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Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani

On-line version ISSN 1850-2563

Bol. Inst. Hist. Argent. Am. Dr. Emilio Ravignani  no.38 Buenos Aires June 2013

 

ARTÍCULOS

Opinión pública, legitimidad y partidos. Miradas sobre el adversario político en Córdoba a finales de los años setenta del siglo XIX

Laura Cucchi1

Artículo recibido: 4 de febrero de 2013

Aprobación final: 23 de septiembre de 2013


Resumen

El objetivo de este trabajo es explorar las diferentes miradas sobre el lugar de los adversarios y la legitimidad del ejercicio de la oposición en la provincia de Córdoba en los años finales de la década de 1870. Con ese propósito, se avanza sobre la problemática desde tres perspectivas: una centrada en las diversas concepciones que expresaron los partidos respecto de la "opinión pública" como juez de todo accionar político, otra vinculada a los diferentes juicios vertidos por los contemporáneos sobre las formas aceptables de expresión y tramitación de las disputas, y, por último, una articulada en torno a la cuestión de la representación y el papel de las agrupaciones partidarias en el sistema republicano.

Palabras clave: Política Siglo XIX ; Opinión pública ; Legitimidad ; Partidos Políticos ; Representación.

Abstract

This paper seeks to explore different views on the role of political adversaries and on the legitimacy of the opposition in the late 1870 Córdoba. To that end, this issue will be examined from three perspectives: the political parties´ definition of Public Opinion and its place in judging political action; the ideas they defended about acceptable ways of expressing and processing their disputes and, lastly, their divergent views on the matter of representation and the role of political parties in a republican system.

Keywords: Politics in the 19th Century ; Public Opinion ; Legitimacy ; Political Parties ; Representation.


 

Introducción

La organización constitucional de la Argentina a mediados del siglo XIX constituyó en algunos aspectos el final de un ciclo abierto con la revolución de independencia, en la medida en que se establecieron los lineamientos generales de una arquitectura institucional nacional que fueron aceptados desde 1860 por todas las provincias. Ese acuerdo general no significó, sin embargo, el fin de los conflictos políticos de diferente intensidad que poblaron las décadas siguientes y establecieron la consecución de un orden y una estabilidad políticos como objetivos prioritarios de las administraciones nacionales y provinciales. Aunque parte importante de esas contiendas estuvieron ligadas a las disputas por el poder, junto con ellas tuvieron lugar controversias en relación con la puesta en práctica del programa constitucional. En ese marco, se expresaron diversas posturas sobre las traducciones institucionales de los principios proclamados por la carta nacional que debieron ser adoptados por las provinciales y reglados a través de leyes sancionadas por el Congreso Nacional y las respectivas legislaturas. Estas confrontaciones están siendo analizadas en los últimos años, en el marco de nuevas interrogaciones sobre los orígenes de la conflictividad política que prometen volver a llevar la mirada a esos cuerpos legislativos para examinar los contenidos políticos y doctrinarios de algunas de las polémicas sostenidas en la época en el ámbito nacional y en los provinciales.

La historiografía sobre el periodo ha señalado que ese ciclo de experimentación política se clausuró en alguna medida en 1880 cuando se impuso la hegemonía gubernamental del Partido Autonomista Nacional. Ese partido logró por algunos años disminuir el nivel de conflictividad política de la mano de un sistema de control de la sucesión que resultó en una exclusión de facto de la oposición y fue apuntalado por un discurso centrado en la necesidad de la organización de una autoridad efectiva y una desmovilización pública como prerrequisitos para el desarrollo moral y material del país.2

No obstante ese desenlace, en los años anteriores se formularon y ensayaron otros caminos para solucionar el problema central de la tramitación del conflicto político. Este trabajo examina algunas de esas formulaciones en el marco acotado de la política de Córdoba en los años finales de la década de 1870. El propósito es explorar, desde ese escenario, algunos desafíos y transformaciones comunes de la política de la época. Se toma como foco de análisis las miradas sobre el lugar de los adversarios y la legitimidad del ejercicio de la oposición y se avanza sobre esa problemática desde tres perspectivas: una centrada en las diversas concepciones que expresaron los partidos respecto de la "opinión pública" como juez de todo accionar político, otra vinculada a los diferentes juicios vertidos por los contemporáneos sobre las formas aceptables de expresión y tramitación de las disputas, y, por último, una articulada en torno a la cuestión de la representación y el papel de las agrupaciones partidarias en el sistema republicano.

Esos tres ejes de la opinión, la oposición y la representación se hallaban fuertemente vinculados. Desde la ruptura revolucionaria de comienzos del siglo XIX la figura de la "opinión pública", omnipresente en los discursos de la época, se vinculó a los nuevos fundamentos de legitimidad de los poderes. En los esquemas de funcionamiento republicano ensayados tras la independencia, se entendía que las autoridades nacidas de elecciones populares debían someterse al control continuo por parte del soberano. Esa prerrogativa de fiscalización popular se expresaba en los fallos de la "opinión" que se constituía de esa manera en tribunal supremo en materia política y que encarnaba en diferentes instituciones que se fueron organizando como los órganos legislativos, la prensa y asociaciones de distinto tipo. A lo largo del siglo XIX la "opinión" se vinculó así con la noción de "pueblo" como nuevo sujeto soberano y, de esa manera, con las consideraciones de la nueva nación como "una e indivisible". En el marco de esas concepciones se establecieron sistemas electorales de lista completa a pluralidad de sufragios, que no contemplaban la expresión de la diversidad política, porque se entendía que los gobernantes no debían perseguir intereses de diversos sectores de la sociedad, sino que debían crear y reproducir la voluntad única de la nación.3

Esa forma de entender la sociedad política como un cuerpo indivisible marcó límites estrechos para pensar la legitimidad de los adversarios y circunscribió el espacio concebible para la existencia y funcionamiento de las oposiciones. El desacuerdo y el divisionismo fueron percibidos como un peligro que socavaba los intentos de fundar un orden duradero. En ese marco, cada sector afirmaba ser el representante de la voluntad única del cuerpo político, y alegaba la ilegitimidad de sus oponentes retratándolos como grupos que buscaban meramente hacerse del poder para perseguir sus intereses particulares en lugar del bien común.

En el último tercio del siglo XIX, en América Latina, como en Estados Unidos y Europa, esas concepciones comenzaron a ser revisadas y empezó a debatirse si la política debía ser un espacio para la promoción de las diversas aspiraciones de la sociedad. El trabajo de la representación entendido como "la reducción a la unidad de los votantes particulares a fin de constituir la voluntad general de la nación", que había predominado en las décadas anteriores, dio lugar en algunos casos a una nueva consideración del bien común como fruto de la negociación entre un conjunto plural de intereses u opiniones. Esta transformación puso en el centro del debate el problema de los partidos y su papel en la representación política.4

Quienes participaron de aquellos debates respecto de las nuevas formas que debía adquirir la representación, no acordaron sin embargo respecto de qué era aquello que debía ser representado. Mientras que algunos apuntaron a una variedad de intereses socioeconómicos, otros señalaron la necesidad de dar espacio en los órganos deliberativos a la diversidad de creencias políticas. Tampoco lo hicieron acerca del método que consideraron más adecuado para la persecución de ese fin. Algunos apostaron por abandonar el sistema de mayoría relativa en favor de uno de lista incompleta, otros promovieron el de circunscripciones uninominales, mientras que hubo quienes defendieron las virtudes de varios métodos diversos de representación proporcional.

En general se ha prestado más atención al surgimiento de formas sociológicas de pensar la representación política que se produjeron sobre finales de siglo, y en ese marco, se ha debatido el rol de los partidos como intermediarios entre los intereses de diferentes sectores sociales y el estado. Se ha planteado, en esa dirección, que los cambios en las formas de concebir el cuerpo político que se dieron a finales del siglo XIX y comienzos del XX con la difusión de nuevas teorías organicistas de lo social resultaron una precondición para la aparición de formas legítimas de entender la diversidad política y rol de las agrupaciones partidarias.5

En las páginas que siguen se examina, por el contrario, un conjunto de debates respecto de la necesidad de dar representación a las diversas posturas políticas, y al papel que cabía jugar a los partidos en ese desarrollo, en la escala de la política de Córdoba de finales de la década de 1870. Ese escenario permite explorar los primeros pasos de algunos cambios en las formas de entender la representación y los partidos que estaban empezando a producirse en la Argentina en los años setenta. En este caso, el reconocimiento de una diversidad que debía ser expresada en terreno legislativo no se ligó a una voluntad de dar lugar a una heterogeneidad de demandas sociales. Por el contario, las propuestas de incorporar la representación de las minorías, repensar las funciones de los partidos en el sistema republicano y fomentar la política parlamentaria como escenario de expresión de esas agrupaciones, obedecieron al empeño de representar lo que se entendió como opiniones políticas divergentes y no como intereses de los diversos sectores sociales.

Oposición y conflictividad política en los años setenta: de la revolución a la conciliación

Durante la segunda mitad de la década de 1870 la política nacional y la de las provincias se vieron convulsionadas por una serie de conflictos de diversa magnitud. Sus causas resultaron propias de cada escenario, pero un punto que atravesaba varios de ellos se vinculó a los efectos de la crisis política desatada en 1874 por el levantamiento en armas del Partido Nacionalista, liderado por ex presidente Bartolomé Mitre, contra el gobierno de la Nación. Aunque el movimiento había sido derrotado, en los años siguientes ese sector impuso importantes desafíos para la estabilidad política nacional de la mano de su estrategia de abstención electoral y de defensa del accionar armado de los ciudadanos como coto a un ejercicio arbitrario del poder.

Tanto el gobierno nacional como los de las provincias donde el nacionalismo tenía importantes aliados ensayaron caminos diversos para amortiguar el reto que suponía esa posición, procurando desactivar sus focos y evitar así que los acontecimientos de 1874 se reprodujeran en la siguiente sucesión presidencial de 1880. El primero de ellos apostó por un acuerdo con el mitrismo, que consistió en la incorporación de dirigentes de esas filas al gabinete presidencial y en la elaboración de listas conjuntas de candidatos para la Legislatura y la gobernación de Buenos Aires, entre otras medidas que se pusieron en marcha desde 1877. El presidente de la Nación, Nicolás Avellaneda, urgió a sus partidarios a lo largo de la geografía nacional a hacerse eco de esta iniciativa conocida como "Conciliación de los Partidos" y a sellar acuerdos similares en cada uno de los estados provinciales.6

La conciliación o fusión de partidos resultaba una herramienta política habitual a la que apelaban las dirigencias para evitar la competencia electoral que en ocasiones derivaba en enfrentamientos violentos de diversa magnitud. Esos acuerdos más o menos circunstanciales -que se ensayaron reiteradamente en la Argentina como en otras latitudes- se fundaban sin embargo en consideraciones políticas y doctrinales menos coyunturales, que se fueron transformando a lo largo del siglo. En la segunda mitad de la centuria, el ideal extendido de unidad del nuevo cuerpo político nacido en un largo proceso iniciado con la independencia encontraba su contrapartida material, a juicio de los protagonistas, en la Constitución Nacional que todos los contendientes defendían como compendio de los intereses generales de la nueva república. Este elemento brindaba un terreno común de creencias y anhelos que hacía posible los acuerdos del tipo de la Conciliación de 1877. De todos modos, las interpretaciones sobre las condiciones de posibilidad y realización de ese tipo de fusiones fueron variadas. Algunos dirigentes encontraron en ella el canal natural de funcionamiento político para que los representantes encarnaran "el interés general" y vieron en las organizaciones partidarias intereses ajenos a lo que consideraron la voluntad unificada de la nación, pues a su juicio la carta nacional brindaba una unidad de espíritu que hacía innecesaria la división duradera entre partidos. Por el contrario, otros, entre los que se encontraba Avellaneda, apostaron por ese tipo de acuerdos como modo de procesar las diferencias partidarias en una etapa ajena a la instancia electoral, para evitar de ese modo las luchas que acompañaban habitualmente a los comicios; pero reconocieron como efectivamente existentes y legítimos a los partidos entre los que debía darse la Conciliación, y no se propusieron que los mismos desaparecieran como resultado de ésta.7

En el caso de Córdoba los efectos de ese acuerdo nacional no resultaron los esperados por Avellaneda, quien entonces contaba con aliados tanto en el Partido Autonomista que gobernaba la provincia, como en la oposición constituida preponderantemente por miembros del nacionalismo.8 Aunque estos últimos presionaron por una realización de la Conciliación en sede local que les asegurara un lugar en los esquemas de poder, el partido gobernante desestimó la negociación y fusión partidarias que también allí habían resultado hasta el momento el mecanismo privilegiado para evitar los conflictos vinculados a las instancias electorales.

El autonomismo había llegado a la gobernación pocos meses antes del acuerdo de la mano de Antonio del Viso, y sus ministros Miguel Juárez Celman y Carlos Bouquet, quienes desde un principio se hicieron eco de otras propuestas que estaban comenzando a circular en el debate público nacional respecto de los modos de gestionar la competencia por el poder. Este partido apostó por reconocer las diferencias entre las fuerzas políticas y alentar la formación de partidos con estructuras más sólidas y permanentes que las canalizaran institucionalmente a través de la Legislatura. El reconocimiento de la legitimidad de los adversarios pasó a constituir un tópico habitual del discurso de los autonomistas que se desempeñaban en el Ejecutivo y el Legislativo, e impuso un cambio de registro en el debate local y una transformación en las formas de relación entre los grupos políticos. Con esas innovaciones el nuevo elenco dirigente buscaba, en el corto plazo, neutralizar el desafío opositor que podía presentarse en las cruciales elecciones de gobernador y de presidente que iban a tener lugar en 1880. Pero, en un sentido más general, se proponía revisar algunas consideraciones de fondo sobre la vida política y el papel de los partidos en ella.

Un cambio de timón: el ascenso del autonomismo

En el marco de una estrategia de fusión partidaria, los nacionalistas que gobernaban Córdoba en los años setenta impulsaron una fórmula conjunta con los autonomistas para la elección de gobernador de 1877, que estuvo integrada por Clímaco de la Peña y Antonio del Viso. El primero murió días antes de la asunción del mando, y su muerte catapultó a del Viso a la primera magistratura, que se produjo tras una serie de disputas respecto del procedimiento a seguir en un caso inédito como ese.9

Ese controvertido acceso al poder marcó el mandato de del Viso, quien además fue impugnado por la oposición por llevar adelante un gobierno "de partido". Con esta expresión condenaban la decisión del gobernador de no buscar incorporar nacionalistas a su gabinete y de, por el contrario, desplazarlos de los espacios de poder que detentaban hasta el momento. En efecto, aunque el autonomismo se encontraba en los primeros años de su gobierno en una posición de relativa debilidad, pues contaba con una base de poder más vulnerable que los sectores liberales que habían estado a la cabeza de los gobiernos provinciales desde finales de la década anterior, optó sin embargo por descartar toda concertación con sus adversarios que pudiera darse sobre la base de un reparto de poder. Apostó, en cambio, por una política general de recambio de puestos clave para el control provincial como las jefaturas políticas y comandancias militares.

Este rechazo del partido gobernante a una política de fusión fue percibido por el nacionalismo como una inflexibilidad y falta de voluntad para negociar de acuerdo a las prácticas habituales. Por ese motivo, ese sector transitó otros canales para la expresión y solución de las disputas. Intentó desestabilizar al nuevo gobierno a través de un boicot de las sesiones de la Legislatura, inició campañas de crítica y censura contra los miembros de la administración en la prensa, y finalmente defendió la posibilidad de un levantamiento armado como último recurso para establecer un nuevo gobierno que a su juicio representara mejor los intereses del conjunto de la provincia.

Asimismo, buscó fortalecer su posición tendiendo puentes con el sector de las dirigencias de Buenos Aires que se había sumado a la política de Conciliación y estaba constituido por parte importante del Partido Nacionalista y por aquellos autonomistas que creyeron encontrar en ese acuerdo la solución temporal a los dilemas nacionales, conocidos como los "líricos". Ese grupo designó a Carlos Tejedor, gobernador de Buenos Aires, como su candidato a la primera magistratura para enfrentarse a Julio Roca, que en ese momento se desempeñaba como Ministro de Guerra de la Nación y cuya candidatura fue proclamada por el sector del autonomismo que decidió no adherir a la Conciliación.

Esa división se replicó en Córdoba en las candidaturas locales para suceder en 1880 a Antonio del Viso. El nacionalismo apoyó a Cayetano Lozano mientras que el partido en el poder sostuvo al ministro de gobierno, Miguel Juárez Celman, quien era además uno de los principales aliados de Roca en el Interior. En ese marco, la oposición adhirió a las acusaciones de sus correligionarios porteños respecto de la intervención de los gobiernos en la cuestión electoral y denunció el apoyo del Ejecutivo Nacional, así como el de los gobernadores de varias provincias -encabezados por el de Córdoba-, a las aspiraciones presidenciales de Roca.10 Con esa operación la oposición se vinculó a sus aliados de Buenos Aires y del resto de la república, y buscó demostrar su lugar en una tradición política nacional de larga data representada por el Partido de la Libertad fundado por Mitre y rebautizado Nacionalista en los años setenta. Como parte de ese acercamiento, delegados nacionalistas de la provincia participaron de la Convención Nacional organizada por ese partido para la elección de candidatos y suscribieron al programa levantado por el Consejo General Nacionalista en Buenos Aires que denunciaba la existencia de una liga de gobernadores y reclamaba "libertad de sufragio", declaraba "guerra sin cuartel contra la inmoralidad política y la corrupción administrativa", pedía la reducción del gasto público y disminución de la presión impositiva, y por último, defendía "la reducción del Ejército de Línea" y su reemplazo por otro tipo de organización de tipo miliciano que presentaba como "fundamento de la fuerza, de la libertad y de la independencia de una República".11

Por su parte, también el nuevo elenco dirigente tendió puentes con sectores afines en otras provincias, especialmente con el autonomismo porteño. En septiembre de 1878 este último convocó a una asamblea partidaria con la que buscaba unificar sus filas e impulsar la organización del partido, a través de la creación de una Comisión Nacional y una Provincial, a cargo de Domingo F. Sarmiento la primera y de Dardo Rocha y Antonino Cambaceres la segunda. En ese marco, emitió un manifiesto en el que se postulaba que de la organización federal del país se desprendía la necesidad de funcionamiento de "partidos nacionales, encargados de resolver las dificultades y los conflictos de la vida nacional".12 Como parte de esa iniciativa para establecer vínculos más directos y fluidos entre las dirigencias de Buenos Aires y las agrupaciones de las provincias, éstas comenzaron a ser definidas como representantes de aquellos a escala local, y, en alguna medida, como participantes necesarios en la selección de las candidaturas para los cargos nacionales. Por ese motivo, la Comisión Nacional envió una circular a las organizaciones de las provincias en la que les proponía organizarse bajo la dirección del autonomismo de Buenos Aires, y hacía con ese fin una declaración de propósitos a modo de programa. El autonomismo de Córdoba se hizo eco de esas iniciativas y presentó como elementos de su programa específico, que lo separaban de la oposición y lo unían al autonomismo porteño, el respeto a las autonomías locales, la aspiración al orden y a la paz y, especialmente, la condena a los partidos que defendieran la acción revolucionaria como una forma legítima de ejercicio de los derechos cívicos.13

En las postrimerías de la década del setenta se conjugaron de ese modo un conjunto de cambios que impactaron en la organización y funcionamiento de las agrupaciones provinciales. Por una parte, la llegada al poder del autonomismo redefinió las reglas de negociación y oposición, dejando atrás las prácticas de fusión como mecanismo de regulación de las relaciones entre los partidos. Por otro, las dirigencias provinciales participaron de las ambiciones de la clase política de Buenos Aires de vincular de manera más estrecha los distintos centros políticos del país que respondían a miras similares con el objetivo de comenzar a construir partidos nacionales. Estas evoluciones hicieron que la política local se moviera en gran medida al ritmo de la vida pública nacional en ese entonces marcada por los derroteros de la sucesión presidencial de 1880.

De la unidad de la "opinión pública"

La principal fuente de agitación política en la provincia en los años finales de la década de 1870 se vinculaba como era habitual con el calendario electoral. Córdoba debía elegir electores de gobernador en noviembre de 1879 y de presidente el año siguiente, y los partidos apelaron a diversas herramientas para proclamar el grado de adhesión de cada uno de ellos: editoriales en la prensa local y nacional, conferencias y disertaciones en asociaciones políticas y culturales, discursos y alegatos en la Legislatura y manifestaciones en las calles de la capital.14 Todas esas formas de intervención se condensaban en la figura de la "opinión pública", vara contra la cual los partidos medían tanto su propia legitimidad como la de sus adversarios. La importancia de ese pilar de la "opinión" resultó un elemento común en la retórica de los partidos, aunque la forma de entender ese juicio popular no fue la misma por parte de ellos.

La oposición de Córdoba se sumó a la pretensión del nacionalismo porteño de representar todos los intereses legítimos y acompañó su operación de definir la Conciliación como "reorganización del antiguo partido liberal".15 En tanto ese acuerdo había sido sellado entre un sector autonomista y los nacionalistas, estos últimos comenzaron a definirlo como un regreso al tronco común, como la reunificación del Partido de la Libertad dividido a comienzos de la década anterior.16 Esa autoidentificación como encarnación del "Partido Liberal", significaba desplazar a la parte del autonomismo que no se había sumado a la Conciliación del campo de lo legítimo. Estrategia que era denunciada por El Nacional cuando se preguntaba: "¿Qué les queda a sus adversarios, sino resignarse a ser lo que no es liberal, es decir, retrógrados, serviles, etc.?"17

El acuerdo interpartidario materializado en la Conciliación aparecía en la prensa opositora cordobesa como justificación de la capacidad de los candidatos conciliados de representar el conjunto de intereses políticos, mientras que las candidaturas autonomistas de Juárez Celman y Roca eran denunciadas como de carácter "puramente oficial y sin base alguna de opinión".18 En esos relatos la ilegitimidad del partido en el poder nacía de lo que se presentaba como una brecha entre "pueblo" y "gobierno", en la que éste burlaba la voluntad popular para imponer, gracias a su manejo de los recursos estatales, su continuidad en el poder.19

El nacionalismo buscó establecer además una identificación del nuevo elenco dirigente de la provincia con el "partido federal" para reforzar su posición en el terreno de lo ilegítimo, asociándolo tanto con el régimen rosista -que funcionaba en la época como arquetipo del despotismo-, como con los derrotados levantamientos en armas del federalismo durante los años sesenta. Para ello explotó la incorporación de algunos líderes federales a las filas autonomistas, que se había producido a comienzos de los años setenta, y definió un futuro triunfo de Roca y de Juárez como el "alzamiento del partido federal en todo el país" y por ello el principio del fin de las "instituciones y libertades", que asoció, a su vez, a la tradición del Partido de la Libertad.20

El autonomismo no desdeñó ese mote que le adjudicaban sus adversarios, pero no lo ligó sistemáticamente a identidades políticas que consideraba perimidas. Por el contrario, invocó otros usos en circulación del apelativo "federal", vinculándolo con la idea de una defensa de las autonomías provinciales. En esa dirección, denominó "federales" a los comités del Interior que estaban empezando a asociarse entre sí y con el autonomismo de Buenos Aires con vistas a construir un partido de alcance nacional y que sostenían "como bandera el respeto a las autonomías locales".21 La principal publicación de ese partido fue el matutino El Progreso,22 cuyo fundador y editor provenía originariamente del federalismo. Ese diario hizo especial hincapié en una continuidad entre el Partido Federal y el Autonomista y presentó la sanción de la Constitución, y su posterior aceptación por parte de Buenos Aires, como triunfo de ese partido sobre el Unitario.23

De todos modos, a diferencia de sus adversarios, el autonomismo no se presentó a sí mismo cómo único representante legítimo del pueblo. Este sector reconoció como un dato ineludible la falta de uniformidad de la "opinión pública" en función de las divergencias en materia política, y, de allí, la existencia de diferentes preferencias de candidatos tanto para las elecciones provinciales como nacionales.24 Tanto en El Progreso como en las comunicaciones públicas y privadas de sus dirigentes, ese partido afirmó que representaba un sector de la opinión que iba conquistando paulatinamente más y más adeptos, mientras que otros partidos, cuyas voces también eran legítimas, tenían derecho a expresar cuáles eran, a su criterio, las medidas y políticas que la provincia necesitaba para su desarrollo material e institucional.25

Que los autonomistas manifestaran que sus adversarios representaban intereses legítimos, no significa que no postularan un mayor grado de apoyo a su propio partido por parte de la ciudadanía, cuestión que resultaba ineludible en un sistema republicano en el que la legitimidad nacía necesariamente de la voluntad de una mayoría.26 Pero en lugar de presentar la "opinión pública" como una voz uniforme que expresaba la "voluntad general", la definieron como conjunto de opiniones políticas que eran necesariamente diversas:

Nuestras simpatías, son harto conocidas, el nombre que deseamos ver surjir del voto popular, no está aislado en un corazón, sino que tiene en la gran mayoría de la provincia, millares de ciudadanos que lo aclaman. Sin embargo, que cada uno siga con sus inspiraciones; que cada ciudadano pese concienzudamente el valor de cada uno de los elegidos para gobernar la Provincia; que todos piensen en la Patria, en su progreso, en su engrandecimiento, su gloria y juzguen cual es el que más méritos tiene contraidos, mas trabajos ejecutados, más probabilidades de hacerlo grande y feliz.27

En estas declaraciones, el sujeto soberano dejaba de ser evocado con la voz unificante de "pueblo", y se convocaba a cada ciudadano a votar en función de su opinión particular, deslizamiento que resulta significativo y que apuntaba también a desarmar las miradas uniformes sobre la ciudadanía que poblaban los discursos de la oposición.

En síntesis, los dos partidos provinciales proclamaron el lugar de la "opinión pública" como base de todo poder legítimo, pero lo hicieron sobre la base de fundamentos distintos. El nacionalismo apuntó a la consideración de un partido como única expresión de los intereses generales, concepción que sugería la falta de necesidad y de legitimidad de divisiones partidarias en la república. La retórica opositora descansó más fuertemente en una mirada unanimista de la política que se desprendía, a su juicio, de la unidad de propósitos dada por la Constitución que hacía prescindible la formación de partidos permanentes, en un sentido general, y, en un sentido particular, volvía ilegítimos a sus adversarios del momento.28

Por el contrario, el autonomismo no entendía que las opiniones políticas debieran necesariamente converger y proclamaba que bajo el gran manto del programa de la Constitución cabían proyectos políticos no enteramente coincidentes. Siguiendo ese razonamiento, la dirigencia del partido postulaba la existencia "de mayorías y minorías de opinión" en la política de la provincia que ejercían su actividad en todos los escenarios públicos y entre ellos, en el electoral.29 Tal vez su posición a la cabeza del poder provincial dictaba la necesidad de una retórica más políticamente tolerante que la que podía desplegarse en el ámbito de la prensa. Pero incluso en ésta, en que la oposición aparecía retratada de forma más crítica, el énfasis no estaba puesto preponderantemente en una alegada ilegitimidad.

En el marco de esas consideraciones el autonomismo afirmó que cabía a las oposiciones un lugar fundamental en la organización republicana como mecanismo de control al ejercicio del poder, pero condenó las formas en que sus adversarios ejercían esa prerrogativa. Por ese motivo, insistió en la necesidad de transformar los mecanismos de intervención política y de expresión de la oposición que se habían desarrollado en las décadas que siguieron a la unidad nacional, como se explora a continuación.

Del ejercicio de la oposición

En la experiencia política abierta con la Constitución de 1853 la libertad de controlar el poder y oponerse a los gobiernos se presentaron como pilares fundamentales del edificio republicano, pero a la vez como cuestiones sumamente problemáticas de plantear y resolver en el marco de las consideraciones sobre la unidad del cuerpo político referidas anteriormente. Dentro de esos límites, en la segunda mitad del XIX se imaginaron diferentes formas de conciliar el ejercicio de la libertad con el respeto de la autoridad, que se manifestaron repetidamente en el marco de debates más puntuales sobre el diseño electoral, la organización de las fuerzas militares, o los límites a la libertad de la prensa, entre otros.

Varios autores han explorado en las últimas décadas las miradas diversas que se dieron en la época respecto del gobierno limitado y han sugerido que se organizó entonces una postura fundada en controles externos, y otra en internos: la primera depositó en manos de los ciudadanos la función de fiscalización de los poderes para que estos no fueran ejercidos de modo arbitrario, mientras que la segunda encargó esa misión a la arquitectura institucional de separación de poderes creada por la Constitución y confió en un sistema de mutuo control entre partidos: el gobernante y el de oposición.30

En Córdoba, los partidos locales participaron de esas formas divergentes de entender esos límites y defendieron distintos balances entre poder y libertad, que se tradujeron en miradas contrapuestas sobre los mecanismos y herramientas aceptables para el ejercicio de la oposición. El nacionalismo proclamó la necesidad de resguardar la libertad a través de una labor activa del "pueblo", tanto en la arena electoral como a través de las publicaciones periódicas, el ejercicio del derecho de petición y la organización de movilizaciones. Este sector insistió en que la virtud cívica constituía el principal freno al despotismo, y defendió un esquema de funcionamiento político que no asignaba papel alguno en esta tarea a los partidos políticos.

En ese marco, defendió el rol de la prensa como uno de los principales canales de expresión del juicio popular, así como la legitimidad de la acción directa de la ciudadanía por medio de las armas en casos extremos de violación de derechos y libertades por parte de los gobiernos, posición que fue acompañada de un efectivo uso de esas herramientas de intervención pública. Por el contario, asignó un papel menor a la labor de los representantes opositores en la Legislatura, en la medida en que consideraba que la falta de libertad electoral recortaba el margen de acción en ese terreno.31

Frente a esa postura el autonomismo abogó por una arquitectura de funcionamiento político enteramente divergente, en la que el freno al despotismo se asegurara a través del control sobre el Ejecutivo por parte de los otros dos poderes. Siguiendo esos argumentos desautorizó y reprimió las prácticas de sus adversarios y las caracterizó como propias de un ejercicio "sistemado" del derecho de oposición.32 Entre ellas encontraba especialmente perniciosa su táctica de no dar quórum en las cámaras y luego desconocer la legalidad de las decisiones tomadas en minoría. La prensa autonomista denunció que, de esa manera, la oposición abandonaba el terreno que más legítimamente le correspondía y en el que tenía el deber de ejercer su censura contra los actos de gobierno que considerara errados o perniciosos, ya que en la Legislatura se encontraba el espacio establecido por la Constitución para que la oposición fiscalizara los actos de gobierno, ejerciendo su responsabilidad como representante del pueblo. También se hallaba allí la principal herramienta diseñada por la carta provincial para castigar los abusos gubernamentales: el procedimiento de juicio político que la Constitución de 1870 encargaba a las cámaras para juzgar a los miembros del Poder Ejecutivo, así como del Superior Tribunal de Justicia y demás Jueces Letrados por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus respectivas funciones.33

Para que efectivamente pudiera funcionar un esquema de esas características, el gobierno planteó la necesidad de repensar los criterios de representación para brindar mayor margen de expresión a las oposiciones en terreno legislativo, como sostenía el Gobernador del Viso en mayo de 1878:

Yo, que me inclino como debo, ante las mayorías populares, he mirado siempre con particular consideración á las minorías a pesar de su propension á ser mas agresivas en épocas de libertad... porque abrigo la creencia de que la verdadera libertad se ostenta menos dudosa en el ejercicio enérjico del derecho en estas, y profeso sobre su significación política las ideas que tienden á darles una representación más efectiva en los negocios públicos.

Esa propuesta de dar más participación a las minorías modificando los mecanismos por los cuales los legisladores opositores podían obtener bancas en las cámaras provinciales no podía realizarse en el marco de la ley de elecciones vigente, que resultaba para el gobernador "incompleta" y plagada de "defectos que ha patentizado la esperiencia".34

El autonomismo subrayó que la diversidad de intereses y de creencias políticas resultaba propia de todo sistema republicano, pero que para que esas discrepancias no derivaran continuamente en perturbaciones del orden, resultaba necesario que tuvieran un espacio institucional donde expresarse.35 Para reforzar estas posiciones El Progreso publicó una carta de Juan Bautista Alberdi a Gerónimo Cortés, senador nacional por Córdoba y distinguido constitucionalista de la provincia. En ella Alberdi se lamentaba del "empobrecimiento vergonzoso en que ha caído nuestro bello país, por la exajeración ridícula de la política guerrera usada fuera de tiempo en despedazar la verdadera espada del progreso moderno de América" y convocaba a realizar contra este nuevo tirano "un 25 de Mayo de otro jénero" civilizando la lucha partidaria. Los enfrentamientos políticos se encontraban, a su criterio, en la base de toda sociedad humana y constituía por ello mismo parte sustancial de la vida de los pueblos libres. De allí que, a su juicio, la solución para terminar con las dificultades derivadas de la construcción de un orden político no pudiera pasar por la supresión de la diversidad de opiniones ni por la negación del antagonismo, sino por su traslado a la arena parlamentaria:

en vez de ser lucha armada y sangrienta, que se llama la revolución o la guerra civil, es el debate parlamentario y pacífico, la lucha tenida en el terreno de la ley constitucional, que se denomina política parlamentaria, y que constituye el régimen y forma del gobierno libre.36

El problema de las formas de la política, especialmente en lo que hacía a los mecanismos de expresión de la oposición y tramitación de las disputas, estuvieron en el centro de muchas de las polémicas sostenidas durante el período en Córdoba, en el marco de debates de alcance nacional respecto de la necesidad de instaurar nuevas prácticas para canalizar la diversidad de opiniones, establecer mayores niveles de tolerancia política y regular la competencia por el poder. En la arena nacional, la solución propuesta por Avellaneda se había materializado en el acuerdo de la Conciliación, cuyos puntos fundamentales remitían, como ya se mencionó, a la elaboración de candidaturas consensuadas entre los partidos y a la incorporación de opositores a la administración. En Córdoba, la dirigencia autonomista se hizo eco de otras iniciativas que habían comenzado a circular en el país y consideró que una solución para ese problema podía encontrarse en el sistema de representación proporcional.

De la representación y los partidos

Tanto las nuevas miradas sobre el cuerpo político que el autonomismo buscaba introducir en el debate local, como su agenda a favor de un cambio en las prácticas de intervención política, apuntaban a revisar la concepción de la representación y el papel de los partidos en el sistema republicano. Con estas innovaciones, el partido no sólo se insertaba en debates que se estaban produciendo fuera del territorio provincial, sino que además procuraba minar en su base los argumentos nacionalistas que fundaban la legitimidad de la oposición en su carácter de única representante de un pueblo y una opinión.

Por esos motivos, el Gobernador exhortó a las cámaras a inaugurar un debate sobre los criterios de representación vigentes en la provincia, que debería enfrentar varias etapas. En primer lugar debía hacerse una reforma de la carta local que introdujera la representación proporcional, para poder, a continuación, impulsar la sanción de nuevas leyes electorales que permitieran que la Legislatura se volviera un espejo más preciso de la divergencia de opiniones presente en la arena pública local: Si algo resta para completar las prácticas de una democracia libre y ordenada, en cuanto lo permiten las instituciones adoptadas, será lo que en breve puede realizarse reformando la Constitución vigente; dar representación proporcional a las minorías en nuestros cuerpos deliberantes, á fin de estender el campo á sus medios legítimos de acción.

En esa misma dirección el Gobernador de Córdoba invitaba a las cámaras a repensar el papel de los partidos en la dinámica política. A ellos adjudicaba un rol en el desarrollo de una pedagogía política así como una contribución sustantiva a la consolidación de un orden constitucional:

los partidos son una consecuencia necesaria de las instituciones libres, bajo cuya égida, existe amplio derecho de pensar y de obrar, influyendo de un modo más directo, individual o colectivamente, en el gobierno de la sociedad; y porque de la ley de las mayorías, que es la base fundamental de la soberanía de los poderes constituidos, deriva lógicamente el gobierno de los partidos, pues que partidos son las mayorías triunfantes en las contiendas electorales, y partidos las minorías vencidas.37

También el ministro de Gobierno y candidato a suceder a del Viso, Miguel Juárez Celman, insistía en su mensaje a las cámaras sobre las deficiencias de la ley electoral e invitaba a reflexionar acerca del rol que los partidos debían desempeñar tanto en la promoción del progreso como en el desarrollo de esa educación política. El ministro apuntaba del mismo modo hacia un sistema de representación proporcional, para lo cual remitía a la autoridad de dos publicistas, John Stuart Mill y Frederick Grimke, sobre el gobierno representativo y el desarrollo de los partidos políticos:

La existencia de partidos en una República, ha observado Grimke, aunque sean ruidosos y clamorosos, no es por lo mismo una circunstancia que pueda verse como adversa a la paz y bien estar del estado. Más bien puede considerarse como una previsión especial y estraordinaria para promover los intereses y adelantar la intelijencia de la clase más numerosa de la sociedad...38

La dirigencia y la prensa autonomistas afirmaban que no debía temerse ni condenarse los efectos de las agrupaciones partidarias, sino que, por el contrario, debía estimularse el desarrollo de partidos fundados en esa diversidad de intereses y creencias, como expresaban con claridad las proclamas elaboradas por el Partido Autonomista porteño a las que habían suscrito:

La existencia de los partidos politicos es una necesidad en los paises libres, porque son ellos los llamados a servir de vanguardia a los Gobiernos regulares en la conquista de instituciones liberales que entrañan el progreso y la prosperidad de las Naciones. [...] El apoyo moral y material de los partidos politicos constituyen la major fuerza de los Gobiernos porque operando en las diversas esferas de la opinion la atrae en torno de los poderes publicos [para que su] politica se inspire en los altos intereses sociales."39

Esas agrupaciones, en las que del Viso reconocía a las que se disputaban el poder provincial (a diferencia de los meros "círculos personales" o "facciones"), podían desarrollarse en el futuro "ya sea sobre la base de nuestras discusiones actuales, o de otras nuevas, de más alto carácter", en las que el Gobernador circunscribía la diferencias de opiniones respecto de los mejores caminos para lograr algunas metas generales por todos anheladas: libertades y garantías efectivas, paz y progreso.40

Estas manifestaciones del gobierno autonomista dialogaban con debates sobre la necesidad de incorporar una representación de tipo proporcional que se estaban dando desde los años sesenta en Europa y Estados Unidos. Las obras a las que se refería Juárez habían sido traducidas y habían circulado en la Argentina desde fines de los cincuenta.41 Particularmente, los gobiernos de Bartolomé Mitre y Domingo F. Sarmiento habían dado un impulso decisivo a la circulación en el ámbito nacional de doctrina, historia constitucional y jurisprudencia norteamericana con el objetivo de incorporar las enseñanzas sobre el ejercicio práctico de la vida republicana que podía brindar el principal modelo disponible en la época. Durante sus presidencias se había adquirido, traducido y distribuido entre legisladores, funcionarios, universidades, bibliotecas y juzgados de distintas provincias los principales tratados de teoría política y constitucional norteamericana: El Federalista, las obras de James Kent, Joseph Story, George T. Curtis, George Paschal, Francis Lieber, Joel Tiffany, Frederick Grimke y John N. Pomeroy, así como el "Manual del ciudadano" de Joseph Alden.42

Más allá del impacto directo de los libros, la difusión de estas doctrinas en parte importante de la clase política fue alimentada por el establecimiento de las cátedras de Derecho Constitucional en las Universidades de Córdoba y Buenos aires en 1858 y 1868, respectivamente. Los comentarios sobre los postulados de esos autores producidos en el marco de aquellas cátedras se materializaron, por ejemplo, en las Lecciones de Derecho Constitucional de Florentino González que fueron publicadas en 1869 y luego en sucesivas ediciones, y que circularon por las provincias y por otros países de América Latina. González había sido el traductor de las obras de Mill, Lieber y Grimke, así como de las constituciones de varios estados de la Unión Americana, y había prestado especial atención a las consideraciones de estos tres autores en sus Lecciones. En ellas había examinado especialmente los postulados de Grimke para extraer enseñanzas sobre la capacidad de determinadas instituciones republicanas "para promover el progreso y felicidad de una comunidad política."43 Este autor norteamericano había sido de los primeros en defender la influencia saludable de los partidos para regular el conflicto político y administrar la competencia por el poder, subrayando el carácter popular de todas las agrupaciones de ese tipo que se desarrollaran en sociedades como la de los Estados Unidos, donde no existían clases que disfrutaran de privilegios de nacimiento.44

Esas doctrinas habían sido discutidas, además, en la Convención Constituyente de la provincia de Buenos Aires de 1870-1873, que había adoptado la representación de tipo proporcional en su artículo 49 y colocado la cuestión de las minorías en el debate político nacional.45 Esta disposición constitucional afirmaba que "la proporcionalidad de la representación, será la regla en todas las elecciones populares, a fin de dar a cada opinión un número de representantes proporcional al número de sus adherentes, según el sistema que para la aplicación de este principio determine la ley."46 El nuevo principio se reglamentó por la ley electoral de Buenos Aires de 1876 que adoptó a tal efecto el sistema diseñado por Jules Borely, que, entre los distintos mecanismos propuestos para asegurar la proporcionalidad, era el que más importancia otorgaba al desarrollo de los partidos en la representación política.47 Con su incorporación los constituyentes buscaban que la representación proporcional de las opiniones en la Legislatura se diera fundamentalmente a través de la labor de los partidos políticos que debían desarrollar con ese fin "electores disciplinados".48

Tanto en los tratados de doctrina norteamericana como en las discusiones que habían tenido lugar en el marco de la Convención de Buenos Aires se había expresado que la implantación de la proporcionalidad podía obedecer a la persecución de una variedad de objetivos: la incorporación de una "minoría ilustrada" en el ámbito legislativo, la civilización de la lucha política a través de su "pacificación", o a la voluntad de organizar una "representación social" o "por gremios" para dar expresión a lo que comenzaba a advertirse como la pluralidad de los intereses sociales.49

Una representación de ese tercer tipo, de corte sociológica, había sido defendida en los debates de la Convención por Vicente López, quien había afirmado en ese marco la inexistencia del "pueblo" como figura unívoca y la existencia de su lugar de distintas clases con intereses divergentes.50 En esa instancia, otro de los convencionales presente en el debate, Luis V. Varela, defendió también el criterio proporcional pero con otros fundamentos. Este jurista, que había traducido parte de la obra de Pomeroy, publicó en 1876 un estudio sobre todos los sistemas de representación proporcional en el que planteaba una perspectiva divergente a la de López. Varela defendía la "unidad" del pueblo soberano y planteaba que para que la representación conservara una "imagen" certera del pueblo, debía incorporar proporcionalmente todas las opiniones políticas que éste profesaba. Con este sistema no se procuraba, entonces, replicar en la arena legislativa las divisiones sociales, sino, por el contrario, "representar la unanimidad", recreando, a través de la representación, la unidad del cuerpo político:

Hay solo un pueblo único; dividido en opiniones distintas, pero que todas tienen el derecho de estar representadas en el cuerpo que ejerza la soberanía popular. Las proporciones en que cada una de estas opiniones debe estar representada, no pueden fijarse de antemano, por medio de una escala graduada, ó de una tabla de logaritmos. Es el número de sus adherentes el que la determina, viniendo así a formar el verdadero sistema representativo, la democracia practicada de una manera perfecta. El principio es sencillísimo: la representación política debe ser proporcional, da[n]do á cada opinión un número de representantes proporcionado al número de sus adherentes. Las mayorías tendrán más, las minorías tendrán menos, pero, todos los colores políticos de la opinión pública, tendrán voz y voto en la discusión y en la decisión de los actos que se ejerzan en nombre de la soberanía delegada.51

La propuesta del gobernador de Córdoba parece haber querido avanzar en esta última dirección, en el marco de la preocupación por disminuir los niveles de conflictividad política en la provincia, y no en función de nuevas miradas sobre los vínculos entre intereses sociales, representación y partidos. La dirigencia autonomista planteaba que la diversidad de opiniones no nacía de miradas contrapuestas sobre qué constituía el bien común, sino que radicaba en recetas distintas para lograr objetivos compartidos.

Este debate sobre la representación que buscaba impulsar en Córdoba la cúpula del autonomismo encontró algunos límites tempranamente. Sus propuestas no hallaron consenso en los miembros de la oposición provincial que acusaron al gobierno de colocar el problema, y su solución, en el terreno equivocado:

El Dr. Viso como si recién acabase de leer algunas páginas sobre las instituciones libres en Inglaterra o en Estados Unidos, diserta sobre los partidos. En esta parte se muestra doctrinario y doctrinario de buena ley. Cada partido debe inscribir en su bandera los principios por los que trabaja, piensa él, para que no degenere en partido personal (...) Más aunque los partidos formulasen sus programas en libros, nada avanzarían! Por inmejorables que sean las instituciones, por excelentes que sean los programas de los partidos, ¿qué se obtiene sin libertad electoral?

En este editorial, El Eco de Córdoba afirmaba que del Viso "deliraba" con el proyecto de representación proporcional, ya que el problema no derivaba de las instituciones políticas sino de los abusos inconstitucionales de los gobiernos. De esa manera, sólo tenía sentido plantear la posibilidad de incorporar un sistema proporcional de representación cuando estuviera asegurado el libre ejercicio del sufragio, que constituía la principal consigna defendida por la oposición. En esa dirección, el diario agregaba:

Stuart Mill ha escrito ingeniosas páginas sobre tan fecundo tema, pero habría renegado de sus doctrinas si hubiese sabido que con ellas no se puede llevar diputados a las Cámaras. Ignoramos, por fin, lo que ocurre en Bs As donde los falsos republicanos con el famoso "cuociente" escarnecen a la mayoría y sobre todo a la Constitución? No, el malestar político proviene, no de las instituciones vigentes, sino de su completo olvido por parte de los "gobernantes".52

En segundo lugar, más allá de los denunciados límites al ejercicio de la libertad electoral, la prensa opositora no consideraba un asunto urgente la incorporación proporcional de las minorías a los órganos legislativos, porque a su juicio no era un sector minoritario el que se encontraba excluido sino el pueblo todo, legítimamente representado por la oposición, que había sido alejado de los órganos de poder gracias al fraude y la violencia del autonomismo. Por estos motivos, llamaba a resistir la desmovilización política impulsada por el gobierno y reivindicaba la importancia de los ámbitos de intervención extraparlamentarios que defendía como principal arena de participación y control ciudadano: el de la prensa, las movilizaciones y las "revoluciones".

Aunque las propuestas del partido gobernante no se tradujeron en una nueva legislación electoral, en la lucha partidaria su retórica tendió a debilitar a la oposición.53 Este sector estaba articulando la defensa de su legitimidad, entre otras cosas, en las representaciones de un gobierno "divorciado" del pueblo. En la medida en que el autonomismo insistió en el reconocimiento de la diversidad de opiniones políticas que debían ser recogidas y representadas por los partidos, la oposición quedó reducida a ser representante de una parte de la ciudadanía. La distancia entre pueblo y gobierno desaparecía en este marco en que cada partido tenía un conjunto (más grande, más pequeño) de opiniones favorables y de adherentes, porque ya ninguno podía arrogarse la representación del conjunto de los ciudadanos. Por el contrario, la prensa oficialista aseguraba que todos los partidos resultaban populares, como sostenía Grimke, y que debían medir sus apoyos en las próximas elecciones.

Con este reconocimiento del legítimo lugar de los adversarios, la oposición aparecía en la retórica autonomista como el partido vencido. Y esta representación no se fundaba en que, a juicio del elenco gobernante, el nacionalismo no representara ningún interés legítimo. Por el contrario, la cuestión era definida por la "preponderancia legítima" que un partido obtenía sobre el otro de acuerdo al "sufragio popular".54 De este modo, los partidos políticos fueron los principales actores en la retórica que el autonomismo organizó de la lucha electoral, mientras que en aquella que presentaron sus oponentes, los contendientes resultaron, por el contrario, el pueblo contra el gobierno. En este esquema diseñado por la oposición, la política parlamentaria no podía estar llamada a desempeñar un papel crucial.

Tras estas controversias, los años ochenta se iniciaron con la victoria de Juárez en las elecciones de gobernador y de Roca en las de presidente, así como con la derrota de los levantamientos armados organizados por los conciliados contra esos resultados tanto en Córdoba como en Buenos Aires. De la mano de esas evoluciones, se inauguró el periodo de consolidación del poder autonomista de la provincia y su proyección a la arena nacional, así como una etapa de relajamiento de la conflictividad política. Las causas de esa desactivación han sido asociadas habitualmente con las nuevas formas de administración del poder que impuso el Partido Autonomista Nacional, así como con la desmovilización adoptada, tras su derrota en los alzamientos de 1880, por las fuerzas que se oponían a ese nuevo elenco dirigente.

En el marco de ese nuevo equilibrio de fuerzas en el que la oposición ya no constituía un reto de importancia, el partido gobernante de Córdoba no insistió en una reforma del sistema de representación y la reforma constitucional de 1883 no introdujo novedades al respecto. En la nueva dinámica política de los tempranos ochenta, el objetivo de "pacificación" partidaria -que había estado en el origen de las preocupaciones sobre el sistema electoral-, pudo ser logrado por otros caminos que no implicaron dar mayor representación a las minorías. El partido gobernante acrecentó la marginación del nacionalismo de los espacios de poder y debió enfrentar, por el contrario, desafíos más importantes dentro de las filas oficialistas de la mano de la nueva dinámica de competencia que caracterizó al Partido Autonomista Nacional y que afectó decisivamente la política de las provincias.55

Reflexiones finales

El objetivo de este trabajo fue examinar el problema de la conflictividad política en las postrimerías de los años setenta del XIX desde un aspecto medular de esa cuestión: la mirada sobre el adversario político. En la esfera nacional y en la provincial se expresaron diversas posiciones al respecto, que encontraron su corolario en la consideración del lugar de los partidos políticos en el sistema republicano.

Una de las concepciones que circuló durante el periodo postulaba el carácter innecesario de las divisiones partidarias dada la unidad de creencias políticas que emanaba de la Constitución, y negó en ese marco toda legitimidad a la figura del adversario. Otra de las posiciones difundidas reconoció como un dato de la realidad política nacional la existencia de diferentes partidos y se propuso domesticar sus contiendas amalgamándolos sobre la base de acuerdos como la Conciliación. Una tercera reconoció también la legitimidad de las diferentes opiniones, pero fue un paso más allá postulando la necesidad de que esas diferencias se expresaran en terreno parlamentario a través del fortalecimiento de los partidos políticos. En esa dirección, sostuvo que una mayor representación de las oposiciones resultaría ventajosa tanto para el funcionamiento republicano como para el desarrollo de la civilidad.

Esas miradas no se tradujeron en conceptualizaciones esquemáticas y cerradas, ni se recortaron sobre límites partidarios, al menos en la política nacional. Sin embargo, los partidos de Córdoba optaron por posicionarse en los dos extremos de ese espectro y utilizaron esas diferencias en el marco mayor de sus contiendas políticas y electorales. La oposición constituida principalmente por quienes se identificaban como liberales nacionalistas, que se sumaron a la Conciliación, se presentó en el marco de esas controversias como único representante de los intereses generales y negó toda legitimidad al autonomismo. Para ello estableció un sistema de equivalencias entre los conceptos de "pueblo", "opinión pública" y "oposición".

Por el contario, el partido gobernante no optó por identificarse insistentemente como el único representante del "pueblo". Impugnó la retórica opositora desarmando esas equivalencias entre un partido y el conjunto de los intereses legítimos, y reconoció un lugar a las oposiciones. Al mismo tiempo, condenó y reprimió algunos mecanismos de acción privilegiados por sus adversarios -especialmente el recurso a las armas que aquellos defendieron y llevaron a la práctica para derrocar gobiernos que consideraban sin base popular- y los convocó en cambio a ejercer el derecho de oposición en terreno parlamentario. Instó para ello a inaugurar un debate respecto del lugar de los partidos y de los mecanismos de representación, como medio para disminuir el nivel de conflictividad política en la provincia.

Los objetivos de "pacificación" de la acción política y la derrota de sus adversarios fueron presentados en la retórica autonomista como las dos caras de un mismo proceso, consideración que se vinculaba con las formas de expresión de oposición que cada partido defendió. Los conciliados aparecían en los relatos del oficialismo encarnando la política "guerrera", donde se combinaban prácticas de oposición "pasional" en la arena parlamentaria, la reivindicación de la revolución como forma legítima de acción política, y un tipo de periodismo que era su corolario y que el autonomismo denominó "prensa de barricada".56 El partido gobernante arremetió contra esos elementos, a los que consideró como un estilo obsoleto de intervención y estableció una diferenciación entre la oposición "sistemada" y la que ejerce un control "correctivo" en el gobierno a través de la labor legislativa, con lo que persiguió el doble objetivo de triunfar sobre sus adversarios y de definir cuáles eran, a su criterio, los límites de un ejercicio político aceptable.

Por último, aunque esos postulados del autonomismo sobre el papel de los partidos en el funcionamiento republicano no se tradujeron en el periodo en nuevas reglamentaciones electorales, tuvieron efectos políticos muy concretos en los modos de gestionar la competencia por el poder. Más allá de que las propuestas respondieran en dosis mayores o menores a convicciones compartidas o al mero cálculo político, circunscribieron efectivamente el espacio de maniobra de los opositores, quienes se vieron en la necesidad de colocarse en una posición contraria a propuestas que, en principio, podrían haberle ofrecido mayor margen de acción a su partido. En un sentido más general, alimentaron los debates que comenzaron a darse en la época sobre la representación de las minorías -que en las décadas siguientes fue incorporada por varias provincias a sus constituciones-,57 y sobre las transformaciones que ese cambio en el régimen representativo podía provocar en las formas de tramitar el disenso y la oposición política.

Notas

1 Universidad de Buenos Aires / CONICET: Programa de Estudios de Historia Económica y Social Americana (PEHESA), Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani". Miembro del Proyecto UBACYT: "Estado, política y ciudadanía en la Argentina de la segunda mitad del siglo XIX. Prácticas y representaciones". Directora: Dra. Hilda Sabato.

2 Paula Alonso, "´En la primavera de la historia´. El discurso político del roquismo de los años ochenta a través de su prensa", en Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana ´Dr. Emilio Ravignani´, núm. 15, Buenos Aires, 1997, pp. 35-71;         [ Links ] Jardines secretos, legitimaciones públicas. El Partido Autonomista Nacional y la política argentina de fines del siglo XIX, Buenos Aires, Edhasa, 2010;         [ Links ] y Marcela Ternavasio, "Liberalismo y ensayos políticos en el siglo XIX argentino", en Iván Jaksic y Eduardo Posada Carbó, Liberalismo y poder. Latinoamérica en el siglo XIX, Santiago de Chile, Fondo de Cultura Económica, 2011, pp. 279-319;         [ Links ] Natalio Botana, El Orden Conservador. La política argentina entre 1880 y 1916, Buenos Aires, Sudamericana, 1998,         [ Links ] y "Las trasformaciones del credo constitucional", en Estudios Sociales, núm. 11, 1996, pp. 23-48;         [ Links ] Beatriz Bragoni y Eduardo Míguez (coords.), Un nuevo orden político. Provincias y Estado Nacional, 1852-1880, Buenos Aires, Biblos, 2010;         [ Links ] Ezequiel Gallo, "Liberalismo, centralismo y federalismo. Alberdi y Alem en el 80", en Investigaciones y Ensayos, núm. 45, 1995, pp. 373-387;         [ Links ] Tulio Halperín Donghi, Proyecto y Construcción de una nación (1846-1880), Buenos Aires, Ariel, 1995;         [ Links ] Hilda Sabato, Buenos aires en armas. La revolución de 1880, Buenos Aires, Siglo XXI, 2008, entre otros.         [ Links ]

3 Noemí Goldman, "Legitimidad y deliberación: el concepto de opinión pública en Iberoamérica, 1750-1850", en Jahrbuch für Geschichte Lateinamerikas, Vol. 45, Colonia, Weimar y Viena, 2008, pp. 221-243;         [ Links ] Alberto Lettieri, La República de la Opinión. Política y opinión pública en Buenos Aires entre 1852 y 1862, Buenos Aires, Biblos, 1999;         [ Links ] Jorge Myers, Orden y virtud. El discurso republicano en el régimen rosista, Bernal, Universidad Nacional de Quilmes, 1995;         [ Links ] Elías J. Palti, El tiempo de la política. El siglo XIX reconsiderado, Buenos Aires, Siglo XXI, 2007;         [ Links ] Hilda Sabato, "El pueblo ´uno e indivisible´. Prácticas políticas del liberalismo porteño", en Lilia Ana Bertoni y Luciano de Privitellio (comps.), Conflictos en democracia. La vida política argentina entre dos siglos, Buenos Aires, Siglo XXI, 2009, pp. 25-44.         [ Links ]

4 Elías J. Palti, El tiempo de la política..., cit., pp. 204-232. Sobre los cambios en las agrupaciones políticas y las formas de plantear la representación en el mundo occidental: Terence Ball, "Party", en Terence Ball et al. (comps.), Political Innovation and Conceptual Change, Cambridge, Cambridge University Press, 1995, pp. 155-176;         [ Links ] François-Xavier Guerra, "The Spanish-American Tradition of Representation and its European Roots", en Journal of Latin American Studies, Vol. 26, núm. 1, 1994, pp. 1-35;         [ Links ] Jenifer Hart, Proportional Representation. Critics of the British Electoral System, 1820-1945, Oxford, Clarendon Press, 1992;         [ Links ] Richard Hofstadter, The Idea of a Party System. The Rise of Legitimate Opposition in the United State, 1780-1840, Berkeley, University of California Press, 1969;         [ Links ] Bernard Manin, The Principles of Representative Government, Cambridge, Cambridge University Press, 1997;         [ Links ] Hanna Pitkin, Representation, Nueva York, Atherton Press, 1969.         [ Links ]

5 Elías J. Palti, El tiempo de la política..., pp. 226-229. Tras esas transformaciones, en las décadas siguientes se desarrollaron consideraciones diversas sobre el papel de los partidos: mientras algunos los entendieron como representantes de sectores sociales, hubo quienes defendieron su papel en el sistema político pero no los asociaron a la representación de intereses, mientras que otros postularon la necesidad de una representación de tipo social pero no en el marco de organizaciones partidarias. La literatura sobre partidos y representación entre la sanción de la Constitución Nacional y el Centenario es muy extensa. Se detallan a continuación los aportes que han resultado particularmente iluminadores para este trabajo: Paula Alonso, Entre la revolución y las urnas. Los orígenes de la Unión Cívica Radical y la política argentina en los años noventa, Buenos Aires, Sudamericana, 2000;         [ Links ] de la misma autora, Jardines secretos, legitimaciones públicas..., cit.; Natalio Botana, El orden conservador..., cit.; y "El arco republicano del Primer Centenario: regeneracionistas y reformistas, 1910-1930", en José Nun (comp.), Debates de Mayo. Nación, cultura y política, Buenos Aires, Gedisa, 2005, pp. 119-136;         [ Links ] Martín Castro, El ocaso de la república oligárquica. Poder, política y reforma electoral, 1898-1912, Buenos Aires, Edhasa, 2012;         [ Links ] Luciano De Privitellio, "Partidos políticos", en Francis Korn y Miguel de Asúa, Errores eruditos y otras consideraciones, Buenos Aires, Instituto de Investigaciones Sociales de la Academia Nacional de Ciencias, 2004, pp. 108-117;         [ Links ] Fernando Devoto, "De nuevo el acontecimiento: Roque Sáenz Peña, la reforma electoral y el movimiento político de 1912", Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana ´Dr. Emilio Ravignani´, núm. 14, Buenos Aires, 1996, pp. 93-113;         [ Links ] Tulio Halperín Donghi, Proyecto y Construcción..., cit.; Carlos Malamud, Legitimidad, representación y alternancia en España y América Latina: las reformas electorales (1880-1930), México, El Colegio de México-Fondo de Cultura Económica, 2000;         [ Links ] Carlos Melo, Los partidos políticos argentinos, Córdoba, Universidad Nacional de Córdoba, 1943;         [ Links ] Jorge Myers, "La ciencia política argentina y la cuestión de los partidos políticos: discusiones en la Revista Argentina de Ciencias Políticas (1904-1916)", en Darío Roldán (comp.), Crear la democracia. La Revista Argentina de Ciencias Políticas y el debate en torno de la República Verdadera, Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 2006, pp. 103-135;         [ Links ] Ana Virginia Persello, "Acerca de los partidos políticos, 1890-1943", en Anuario IEHS, núm. 15, Instituto de Estudios Histórico-Sociales, Universidad del Centro de la Provincia de Buenos Aires, 2000, pp. 239-266,         [ Links ] y Luciano de Privitellio, "La Reforma y las reformas: la cuestión electoral en el Congreso (1912-1930)", en Lilia Ana Bertoni y Luciano de Privitellio (comps.), Conflictos en democracia..., cit., pp. 89-121;         [ Links ] Hilda Sabato, La política en las calles. Entre el voto y la movilización. Buenos Aires, 1862-1880, Buenos Aires, Sudamericana, 1998.         [ Links ]

6 Sobre el impacto de la Conciliación en los escenarios provinciales: Laura Cucchi y María José Navajas, "Garantizar el orden: debates sobre el derecho de revolución y el federalismo en el Congreso Nacional durante la intervención a Corrientes de 1878", en PolHis. Boletín Bibliográfico Electrónico, Nº 11, 2013, pp. 57-69;         [ Links ] María José Navajas, "La conciliación de los partidos en Tucumán: acuerdos y conflictos en la formación del sistema político nacional", ponencia presentada en las Jornadas de Historia Política "De la periferia al centro", Mendoza, 3, 4 y 5 de julio de 2008;         [ Links ] Gustavo Paz, "Años turbulentos. Política provincial e instituciones nacionales, Jujuy 1875-1880", en Beatriz Bragoni y Eduardo Míguez (coords.) Un nuevo orden..., cit., pp.159-179.         [ Links ]

7 Nicolás Avellaneda, Escritos y Discursos. Tomo XI, Buenos Aires, Compañía Sudamericana de Billetes de Banco, 1910.

8 Los dos partidos liberales de la provincia, el nacionalista y el autonomista, habían sido creados a principios de la década de 1860. Constituían organizaciones laxas que agrupaban grupos de hombres con intereses y creencias políticas compartidas, aunque a finales de la década de 1870 se fueron estableciendo límites más precisos entre ellos.

9 Sobre la política de Córdoba en los años setenta, véase especialmente: Liliana Chaves, Tradiciones y rupturas de la élite política cordobesa (1870-1880). La clave conservadora de la modernización política, Córdoba, Ferreyra Editor, 1997.         [ Links ]

10 En efecto, el partido gobernante de Córdoba desempeñó en esos años un importante rol en la articulación de la denominada "Liga de los Gobernadores"; una red de apoyo de varias dirigencias del Interior a la candidatura de Roca.

11 La Carcajada, 20 de julio de 1879; Santiago Díaz a Martín de Gainza, Córdoba 14 de julio de 1879, Archivo General de la Nación (en adelante, AGN), Fondo Museo Histórico Nacional (en adelante FMHN), documento 8994; J.A. García a Guillermo Rawson, Buenos Aires, 5 de noviembre de 1879, AGN, FMHN, documento 8936. Sobre los debates en esta época acerca de las características de las fuerzas militares y sus vínculos con las disputas políticas, ver: Hilda Sabato, Buenos Aires en armas..., cit.

12 Alberto Lettieri, La República de las Instituciones. Proyecto, desarrollo y crisis del régimen político liberal en la Argentina en tiempos de la organización nacional (1852-1880), Buenos Aires, Prometeo, 2008, p. 162.         [ Links ]

13 El Progreso, 11 y 19 de julio y 2 de agosto de 1879; 24 de julio de 1879. Antonio del Viso a Julio A. Roca, Córdoba, 24 de julio de 1878, AGN, Fondo Documental Julio A. Roca (en adelante FDJR), legajo 1233.

14 Liliana Chaves, Tradiciones y rupturas..., cit.; Laura Cucchi, "Desacuerdo y oposición política en Córdoba a fines de la década de 1870", en Estudios Sociales, núm. 42, Santa Fe, 2012, pp. 57-90.

15 El Eco de Córdoba, 16 y 24 de octubre de 1879. Sobre las posiciones del nacionalismo porteño: "Acta de las comisiones de los partidos Nacionalista y Autonomista reunidas para designar candidatos a Presidente y a Vicepresidente de la República", AGN, FMHN, documento 8968; Hilda Sabato, La política en las calles..., cit., p. 18.

16 Carlos Heras, "Presidencia de Avellaneda", en Academia Nacional de la Historia, Historia Argentina contemporánea, 1862-1930 Vol. 1, Buenos Aires, p. 173.         [ Links ]

17 Reproducido en El Progreso, 26 de septiembre de 1878. Sobre las denominaciones "liberal" y "liberales" en la época, ver: Tulio Halperín Donghi, Proyecto y construcción..., cit.; Hilda Sabato, "El pueblo ´uno e indivisible´...", cit.. Sobre el pensamiento liberal en la Argentina: Natalio Botana, La Tradición Republicana. Alberdi, Sarmiento y las ideas políticas de su tiempo, Buenos Aires, Sudamericana, 1984;         [ Links ] Tulio Halperín Donghi, "Liberalismo argentino y liberalismo mexicano: dos destinos divergentes", en El espejo de la historia, problemas argentinos y perspectivas latinoamericanas, Buenos Aires, Sudamericana, 1987, pp. 141-166;         [ Links ] Darío Roldán (coord.), "La question libérale en Argentine au XIXème siècle. Enjeux et perspectives", en Amérique Latine Histoire et Mémoire. Les Cahiers ALHIM, núm.11, 2005;         [ Links ] José Luis Romero, Las ideas políticas en Argentina, Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 1975;         [ Links ]

18 El Eco de Córdoba, 24 de octubre de 1879. Véase además: La Carcajada, 1 de enero de 1880. El Eco de Córdoba fue fundado en 1862 por Ignacio Vélez y se publicó hasta 1886, participando de su redacción Luis Vélez, hermano del fundador y eminente político y académico local. Aunque, según sus directores, el propósito principal del diario era la difusión de los principios católicos, su redacción se mantuvo abierta a la colaboración de autores liberales en materia religiosa. Durante el primer gobierno autonomista (1877-1880), El Eco se convirtió en una firme voz opositora, en función del posicionamiento político de sus directores, y de los crecientes conflictos que se produjeron entre las autoridades civiles y eclesiásticas por las iniciativas laicistas que promovió el Poder Ejecutivo. En las filas opositoras militó también Armengol Tercera, dueño del periódico jocoserio La Carcajada, fuertemente crítico del gobierno autonomista. Fundado en 1871, se editó hasta fin de siglo regularmente, y luego de manera más esporádica hasta 1905.

19 La Carcajada, 16 de noviembre de 1879; El Pueblo Libre, 6 de junio de 1879, Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba- Cámara del Crimen de la ciudad Capital (en adelante AHC-CCC), legajo 1879- 406-3; La Nación, 16 de noviembre de 1879.

20 La Carcajada, 27 de abril de 1879 y 4 de agosto de 1878; La Nación, 2 de enero de 1880, Santiago Díaz a Martín de Gainza, Córdoba, 14 de julio de 1879, AGN, FMHN, documento 8994; Luis Vélez a Carlos Salas, Córdoba, 24 de diciembre de 1878, AGN, FMHN, documento 8920.

21 Antonio del Viso a Julio A. Roca, Córdoba, 24 de julio de 1878, AGN, FDJR, legajo 1233; y El Progreso, 19 de febrero de 1878. Sobre los usos del apelativo "federal" en esos años, véase: María José Navajas, "Las identidades políticas en la retórica de la prensa tucumana, 1880-1887", en Travesía, núm. 12, 2010,         [ Links ] donde la autora llama la atención respecto de los diferentes empleos del vocablo en los discursos de la época, e indica que en algunas ocasiones remitía a las identidades políticas forjadas tras la independencia, y, en otros, a una idea de lo federal como principio constitucional de gobierno.

22 Creado por Ramón Gil Navarro en 1867, se editó hasta su muerte en 1884. A fines de los setenta contaba con alrededor de 500 suscriptores y recibía subvención del gobierno. Participaron de su redacción jóvenes universitarios que en esos años se vincularon al autonomismo. Este diario se presentaba como la voz "liberal" de Córdoba, llamada a polemizar con el "fanatismo religioso" de El Eco.

23 El Progreso, 10 de abril de 1878.

24 El Progreso, s/f, AHC-CCC, legajo 1879-406-12.

25 Ver El Progreso, 11 y 19/7 y 2 de agosto de 1879; 24 de julio de 1879. Antonio del Viso a Julio A. Roca, Córdoba, 24 de julio de 1878, AGN, FDJR, legajo 1233.

26 Richard Hofstadter, The Idea of a Party System..., cit., p. 83.

27 El Progreso, 16 de noviembre de 1879, destacado en el original. Véase además: El Progreso, 16 y 24 de julio de 1879; 10 de agosto de 1879.

28 En una línea argumentativa muy similar a la expresada en esos mismos años por el liberalismo porteño. Véase Hilda Sabato, "El pueblo ´uno e indivisible´..., cit.

29 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas de 1878. Córdoba, mayo 16 de 1878", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los gobernadores de Córdoba a la legislatura. Tomo III: 1871-1885, Córdoba, Centro de Estudios Históricos, 1997, p. 104.         [ Links ]

30 Paula Alonso y Marcela Ternavasio, "Liberalismo y ensayos políticos...", cit.; Natalio Botana, La Tradición Republicana... , cit.; Ezequiel Gallo, Liberalismo, centralismo y federalismo... cit.

31 Miguel A. Angulo y García, Homoousios, o consubstancialidad cordobesa. Entre el editor de una publicación i el autor. Sancionada en la lei de imprenta de 1879 por los tiranuelos Antonio del Viso i Miguel Juárez Celman, Córdoba, 1883. Véase, además: El Eco de Córdoba, 12 de junio y 4 de noviembre de 1879; La Carcajada, 19 de octubre de 1879, entre otros.

32 Laura Cucchi y María José Navajas, "Un actor ´incómodo´: prensa política en Córdoba y Tucumán a fines de la década de 1870. Discursos, prácticas y representaciones", Secuencia, núm. 82, 2012, pp. 41-71;         [ Links ] Laura Cucchi, "Desacuerdo y oposición política...", cit.

33 El Progreso, 30 de noviembre y 13 de diciembre de 1877; 5 de abril de 1878; El Porvenir de la Juventud, reproducido en El Progreso, 8 de diciembre de 1877. Las bases del procedimiento de Juicio Político en Carlos R. Melo, Constituciones de la Provincia de Córdoba, Córdoba, Universidad Nacional de Córdoba, 1950, pp. 188-190.         [ Links ]

34 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas de 1878. Córdoba, mayo 16 de 1878", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los gobernadores..., p. 96.

35 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas de 1879. Córdoba, junio 6 de 1879", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los Gobernadores de Córdoba a la Legislatura..., pp. 103-104.

36 Reproducido en El Progreso, 26 de abril de 1878, destacado en el original.

37 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas de 1879. Córdoba, junio 6 de 1879", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los Gobernadores de Córdoba a la Legislatura..., cit., p. 104.

38 Ministerio de Gobierno de Córdoba, Memoria presentada a la Honorable Legislatura de la Provincia de Córdoba por el Ministro de Gobierno, Dr. D. Juárez Celman, Abril 1° de 1878, Córdoba, Imprenta El Eco de Córdoba, 1878, pp. 48-49.

39 "Otra Proclama", AGN, Fondo Documental Dardo Rocha, legajo 2923.

40 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas de 1879. Córdoba, junio 6 de 1879", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los Gobernadores de Córdoba a la Legislatura..., cit., pp. 103-104.

41 Considerations upon the Nature and Tendency of Free Institutions, publicado por Grimke en 1848, había sido parcialmente traducida y publicada por Lucio V. Mansilla en Paraná durante 1859, con el título de Consideraciones sobre la Naturaleza y Tendencia de las Instituciones Liberales. Tuvo luego una segunda traducción completa de Florentino González, editada en París en 1871 con el título modificado de Naturaleza y Tendencia de las Instituciones Libres. González también había traducido Considerations on Representative Government de John Stuart Mill, publicada en Valparaíso en 1865. Sobre la difusión de la obra de Grimke en el país, ver: César A. García Belsunce, "Frederick Grimke y la Argentina", en Investigaciones y Ensayos, núm. 58, Buenos Aires, 2009, pp. 217-236.         [ Links ] Los dos autores abogaban no sólo por el sistema de tipo proporcional sino por la ampliación del voto con la incorporación del sufragio femenino.

42 Domingo F. Sarmiento, Mensaje del Presidente de la República al abrir las sesiones del Congreso Argentino. Mayo de 1874, Buenos Aires, Imprenta de La Tribuna, 1874; Eduardo Zimmermann, "The Education of Lawyers and Judges in Argentina´s Organización Nacional", en Eduardo Zimmermann (ed.), Judicial Institutions in Nineteenth Century Latin America, Londres, ILAS, 1999, pp. 104-123;         [ Links ] Ricardo Zorraquín Becú, "La recepción de los derechos extranjeros en la Argentina durante el siglo XIX", en Revista de Historia del Derecho, Vol. 4, 1976, pp. 325-362.         [ Links ]

43 Florentino González, "Introducción", en Federico Grimke, Naturaleza y Tendencia..., cit., Tomo I, pp. 3-4.

44 "Considerations upon the Nature and Tendency of Free Institutions by Frederick Grimke", en The North American Review, Vol. 69, núm. 145, 1849, p. 458.

45 Liliana Chaves, Sufragio y representación política bajo el régimen oligárquico en Córdoba, 1890-1912. Las élites y el debate sobre las instituciones de la igualdad y el pluralismo político. Córdoba, Ferreyra Editor, 2005, p. 47;         [ Links ] Carlos Heras, "Presidencia de Avellaneda...", cit., p. 159; Hilda Sabato, La política en las calles..., cit., pp. 164-166.

46 Argentina. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Textos constitucionales de Buenos Aires, La Plata, 1983, p. 89

47 Manuel Montes de Oca, Lecciones de Derecho Constitucional. Tomo II, Buenos Aires, Imp. y Litografía La Buenos Aires, 1902-1903, p. 65-66.

48 Luis V. Varela, Plan de reformas a la Constitución de Buenos Aires. Tomo I, La Plata, Taller de Impresiones Oficiales, 1907, p. 187.

49 Jenifer Hart, Proportional Representation..., cit., pp. 1-3; Manuel Montes de Oca, Lecciones de Derecho Constitucional..., cit., pp. 56-69; Erika Pani, "En busca de la ´democracia real´: el debate sobre la representación política durante el último tercio del siglo XIX", en Primas. Revista de historia intelectual, núm. 4, Bernal, 2000, pp. 21-46.         [ Links ] Raffaele Romanelli, "Sistemas electorales y estructuras sociales. El siglo XIX europeo", en Salvador Forner (coord.), Democracia, elecciones y modernización en Europa, siglos XIX y XX, Madrid, Cátedra, 1997, pp. 23-46.         [ Links ]

50 Dardo Pérez Guilhou, "Ideas políticas de V. F. López en la Convención Constituyente provincial de 1870-1873", en AA. VV, Enrique M. Barba in memoriam: estudios de historia, Buenos Aires, Academia Nacional de la Historia, 1994;         [ Links ] Hilda Sabato, La política en las calles..., pp. 164-166.

51 Luis V. Varela, La Democracia práctica. Estudio sobre todos los sistemas electorales propuestos para dar representación proporcional a las mayorías y minorías, Paris, Librería de A. Bouret e Hijo, 1876, pp. 30-33, destacado en el original.

52 El Eco de Córdoba, 12 de junio de 1879; citado parcialmente en Liliana Chaves, Tradiciones y rupturas..., p. 57.

53 Para modificar la base del sistema electoral en la provincia, era necesaria una reforma constitucional que no podía efectuarse sino hasta una vez culminado el mandato de Antonio del Viso, en 1880. Carlos Melo, Constituciones de la Provincia de Córdoba..., cit., pp. 200-201.

54 "Mensage del Gobernador de la Provincia al abrir las sesiones legislativas en mayo de 1880. Córdoba, mayo 14 de 1880", en Ana Inés Ferreyra (ed.), Mensajes de los Gobernadores de Córdoba a la Legislatura..., p. 126; El Progreso, 16 de noviembre de 1879.

55 Paula Alonso, Jardines secretos, legitimaciones públicas...cit.

56 He explorado este punto en: Laura Cucchi, "Prensa política y libertad de expresión en la provincia de Córdoba en la segunda mitad del siglo XIX: la sanción de la ley de imprenta de 1879". Aceptado para su publicación en Revista de Indias, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas.         [ Links ]

57 Se trató de las provincias de Mendoza, Salta, Corrientes y Entre Ríos.