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Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani

versión impresa ISSN 0524-9767versión On-line ISSN 1850-2563

Bol. Inst. Hist. Argent. Am. Dr. Emilio Ravignani  n.28 Buenos Aires jul./dic. 2005

 

José María Portillo Valdés: Revolución de nación. Orígenes de la cultura constitucional en España, 1780-1812, Madrid, Boletín Oficial del Estado/Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000, 522 pp.

Extrañeza es el sentimiento que, según Portillo Valdés, podría atribuirse a un observador cualquiera de finales del siglo XVIII ante la revolución política que experimentó la "clerical y fanática" España a partir de 1808. Esa España, cuya monarquía se extendía sin límites precisos sobre cuatro continentes y agrupaba reinos y provincias donde la jurisdicción real coexistía con la señorial y municipal, sufrió una crisis de independencia que desembocó en la elaboración de la constitución gaditana de 1812 y que para la historiografía española, particularmente desde la obra de Miguel Artola (1959), marcó el inicio de la era contemporánea en ese país. Para Portillo, la visión retrospectiva que necesariamente acarrea la consideración de los "orígenes" impuso un contraste "artificial" entre lo viejo y lo nuevo, o -historiográficamente hablando- entre el Antiguo Régimen y el liberalismo, y desdeñó la posibilidad de atender a la conexión de la constitución liberal española con las líneas de pensamiento que habían ido desarrollándose en los últimos treinta años en el marco de la monarquía "tradicional", en las que había asomado la posibilidad de una reforma constitucional. Atención que sí prestó la historia constitucional y que tuvo en Francisco Tomás y Valiente a uno de sus inspiradores. Sin negar lo "nuevo" simbolizado por la constitución de Cádiz, Portillo opta por estudiar paso a paso el tránsito entre la monarquía y la nación católicas y sortea, así, no sólo los a menudo rígidos límites cronológicos de los especialistas en este período, sino también los metodológicos que impone la dicotomía tradición/modernidad.

Las hipótesis que estructuran la obra son básicamente dos: una de ellas postula que la crisis abierta en 1808 fue en realidad triple: se inició como un conflicto dinástico que dio lugar rápidamente a una crisis de independencia para convertirse en una de soberanía y culminó con una crisis constitucional de la que la España plural y monárquica emergió convertida en "nación española". La segunda se relaciona con las señas particulares que singularizan a este nuevo sujeto político: la de concebirse, por una parte, como una comunidad que se encuentra por encima y antes que los individuos y los territorios y a quien compete con exclusividad la soberanía y el ejercicio de la libertad política y, por otra, la de su catolicismo, que explica en buena medida esa cualidad tutelar de la nación sobre el individuo en todo congruente con la continuidad durante el período gaditano de una concepción de la naturaleza del hombre que le veda la actividad política. Para Portillo, esa idea tan peculiar de "nación española", distinta de la idea de nación desarrollada en Francia o en Estados Unidos, hundía sus raíces en unos discursos y una cultura política que podían rastrearse en España desde 1780, luego combinada con las distintas interpretaciones ensayadas desde la farsa de Bayona en adelante.

El soporte de estas afirmaciones es un minucioso examen de una cantidad, en verdad abrumadora, de textos de diverso tipo, sea que se consideren sus aspectos formales, ya que incluye manuales, cartas, artículos y polémicas periodísticos, como a sus autores, entre los cuales hallamos nombres ineludibles cuyo brillo perdura hasta nuestros días -tales los casos de Jovellanos, Campomanes, Martínez Marina o Blanco White-, junto a otros que, aunque menos conocidos, gozaron de una amplia aunque no siempre abierta circulación en su momento y motorizaron el debate de ideas.

El análisis desplegado a lo largo de la obra puede encuadrarse en la línea de historia intelectual seguida por Q. Skinner y J. G. A. Pocock -el uso de la expresión "momento gaditano" es particularmente ilustrativa de la influencia del segundo- y por ello el autor hace especial énfasis en la relación entre texto y contexto: en todos los casos se interesa por dar precisiones sobre los autores y las fechas de edición como así también sobre las circunstancias y motivaciones de la producción y las características y alcances de la circulación de los textos, a los efectos de articular la formación de los conceptos con la coyuntura histórica y los conflictos que plantea. En ese sentido, la contraposición permanente del caso francés, tanto en sus aspectos intelectuales como históricos, valorado más bien por la contemporaneidad de esa experiencia que en razón de una supuesta calidad de modelo ideal, le permite asimismo resaltar una y otra vez la singularidad de la revolución española.

La pormenorizada reconstrucción de los debates que hace Portillo con el fin de mostrar las características de la cultura política española de la época es uno de los principales atractivos del trabajo pero, al mismo tiempo, torna imposible su tratamiento integral en el breve espacio de estas páginas. Razón por la cual he optado por centrarme en algunos aspectos que han dado pie a la "revolución de nación" del título, es decir, a la emergencia de la nación como sujeto de imputación de la soberanía y consecuentemente apto para asumir un poder constituyente. Conviene recordar en este punto lo desarrollado en la primera parte de la obra, donde Portillo da cuenta de los desafíos que había planteado a los católicos ilustrados de fines del siglo XVIII la perspectiva de una reformulación constitucional de la monarquía española -en cuanto al contenido y a su posible ejecutor- frente a la preponderancia de unas ideas que no sólo volvían indiscutible aquel régimen en tanto era el orden querido por Dios en la tierra, sino que, además, reservaban con exclusividad al príncipe la capacidad de ejercer la libertad y el poder políticos.

Si bien hay atisbos de una idea de nación española en algunos textos de los años 90 y sobre todo en Teoría de una constitución política para España. Por un español (1808) -al que considera el primer ensayo de constitucionalismo español, útil a la vez para establecer una conexión entre la cultura ilustrada y la liberal constitucional-, el protagonismo de la nación surge en la coyuntura de la triple crisis. La nación española, que recuperaba plenamente la soberanía ante la ausencia del rey -y, por lo tanto, la posibilidad de intervenir sobre la Constitución-, se manifiestó en los textos a través del derecho de resistencia presente en el derecho natural y de gentes -agregaría que lo está tanto en el neoescolástico como en el protestante, aunque no lo aclara-; invocación que sirvió para justificar la insurrección ante lo que se consideraba no sólo un acto de usurpación por parte de Napoleón sino también de despotismo claramente externo pero también interno -en referencia a la conducta de Carlos IV y su hijo Fernando durante los episodios de Bayona. Pero a diferencia de lo sucedido en Francia con la reunión de la Asamblea nacional, la dinámica del proceso histórico español no condujo a la convocatoria de las Cortes sino a la formación de Juntas territoriales que asumieron en cada caso el manejo de lo que Portillo denomina depósito de la soberanía, figura que permitió a aquellas actuar soberanamente declarando la guerra, recaudando impuestos o formando ejércitos, pero les impidió a la vez el ejercicio de un poder constituyente. Por eso mismo se la distingue tanto de una asunción formal de la soberanía y, en definitiva, de un hecho revolucionario -dado que los actos de las Juntas, aunque soberanos, se hacen en nombre del rey cautivo- como de la translatio imperii -que supondría la recuperación de la soberanía por parte de la comunidad por disolución del pacto o por deposición del rey causada por sus actos de tiranía.

Ahora bien, tanto la invocación del derecho de resistencia de la nación como la del depósito de la soberanía que legitimaba las Juntas territoriales supondrían la idea de un pacto de sujeción de la comunidad al rey en tanto origen de la autoridad política, figuras que, por lo menos, resultan llamativas dada la rotunda negación de las doctrinas contractualistas -sea escolásticas o iusnaturalistas modernas- como fundamento no sólo de la sociedad sino del poder político por parte de la cultura política española de fines del siglo XVIII tal como la describe Portillo en la primera parte. Si el autor destaca en la explicación que lo excepcional de la coyuntura (invasión extranjera e imposibilidad de que se pusieran en funcionamiento los mecanismos de una regencia) habría llevado al fenómeno inédito de las Juntas locales en el marco de una monarquía en la que, a excepción de las provincias vascas o de Navarra, la tradición de relevancia política del territorio había ido desapareciendo, quizás también contribuiría a explicar tanto los argumentos esgrimidos como el proceso histórico de formación de las Juntas la noción según la cual los principios del derecho natural y de gentes orientaban la conducta social y política de los hombres de la época en su vida cotidiana y habrían resultado más útiles en un momento que abría nuevas y variadas perspectivas para el futuro de la monarquía.

Una de ellas fue la convocatoria de las Cortes, que resultó triunfante cuando las derrotas en los campos de batalla pusieron en evidencia los riesgos de establecer un directorio militar y quedó claro que sólo la nación allí representada podía hacerse cargo del depósito de la soberanía y solucionar la crisis constitucional que afectaba a la monarquía al asumir el poder de intervenir sobre las leyes. En la tercera parte, Portillo se ocupa de los rasgos principales del concepto de nación elaborado durante el primer liberalismo -la nación super omnia mencionada al principio de esta reseña- y de los debates que desencadenó la afirmación de la soberanía nacional declarada en el decreto I de las Cortes. Aclara, en primer lugar, que dicha afirmación no implicó necesariamente el olvido de la cultura católica. Por el contrario, los liberales intentaron una fusión entre ésta y la filosofía política moderna, cuyo máximo exponente fue Martínez Marina. De allí que si, por un lado, utilizaban el lenguaje del pacto político, por el otro sostenían que la sociedad y los derechos eran creación divina. En segundo lugar, el reconocimiento de la supremacía de la nación trajo aparejada lógicamente la abolición de las jurisdicciones señoriales y la negación de la representación política a los territorios a pesar del papel jugado por estos durante la invasión napoleónica. En relación con esto último, Portillo niega que la concepción de nación tal como se impuso en Cádiz haya sido una forma de solapar identidades nacionales preexistentes, tesis que sostiene parte de la historiografía española al filiar en 1812 los actuales reclamos de autonomía regional, tema sensible de la agenda política del gobierno español. Por el contrario, Portillo afirma que las provincias carecían de personalidad política propia, puesto que -con la excepción, una vez más, de las provincias vascas y de Navarra- habían sido establecidas en función de los intereses fiscales y comerciales de la corona y que sólo la reciente experiencia del depósito de la soberanía había vuelto relevantes. Sin embargo, el debate sobre el status que revestirían los territorios tuvo en los diputados americanos y no en los peninsulares a sus más firmes sostenedores y adquirió sustancia por su repercusión sobre la soberanía nacional. Por ello el autor señala que esta discusión no era más que una prolongación de aquella ligada a la idea de libertad, derecho que competía exclusivamente a la nación y que llevó a los liberales peninsulares a impedir que otros sujetos, en este caso las provincias, gozaran de capacidad representativa que eventualmente podía originar la desmembración de la monarquía. Esta actitud es la que indica para Portillo los límites del planteo liberal metropolitano que no pudo impugnar con el argumento del despotismo la calidad representativa de unas Juntas que habían surgido en abierta oposición a aquel. Indudablemente, el imperativo de conservar no sólo el régimen de gobierno sino la unidad de la monarquía es la actitud que distancia a los españoles de los americanos más allá de las diferencias ideológicas.

Para finalizar, cabe destacar la inclusión del listado completo de las fuentes consultadas, de suma utilidad para los estudiosos del período, sin dejar de lamentar la ausencia de un epílogo que a manera de balance pudiera retomar algunas de las cuestiones planteadas a lo largo del exhaustivo y valioso análisis que se encara en este libro.

Nora Souto
Instituto Ravignani/UBA

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