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Revista de historia del derecho
versión On-line ISSN 1853-1784
Resumen
MARTINEZ DE SANCHEZ, Ana María. La pena en las consuetas Indianas: Los concilios y la redacción de esas normas. Rev. hist. derecho [online]. 2013, n.45. ISSN 1853-1784.
Las consuetas pertenecen al Derecho Canónico particular, por tratarse de normas que organizan el funcionamiento del Cabildo Eclesiástico en cada catedral, las que fueron reformuladas por diferentes obispos de acuerdo a las circunstancias locales. En el período colonial en América, tiempo y espacio al cual se ajusta este trabajo, su incumplimiento estuvo penado de diferentes maneras según el lugar y la época. La calidad de estas penas fue esencialmente correctiva y de efecto económico más que espiritual. La estructura del cuerpo capitular determinaba que hubiera encargados de ordenar la liturgia y hacerla cumplir, además de una persona que se ocupaba de tomar nota de las faltas cometidas para que la autoridad competente supiera qué castigo debía aplicar en cada ocasión. Las consuetas, reglas, ordos o constituciones indianas, dan cuenta de los cargos que debía haber en cada catedral, según su rango, como también las funciones que cada uno debía desempeñar conforme a las pautas de comportamiento establecidas. Cuando éstas se transgredían debía aplicarse una pena que era materia del presidente del coro o del obispo, cuando el caso lo requería por su gravedad y debían aplicarse otras normas del derecho.
Palabras clave : Consueta; Catedral; Pena; Indias.