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Cuadernos de historia de España

versión impresa ISSN 0325-1195versión On-line ISSN 1850-2717

Cuad. hist. Esp. v.83  Buenos Aires ene./dic. 2009

 

ARTÍCULOS

La diplomacia beligerante. Felipe IV y el Tratado Anglo-Español de 1630*.

Porfirio Sanz Camañes
Universidad de Castilla-La Mancha

RESUMEN
Al ascender al poder Felipe IV, la situación política internacional presentaba un panorama alentador para España. Sin embargo, la Pax Hispanica, alcanzada por su predecesor, no había evitado que la reputación y el prestigio españoles salieran seriamente dañados. Cualquier giro en política exterior podría hacer saltar este inestable equilibrio, especialmente en el noroeste atlántico. La no renovación de la Tregua de los Doce Años con los Países Bajos, a poco de ascender al poder, el posterior apoyo español a los hugonotes franceses y la desestabilización de las relaciones anglo-españolas tras el relevo de Gondomar en Inglaterra, abrieron el camino a una diplomacia que contemplaba el rearme, el complot y la intervención militar. El breve episodio bélico con Inglaterra, entre 1625 y 1630, y la apertura de negociaciones con Londres terminaron demostrando el interés estratégico que para España tenía la paz con Inglaterra en el triángulo de relaciones con Francia y los Países Bajos. El Tratado de Madrid de 1630 aportó, entre otras cláusulas de orden político, comercial y militar, la estabilidad y el compromiso necesarios para que España pudiera seguir interviniendo en los asuntos europeos.

PALABRAS CLAVE: Felipe IV; Inglaterra; Relaciones políticas; Tratado de Madrid; Siglo XVII.

ABSTRACT
When Philip IV reached power, the international political situation was quite favourable for Spain. However, the Pax Hispanica, obtained by his predecessor, could not avoid Spain's prestige and reputation being seriously damaged. Any change in foreign politics could break this unstable balance, especially in the Atlantic northwest. Several factors such as the end of the Twelve Years Truce with the Dutch, the Spanish support to the French Huguenots and the weakness of the Anglo-Spanish relationships after the return of Gondomar from England, led to a different situation. The new diplomacy considered rearmament, plot and military interventionism as useful tools to reach its objectives. The short war with England, between 1625 and 1630, and the subsequent negotiations with London proved how important it was for both countries to reach a treaty of peace. The stability of the Anglo-Spanish relationships allowed to keep the balance with France and the Low Countries. The treaty of Madrid in 1630 made it possible for Spain to keep its political, military and economical influence in Europe.

KEYWORDS: Philip IV; England; Political relationships; Treaty of Madrid; Seventeenth century.

El ascenso de Felipe IV al poder, el 3 de marzo de 1621, se hacía en medio de una coyuntura internacional para España más favorable que la que habían tenido sus predecesores. Felipe II se encontró, a mediados de la centuria anterior, con una delicada situación financiera y una posición exterior comprometida en varios frentes1. La autoridad monárquica se había visto menoscabada durante su reinado debido a los conflictos religiosos y a las nuevas formas de disidencia aparecidas en el pensamiento político2. La herencia dejada a su hijo, el tercero de los Felipes, le hizo desde el principio replantearse toda una política exterior excesivamente condicionada por la carencia de recursos3. Largos años de lucha en los campos de batalla habían dejado exhaustas las arcas del país y las alianzas políticas, cada vez más numerosas, por muy extrañas que pudieran llegar a parecer, se tejieron con la asfixiante presión de desgastar al enemigo. Por ello, el mantenimiento de un poderoso y equipado ejército seguía siendo el mejor garante de la seguridad nacional y de la defensa del orden dinástico en el concierto internacional4, como había demostrado la Monarquía española con un extraordinario esfuerzo económico en el llamado frente del Norte -entendiendo éste como el área de fricción inglesa, francesa y holandesa- entre 1585 y 1609.
A comienzos del siglo XVII, la presión fiscal de las monarquías sobre sus reinos estaba dando claros síntomas de una situación que poco a poco empezaba a desbordarse. Durante mucho tiempo, conceptos como obediencia, respeto al orden establecido y reputación habían sentado las bases de las relaciones políticas de los Estados y de los gobernantes con respecto a sus súbditos. Ante el agotamiento de las vías anteriores aparecieron nuevas formas de gestionar el orden político. Al igual que en el pensamiento político se imponía la razón de Estado, en el nuevo orden que empezaba a dibujarse emergían valores como el reconocimiento mutuo, el respeto a los cambios fronterizos, o el derecho de gentes, simbolizando el desarrollo de la diplomacia5. Sin embargo, la defensa de valores tradicionales -como monarquía, dinastía y religión- fundados en principios como los de reputación y conservación, pesaban tanto como los nuevos intereses estratégicos o los de carácter económico-mercantil6.
El gobierno de Felipe I V, a diferencia del de su padre, pronto se distinguió por un plan ambicioso de actuaciones en política interior y exterior7. El proceso de erosión experimentado en la imagen de la monarquía española debía detenerse y reemprender una nueva política que aspirara a recuperar la hegemonía perdida aun a costa de la intervención militar. El relevo de cortesanos como Lerma, Osuna y Uceda, envueltos en casos de corrupción y gastos desmedidos, debía dar paso a un modelo de administración ejemplar más eficaz. Olivares sería el encargado, desde 1624, de ocuparse de relanzar esta tarea8. En el terreno político, el éxito debía cimentarse en una España centralizada fundada sobre la unidad política. El proyecto de la "Unión de Armas", basado en una unidad de lealtades y objetivos, la uniformidad de las costumbres y la contribución resumen muy bien la filosofía de esta voluntad de reforma9. Un proyecto que contaba con la admiración de algunas naciones de la Europa de entonces, como Inglaterra, por el sentido de articulación nacional que llevaba implícito10. Resulta evidente indicar que la política del conde-duque de Olivares se endureció con una presión fiscal que siguió in crescendo hasta 1635, año del inicio de la guerra con Francia, cuando las tensiones entre Corona y reinos se agudizaron hasta extremos desconocidos. La monarquía parecía jugarse a una baza la preponderancia en el escenario europeo al menos, así lo atestiguaba Olivares al referirse al conflicto: "Aquí va religión, rey, reino, nación, todo; y si no hubiese fuerzas, morir en la demanda, que mejor es morir y más justo que entrar en otro dominio, y más de herejes, que así les juzgo a franceses"11. A resultas de su política se produjo una oleada de conflictos durante la década de 164012. Esta oleada de rebeliones que, de alguna forma, parecían augurar la disolución de la estructura imperial española, a tenor de lo que expresaron algunos estadistas europeos, no pudo certificar todavía el acta de defunción de la monarquía hispánica13.
Las relaciones hispano-inglesas habían atravesado difíciles momentos, desde los tiempos de claro enfrentamiento durante el período isabelino a los momentos de negociación y paz entre el primero de los Estuardos y el tercero de los Felipes14. La monarquía española, gracias a sus hábiles maniobras y a su red de diplomáticos, conseguiría rentabilizar los acuerdos de Vervins, Londres y la Tregua de Amberes. La llamada Pax Hispánica, establecida con la firma de estos acuerdos en el transcurso de una década, marcó, sin duda, el pulso en el sistema de relaciones internacionales que empezaba a consolidarse15. Los nuevos acontecimientos en el panorama europeo -con la rebelión de Bohemia y el inicio de la Guerra de los Treinta Años- terminaron por hacer volar el sueño de una posible alianza matrimonial anglo-española16. En efecto, el espinoso asunto del Palatinado, a cuya restitución en la persona de Federico, Inglaterra no iba a renunciar, abriría una etapa de conflictos y fricciones entre ambas naciones, no exentos de nuevos episodios bélicos con sus sucesores al trono: Carlos I y Felipe IV.
No cabe duda de que la delicada situación financiera por la que atravesaron España e Inglaterra desde comienzos de siglo y la serie de contraprestaciones ofrecidas por cada parte vinculadas a la firma de una paz duradera seguía siendo el mejor aval para evitar afrontar nuevos compromisos militares. Quizá por ello, el episodio bélico mantenido entre 1625 y 1630 fue esporádico y tuvo un efecto propagandista, sin que ambos países decidieran afrontarlo con los recursos militares y la financiación apropiada.
En el presente estudio pretendemos exponer la relevancia del mantenimiento de una paz duradera con Inglaterra, como la alcanzada en 1630, tal y como se desprende de la correspondencia mantenida por los embajadores de ambos países durante el gobierno de Felipe I V.

La importancia estratégica del eje Madrid-Londres

La serie de acontecimientos políticos producidos en Europa a finales del reinado de Felipe III albergaban un panorama alentador para la Monarquía española. En Centroeuropa todavía resonaban los ecos de la reciente victoria en la batalla de Montaña Blanca favorable a los intereses de los ejércitos imperiales y español en los primeros momentos de la Guerra de los Treinta Años. Al comienzo de la guerra, el ejército del emperador había invadido las tierras de Bohemia en respuesta al establecimiento de un gobierno protestante en Praga. La alianza del elector palatino, Federico V, con los rebeldes bohemios en contra del emperador, suponía el comienzo de una seria crisis que se extendería como una espita por toda Europa17. A partir de entonces, los hechos se sucedieron a gran velocidad: a la confiscación del Palatinado por parte de Fernando, hasta entonces patrimonio de Federico, yerno del rey inglés Jacobo I18, se añadían la ocupación de Alsacia y el bajo Palatinado por las tropas españolas de Spínola y la del alto Palatinado por Maximiliano, convirtiéndose en el futuro en motivo de fricción entre España e Inglaterra 19.
En Francia, los disturbios interiores durante la minoría de edad de Luis XIII debilitaron cualquier acción en política exterior. En tierras de Italia, salvo la República de Venecia, el Estado de la Iglesia y el ducado de Saboya, el resto de los territorios estaban en mayor o en menor medida bajo control español. Para asegurar estratégicamente la zona, los pasos de la Valtelina habían sido ocupados por el duque de Feria. Por último, el panorama más inestable se presentaba en los Países Bajos, cuya tregua vencía al mes de instalarse en el poder Felipe IV. La tregua de Amberes, en especial con los habitantes de Holanda y Zelanda, que estaban fuera de la obediencia de los serenísimos Archiduques Alberto y la Infanta, permitió disfrutar de unos años -hasta nueve según lo pactado en Amberes- de cierta calma y tranquilidad en el norte. Sin embargo, la intensidad con la que la piratería holandesa venía hostigando el comercio español desde los últimos años levantó, cada vez más, las voces contrarias en la Corte española a una futura prórroga de la tregua holandesa. Por otra parte, la reconstrucción de la armada, emprendida en 1617 por Baltasar de Zúñiga, empezó a dar sus frutos con la victoria sobre los holandeses al poco de reanudarse la guerra20.
Tal y como se presentaban las cosas en el nuevo escenario político, pocos años después del inicio de la Guerra de los Treinta Años, la embajada londinense se convertía en uno de los destinos estratégicos más importantes para la Monarquía española. Su ocupante desde 1613 era Don Diego Sarmiento de Acuña, conde de Gondomar, al que le avalaba una dilatada trayectoria política al servicio de la Monarquía21.
La labor diplomática desplegada por Gondomar en Inglaterra tuvo el reconocimiento del rey Felipe III, quien en 1617 concedió a un Don Diego, que rondaba el medio siglo, el título de conde de Gondomar22. Desde su atalaya londinense utilizó todos los medios humanos y materiales a su alcance para lograr mantener la neutralidad inglesa en aquellos complicados años. Para ello se rodeó de una camarilla prohispana en la Corte, a pesar de las dificultades económicas por las que atravesaba la embajada23. El círculo español en Inglaterra, de tendencia católica, conocido como Spanish Party, estaba algo desdibujado en los últimos años y Gondomar se propuso reestablecerlo a través de la incorporación de pensionados ingleses, habitualmente nobles y confidentes, que servían de enlace transmisor sobre las distintas informaciones y rumores que circulaban por la Corte24.
No podemos olvidar que en la Europa de comienzos del siglo XVII resultaba fundamental mantener un dispositivo de agentes e informadores repartidos por las Cortes más importantes, que suministraban noticias, informes y papeles de gran importancia para los sistemas de "inteligencia"25. Como la actividad diplomática de aquellos años fue realmente intensa no es de extrañar, por otra parte, que pronto se extendiera una imagen en la propaganda antiespañola: la de la complicidad de Madrid en la mayor parte de las conspiraciones y complots urdidos para derrocar regímenes o apoyar revueltas en Inglaterra y en Francia26.
El conde también estaba al día en los asuntos más relevantes que se producían en las Cortes europeas, intensificando el contacto con los secretarios, agentes y embajadores de las delegaciones españolas en París, Milán, Viena y Bruselas27. Para ello mantuvo una nutrida correspondencia con: el archiduque Alberto, conde de Monteleón, embajador en París; con Boissot, emisario de los archiduques en Francia; con los cardenales Borja y Millino en Roma; con Nápoles, a través de Osuna, con Praga, etcétera. De igual forma, Gondomar se apoyó en una serie de colaboradores eficaces para el desarrollo de su labor, entre ellos: el jurista Agustín Pérez, secretario de la embajada y, por tanto, con experiencia en el puesto; y el agente, de nacionalidad inglesa, Richard Berry, al que le unirán lazos de amistad con sir John Digby, el embajador inglés en España.
Por último, las cualidades personales y las dotes persuasivas de Gondomar también obraron a su favor en el desarrollo de la gestión diplomática. Su talante discreto y observador, así como su lealtad, clarividencia y perseverancia, le dieron importantes frutos en la embajada londinense, como reconocían los homólogos diplomáticos ingleses28. La lealtad de Gondomar a Felipe III, de súbdito a rey, también le granjeó la amistad y el respeto del monarca inglés. Además, su perseverancia en los asuntos defendidos fueron dignos de admiración en la corte londinense y por el propio Jacobo I, quien olvidó frecuentemente que tan sólo estaba tratando con el embajador de otro país.
A comienzos de 1622, con Gondomar nuevamente en Londres, el Parlamento inglés solicitaba mayoritariamente la intervención militar en el Palatinado y la declaración de guerra a España29. Las negociaciones para la consecución del matrimonio entre el Príncipe de Gales y la infanta española María se bloquearon nuevamente. El embajador español protestó ante lo que consideraba una injerencia inoportuna del Parlamento y Jacobo I remitió una carta a la Cámara de los Comunes reafirmando su fe en el proyecto español frente a la actitud parlamentaria claramente republicana, pérfida y antimonárquica30.
El llamado Maquiavelo español -en palabras de J. R. Seeley- seguía arriesgando confiado en su amistad con el monarca inglés a pesar de la preocupante coyuntura internacional para las relaciones políticas entre ambos países31. No es de extrañar que tras el humillante episodio del duque de Buckingham y del príncipe de Gales en su viaje a Madrid con objeto de activar el enlace matrimonial, muchos ingleses anhelaran el pasado y se sintieran aliviados poco después, con la apertura de hostilidades en 1625, cuando decidieron tomar parte en la Guerra de los Treinta Años al lado de los holandeses32. Todavía, a mediados del siglo XVII, en un discurso al Parlamento inglés, Oliver Cromwell se refería a los españoles como a los "grandes enemigos de Inglaterra". Este "enemigo natural", según la exposición de Cromwell, se había visto implicado en complots y conspiraciones contra la reina Isabel, además de los planes y proyectos para desestabilizar Irlanda o invadir Inglaterra33. Aunque el político puritano justificara estas acciones para declarar la guerra contra España, no cabe duda de que a mediados de la década de 1650 se seguían manteniendo ciertos tópicos e imágenes con clara hostilidad hacia los españoles. Las diferencias religiosas y los conflictos comerciales seguían estando en el fondo de la cuestión.

Tambores de guerra (1624). La imagen cainita de la visión del "otro"

La sensación de frustración con la que regresó a Londres la delegación inglesa, encabezada por el Príncipe de Gales, tuvo consecuencias inmediatas para ambas Cortes. Todos los embajadores, ordinarios y extraordinarios, fueron pronto la diana a la que se lanzaron los dardos de la responsabilidad del fracaso. A corto plazo, los tambores de guerra -latentes en el Parlamento- empezaron a escucharse con más fuerza, siendo animados por mayor número de adeptos34. La fracasada alianza matrimonial hispano-inglesa se convirtió en una pieza de cambio para atraerse a la monarquía francesa, con la que se alcanzó un acuerdo, celebrándose en París los esponsales del rey de Inglaterra con la princesa Enriqueta María de Borbón. Si las relaciones anglo-españolas desde la firma de la Paz de Londres habían estado marcadas por las negociaciones para alcanzar una alianza matrimonial, era lógico pensar que un fracaso y en los términos en que se había producido traería la frustración y la animadversión en la corte inglesa35. En Londres, a resultas del affaire, se empezó a representar una comedia burlesca antiespañola titulada A Game of Chess, de Thomas Middleton36. Por su parte, un agotado y en parte frustrado Gondomar preparaba su regreso a España a finales de mayo de 1622, dejando a don Carlos Coloma como encargado de la delegación española en Londres37. En Inglaterra se estaban debilitando los vínculos diplomáticos y afloraban, cada vez de forma más importante, las diferencias hispano-inglesas con respecto a los asuntos de Alemania, la situación de los católicos ingleses, la seguridad de los navíos españoles en el Canal de la Mancha o en el Mediterráneo, y el reciente fracaso por lograr una alianza matrimonial.
A comienzos de 1624 las relaciones entre ambas Coronas se habían enrarecido tanto, especialmente por parte inglesa, que el asunto del sonado viaje del Príncipe de Gales a Madrid terminó por desbordar lo que parecía ya un hecho consumado38. El rey Jacobo I se encontraba ante una difícil tesitura: conseguir resolver el espinoso asunto del Palatinado con la mediación española sin mezclar esta cuestión con la alianza matrimonial, o declarar abiertamente la guerra, con las restricciones económicas que le imponía un Parlamento poco afín39.
Las cosas habían llegado demasiado lejos y a nadie escapaba la serie de preparativos que se estaban haciendo en ambos lados de cara a un nuevo conflicto armado40. La diplomacia inglesa inició la apertura de conversaciones con Holanda y con Francia a la búsqueda de nuevas alianzas. En junio, los ingleses alcanzaban un tratado con las Provincias Unidas41 y, en otoño, la alianza matrimonial anglo-francesa entre el Príncipe de Gales y Henrietta Maria estaba ya muy avanzada42. La conclusión del acuerdo francés y la inesperada muerte de Jacobo I, el 27 de marzo de 1625, esfumaron cualquier esperanza de reconducir la situación entre ambas monarquías43.
Las primeras descargas llegaron a través de la propaganda, arma siempre mordaz para empezar con directos ataques sobre el enemigo. Los costes de la hegemonía española, obligada a enfrentarse a unos y otros, ya habían tenido en el pasado un reflejo en la opinión europea, a través de obras y autores como Guillermo de Orange, John Foix, Reginaldo Gonzalo Montes y Antonio Pérez44.
No es menos cierto que el reinado de Isabel I había inaugurado una virulenta fase antihispanista que después sería repetida en momentos de tensión e incertidumbre política entre ambos países. La incorporación de Portugal a España, en 1580, concitó la atención y el recelo ingleses ante la amenaza que suponía para la paz y la estabilidad en el Atlántico, la aparición de un imperio de nuevo cuño hispano-luso con unas extraordinarias dimensiones en el terreno geográfico, político y económico45. El incipiente fenómeno corsario y el apoyo cada vez menos discreto de la Inglaterra isabelina a los rebeldes holandeses, se añadía al deterioro que se venía produciendo en las relaciones hispano-inglesas desde mediados de 1560. Que España se viera implicada en distintas conspiraciones y complots para destronar a la reina Isabel y varios de sus embajadores fueran expulsados de la corte inglesa -tales como Álvaro de la Cuadra y Bernardino de Mendoza- también elevó el nivel de tensión existente entre Londres y Madrid. Los antagonismos y rivalidades hispano-inglesas en el transcurso de la década de 1580 terminaron por convencer a Felipe II de la necesidad de enfrentarse directamente a Inglaterra46. Tras la Declaración de Nonsuch47 de la reina Isabel I, en 1585, se abría el camino a la confrontación directa con España. Al calor de los preparativos de la Armada, a partir de 1587, y de la amenaza de invasión a través de la Invencible, se enalteció el patriotismo inglés que dirigió sus envenenados dardos propagandistas hacia España y Roma48.
A tenor de los rumores, la misma ciudad de Londres se preparó ante un eventual saqueo49. La propaganda inglesa extendió una psicosis previa a la invasión por todo el país y puso a funcionar su maquinaria libelista y panfletaria, mientras desde cada púlpito de las iglesias londinenses se alimentaban los sentimientos patrióticos del país frente a las tropas invasoras o foreign forces que se acercaban a las costas inglesas para arrasar con celeridad la tranquila Inglaterra, o, en la expresión inglesa, to overrun our country quite50.
La derrota de la Invencible tendría, como podía esperarse, un importante eco entre la propaganda anticatólica51.
Por otro lado, no es menos cierto que tras el fracaso de 1588 los ingleses encontraron una buena oportunidad para atacar la monarquía de Felipe II, enarbolando un antihispanismo verdaderamente popular52. Sirva de ejemplo lo sucedido el primer año posterior a la derrota de la Invencible, cuando los discursos parlamentarios tuvieron un contenido muy patriótico e intentaron apelar a la defensa de la nación, como el que realizaba ante la Cámara de los Comunes sir Christopher Hatton: "We are bound to defend ourselves, our wives, our children, our friends; it is by an instinct of nature. We are bound to defend our country, our prince, our state, our laws, our liberties; ... we are bound to defend our possessions, our liberties, our goods and our lands: it wholly concerneth our profit"53.
La década de 1590 presenció la intervención militar española en apoyo de los rebeldes católicos de Irlanda54. Sucesos como la guerra de los nueve años, entre 1594 y 1603, mantenida en Irlanda, y fracasos en la política de Armadas tan sonados como el de Kinsale -clara muestra de la falta de coordinación hispano-irlandesa- se proyectaron con el único objetivo de desestabilizar a Inglaterra55. En este contexto no era difícil alentar la discordia y contribuir a la gestación de una imagen cainita del enemigo por parte de algunos libelistas españoles defensores de la ortodoxia católica y la política filipina. El propio Ribadeneyra describía con unos trazos realmente oscuros la situación de Inglaterra, al referirse a la isla, con apelativos tales como: "[ Inglaterra] es una cueva de bestias fieras, un refugio de traidores, un puerto de corsarios, una espelunca de ladrones, una madriguera de serpientes; madre de impiedad, madrastra de toda virtud, fuente de errores y finalmente roca espantosa."56.
Una imagen alimentada también por algunos libelistas italianos y españoles, defensores al mismo tiempo de los valores hispánicos y de la política filipina. Tomás Campanella, en De Monarchia Hispanica, acudía al tópico y a la descalificación para referirse a la monarquía inglesa y a sus habitantes, alentando con su obra las diferencias entre ambos países: "El inglés es el menos inclinado a la monarquía universal; sin embargo, hace mucho daño al español que esto pretende. De ello dio ejemplo Isabel de Inglaterra, favoreciendo la corrupción en las posesiones de ambos, en Bélgica contra el Rey Católico, en Francia contra el Rey Cristianísimo y ayudando a los herejes con consejos y apoyo material, pues tiene la isla con abundancia de naves y soldados. Es cierto que si el Rey de las Españas pudiese domeñar a sola Inglaterra con Bélgica, pronto llegaría a ser monarca de toda Europa y de gran parte del Nuevo Mundo... "57.
No eran mucho mejores las opiniones en Inglaterra sobre España y los españoles e incluso se mantuvieron determinados estereotipos y clichés sobre nuestro país durante más tiempo, tal y como venimos indicando. En este sentido, la religión y la política actuaron, como ha señalado Trevor J. Dadson, como peligrosos ingredientes en cualquier conflicto o discusión de identidades58. El divorcio real entre Enrique VIII y Catalina de Aragón había conllevado la separación de la Iglesia de Inglaterra del control de Roma, erigiéndose en cabeza de la nueva iglesia: la anglicana. Las diferencias religiosas entre católicos y protestantes que dividirían Europa en el siglo XVI acabarían convirtiendo a Inglaterra y a España en adalides de dos posturas irreconciliables59. Los sentimientos antiespañoles entre el pueblo inglés volvieron a avivarse con el matrimonio entre el príncipe Felipe y la reina María, quien se ganó la impopularidad de los ingleses por creer que había abierto las puertas a la maquinaria administrativa y represora de los españoles, Santo Oficio incluido, en el país.
En suma, la animadversión entre ambos países era mutua, por lo que no es fácil indicar -como apunta D.W. Cruickshank- que la antipatía que los españoles sentían por los ingleses fuera menos profunda de la que sentían los ingleses por los españoles60.

Guerra episódica y Paz armada (1625-1630)

Los esporádicos enfrentamientos hispano-ingleses, durante la guerra de 1625 a 1630, concluyeron con los fracasos de las expediciones inglesas a Cádiz y a Ré, abriendo el camino -en la primavera de 1627- al inicio de los primeros contactos para buscar la paz entre ambos países a través de los pintores Rubens y Gerbier61. El fracaso de la Rochela, donde los españoles habían cooperado enviando un escuadrón y la amenaza de una invasión francesa, movieron a Buckingham en la dirección de abrir conversaciones con Madrid durante el invierno de 1627-162862. Pocos meses después Weston comunicaba a Coloma que Londres tenía buena disposición para la apertura de negociaciones. Dado el fracaso de la causa protestante en los territorios alemanes, la monarquía de los Austrias ofrecía las mejores garantías para volver a mediar en la restauración del Palatinado, por medios pacíficos. Por otra parte, la crisis por la sucesión de Mantua, con el prolongado sitio de Casal; la bancarrota de 1627; la acción holandesa sobre Matanzas, en 1628, con la pérdida de 11 millones de guilders en el botín; y las recientes derrotas hispanas en los Países Bajos hacían predecir que la diplomacia española estaba dispuesta a realizar algunas concesiones, facilitando los contactos iniciales que incluían ya la apertura de cierto comercio inglés con la Península Ibérica63.
Desde que Inglaterra finalizó la guerra contra España, fue formalmente incapaz de pagar los subsidios con los que Carlos se había propuesto apoyar al rey danés Christian I V. El avance de los imperiales en Alemania representaba una amenaza para Inglaterra aún mayor que la cuestión del Palatinado, porque afectaba al dominio marítimo. Inglaterra envió a Thomas Roe a Constantinopla para contactar con Gabor y prevenirle de firmar la paz con el Emperador. El proyecto de una liga protestante, de carácter marítimo, entre Inglaterra, Dinamarca, Suecia y los holandeses, que equilibrase el poder de los estados católicos, especialmente el proyecto español de invadir Inglaterra, quedó en un segundo plano por el momento64.
Tampoco pasaban por mejor situación las finanzas españolas. El esfuerzo del annus mirabilis de 1625, con la toma de Breda, no impidió la bancarrota financiera de 1627. La cuestión de la sucesión de Mantua en Italia y la quiebra financiera española frustraron definitivamente el proyecto de invasión de Inglaterra, dando ocasión para el inicio de nuevos contactos durante los siguientes meses65.
En un memorial, supuestamente escrito por Olivares y leído por el monarca ante el Consejo de Castilla, durante su sexto año de reinado, Felipe IV describía la situación de la monarquía hispánica, a principios de 1627, en términos más esperanzadores: "Ninguno de mis reinos deja de estar quieto y mantenido en religión y justicia, y fuera de los estados de Flandes, Filipinas y la India todo lo demás se conserva sin invasión por ahora, y las materias de las Indias se van trabajando ... he remediado tanta parte de los daños que había en mis reinos como se ve en este papel y he empezado a encaminar otros que para mí ni mis gastos voluntarios no consumo un real de los tributos"66. La situación general, en su opinión, había mejorado en una España que había sabido plantear una serie de reformas instituidas bajo su reinado: "Mis armas tienen reputación; mis enemigos me estiman; mis aliados viven seguros; mis provisiones son sin cohechos; los tributos se conceden sin hacerse mercedes antes, cosa no vista jamás; los delitos se castigan con libertad por cuanto toca a mí y a mi noticia"67.
En esta coyuntura era más que probable que ambas partes aproximasen sus posiciones y dejasen de lado las cuestiones más espinosas que impedían formalmente alcanzar un acuerdo de paz68. La cálida acogida dispensada a la delegación española, encabezada por don Carlos Coloma, a su llegada a Londres tenía carácter de Estado y así se esperaba también de sus resultados, como señalaba Soranzo: "No hay nadie (aquí) que no apruebe la paz si comprende la restitución (del Palatinado)... dicha condición es requerida por razones de Estado y de reputación"69. Naturalmente, con el Tratado, Carlos esperaba obtener importantes concesiones españolas en el asunto del Palatinado, mientras desde Madrid, se aspiraba a involucrar a los ingleses en algún compromiso militar frente a Holanda70.
A finales de julio de 1630 parecía que la paz entre ambos países iba a lograrse en cualquier momento, especialmente tras la renuncia inglesa a su condición sine qua non de obtener la restitución del Palatinado como condición indispensable para conseguir la paz71. Los agentes españoles, para los que la paz con Inglaterra representaba un duro golpe contra la alianza anglo-holandesa de 1625 y la distanciaba del acuerdo con Francia de 1629, prometían el apoyo a la causa del príncipe Palatino, en la mediación con el Emperador, como Felipe IV comunicaba al duque de Tursi: " . y que no pondré dificultad ni dilación alguna en restituir el Palatinado inferior que ocupan mis armas siempre que aviendo precedido los actos de sumisión debidos al Emperador... aviéndose hecho primero la paz y publicado"72. En otras palabras, España no estaba dispuesta a ofrecer más de lo que había puesto sobre la mesa de negociaciones en 1625 cuando Carlos I, desairado por la situación, declaró la guerra73. Cuando las negociaciones estaban a punto de cerrarse, la delegación española propuso algunas cláusulas adicionales de última hora que serían finalmente rechazadas por Inglaterra, con especial referencia a los católicos ingleses, a la renuncia de Carlos I en la colaboración con los holandeses y al reconocimiento del monopolio español en América74.

Luces y sombras del Tratado de 163075

El 15 de noviembre de 1630, Cottington, en representación de Inglaterra, y Olivares junto a Oñate, por parte española, firmaban en Madrid el "Tratado de Paz, Confederación y Comercio" que zanjaba, al menos temporalmente, el conflicto bélico entre ambos países iniciado en 162576. Gussoni, el embajador veneciano en La Haya, señalaba luego que la paz fue firmada: "El Tratado es el más monstruoso porque no dice una palabra sobre el Palatinado. El rey de Inglaterra ha arruinado no sólo su propio interés sino el de las Provincias Unidas. Ha permitido que los españoles jugaran con él. Nunca obtendrá ninguna satisfacción de su parte"77.
Según el Tratado, los barcos de guerra de la Compañía de las Indias Occidentales estaban obligados a regresar inmediatamente de las Indias y a mantenerse en los puertos ingleses. El Príncipe de Orange no confiaba en la promesa de los españoles sobre la restauración del Palatinado, como comunicaba a sus colaboradores: "El emperador -decía- es poderoso y grande, y pensar en la recuperación del Palatinado por la fuerza puede estar tan lleno de dificultades como por el Tratado"78.
Los 31 artículos del Tratado eran, esencialmente, una repetición del último firmado en Londres, en 160479. Según el espíritu del Tratado, ambos países se comprometían a aceptar el mantenimiento de una sincera amistad: "a good, sincere, true, firme, and present Amitie, League, and Peace to endure forever"80. En consecuencia, como sucedía en estos casos, la firma de una paz perpetua traía consigo el fin de las hostilidades y debía restablecerse una "recíproca restitución" de los prisioneros apresados en la guerra por ambas partes así como de los barcos capturados desde el comienzo del conflicto81.

Repercusiones políticas del tratado en Europa

El acuerdo omitía, conscientemente, dos cuestiones que tenían un importante significado político para ambos países. Desaparecía completamente cualquier mención tanto a la situación de los católicos en Inglaterra como al asentamiento de la situación política en el Palatinado. Londres había finalizado las hostilidades sin la previa restitución Palatina por la que tanto había luchado el monarca inglés, e, incluso, había asegurado formalmente a Frederick, y tan sólo a cambio de la promesa de Olivares de la mediación hispana con el Emperador82.
Como había sucedido en el tratado de 1604, la estratégica posición inglesa, especialmente en el Canal y en el Mar del Norte, resultaba clave para la seguridad de Flandes. Una asistencia militar, también cifrada en el deseo inglés de reavivar el viejo proyecto anglo-español de expulsar a los piratas musulmanes del Mediterráneo83. Mediante el tratado, en el ámbito político-militar se acordaba la renuncia de las partes a entablar alianzas o a apoyar militar o financieramente ninguna campaña a favor de "enemigos, contrarios o rebeldes de la otra parte". Por esta cláusula se pretendía alejar nuevamente cualquier posibilidad de cooperación bélica entre ingleses y holandeses, según el espíritu que rezaba en el acuerdo de Londres: "directa o indirectamente, tanto por Mar, como por Tierra, y Aguas dulces"84. Con ello, la rivalidad anglo-holandesa, que se había incrementado después de la publicación por Grocio de su Mare Liberum, en 1609, pretendía ser nuevamente explotada por Madrid a cambio de permitir a Inglaterra participar legalmente en el comercio de América y Asia. La reclamación inglesa de soberanía en el mar sería reafirmada en 1635 con la publicación del Mare Clausum de Seldem, en clara respuesta al libro del holandés85.
A pesar de que Inglaterra obtenía importantes concesiones comerciales en la Península Ibérica, el Tratado fue finalmente considerado un triunfo para la diplomacia española. Con el Tratado, la Monarquía Católica alcanzaba su principal objetivo: el restablecimiento en el concierto político internacional de la neutralidad inglesa. La firma de la paz hispano-inglesa por Carlos venía a significar una quiebra de la política exterior inglesa y conllevaba un destructivo efecto para las relaciones anglo-holandesas86. Además, la monarquía de los Austrias no sólo se aseguraba la asistencia de la Armada inglesa en Flandes o la protección de sus navíos en los puertos ingleses, sino que la colaboración debería extenderse a los convoyes que bajo bandera hispana se encontrasen en alta mar. A cambio, una proporción de la plata que España enviase para pagar a la Armada de Flandes a través del "camino inglés" o "English Road", se quedaría en Inglaterra87.
Durante la década de 1630, el monarca inglés Carlos trataría de conseguir por vía diplomática los dos objetivos que no había logrado por las armas: la seguridad de Inglaterra y la restitución del Palatinado. Este segundo aspecto dominaría claramente las relaciones diplomáticas hispano-inglesas durante estos años aunque para ello Inglaterra tuviera que desarrollar una ambigua política exterior88. Tanto fue así que entre el otoño de 1631 y el invierno de 1632 la diplomacia inglesa mantuvo contactos casi simultáneos de cara a conseguir alianzas con la mayor parte de las potencias europeas, católicas o protestantes, desde la Monarquía hispánica al Imperio, o de Suecia a Holanda y Francia89.

Disputas e implicaciones comerciales en América

Entre otras cuestiones, los aspectos comerciales ocuparon uno de los temas de discusión más importantes durante las negociaciones. Inglaterra podía comerciar "con las mismas ventajas -según rezaba en el Tratado- dadas a aquellos nativos que con la condición de extranjeros son iguales en esto a los sujetos naturales"90. Es decir, ingleses, escoceses e irlandeses sólo deberían pagar por sus mercancías "the customes and talles usually required"91. Además, ellos comerciarían con sus barcos o con las embarcaciones prestadas "a excepción de los barcos de los Holandeses y Zelandeses". En caso de transportar mercancías españolas o flamencas a otros países sólo deberían pagar el 30% del total92. Los privilegios concedidos a los ingleses, anulados a causa del conflicto, volvían a adquirir ahora plena vigencia. A pesar de que Inglaterra, de acuerdo a lo firmado, debía respetar la suspensión comercial con Holanda y Zelanda, lo cierto es que las actividades contrabandistas continuaron93.
Si en el primer borrador del nuevo tratado ambos países habían declarado libre comercio entre los mismos como había sido habitual "before 1575", en la práctica venía a significar que se permitía a la flota con bandera inglesa entrar en las aguas de las Indias Occidentales como solían hacerlo antes de la anexión de Portugal a la Monarquía hispánica en 158094. Esta cuestión suponía un importante cambio con respecto al artículo noveno del último tratado de 1604, que señalaba "before the warre betweene Philip the Second King of Spaine, and Elizabeth Queene of England.."95. Era obvio que Madrid pretendía eliminar las posibles ambigüedades del tratado de 160496. La omisión de cualquier referencia a América, en el tratado final, creó algunas tensiones entre los comisionados de ambos países para firmar la paz, así como cierta rivalidad comercial en las Indias97. Desde el punto de vista español la deliberada omisión le concedía la exclusiva posesión, es decir, el mantenimiento del monopolio. Por otra parte, según la interpretación inglesa, el silencio a cualquier cuestión en relación al monopolio español abría la puerta a la expansión de la colonización inglesa en algunos territorios de América, especialmente en aquellos donde la Junta de mercaderes de Londres venía impulsando ya algunos proyectos, como en Virginia y en Bermudas98.
Que el asunto empezó a tomar un cariz preocupante para la Monarquía española lo demuestra el hecho de que la colonización de Virginia constituye una cantinela habitual entre 1607 y 1612, precisamente por las tareas de fortificación, inversiones en infraestructuras y obras de acondicionamiento que permitieron la paulatina consolidación inglesa en estas regiones: "En lo de la Virginia -resolvía el Consejo en consulta de 7 de abril de 1609- importa mucho cortar a ingleses el hilo de poblar en aquella parte por los grandes daños que ha de hazer alli pie firme"99. Durante aquellos años la diplomacia española había tratado de impedir, sin lograrlo, la expansión inglesa por estos territorios. Como señalase el Consejo de Estado al embajador: "Conviene ir con tiento y el verdadero acto de posesion sera hechar de la Virginia a los que alli estan antes que se refuerçen mas." 100.
Por otra parte, Inglaterra se había caracterizado, sobre todo tras la derrota de la Armada, por una incipiente actividad de su corso en aguas de jurisdicción española, en Europa y en América101. Los intentos ingleses por desestabilizar el imperio portugués se habían materializado en 1591 con la toma de Santa Elena en el Atlántico, el saqueo de Espíritu Santo y algunas plazas de la costa brasileña. Brasil, por otro lado, sufriría un nuevo ataque inglés, con el saqueo de Pernambuco en 1595. Las actividades desarrolladas por corsarios de la talla de Hawkins, Raleigh o Drake serían después ocupadas por otras figuras como sir William Monson, sir Robert Mansell y sir Richard Leveson102.
El incumplimiento del anterior tratado de Londres, en el que se recogía explícitamente la supresión de todas las patentes de corso y represalia, por parte de ingleses y flamencos, no pudo impedir la erradicación del corsarismo inglés de los territorios españoles en el Canal de la Mancha y en las Indias. Las intervenciones corsarias inglesas en el área de influencia española interrumpían el comercio colonial español y cuestionaban la anterior supremacía imperial española: "Aviendo los herejes de Inglaterra hecho tantos daños a los Reynos y vasallos de su Magestad (mucho mas que vale toda Inglaterra), no ay razon, ni honrroso titulo, porque perdonarles el castigo que debieran temer de tan poderoso monarca, o la restitucion que la justicia pide haziendo paz con ellos, sino que su Magestad sea servido de perdonar esta satisfaction (graciosamente) por respecto de los Catholicos del mismo Reyno, y que en consideracion desta remission y gracia, su Magestad quiera que a los dichos Catholicos se otorgue (por capitulacion de paz) el libre uso de su religion, con las condiciones que han representado en un papel que va con este y que se revoquen por acto de Parlamento, todas las leyes hechas contra la religion catholica y los que la professan despues del año 22 del Rey Enrique VIII que es lo que mas conviene a la misma Inglaterra para su quietud y buen govierno,.."103.
Por su parte, la monarquía hispánica obtenía algunas garantías para la flota, no sólo para la Armada en el Mar del Norte sino también para la que hacía la carrera de Indias. A ello se sumaba el permiso para la recluta de irlandeses al igual que sucedía en el último tratado104. En consecuencia, "all Hostilitie and Enmitie shall cease, and all offences,. shall be taken away and forgotten in such sort"105. Por último, en el artículo octavo del tratado se estatuía el recíproco permiso para entrar y navegar entre sus propios puertos -por parte española refiriéndose al ámbito peninsular-, lo cual facilitaba a la flota de Felipe IV algunos puertos necesarios en Inglaterra, no sólo para repararla sino también para proveerla de suministros106.
La neutralidad anglo-hispana durante 1630 tampoco podía excluir las disputas comerciales. De hecho, sólo dos meses después de la firma del Tratado se comprobó la dificultad de cumplir con algunos de los artículos. Acogiéndose al capítulo octavo, que permitía la reciprocidad en el uso de los puertos marítimos entre ambos países, muchos dunkirqueses y vizcaínos operaron en las aguas del Canal irlandés e incluso en el río Támesis, donde, camuflados bajo bandera francesa, capturaron algunas embarcaciones holandesas107.
Además, el trato preferencial dado a los ingleses en la Península Ibérica elevaría fuertemente las quejas de los mercaderes españoles108. Incluso la oficina del Almirantazgo, creada para proteger a los extranjeros de la serie de abusos locales que pudieran cometerse sobre ellos, hizo poco para defender a los ingleses. Embargos, confiscaciones y elevadas multas eran, con frecuencia, impuestos sobre navíos ingleses mientras las prisiones andaluzas, como la de Sevilla, estaban atestadas de ingleses ocupados en el comercio con las Indias Occidentales. Para poner coto a los repetidos abusos cometidos sobre los ciudadanos de su país en la Península Ibérica, el Secretario de Estado inglés, Windebank, se quejaba formalmente en 1631. Aunque la monarquía de Felipe IV hizo algunos esfuerzos para solucionar la situación, los abusos continuaron durante los años siguientes. La mayor parte de las quejas procedían de puertos como Bilbao, al norte; y Sanlúcar, Málaga, Sevilla y Cádiz, al sur; Lisboa, en el Atlántico, y Barcelona, en el Mediterráneo, añadían otros abusos a la ya larga lista. Represalias que, por otra parte, tenían su parangón en Inglaterra. Al igual que su homólogo inglés, Necolalde se dirigía a Windebank, en 1634, manifestando su repulsa a toda una serie de tropelías cometidas contra los españoles. A lo largo de ese mismo año, 13 barcos españoles habían sido capturados por Holanda en puertos ingleses. 1635 sería, en cambio, un año más exitoso para los de Dunkerque, con numerosas capturas, lo que elevaría una nueva queja, en esta ocasión del representante inglés Aston, ante la Corte madrileña109. Todos estos hechos conducirían a un sucesivo deterioro de la situación política entre ambos países, al mismo tiempo que en Inglaterra se levantaban algunas voces apelando al envío de la flota inglesa para efectuar una expedición de castigo contra las Indias Occidentales españolas, medida que no sería adoptada por los responsables ingleses. Ciertamente, la situación doméstica inglesa, con el complicado problema escocés en primer plano, iba a requerir la atención de Londres.

Los ecos del Tratado

El Tratado de 1630, basado esencialmente en el último acordado en 1604, añadiría a las tradicionales cláusulas de recíproca amistad y la restitución de los bienes en poder de ambos países, numerosas cuestiones comerciales que incluyeron la habilitación de privilegios concedidos a los ingleses en el pasado para su disfrute en la península ibérica. El Tratado terminó sin clarificar la situación de los navíos ingleses y su penetración en aguas de las Indias Occidentales, como venía sucediendo antes de la incorporación de Portugal a la Corona española en 1580, y silenciaba las actividades contrabandistas inglesas que seguían produciéndose en el Caribe. En consecuencia, el Tratado no venía a modificar, de forma sustancial, la situación de los territorios americanos bajo dominio de la monarquía hispánica, como sucedería con los de Madrid, de 1670 y 1680110. A cambio, eso sí, se sentaban las bases de una mayor colaboración con Inglaterra frente a los holandeses111. Aunque el giro experimentado por la política exterior inglesa después de 1630 condicionaría el cumplimiento del tratado, los contactos mantenidos durante las décadas de 1630 y 1640 en torno a la firma de nuevos acuerdos de este carácter vendrían a poner de manifiesto que las relaciones diplomáticas hispano-inglesas se asentaban todavía sobre bases muy firmes112.
El 12 de enero de 1631 Cottington y Olivares firmaban un nuevo tratado, esta vez secreto y en Madrid, sobre la partición de la independiente Holanda. El interés de la Monarquía hispánica por alcanzar un acuerdo con éxito era puesto de manifiesto en las palabras que Felipe IV dirigía a Olivares: "Hágase en todo como parece pues si llega a tener efecto este negocio seria sin duda, el mayor que jamás se ha hecho en esta Corona"113. Para conseguirlo estaba dispuesto a conceder a los ingleses un subsidio mensual de 100.000 escudos, además de la mediación española a favor de Frederick en la cuestión palatina. Una cláusula restrictiva favorable a la diplomacia hispana señalaba que en los territorios que Inglaterra obtuviera como objeto del reparto, entre los que se incluía la isla de Zelanda, la religión católica debería ser libremente tolerada. Por contra, en las nuevas adquisiciones hispanas, que incluirían las islas de Walcheren y Tergus, la religión protestante no sería permitida. En palabras de J. Alcalá-Zamora114, las principales razones por las que la diplomacia hispana estaba interesada en alcanzar una alianza militar con Inglaterra se cifraban en cinco aspectos: la seguridad de Flandes y su costa; la neutralidad inglesa con la posibilidad de una posterior ruptura con Holanda; la protección de las embarcaciones españolas en su camino a Flandes; la asistencia naval en puertos ingleses para reparación de la flota; y distintos beneficios financieros, con la asistencia inglesa para transportar hombres y dinero a Bruselas.
Los recelos existentes entre ambos países de cara a dar los pasos previamente acordados y los temores de Londres a firmar una liga antiholandesa que pudiera poner en peligro a la importante colonia inglesa en los Países Bajos, sin contar a los numerosos residentes holandeses en puertos británicos, hicieron que para finales de marzo el tratado todavía no hubiera sido ratificado por Inglaterra, por lo que el acuerdo general quedaba reducido, en la práctica, a un mero formalismo115. La victoria de Breitenfeld, en septiembre de 1631, que convertía literalmente a la Alemania del Norte esencialmente en protestante; y la caída de Maastricht, en agosto de 1632, que ponía en serios aprietos la defensa de Flandes para la monarquía hispánica, ofrecieron nuevas perspectivas a la posibilidad de un acuerdo anglo-hispano, lo que motivó una reactivación de las negociaciones hacia noviembre de 1633. Carlos designaría a sus tres hombres más capaces y, al mismo tiempo, más favorables a una alianza con España: Portland, Cottington y Windebank, quienes deberían entrevistarse en secreto con Necolalde, el agente español en Londres116.
Los contactos se mantuvieron de cara a la consecución de un "Tratado marítimo hispano-inglés" hasta la llegada de Oñate a Inglaterra como embajador extraordinario en 1636, dando como resultado, durante el verano de 1634, un primer borrador del acuerdo secreto que venía a recoger, en el fondo, el antiguo tratado de 1631 firmado entre Cottington y Olivares. Una vez más, la persistencia inglesa de obtener, previamente, la completa restitución palatina antes de involucrarse en una guerra abierta con Holanda, dejaría nuevamente las conversaciones en suspenso117.
Durante los últimos años de la década de 1630, las relaciones diplomáticas hispano-inglesas estuvieron cada vez más influenciadas por problemas domésticos. Inglaterra se encontró con el problema escocés al norte y con la cerrada oposición de numerosas poblaciones dispersas por el país contra la tasa del ship money118. La situación de la Monarquía hispánica a finales de 1639 no era menos incierta. A las recientes derrotas en Brisach, que había cortado el camino español a Flandes, y a la debacle de la armada hispana dirigida por Oquendo en las Dunas, se sumaba la invasión francesa del Rosellón, poniendo de manifiesto la vulnerabilidad de la monarquía en la frontera de Cataluña, y determinando que la monarquía de Felipe IV mirase de nuevo a Inglaterra con la esperanza de obtener un tratado ventajoso119. En esta situación parecía cierto que ambos países necesitaban el uno del otro mucho más incluso que antes120. Los problemas de Carlos en Inglaterra y las dificultades hispanas para mantener su política exterior en Europa hacían que, durante la primavera de 1640, ambos países vieran, nuevamente, en la consecución de una alianza, la mejor tabla de salvación121. El anterior eje Londres-Madrid se redujo, prácticamente, a la inoperancia. Los asuntos domésticos cobraron tal dimensión que hacia 1645 la guerra civil inglesa desgarraba a jirones a una Monarquía que ya no era reconocida por el Parlamento ni por otros países de la Europa de entonces. Por aquellas fechas, los frutos de la Unión de Armas, lejos de involucrar al resto de los componentes de la Monarquía hispánica en acciones militares de intervención común, habían servido para cuestionar la autoridad de la Monarquía y, en consecuencia, erosionar las bases del poder establecido en Portugal y en Cataluña.
Una futura alianza ofrecía, también, la posibilidad de una aproximación inglesa hacia las tesis católicas, en un momento en que la propaganda libelesca antipapal y antiespañola circulaba con cierta comodidad en algunos países del norte de Europa122. También cabía esperar que con el deterioro de las relaciones anglo-holandesas se abrieran fisuras en el seno del protestantismo, entre países con manifiestas disensiones en el terreno comercial. Por si fuera poco, el aislamiento diplomático de las Provincias Unidas debería permitir la concentración de mayores recursos militares en las guerras de Flandes, olvidar la costosa política de armadas y desarrollar en un clima de estabilidad y seguridad las rutas marítimas entre España y los Países Bajos. Habría que esperar varias décadas para encontrar a una Inglaterra verdaderamente lanzada a la conquista del Atlántico en expediciones militares entendidas como cruzada religiosa en tiempos de Oliver Cromwell. No cabe duda de que su Western Design pretendía asestar un golpe de castigo a los españoles en sus propias posesiones americanas. Evidentemente, ni los actores ni el contexto internacional eran los mismos.

* El presente trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación, "Monarquía Universal, Hispánica o Católica. Una revisión de la cultura política de las elites hispánicas entre los reinados de Felipe III y Felipe IV" (HUM2006-12779-C03-03 de la CICYT), dirigido por el profesor Francisco J. Aranda Pérez.

Notas

1 La política filipina desplegada y mantenida sobre los órdenes político-estratégico, ideológico y económico, traducidos en el carácter inalienable de las tierras patrimoniales, en razones dinástico-religiosas y en el monopolio de la navegación con las Indias Occidentales, iba a verse cada vez más cuestionada en el noroeste Atlántico por la Inglaterra de Isabel I. Véase, Fernández Álvarez, M., Poder y sociedad en la España del Quinientos, Madrid, Alianza Editorial, 1995, p. 244.        [ Links ]

2 Véase, Fernández Álvarez, M., Felipe II y su tiempo, Madrid, Espasa Calpe, 1998.        [ Links ]

3 La España de Felipe III ha sido recientemente objeto de la atención historiográfica en distintos congresos y reuniones científicas. La obra más completa de los últimos años es la dirigida por Martínez Millán, J., y Visceglia, M. A., con el título: La monarquía de Felipe III, Madrid, Fundación MAPFRE-Instituto de Cultura, 2008. Los cuatro densos volúmenes están dedicados a: La casa del Rey (vols. I y II), la Corte (vol. III) y los reinos (vol. IV).        [ Links ]

4 Recurrimos nuevamente al clásico estudio pero no por ello menos útil de: Thompson, I. A. A., Guerra y decadencia: Gobierno y administración en la España de los Austrias, 1560-1620, Barcelona, Crítica, 1981.        [ Links ]

5 Una buena síntesis de las relaciones internacionales durante la Edad Moderna puede verse en: Rivero Rodríguez, M., Diplomacia y relaciones exteriores en la Edad Moderna. De la cristiandad al sistema europeo, 1453-1794, Madrid, Alianza Editorial, 2000.        [ Links ]

6 Los principios de reputación y de conservación que R. A. Stradling ha traducido en las expresiones modernas de "prestigio" y "seguridad". Véase, R. A. Stradling, Europa y el declive de la estructura imperial española, 1580-1720, Madrid, Cátedra, 1983, p. 42.        [ Links ]

7 Cit. por Alcalá-Zamora, J., "La política exterior de España en el siglo XVII", Estudios, 80/ 81, 1983, pp. 150-151.        [ Links ]

8 El excelente estudio sobre el valido de J .H. Elliott clarifica mucho la serie de actitudes y ambiciones desplegadas durante estos años por el conde duque. Véase, Elliott, J. H., El conde-duque de Olivares. El político en una época de decadencia. Barcelona, Crítica, 1990.        [ Links ]

9 El proyecto de la Unión de Armas puede seguirse en: Elliott, J. H., El conde-duque de Olivares..., pp. 251-283.        [ Links ]

10 Ibidem., p. 282.

11 Ibidem., p. 485.

12 Remitimos aquí al el excelente recopilatorio auspiciado en su momento por A. Domínguez Ortiz, quien recogió las conferencias del ciclo anual que sobre Historia Moderna organizó el Centre d'Estudis d'Història Moderna, "Pierre Vilar" en 1989. Véase, Simón Tarres, A., Gil, X., Elliott, J. H., et alii., 1640: La Monarquía hispánica en crisis, Barcelona, Crítica, 1992.        [ Links ]

13 Elliott, J .H., España y su mundo, 1500-1700. Madrid, Alianza Editorial, 1990. p. 165.        [ Links ]

14 Con un mayor detalle de lo transcurrido en estas dos décadas, véase Sanz Camañes, P., "España e Inglaterra: conflicto de intereses y luchas de poder entre 1585 y 1604", en Porfirio Sanz, (Coord.), La Monarquía Hispánica en tiempos del Quijote, Madrid, 2005, pp. 557-592.        [ Links ]

15 Sanz Camañes, P., "España ante las paces del Norte a comienzos del siglo XVII. Del Tratado de Londres a la Tregua de Amberes", Cuadernos de Historia de España, nº LXXXI, 2007, pp. 113-134        [ Links ]

16 Véase, Sanz Camañes, P., Diplomacia hispano-inglesa en el siglo XVII. Razón de Estado y relaciones de poder durante la Guerra de los Treinta Años, 1618-1648, Cuenca, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2002.        [ Links ]

17 Biblioteca de Palacio Real [ en adelante B.P.R.], Ms. II/2.108. Doc. 9. "Carta de Ambrogio Spinola, marqués de los Balbases, a Gondomar". Bruselas, 28 de mayo de 1619.

18 La recuperación del Palatinado para su yerno Federico, elector palatino y luterano como él, se convirtió a comienzos de la década de 1620 en una cuestión de prestigio, para un monarca que se consideraba el máximo adalid del protestantismo en Europa. El interés inglés por el Palatinado fue exclusivamente personal y religioso. Inglaterra no poseía ni una piedra o fortaleza en Alemania, su comercio no se había visto afectado y no había ingleses allí que fueran amenazados. Cfr. White, A. W., Suspension al Arms: Anglo-Spanish Mediation in the Thirty Years War, 1621-1625, Unpublished PhD, Tulane University, 1978, p. 574.        [ Links ]

19 Biblioteca Nacional [ en adelante B.N.], Ms. 17.858. "Relaciones de 1618 a 1621", de autor anónimo.

20 Quizá por ello, entre 1624 y 1626 el balance militar español en los Países Bajos resultó tan favorable que los fundamentos económicos de los holandeses, basados en su control comercial del Báltico y del Mar del Norte, se erosionaron con gran rapidez. Cfr. Allen, P. C., Felipe III y la Pax Hispanica, 1598-1621, Madrid, Alianza Editorial, 2001, p. 322.        [ Links ]

21 Su paso por diversos consejos (Hacienda, en 1606; Guerra, en 1621; y Estado, en 1623), su nombramiento como embajador en Inglaterra (1613-1622) –a excepción de los años 1618 y 1619 en que regresó a España para recuperarse de una enfermedad–, su posterior designación como mayordomo de Felipe IV (1623), y su nombramiento con el cargo de Gobernador y Capitán general de Galicia, en 1625, cerrarían un brillante cursus honorum en la administración española. Nos dedicamos por extenso a su figura en: Sanz Camañes, P., "Burocracia, corte y diplomacia: el conde de Gondomar, embajador de España", en Aranda Pérez, F. J., Letrados, juristas y burócratas en la España Moderna, Cuenca, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2005, pp. 397-434.        [ Links ]

22 Ibidem.,p. 401.

23 Archivo General de Simancas [ en adelante A.G.S.]., Estado, Inglaterra, legajo 2.514 (año 1614). "El Consejo de Estado, a 16 de marzo de 1614".

24 Entre los pensionados figuraban el propio rey de Inglaterra, el príncipe Carlos y el duque de Buckingham, amén de una larga serie de condes y barones, entre ellos: Henry Howard, conde de Northampton; Thomas Howard, conde de Suffolk; Charles Howard, conde de Nottingham; el conde de Arundel; Lord Knollys, yerno de Suffolk y sir Thomas Lake. Algunos confidentes señalados, bajo seudónimo, fueron: El Cid, Roldán, Florian, Esplandián y Amadís. A.G.S. Estado, Inglaterra, legajo 2.514 (año 1614). "El Consejo de Estado, a 16 de marzo de 1614".

25 Stradling, R. A., op. cit., pp. 106-107.

26 Véase el estudio clásico de: Maltby, W. S., La leyenda negra en Inglaterra, México, F.C.E,, 1982.        [ Links ]

27 Cit. Sánchez Cantón, F. J., Don Diego Sarmiento de Acuña, Conde de Gondomar, 1567-1626, Madrid, 1935, pp. 34-36.        [ Links ]

28 Véase, Calendar State Paper, Venetian [ en adelante C.S.P.V.], 1619-1621, "Carta de Girolamo Lando, embajador veneciano en Inglaterra". Londres, 27 de noviembre de 1620. p. 442.

29 Calendar State Paper, Domestic [ en adelante C.S.P.D.], 1623-1625, Londres, marzo de 1624.

30 Bartolomé Benito, F., Don Diego Sarmiento de Acuña. Conde de Gondomar. El Maquiavelo español, Gijón, Ediciones TREA, 2005, p. 115.        [ Links ]

31 Véase, Seeley. J. R., The Growth of the British Policy. An Historical Essay, New York: Macmillan and company, 1895, vol. I. p. 280.        [ Links ]

32 La visita a Madrid ha sido descrita al detalle gracias tanto a sus participantes directos como a escritores contemporáneos que le dedicaron no pocas páginas. Una acertada descripción, en: Cogswell, Th., "England and the Spanish Match", en Cust, R., y Hughes, A. (Eds.)., Conflict in Early Stuart England. Studies in Religion and Politics, 1603-1642, London, New York, Longman, 1989, pp. 107-133.        [ Links ]

33 Kamen, H., y Perez, J., La imagen internacional de la España de Felipe II: "Leyenda negra" o conflicto de intereses, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1980, pp. 37-38.        [ Links ]

34 Tras el fracaso de las negociaciones del matrimonio anglo-español se desató en Inglaterra una virulenta propaganda anti-española, sobre todo acaudillada por algunos libelistas como Thomas Scott, uno de los mayores defensores de la llamada leyenda negra en contra de España. Cfr. Sharpe, K., The Personal Rule of Charles I, New Haven: Yale University Press, 1992, pp. 5-6.        [ Links ]

35 Cogswell, Th., The Blessed Revolution. English Politics and the Coming of the War, 1621-1624, Cambridge, Cambridge University Press, 1989, pp. 13-14.        [ Links ]

36 La trama, basada en torno a la fracasada boda, atacaba de forma burlesca la desafortunada influencia de Gondomar y de la Monarquía española sobre la Corte inglesa. Cfr. Wright, L. B., "Propaganda against James I's Appeasement of Spain", Huntington Library Quarterly, 6 (1943), pp. 149-172.        [ Links ]

37 Sanz Camañes, P., "Burocracia, corte y diplomacia...", p. 423.

38 Redworth, G., El príncipe y la infanta: una boda real frustrada, Madrid, Taurus, 2004.        [ Links ]

39 Wilson, D. H.., King James VI and I. London, 1956, p. 273.        [ Links ]

40 Carter, C. H., The Secret Diplomacy of the Habsburgs, 1598-1625, London and New York, 1964, pp. 123-130.        [ Links ]

41 C.S.P.D., 1623-1625, Londres, 7 de junio de 1624, p. 264.

42 A.G.S., Estado Leg. 2.516, Cartas de Coloma, Londres 19 y 23 de julio; 9 de agosto de 1624.,f. 91.

43 C.S.P.D., 1623-1625, Chamberlain a Carleton, Londres, 9 de octubre de 1624, p. 352.

44 Sanz Camañes, P., Diplomacia hispano-inglesa...., pp. 74-75 (nota 119).

45 Sanz Camañes, P., "España ante las paces del Norte...", p. 117.

46 Ibidem., pp. 116-117.

47 "Declaration of the causes mooving the Queene of England to give Aide to the Defence of the People Afflicted and oppressed in the Lowe Countries", publicado en octubre de 1585. En la misma se exponían, de una forma oficial, los motivos que habían llevado a su país a apoyar militar y financieramente a los Países Bajos: ".... quan justa y raçonables causas son las que nos a mobido a dar ayuda y asistencia a nuestros circunvecinos y natural gente de los Estados Bajos, siendo por muy largas guerras y oprisiones de los estrangeros miserablemente angustiados y creyendo benir en una perpetua servidumbre". La traducción española se encuentra en la Biblioteca Nacional de Madrid, Mss. 9.372, fs. 123r-131r. También puede seguirse en Calvar Gross, J. et al. (eds.), La batalla del Mar Océano, I. Madrid, 1988, pp. 512-516. La versión inglesa en Kinney, A. F. (ed.)., Elizabethan Backgrounds. Hamden, Conn., 1975, pp. 197-211. "Declaración de las causas que an mobido a la merced de la Reyna de Yngalaterra a dar ayuda y asistencia a la oprimida y angustiada gente de los Estados Bajos". Richmond, 1/11 de octubre de 1585 (estilos antiguo/nuevo).        [ Links ]         [ Links ]

48 Cfr. Gómez-Centurión, C., La Invencible y la empresa de Inglaterra, Madrid, Nerea, 1988, pp. 48-50.        [ Links ]

49 Los libelistas de 1588 vieron inquisidores, armados con sus instrumentos de tortura, a bordo de cada barco español. Hubo quienes, incluso, como Samuel Clark en su England's Remembrancer (Londres, 1657) se atrevieron a difundir que ya en 1588 los inquisidores tenían entre sus objetivos el de azotar a muerte a todo ciudadano inglés de más de siete años, y marcar a los restantes, como sucedía con el ganado, con una "L" de "luterano", a quienes esperaba la esclavitud de por vida. Cit. por Maltby, W. S., La Leyenda negra...., p. 58.

50 Whitehead, B. T., Brags and Boasts: Propaganda in the year of the Armada, Dover, Alan Sutton, 1994, p. 95.        [ Links ]

51 La versión británica sobre el proyectado desembarco de Felipe II constituye –en palabras de J. Alcalá-Zamora– un claro ejemplo de fabulación y mitificación historiográfica. Una imagen creada gracias a las emociones y al miedo existente en la Inglaterra de 1588 sobre la amenaza de un desembarco español irresistible en términos militares. Otras derivaciones, en su opinión, tampoco tienen consistencia. Por una parte, el fracaso de la empresa ni determinó el de la estructura imperial española ni repercutió en ninguna hegemonía naval inglesa; por otra, la derrota de la Invencible tampoco puede satanizarse, santificando la causa de los intereses protestantes. Cfr. Alcalá-Zamora, J., La Empresa de Inglaterra (La "Armada Invencible": fabulación y realidad), Madrid, Real Academia de la Historia, 2004, pp. 20-22.        [ Links ]

52 Entre las causas apuntadas como base del antihispanismo inglés se sitúan, según W.S. Maltby, la incipiente xenofobia inglesa que, confinada en una isla, empezaba a tomar conciencia de su nacionalidad, el antagonismo religioso, reforzado por la autocrítica de los propios españoles y de la Inquisición, y la lucha por la independencia de los Países Bajos, cuya influencia sobre la opinión pública inglesa fue enorme. Cfr. Maltby, W. S., La Leyenda negra..., pp. 59 y ss.

53 El Parlamento fue convocado, por lo general, para aconsejar en aspectos fundamentales, tales como: la seguridad de la reina, de la iglesia y del Reino, así como para contribuir económicamente al sostenimiento de la política exterior y de las susceptibles acciones militares que la implicaran. Aunque tradicionalmente los Comunes garantizaban un subsidio simple, a modo de tributación sobre la tierra o determinados bienes, la guerra abierta frente a España demostró que era inadecuado y tuvo que ser incrementado. De hecho, en 1589 la ayuda se transformó en un doble subsidio, que produjo 280.000 libras esterlinas en cuatro años, aunque el gasto de aquel año había alcanzado 1.030.000 libras. Cfr. Hartley, T. E.., Elizabeth's Parliaments. Queen, Lords and Commons, 1559-1601, Manchester, Manchester University Press, 1992, pp. 48-55.        [ Links ]

54 Véase, Recio, O., El socorro de Irlanda en 1601 y la contribución del ejército a la integración social de los irlandeses en España, Madrid, Ministerio de Defensa, 2002, pp. 51-52.        [ Links ]

55 Para profundizar en el conflicto, resulta interesante la consulta de la obra de Morgan, H., Tyrone's Rebellion: Outbreak of the Nine Year's War in Tudor Ireland, Suffolk, Woodbridge, 1993.        [ Links ]

56 Pierson, P., Felipe II de España. México, F.C.E., 1975, pp. 251-264. Cit. por Gómez-Centurión, C., op. cit., p. 65.        [ Links ]

57 Campanella, T., La Monarquía Hispánica. Edición moderna, Madrid, 1982, pp. 189-190.        [ Links ]

58 Dadson, T. J., "La imagen de España en Inglaterra en los siglos XVI y XVII", en López de Abiada, J. M., y López Bernasocchi, A. (eds.), Imágenes de España en culturas y literaturas europeas (siglos XVI-XVII), Madrid, 2004, pp. 129 y ss.        [ Links ]

59 Ibidem., pp. 136-140.

60 De hecho, en su estudio comparativo sobre el teatro español y el isabelino se viene a constatar cómo el tratamiento dado a ambos soberanos difiere entre la imagen prudente, compasiva e ilustrada, encarnada por la reina Isabel, al menos así se colige en La española inglesa de Cervantes, y el talante arrogante y mezquino que difundían los panfletistas ingleses de Felipe II. Cit. Cruickshank, D. W., "Lisping and Wearing Strange Suits": Personajes ingleses en la escena española y personajes españoles en la escena inglesa: 1580-1680", en Stoll, A. K., Vidas paralelas. El teatro español y el teatro isabelino: 1580-1680. London, Tamesis, 1993, pp. 9-24. Citado por Dadson, T. J., "La imagen de España en Inglaterra en los siglos XVI y XVII", en López de Abiada, J. M. y López Bernasocchi, A., Imágenes de España en culturas y literaturas europeas (siglos XVI-XVII), Madrid, Verbum, 2004, p. 171.        [ Links ]         [ Links ]

61 Stewart, R. W., "Arms and expeditions: the ordnance office and the assaults on Cádiz (1625) and the Isle of Rhé (1627)" en Fissel (ed.), War and Government, 1598-1650, Manchester, Manchester University Press, 1991, pp. 112-132; y Cogswell, T., "Foreign Policy and Parliament: the case of La Rochelle, 1625-1626", English Historical Review, XCIX (1984), pp. 241-267.        [ Links ]         [ Links ]

62 Sanz Camañes, P., Diplomacia hispano-inglesa en el siglo XVII..., p. 94.

63 La apertura de negociaciones puede seguirse en: Michel, E., "Les missions diplomatiques de Rubens", Revue des Deux Mondes, CXLIII (1987), p. 411; Reeve, L. J., Charles I and the Road to Personal Rule. New York: Cambridge University Press, 1989, pp. 15-16, 43, 53-57, 185-186, 227-239 y 260-265; y Macfadyen, A., Anglo-Spanish Relations, 1625-1660., Unpublished PhD, University of Liverpool, 1967.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

64 C.S.P.V., 1626-1628., pp. 51-54, 75-76, 83-85, 90-92, 274, 281-283, 291-293, 349-533 y 485-487.

65 C.S.P.V., 1628-1629, pp. 363 y 393.

66 Elliott, J. H., y De La Peña, F. J., Memoriales y cartas del conde-duque de Olivares, 2 vols. Madrid, 1978-1980. cit., "Resumen que hizo el rey don Felipe IV del estado de su Monarquía, a los 6 de haber entrado a gobernarla, al Consejo de Castilla", vol. I, pp. 246-247.        [ Links ]

67 Ibidem.

68 Sanz Camañes, P., Diplomacia hispano-inglesa en el siglo XVII..., pp. 103-104.

69 C.S.P.V., 1629-1632, Giovanni Soranzo, embajador veneciano en Inglaterra. Londres, 18 de enero de 1630, pp. 269-273; AGS, Estado, Leg. 2.519, Consejo de Estado, Madrid, 22 de abril de 1630.

70 Turner, O., "La segunda embajada de Don Carlos Coloma a Inglaterra y la Paz anglo-española de 1630", Estudios de Historia Moderna, 2, 1952, pp. 138-143.        [ Links ]

71 State Papers [ en adelante S.P., Public Reccord Office], 103/105, fs. 57-59 y fs. 74-81.

72 S.P, 103/65, f. 72.

73 Reeve, L. J., Charles I and the Road..., p. 250.

74 A.G.S., Estado, leg. 2.562. Consejo de Estado, Madrid, 26 de julio de 1630.

75 Planteamos algunas de estas cuestiones en: Sanz Camañes, P., Diplomacia hispano-inglesa en el siglo XVII..., pp. 104-105.

76 Con todo, la publicación del Tratado no se produciría hasta el 15 de diciembre. Véase, C.S.P.D., 1629-1631, pp. 375, 402 y 554; "Articles of Peace, entercourse and commerce..." (30.° artículo), f. 73 and fs; S.P., 108/465 "Ratificación of the Treaty of Peace and Commerce between Britain and Spain", fs. 533-35; S.P., Spain 94/35. Carta de Andrés de Rosas a Cottington, 20 de Noviembre 1630, fs. 67-67v y 125. Sobre las negociaciones del tratado, resultan de interés las referencias aportadas por: Turner, O., "La segunda embajada..", op.cit., pp. 135-154.

77 C.S.P.V., 1629-1632, Gussoni, embajador veneciano en Holanda. La Haya, 11 Noviembre, 1630, pp. 438-439.

78 Cfr. Gardiner, S. R., The Personal Government of Charles I, 1628-1637. Londres, 1877. 2 vols, I, pág. 215.        [ Links ]

79 Véase, Sanz Camañes, P., "Las paces con Inglaterra", en Martínez Millán, J. y Visceglia, Mª. A., La monarquía de Felipe III: Los reinos, Madrid, Fundación MAPFRE-Instituto de Cultura, 2008, Vol. IV, pp. 1316-1349. Los Tratados con Inglaterra pueden seguirse en Abreu y Bertodano, J. A., Colección de los Tratados de Paz. Reinado de Felipe III, Primera parte [ Microforma], Oviedo, 1989. El de 1604 se encuentra entre las pp. 243-282.        [ Links ]         [ Links ]

80 S.P.16/175, "Articles of Peace, entercourse and commerce..." (1º art.), fs. 49r-v.

81 Ibidem., (6º art.), fs. 53-54.

82 C.S.P.V., 1629-1632, Cartas de V. Gussoni, 11 noviembre 1630, pp. 438-439; y G. Soranzo, 20 diciembre 1630, pp. 448-450.

83  Rodríguez-Salgado, M.., Felipe II. El «Paladín de la Cristiandad» y la Paz con el Turco. Colección «Síntesis» XI, Valladolid, Universidad de Valladolid, 2004.        [ Links ]

84  "Tratado de Paz, Alianza y Comercio, entre el Señor Rey Católico Felipe III, y los Señores Archiduques Alberto e Isabel Clara Eugenia,.. y el Serenísimo Rey de Inglaterra, Jacobo I, de la otra..." Cfr. Abreu y Bertodano, J. A., Colección de tratados de Paz..., cap. I V, p. 250.

85 Estos hechos constituían un auténtico peligro que amenazaba la jurisdicción inglesa y el prestigio del monarca inglés, quien ostentaba la titularidad de "Sovereign of the Seas", lo que impelía a la acción unilateral de imponer el Ship Money. La popularidad de la demanda venía a justificar el impuesto inglés del Ship Money, a través del cual el rey Carlos pretendía redimir los fracasos de la década anterior. La dominación holandesa de las pesquerías del Mar del Norte se incrementaba al mismo tiempo que los bajeles franceses comerciaban sin obstáculos en las aguas del Canal. Véase, Butler, W. E., "Grotius and the Law of the Sea" en Bull, H., Kinsbury, B., y Roberts, A., (eds.), Hugo Grotius and International relations, Oxford, Oxford University Press, 1990, pp. 209-220. La rivalidad comercial anglo-holandesa puede seguirse en los estudios de: Boxer, C. R., The Dutch Seabome Empire: 1600-1800, New York, 1965; y Bardour, V., "Dutch and English Merchant shipping in the Seeventeenth Century", The English Historical Review, 2, 1930, pp. 261 y ss.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

86 Véase, Fisher, J. R., Relaciones económicas entre España y América hasta la independencia, Madrid, MAPFRE, 1992, pp. 95-115.        [ Links ]

87 Cit. Reeve, L. J., Charles I and the Road..., pp. 249, 255-259.

88 Cit. Sharpe, K., The Personal Rule..., p. 70.

89 Cfr. Gardiner, S. R., The Personal Government...., vol II, pp. 242-243.

90 S.P.16/175. "Articles of Peace, entercourse and commerce..." (8.º art.), f. 57v.

91 Ibidem., (10.º art.), f. 59.

92 Ibidem., (4.º y 11.º arts.), fs. 52r-v y 59-61.

93 De ello se ocupaba ya el clásico trabajo de Zaragoza, J., Piraterías y agresiones de los ingleses y otros pueblos de Europa en la América Española desde el siglo XVI al XVIII deducidos de las obras de D. Dionisio Alsido Herrero, Madrid, 1883. También, en: Elliott, J. H. (ed.), Hispanic World. Civilization and Empire. Europe the Americas, Past and Present. London, 1991, p. 72; Tomás y Valiente, F., "El Gobierno de la Monarquía y la administración de los reinos en la España del siglo XVII", vol. xxv, La España de Felipe IV, de la Historia de España dirigida por José M. Jover Zamora, Madrid, Espasa-Calpe, 1982. pp. 17, 31-32, 44-46; y Macfadyen, A., Anglo-Spanish Relation, pp. 84 y 117-119.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

94 Sobre las relaciones comerciales en América en tiempos de Felipe II, resulta de interés: Lorenzo Sanz, E., Comercio de España con América en la época de Felipe II, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1979. Plantea un análisis de los ciclos comerciales, entre 1551 y 1600. Para la financiación de la carrera indiana, puede verse, Bernal, A. M., La financiación de la carrera de Indias (1492-1824): dinero y crédito en el comercio colonial español con América, Sevilla, Fundación El Monte, 1992, pp. 209-292. La segunda mitad de siglo, en García Fuentes, L., El comercio español con América, 1650-1700., Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla, 1980.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

95 S.P. 16/175, "Articles of Peace, Entercourse and Commerce..." (7.º art.), f. 54.

96  Véase, A.G.S., Estado (Inglaterra), Leg. 840 (año 1604), doc. 11. "Carta del Condestable de Castilla, sobre el trato de las paces, al rey Felipe III". Bruselas, 24 de marzo de 1604.

97 Cit. Davenport, F. O., European Treaties Bearing on the History of the United States and its Dependencies, 4 vols., Washington, 1917-1937, vol. 1, p. 256.        [ Links ]

98 Con respecto a las Bermudas, en verano de 1612 llegaban a Madrid los rumores del establecimiento de una pequeña colonia inglesa de 300 hombres y 60 mujeres. A.G..S. Estado, Inglaterra, legajo 2.513 (año 1607). El Consejo de Estado, a 10 de noviembre de1607 se ocupó, fundamentalmente, de las cartas de Pedro de Zúñiga en relación a la colonización inglesa de la Virginia. También en Andrews, K. R., Elizabethan Privateering: English Privateering during the Spanish War, 1585-1603, Cambridge, Cambridge University Press, pp. 188-189.        [ Links ]

99 A.G.S. Estado (Inglaterra), Leg. 2.512 (año 1609). El Consejo de Estado, a 7 de abril de 1609; y Leg. 2.513 (año 1612). El Consejo de Estado, a 25 de julio de 1612.

100 Ibidem.

101 Londres, Southampton, Dorset, Devon y Cornwall, Bristol y Bridgewater fueron los puertos más significativos del corsarismo inglés. Cfr. Andrews, K. R., Elizabethan Privateering. Londres, 1966, pp. 33 y 124; Bordeje, F. de, Tráfico de Indias, pp. 164-179; Lorenzo Sanz, E., Comercio de España con América..., Vol. II, pp. 426-428.        [ Links ]         [ Links ]

102 Andrews, K. R., Elizabethan Privateering..., p. 237.

103 A.G.S., Estado (Inglaterra), leg. 2.512, "Relación..."

104 Cit. Stradling, R. A., The Spanish Monarchy and Irish Mercenaries. The Wild Geese in Spain, 1618-1668, Dublin, Blackrock, 1994, p. 23.        [ Links ]

105 S.P. 16/175, "Articles of Peace, entercourse and commerce..." (2.º art.), f. 50; Calendar of State Papers Ireland (en adelante C.S.P.I.), 1625-1632, Prefacio, pp. X-XI.

106 S.P. 16/175, "Articles of Peace, entercourse and commerce...", (8.º art.), fs. 56-57v. Véase además, Alcalá-Zamora, J., España, Flandes y el Mar del Norte..., p. 348.

107 C.S.P.D., 1629-1631, p. 528.

108 En el tratado de de 1604 se había aprobado la libertad de comercio entre la Península Ibérica y las Islas Británicas, según las tradiciones vigentes antes de la guerra, "y entrar en qualesquiera Puertos, en que antes de la Guerra huvo Comercio, según y conforme al uso, y observancia de las antiguas Alianzas". En este sentido, Inglaterra pretendía comerciar –con las mismas ventajas– según rezaba en el tratado, "que los subditos del uno en el Territorio del otro, no sean peor tratados, que los mismos naturales en la venta, y contratación de sus Mercaderías, assi en razon del precio, como en otras cosas; sino que sea semejante, e igual la condición en las cosas sobredichas, assi de los Estrangeros como de los Naturales". Cfr. Abreu y Bertodano, J. A., Colección de los Tratados de Paz..., cap. 9, pp. 253-255.

109 Sobre cierto tratamiento preferencial hacia los ingleses, en el plano comercial, véase Alcalá-Zamora y Queipo de Llano, J., España, Flandes y el Mar del Norte..., pp. 349-350; S.P. Spain 94/35, "Letters about adding the eight article in the treaty of Peace, between Spain and England, 1630". 3/13 November 1630, Cottington to Philip I V, fs. 61, 280-282, 307, 326, 386; Spain 94/36, fs. 223-223v y 387; Spain 94/37, fs. 32-37; Spain 94/38, fs. 81-82; CSPD, 1633-1634, pp. 333, 357. Otras quejas en C.S.P.D., 1634-1635, p. 209, 18 September 1634.

110 Los Tratados de Madrid, de 1670 y 1680 sirvieron para confirmar de iure la soberanía sobre todas las colonias que Inglaterra ocupaba en América. Aunque la ocupación de Jamaica, en 1655, aseguró la presencia de Inglaterra de una forma permanente en la zona caribeña, durante la década de 1620 ya se habían producido algunos intentos de penetración, con la ocupación inglesa, de facto, de las islas de Montserrat, Antigua y Dominica (1623), Barbados (1625), San Vicente (1627) y Nevis (1628).

111  Loomie, A. J., "Olivares, the English Catholics and the Peace of 1630»", Revue Belge de Philologie et d'Historie, 47, 1969, pp. 1154-1166; Adams, S. L., "Spain or the Netherlands?", pp. 99-100; Reeve, L. J., Charles I and the Road to Personal Rule..., pp. 253-55; Sharpe, K., The Personal Rule..., pp. 68-69; y Hibbard, H., Charles I and the Popish Plot, Caroline University, 1983, p. 75.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

112 Sanz Camañes, P., "England and the Spanish Foreign Policy during the 1640", European History Quarterly, Lancaster University, 1998, vol. 28, n° 3, pp. 291-310.        [ Links ]

113 A.G.S., Estado, leg. 2.520. Consejo de Estado, Madrid 12 enero 1632.

114 Cfr. Alcalá-Zamora, J., España, Flandes y el Mar del Norte...., pp. 346-357.

115 A.G.S., Estado, leg. 2.520, Consejo de Estado, Madrid, 29 septiembre 1634. Sobre los despachos de Necolalde, de 26 julio, 10, 13, 30 y 31 agosto; Clarendon, State Papers, Windeebank a Hopton, 24 enero 1635, n, 12-18; S.P., Spain 94/37, Taylor a Olivares, 18 octubre 1634, f. 128.

116  En España, Cottington recibía una nueva proposición ventajosa –conocida como el papel de Quiroga– que contenía la promesa formal de una completa restitución de la parte española del Palatinado siempre y cuando los ingleses lograsen una liga secreta contra los holandeses. Véase, Reeve, L. J., "Quiroga's paper of 1631: a missing link in Anglo Spanish diplomacy during the Thirty Years War", The English Historical Review, 101, 1986, pp. 913-925.        [ Links ]

117 A.G.S, Estado, leg. 2.521. Consejo de Estado, Madrid, 28 junio 1636; y British Library [ en adelante B.L.] Add. Ms. 36.448. Aston Papers, correspondencia de Sir W. Aston, 1635-1638, V, 131-33, "Puntos que se juzgan convenientes capitular en materia de alianzas y confederaciones entre España e Inglaterra (de algún año entre 1635-1638)".

118 La bibliografía sobre el sistema de imposición inglesa relacionada con el Ship Money es tan numerosa que requeriría un capítulo aparte. Por tanto, citamos tres trabajos de referencia: Gordon, M. D., "The collection of ship money in the Reign of Charles I", Transactions of the Royal Historical Society, 3rd. Series, 4, 1910, pp. 141-62; Quintrel, B. W., "Charles I and his navy in the 1630s", Seventeenth Century, III, 2, 1988, pp. 160 y pp. 165-166; y Sharpe, K., The Personal Rule..., en cuyo trabajo las referencias son constantes: pp. 103, 195, 265-270, 383-384, 423-427, 509-510, 529-558, 567-596, 624-627, 703-704, 714-730, 865-876, 905 y 926.        [ Links ]         [ Links ]

119 Cit. Stradling, R. A., The Spanish Monarchy and Irish Mercenaries..., p. 23. También en S.P., Spain 94/35, fs. 175-179 y 184.

120 Cit. Reeve, L. J., Charles I and the Road..., pp. 249 y 255-259.

121 Las negociaciones hispano-inglesas para formar una alianza durante 1640 han sido estudiadas por Elliott, J. H., "The Year of the Three Ambassadors" en Lloyd-Jones, H., Peal, V. y Worden, B. (eds.), London, Duckworth, 1981, pp. 165-181.        [ Links ]

122 Sobre las ventajas y desventajas del matrimonio español, véase Puyuelo y Salinas, C., Carlos de Inglaterra en España. Un príncipe de Gales busca novia en Madrid, Madrid, Escelicer, 1962, pp. 36-38.        [ Links ]

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