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Trabajo y sociedad

versión On-line ISSN 1514-6871

Trab. soc.  no.32 Santiago del Estero jun. 2019

 

DOSSIER

De lo personal a lo colectivo. Las demandas de justicia de la Asociación civil Madres del Dolor de la Ciudad de Buenos Aires.

From personal to collective. Demands of justice of the Civil Association Mothers of Pain the City of Buenos Aires.

Do pessoal ao coletivo. As exigências de justiça da Associação Mães de Dor da Cidade de Buenos Aires.

Rosana SANTAMARÍA* 

* Magíster en Antropología Social (UNSAM/IDES). Docente de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias Sociales, cátedra Análisis de la sociedad argentina. Correo: rsantamaria@arnet.com.ar

RESUMEN

Desde la restauración de la democracia en 1983 y con mayor fuerza en las dos décadas recientes, la palabra impunidad se ha tornado de uso corriente en la Argentina para designar delitos que no han sido debidamente juzgados y eventualmente castigados por las instancias judiciales correspondientes. Desde la sociedad civil, esta situación dio origen al surgimiento de diversas asociaciones de familiares de víctimas de hechos violentos, las que, a través de diferentes prácticas de acción colectiva, instalaron en el espacio público sus críticas y protestas por lo que consideraban malos desenvolvimientos de instituciones formalmente encargadas de preservar la seguridad pública e impartir justicia. Se trata de asociaciones que desenvuelven sus acciones en un contexto general en el cual la legitimidad y la confianza en las instituciones públicas está fuertemente cuestionada, situación que, probablemente, ha favorecido y estimulado sus iniciativas y reconocimiento en el espacio público. En este texto nuestro objeto de análisis es la conformación y dinámica de la Asociación civil Madres del Dolor de la Ciudad de Buenos Aires poniendo en el centro de atención el proceso por el cual la búsqueda individual de justicia se transformó en acciones colectivas orgánicamente organizadas.

Palabras clave: Asociación civil Madres del Dolor de la Ciudad de Buenos Aires; acción colectiva; sistema jurídico

ABSTRACT

Since the restoration of democracy in 1983 and with greater force in the last two decades, the word impunity has become of current use in Argentina to designate crimes that have not been duly tried and eventually punished by the corresponding judicial instances. From civil society,

Magíster en Antropología Social (UNSAM/IDES). Docente de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias Sociales, cátedra Análisis de la sociedad argentina. Correo: rsantamaria@arnet.com.ar this situation led to the emergence of various associations of relatives of victims of violent acts, who, through different practices of collective action, installed in the public space their criticisms and protests for what they considered bad developments of institutions formally charged with preserving public safety and providing justice. These are associations that develop their actions in a general context in which legitimacy and trust in public institutions is strongly questioned, a situation that has probably favored and stimulated their initiatives and recognition in the public space. In this text, our object of analysis is the conformation and dynamics of the Civil Association Mothers of Pain of the City of Buenos Aires, placing in the focus of attention the process by which the individual search for justice was transformed into organically organized collective actions.

Keywords: Mothers of Pain Association - collective action - legal system

RESUMO

Desde a restaurando da democracia em 1983 e mais fortemente nas últimas duas décadas, a palavra impunidade tornou-se comumente usado na Argentina para designar crimes que nao foram devidamente julgados e eventualmente punidos pelos tribunais competentes. Da sociedade civil, esta situando deu origem ao surgimento de várias associanoes de familias das vítimas de actos violentos, que, através de diferentes práticas de anao coletiva, instalados em espanos públicos suas criticas e protesto contra o que consideravam maus desdobramentos de instituinoes formalmente encarregadas de preservar a seguranna pública e prover justina. Sao associanoes que desenvolvem suas anoes em um contexto geral em que a legitimidade e a confianna nas instituinoes públicas sao fortemente questionadas, situanao que provavelmente favoreceu e estimulou suas iniciativas e reconhecimento no espano público. Neste texto o nosso objeto de análise é a formando ea dinámica das Maes da Associanao Civil Cidade Dor Buenos Aires colocar no centro das atennoes o processo pelo qual a busca individual de justina tornou-se organicamente organizada anao coletiva.

Palavras-chave: Associanao Maes de Dor - anao coletiva - sistema legal

SUMARIO

1 Introducción. 2 Los orígenes de la Asociación Madres del Dolor.3 La pérdida de confianza en las instituciones y las demandas de justicia. 4 Algunas consideraciones sobre el campo jurídico y su (des)estructuración. 5 Estrategias frente al poder judicial. 6 Conclusiones. Bibliografía.

Introducción

En el curso de los dos últimos decenios varias asociaciones de familiares de víctimas de actos de violencia policial y/o de hechos delictivos se convirtieron en actores activos del espacio público en el que reiteraron sus críticas y reclamos ante lo que estimaban como ineficiencias y malos desempeños de las instituciones policiales y judiciales. En condiciones generales en las que declinaba la confianza en los poderes gubernamentales, las mencionadas entidades consiguieron un notable reconocimiento para lo que en principio pudo haber sido considerado como problemas que sólo concernían a damnificados individuales. Probablemente, para algunos sectores de la ciudadanía su visibilidad se vio favorecida por el modo constructivo de proponer soluciones institucionales de orden general.

Desde nuestra perspectiva, en esta indagación nos propusimos analizar el proceso de construcción social de hechos percibidos como injustos que suscitaron movilizaciones de personas directamente perjudicadas por: 1) actos de violencia policial; 2) deficiencia del control público de la seguridad urbana; y 3) lo que consideran ineficiencias judiciales.

Definimos los actos de violencia policial como aquellas acciones ilegales llevadas a cabo por las fuerzas de seguridad, que desvirtúa el carácter legítimo del monopolio de la violencia física que legalmente detentan los aparatos de seguridad públicos. Como ejemplos citamos: las prácticas de “gatillo fácil”, arrestos injustificados, el uso de la tortura, armado de causas, etcétera. Entendemos por deficiencias del control público de la seguridad urbana distintas dimensiones fácilmente observables del debilitamiento de las capacidades estatales para proteger la seguridad de las personas y los bienes e impedir enfrentamientos entre miembros de la sociedad y por ineficiencia judicial las irregularidades en los procesos judiciales tales como la ausencia de imparcialidad, morosidad en las etapas de esclarecimiento del delito y la falta o insuficiencia de castigos a los responsables, policiales o civiles, de los hechos juzgados.

Esas personas que convirtieron una tragedia íntima en una cuestión pública y fuente de reclamos contra las instancias que, por acción u omisión, estimaban los responsables directos o indirectos los hechos que los perjudicaron individualmente, vieron objetivamente facilitada la visualización pública de sus demandas por la existencia de un contexto nacional en el que altos porcentajes de la población manifestaba su pérdida de confianza en las instituciones estatales. Cabe agregar que dicho cambio que pasó de los desconsuelos atomizados a ocasionales encuentros grupales y desembocó en la deliberación colectiva que conformó la entidad Madres del Dolor en interlocutor de los poderes públicos, tuvo entre sus características más interesantes la evidente inexistencia de un proyecto que anticipase ese objetivo y la notoria falta de liderazgos medianamente definidas. Agreguemos que tampoco los hechos sobre los que movían sus reclamos eran una novedad, sino que formaban parte de un horizonte de arbitrariedades conocido. En consecuencia, no es arriesgado plantear la conjetura que el factor que debió ser más importante para el reconocimiento logrado fue el estilo constructivo de plantear los problemas y esbozar las posibles soluciones a futuro.

La Asociación civil Madres del Dolor (AMD) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires1 está integrada por once madres “con características sociales, culturales y pertenencias políticas distintas” cuyos hijos fueron víctimas de actos de violencia policial, de delitos tales como secuestros o intentos de violación seguidos de asesinatos y de hechos de inseguridad vial, cuya destacada presencia en el espacio público se debe a la elevación de reclamos y proyectos de leyes a instancias gubernamentales y por impulsar acciones y actividades dirigidas fundamental, aunque no exclusivamente, a criticar fallos judiciales y procedimientos policiales. Dado el reducido número de personas que integran la asociación entendimos que sus acciones y objetivos pueden definirse como práctica de “emprendedores morales” en un sentido más amplio del propuesto por Haward Becker (2009) ya que se trata de individuos cuyas iniciativas apuntan a mejorar funcionamientos institucionales en el orden legal y moral en beneficio del conjunto de la sociedad. Por consiguiente, las exigencias de justicia emprendidas por la AMD operan como una especie de “cruzada moral” que trasciende las interpelaciones a sujetos específicos y apunta a crear conciencia y sensibilidad ciudadana sobre “el derecho a obtener justicia”. Ese contenido explícito de acción ejemplar es un aspecto que acuerda un carácter novedoso a la entidad y hace más difícil definir las características que adjudican la alteridad a la que se oponen ya que su pretensión es mejorar su funcionamiento recordándole los principios formales a los que deben responder su acción y su existencia. Por eso nos resulta adecuada la afirmación de Dubet y Martuccelli (2000) cuando sostienen que existen “luchas que se definen fundamentalmente por su capacidad de provocar cambios normativos y morales con la acción “ejemplar” de una minoría activa, y en menor medida como expresión de un conflicto social” (p. 319).

El estudio fue abordado desde una aproximación etnográfica a través de la cual se 2 3 4 5 6 articularon diversas técnicas de recolección de informaciones empíricas: entrevistas no directivas, charlas informales, lectura y análisis de su página web (www.madresdeldolor.org.ar), observaciones participantes de distintos actos realizados en el espacio público y encuestas de opinión. El trabajo de campo se desarrolló en el período comprendido entre junio de 2007 y noviembre del año siguiente.

Las estrategias de análisis empleadas para comprender el proceso de construcción social del sentimiento de injusticia no dejaron de remitir, directa o indirectamente, a las nuevas maneras de pensar en las ciencias sociales a los movimientos sociales y a entidades de participación voluntaria movidas por principios y valores compartidos por individuos cuyas inserciones en la vida social eran muy distintas. Entre las bibliografías consultadas al respecto, nos resultó particularmente útil para organizar los resultados de nuestras entrevistas aquellas perspectivas teóricas que centran su mirada en los individuos y en los procesos de individualización, se desarrollaron estudios que destacaron las transformaciones de la subjetividad a los efectos de explicar las nuevas orientaciones de los sujetos frente a los problemas públicos entre las que la desconfianza fue uno de los criterios al que prestamos especial atención. Contra las visiones más conformistas que llevaban a la aceptación de las instituciones, textos tales como los de Beck y Beck-Gernsheim (2003), Rosanvallon (2007), Dubet y Martuccelli (2000), Dubet (2006), Berger y Luckmann (1997).

2. Los orígenes de la Asociación Madres del DolorLas muertes violentas y evitables de estos adolescentes o jóvenes originaron inmediatamente movilizaciones por parte de vecinos, familiares y amigos reclamando justicia y castigo a quienes cometieron esos delitos. También estas marchas posibilitaron que se fueran tejiendo vínculos de solidaridad, primero, y afectivos, luego, entre los padres de las víctimas. Todas las integrantes de la asociación participaron en distintas movilizaciones y allí fueron conociendo a otras madres con las que compartían similares sufrimientos e itinerario de escollos en los tribunales. De intercambiar charlas y experiencias en las calles comenzaron a reunirse de manera más sistemática en sus casas.

En muchos casos, la percepción de la situación de injusticia por parte de numerosas personas en nuestros días está originada en acciones negativas o contrarias a la igualdad ante la ley provenientes de instancias del poder estatal. La falta de intervención preventiva o la complicidad lisa y llana con los perpetradores de delitos son los casos típicos por los que se critica a los organismos policiales. Los déficits en la administración de justicia, sea por parcialidad o por la lentitud de los fallos, son las objeciones más recurrentes al funcionamiento del Poder Judicial. En el caso que estudiamos se combinan ambas disconformidades.

La primera fase comienza con un hecho trágico cuya responsabilidad es atribuida en parte o totalmente a la impericia o la complicidad policial, lo que posteriormente se transforma en críticas a las acciones de las instancias judiciales. La secuencia que comienza con las muestras de solidaridad de amigos y vecinos a los progenitores de las víctimas de accidentes o de crímenes y reclama simplemente más eficiencia en el control de la seguridad pública asume paulatinamente el carácter de un antagonismo con los modos de administrar justicia.

La segunda fase corresponde a las prácticas de quienes al reclamar reparaciones o justicia establecen contactos entre sí y comienzan a elaborar la idea de un “nosotros” de carácter colectivo y referido a procedimientos más institucionales, en la que se concreta “la necesidad de hacer algo”. En esta fase, se pasa de los casos individuales a los acuerdos sobre el mal funcionamiento de las instituciones y a las preguntas sobre cómo deberían superarse sus déficits.

La tercera fase corresponde a la puesta en el espacio público del reclamo y a la formalización de una identidad colectiva organizada bajo la forma de entidad o asociación. Así, a la vez que se pide de los poderes estatales más ecuanimidad en sus decisiones e idoneidad en sus prácticas de preservación del interés general, a los efectos de ganar apoyos en la opinión pública se denuncia ante la sociedad la parcialidad, la venalidad y la ineficiencia de muchos de

los funcionarios que deben asegurar las tareas reclamadas.

La cuarta fase atañe a las determinaciones de tipos de acciones y a las evaluaciones de los resultados, escogiendo iniciativas para relacionarse con altos funcionarios de los tres poderes del Estado para discutir y plantear reformas que podrían mejorar el funcionamiento de las instancias y las prácticas cuestionadas. En cada una de estas fases aparece la intermediación de los medios de comunicación que otorgan mayor visibilidad a los actores que reclaman justicia y esto alienta su propia capacidad de acción7.

Esta enumeración de fases, en tanto aproximación descriptiva, es el paso previo y necesario para la búsqueda de la inteligibilidad del pasaje del plano individual al colectivo que supuso la creación de una entidad que partió de la expresión de sentimientos personales de dolor y de víctima para pasar al plano de la enunciación y al reclamo de la plena vigencia de un conjunto de valores institucionales ético-políticos trascendentes, objetivo que ninguna de las fundadoras de la asociación analizada asumía, en principio, como meta. En este sentido, los analistas que estudian estos fenómenos sociales desde una perspectiva constructivista insisten en la importancia de prestar suma atención a las interacciones entre los individuos fuente de la producción de creencias dado que “si no hubiese individuos no habría nadie con quien compartir creencias y sin creencias colectivas no hay nada que compartir” (Klandermans, 1994:189 y ss.).

A través de las relaciones interpersonales los individuos perciben, definen e interpretan acontecimientos y procesos, conformando así representaciones sociales que les permiten guiar sus acciones con un relativo grado de coherencia y de acuerdo con quienes comparten objetivos o buscan las mismas metas. En las representaciones sociales grupales se funden o combinan los aportes de sus integrantes que sin ser totalmente coincidentes les permiten llevar adelante acciones en común, sin por ello perder sus respectivas individualidades. Como afirma Denise Jodelet (1986)

“la noción de representación social nos sitúa en el punto donde se intercepta lo psicológico y lo social. Antes que nada concierne a la manera en que nosotros, sujetos sociales, aprehendemos los acontecimientos de la vida diaria, las características de nuestro ambiente, las informaciones que en él circulan, a las personas de nuestro entorno próximo o lejano. En pocas palabras, el conocimiento «espontáneo», «ingenuo» que tanto interesa en la actualidad a las ciencias sociales, ese que habitualmente se denomina conocimiento de sentido común, o bien pensamiento natural, por oposición al pensamiento científico. Este conocimiento se constituye a partir de nuestras experiencias, pero también de las informaciones, conocimientos, y modelos de pensamiento que recibimos y transmitimos a través de la tradición, la educación y la comunicación social. De este modo, este conocimiento es, en muchos aspectos, un conocimiento socialmente elaborado y compartido. (...) En otros términos, se trata [además] de un conocimiento práctico. (p. 473)

Por cierto, en la entidad analizada confluyeron mujeres que en un comienzo distaban de pensar del mismo modo sobre el tema que luego habría de unificar sus acciones, pero al reunirse para hablar -probablemente cada madre pensando que podía encontrar comprensión con quienes habían pasado por situaciones de padecimiento análogo- las convergencias individuales produjeron un pensamiento colectivo sin que eso estuviese en sus proyectos, en tanto que mucho menos habían podido suponer la creación de una entidad. Así, sus sentimientos privados, al combinarse, generaron no sólo la asociación que las nuclea sino un conjunto de nuevas representaciones sociales cuya expresión pública buscaron poner en sintonía con las formas conocidas de interpelar a la opinión pública en nombre del dolor y de la condición maternal. Según sus propias palabras, “se convirtieron en otra cosa”. Así, lo que en principio fueron experiencias individuales frustrantes motivadas por la disconformidad y el enojo con el funcionamiento de procedimientos policiales y/o judiciales se transformó en tomas de posiciones activas que lograron instalarse en el espacio público. El reconocimiento que cada madre individualmente no podía alcanzar encontró eco en la opinión pública, no en tanto adición aritmética de partes, sino como un “todo”, en el sentido de Durkheim (2000) cuya naturaleza es superior y distinta a la “suma de las partes” en tanto síntesis de cada una de ellas. Cuando el reclamo de justicia salió de su expresión individual, alcanzó una consistencia discursiva que favoreció su difusión por los medios de comunicación que intuyeron, seguramente, que el contenido a la vez individual y colectivo de sus interpelaciones proporcionaba informaciones y reclamos susceptibles de conquistar la atención y los valores de sectores numéricamente significativos y cualitativamente diferentes.

Si, en principio, quienes comenzaron a reunirse pudieron ser personas movidas por niveles de indignación surgidos de convicciones que suponían que en tanto ocupantes de posiciones sociales de un cierto reconocimiento estaban menos expuestas a los riesgos de sufrir maltratos de la justicia, la policía o, simplemente, los efectos de la desprotección que registran las crónicas diarias, primero la sociabilidad grupal y luego la aceptación de sus reclamos en los medios de comunicación les dieron el impulso y la energía para constituirse en víctimas de hechos de injusticia.

Numerosos casos de muertes de jóvenes a causa del “gatillo fácil”; de evidencias de maltratos policiales; de desidias en la solución de problemas de contaminación ambiental en zonas de pobreza; de sufrir robos reiterados; de mala praxis médica; de prevención del control de disposiciones municipales; de trata de personas, cuando las víctimas pertenecen a los sectores más pobres suelen ser aceptados como negativos pero normales en los medios sociales que los padecen, siendo escasos los reclamos prolongados que suscitan. Incluso, ante no pocos maltratos institucionales sufridos por individuos que en apariencia poseen mejores condiciones para reaccionar, suelen ser excepcionales los casos de creación de organizaciones estables de denuncia y protestas.

En el caso de las Madres del Dolor todos estos hechos no sólo sirvieron para establecer equivalencias más allá de sus diversas circunstancias sino que pasaron poco a poco a incorporarse en la opinión social, en la comunicación interpersonal y de masas, las creencias sociales de las injusticias reinantes: “la justicia es lenta”, “los delincuentes entran por una puerta y salen por otra”, “no somos todos iguales ante la ley”; “la impunidad de los corruptos”, etc.; dichas expresiones enuncian, a la vez, los problemas y la resignación.

A modo de cierre de este apartado señalamos que la percepción y significación de un acto de “injusticia” y el rol de “víctima” resulta de un proceso de interacción en el cual se relacionan: individuos, sistema de justicia y asociaciones. Los individuos al relacionarse con el aparato judicial se sienten víctimas de una injusticia debido a lo que consideran como la ineficiencia de dicho sistema, pero, sólo cuando se organizan colectivamente ese sentimiento se transforma en una situación supraindividual a través de la configuración de representaciones sociales, siendo éstas las que posibilitan el pasaje del caso particular a una demanda colectiva de justicia.

3. La pérdida de confianza en las instituciones y las demandas de justiciaLos distintos modos de acción colectiva que llevan adelante los amigos y los familiares de las víctimas de actos violentos criticando el accionar de la justicia, denunciando la complicidad de efectivos policiales con aquellos individuos que cometen delitos o haciéndolos responsables de prácticas de “gatillo fácil” y acusando a los dirigentes políticos de inoperantes al tiempo que se les exige que tomen medidas para proteger la seguridad de los ciudadanos pueden considerarse como manifestaciones del descrédito de las instituciones que formalmente deben garantizar el orden público y la igualdad de los derechos de la ciudadanía. Lo que en principio puede parecer una declinación de la confianza depositada o de la legitimidad acordada por personas que por tragedias personales expresan sentimientos individuales constituye, en realidad, un fenómeno que trasciende las motivaciones puntuales de cada una de ellas al confluir no sólo en la acción colectiva de una entidad sino al inscribirse en una crítica compartida por amplios sectores de la sociedad, tal como lo muestran los estudios de opinión pública. Si bien quienes se vieron afectados directamente por los procedimientos de entidades como las antes mencionadas cuentan con razones propias que avalan sus iniciativas, sin duda ellas se ven reforzadas por un clima general en el que el cuestionamiento a dichas instituciones se encuentra instalado en el sentido común reinante. Si bien la génesis de las iniciativas de las integrantes de la AMD es totalmente diferente a la de quienes en el espacio público expresan descontento ante los funcionamientos institucionales en materia de lo que da en llamarse “cuestiones de inseguridad”, es fácil percibir los nexos existentes.

Por otra parte, investigaciones basadas en encuestas de opinión reflejan la desconfianza de los individuos hacia las instituciones públicas. Al respecto, un estudio de Gallup Argentina arroja los siguientes datos:

El déficit de confianza hacia las principales instituciones del régimen democrático registrado a partir de 1991 pone de manifiesto los niveles de distanciamiento con respecto a ellas de una gran parte de la ciudadanía, situación que contrasta con lo ocurrido en los primeros años del período iniciado en 1983. La transición democrática argentina comenzó claramente signada por las expectativas depositadas por amplios sectores de la población con respecto a la normalización y la transparencia de la vida institucional resumidas en las demandas sobre el pleno esclarecimiento de lo sucedido durante la dictadura y en los debates sobre los alcances de las medidas de justicia que castigasen a los responsables de las violaciones a los derechos humanos. Durante los primeros años del régimen democrático el militarismo residual que siguió expresándose en sectores de las Fuerzas Armadas generó no pocas discusiones sobre los límites de las reparaciones posibles, planteándose lo que suele denominarse como las disyuntivas clásicas entre la ética de las convicciones y la ética de la responsabilidad. En qué medida cabía postergar ciertas demandas de reparaciones jurídicas dadas las resistencias de sectores castrenses fue un tema que dividió opiniones en todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria. En ese dominio temático tuvieron lugar las impugnaciones de diversas organizaciones de derechos humanos y en especial de las Madres de Plaza de Mayo. Tal como señala Pereyra (2005):

“la respuesta de política que ensayó el primer gobierno democrático para tratar el problema de los derechos humanos se orientó centralmente al tratamiento judicial de los responsables de la represión (...) erigió al problema de la justicia como núcleo central de funcionamiento del régimen democrático. Si en principio la democracia pudo ser considerada por buena parte de la ciudadanía sólo en su carácter de procedimientos electorales, la cuestión del castigo a los responsables de la represión le sumó el componente de igualdad ante la ley. Probablemente, sin ser el único factor en presencia, el debate sobre el alcance de las sanciones a los militares fue el disparador del cambio de las expectativas sobre la democracia, al convertir a la acción de la justicia en un problema público. (ps. 156-157; la cursiva es del original)

En este punto es oportuno destacar los principios sobre los cuales se construye el Estado moderno democrático. Según Max Weber (1992) la legitimidad de la dominación

racional legal se funda sobre dos cuestiones esenciales: por un lado, la designación de los gobernantes se ciñe a un conjunto de reglas estatuidas y las funciones que éstos desempeñan deben subordinarse al mandato de las leyes y, por el otro, se debe asegurar la igualdad de los ciudadanos ante la ley. En otras palabras, el objetivo principal del Estado moderno es construir un orden basado en la ley, de modo que es una institución legal e impersonal que espera no sólo que los ciudadanos obedezcan las leyes (y para ello se vale del monopolio legítimo de la violencia física), sino que él mismo debe respetarlas. Por lo tanto, el uso de dicho monopolio debe circunscribirse al marco de la ley (p.695 y ss). Cabe agregar, también, que el sistema jurídico se sustenta en la ficción de que todos los individuos deben gozar de los mismos derechos y poseer las mismas obligaciones, es decir, todos deben ser considerados iguales ante la ley. Si bien sabemos que el principio de igualdad legal de los ciudadanos es sólo formal a causa de las desigualdades sociales y económicas que ubican a los individuos en diversas posiciones sociales en los distintos campos sociales, no debemos desestimar la fuerza simbólica que dicho principio tiene en el funcionamiento del Estado moderno democrático.

En la medida en que el Poder Judicial pasó a ocupar un papel central en el funcionamiento del sistema democrático, decisiones tales como las legislaciones conocidas como de Obediencia Debida y Punto Final del gobierno presidido por Raúl Alfonsín y luego los indultos otorgados bajo la administración de Carlos Menem abrieron una agenda escasamente prevista por casi todos los integrantes de los gobiernos y oposiciones. A las sensibilidades sociales al respecto se sumaron las evidentes extralimitaciones de las fuerzas policiales que desembocaron en algunos casos en asesinatos de jóvenes, lo que despertó protestas colectivas; igualmente resonantes en la opinión pública fueron muchos hechos de corrupción protagonizados por funcionarios públicos y, en el extremo, aquellos sucesos en los que directa o indirectamente se vieron involucrados gobernantes provinciales como en el denominado doble crimen de La Dársena8 alcanzó mayores ecos nacionales. Todos estos sucesos, que llevaron a elevar los niveles de malestar reinantes en la opinión pública, fueron, sin duda, precondiciones que operaron en aquellos que anteriormente se mantenían al margen de los debates públicos sobre las cuestiones de injusticia, y evidentemente fue en virtud de ese clima contextual que cuando éstas los afectaron personalmente se volcaron a un activismo que confiesan no haber “nunca imaginado”.

El Estado, al emplear de manera ilegal los medios de violencia a su cargo, de hecho, viola el mandato constitucional que le delega el ejercicio del monopolio legítimo de la violencia a los efectos de preservar el interés público y, en ese sentido, vulnera de modo evidente los derechos de la ciudadanía cuya igualdad y universalidad quedan desvirtuadas. Así, el Estado no sólo socava los principios sobre los cuales se asienta formalmente su poder, sino que, además, genera las razones por las que desde la sociedad se cuestiona la legitimidad de su autoridad. En general, diversos autores han destacado que las movilizaciones originadas en nombre del “respeto a la ley” tienden a potenciar su reconocimiento en el espacio público en la medida en que reclaman el cumplimiento de lo que legalmente existe, pero no se cumple o es transgredido por quienes deberían ser sus guardianes o servidores. El principio fundamental que instituye a los poderes estatales como garantes de la seguridad pública y de la preservación de la vida humana hasta puede en el límite aceptar la existencia de “errores” o “excesos”, lo que supondría el reconocimiento de los daños provocados, pero lo ocurrido en el caso analizado se asemeja a lo que sucede cuando el sufrimiento ocasionado, como dice Barrington Moore (1989) no es asumido como tal y se produce una explícita “violación de la reciprocidad” (p. 38). Lo que decimos puede igualmente expresarse como las diferencias existentes entre los pedidos de cambio de los órdenes legales vigentes y los reclamos del cumplimiento de las leyes y disposiciones existentes. Mientras que en el primer tipo de reivindicaciones sus mentores necesitan hacer entrar sus ideas en quienes desean convertir en sus apoyos, en el segundo de lo que se trata es de recoger opiniones ya formadas en la sociedad denunciando su incumplimiento. Que lo formal sea real.

4. Algunas consideraciones sobre el campo jurídico y su (des)estructuraciónMary Douglas en su libro Cómo piensan las instituciones (1996) profundiza sus reflexiones sobre lo que ella denomina, “el control social de la cognición”. Esto significa que las matrices de percepción y clasificación con las cuales configuramos nuestro mundo no son producciones individuales, sino que son esquemas cognitivos impuestos por las instituciones. Al respecto la autora expresa que

las instituciones guían de manera sistemática a la memoria individual y encauzan nuestra percepción hacia formas que resultan compatibles con las relaciones que ellas autorizan. Fijan procesos que son esencialmente dinámicos, ocultan sus influencias y excitan nuestras emociones sobre asuntos normalizados hasta un punto igualmente normalizado. (p. 137)

El éxito de las instituciones reside en naturalizar el proceso de asimilación de los esquemas cognitivos dominantes; al invisibilizar este proceso se encubre la violencia que originariamente lo produjo. Esta concepción institucional que plantea la autora presenta ciertas semejanzas con los planteos de Pierre Bourdieu (2000 b) sobre el monopolio de la violencia simbólica detentado por los aparatos estatales. En tanto racionalización de la violencia física, en el derecho y la jurisprudencia se cristalizan y mantienen relaciones de fuerza y matrices cognitivas socialmente aceptadas que, normalmente, no son cuestionadas (p.165 y ss).

La forma específica de la violencia simbólica legítima se manifiesta en el ejercicio de la autoridad jurídica cuya eficacia reside en la aceptación por parte de la sociedad, sin mayor entusiasmo, pero -sobre todo- sin resistencias, de la vigencia del orden jurídico que consagra derechos y obligaciones con base en la igualdad ante la ley. Las vías establecidas para apelar decisiones judiciales suponen que los cuestionamientos deben recorrer instancias y procedimientos formales que excluyen obviamente las protestas o cualquier forma de movilización dirigida a presionar a los magistrados encargados de aplicar las leyes. En ese sentido, al develar la arbitrariedad de actos precisos de la justicia o de acciones policiales, la entidad que analizamos socava de hecho la capacidad de dichas instituciones de mantener la imagen de custodios del interés general y generan una especie de “efecto dominó” al estimular la presentación de nuevas denuncias del mismo tipo, que, a su vez, debilitan el consentimiento y el reconocimiento que les brindaban a dichas instituciones los ciudadanos comunes y que sufrieron alguna consecuencia de sus malos procedimientos. Así, cuando la AMD pone en escena sus reclamos en el espacio público, ese hecho constituye en sí una muestra del debilitamiento de la aceptación de la violencia simbólica de la justicia. Estas prácticas resultan tanto más disruptivas en la medida que señalan que la justicia no es justa, visión de las cosas que cuestiona “la ideología profesional del cuerpo de juristas, a saber, la creencia en la neutralidad y la autonomía del derecho y los juristas” (Bourdieu, 2000b, p. 210). En cuanto a la relación asimétrica de los profesionales del derecho y los simples ciudadanos, el citado autor nos indica que ella radica en el manejo socialmente reconocido que poseen los primeros para interpretar los textos jurídicos. Por otra parte, cabe señalar que los textos jurídicos son objeto de disputas entre los propios juristas, “dado que la lectura es una manera de apropiarse de la fuerza simbólica que se encuentra encerrada en estado potencial” (Bourdieu, 2000a, p. 171). En la medida en que existen en el seno del campo jurídico posiciones distintas sobre cómo aplicar las leyes, si bien la base de la pertenencia a dicho campo supone aceptar la violencia simbólica que éste administra, no es sorprendente que nuestras entrevistadas hagan referencias a la falta de coherencia de los jueces, simplemente comparando los puntos de vista diferentes sobre las interpretaciones de las leyes y códigos. Así, la entidad, al socializar entre sus miembros informaciones y comparaciones sobre los fallos, opera -sin proponérselo conscientemente- cuestionando la eficacia de la violencia simbólica de la justicia.

En general, en la sociedad argentina, según revelan los estudios de opinión pública, existe un bajo nivel de confianza en los tres poderes del Estado, pero bien cabe suponer que quienes integran la asociación estudiada se contaban entre aquellos que menos compartían esa desconfianza y de allí que se movilizasen en principio creyendo que sus reclamos serían positivamente resueltos y que ante la frustración emprendieran sus protestas. Esta conjetura permitiría explicar el escaso número de personas que, habiendo pasado por situaciones análogas, en la medida que no creen en la justicia aceptan lo que estiman injusto como algo normal. En igual sentido, puede pensarse que el poder de nominación de la justicia, en el sentido bourdieusiano, encontraba más aceptación entre quienes ocupan roles protagónicos en la entidad. Ese plano de la subjetividad no es fácilmente accesible para una indagación como la que realizamos, pero en el transcurso de nuestro trabajo de campo recogimos expresiones y reflexiones que nos llevan, con la debida cautela, a plantear dichas inferencias de carácter cualitativo. Dicho en otros términos, para que la falta de justicia haya operado como el cemento unificador de personas diferentes en tantos aspectos, y en la medida que la pérdida de un hijo/a no condujo a otras muchas madres a emprender acciones colectivas de protesta, no es arriesgado pensar que fue el mayor grado de creencia en la justicia el factor que las unió tácitamente en un primer momento. Por otra parte, la visualización pública de la entidad opera generando interlocutores que incentivan el compromiso social de sus integrantes.

Las informaciones recogidas en nuestras observaciones y entrevistas pueden igualmente relacionarse con la perspectiva analítica denominada “el trabajo sobre los otros”, que Fran?ois Dubet (2006) define como “el conjunto de actividades profesionales que participan en la socialización de un individuo” (p. 17). Más allá de que dicho tipo de prácticas sean procesos institucionales los programas que llevan adelante constituyen formas particulares de socialización o de relaciones sociales: maestro-alumno; médico-paciente; sacerdotes-fieles; agentes judiciales-víctimas, etc. Las dimensiones de esos programas suponen la transformación de valores y principios de carácter universal que por la vía de la acción de un actor habilitado condiciona las percepciones y las iniciativas de sujetos de la sociedad civil; dicha labor de socialización fundada en una vocación/profesión inculca normas que predican a la vez la ampliación de la autonomía de dichos sujetos. Según Dubet (2006), los programas institucionales son más efectivos cuando se sustentan en “valores, principios, dogmas, mitos, creencias laicas o religiosas, pero siempre sagradas, siempre situadas más allá de la evidencia de la tradición o de un mero principio de utilidad social” (p. 35). En el caso de la institución judicial, la plena aceptación de sus prácticas se logra cuando se sitúa fuera del mundo y cuando se consigue hacer creer que está más allá de las divisiones sociales existentes en la sociedad y que obra en nombre de un principio meta-social como es el derecho. Así, los tribunales no aspiran ser meros espacios de administración de justicia sino ámbitos de regulación ética, lo que debe dar a los jueces también una investidura moral, y la labor del magistrado debe sostenerse sobre una vocación ajena a las preferencias e intereses personales lo que imprime a sus actividades una legitimidad derivada de la adhesión a valores universales y de defensa del bien común.

En consecuencia, la aparición de asociaciones que reclaman justicia o critican sus actuaciones puede considerarse tanto como un observable empírico del “declive del programa institucional”, como una acción de develamiento impulsada por personas de la sociedad civil que, movidas por dolores individuales, hacen evidentes las contradicciones y las limitaciones de las decisiones de una profesión que como cualquier otra pertenece a las sociedades realmente existentes. Cuando las asociaciones de familiares de víctimas acusan a los jueces de ajustarse escasa o nulamente a las reglas estatuidas y de vulnerar el principio de universalidad del derecho con decisiones irregulares desde el punto de vista judicial, muestran de hecho la ineficacia de la violencia simbólica que debía inhibir tales objeciones.

Si se piensa en lo que fue el tradicional estilo arquitectónico de los palacios de justicia, propios de los santuarios o templos, o en las togas todavía empleadas en muchos países, queda ilustrada con claridad la distancia inhibitoria de quienes administran reglas universales y colocadas por encima de los meros intereses del común de la gente, cuyo desconocimiento del contenido de las leyes se reconoce como atenuante de su violación. De allí que, en la dicotomía sagrado-profano, toda impugnación de la acción de los magistrados y hasta los requerimientos de explicaciones de sus decisiones operan como una especie de profanación. Así que, desde tal perspectiva, la falta de aceptación de las decisiones judiciales que no se desenvuelva por los canales establecidos institucionalmente se sitúa en una especie de no lugar cargado de imprevisibilidad y metafóricamente anunciador de violencia. Para los jueces la relación resulta violenta debido a que sienten que se les cuestiona su idoneidad para interpretar los textos jurídicos, aspecto por demás crítico ya que la autoridad jurídica se sustenta en dicha capacidad. Una buena ilustración de ese sentimiento la da un comentario de María Cristina Camiña, jueza de un tribunal penal y presidenta de la Asociación de Mujeres Jueces, realizado en el diario La Nación:

“Sentimos que estamos en la cuerda floja. Con los juzgados atiborrados, aun el mejor juez corre el riesgo de cometer un error que termine en su destitución. Estamos expuestos a la crítica más severa, sin reconocimiento social, y el Gobierno no ayuda para nada. Cuando un juez dicta una sentencia, se pliega al clamor popular, como cuando liberaron a ChabáríA.

En tanto, la sociedad cada vez desconfía más de la justicia: según los relevamientos realizados en el 2011 por el Observatorio de la Deuda Social Argentina, sólo el 23,6% de los encuestados respondió tener alta confianza en la justicia, mientras que un 52,7% tiene poca confianza y un 23,7% ninguna confianza. En otras palabras, casi ocho de cada diez entrevistados dijo tener poca o ninguna confianza en la institución judicial (ODSA, 2012, ps. 226-227). Por otra parte, los familiares de víctimas de hechos violentos suelen criticar las decisiones de los jueces por considerarlas arbitrarias, contradictorias o no verdaderamente fundadas en las leyes. En el acto realizado por la AMD su principal expositor fue el periodista Nelson Castro, quien planteó, además, el carácter socialmente sesgado de las actuaciones judiciales, aludiendo a la idea de la existencia de “una justicia para pobres y una justicia para ricos”. Al respecto, en una entrevista realizada a una integrante de la asociación, le pedimos su | opinión sobre esa valoración y nos respondió:

“A mí me lo dijo un juez hace 20 días: ‘lamentablemente señora en este país solamente va preso -textuales palabras de un juez, no son palabras mías-, un negrito que tenga en contra un buen abogado o alguien que está arriba y le sueltan la mano’. Entonces, uno dice, la verdad que es terrible, es terrible, ¡o sea que no existe la justicia! Porque los que están presos son solamente aquellos que tuvieron a alguien en contra con un buen abogado y lo mandaron preso, los demás entran y salen. No es que nosotras queremos a todos presos, sino que queremos justicia, por eso yo decía, al asesino de mi hijo le dieron 3 años de prisión efectiva, yo no estoy pidiendo ni 20 ni 30 años ni arruinarle la vida como él me la arruinó a mí, sino que cumpla esos 3 años y no 2 meses, ¡no es lo mismo! Encima comprendí hasta lo que me dijo mi juez que me parece también ¡terrible! Que como son 3 años [de condena] cuando cumpla 8 meses de prisión puede llegar a pedir la libertad condicional, entonces, pregunto, pero ¿por qué? Porque es así, porque menos de 3pide a los 8, más de 8pide... ¡es todo una cosa! Y digo: está bien: 8 meses ¡ALGO! Por haberlo dejado tirado, por haber mentido, por haber hecho que a mí hijo se le tuviera que hacer todas esas pericias. ¡ALGO! ”.

Desde la sociedad civil, la institución judicial, lejos de ser percibida como un espacio institucional donde prima la imparcialidad y la equidad es considerada como un lugar donde no imperan desequilibrios de razones y argumentos, sino en el que por causas diversas se

4 Renunciaron 142 jueces desde que asumió Kirchner. (2006, septiembre 10). La Nación: Política.

imponen quienes disponen de mayor capacidad de influencia para inclinar a su favor las decisiones de las burocracias judiciales. Aun cuando en casos de mucha resonancia puede ocurrir que las instancias judiciales reciban presión de la opinión pública no sucede nada similar en las situaciones individuales sin visibilidad ciudadana. Los veredictos pueden ser el resultado de consideraciones diversas, desde la jurisprudencia sentada hasta la ambigüedad de la ley, pero en todos los casos interviene el “saber y entender” de los jueces que nunca es ajeno a las sensibilidades sociales circundantes y con mayor propensión a sancionar a quienes, carentes de los capitales sociales o económicos, primero cometen transgresiones y luego no cuentan con servicios legales idóneos para proponer atenuantes. Se suele decir que en una sociedad impera la “ley del más fuerte” cuando existen dos varas o medidas para evaluar los hechos de los que se ocupa la justicia. Si bien no pocos de los familiares de víctimas que se movilizan a la hora de sus tragedias personales pudieron estar entre quienes respondían encuestas expresando un cierto nivel de desconfianza sobre la justicia recién reaccionan con indignación cuando perciben las evidencias de que en la circunstancia que los atañe se hallan entre los “débiles”. Así, si es normal o común ignorar objetivamente las más disímiles desigualdades sociales y políticas, son los sectores que se suelen encontrar entre los favorecidos quienes viven como una mayor afrenta las situaciones que revelan que las desigualdades de capacidades o recursos no conforman dicotomías simples como “tener o no tener” sino que el poder de influencia se encuentra distribuido con una complejidad derivada de combinaciones múltiples. Cuando los familiares hablan de los “fuertes”, en la mayoría de los casos aluden a los abogados defensores que implementan todo tipo de argucias para dilatar la causa y que encuentran como complemento a “los jueces y fiscales que no hacen bien su trabajo” y de modo espontáneo parecen creer que sus desventajas pueden resolverse mediante la asociación en tanto solución para intentar equilibrar la balanza de la justicia.

En el sentido de Dubet (2006) una de las consecuencias inmediatas del declive de los programas institucionales es el aumento de las probabilidades de que se produzca una creciente pérdida de la legitimidad de quienes ocupan posiciones de poder en las instituciones. En nuestro caso eso sucede con los magistrados que cuentan con poder para tomar decisiones, la legitimidad de cuya autoridad tiende a cuestionarse al objetarse los modos en que ellos la ejercitan. Así, en un variado espectro de acciones que comprenden desde las demandas puntuales por falta de seguridad urbana realizadas por pequeños grupos de vecinos hasta los casos de acciones como las de la AMD, lo que se pone en evidencia es el declive de la legitimidad de las instituciones que deben asegurar el orden y la justicia. Cuando nuestros entrevistados nos dicen que las pérdidas que han sufrido “son personalmente irreparables” y que por lo tanto es sólo una reparación moral lo que buscan o cuando grupos de vecinos se movilizan pidiendo más seguridad “porque no pueden salir a la calle”, lo que unos y otros reclaman, más que cualquier reparación retrospectiva, es la reconstrucción del programa institucional de la justicia, ya que como decía Durkheim (1967), “así como los pueblos antiguos necesitaban, ante todo, la fe común para vivir, nosotros necesitamos la justicia” (p.328).

5. Estrategia frente al Poder JudicialSi se acepta que los programas institucionales operan proveyendo a los individuos de marcos cognitivos necesarios para conducir sus interacciones sociales y orientar su conducta, surge la pregunta sobre las diferentes consecuencias de los procesos que erosionan la confianza individual y grupal en las instituciones y relacionarlos con las distintas posibilidades de ellas de adaptarse a los cambios registrados en las subjetividades. Dubet y Martuccelli (2000) han explicado cómo ciertas instituciones reflejan esos cambios pasando a formatos organizativos más participativos que contemplan las nuevas formas de vida y de sociabilidad. Dichos autores analizan los casos de la escuela, la familia y la religión y caracterizan el cambio como un pasaje de la “institución a la organización”, lo que supone una modalidad más participativa y flexible de proponer fines y adoptar medios para armonizar las expectativas de todos los involucrados en sus prácticas. Sin duda, las interpelaciones que propone la entidad analizada pueden considerarse como un reclamo hecho desde la sociedad civil, pidiendo correcciones de los procedimientos institucionales que mejoren los niveles de confianza en la justicia y la policía.

En la medida que múltiples dimensiones de la vida social se ven sometidas a constantes redefiniciones y los individuos deben construir y configurar sus proyectos y biografías sobre la base de sus propias experiencias, casi sin apelar a modelos preexistentes, el “declive de las instituciones” opera a la vez como estímulo de nuevas miradas más exigentes sobre el funcionamiento de las instituciones y también como factor que genera las posibilidades de forjar formas asociativas que apuntan a la mayor intervención en el espacio público. En el caso estudiado, las irregularidades en el proceso judicial provocaron en principio reclamos individuales que luego se transformaron en demanda colectiva.

Pues bien, ¿qué estrategia despliega la AMD para cuestionar y reclamar justicia ante el Poder Judicial? Pierre Bourdieu desarrolla la noción de estrategia con el objeto de tomar distancia crítica de las formas de pensamiento estructuralistas más deterministas que acuerdan a las reglas sociales un carácter imperativo. La idea de estrategia, según la define el sociólogo francés, no remite al cálculo racional, sino que más bien es el resultado de la comprensión por parte del actor del sentido del juego, sin que esto implique un cálculo racional total, o, si se quiere, el despliegue del sentido práctico. Es decir,

lo que los deportistas llaman el sentido del juego, como dominio práctico de la lógica o de la necesidad inmanente de un juego que se adquiere por la experiencia del juego y que funciona más acá de la conciencia y del discurso. (2000a, ps. 68-69)

El largo y complicado derrotero que debieron -y, en muchos casos, aún deben- recorrer las integrantes de la AMD en los laberintos de los estrados judiciales les permitió acumular conocimiento, experiencia e incorporar los códigos y léxicos propios del sistema jurídico, es decir, un sistema de predisposiciones o habitus. La adquisición de esta lógica práctica o sentido práctico las hizo competentes para desempeñarse en el juego jurídico no como sujetos pasivos sino como agentes capaces de jugar con las reglas del campo jurídico. Al respecto no cabe ignorar que antes de registrar sus tragedias personales los habitus, o historia acumulada, de quienes participan de la entidad las debieron inclinar a situarse de un modo activo frente a la resignación que suele ser la respuesta de la sumisión ante “la desgracia que me tocó”.

Por lo tanto, la estrategia de los familiares consiste en exigir la efectiva prestación de justicia utilizando hábilmente las reglas jurídicas del derecho, acción que radica en denunciar la forma en que los jueces tergiversan el principio fundamental del sistema jurídico y en reclamar una verdadera aplicación del principio de igualdad ante la ley. En tanto no cuestionan los fundamentos del campo jurídico dejan objetivamente debilitadas las posiciones de los jueces, quienes sólo pueden existir como tales en la medida que reconozcan la importancia de respetar el principio de igualdad y universalidad ante la ley, condición necesaria para que las instituciones judiciales mantengan su legitimidad.

Si bien estas organizaciones demandan justicia esgrimiendo las mismas categorías o esquemas cognitivos que les imponen las instituciones, ello no implica que sus reclamos apunten a reproducir mecánicamente la lógica de la institución judicial. Por el contrario, son grupos que emplean dichas categorías como “garras” para cuestionar las orientaciones culturales e instituciones vigentes, intentando reorganizarlas y recrearlas bajo nuevas formas, para postular, de esta manera, nuevas estructuras de sentido.

6. ConclusionesLa combinación que inspira las prácticas de los actores que analizamos, tal como hemos visto, tuvo en su punto de partida aflicciones y tragedias individuales que al conjugarse entre sí dieron lugar a representaciones sociales que superaron los límites de las motivaciones puntuales de cada caso y al establecer nexos con aquellos sectores de la opinión pública más sensibles ante los déficits institucionales que denunciaban elaboraron el discurso público que les dio identidad colectiva. En menor grado la justicia y de un modo más pronunciado los organismos policiales habían sido vistos en muchas oportunidades con desconfianza por amplios sectores de la población, pero desde los comienzos de la democracia el tema no ocupó sino marginalmente las agendas de las fuerzas electorales más votadas. La instalación en el espacio público de los reclamos por temas relacionados con los abusos policiales se había visto dificultada por el hecho de que los principales damnificados de esos “excesos” pertenecían a sectores populares o más aún marginales, cuyos maltratos sólo excepcionalmente tomaban estado público. En aquellos casos de abusos policiales contra quienes reclamaban mejoras sociales la represión o el maltrato quedaban en un plano secundario al centrarse las eventuales discusiones en las cuestiones materiales que las habían suscitado. Por otra parte, en no pocos casos las intervenciones judiciales al respecto no adquirían mayor trascendencia pública. Con el retorno a la democracia, el reconocimiento de la justicia por el juzgamiento de los responsables de los crímenes de la dictadura despertó una corriente de opinión satisfactoria no sólo en los sectores más interesados por las cuestiones públicas sino en la población en general. Los retrocesos conocidos luego en materia de cumplimiento de penalidades afectaron negativamente a los gobiernos pero no a la justicia. El cambio al respecto se produjo en torno a algunos casos de corrupción que tomados fundamentalmente por el periodismo de investigación y por la televisión introdujeron en la sociedad ideas sobre la falta de equidad judicial. Fue en esas condiciones que, sin impugnar a la justicia como institución, en los estudios de opinión pública comenzó a registrarse la falta de confianza en la justicia. Así, la entidad analizada vio ampliarse la aceptación social de sus reclamos, lo que a su vez favoreció su recepción en las instancias públicas con las que se relacionaba.

Por otra parte, la Asociación civil Madres del Dolor fue creada por personas que no expresaban mayor interés por los partidos políticos, actitud que no las diferenciaba de lo que sucedía en el conjunto de la población, en un momento histórico en el que la desconfianza hacia gobiernos e instituciones era creciente en todos los países con regímenes democráticos. En ese sentido, bien puede decirse que la entidad reflejó los rasgos propios de la actual etapa de la modernidad: el individualismo reflexivo y la desconfianza hacia las instituciones democráticas. Como señala Rosanvallon (2007),

En esta nueva era problemática de la democracia, los ciudadanos ya no buscan conquistar el poder para ejercerlo. Su objetivo implícito es más bien encorsetarlo y disminuirlo, deplorando al mismo tiempo las consecuencias finales de esas prácticas que valoran cotidianamente. El ideal ya no reside tanto en la apropiación del poder como en la constitución de este último en un objeto cuya transparencia se supone que permite un perfecto control. (p. 251)

Probablemente, dadas las características del pasado de nuestro país, los reclamos de la asociación analizada combinaron componentes que se asemejan a los de los comienzos de la modernidad occidental, época en la que, tal como lo sistematizó Marshall (1998), se estableció la ciudadanía civil amparada por el sistema de justicia y por el poder estatal capaz de preservar la seguridad y la propiedad de los individuos. A esos principios, presentes en la Constitución Nacional se agregaron luego los de ciudadanía política y más tarde los de ciudadanía social. La historia nacional mostró no sólo la distancia existente entre los principios en el papel y su efectivo cumplimiento sino, también, la escasa predisposición de amplios sectores de la sociedad a movilizarse pidiendo que lo formal fuese real.

El reclamo de un más estricto respeto a la Constitución y a las leyes suele ser planteado por actores privados que consideran vulnerados sus derechos en especial de orden económico; con un enfoque más general se suelen expresar los gobiernos provinciales ante lo que estiman avasallamientos del federalismo, por motivos socio-profesionales al respecto se pronuncian los colegios profesionales más concernidos por el tema, pero en lo que hace al tema en abstracto desde la sociedad civil históricamente en la Argentina no abundaron los reclamos. Aun cuando la última dictadura militar dejó como consecuencia una agudización de la sensibilidad de la sociedad sobre el tema, lo que aparecieron fueron ONGs especializadas en determinados tipos de reclamos en general directamente relacionados con cuestiones políticas de actualidad. Los reclamos en instancias judiciales planteados por ciudadanos individuales por cuestiones relacionadas con discriminaciones, mala praxis médica, funcionamiento de servicios públicos, abusos de firmas privadas, violación de los derechos a la privacidad, son por cierto crecientes, pero por su vocación estrictamente puntual distan de ser formadores de opinión pública. En esos casos, el carácter esotérico del lenguaje del derecho hace que, aun cuando se siente jurisprudencia, todo quede en el entendimiento de los profesionales. Es, justamente, en ese sentido que la entidad analizada cumple funciones de formadora de opinión pública y eso sucede por la original combinación que establece entre el dolor privado y el señalamiento del mal funcionamiento de las instancias públicas.

2La primera agrupación de familiares de víctimas de violencia institucional denominada “Madres del Dolor” en nuestro país surgió en Santiago del Estero en 1988, la cual denunciaba

3las constantes irregularidades del accionar policial y judicial que impedían el esclarecimiento y

4castigo de los crímenes perpetrados por las fuerzas de seguridad de la provincia. Cabe señalar

5que dicha organización no tiene vínculos con la Asociación Madres del Dolor de la CABA. Sobre el surgimiento y desarrollo de las Madres del Dolor de Santiago del Estero véase Unzaga,

6(2009) "Reivindicaciones, estrategias y luchas. Un estudio sobre las Madres del dolor en Santiago del Estero." Tesis de Licenciatura en Sociología. Mimeo. Universidad Nacional de Santiago del Estero.

7Considero importante señalar que la distinción en fases es sólo analítica; en la realidad éstas operan de manera articulada y en ocasiones se yuxtaponen.

8En el paraje de La Dársena (Santiago del Estero) en febrero de 2003 fueron hallados los cadáveres de Leyla Bashier Nazar de 22 años y Patricia Villalba de 25 años, cuyos asesinos estaban vinculados a las más altas esferas del poder santiagueño. El hecho suscitó una serie de movilizaciones sociales reclamando “justicia y verdad” cuyas consecuencias fueron la caída del “Juarismo” y la intervención de la provincia por el gobierno nacional. Al respecto véase Saltalamacchia, H y Silveti, M (2012) Régimen político y límite a la acción colectiva: el caso de Santiago del Estero. Polis, vol.8, n 1, pp. 67-113.

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