

27 Un elemento en el que no nos hemos detenido, pero que sin duda constituye un dato a considerar es que aquellos “pisos de sentido” fueron construídos también a partir del accionar de los movimientos en las calles, principalmente considerando, como propone Natalucci (2016), que la sanción de la misma requirió de una estrategia “bi-fronte”.

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Fuentes consultadas

Documento de difusión de la Subsecretaría de Fortalecimiento Institucional

Ley Nacional 26.117

http://www.desarrollosocial.gov.ar/Palnes/AT/default.asp

http://ctepargentina.org/

Proyecto de Ley 3612/16

Ley N°27345/16

Debate parlamentario en la votación del SSC 061216. Disponible en: http://www4.hcdn.gob.ar/sesionesxml/provisorias/134-23.htm

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