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Revista de historia americana y argentina

versión impresa ISSN 2314-1549versión On-line ISSN 2314-1549

Rev. hist. am. argent. vol.58 no.1 Mendoza jun. 2023  Epub 15-Ago-2023

http://dx.doi.org/10.48162/rev.44.039 

Artículos libres de Historia Americana y Argentina

Derivas del Congreso provincial de Entre Ríos (Argentina) en el marco de la revolución de Ricardo López Jordán hacia 1830

Drifts of the Provincial Congress in the framework of the López Jordán revolution around 1830

1Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Universidad de Buenos Aires, Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani. Universidad Autónoma de Entre Ríos. Buenos Aires y Entre Ríos, Argentina. herrerofab@gmail.com

Resumen

El presente trabajo es una parte de una investigación mayor cuyo propósito es comprender el ciclo de revoluciones en Entre Ríos, entre los años 1830 y 1831. Analiza de forma particular el rol del Congreso provincial en la revolución de López Jordán en 1830. El hecho no fue analizado de modo particular por la historiografía. Aquí se cuestiona la imagen de los congresos provinciales pasivos o subordinados totalmente al poder ejecutivo de turno. Por el contrario, se trata de señalar que la intervención del Congreso provincial entrerriano en esta coyuntura tiene ritmos de cambios de acuerdo a la correlación de fuerzas del momento, logrando sobrevivir a la revolución. Las fuentes utilizadas pertenecen a la sección Gobierno del Archivo Histórico de Entre Ríos, y al Fondo Urquiza del Archivo General de la Nación.

Palabras clave: Entre Ríos; congreso provincial; López Jordán; política; revolución

Abstract

The present work is a part of a larger investigation whose purpose is to understand the cycle of revolutions in Entre Ríos, between the years 1830 and 1831. It analyzes in a particular way the role of the provincial Congress in López Jordán's revolution in 1830. The fact does not it was analyzed in a particular way by historiography. Here the image of passive provincial congresses or totally subordinate to the executive power of the day is questioned. On the contrary, it is a matter of pointing out that the intervention of the Entre Ríos Provincial Congress at this juncture has rates of change according to the correlation of forces of the moment, managing to survive the revolution. The sources belong to the Government section of the Historical Archive of Entre Ríos, and to the Urquiza Fund of the General Archive of the Nation.

Keywords: between rivers; provincial congress; López Jordán; politics; revolution

Introducción

En noviembre de 1830, estalla una revolución en Entre Ríos protagonizada por Ricardo López Jordán. Su principal objetivo reside en el desplazamiento del poder del gobernador legal León Sola y su reemplazo por un miembro del grupo revolucionario. Tiene una doble particularidad. La primera, es que forma parte de un ciclo revolucionario, caracterizado por varios golpes de estado hasta fines de 1831. Luego se inicia un periodo de relativa estabilidad, las administraciones de Pascual Echague durante la década de 1830 y las de Justo José de Urquiza en el decenio de 1840. La segunda, entre los miembros de la revolución participan los hermanos Urquiza. En el caso de Justo José, se trata de un periodo conocido, pero escasamente estudiado, donde integra grupos que fracasan en su intento de apoderarse del poder provincial.

Hay tres trabajos sobre el ciclo de revoluciones y alteración de poder que cuestionan a la historiografía del periodo y que son aprovechados en nuestra investigación. El primero indaga puntualmente el acontecimiento revolucionario de noviembre de 1830 (Herrero, 2021). Cuestiona la idea que fue una revolución abrupta e inesperada (Martínez, 1910; Bosch, 1978). También matiza la imagen de una liga federal sin cohesión para poder enfrentar conflictos de este tipo (Barba, 1982, p 88; Halperin Donghi, 1993, p. 330). Revisa, además, la opinión de Segura que considera que se trata de una “invasión unitaria”, en cuanto es apoyado por algunos reconocidos miembros de ese origen, pero, al mismo tiempo, señala que sus protagonistas son federales (López Jordán, los hermanos Urquiza, entre otros). Se trata, en rigor, de una revolución política con matriz unitaria, en cuanto la idea es unirse a la causa de los pueblos que dirigen los grupos de ese signo político. En este punto, considero que son contrarios al federalismo, y, más allá si algunos de los revolucionarios en su fuero interno tengan simpatías por el federalismo, de triunfar la revolución la idea es formar parte de la liga del Interior conformada por miembros ligados al unitarismo.

El segundo trabajo, analiza los aspectos organizativos, tratando de mostrar la importancia de los grupos unitarios de la Banda Oriental y los ligados a Juan Lavalle, que dan instrucciones sobre planes políticos, diagraman estrategias de acción y envían dinero. En este punto, se señala la importancia de la correspondencia como vehículo de organización y del dinero como un elemento considerado fundamental para el éxito de la empresa revolucionaria (Herrero, 2023).

Finalmente, un tercer estudio examina el gobierno de Barrenechea, quien se hace cargo de Entre Ríos luego del fracaso de la revolución de López Jordán. Esa experiencia de poder hace ver cómo un gobierno interino puede diagramar ciertas políticas en procura de sostener una administración estable: modifica el esquema militar y administrativo de los dos departamentos (Uruguay y Paraná), y crea el cargo de Inspector de armas (a cargo de Pedro Espino) que tiene el manejo militar de todo el territorio entrerriano. Un aspecto a destacar es que la nueva sublevación militar encabezada por López Jordán y los hermanos Urquiza (Herrero, 2020).

El presente artículo, de este modo, aprovechando otras investigaciones, tiene como principal propósito analizar la coyuntura de finales de los años 20 y comienzos de los 30, cuando se cierra el último ciclo de revoluciones en Entre Ríos. Analizo aquí el rol que juega el congreso provincial en el movimiento revolucionario. A mis ojos, tiene dos cuestiones que es necesario destacar. Por un lado, estas páginas se insertan dentro de un conjunto de trabajos, relativamente recientes, sobre casos provinciales, y, por otro lado, intenta abordar un tema aun no suficientemente tratado: qué ocurre con el poder legislativo cuando se produce un hecho disruptivo que altera el cuadro de poder provincial. Al mismo tiempo, presenta otra particularidad, dispongo de información sobre la actuación de los diputados tanto dentro de los carriles institucionales como por vías “particulares” o “privadas”. Esto es, aspectos que rodean la negociación que hace un legislador con los revolucionarios de forma paralela a su actuación dentro del ámbito legislativo donde también se negocia con aquellos. Antes de precisar los objetivos de trabajo, resulta necesario introducirnos en las imágenes historiográficas sobre el tema.

Los trabajos sobre las Salas de Representantes o Congresos provinciales no constituyen, hasta por lo menos los años finales de 1980, una línea de investigación atractiva. La imagen más típica sobre el poder legislativo lo vincula directamente a primeros mandatarios poderosos, que hacen y deshacen las iniciativas políticas a partir de su superior fuerza militar. Un trabajo ciertamente sugestivo de José Carlos Chiaramonte cuestiona esa idea de caudillismo, al sostener que, a partir de la década de 1820, se presentan estados provinciales o, por lo menos, realidades estatales que reúnen ciertos requisitos institucionales. En esta propuesta se advierte una trama política-institucional más amplia y dinámica. A partir de esta mirada, la sala de representantes cobra un papel, no central ni protagónico, pero sí importante para legitimar o instalar un espacio de negociación entre los actores. (Chiaramonte, 1986; Goldman y Tedeschi, 1998).

Que esta línea interpretativa ha resultado productiva lo prueba la publicación de numerosos estudios sustantivos sobre casos locales: La Rioja (Goldman, 1993), la comparación entre La Rioja y Santa Fe (Goldman y Tedeschi, 1998); Córdoba (Ayrolo y Romano, 2001; Herrero, 2007), Tucumán (Nanni, 2011); Mendoza (Bransboin, 2014); Buenos Aires (Reguera, 2017); Entre Ríos, (Herrero, 2018).

Es de notar algunos estudios particulares sobre López Jordán y Pedro Espino, protagonistas de los hechos revolucionarios. Aportan muy valiosos datos sobre sus perfiles públicos y sus intervenciones en distintos periodos. (Segura, 1966-1967; Quesada, 1969-1971, Capdevila, 2007; Bourlot, 2007). También destacan investigaciones sobre el caso de López Jordán (hijo) en la segunda mitad del siglo XIX, que lo exploran desde perspectivas diferentes (Bressan, 2019; Pérez, 2021)

Sobre la provincia de Entre Ríos, trabajos relativamente recientes constituyen un importante aporte para el periodo que aquí analizo. Con relación a la economía y a la sociedad, se ha avanzado sobre algunas cuestiones vinculadas a la producción, las finanzas públicas y el comercio (Schmit, 2004; Tedeschi, 2021; Camarda, 2021). Otros trabajos ponen el foco de análisis sobre los vínculos de la historia política y militar (Tedeschi, 2015; Kozul, 2016) La relación importante entre los comandantes y las practicas judiciales ha sido indagada recientemente (Pressel, 2021). Se ha comenzado a reflexionar, en una mirada integradora, sobre la participación popular en la región que incluye a Entre Ríos (Fradkin, 2013). Desde un punto de vista similar también, se ha analizado las facciones y las identidades en Entre Ríos con relación al contexto interprovincial (Herrero, 2021a).

Luego de este rodeo sobre la historiografía, resulta pertinente señalar nuestros objetivos de trabajo. En primer término, como insinúo más arriba, analizamos el rol del Congreso provincial, antes y durante el hecho disruptivo. Se trata de conocer qué relación se presenta entre los poderes ejecutivo y legislativo, en el periodo previo y qué sucede en pleno suceso de alteración del poder. En este sentido, interesa conocer si es un acontecimiento sin oposición o si bien se presenta un espacio de negociación.

En segundo lugar, importa examinar qué rol cumple el congreso provincial de Entre Ríos en los días en que gobierna López Jordán, y, asimismo, qué actitud adopta cuando irrumpe Espino en otro hecho revolucionario. Finalmente, el tercer punto es un intento de síntesis de lo desarrollado y una comparación con el acontecimiento disruptivo de 1825 y 1826. Este último aspecto, se destaca brevemente, solo a modo de conjetura, en la conclusión.

El congreso provincial en la revolución de López Jordán

Este parágrafo está dividido en tres secciones. En la primera se analiza qué rol cumple el congreso provincial durante el año 1830, nos referimos a sus actividades legislativas y su relación con el poder ejecutivo. Importa saber, en segundo lugar, qué actitud adopta cuando se produce el hecho revolucionario. El tercer punto alude a las actividades “particulares” de un diputado del congreso provincial y su vinculación con los revolucionarios.

Congreso y gobierno. Tensiones y conflictos

Durante este año es posible advertir una serie de elementos que ayudan a entender qué rol tiene el Congreso provincial en la vida política de Entre Ríos. Interesa conocer cuál es la agenda legislativa para comprender sobre qué se ocupa, esto es, sin son temas de importancia pública o si solo trabaja con cuestiones menores. Al mismo tiempo, conviene saber qué tipo de relación mantiene con el gobierno, para entender si sostiene una agenda independiente del poder ejecutivo, si, por el contrario, evidencia una tarea de colaboración o bien de directa subordinación.

El tema de los empleos resulta clave, en cuanto son una parte relevante del accionar de las distintas ramas de las actividades institucionales, entre otras, de administración, militares, judiciales. Un primer aspecto, con relación a sus salarios, es que en una buena parte del año tuvieron una importante reducción.

Con respecto a ello, en agosto, el congreso provincial se dirige al Poder Ejecutivo1 y señala que el congreso al dictar la ley de 6 de octubre de 1829, “suspendió los descuentos” y, aclara, por el “perentorio término de seis meses; contados desde el 1 de enero del presente año”. Al mismo tiempo recuerda los objetivos propuestos

1° el de que, así como los empleados sólo debían percibir medio sueldo en el primer trimestre y tres cuartas partes en el segundo; fuese igual el perjuicio a la clase mercantil evitando de este modo cualesquiera quejas por parte de aquellas, pues siendo las dos únicas clases que percibían fondos del Estado, en pagos: quedaba aquel equilibrado. Y el segundo, es el de reunir al fin de ambos trimestres, un fondo en cajas, capaz no solo de pagar a los empleados sus sueldos íntegros, sino satisfacer a todas las clases del Estado sus acreencias del modo que prescribe el artículo de la precipitada ley2.

Pues bien, al haberse cumplido el segundo trimestre, la ley ha concluido en esta parte, y los descuentos debieran reglamentarse por el Gobierno desde principio del tercer trimestre, al modo y forma que la juzgue conveniente, “a fin de evitar el quebranto que la menor demora causaría el crédito del Estado; y sin perder de vista sus urgencias”.

Resulta necesario mencionar, además, que la idea de no perjudicar al comercio y hacendados, se advierte también en otros temas. El gobierno da noticias a la legislatura sobre los auxilios dados a algunos naturales de Misiones que se han refugiado en el territorio3. El congreso aprueba el pedido, pero “recomienda” al gobierno que se “proporcionen en adelante medios para no gravitar con los auxilios a aquellos hacendados, en razón de que recientemente principian estos a reformar su pasada ruina”. En este punto, le aclara “si pudiere arbitrar de fuera los auxilios que se requieren al fin propuesto”4.

Un segundo aspecto con relación a los trabajos alude a los “empleos por necesidad”, en cuanto este último vocablo es señalado como el principal motivo para sus designaciones. Varios de ellos son sancionados por ley5. Sin embargo, no todos los que son por necesidad pueden tener resultados positivos. Las destrezas y habilidades requeridas para determinadas ocupaciones pueden ser un límite en el caso entrerriano. En esta línea, la legislatura autoriza al poder ejecutivo para el nombramiento de un secretario y asesor de gobierno. La respuesta encierra solo problemas, en cuanto éste último “cree que ningún sujeto que sea abogado recibido querrá ocupar dos empleos de responsabilidad y de grande ocupación por el sólo sueldo de mil pesos.” Y luego agrega que, “haciéndose este paso más dificultoso, por tener que costear un individuo de otra parte en razón de que en la Provincia no hay un solo letrado”6. El tema queda en suspenso hasta que el congreso imagine algún tipo de solución.

Otros casos remiten a una distinta mirada por parte de las autoridades, esto es, no siempre el congreso aprueba las demandas del poder ejecutivo. El gobernador solicita al congreso provincial que se le dé al preceptor de la Casa Escuela de Villa de Gualeguay lo que solicita para ella, teniendo en cuenta “la admirable eficacia” del mismo y, en este sentido, destaca que los niños realmente hacen progresos y se necesitan para futuros empleos en el país7.

El primer mandatario, solicita paralelamente al congreso provincial que pague por servicios prestados al gobierno8. El gobierno pone en conocimiento de la sala

(…) los servicios que gratuitamente han prestado en las tareas de la prensa, los jóvenes José lino Barrenechea y Román Sola, quienes han imprimido todo el papel sellado que servirá para el presente bienio, igualmente pasaportes para dentro y fuera de la provincia, así como decretos y órdenes de gobierno. Esta pesada ocupación en que han estado algún tiempo les ha dado derecho para hacer un reclamo al Poder Ejecutivo pidiendo se les asista con un corto sueldo a proporción de sus trabajos, y no ha sido hasta la fecha oída. Su suplica hasta toma la HS designe, si lo tiene a bien, el pret con que pueda socorrérsele…a que gratificados que sean…para desempeñar servicio de la prensa, contrayéndose estos individuos con más eficacia para aprehender acaso lo que ignoran y escusar el trabajo de solicitarse impresores de fuera9.

De ambos pedidos no hay noticias de una resolución positiva. El gobierno tiene serias dificultades para sostener servicios elementales. En este sentido, comunica al ministro de hacienda que “no pudiendo soportar los gastos que son indispensables hacer con los chasques que conducen comunicaciones de los diferentes puntos de la provincia y aun de otras de extraño gobierno”10, le solicita dinero para esos gastos.

Una segunda cuestión es la solicitud de descuentos de deuda. Hecho, bastante habitual y, mucho más, en momentos de penuria económica11.

También se apela al vocablo “necesidad” cuando se hacen reclamos en torno a la seguridad del territorio. El gobierno comunica a la legislatura que la provincia posee “muy pocos armamentos de toda clase, según lo estados que le han pasado las Comandancias de los departamentos”, y sostiene que debe tenerse en cuenta esta “necesidad” atendiendo “los peligros que amenazan por todas partes, se ha visto precisado el que firma a contratar ciento y ocho carabinas que le importan, ochocientos diez pesos y no teniendo en las arcas del Estado el completo, de la mitad de esta suma que debe entregarse de presente”, solicita que la legislatura “se sirva mandar franquear trescientos pesos de los fondos del ramo de propios con calidad de empréstito, cuya cantidad será donada con preferencia de las primeras entradas”12. Este tipo de reclamos están directamente vinculados tanto a la situación de desertores13 como a los mensajes durante los primeros meses de 1830 de la liga federal alertando sobre movimientos de rebeldes en Entre Ríos. (Herrero, 2021)

Otra cuestión de importancia es el intercambio de actitudes y opiniones con respecto al cierre de sesiones de la sala. La legislatura avisa al Gobierno que, como señala la ley de la provincia, concluye sus sesiones de este año. El gobierno se opone, al señalar que en las “actuales circunstancias en que se hallan algunos rumores de enemigos que nos amenazan por arribar” a las “bandas oriental y occidental”, lo han motivado a “tomar las más activas medidas de precauciones mandando poner sobre las armas las fuerzas todas de la provincia”. En medio de esta alarmante situación, señala que “las voces vagas que han corrido llegan a ser realidad y en tal caso el que suscribe necesita precisamente consultar a la Sala cualquier providencia que sea de necesidad tomare para seguridad y defensa del territorio”14.

La legislatura le señala al gobernador que cierran las sesiones, advirtiéndole, que tiene facultades ordinarias y extraordinarias para actuar15. La sala colabora (o bien coincide) con el poder ejecutivo en su periodo de sesiones, pero tiene, por lo menos en algún momento, autoridad y peso para no hacer esfuerzos extraordinarios. Seguramente, pesa aquí que los diputados son de distintos pueblos y tienen sus actividades privadas. También se ve que, en este tema, el poder ejecutivo no tiene fuerza para imponerse al poder legislativo. Durante el año 1830 hubo problemas con un diputado que pedía ser reemplazado y no podía hacerlo. Lo que sucede con la elección del diputado electo en el departamento de Gualeguaychu, Diego de Miranda, quien no puede asumir porque se discute el acta de elección, la cual no está hecha de acuerdo con la ley (Tedeschi, 2015; Herrero, 2021).

En suma, la agenda legislativa está atada a cuestiones urgentes que necesitan una rápida resolución. Advertimos problemas locales que muestran una realidad provincial abierta a futuros conflictos. Las tensiones dentro del territorio entrerriano entonces encuentran condiciones exteriores para que algún conflicto disruptivo tenga posibilidades de producirse. La relación que tiene con el poder legislativo no es lineal, no tiene una nítida definición, es de colaboración o bien de coincidencia con algunas leyes y, también, de intercambio y reclamos. Al mismo tiempo, discute algunas decisiones del gobierno. No es fácil distinguir, como acabamos de exponer, entre colaborar o coincidir con el gobierno en algunas leyes y la subordinación.

El congreso provincial durante la “revolución”

El 13 de noviembre se produce un movimiento revolucionario de los militares de Concepción del Uruguay que solicitan la renuncia de Sola y la instalación de un nuevo gobierno. El congreso provincial ante la irrupción revolucionaria es el único espacio con legalidad y legitimidad para decidir sobre un nuevo gobierno. En este sentido, el primer paso es la designación de un gobernador. El Congreso, el 17 de noviembre, se dirige al Sr Comandante General del 1° principal, para instruirle que en “atención a las actuales circunstancias”, le ha nombrado “Gobernador Provisorio político y militar”, señalando que debe aceptar porque la provincia se halla en “estado de acefalia”16. Barrenechea acepta su designación. Sin embargo, sostiene que “siempre” que el congreso le “dé para sí y sus oficiales las garantías necesarias que los ponga a cubierto de los contrastes que puedan ocurrir”17. La legislatura le contesta que de “no residir en sus facultades de que le han despojado las presentes circunstancias, allanar la solicitud que le indica”18. Esto es, solo el nuevo poder puede decir al respecto, lo que muestra el límite de la legislatura. Al mismo tiempo, le señala que ha nombrado “una Comisión” compuesta de los Sres D. Ignacio Vera y Francisco Fernández para que se reúnan con el “Jefe de la fuerza armada que se dirige a esta Capital”. Solicitarán, por un lado, “todas las seguridades que pide la política”, y, por otro lado, las explicaciones sobre sus acciones públicas19.

Paraná vive una situación de incertidumbre. El gobernador provisorio Barrenechea se comunica con legislatura para que se “digne indicar la línea de conducta que debe observar en las críticas y espinosas circunstancias que se presentan con respecto al estado del pueblo. Este se encuentra hoy en una situación al parecer alarmante”20. La Sala le ordena que “la fuerza estacionada en Paraná permanezca en el orden que se halle o se retire”. Sin embargo, aclara que “teniendo en vista los sucesos ocurridos” si advierte “el más o menos riesgo de la ciudad, determinará lo que juzgue conveniente en el particular21.

En suma, producida la revolución, el primer momento muestra el poder del congreso provincial, pero, sobre todo, sus límites. Todo ello puede advertirse en las cuestiones señaladas hasta aquí: la designación (luego del pedido de Sola) por parte del congreso provincial de un gobernador provisorio, la solicitud de garantías de éste, la falta de autoridad del congreso para poder decidir al respecto y la designación de una comisión para negociar con los militares en armas. Todo queda supeditado a lo que decida el jefe revolucionario.

En el congreso provincial, hay un grupo que es más activo que otros. Entre ellos, los diputados que aparecen en las negociaciones, como el vicepresidente José Tadeo Ríos, y el diputado secretario interino Ángel Crespo, a los que hay que sumar los dos diputados de la comisión.

La actitud del congreso con respecto al jefe de la “revolución” tiene varias aristas. En la comunicación que le envía la legislatura a López Jordán le informa que el “Sr Gobernador D. León Sola ha marchado ayer a Santa Fe, delegando el mando de la provincia en el Sr. Comandante General D. Pedro Barrenechea”, al mismo tiempo, le señala que la legislatura designó a este último como gobernador provisorio, y nombró una comisión encargada tanto de informar estos últimos sucesos como de esperar “los resultados” de lo que decidan los jefes militares22.

La legislatura informa a los jefes militares que recibieron la representación del movimiento. Le señalan que ha “resuelto no tener nada que adelantar en el particular respecto a que aun antes de recibir la citada comunicación se lisongea de haber obrado en consonancia con los sentimientos detallados por los SS comisionados cerca de los SS Jefes de la División del orden”. Al mismo tiempo, los instruye sobre las comunicaciones recibidas del “Sr D León Sola”23.

La respuesta de López Jordán resulta por un lado vaga y al mismo tiempo muy concreta. Resultan vagas sus explicaciones del movimiento al sostener que las “razones que ha tenido el 2° Departamento principal para haberse alarmado contra el exmo sr gobernador D. León Sola, son demasiados públicas”, y, aclara, “pues a la misma HR le consta las violaciones de la Ley cometidas por esa autoridad, y que a la mayor brevedad será instruida esa R. del pormenor de los hechos del Sr Sola, verificado esto por medio de un manifiesto”. La iniciativa concreta se refiere a que “debiendo asegurarles por medio de un decreto a los individuos que anden errantes por haber querido sostener al Sr. Sola, que así que se presenten a esta autoridad serán en el momento indultados”24. Lo que se ve aquí es el momento en que están negociando distintas cuestiones, entre otras la entrada de los revolucionarios a Paraná y un olvido para los adversarios. Dos días más tarde la Sala sanciona una ley al respecto de esto último.

Art 1°. Todos los individuos que a virtud de su cargo hayan seguido y ejecutado las órdenes del Exmo. gobernador D. León Sola, serán considerados como uno de sus súbditos que en cumplimiento de su deber no han hecho otra cosa que llenarlos. 2° Todos los individuos de que habla el artículo anterior, que considerándose con algún delito anden ausentes, deberán presentarse al Sr General del Ejercito del orden, con cuyo hecho serán indultados del anterior compromiso. 3° comuníquese al PE para los fines consiguientes25.

El 22 de noviembre se suceden diversos hechos de tono político. El gobernador provisorio Barrenechea presenta su renuncia y la Sala se la acepta. Designa en ese cargo al Coronel de caballería de línea D Ricardo López Jordán26. Ese mismo día, la legislatura le responde a este último su comunicación. Admite su explicación sobre el movimiento militar, al considerar “justas las razones que ha expuesto”. Seguidamente señala que

“(…) con arreglo a los artículos 57 y 60 sección 6° del Estatuto de la provincia, ha recaído en su persona por unanimidad de sufragios la elección de gobernador provisorio de la provincia por el tiempo que falta para la conclusión del presente bienio. Lo que de acuerdo de la misma H.C., se le comunica para que, previa su aceptación, se apersone mañana 23 del corriente a las once de ella en su Sala de Sesiones para recibirse, prestando el juramento de ley27.

La designación se inserta dentro de una trama institucional en el marco de un movimiento de fuerza. Ese mismo día, López Jordán acepta su designación y señala el lugar al que aspira en el nuevo poder la legislatura. Como hemos visto ya, en la representación exige al congreso que evite la sangre y ahora, lo felicita por su colaboración. En el medio de esta situación pasaron cosas: la sala logra no solo mantenerse en su lugar sino también sanciona un indulto para los hombres del anterior gobierno. Se advierte aquí que los notables de la sala buscan un liderazgo que ya no tienen en Sola.

Al aceptar este alto encargo, cuenta el infrascrito con la cooperación eficaz de la HR para poder desempeñar con acierto funciones tan superiores a su conocimiento. Suplicando al mismo tiempo a la HR tenga a bien persuadirse que solo un exceso de patriotismo y la confianza que lo anima en que la H. R. lo apoyará con su sabiduría y experiencia, pueden reducirlo a admitir el sublime puesto a que es llamado28.

¿Cómo reacciona el congreso provincial? En los distintos papeles públicos utiliza una línea discursiva neutra, trata de no calificar el acontecimiento, emplea la expresión movimiento militar contra Paraná y luego, jefes de división del orden. En momentos que renuncia Sola y se retira a Santa Fe, la legislatura califica en términos positivos a los militares que se levantan contra aquel, se trata “de unos jefes adornados de los mejores sentimiento de humanidad y patriotismo”29. En otro documento del mismo día, señala que se trata de un “movimiento militar que el Sr. Coronel de Caballería de línea de la Provincia D. Ricardo López Jordán ha emprendido contra esta Capital y Gobierno de ella”30. El vicepresidente del HCP se dirige a “los SS Jefes de la División del órden”, y finalmente los saluda, “Dios guarde a los Sres. jefes”31.

Las actividades “particulares” del Diputado Secretario Antonio Crespo

Antonio Crespo, como insinué más arriba, es diputado y secretario del congreso provincial. Esto es, no solo cumple su tarea como legislador sino que está detrás de todos los actos de la legislatura, las cuestiones que se debaten en las sesiones, los documentos que se envían a distintas autoridades, y debe firmar junto con el presidente o el vice del cuerpo todos los documentos que son confeccionados. Figura, además, como uno de los principales comerciantes capitalistas de Paraná (cuadro 1). Hasta julio de 1829 es Sargento Mayor. Sus privilegios militares, no obstante, continuaron, ya que se le concede el “goce de fuero militar y de uniforme”. No es un habitante más ya que, al mismo tiempo, logra que el gobierno escuche sus reclamos. Un ejemplo de ello es su queja al gobernador Sola en relación con “sus terrenos en la Costa de las Estaquitas”, por parte de “algunos individuos” que han “fabricado corrales de encierro sin su permiso”. El Ejecutivo inmediatamente ordena al “Sr. Comandante del Departamento 1° del 2do General que dichos individuos suspendan todo trabajo de dichos encierros hasta nueva disposición del gobierno”32. En suma, estamos en presencia de un notable de Paraná con poder económico, capital político y privilegios militares.

Cuadro 1 Deuda de comerciantes y capitalistas del empréstito solicitado por el gobierno revolucionario 

Fuente: “Relación. De los individuos comerciantes y capitalistas que no han suplido la entrega de las cantidades que a cada uno le corresponde en la distribución de los cinco mil pesos que debían existir por empréstito a saber. Paraná, 4-12-1830.” RLDER. T.III, pp. 223-224. Observaciones: firmado por el ministro general de Hacienda Vicente del Castillo. Abreviatura: entero, significa, “debe el entero de la deuda que le corresponde”. Resto, significa, “debe el resto de lo que le corresponde”.

Lo que resulta sumamente interesante destacar aquí es que paralelamente a las acciones que despliega como Diputado y secretario del congreso provincial, realiza gestiones, a título “particular” o personal, con el jefe del movimiento armado. De este modo, más allá que el congreso provincial tiene un contacto directo con los revolucionarios, Antonio Crespo aclara que, siendo parte de ese cuerpo legislativo, también actúa “particularmente, tomándome la confianza de interesarme con V. a fin de que sea indultado el comandante Campos”33.

Dos argumentos fundan su pedido: por un lado, que obedecía órdenes, esto es, no actuaba de forma autónoma. Y, por otro lado, por la necesidad de este tipo de militares. Los dos puntos esgrimidos son bastante típicos en estos casos de levantamiento. Puede advertirse en las declaraciones de militares en Buenos Aires, por ejemplo, en el movimiento armado de octubre de 1820 (Herrero, 2012). En este sentido, para Crespo, entonces, Campos merece el indulto porque lo que hizo fue obedecer a la autoridad a la que sirve. “Yo estoy cierto que su delito solo consiste en haber sido fiel al gobierno de que dependía (…) cuya circunstancia siempre debe ser recomendable para U. en las circunstancias, porque hay pocos de esta clase”34.

Se trata del tema de la cadena de mandos, la obediencia debida a la autoridad, una cuestión que no es algo extraño ni único. También se hace notar, por ejemplo, en la mencionada revolución federal de 1820 en Buenos Aires (Herrero, 2012). Militares, por el que se pide clemencia, son decepcionados por “la chanchada que les ha jugado D León Sola”. Como parte de esta negociación, Crespo le señala a López Jordán que ha conseguido que Campos desarme todas sus fuerzas. De esta manera, sostiene que aquel “me ha prometido desarmar toda su gente tanto la que se le ha ido cuanto la que ha largado hoy por consejo mío, y ud. no puede desconocer lo útil que nos será en las circunstancias”. De este modo, Crespo actúa como mediador entre fuerzas que deciden negociar con el líder de la irrupción militar. La delegación oficial, si tenemos presente este nuevo reclamo a tono personal, slno tuvo los resultados esperados y fue necesario una gestión secreta y personal.

Antonio Crespo sostiene “conozco a Campos”, pero además le señala a López Jordán, “y porque me consta que U. antes de ahora formó un regular concepto de él”. “Sobre lo mismo escribí a D. Pedro Espino, y D. Santiago Arrachao35, tanto me interesa por este infeliz hombre”36. En efecto, no solo negocia con el jefe sino con otros jefes revolucionarios.

La negociación resulta exitosa, sobre todo, si consideramos que días más tarde el comandante Pedro Regalado Heruñú le señala a López Jordán que se ha presentado

(…) hoy el Alférez que hace de Escolta del Comandante Campos; D. Justo Medrano, el cual dice haber traído a su estancia ocho soldados con todo armamento y haciéndolas deponer les ha dado soltura: en cuya virtud pasa dicho Alférez a hacer entrega de ellas, y quédanse en su casa hasta la resolución del Sor. General37.

Es de notar, además, que le explica la situación incómoda del congreso provincial ante el movimiento militar y la designación provisoria en el gobierno de Barrenechea. De esta forma, señala que “a Barrenechea, ha dejado Solas de delegado con la más horrorosa ignominia” y, en esta línea, sostiene que “nosotros hemos convenido por las circunstancias y también porque hasta hoy no ha recibido esta corporación ninguna comunicación de U., hasta que U. nos instruya de lo que crea conveniente”38. Como se ve, colándose como mediador, se pone del lado de López Jordán, esperando recibir órdenes.

Finalmente, Antonio Crespo, le señala con entera claridad que tiene el camino limpio para entrar sin ningún problema en la ciudad y ocupar el cargo de gobernador. De este modo le señala que:

(…) he aconsejado que la tropa veterana se acuartele para evitar algunos males si se dispersa. Todo lo tiene U. concluido y allanado y puede tomar sus medidas en este concepto porque le aseguro que con un hombre puede U. entrar seguro a esta ciudad39.

Lo interesante del caso de Crespo es que actúa al mismo tiempo como diputado y como dirigente político. Opera y negocia en varias cuestiones: pide el indulto de militares, reclama una respuesta ante la incertidumbre de la situación de Barrenechea y le asegura la entrada a Paraná (es lo que vimos decide la sala). Lo hace como un notable, alguien que es parte de la sala (le da información sobre ella) y que, al mismo tiempo, señala los contactos que mantiene por afuera de ella.

En suma, el movimiento armado parece tener ritmos diferentes, como es habitual en este tipo de sucesos: hay alarmas sobre la acción de “enemigos” desde los primeros meses de 1830. Lo informan los miembros de la liga federal al gobernador y este pone en alerta a la legislatura. El problema que mantienen el gobernador y la legislatura por el cese de sesiones tiene como principal argumento dichas alarmas. De este modo, el movimiento armado no es abrupto, sino que tiene distintos momentos: uno, de preparación y organización; donde se alzan en armas y elevan una representación, y un último momento en que negocian con las autoridades locales: de parte de las fuerzas armadas del gobierno derrocado, se le da a los revolucionarios garantías para las tropas del gobernador destituido.

El rol del congreso provincial tiene varias aristas. En primer lugar, pone a la vista de todos, que es el último espacio de soberanía en momentos de alteración del poder. En segundo lugar, la situación vivida es percibida bajo el concepto de acefalia. Negocia, en tercer término, con las nuevas autoridades en forma oficial y hay un diputado que lo hace de modo particular, hecho que no fue advertido por la historiografía del período.

El congreso provincial, entre el gobierno de López Jordán y la “contrarrevolución” de Pedro Espino

Breve administración de López Jordán

El flamante gobierno, organizado con los líderes de la costa del Uruguay bajo el liderazgo de López Jordán, es efímero. No obstante, tiene tiempo para nombrar a los funcionarios más importantes. Hacia fines de noviembre son designados Justo José Urquiza, como secretario de Gobierno y luego como comandante del Departamento número 2; Pedro Espino, como Comandante del Departamento número 1; Vicente Zapata, como Comandante del departamento número 3; Cipriano Urquiza, como ministro de gobierno y Vicente del Castillo, en el cargo de ministro general de hacienda (Capdevila, 2007; Herrero, 2021).

Desde el vamos, es un gobierno en crisis. En este sentido, el nuevo gobernador le solicita a la legislatura que realice un empréstito forzoso (cuadro 1). Los motivos aluden a los males que pueden envolver próximamente a la provincia a partir de “datos que ha adquirido”. Estas “causas extraordinarias” determinan la adopción de medidas de defensa y para ello se necesitan recursos para las tropas40. El gobernador “hace presente a la H.R. que se ha tomado la libertad de recabar por conducto del Ministro General de Hacienda un empréstito de cinco mil pesos del comercio de esta Capital documentan a los oblantes del modo más justo y religioso”, aclarando que su objetivo es “gratificar a las tropas acampadas en este punto”41. La legislatura aprueba el empréstito42. Este tipo de respuestas económicas en un momento crítico resultan frecuentes en todas las provincias. Su justificación e basa, en general, en la descripción de una evidente penuria del erario del estado. Lo que interesa destacar aquí es una cuestión particular. Si como ya sabe el lector, el gobierno de Sola tiene apuros económicos similares, que alteran el poder, el flamante gobierno, como se ve, no puede cortar el nudo de ese problema.

Si la solicitud de empréstito cuenta con una rápida aprobación, su recaudación, en cambio, tropieza con serios inconvenientes. El gobierno da cuenta al congreso provincial de la nota que le envía el Ministro de Hacienda, “relativa a no hallarse aun la suma total del empréstito reunida”, motivada por “la negativa de algunos oblantes”. Señala que se le “haga entender a dichos individuos que el gobierno se verá en la necesidad de hacer efectiva la entrega de la suma que a cada uno le haya tocado”, y lo hará, aclara, “en el menor tiempo posible”43.

Días más tarde el gobierno vuelve a mostrar su enojo y su reclamo, al señalar que “solo se ha reunido una cantidad que deja un déficit de mil quinientos cincuenta y cinco pesos un real”. En este punto, aclara que al gobierno “no le es posible valerse de ningún género de violencias para hacer efectivo aquel entero”, sin embargo, al congreso provincial le “toca inducirle los medios que juzgue oportunos para alcanzar la suma que falta, y socorrer con ella a esas milicias que han dado el ejemplo de subordinación y orden”. Y concluye, sosteniendo que el gobierno “solo espera ver concluido este paso para ponerse en marcha” ya que “así lo exige el imperio de las circunstancias”44.

Lo que se recauda son 3445 pesos, faltan 1555. Son 20 comerciantes capitalistas, 6 deben todo y el resto una parte. El Ministro de Hacienda es el que asigna las cantidades de cada uno. Varios de los comerciantes capitalistas ocuparon, o bien ocupan, cargos en el congreso provincial, como, entre otros, Crespo, Idoate, Gelabert. Hay casos puntuales que son comerciantes, dirigentes políticos y militares, como Antonio Crespo que tuvo como ya señalamos cargos de militar, diputado del congreso y secretario interino en el momento del movimiento. Y Valentín Denis es sargento mayor hasta julio de 1829, luego se le concede “goce de fuero y uniforme”. Es presidente de la asamblea extraordinaria en 183145.

Advierto que el gobernador presiona al congreso provincial para que logre reunir de la forma que sea todo el dinero del empréstito. Como conjetura, bien puede afirmarse que lo hace porque, por un lado, tiene con el congreso provincial una especie de alianza táctica inicial, recordemos que el gobernador no exige que renuncie ninguno de sus miembros y el cuerpo continua como en los tiempos de Sola. Y, por otro lado, como hemos dicho ya, varios de los que deben el empréstito son diputados del congreso.

El cuadro 1 da cuenta de los comerciantes y capitalistas que deben el entero de la deuda o bien una parte de ella. No queda claro cuál es el universo a los que se le solicita el empréstito. Lo que sí es posible afirmar es que son los que sí no han pagado y la proporción de la deuda (entera o parte). Tampoco queda suficiente entendido por qué a algunos se le solicita más dinero que a otros. No obstante, no es difícil sospechar que, como sucede en otros casos similares, se determina por la capacidad financiera de cada comerciante y capitalista. Tampoco sabemos si hubo pedidos de rebajas, como si es posible advertir en otros casos, como por ejemplo en Córdoba y Buenos Aires (Herrero, 2007; 2012). Suponemos que aquí sí las hubo, pero es muy probable que no haya habido demasiado tiempo para negociar.

El día 6, aún persisten los problemas para recaudar el empréstito. El gobernador le insiste al ministro de hacienda Vicente del Castillo, sobre la urgencia de ese recurso para “sufragar los gastos indispensables”, y pagos “de tropas que en el día es de imperiosa necesidad mantener en armas para el restablecimiento del orden, y defensa de la provincia”. Asimismo, le ordena que “suspenda por ahora el pago de otras deudas contraídas por el Estado hasta esta fecha; con preferencia de la mitad en derechos de introducción y extracción a los suplemistas del empréstito últimamente pedido por el gobierno”, aclarando, además, que a los que “no los tuvieren, les sean abonados por la Tesorería en metálico del modo que lo permitan las circunstancias y con el mismo privilegio”46.

Hay intercambio de opiniones entre las autoridades con respecto a quién le corresponde exigir el pago de los empréstitos. El primer mandatario insiste en su reclamo.

El Gobierno ha recibido la nota de esta fecha que el presidente del HC por acuerdo de la misma H. Corporación le ha dirigido. El infrascrito no puede alcanzar a descubrir a qué autoridad deba ocurrir para que arbitre los medios de hacer efectivo el déficit que en su nota anterior tuvo el honor de poner en conocimiento de los Sres. Representantes resultaba para recorrer a las tropas. Si las medidas que el infrascrito espera para aquel logro no son de la atribución del H. C. como primera autoridad de la provincia, espera que V.H. se digne indicarle a quien debe ocurrir. Y si también por otra parte es motivo especioso para no haberse reunido la suma del empréstito el haberle el gobierno solicitado en su nota dirigida al H.C. solo del comercio, hoy replica a V.H. la haga efectiva también a los capitalistas, para por este medio lograr un objeto en el que toda tardanza solo traerá males de trascendencia por cuya razón espera que la H. Cámara no demorará en espedirse. El gobierno con este motivo tiene el honor de reiterar al H. C. las protestas de su mayor respeto y consideración47.

Las negociaciones con la legislatura son permanentes. Esta última pide al gobierno que envíe su ministro secretario a las once de la noche y el gobernador le contesta afirmativamente48. Este intercambio de opiniones y el posicionamiento del congreso provincial de no aceptar la orden de exigir el pago de los empréstitos es muy posible que estén vinculados a los planes conspirativos. Esto lo prueba el hecho que mientras se discute el tema de cómo imponer la contribución forzosa se produce el golpe de fuerza de Pedro Espino.

En suma, desde el punto de vista del congreso provincial, se advierte en su trayectoria un nuevo cambio de ritmo. Si antes de asumir López Jordán, vimos a Crespo, presidente del congreso y uno de los principales capitalistas, pidiendo órdenes de éste, cuando aquel asume no colabora demasiado no paga completa la contribución.

La caída: Espino hace una “contrarrevolución”

La imposibilidad de reunir el dinero del empréstito para solventar a las tropas y la fuerza que despliega Espino para derrocarlo, determina que el 4 de diciembre López Jordán informe al congreso provincial que delega el mando en este último49. En este marco, a fines de diciembre, la legislatura nombra gobernador provisorio a Barrenechea y luego le concede Facultades Extraordinarias50. Pero no nos adelantemos demasiado. A los fines de esta investigación, interesa conocer ahora cómo negocia López Jordán su salida del gobierno y qué papel cumple el congreso provincial.

Los motivos de su dimisión son explicados en una comunicación. En efecto, señala que por la “crisis en que el territorio se vé”, delega el mando en Pedro Espino, Comandante General del Departamento 1° principal. Al mismo tiempo, reconoce que el poderío de la provincia vecina determina esta decisión. De este modo, expresa a dicho cuerpo legislativo que hará todo el esfuerzo necesario “para relacionarse con los gobiernos amigos”, y luego aclara, “por cuyo medio vendrán indispensablemente a estrecharse sus relaciones, que hoy sin causa alguna por parte de este Gobierno se ven desgraciadamente paralizadas con la de Santa Fe”51.

El 7 de diciembre, López Jordán escribe un borrador donde expone su visión sobre su decisión y expone su estrategia de salida del poder. Así, explica que para evitar “algunos males” opta por devolver al congreso el gobierno de la provincia que “le confió” para que elija a otra persona. Por otro lado, pide “una firme y segura garantía para su persona, jefes y demás individuos comprometidos para la deposición al ex gobernador León Solas”, como así también que sean “satisfechos los gastos que se hallen en descubierto del dinero invertido con aquel objeto” 52.

En suma, la secuencia histórica parece en algún punto repetirse: crisis, movimiento de protesta acompañado de apoyo de la fuerza militar, la importancia del congreso como espacio para negociar las vías legales de resolución del conflicto, delegación del mando del poder ejecutivo y luego designación de un nuevo gobernador. Al mismo tiempo, solicitud de garantías para los que intervienen en el conflicto y pago de las deudas contraídas. La lógica de esta secuencia histórica no escapa a lo que sucede en otros territorios. Son las mismas que se han destacado en el caso de Buenos Aires en 1816 y 1820 (Herrero, 2012).

Pues bien, ¿qué posición adopta Pedro Espino como gobernador delegado y que papel cumple el congreso provincial? El 10 de diciembre se dirige a la legislatura para justificar los motivos que lo inclinaron a alzarse contra el gobierno de López Jordán. Como es habitual en estos casos, hace una historia de los sucesos. Un primer momento disruptivo surge cuando el coronel León Solas “abandonó la provincia” y el congreso provincial designa como gobernador provisorio al coronel Pedro Barrenechea. “Un golpe de poder”, afirma Espino, “le obligó a renunciar” a la primera magistratura. Este hecho se dio de modo arbitrario, ya que al “pronunciarse los Honorables Representantes por la persona de D. Ricardo López Jordán, no ha sido con la entera y plena libertad”, en cuanto todo ello sucedió “en medio de las bayonetas y del imperio de la espada”53.

Es un golpe de mano combinado, ya que el “Jefe de la fuerza armada marchaba de acuerdo con los parricidas del 1° de diciembre”. La justificación de su levantamiento contra López Jordán está motivada además por las circunstancias que se viven, y que podrían vivirse, si continúa aquel en el mando.

Los males que debían sucederse de este acontecimiento, la trascendencia de ellos, “la sangre de mil y mil víctimas inocentes que debía derramarse; y que es preciso economizar”, y el “eminente peligro que amenaza el país de ser envuelto en la desolación y el exterminio, y hundido en el sepulcro el sistema sagrado de Federación por que se ha pronunciado constantemente la provincia y los pueblos”. Y, por último, afirma:

(…) después de la evidencia de los hechos, que al HC no son desconocidos, la certidumbre que tuvo el que firma de que él y el Sr Coronel Barrenechea iban a ser sorprendidos, presos y quizá sacrificados, obligaron al que firma a ponerse en guardia y a decidirse de una vez por la salvación del país, y es por esto que ha dado el grito de alarma contra ese grupo de hombres sublevados y decididos por cimentar en el país de los libres el sistema de la tiranía54.

Espino le da un lugar central al congreso provincial en el momento de la nueva irrupción armada. Nuevamente es éste último el que debe dar los pasos institucionales para la normalidad. Es al dominio legislativo al que le

(…) corresponde deliberar con entera libertad sobre este importante negocio en que media la paz pública, y nombrar nuevamente la persona que debe regir los destinos de esta desgraciada provincia, o ratificar su primer nombramiento en la benemérita persona del Sr. coronel Barrenechea 55.

La carta termina con un tono dramático típico de estos sucesos. El congreso debe actuar de inmediato ya que de lo que pueda hacer al respecto depende la salud pública”, pero también “la salvación del país”, por este motivo, “es urgente que el HC se pronuncie sin demora en el particular”56.

En suma, es de notar, en primer lugar, que Espino escribe como si fuera un opositor al golpe de López Jordán. En otro trabajo, se ha demostrado que, por el contrario, es uno de los jefes militares que protagoniza el golpe y como tal ocupa un lugar destacado en su gobierno, comandante de departamento (Herrero, 2021). Esta línea discursiva, lo importante no es solo señalar que omite su participación en lo que denuncia y rechaza, sino que los actores con los que ahora hace alianza no lo desmienten. Hace tiempo, se ha advertido sobre la importancia de lo verosímil, esto es, no importa si hay evidencias que prueben lo que se dice, sino que parezca verdadero (Todorov, 2008). En este sentido, advierto que Espino trata de mostrar verosimilitud en su discurso y sus interlocutores lo confirman al aceptarlo y no desmentirlo.

En segundo lugar, hay que señalar que Espino dirige su comunicación no solo al congreso provincial, sino que tiene otros interlocutores, los miembros de la liga federal, quienes resuelven el conflicto al no apoyar a López Jordán. Por este motivo, debe entenderse por qué Espino se esfuerza por mostrar la ilegalidad del movimiento, los señala como enemigos partidarios de los unitarios y del golpe de Lavalle en Buenos Aires, y se autopresenta como un salvador del país. En tercer término, Espino elige el congreso provincial como espacio de decisión de poder porque tiene legalidad y legitimidad, derivada de la voluntad popular.

Conclusiones

En el artículo reflexionamos sobre el rol del congreso provincial en el ciclo de revoluciones producidas en Entre Ríos, entre los años 1830 y 1831. Su particularidad, en el marco de los estudios sobre las salas de representantes provinciales luego de 1820, radica en que intentamos conocer qué ocurre en este dominio, en un momento especial de alteración del poder. Este aspecto, como dijimos ya, no ha sido tratado aún de modo específico.

En un comienzo, la idea fue conocer qué rol cumple el congreso provincial durante el año 1830, previo a la irrupción militar. Se ha advertido que la agenda legislativa está de algún modo atada a cuestiones urgentes que necesitan una rápida resolución. Especialmente, frecuentes amenazas y rumores de conspiración de origen unitario, con elementos locales y de otros territorios. Las tensiones dentro del territorio entrerriano entonces encuentran condiciones exteriores para que algún acontecimiento disruptivo tenga posibilidades de producirse.

En este cuadro de alarmas y dificultades, la relación que tiene con el poder legislativo no es lineal, no tiene una nítida definición, es de colaboración con algunas leyes, pero también discuten algunas decisiones del gobierno. No es extraño que así sea. Estamos en presencia de un elenco gobernante integrado por notables, en el gobierno y en el congreso provincial, que tienen más o menos en común un conjunto de intereses e ideales. En este cuadro de situación, no es raro entonces que coincidan en iniciativas políticas; tampoco lo es que discutan entre ellos. En este periodo, no se aprecia, por lo menos claramente, que el gobernador subordine al poder legislativo. Quizás el botón de muestra sea aquel momento en que el congreso entra en receso, más allá de las alarmas de conspiración que señala Sola, o cuando no designan nuevos empleos reclamados por el gobernador a la legislatura. Por supuesto, es una coyuntura, y, es muy probable que en otros momentos sí encontremos una realidad diferente.

A modo de hipótesis, bien podríamos afirmar que el rol del congreso provincial tiene ritmos de cambios. No tiene un papel pasivo, hace su propio juego, pero en el marco de sus fuerzas y posibilidades. En muchos momentos lo hace en debilidad.

Mi perspectiva, durante el momento de 1830, como lo insinuamos ya, es que el movimiento armado parece tener ritmos de tiempos diferentes, como es habitual en este tipo de sucesos: hay alarmas sobre la acción de “enemigos” desde los primeros meses de 1830. Lo informan los miembros de la liga federal al gobernador y este pone en alerta a la legislatura. El mencionado problema que mantienen el gobernador y la legislatura por el cese de sesiones, tiene como principal argumento dichas alarmas. En este momento previo, el congreso provincial parece no querer inmiscuirse en la política local.

Cuando se produce la irrupción de los militares del Uruguay pidiendo la destitución del gobernador, comienza una etapa que tiene ritmos propios. Es el momento de la revolución.

Al tomar conocimiento el gobernador Sola de la fuerza de los revolucionarios, decide retirarse de la provincia y nombra al comandante de Paraná Barrenechea como gobernador interino. El rol del congreso provincial es de prudencia y cálculo político. Por un lado, se reconoce, como ya lo había hecho Sola al comunicar la designación del gobernador interino, como el único espacio de legalidad y legitimidad del poder. De esta forma, acepta la designación de Barrenechea, pero no decide nada sin previa consulta con el bando revolucionario: ni ofrece más fuerzas a Barrenechea, ni le da las garantías que aquel también le solicita. Las actitudes están marcadas por la prudencia, en un momento de debilidad de poder.

Luego, se abre un espacio de negociación con la tienda revolucionaria. Se envía una comisión y consigue negociar varias cuestiones vitales para la continuidad del poder: se le da a López Jordán la garantía de una entrada pacifica a Paraná y su posterior designación como gobernador de la provincia, y se logra que los revolucionarios dejen que el cuerpo legislativo continúe con todos sus miembros. Al mismo tiempo, se le da garantías a Barrenechea y a sus tropas, y un indulto a los hombres armados del ex gobernador Sola.

Hemos analizado, además, un hecho que no fue estudiado ni advertido. Es el caso del diputado Antonio Crespo. Él actúa, de forma paralela, como diputado y como un actor “privado” que negocia en varias cuestiones: pide el indulto de un militar, reclama una respuesta ante la incertidumbre de la situación de Barrenechea y le asegura la entrada a Paraná.

Durante el gobierno de López Jordán, el rol del congreso provincial nos muestra otro ritmo, dado a partir de un nuevo posicionamiento. Si Crespo, presidente del congreso y uno de los principales capitalistas, le pedía órdenes a López Jordán antes que asumiera, cuando efectivamente lo hizo no se advierte que colaborara demasiado (no paga la contribución solicitada por el gobernador, siendo la principal figura tanto del congreso provincial como de los comerciantes capitalistas). Puede afirmarse, a modo de conjetura, que el congreso provincial advierte que hay otro cambio de posiciones de fuerza; ya no tiene poder López Jordán, va mutando, tiene divisiones hacia adentro del grupo que inicia el alzamiento (Pedro Espino) y no tiene el apoyo de las provincias que tienen influencia en Entre Ríos, como Santa Fe y Buenos Aires.

Otro cambio es posible advertir en la coyuntura de la caída de López Jordán y la contrarrevolución de Espino. La decisión de los principales miembros de la Liga federal, Buenos Aires y Santa Fe, de no apoyar la revolución, hace que se produzcan serias divisiones hacia el interior del bando revolucionario. Espino, pasa de ser protagonista del golpe militar y nuevo comandante militar del gobierno de López Jordán, a colaborar con los miembros de la liga federal para destituir a este último. De este modo, ante la falta de recursos económicos para solventar a la tropa (no puede conseguir que se pague todo el empréstito forzoso) y las divisiones de sus mandos militares, López Jordán debe abandonar el poder. Lo hace pactando su salida, logrando garantías y que se paguen las deudas contraídas en el conflicto.

Entre finales de 1825 y comienzos de 1826, se vive una situación relativamente similar a la de 1830. Resumo el episodio rápidamente: López Jordán es elegido por el congreso provincial como gobernador, un petitorio firmado por vecinos de Paraná y luego la acción del gobernador saliente León Sola, hace que finalmente, éste último quede en su cargo. En febrero de 1826, López Jordán se levanta en armas, apoyada por una consulta a vecinos de su distrito, concepción del Uruguay. Finalmente, una mediación del Gobierno de Buenos Aires, hace deponer armas a los líderes militares de cada facción y asume como gobernador Zapata.

En estos acontecimientos, el de 1825-1826 y el de 1830, hay puntos comunes: participan los líderes de las dos facciones regionales; y el congreso provincial juega un rol importante, por ejemplo, hace cumplir el estatuto, cuando se produce la elección de López Jordán, pero no consigue continuar con esa política y posición, cuando Sola hace valer su poderío militar en Paraná (Herrero, 2022).

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2“Comunicación de la Legislatura al Poder Ejecutivo. Sala de sesiones, Paraná, 11-8-1830”, RLDER. T.III, p. 176.

3“Mensaje de la legislatura al PE. Paraná, 27-8-1830”, RLDER. T.III, p. 186.

4“Mensaje del Poder Ejecutivo a la legislatura. Paraná, 25-8-1830”, RLDER. T.III, p. 183.

5En este sentido, se sanciona una ley que crea dos “empleos” de “funcionarios públicos”, titulados Síndicos Procurados, uno en la capital y otro en la ciudad del Uruguay. En agosto se crean ochos dependientes de Rentas en la costa del Uruguay. “Legislatura al Gobierno, Paraná, 13-1-1830” y “Gobierno a Legislatura, Paraná, 14-1-1830”, ARCHIVO HISTORICO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, Fondo Gobierno. Serie V. correspondencia entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura, Caja n 2. Legajo n 2, 1830 (en adelante AHER, CO.PE-PL). “Legislatura al Gobierno, Paraná, 16-3-1830”, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2. “Legislatura al Gobierno, Paraná, 5-8-1830”, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

6“Mensaje del Gobierno a la Legislatura, Paraná, 2-8-1830.RLDER. T.III, p. 171.

7“Gobierno a Legislatura, Paraná 12-7-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2. Y del mismo tenor, 21 y 22 de julio.

8“Gobierno a Legislatura, Paraná, 21 y 22-7-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

9“Gobierno a Legislatura, Paraná, 22-7-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

10“Gobierno a Ministro Del Castillo, Nogoyá, 5-2-1830”, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

11La legislatura comunica al gobierno que un vecino y comercio de Paraná solicita “el descuento de la deuda que mantiene contraída el estado con dicho Sr.” “Legislatura a Gobierno, Paraná, 16-3-1830”, en AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

12“Gobierno a Legislatura, Paraná 12-3-1830”, en AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2. Sobre el empréstito véase también, “Legislatura a Junta de Propios, Paraná, 18-3-1830, y “Gobierno a Ministro de Hacienda, Paraná, 13-3-1830”, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

13“El gobierno con esta fecha ha recibido comunicaciones de los comandantes de las villas y comisionados…se le avisa que en los rincones de Ñancay y se ha formado una partida gruesa de desertores y vagos que la encabeza Juan Gausto (no se entiende apellido) y Luis Bargas…” Puntualiza sobre todo el mal que pueden hacer estos hombres. Oficio Gobierno, Paraná, 18-3-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

14“Gobierno a Legislatura, Paraná, 22-3-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

15“Legislatura a Gobierno, Paraná 26-3-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2. Sobre las practicas electorales de los congresos provinciales, antes y después de la sanción del Estatuto de 1822, es sumamente útil la lectura de la tesis doctoral de Tedeschi. (2015).

16“Comunicación de la legislatura al Coronel Barrenechea, sobre nombramiento de gobernador provisorio. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.194.

17“Nota del Coronel Barrenechea a la Legislatura, aceptando su nombramiento a gobernador. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.197.

18“Comunicación de la legislatura al Coronel Barrenechea, sobre aceptación del nombramiento a gobernador. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.195.

19“Comunicación de la legislatura al Coronel Barrenechea, sobre aceptación del nombramiento a gobernador. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.195. El gobernador le señala a la legislatura que pone los miembros de la escolta para acompañar a la comisión. “Comunicación del Gobierno a la legislatura, sobre comisión nombrada. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.196.

20“Mensaje del Gobierno Provisorio a la Legislatura. Paraná, 18-11-1830”, RLDER. T.III, p. 201.

21“Comunicación de la Legislatura al PE. Paraná, 18-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 202-203.

22“Comunicación de la legislatura al Coronel López Jordán, sobre el movimiento militar. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.198.

23“Comunicación de la legislatura a los Jefes del Ejército. Sobre la Representación. Paraná, 18-11-1830”, RLDER. T.III, p. 200.

24“Nota de D Ricardo López Jordán a la Legislatura. Cuartel General en Marcha, 18-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 203-204.

25“Ley”. Sala de sesiones, 20-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 204-205.

26“Mensaje del gobernador provisorio”. Paraná, 22-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 205-206. “Comunicación de la Legislatura al coronel Barrenechea. Admisión renuncia”. Sala de sesiones, 22-11-1830”, RLDER. T.III, p.p. 206-207. “Comunicación de la Legislatura al coronel Barrenechea. Nombrando a López Jordán gobernador provisorio”. Sala de sesiones, 22-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 207-208.

27“Comunicación de la Legislatura al coronel López Jordán”. Nombramiento a gobernador provisorio. Sala de sesiones, 22-11-1830”, RLDER. T.III, p.p. 208-209.

28“Mensaje del coronel López Jordán a la Legislatura. Recibe noticia nombramiento a gobernador.” Paraná, 22-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 209-210.

29“Comunicación de la legislatura al Coronel Barrenechea, sobre aceptación del nombramiento a gobernador. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.195.

30“Comunicación de la legislatura al Coronel López Jordán, sobre el movimiento militar. Paraná, 17-11-1830”, RLDER. T.III, p.198.

31“Comunicación de la legislatura a los Jefes del Ejército. Sobre la Representación. Paraná, 18-11-1830”, RLDER. T.III, p. 200.

32Sobre retiro, “Cedula de retiro”, 6 de julio 1829, AHER, Fondo de Gobierno. Relaciones Exteriores y correspondencia (1824-1853), C 2, L 2. Sobre conflicto de terreno, “Orden de Gobierno, Paraná, 10-8-1830, AHER, Co.PE-PL, C 2, L 2.

33“Comunicación Antonio Crespo a Sor D. Ricardo López Jordán, Paraná, 17 noviembre de 1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

34“Comunicación Antonio Crespo a Sor D. Ricardo López Jordán, Paraná, 17-11- 1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

35No es claro el apellido en la fuente. Puede ser también Amachao.

36“Comunicación Antonio Crespo a Sor D. Ricardo López Jordán, Paraná, 17-11- 1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

37“Comunicación de Pedro Regalado Hereñu a Sor Gral en jefe de las fuerzas del orden coronel Ricardo López Jordán, Nogoya, 20-11-1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

38“Comunicación Antonio Crespo a Sor D. Ricardo López Jordán, Paraná, 17-11-1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

39“Comunicación Antonio Crespo a Sor D. Ricardo López Jordán, Paraná, 17-11-1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

40“Mensaje del Gobierno a la Legislatura. Sobre empréstito”. Paraná, 30-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 215.

41“Mensaje del Gobierno a la Legislatura. Sobre empréstito”. Paraná, 30-11-1830”, RLDER. T.III, pp. 215-216.

42“Comunicación de la Legislatura al Gobierno. Sobre empréstito”. Sala de sesiones, 1-12-1830”, RLDER. T.III, p. 217.

43“Acuerdo. Sobre empréstito”. Sala de sesiones, 1-12-1830”, RLDER. T.III, pp. 217-218.

44“Mensaje del Gobierno a la Legislatura, Paraná, 4-12-1830.RLDER. T.III, pp. 218-219.

45Los datos militares de Crespo y Denis en “Cedula de retiro”, 6 de julio 1829, AHER, Fondo de Gobierno. Relaciones Exteriores y correspondencia (1824-1853), C 2, L 2.

46“Acuerdo. Más sobre empréstito”. Paraná, 6-12-1830”, RLDER. T.III, pp. 222-223.

47“Mensaje del Gobierno a la legislatura. Insiste sobre empréstito”. Paraná, 6-12-1830”, RLDER. T.III, pp. 224-225.

48“Mensaje del Gobierno a la Legislatura, Paraná, 27-11-1830.RLDER. T.III, p. 212.

49“en conformidad al artículo 20 del Decreto expedido por VH en 3 de setiembre del año 1829 delega el mando en la parte que él dispone en la persona del Sr. D. Pedro Espino, Comandante General de este Departamento 1° principal, y en cuanto el artículo 3° del precipitado decreto el Gobierno espera que la H. R. dispondrá lo que considere necesario, según lo exigen las circunstancias y la crisis en que el territorio se vé.” “Mensaje del Gobierno a la Legislatura. Sobre su marcha a la campaña y delegación del mando. Paraná, 4-12-1830.RLDER. T.III, pp. 221.

50Véanse, “Comunicación de la legislatura al Coronel Barrenechea. Sobre nombramiento de Gobernador”. Sala de sesiones, 10-12-1830”, RLDER. T.III, p. 228. “Mensaje del Gobierno a la Legislatura. Sobre nombramiento de Secretario”. Paraná, 11-12-1830”, RLDER. T.III, p.p. 228-229. “Ley. Sobre facultades extraordinarias”. Sala de sesiones, 28-12-1830”, RLDER. T.III, p. 236.

51“Mensaje del Gobierno a la Legislatura. Sobre su marcha a la campaña y delegación del mando. Paraná, 4-12-1830.RLDER. T.III, pp. 221.

52“Ricardo López Jordán (borrador), Paraná, 7-12-1830”. AGN-AU, Legajo 1464.

53“Mensaje del Gobernador delegado a la legislatura. Sobre ilegalidad del nombramiento de López Jordán”. Paraná, 10-12-1830”, RLDER. T.III, p. 226.

54“Mensaje del Gobernador delegado a la legislatura. Sobre ilegalidad del nombramiento de López Jordán”. Paraná, 10-12-1830”, RLDER. T.III, p. 227.

55“Mensaje del Gobernador delegado a la legislatura. Sobre ilegalidad del nombramiento de López Jordán”. Paraná, 10-12-1830”, RLDER. T.III, p. 227.

56“Mensaje del Gobernador delegado a la legislatura. Sobre ilegalidad del nombramiento de López Jordán”. Paraná, 10-12-1830”, RLDER. T.III, p. 227.

Recibido: 11 de Octubre de 2021; Aprobado: 08 de Marzo de 2022

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