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Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani

Print version ISSN 0524-9767On-line version ISSN 1850-2563

Bol. Inst. Hist. Argent. Am. Dr. Emilio Ravignani  no.30 Buenos Aires Jan./Dec. 2007

 

Juan Manuel Palacio, La paz del trigo. Cultura legal y sociedad local en el desarrollo agropecuario pampeano (1890-1945). Buenos Aires, Edhasa, 2004. 296 pp.

Reencarnación explícita de una ya lejana tesis de doctorado, este libro es antes fruto de una productiva aunque no muy larga trayectoria profesional: hace ya varios lustros que Palacio prodiga, en revistas especializadas, agudos y novedosos artículos redactados en una prosa clara y elegante, la mejor invitación a leerlos. Cualidades también presentes en este libro, y que no son un aspecto menor de sus atributos: más allá del acopio bibliográfico y de las largas cadenas de datos engarzadas en los cuadros como piezas de orfebrería, se trata evidentemente de un texto trabajado con cuidado, con gran respeto por el lector. La elección del tema (y de un título sugestivo) son sin dudas otros aciertos: por un lado, proponen el primer acercamiento sistemático, en razón de su enfoque local, a ciertos elementos vitales para la comprensión de la sociedad agraria pampeana en su época de mayor esplendor; por otro, impugnan tácitamente (y creo que con bastante éxito) una línea de trabajo sobre la conflictividad rural de esos años que no por haberse atrevido a buscar allí una hipotética lucha de clases la ha necesariamente encontrado

Esa búsqueda incluye asimismo un nuevo acercamiento a otros viejos debates aún presentes en la historiografía: el principal, la condición productiva, social y jurídica de los chacareros del agro pampeano en su período de mayor expansión y más allá de él. Al respecto, Palacio participa de lo que podríamos llamar la visión non delectabile: esto es, la historiografía que supone intrínsecas a esas condiciones una precaria y frágil relación con la tierra, que habría permeado a su vez la correspondiente a todos los demás factores productivos, impidiendo así la formación de un sector farmer lo suficientemente fuerte. Podríamos resumir así los componentes básicos de ese enfoque en su versión más primaria: dado el supuesto de que, desde fines del siglo XIX, los precios de la tierra (y sobre todo su monopolización por un grupo reducido de grandes latifundistas) la habrían puesto totalmente fuera del alcance de los ingresos de los inmigrantes agricultores, éstos se habrían visto obligados a arrendarla; en tanto los grandes latifundistas (que invariablemente también eran engordadores de ganado) sólo ofrecían al respecto contratos de no más de tres años de duración con el objetivo de lograr praderas alfalfadas de bajo costo al cumplirse ese plazo, los chacareros arrendatarios se habrían transformado por este hecho en débiles e inertes engranajes de un perverso sistema de explotación centrado en la estancia mixta, cuya producción ganadera subordinaba así a la agrícola. Hace ya tiempo que la investigación empírica demostró la debilidad de estos postulados; la producción agrícola tuvo una fuerte dinámica propia, lo cual resulta por lo demás obvio al contemplar el espectacularmente rápido crecimiento de las cosechas, mucho mayor que el de la producción ganadera. Diversos estudios recientes han puesto además de manifiesto la existencia de importantes sectores de productores agrícolas medios y grandes, con múltiples vías de acceso a la tierra que incluían el arrendamiento como opción más racional a fin de no distraer capital de la empresa productiva inmovilizándolo en propiedad fundiaria. Estas y otras características han ido poniendo de manifiesto rasgos de tipo empresarial en esos actores; Palacio conoce y cita profusamente la bibliografía respectiva, y acepta los avances que ha logrado. Pero este arbitrio no le impide postular otra lectura del proceso, sin dudas muy audaz: que la existencia de esos empresarios de la agricultura pampeana no invalida la paralela (y quizá complementaria) de otros actores más recónditos en ella, los cuales no habrían logrado actuar como empresarios simplemente porque, adoleciendo de escasez de capital, no contaban con el suficiente grado de "libertad" como para tomar las decisiones de inversión necesarias para alcanzar un crecimiento sostenido y una acumulación suficiente que les permitiera romper con el círculo vicioso de la precariedad. La declarada opción por una perspectiva latinoamericanista sería un novedoso apoyo a este esquema: al parecer, la "múltiple sujeción" de los chacareros pampeanos a causa de sus deudas con los dueños de estancias y con los almaceneros, eternizada por otra parte merced a aquella baja capacidad de acumulación, y la consiguiente incertidumbre que tenían respecto de su permanencia en la tierra, diferían "poco de los problemas que ... debía enfrentar un inquilino chileno en un fundo de Caupolicán, un enganchado de la sierra en una hacienda peruana del valle de Chicama o un arrendatario colombiano en una finca de Cundinamarca". Además, "el control social paternalista que ejercían algunos estancieros pampeanos sobre sus arrendatarios... [tampoco] difería mucho del que practicaban sus pares del Bajío mexicano o del nordeste brasileño" (p. 26). Afirmaciones fuertes, sin duda; apenas mitigadas por una frase nada casual en la página siguiente: "Lo comparativo no es en este libro mucho más que una vocación y, si se quiere, una sana provocación".

Esta declarada opción de perspectiva condiciona de cualquier forma las búsquedas: no se trata ya de afirmar la falta de conflicto como lucha política, sino de enfatizar la presencia del mismo bajo otras formas, y de atribuirle tanta intensidad como en cualquier otro contexto rural. Lo cual es la excusa para el aporte más sustantivo del libro: si el conflicto existió, la clave para que no haya adquirido caracteres violentos se encuentra en la conformación de una paz del trigo, esto es, una compleja cultura jurídica "local, forjada a través de las prácticas cotidianas de sus habitantes a lo largo de los años". Esta cultura jurídica canalizó la conflictividad y la fue resolviendo eficazmente, permitiendo que la vida productiva funcionara en forma adecuada gracias a un universo de reglas no escritas y arreglos contractuales rudimentarios, todos ellos desarrollados a nivel local. Esa paz expresaba un orden sostenido por los mismos protagonistas de la producción, los cuales fueron asentando con el tiempo las diferentes prácticas que, por un lado, otorgaron versatilidad al funcionamiento de la economía local, garantizando a la vez la convivencia, y fortaleciéndose con la recta administración de justicia por parte de los juzgados de paz, así como mediante el accionar de los abogados rurales en la difusión de la ley y de los procedimientos. Como se ve, se trata también aquí de un reencuentro: en este aspecto con la bibliografía que ha puesto de relieve la formación de culturas legales locales en el imperio español del siglo XVIII1 .

Ahora bien, ¿podemos considerar acreditado el éxito de Palacio en sustentar su novedosa pintura de esta paz del trigo? Examinemos para ello antes su descripción del mundo del trigo antes de consagrarnos a la paz. El primer interrogante surge en la homologación de los chacareros inmigrantes pampeanos a los campesinos de México, Perú o Chile: proceso cuando menos arriesgado, ya que se trata de realidades sociales (y sin duda económicas) enormemente heterogéneas; y es muy dudoso que las espectaculares transformaciones del agro pampeano entre las últimas décadas del siglo XIX y primeras del XX hubieran sido posibles en el seno de una sociedad campesina tradicional, al menos la entendida en aquellos términos. Procesos de constitución de mercados y cambio tecnológico y productivo están así íntimamente ligados al estímulo de ganancias capitalistas; es muy dudoso que buena parte de esas ganancias no haya sido apropiada por los agricultores chacareros, así fueran propietarios o arrendatarios, en tanto fueron ellos justamente los que expandieron esos cambios. Por lo demás, la arraigada situación de frontera del agro pampeano a lo largo de su historia, y la carestía del factor trabajo que le era orgánica, derivaron en altos precios relativos para el mismo y por ende en altas tasas de movilidad ascendente y procesos concretos de acumulación, evidentes para las unidades familiares que estaban mejor dotadas con él, lo que explica la constante absorción de población a pesar de la incorporación masiva de tecnología ahorradora de mano de obra . 2

¿Era entonces realmente tan difícil para un chacarero acumular capital, acceder a la propiedad y transformarse en empresario, como lo sugiere Palacio? El mismo cálculo del autor de pp. 146-7 es susceptible de miradas muy distintas de las suyas: si eliminamos la innecesaria previsión de un barbecho anual de un tercio de la superficie, y recordamos que para esa época (años 1926-36) estaba ya plenamente desarrollado el crédito hipotecario que permitió la compra de tierras por parte de muchos arrendatarios, el tiempo total de 16 años para alcanzar la propiedad de 300 hectáreas se reduciría sin dudas en forma sustancial 3. Pero más allá del peso y carácter que otorguemos a categorías como el endeudamiento o la renta para definir las relaciones sociales, la presencia de esos factores no basta para obliterar la capacidad empresarial, aun entre los agricultores más demunidos: por el contrario, la racionalidad en la disposición de factores es un hecho independiente de la dotación de capital; y además (y muy importante), a la toma de riesgo empresario son inherentes altas dosis de inseguridad e inestabilidad, sin las cuales la ganancia capitalista es irrealizable. Así, se entiende mejor que un agricultor inmigrante decidiera arrendar 300 hectáreas en lugar de comprar 30, endeudándose incluso significativamente para ello; y que eligiera además dedicarlas por completo al cultivo comercial cuyas expectativas de venta prometieran un lucro mayor, sin prever alternativas para disminuir el riesgo ni cuidar al mismo tiempo las necesarias para preservar la capacidad germinativa de la tierra. Este carácter altamente especulativo de la agricultura pampeana es denunciado una y otra vez en las fuentes de la época; y explica, por otra parte, la muy lógica insistencia de los propietarios en prever la incorporación de una leguminosa (alfalfa) al culminar el contrato trienal, como forma de contrarrestar, más allá de la necesidad de forrajes, la degradación de suelos que habría de ser consecuencia inevitable de esas prácticas en el mediano plazo. De esta forma, resulta dudosa la existencia de agricultores condenados de por vida a la precariedad: si esta última en todo caso formaba parte de los estadios iniciales de su carrera, sin dudas era también un factor conscientemente buscado en tanto podía prometer buenas ganancias.

En fin, hablemos ahora de la paz. Ésta, según Palacio, habría ocupado el lugar de un estado (central) "ausente", que nada de importancia hacía para solucionar la "precariedad jurídica" en que vivían (y prosperaban) los actores sociales agrarios del período. Entre una multitud de frágiles instrumentos contractuales, arreglos verbales y complicadas arquitecturas contables destinadas a suplir una persistente escasez de factores, la conformación de un campo compartido de convenciones en torno a lo justo, y la escrupulosa honradez en la administración y mantenimiento de ese corpus por parte de jueces de paz y abogados, se habría de ese modo convertido en el sostén fundamental del orden y de la vida económica local, logrando al mismo tiempo que el alto grado de conflictividad existente se canalizara por vías de común acuerdo aceptadas. Pero la intervención del estado central en los variados aspectos de la vida cotidiana es un fenómeno de la tercera o cuarta décadas del siglo XX, que nada nos autoriza a suponer necesario a inicios del mismo; por el contrario, el estado entonces actuaba (y era esperable que así lo hiciera) a la manera liberal, es decir como un ente ecuánime y distante de los diversos actores, y precisamente por ello era visto como instancia válida a la que recurrir en busca de justicia. Su carácter cambiará radicalmente cuando ese estado central, transformado en benefactor, intervenga para favorecer a determinados actores a expensas de otros: es decir, cuando decida imponer condiciones de acceso a la tierra sesgadamente benignas para los arrendatarios, cuyo peso caerá sobre los propietarios. Yendo un poco más lejos: ¿ese estado supuestamente ausente lo estaba allí en realidad? ¿Qué era el estado local sino esos jueces de paz, esos legos sin remuneración ante quienes se ventilaban las pequeñas o grandes peleas cotidianas, cuya ecuanimidad era aceptada como un fenómeno demostrado? Una condición necesaria para que el estado adquiera solidez es su íntima imbricación en el entramado de relaciones sociales locales; así, puede postularse que los instrumentos de la paz no suplieron sino que constituyeron el estado: y, por otra parte, no debemos olvidar que el respeto a las esferas de influencia específicas fue un rasgo relevante en la construcción del estado argentino a lo largo del siglo XIX, el cual nunca hubiera podido limitarse al dictado de decretos desde la capital.

Ahora bien, ¿estas reflexiones podrían derogar el papel o la importancia de la paz del trigo? Nada más lejos de la realidad: más allá de los largos y complejos fundamentos que Palacio expone para la misma, y que nos parecen en buena parte innecesarios, el gran mérito del libro es justamente haberla puesto en evidencia. En un interesante artículo reciente, Eduardo Míguez concluye con cierta desazón que las bases sociales de la Argentina de entresiglos no evolucionaron de acuerdo al rápido ritmo de desarrollo de su economía, y por tanto el retroceso experimentado en la centuria pasada no fue sino la puesta en evidencia de ese desfasaje 4. Palacio hasta cierto punto nos muestra, por el contrario, que esa sociedad, y sus instituciones, se adaptaron con versatilidad a ese desarrollo acelerado: en ese proceso, la libre acción del mercado resultó un eficaz asignador de factores que se apoyaba tan sólo en un alto grado de confianza en los instrumentos institucionales disponibles para llevarlo a cabo, por precarios que éstos fuesen. En la construcción y el mantenimiento de esa confianza, Palacio demuestra la importancia del nivel local; y, podríamos agregar, sugiere hasta qué punto las cosas comenzaron a cambiar a partir del momento en que desde el exterior (es decir, desde el centro del poder) se intentó reglar nuevas pautas para ese nivel. Es así que el cambio institucional se transforma en la gran incógnita historiográfica del siglo XX: y, como muy bien lo ha demostrado Palacio, es justamente la microhistoria local la que nos permitirá comprender su funcionamiento. Es de esperar que la misma fructifique: sólo cuando contemos con más estudios a este nivel de detalle podremos trascender por fin largos y estériles debates teóricos para comenzar a entender mejor nuestro pasado, y quizá algo más que él.

Notas

1 Ver al respecto Cutter, Ch. R. The Legal Culture of Northern New Spain, 1700-1810. New Mexico, University of New Mexico Press, 1995.        [ Links ]

2 Bocco, A. M. "El empleo asalariado" en Barsky, O. (ed.) El desarrollo agropecuario pampeano. Buenos Aires, IDEC-INTA-IICA, 1991.Un ejemplo de movilidad económica para fines del siglo XVIII en Gelman, J. Campesinos y estancieros. Una región del Río de la Plata a fines de la época colonial. Buenos Aires, Los Libros del Riel, 1998        [ Links ]         [ Links ]

3 Como se sabe, la rotación trienal dejó de practicarse en Europa en el siglo XVIII; en América no tuvo aplicación, optándose posteriormente por el sistema de alternativa de cereales y leguminosas. Puede considerarse que hacia la década de 1890 este último estaba plenamente afianzado en la producción pampeana (ver artículo "Agricultura y cultivos intensivos", Boletín del Departamento Nacional de Agricultura, t. 19, pp. 191-3; 209-17; 257-65; 305-29; sobre el final de la rotación trienal y su no aplicación en América ver Luelmo, J. Historia de la agricultura en Europa y América. Madrid, Istmo, 1975, pp. 322 y ss.; 345 y ss. Sobre el desarrollo del crédito hipotecario en los años '20 puede verse Boglich, J. El problema agrario y la crisis actual. Buenos Aires, Aras, 1933.        [ Links ]         [ Links ]         [ Links ]

4 Míguez, E. "'El fracaso argentino'. Interpretando la evolución económica en el 'corto siglo XX'", en Desarrollo económico, vol. 44, nro. 176, enero-marzo 2005.        [ Links ]

Julio Djenderedjian

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