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Mundo agrario

versión On-line ISSN 1515-5994

Mundo agr. v.6 n.11 La Plata jul./dic. 2005

 

Milicias, delito y control estatal en el Chaco (1884-1940)

Mari, Oscar Ernesto1

1CONICET-Universidad Nacional del Nordeste
omari@bib.unne.edu.ar

Resumen
Durante la primera mitad del siglo XX el Territorio Nacional del Chaco fue escenario de importantes transformaciones en su faz económica y social. A raíz del auge en la explotación forestal, y luego en el cultivo del algodón, esta jurisdicción se convirtió en una de las regiones de mayor prosperidad y crecimiento demográfico en el ámbito nacional.Sin embargo, estas mismas peculiaridades fueron las que paradójicamente propiciaron la germinación de una problemática sostenida en el tiempo: la inseguridad en el ámbito rural.Dicha problemática, su relación con las modalidades productivas de este Territorio, y las soluciones que se ofrecieron en distintas etapas, habrán de ser analizadas en el presente trabajo.

Palabras clave: Chaco-delito rural- políticas de seguridad

Abstract
During first half del century XX the National Territory del Chaco was scene of important transformations in its economic and social face. As a result of the height in the logging, and soon in the culture of the cotton, this jurisdiction became one of the regions of greater prosperity and population increase in the national scope. Nevertheless, these same peculiarities were those that paradoxically caused the maintained germination of a problematic one in the time: the insecurity in the rural scope. This problematic, its relation with the productive modalities of this Territory, and the solutions that were offered in different stages, will the present have to be analyzed in this paper.

Key words:Chaco-rural crime-political of security

1. Introducción

    Las cuestiones referidas a los Territorios Nacionales de la Argentina han dejado al descubierto la existencia de problemas comunes y constantes en cada uno de estos distritos a partir de su organización en 1884 y durante el tiempo que permanecieron bajo la tutela nacional. La literatura existente ha dado cuenta en varios trabajos, acerca de la problemática social que por distintas razones afectó la vida de los pioneros de estas lejanas jurisdicciones creadas con el fin de ocupar el espacio y consolidar las fronteras interiores. Éstas, institucionalizadas bajo un régimen político casi enteramente dependiente de los poderes centrales, sin autonomía ni presupuesto, padecieron en buena medida los problemas propios de las sociedades en proceso de formación, agravados por la ineficacia del Estado en la atención de sus necesidades. Las carencias en materia de infraestructura edilicia, comunicación, transportes, seguridad, educación, justicia, sanidad y administración en general fueron casi la regla en estas comarcas periféricas. La excesiva centralización en la toma de decisiones, y por lo mismo, el deficiente control estatal, mantuvo a los habitantes de estas comunidades en una condición de minoridad jurídica en relación con sus connacionales, lo cual se evidenció en la imposibilidad del ejercicio de sus derechos cívicos en el ámbito nacional, como también en la limitada intervención en el control de gestión de instituciones públicas o privadas establecidas en ellas.
    Este estado de inferioridad prolongó por largo tiempo la resolución satisfactoria de problemas afligentes en la vida de los territorianos: la distribución de la tierra en áreas destinadas a la colonización, la inseguridad, la carencia de legislación en diversas materias, la ausencia de mediación en los conflictos sociales, la ambigua jurisdicción de las autoridades residentes (jueces letrados o gobernadores), o peor aún, la arbitrariedad, incompetencia o venalidad de estos funcionarios y sus colaboradores, nombrados en todos los casos por el Poder Ejecutivo Nacional.
    Tal desamparo se tradujo habitualmente en la agudización de los problemas o conflictos planteados debiendo, en los casos que adquirían cierta relevancia, intervenir el gobierno nacional, por lo general con políticas"duras" y casi siempre ante situaciones ya desbordadas. Los Territorios Nacionales fueron así, por distancia y/o por desatención estatal, pródigos en conflictos de naturaleza política o social, y también espacios propicios para el ejercicio de actividades delictivas, practicadas a veces sin clara distinción por marginales y funcionarios del estado. Respecto a esto último, el tema adquiere cierta complejidad y no puede limitárselo a una sola causa, ni tampoco caer en generalizaciones. Si bien la ausencia de control estatal provocó un estado de inseguridad jurídica y social en varios de estos distritos durante la mayor parte del tiempo en que fueron Territorios Nacionales, el "delito", con todo lo que supone el concepto, revistió peculiaridades propias en cada caso, y se diferenció también cuantitativa y cualitativamente en cada uno de ellos.
    Precisamente, en este trabajo intentamos abordar la cuestión del delito rural en particular y de la inseguridad en general en uno de estos Territorios: El Chaco. La elección no es casual, como tampoco su acotación temporal, ya que este Territorio fue el ámbito representativo de esta problemática en la época anunciada, y a la sazón, fue también el sitio de ensayo de políticas de seguridad que se aplicarían luego en el resto de las regiones fronterizas del país.
    Los intentos de solución al problema adquirieron diversos matices a través del tiempo, plasmándose en proyectos, ensayos e iniciativas que en los mejores casos tuvieron una aplicación temporal o parcial, y en buena parte de ellos la imprevisión y descoordinación fueron la regla. En el caso de las autoridades centrales, el tratamiento del tema mereció una atención oscilante y discontinua durante la mayor parte de esta etapa; para los gobiernos locales en cambio, la seguridad fue la cuestión fundamental que debieron atender como parte de sus administraciones, y también fue en este ámbito donde tuvieron mayor ingerencia, dentro de sus limitados márgenes de acción.
    La situación se mantuvo relativamente indefinida durante más de tres décadas en las que se alternaron medidas coyunturales, sin llegar a adoptarse una organización de seguridad permanente y eficaz. Sin embargo, ello cambiaría radicalmente a finales de los años treinta a raíz del colapso del sistema en el Chaco, y de nuevas políticas dirigidas en consecuencia, a la resolución de esta problemática en éste y otros Territorios Nacionales.

2. Planteo del problema

    En 1917 se ordenó el repliegue de los últimos regimientos del Ejército que habían participado en la conquista del Chaco, con lo cual el Territorio quedó librado a la protección y control de sus propios mecanismos de seguridad. Esta decisión se tomó sobre el supuesto de que la problemática indígena ya se hallaba resuelta, por lo cual no eran previsibles malones, y por tanto la seguridad de la gobernación podría ser atendida con sus propios recursos.
    Sin embargo, es suficientemente conocido el proceso de repoblamiento que se inicia en el Chaco cuatro años más tarde. El auge algodonero, la creación de colonias agrícolas y la incorporación de una nueva masa inmigratoria alteraron sustancialmente la fisonomía económico-social del Territorio, y con ello, la estructura administrativa y de servicios diseñada para una época anterior, quedaría lejos de satisfacer los requerimientos de esta nueva realidad. Las deficiencias se evidenciaron con particular nitidez en la cobertura de seguridad, sobretodo en el interior del Territorio, donde no se alcanzó a garantizar adecuadamente el resguardo de vidas y bienes.
    Resulta interesante preguntarse, entonces, cuáles fueron los problemas sustantivos del momento en este asunto, qué dimensión real tuvieron; cuáles fueron sus causas y en qué contexto se produjeron. Si se parte del concepto aceptado que la delincuencia o el conflicto social suelen ser productos de la marginación, la desocupación, o las crisis económicas de un determinado momento ¿por qué el Chaco continuaba siendo considerado como "la zona menos segura del país" en el mismo tiempo en que se posicionaba como una de las jurisdicciones más prósperas de la Argentina y no había mayores problemas de desocupación? ¿Cuáles eran, entonces, los factores que propiciaban altos índices de criminalidad en el ámbito rural, cuando precisamente allí se gestaba la riqueza que dio presencia nacional a este Territorio? ¿Existía una situación de conflicto social, y ésta a su vez tenía relación con el delito, o los problemas de inseguridad eran producto del entorno, la indolencia o desidia gubernamental en el manejo de la cuestión?
    Para responder a estos interrogantes se hace necesario brindar una explicación precisa acerca de cómo funcionaba el esquema de seguridad territoriano en sus etapas iniciales; consignar su evolución y funcionamiento a lo largo del tiempo; tipificar las distintas modalidades delictivas, y evaluar las reacciones y respuestas que respecto al tema tuvieron los poderes centrales, los gobiernos locales, e incluso, las fuerzas vivas o entidades privadas de este ámbito.

3. El escenario y la estructura de seguridad territoriana .

    En los tiempos previos a la vigencia de la ley de organización de Territorios Nacionales, por imperio de la necesidad se habían autorizado en diversas ocasiones la constitución de distintos cuerpos de Gendarmería que no tuvieron tareas bien definidas, pero que de alguna manera asumieron funciones policiales en esta región, complementando de esta forma las tareas llevadas a cabo por el Ejército de campaña.
    Sancionada la ley 1532, se estableció en su artículo séptimo que el gobernador se constituía como comandante en jefe de la Gendarmería y Guardia Nacional, y que debía colocar en cada distrito un comisario de policía con su correspondiente dotación, además de distribuir la fuerza y prestar auxilio a los jueces letrados y de paz.(1) Basándose en esto, el Gobernador Manuel Obligado decidió la creación de la Policía del Chaco y propuso una lista de siete funcionarios de jerarquía que integrarían la cúpula de la Institución. Tanto a él como a sus sucesores les cupo la difícil tarea de organizar una institución de orden público, casi sin recursos presupuestarios, y con la absoluta inexistencia -al menos en los primeros años- de códigos o estatutos que normaran su desenvolvimiento. (2) El Chaco no dispuso de una legislación general adecuada a la zona hasta 1894, año en que se aprobó e implementó el Código Rural para los Territorios Nacionales, y aún con su puesta en práctica, dejó sin tipificar algunos delitos. Hasta esa fecha, los gobernadores y los jueces debieron apelar a los códigos de la provincia de Corrientes y Santa Fe para dirimir algunas cuestiones puntuales, adoptándose finalmente el de ésta última en 1886, por ser el que mejor se adaptaba a las características de este Territorio.
    La falta de recursos para la policía chaqueña fue un problema subsistente en el tiempo, que si bien no se diferenció de lo que ocurría en otros Territorios Nacionales, se evidenciaron aquí con mayor notoriedad porque el Chaco estuvo siempre sujeto a bruscos cambios demográficos debido a las características de su producción económica, ya sea por los movimientos estacionales de jornaleros o cosecheros, o por la afluencia de inmigrantes de otros países. La actividad forestal atrajo durante su ciclo de auge a numerosos contingentes de labradores correntinos, santiagueños y paraguayos, y bajo el ciclo algodonero, la afluencia fue aún mayor. Además de sextuplicarse la población en apenas veinte años (60.500 habitantes en 1920, y 360.000 en 1940), el "tránsito" humano marcó para 1934, 1935 y 1936, en 122.000; 165.000, y 299.000 respectivamente y en números redondos, las cifras de pasajeros -principalmente braceros- ingresados y salidos en el Territorio. La consecuencia casi lógica fue que la fuerza policial estuvo siempre retrasada en proporción al número de habitantes, y en algunos períodos, no logró imponer un orden mínimo en situaciones de conflicto social.
    La acción policial se veía afectada además por la misma geografía del Territorio, cuya intrincada vegetación facilitaba la comisión y permanencia de ciertos delitos como el abigeato por ejemplo, y desde luego, a la hora de la persecución de un delincuente, no era lo mismo hacerlo en leguas de campo abierto como en los Territorios del sur, que en los cerrados montes chaqueños.
    La falta de respaldo a la Institución policial persistió durante la mayor parte de la época en que el Chaco conservó su carácter de Territorio Nacional, pero fue particularmente aguda durante el tiempo en que permaneció el Ejército en la región. Y puede suponerse que esta situación tenía justificativos para las autoridades nacionales, porque al Ejército le estaban encomendadas tareas que excedían el ámbito exclusivamente militar y pudo haberse considerado que la sola presencia de tropas en puestos fronterizos bastaría para disuadir la comisión de delitos en áreas que se encontraban fuera de su alcance. Por otra parte, las partidas presupuestarias insuficientes incidieron proporcionalmente en la calidad del cuerpo policial.
    Durante buena parte del período territoriano, el personal subalterno era seleccionado sin que hubiera ninguna formación previa para la admisión. Sólo había que poseer y poder mantener una cabalgadura y en lo posible ser conocedor de la zona. Tampoco existían códigos de procedimientos que normaran adecuadamente sus actuaciones. (3) La mayoría de los agentes provenía de las clases sociales más bajas, ya que los exiguos sueldos no eran tentadores para querer convertirse en policía. Inclusive, hasta los mismos gobernadores en las ocasiones en que solicitaron la conformación de cuerpos de Gendarmería, sugerían que el personal de tropa se reclutara entre los jornaleros desocupados de los obrajes, aliviándose de ese modo las crisis ocupacionales del momento. Desde el poder político tampoco se alentaba la calidad de la seguridad; por el contrario, se procuraba ejercer el control social con poco costo y desactivar los potenciales conflictos a través del empleo precario.
    En el caso del personal jerárquico, la insuficiencia de funcionarios trató de atenuarse nombrando a comisarios, subcomisarios e inspectores ad-honorem, una costumbre que comenzó a desarrollarse durante la gestión del gobernador Antonio Dónovan (1887-1893), quien preocupado por mejorar el servicio de policía ofrecía éstos cargos a personas solventes y con intereses en sus respectivas zonas de residencia, en donde ejercerían su función. En este caso, el único compromiso del Estado era proveerlos de buenas cabalgaduras. De esto se desprende que durante muchos años la institución policial del Territorio no tuvo el espíritu de cuerpo que es imprescindible en toda fuerza de orden, ni la preparación, estabilidad y escalafón adecuados para lograr un eficaz funcionamiento, determinando que la misma no estuviera bien conceptuada entre la población durante prolongados períodos de la época territoriana. En los documentos oficiales se han observado numerosos sumarios, suspensiones y cesantías contra policías, los cuales tienen correspondencia con la cantidad de quejas y denuncias de vecinos por el mal proceder de agentes y funcionarios, por abusos de autoridad o participación de éstos en delitos como el cuatrerismo en las zonas rurales.(4)
    Sin duda, la desidia que demostraba la policía por aquellos años, se veía influenciada además por la inestabilidad del personal en sus funciones. Tanto agentes como personal jerárquico no disponían de una relación de dependencia regular con la institución, dando lugar a que no fuesen necesarias faltas disciplinarias para cesantear, suspender o degradar a un policía. Muchas veces para ello sólo bastaba argumentarse "razones presupuestarias" .(5) Por otra parte, a los agentes que sufrían de alguna enfermedad, se los dejaba fuera de servicio "por estar imposibilitados de prestar funciones" , sin otorgárseles ningún tipo de asistencia estatal. Los lesionados en actos de servicio, tampoco tenían protección o beneficios si es que quedaban impedidos, y en caso de muerte, la familia del afectado debía tramitar por años una pensión que pocas veces llegaba.(6)
    Esta situación se mantendría con pocas variantes hasta la sanción del Estatuto Orgánico de la Policía de Territorios en 1946, en el que al tiempo que se confirió una jerarquía acorde a una institución de este tipo, se corrigieron también buena parte de las falencias señaladas.(7) De manera entonces que, en la deficiente legislación, número e instrucción de la fuerza policial, así como también en las peculiares características geográficas, productivas y demográficas de esta jurisdicción, pueden hallarse a priori algunas de las causas principales de los problemas de seguridad que aquejaron al Chaco durante buena parte de la etapa en que fue Territorio Nacional.

4. Las características del delito

    Aunque el propósito de este trabajo es destacar las políticas instrumentadas desde el ámbito local y nacional para el mantenimiento del orden público, para llevar a cabo este objetivo es preciso aludir -aunque sea brevemente- a los principales problemas que en tal sentido afectaron a la sociedad territoriana. No se trata de hacer una crónica de los episodios que jaquearon al sistema, sino en todo caso, tipificar genéricamente las diferentes modalidades delictivas que se dieron en diversas épocas, evaluar su impacto en la sociedad, y señalar las reacciones que en cada etapa se generaron al respecto. Por tanto, el análisis admite una primera subdivisión temática, ya que se trata de dos problemas diferentes; uno es el que concierne a los delitos contra las personas, y otro es el referido a los delitos contra la propiedad.
    En el primer caso y durante la mayor parte de la época territoriana los delitos más comunes y también los que se dieron en mayor porcentaje fueron las agresiones y los homicidios, sin desestimar desde luego al abuso sexual, que aunque frecuente, es difícilmente evaluable ya que no era habitual su denuncia dadas las máculas que conllevaba para la mujer en la sociedad de entonces. Aunque también se podría incluir aquí el delito de privación ilegítima de la libertad (como el secuestro), que también se dio en este ámbito, su registro es tardío en la vida del Territorio y aparece asociado a la acción de bandas armadas. En cuanto a los dos primeros tipos de delito debe señalarse que como principales causales se conjugaron tres aspectos a tener en cuenta: la ignorancia, el entorno, y la permisividad en la libre portación de armas. La ignorancia propiciaba, sobre todo en el ámbito rural, que la menor diferencia de opiniones derivara en un pleito, y que éste culminara casi siempre en la agresión física. Las discusiones, riñas por ebriedad, el juego, o disputas sentimentales fueron moneda corriente en el contorno semicivilizado del Chaco rural. A esto debe agregarse que, en tiempos de cosecha, la gran afluencia de recolectores golondrina hacía que se agruparan en las chacras donde el alojamiento se daba en galpones en condiciones sumamente promiscuas, lo cual provocaba irremediablemente conflictos de convivencia.
    El homicidio era en la mayoría de los casos una consecuencia natural de estas escaramuzas, porque la mayoría de los hombres circulaban armados, ya que el Código Rural lo autorizaba en su artículo nº 253. Sin duda influía también en este hábito la inducción ejercida desde los periódicos locales, donde aparecían regularmente grandes avisos ilustrados con armas de fuego, en los que se puntualizaban sus virtudes y se incitaba a su adquisición esgrimiéndose razones de defensa personal.(8) Pero además en el ámbito rural, el cuchillo, daga o facón constituía parte esencial de la vestimenta de cualquier labrador, y el rebenque, fusta o látigo un accesorio imprescindible para desempeñar las tareas de campo. Llegada la ocasión, estos instrumentos se usaban casi sin vacilación para la defensa personal, porque salvar el honor era cuestión prioritaria. Y en este sentido, cabe destacar que las venganzas por conflictos previos fueron causa de un importante porcentaje de homicidios, ya que al parecer, las ofensas no se olvidaban con facilidad. Los partes policiales de las tres primeras décadas del siglo XX referidos a homicidios, suelen comúnmente encabezar la información diciendo :"...Por resentimientos anteriores se enfrentaron..., y en el hecho se produjo la muerte de uno de los contendientes..." , toda una evidencia de que para esta época la antigua costumbre del duelo aún no se había diluido, aunque en este ámbito se lo practicaba espontáneamente y sin mayores formalidades.(9)
    Es indudable que la libre portación de armas configuraba una de las causas más importantes de los hechos de sangre, a tal punto que en las estadísticas de 1934, entre las principales causas de muerte en el Territorio figuran en primer lugar la bronconeumonía, seguida de la tuberculosis, y en tercer término la muerte producida por heridas de arma de fuego.(10) El problema alcanzó tal gravedad en determinado momento que el gobernador José Castells (1933-38) se propuso limitar el derecho de portar armas, por cuanto entendía que para los tiempos que corrían eran innecesarias las licencias que concedía el Código Rural, y estaba probado que esto implicaba excesos que terminaban casi siempre en hechos de sangre.(11) Este gobernador se concentró además en otro punto, que consistía en tratar de prevenir los desórdenes y riñas en el interior del Territorio, si tener que aumentar por ello los recursos policiales.
    Desde el anterior gobierno de Juan Vrillaud (1932-33) se observaba en las estadísticas que casi la totalidad de las peleas y homicidios se producían los sábados en los boliches y bailes del interior, a consecuencia en gran medida del alcoholismo. Por tales razones se puso en marcha una campaña en donde se impondría el sistema del "Sábado Inglés" , por el cual se prohibía la apertura de locales ese día, como así también el expendio de bebidas alcohólicas en quermeses, bailes y clubes.(12) Estas medidas se complementaban además con la prohibición de carreras de caballos, riñas de gallos, juegos de taba, naipes, como así también una severa vigilancia en las "casas públicas" (prostíbulos), por policías que deberían estar "estrictamente uniformados" , sin excepción.(13)
    En los documentos se advierte que para la toma de estas decisiones influyó la entonces imperante "Ley seca" en los E.E.U.U., aunque aquí no ocasionaría ni los beneficios ni los trastornos que produjo en el país del norte, sencillamente porque el Chaco no contaba con infraestructura policial para ejercer estos controles, y porque además, los mismos agentes transgredían las normas, como puede comprobarse en la documentación oficial de la época.
    Ahora bien, pese a lo expuesto, no debe medirse la situación con parámetros actuales y pensar en una generalizada indefensión de las personas respecto a su integridad. Los delitos descriptos, si bien ostentaban tasas muy altas en proporción al número de habitantes, éstas no eran extensibles a los ámbitos urbanos. Estos delitos se daban esencialmente en el contexto rural y específicamente, dentro de un determinado segmento social. Por ejemplo, para 1934, en que por primera vez se realizan estadísticas confiables al respecto, se contabilizan 167 homicidios en el Chaco sobre un total general de 533 delitos contra las personas en ese año. Las cifras revelan que la mayoría de los casos se produjeron entre los meses de enero a julio, es decir el período de zafra algodonera, donde la afluencia de cosecheros era mayor. Allí se tienen los picos más altos, con 26 muertes en el mes de mayo, mientras que en septiembre ocurrieron sólo cuatro.
    De la misma manera, el mapa de los homicidios revela que los mismos se cometieron en las áreas circundantes a los centros algodoneros más importantes, como Sáenz Peña y Quitilipi, por ejemplo. A su vez, el 83,8 % de estos homicidios fue cometido por jornaleros y agricultores, lo cual confirma que este tipo de delito se producía como directa consecuencia del tumultuoso frenesí de la cosecha.(14)
    Sin llegar a creer que las medidas enunciadas anteriormente tuvieron un cumplimiento efectivo, ya que los problemas descriptos continuaron subsistiendo, luego de los picos máximos registrados en 1935 puede advertirse que el porcentaje de delitos contra las personas se mantuvo relativamente estable y con tendencia a la disminución, sobretodo teniendo en cuenta su relación con el incremento demográfico.(15) De todas maneras, los delitos contra las personas no parecieron constituir una cuestión excesivamente preocupante para las autoridades, dado que entonces se asumía casi como algo natural que éstos ocurriesen dentro del componente social y el contexto en que se producían.
    Sin embargo, los delitos contra la propiedad merecieron una mayor atención dados los intereses que afectaban y las repercusiones que tenían en la prensa local. Este tipo de delitos excedía el marco de un determinado estrato social y perjudicaban obviamente a personas o empresas que tenían cierto patrimonio y/o algún grado de influencia. Además, las dimensiones que llegaron a adquirir algunas prácticas harían que tanto las autoridades locales como nacionales tuviesen una participación más activa en los intentos de solución al problema. Para hablar sobre los delitos contra la propiedad es preciso referir fundamentalmente las modalidades que tuvieron mayor relevancia en función de sus efectos, y sobretodo, una vigencia más prolongada en el Territorio. En tal sentido pueden destacarse dos: El abigeato, y el asalto armado cometido por bandas organizadas.
    Respecto al delito de abigeato, no se lo puede circunscribir a un período determinado dado que fue un problema de carácter permanente en el Territorio. Pero en particular desde finales de la década de 1910 en adelante, esta práctica adquirió mayor intensidad al aumentar el número de cabezas como directa consecuencia de la creación de varias colonias pastoriles y la instalación de grandes establecimientos ganaderos.(16) El abigeato se vio facilitado, además, por la precariedad de las mensuras, parcelamientos, deficientes o inexistentes alambrados; la ambigua legislación imperante en materia de marcas y señales, y fundamentalmente la práctica de la ganadería extensiva, que originó la formación de grandes rebaños, muy difíciles de controlar en su totalidad. Los partes policiales revelan la constancia del flagelo en la mayor parte de la época territoriana, desde faenas de pocos animales en pleno campo, hasta el arreo organizado de cientos de cabezas que usualmente tenían como destino las provincias limítrofes de Santa Fe y Santiago del Estero. La ineficacia o venalidad policial, y la anuencia o en ciertos casos, directa participación de las autoridades gubernamentales en los hechos, facilitó la comisión de este delito hasta llegarse a niveles escandalosos. El tristemente célebre gobierno de Enrique Cáceres (1917-1920) fue un ejemplo elocuente de la connivencia organizada para la ejecución de estas actividades. Los relatos de viajeros son, a su vez, ilustrativos de la magnitud del problema, tal como lo atestigua el mayor Da Rocha en un pasaje de su libro escrito en 1931:

"...En cuanto al cuatrerismo, es curioso consignar lo que ocurre en el territorio del Chaco, y que me ha sido referido: Allí los cuatreros operan en bandas hasta de diez o más individuos; llegan a un establecimiento en pleno día, armados hasta los dientes. Proceden a recoger la hacienda que se les viene en gana en las propias narices del propietario, impotente para resistirlos so pena de perder la vida. Llegan al colmo de encerrar los animales en los propios corrales del asaltado, procediendo allí a apartar tranquilamente lo mejor para llevar...

Estas operaciones tardan hasta dos y tres días, durante los cuales y después de desarmarlos, mantienen encerrados al dueño y a los peones que tuviere. Igual suerte corre todo aquel que sin estar enterado de los acontecimientos que se desarrollan se aproxima a las casas...

La retirada la efectúan tranquilamente, quedando dos o tres compinches, quienes vigilan a los prisioneros hasta que calculan que el arreo ya está tan alejado que no se lo podrá alcanzar...

Como podrá apreciarse, nuestros cuatreros del sur son unos niños de pecho comparados con estos caballeros..." (Da Rocha, 1937:30)

    El combate al abigeato por tanto, se inició mas bien por parte de los sectores privados interesados antes que por la acción oficial, que impotente aún en los períodos más voluntariosos, se adhería a las demandas y terminaba acompañando los ensayos de solución que en tal sentido proponían los ganaderos. Buena parte de las quejas se canalizaron a través de la prensa y de las entidades inherentes a la actividad, como por ejemplo la Sociedad Rural del Chaco. En el primer caso, fue el diario La Voz del Chaco el que más promovió frontal y sostenidamente una campaña eficaz contra el cuatrerismo ya desde 1917 y proliferaron los editoriales que se destinaron al asunto.(17) También fueron varias las propuestas realizadas desde la institución rectora de los ganaderos en el Chaco.
    Las mismas -que no se sugerían por primera vez- hallarían mejor predisposición durante el mandato del gobernador Gustavo Lagerheim (1938-41), quien además de ser un importante ganadero estaba estrechamente vinculado a la entidad, ya que había sido su presidente en períodos anteriores. Concretamente se pidió al gobernador un mayor control sobre mataderos, carnicerías y acopiadores de cueros, donde debían exigirse los certificados de procedencia, sanidad, y guías de los juzgados de paz. De la misma forma debería controlarse también el otorgamiento de boletas de marcas y señales, que se concedían "con demasiada liberalidad" .(18) Sin que se sepa si estas medidas tuvieron cumplimiento efectivo, debe destacarse que Lagerheim fue uno de los gobernadores que más se preocupó por el tema dados los intereses que representaba, y como también lo demuestran las varias resoluciones que adoptó al respecto.
    De todos modos, este problema sólo encontraría un principio de contención a finales de la década de 1930, cuando los escuadrones de la recientemente creada Gendarmería Nacional ejercieron un control más cerrado en las zonas rurales, y una vigilancia más estricta en las vías de comunicación del Territorio.
    Pero sin lugar a dudas, el problema de mayor relevancia que afrontó el Chaco en lo concerniente a actividades delictivas, fue el de la actuación de bandas organizadas dedicadas a los asaltos y secuestros, tal vez no tanto por los daños producidos, sino por las repercusiones que tuvieron sus actos en los medios de comunicación locales y nacionales, y por la sensación de inseguridad general que provocaron. La formación y actuación de bandas armadas en el Chaco fue un fenómeno propio de la década de 1930 y, además, contemporáneo a lo que ocurría en otros Territorios Nacionales en esta misma época. Básicamente pueden atribuirse sus causas más directas, a las ventajas que ofrecían estas dilatadas extensiones territoriales para la práctica de tales actividades, es decir a la precariedad de las vías de comunicación y, sobre todo, a la escasez o incapacidad de las policías locales. Por otro lado, y en el caso concreto del Chaco, el intenso movimiento de capitales y la escasa estructura y cultura bancaria, obraron como alicientes decisivos para la actuación de determinado tipo de bandas. No resultaba sorprendente -como hemos visto- el accionar de ellas en delitos relativos al cuatrerismo por ejemplo, dado que para estas operaciones siempre fue necesaria una mínima organización para arrear numerosas cabezas de ganado, y era algo habitual en los Territorios Nacionales.
    Lo que surgía como extraordinario era que estas organizaciones apareciesen ahora profesionalizadas, con armamentos modernos en algunos casos y dedicadas a delitos específicos que evolucionaron desde el salteo en los caminos; a los asaltos tipo comando a grandes comercios, empresas, industrias, establecimientos ganaderos y forestales, Bancos, trenes; y hasta secuestros extorsivos en una etapa de mayor perfeccionamiento. Estas bandas promovieron a su vez el encumbramiento de bandoleros que adquirieron según sus incursiones, renombres legendarios, y mantuvieron en vilo a las poblaciones e impotentes a las policías territoriales. En el sur del país, el más fiel exponente del bandolerismo en estos años fue Juan Bautista Bairoletto, quien asoló por más de veinte años los Territorios de La Pampa, Río Negro y el sur de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, San Luis y Mendoza. En el Chaco, coexistieron varias bandas que se dedicaron al cuatrerismo, al pillaje o al salteo; algunas de actuaciones efímeras, otras organizadas ocasionalmente, y sólo unas pocas con una trayectoria continuada.
    Al comando de éstas, se hallaron jefes de diverso carácter y mentalidad; muchos de ellos fueron maleantes vulgares, malvivientes rudimentarios que trascendieron temporalmente nada más que por su mera crueldad. Otros en cambio, sobresalieron por su audacia en los enfrentamientos con las fuerzas del orden, haciendo también gala de una mezcla de heroísmo, temeridad, y hasta ingenuidad en cada una de sus acciones. Pero también están los que se distinguieron por ser poseedores de una astucia y sagacidad no concebidas en un delincuente por aquellos días, que con sorprendente planificación supieron llevar adelante y con éxito procedimientos innovadores que les permitieron alzarse con cifras apreciables de dinero en cada operación, y mantener una prolongada trayectoria en el camino delictivo. Dentro de esta última categoría, corresponde insertar a bandidos que conmocionaron a todo un país por la espectacularidad de sus asaltos y secuestros, y también por la novelesca imagen que se tejió en torno a ellos debido a sus supuestas acciones benefactoras en favor de las clases más desposeídas.
    Estos personajes, a los que cierta literatura asignó el nombre de "bandoleros románticos" (19) al endilgarles una función de justicieros sociales, pusieron en tensión al sistema de seguridad territoriano público y privado, demostrando su vulnerabilidad al burlarlo sistemáticamente en cada operación y en cada fuga. Fueron además los arquetipos idolatrados para una buena cantidad de novicios que se iniciaron en la vida marginal, y más que nada, fueron los causantes de que sobre finales de los años treinta, el Chaco fuese catalogado como "La zona menos segura del país" . Estos célebres bandoleros entre los que pueden mencionarse a Segundo David Peralta, Eusebio Zamacola, Pascual Miño, Juan Bairoletto -que también actuó en estas tierras-, Malatesta, Ovidio Lezcano, "Cabo" Benítez, Ismael García y muchos otros de menor jerarquía, ejecutaron los asaltos y secuestros más sonados en el país de aquellos años, y con estas acciones obligarían finalmente a los poderes centrales a repensar el aparato de seguridad para los Territorios Nacionales.(20)

5. Reacciones y respuestas frente al problema

    Las inquietudes respecto a los problemas de seguridad en el Chaco comenzaron a notarse con cierta claridad a partir de la segunda mitad de la década de 1910 a raíz del vacío producido por el repliegue del Ejército. Inicialmente, y como hemos visto, las preocupaciones giraron en torno a la cuestión del abigeato, para trasladarse luego hacia las nuevas modalidades delictivas surgidas con el paso del tiempo. Los intentos de solución al problema se manifestaron a través de distintas iniciativas emprendidas por los gobiernos territorianos, las asociaciones o entidades representativas locales, y los poderes centrales, que incluyeron desde luego al Ejecutivo y Legislativo.
    Por ser los directamente afectados, eran los dirigentes locales los primeros en percatarse de los problemas, y también los más urgidos en proponer soluciones. Por su parte los gobernadores designados, constreñidos en la mayoría de los períodos a una tarea de gestión más que de resolución, se limitaron más bien a elevar las propuestas al P.E.N. añadiendo las propias, al tiempo que procuraban con sus escasos recursos satisfacer las demandas internas más con voluntarismos que con eficacia. Aún con estas restricciones, a cada uno de los gobernadores le tocó intervenir en la omnipresente cuestión con mayor o menor énfasis, y con variados resultados. De todas formas, las medidas tomadas o los petitorios elevados al gobierno nacional se producían casi siempre como consecuencia de la denuncia periodística o la presión de las entidades más representativas del Territorio, como la Sociedad Rural, la Cámara de Comercio e Industrias, la Unión de Cooperativas Agrícolas, o las alternantes asociaciones civiles y de fomento del Chaco.
    A partir de la segunda mitad de la década de 1910, el esfuerzo estuvo dirigido a conseguir mayor presupuesto y personal para la policía territoriana, o en su defecto, la reinstalación de algún tipo de fuerza especial nacional que cumpliera las tareas inherentes. Las tropas del Ejército replegadas habían sido reemplazadas por un regimiento de Gendarmería de línea con jurisdicción sobre Chaco y Formosa, pero éste tenía como misión principal el recorrido de la línea de frontera, es decir, el área formoseña especialmente, por lo cual su acción no producía prácticamente ningún efecto sobre el Territorio del Chaco. De modo que empezó a pensarse entonces en la organización de un cuerpo de características militares que desempeñase funciones civiles, pero no ya circunscrito al área fronteriza sino a toda la campaña, y que cubriera mediante un sistema de destacamentos las jurisdicciones de las poblaciones rurales.
    Ya en julio de 1917 el diario La Voz del Chaco comenzó a promover esta idea que tuvo aceptación por parte de otras entidades, y fue repetidamente propuesta ante el gobierno territorial y el P.E.N.
    Pero la misma no era novedosa; desde el ámbito nacional ya habían surgido iniciativas en igual sentido y fueron canalizadas a través del Congreso, puesto que los problemas eran extensibles, aunque en menor medida, a los demás Territorios Nacionales. Entre los primeros planteos que tendieron a formar una fuerza de este tipo, puede mencionarse el del diputado Julio A. Roca (h), quien presentó en 1911 ante el Congreso Nacional un proyecto de ley, que en su aspecto fundamental tendía a descargar al Ejército de ciertas funciones civiles y a asignarle al nuevo cuerpo, tareas específicamente policiales. La idea de Roca consistía en que el mismo dependiera del Ministerio del Interior, y no del de Guerra, y que obedeciera en su organización y disciplina a los reglamentos del Ejército. Justificaba la necesidad de su creación, debido a "... las continuas noticias que llegaban sobre el estado de inseguridad en que se encuentran algunos Territorios..." , agravado por el hecho de que "... la policía civil de esas regiones es completamente deficiente para llenar este servicio, tarea que en la práctica desempeña el Ejército, sin tener la preparación adecuada para ello, y distrayéndose además, de sus funciones específicas..." (21) Esta iniciativa fue girada a la comisión de Territorios Nacionales en donde obtuvo favorable despacho pero no fue incluida en los asuntos de orden del día, por lo cual no fue considerada por la Cámara.(22)
    Dos años más tarde fue presentado un nuevo proyecto; esta vez, bajo la inspiración de los diputados José F. Uriburu, Faustino Lezica, Carlos Saavedra Lamas, Marcelo T. de Alvear, Julio A. Roca y Lisandro de La Torre. Se trataba en la sesión del 17 de septiembre de 1913, y su diferencia con el anterior estribaba en que este era un proyecto para crear la Gendarmería de Chaco y Formosa solamente -con lo cual se deduce que la inseguridad era mayor en estos Territorios-, y además, este cuerpo tendría que desempeñar únicamente funciones de policía rural. Los legisladores argumentaron entonces que "..la creación de una policía especial en los Territorios de Chaco y Formosa era una obra que no admitía dilación". Sin embargo, el proyecto no fue aprobado.(23)
    Por otro lado, el P.E.N. impulsó sus propios proyectos aunque lo hizo algunos años más tarde, llegando a presentar cuatro durante el transcurso de 1921. El gobierno de Yrigoyen tenía sin embargo otras razones para impulsar la creación de un cuerpo militar que desempeñase funciones civiles. Desde 1919 se estaban produciendo disturbios en el país a consecuencia de las conflictivas relaciones laborales entre patrones y obreros, y los sucesos de la llamada "Semana Trágica" fueron continuados por otros no menos graves que se produjeron por los mismos motivos en Villa Guillermina en las instalaciones de "La Forestal" (1921), y en Santa Cruz entre 1921 y 1922, donde hubo que reprimir con fuerzas de Ejército los incidentes producidos.(24) El primero de los proyectos presentados, en enero de 1921, citaba

"...los sucesos que continuamente se vienen produciendo pese a los esfuerzos del P.E.N. por reforzar las policías fronterizas, que desde luego resultan insuficientes, por lo que se ve como en el presente, obligado a despachar fuerzas de marinería y Ejército para garantizar el orden..." (25)

    Este y los subsiguientes proyectos enviados ese año no prosperaron, ante lo cual el Ejecutivo creyó oportuno proceder mediante la modalidad del decreto. Así, el 10 de noviembre de 1921 se dictó el decreto creando 10 cuerpos de Gendarmería con destino a los Territorios Nacionales. En el mismo se hicieron constar las infructuosas gestiones para su creación por ley, y en sus fundamentos, además de la referencia a la desprotección de estas jurisdicciones, se aludió también a la intensificación de los conflictos de carácter social que se estaban produciendo.(26)
    Estos cuerpos, si bien serían organizados por el Ministerio del Interior y equipados por el Ministerio de Guerra, dependerían directamente de los gobernadores. Se aclaraba que la función de la fuerza sería esencialmente social y de prevención; " que su acción debería ajustarse a la más estrecha prudencia, y que su relación con las policías territoriales debería ser cordial y de mutua colaboración.. ."(27)
    Para el Territorio del Chaco se destinaron aproximadamente 200 hombres que fueron distribuidos proporcionalmente entre las distintas localidades, y tal medida fue recibida con beneplácito por pueblo y gobierno. La Voz del Chaco que fue uno de los medios más perseverantes en el pedido de esta fuerza, expresó su satisfacción recordando su papel pionero en la iniciativa cuando arreciaba el cuatrerismo amparado por el anterior gobierno de Enrique Cáceres (1917-20).(28) El ahora gobernador Oreste Arbo y Blanco (1920-23) se manifestó a su vez complacido porque además de la utilidad que reportaría el cuerpo para la seguridad rural, permitiría también la incorporación a sus filas de un apreciable número de obreros desocupados.(29)
    No obstante, la actuación de este cuerpo fue efímera, ya que el 31 de diciembre de 1922 se dio de baja al personal por razones presupuestarias. Si bien se determinó una partida adicional para reabsorber estos agentes a la policía territorial, la misma fue insuficiente y tanto los gobernadores Fernando Centeno (1923-26) como Juan Cepeda (1926-29) debieron ingeniarse para efectivizar este traspaso.
    La imprevisión y discontinuidad en el manejo del tema fueron habituales. La creación de un cuerpo de seguridad sin previsión presupuestaria adecuada y compuesto en buena medida por "obreros desocupados" , sólo podía causar un impresionismo efectista dentro de determinada coyuntura, pero no se consensuaba aún, una estrategia de seguridad sólida y duradera.
    De todas maneras, el golpe de efecto funcionó, y además en estas dos últimas gestiones se produjo un aumento en el número de plazas en la policía y habilitación de nuevas comisarías y destacamentos, lo que coadyuvó a mantener temporalmente un relativo clima de tranquilidad en el Territorio, quebrado sólo ocasionalmente por algunos levantamientos indígenas extemporáneos, como el de Napalpí por ejemplo.(30)
    Pero la población del Chaco continuaba creciendo aceleradamente, y al tiempo que se fortalecía el aparato de seguridad, éste quedaba nuevamente rezagado en relación a la población. En realidad, todo el esquema administrativo del Territorio se veía desbordado por la efervescencia social resultante de la colonización y el auge algodonero, y los esfuerzos por adaptarlo a las nuevas circunstancias, no marchaban acordes con la realidad.
    De esta forma, y transcurrido un breve lapso de aparente calma en los últimos años de esta década, la dirigencia local y los poderes centrales debieron ocuparse de otros problemas de seguridad surgidos a consecuencia de una nueva época, que paradójicamente no fue precisamente de escasez, sino de abundancia.
    Los inicios de los años treinta presentaban a un Chaco con una inercia de prosperidad, relativamente poco afectado por la crisis mundial y encabezando una precoz recuperación económica en relación con otras jurisdicciones del país. El proteccionismo nacional y las medidas de apoyo a la industria textil beneficiaron directamente a este Territorio, que recomenzaría un proceso de ascenso perdurable por casi toda esta década.
    Esta incipiente opulencia, si es que cabe el término, sería precisamente la causa directa de la aparición en principio tenue y luego marcadamente, de nuevas modalidades delictivas que terminarían propiciando soluciones de fondo al tema de la seguridad.
    Los primeros gobernadores del período, de muy breves mandatos hasta el 33, estuvieron dedicados -en lo que concierne al tema- a la misma tarea de siempre: el pedido de fondos y plazas para la institución policial, y la moralización de sus componentes.
    Hubo sin embargo algunas iniciativas novedosas, como por ejemplo la que instrumentó el fugaz gobernador Armando Meabe (1930-31), quien autorizó a las empresas o establecimientos particulares que estuvieran radicados en el interior, a erigir destacamentos policiales y dotarlos del pertinente personal. Esta medida intentaba imitar -con modificaciones- las soluciones que años antes habían adoptado importantes compañías azucareras y forestales establecidas en el ámbito rural, que habían montado sus propios aparatos de seguridad para cubrir sus instalaciones y entorno inmediato. En este caso, si bien el equipamiento y los estipendios del personal serían costeados por las empresas peticionantes, las designaciones de los agentes propuestos serían avaladas por el gobernador, y éstos deberían sujetarse a las normativas de la policía territorial.
    Juan Mac Lean (1931-32) en cambio, se concentró más bien en el saneamiento y reorganización de los cuadros existentes, haciendo honor a su premisa de que "...un gobernante que alcanzare a hacer una buena policía en su gestión, brindaría uno de los más grandes beneficios al Territorio..." (Mari, 1999:93-96). Fiel a sus convicciones, no vaciló en dictar numerosas resoluciones sumariando, suspendiendo o exonerando a agentes y funcionarios jerárquicos que evidenciaban negligencia o venalidad en sus tareas. En este sentido, los boletines oficiales y copiadores de la gobernación de su período abundan en medidas correctivas que denotan severidad y firmeza en tal propósito.
    Por su parte Juan Vrillaud (1932-33) consideró a su vez que los problemas de seguridad radicaban en realidad en los juegos de azar, que a su juicio constituían "uno de los peores males del Territorio" , y en el contrabando, al que consideraba una verdadera "mafia" que abarcaba todas las clases sociales. Sus informes al Ministerio del Interior intentaron demostrar que tuvo una política activa sobre estas cuestiones, pero sus escasas resoluciones en la práctica no parecieron traducir tal espíritu. Es más; una auditoría ministerial que terminó empujando su renuncia, y ulteriores denuncias sobre su gestión, lo involucraron precisamente en las mismas actividades que presumía combatir (Mari, 1999:107-124).
    De esta forma, poco es lo que se avanzó en la materia durante este primer trienio. Algunas iniciativas aunque ingeniosas fueron parciales y de dudosa aplicación; los atinados reclamos de Mac Lean desde la "Asociación de Fomento de los Territorios de Chaco y Formosa" si bien eran atendidos, pocas veces hallaban concreción; y los diagnósticos, como en el último caso, fueron desacertados, o en todo caso distractivos, y no pasaron de esa condición. El marco institucional y económico del país hacía además poco probable que la seguridad en los Territorios Nacionales mereciera un lugar importante entre las prioridades del gobierno central.
    Esta desatención se revertiría sin embargo a partir del año 33, cuando específicamente en el Chaco comenzaron a suceder episodios delictivos inusuales. La actuación de bandas organizadas dedicadas a explotar la intensa circulación de capitales mediante asaltos o secuestros, haría retomar el tema de la seguridad como una cuestión prioritaria, tanto para los gobiernos nacionales como locales. La diferencia con épocas anteriores, era que esta vez, por la dimensión y trascendencia de los episodios, ya no se discutía tanto si se debía o no ampliar la fuerza policial, sino que se coincidía cada vez más en la necesidad de crear un cuerpo especial estable, militarizado, y con funciones bien definidas para atender la seguridad en los Territorios Nacionales.
En el caso del Chaco, cupo al gobernador Castells (1933-1938) la tarea de convencer a los poderes centrales respecto a la necesidad de esta medida. La prensa y diversas entidades locales y nacionales colaboraron a su vez sostenidamente en la insistencia. Castells había asumido el gobierno con plena conciencia de las deficiencias en la seguridad, tal como lo demostró en su primer discurso cuando expresó respecto a la policía:

"...Dedicaré mi acción inmediata a su reorganización y trataré de hacer de ella por lo menos una cosa anodina; hasta ahora esta institución solo ha sido inútil, cuando no peligrosa. Después veré si es posible conseguir que sea un elemento positivo y útil para el Territorio..." (31)

    En tal sentido debe señalarse que al menos durante su primer gobierno actuó en consecuencia con sus dichos, desplegando una enérgica acción depuradora que se evidenció en numerosas resoluciones dictadas al respecto. No obstante, la escalada de las actividades de bandolerismo superó sus mejores previsiones y durante su gobierno debió capear los temporales más fuertes del flagelo, a tal punto que en su segundo mandato, el tema consumió buena parte de su actividad.
    En más de una ocasión se vio obligado a advertir al Ejecutivo Nacional acerca del problema, y si bien en un principio tendió a minimizarlo, quizá porque estimaba que el mismo ponía en tela de juicio su eficiencia como funcionario, pronto se percató de que la cuestión lo excedía y que con sus recursos, poco podía hacer al respecto. De allí que en el ámbito local este gobernador fuera uno de los principales impulsores de la creación de una fuerza especial de seguridad, al menos para el Chaco. Sus aceitadas relaciones con los gobiernos de Justo y Ortiz sirvieron sin duda para llamar la atención del P.E. sobre el tema. La presión de la prensa nacional contribuiría a su vez a desempolvar viejos proyectos otrora abortados que habían procurado dar una solución definitiva a la cuestión de la seguridad en los Territorios Nacionales.
    Luego de los frustrados intentos antes mencionados y de la efímera conformación por decreto de la Gendarmería en 1921-22, los proyectos por crear un cuerpo militarizado de seguridad habían oscilado con variada intensidad durante los años subsiguientes. Acerca de los que impulsó el Ejecutivo hay que remitirse al de 1923, cuando el presidente Alvear presentó al Congreso un proyecto de ley para crear lo que llamaba una "Gendarmería Nacional" . En sus fundamentos mencionó el desamparo de los Territorios Nacionales y la necesidad de poner en funcionamiento esta policía federal bajo un régimen disciplinario militar.(32)
    En cuanto a su trámite, debe decirse que en 1926 al insistir el Ejecutivo, obtuvo la aprobación de la comisión de guerra y marina de la Cámara de Diputados, pero se suscitaron desavenencias respecto a los lugares en donde actuaría el cuerpo, dado que por una parte se trataba de limitarlo exclusivamente a los Territorios Nacionales, mientras que por otra se defendía la posición de que la Gendarmería debía cubrir todo el país, lo cual ocasionó la demora en su tratamiento quedando finalmente sin prosperar.
    La oposición provino de parte del bloque radical porque estimaban que este cuerpo sería un peligro para las autonomías provinciales, y que podría ser usado por algunos gobiernos como elemento de presión política en épocas electorales.(33) No obstante, al ser éste el trabajo mejor elaborado hasta entonces sirvió de base para los proyectos que volvieron a presentarse en 1928, 1934, 1936, 1937 y 1938.
    La ley definitiva se debatiría en la Cámara de Diputados en este último año, precisamente cuando en el Chaco arreciaba el bandolerismo. El colapso del sistema de seguridad en este Territorio sería sin duda el factor decisivo para la aprobación de la misma.
    El proyecto original, que había sido enviado por Justo en 1936 resaltaba que los pobladores de algunos Territorios se hallaban librados a sus propios medios , y que por la falta de garantías se estaba produciendo la despoblación de los mismos . Respecto al cuestionado carácter militar del cuerpo, se recordaba que fuerzas similares estaban produciendo resultados exitosos en países como Canadá y Chile .(34)
    Pese a la consistencia de los argumentos, a la presión de la prensa y a una veintena de peticiones formuladas por diversas asociaciones de Chaco y Formosa, hubieron de transcurrir cuatro sesiones para arribar a la sanción de la ley. La más férrea oposición en este caso provino de la bancada socialista, que además de estar animada por sentimientos antimilitaristas, no ocultaba sus temores ante posibles intromisiones de esta fuerza en cuestiones partidarias. Estos se mostraron inclinados a capacitar y reforzar los cuadros policiales de los Territorios, antes que a crear este cuerpo militarizado cuya competencia y jurisdicción era difusa, entendiendo que podía sobrepasar las facultades de los gobernadores de las provincias en determinadas circunstancias.
    No obstante, la ley de creación de la actual Gendarmería Nacional terminó por sancionarse el 23 de julio de 1938 con el número 12.367. La misma establecía que su planta básica se compondría de 3698 hombres, y que los cargos jerárquicos se cubrirían con personal retirado del Ejército; se daba un plazo máximo de tres años para su total organización, al término de los cuales pasaría de la dependencia del Ministerio de Guerra a la del Ministerio del Interior.
    En septiembre de ese año se dotó al cuerpo de armas, uniformes y símbolos, y se designó a los inspectores de las regiones norte, centro y sur, en las que fue dividida la fuerza. A la sazón, fue la región norte la primera en ser cubierta, y es en Resistencia en donde se instala el regimiento número 1, de modo tal que la actual Gendarmería hizo el estreno de sus operaciones en el Chaco a partir de febrero de 1939.
    El inicio de sus acciones provocó beneficios y también trastornos en el Territorio. Entre los últimos cabe mencionar las intromisiones denunciadas por viajeros y vecinos debido a la dureza de las revisiones en vías de comunicación y transportes públicos; confiscación de armas; redadas y allanamientos incluso a medios gráficos, como ocurrió con el periódico La Mañana , en Sáenz Peña. En la inspección de este medio de orientación socialista que había denunciado prácticas de tortura por parte de la flamante fuerza, se cometieron excesos, como la destrucción de materiales e inutilización de la imprenta. Aunque el incidente fue confuso y las anteriores denuncias no fueron probadas, estos episodios originaron un encendido repudio de una parte de la prensa local y nacional que desprestigió temporalmente a la institución. Su director se vio obligado a reparar la imagen institucional en un comunicado dirigido a la comunidad chaqueña en donde explicó las dificultades que se le presentaban a la fuerza para cumplir con su objetivo de restaurar la seguridad, lo cual provocaba que la opinión pública tuviera muchas veces una posición crítica respecto de su accionar.(35)
    Tampoco fueron menores los conflictos producidos entre la Gendarmería y la policía territorial. Cuando comenzaron a operar los primeros escuadrones, la nueva institución aún no poseía una reglamentación precisa que rigiera su accionar, y tampoco tenía asignados límites para sus áreas de operación, es decir, no estaba totalmente claro si debía intervenir solamente en la campaña o también podía incursionar en los centros urbanos. Ello provocó rozamientos y superposición de funciones generando no pocas disputas entre las jerarquías de ambas fuerzas, habiendo llegado incluso el propio gobernador a mediar en los casos más difíciles. Lagerheim (1938-41) supo quejarse oportunamente de una "falta de unidad lamentable entre las dos instituciones" .(36)
    No obstante, las adhesiones fueron, en general, mayores que los rechazos. El periodismo y muchas entidades locales habían bregado insistentemente por la creación de este cuerpo y el margen para las protestas, dadas las circunstancias, era ciertamente reducido. Por el contrario, muchos de estos sectores fueron consecuentes con su prédica anterior y prestaron un decidido apoyo a la tarea de la fuerza. Durante 1939 abundaron los artículos resaltando los beneficios de sus operaciones que en muchos casos excedieron sus funciones específicas, como por ejemplo sus actividades sanitarias e incluso educativas para la población civil en sus hospitales de campaña en el ámbito rural. El gobierno local por su parte y pese a las quejas mencionadas, no dejó de reconocer el alivio que su presencia produjo en la tarea de la policía territorial, lo cual permitió reasignar funciones y sobretodo, iniciar con mayor tranquilidad un proceso de profesionalización de sus cuadros, a lo cual se abocó precisamente el gobernador Lagerheim.
    En definitiva, la actuación de la Gendarmería Nacional en el Chaco de estos años significó un aporte decisivo en el control de la seguridad en la campaña. La amplitud de facultades, los modernos medios de comunicación, la tarea de espionaje e infiltración, y la celeridad con que se movilizaba la tropa implicaron un abrupto descenso de los delitos contra la propiedad en el ámbito rural del Territorio. Su sola presencia disuadió de manera efectiva el abigeato en gran escala, y sus incursiones contribuyeron al desbaratamiento total de las bandas armadas que hasta entonces habían operado en el Chaco.(37) Al término de esta tarea que insumió poco menos de tres años, los escuadrones del Chaco fueron redistribuidos hacia el área de frontera de éste y otros Territorios Nacionales, iniciándose así un proceso de especificación de funciones que hasta hoy desempeña la institución. Culminaba así, aunque esta vez con resultados concretos, un largo período de ensayos y errores respecto al tratamiento de la seguridad en el Chaco Territoriano.

6. Consideraciones finales

    Según surge de lo expuesto, la problemática del delito en el ámbito rural del Chaco durante la época en que fue Territorio Nacional, ha tenido su raíz en múltiples factores, que combinados, propiciaron que esta situación no sólo se mantuviera sino que fuera in crescendo hasta principios de la década del cuarenta.
    Las características geográficas, productivas y demográficas de esta jurisdicción; la insuficiencia e incapacidad de las distintas fuerzas de seguridad que operaron en el Territorio, y la ausencia o improvisación de políticas para resolver esta cuestión, fueron en esencia, las causas principales para la germinación y perdurabilidad de los problemas descriptos.
    Las preguntas que continúan subyaciendo son porqué desde el estado nacional no se dieron en tiempo y forma las respuestas esperables en este caso; porqué se demoró la instrumentación de medidas que podrían haber aliviado la convivencia en una sociedad en formación dentro de un razonable marco de orden público. Porqué tanta vacilación y retaceo, cuando éste Territorio superaba en población y renta a la mayoría de los Territorios Nacionales y a varias provincias del país. Porqué, por último, se escatimaron e incluso, disminuyeron recursos para el sostenimiento de la policía, cuando la contribución económica del Chaco a la renta nacional podía amortizar con creces los gastos dirigidos hacia una cobertura de seguridad apropiada.
    Las respuestas sólo pueden obtenerse si se comprende el marco político e institucional en el que se hallaron los Territorios Nacionales durante la mayor parte de su existencia, y sobre todo, la minoridad jurídica en la que estuvieron sus habitantes.
    Los Territorios Nacionales fueron, desde la óptica nacional, jurisdicciones lejanas y periféricas que en su momento sirvieron para ocupar el espacio y consolidar las fronteras, pero una vez logrado esto, se convirtieron en ámbitos ideales para colocar correligionarios y allegados en los puestos públicos de sus respectivas administraciones. A su vez, los funcionarios designados en ellos, forasteros en la mayoría de los casos, poco interés tenían en resolver problemas que les eran ajenos, ya que su condición de tales respondía a favores, "consuelos", o a la posible antesala de un cargo de mayor relevancia en la política o la administración nacional.
    En el caso del Chaco, algunos de estos funcionarios (gobernadores, comisarios, y aún jueces) estuvieron involucrados por acción u omisión en actividades ilícitas, por lo cual de ninguna manera era esperable una solución al problema. El delito era para ellos, una fuente de financiamiento personal. Cuando ello no ocurrió y gobernaron hombres de arraigo o compenetrados con la realidad local, sus acciones estuvieron restringidas por los límites del cargo, reducido más bien a la petición y gestión, que a la resolución. Un gobernador de Territorio estaba -salvo contadas excepciones-, muy dependiente de las directivas del Ministerio del Interior.
    Por otra parte, los habitantes de estas jurisdicciones eran en la práctica, ciudadanos de segunda categoría. No votaban presidentes, legisladores, ni gobernadores, los cuales como hemos visto, eran designados por el P.E.N., y en algunos períodos, impuestos aún contra la voluntad de las poblaciones locales. Ello hacía que los márgenes de presión comunitarios ante los poderes centrales fueran mínimos en el mejor de los casos, y nulos en la mayoría de ellos.
    La prensa local y nacional supo dar cuenta de ello reiteradamente: "Los poderes centrales han mantenido a los Territorios Nacionales y sus pobladores en el más completo olvido." , decía el diario La Prensa cuando arreciaba el bandolerismo en el Chaco.
    De hecho, las decisiones más contundentes tomadas por los poderes centrales en materia de seguridad para los Territorios Nacionales, se concretaron sólo cuando el problema amenazó la gobernabilidad, o los episodios delictivos saturaron las páginas de la prensa nacional, o afectaron los intereses de grandes empresas multinacionales instaladas en éstos. Las creaciones de las Gendarmerías de 1921 y 1938 son un buen ejemplo de ello.
    Por lo demás, y en el caso concreto del Chaco, no puede considerarse a la problemática del delito rural en general como producto de conflictos sociales de raíz ideológica como han sugerido algunos autores. Se ha señalado aquí que los hechos que derivaron en delitos de sangre contra las personas fueron consecuencia de las características productivas del Territorio; de la permisividad en la libre portación de armas; de las espontáneas maneras de entretenimiento; de la afluencia masiva de mano de obra en épocas de cosecha; del hacinamiento en el hábitat, y sobre todo, del componente social involucrado en esta actividad. Y en el caso de los delitos contra la propiedad, especialmente los relativos a bandolerismo, de ningún modo puede asegurarse que ellos derivaban de una situación de resentimiento social, salvo algunas excepciones. Si bien quien delinque se ampara habitualmente en esta justificación, en el caso del Chaco, los asaltos y secuestros que alcanzaron difusión nacional fueron producto del oportunismo de delincuentes comunes que supieron aprovechar las particularidades de la comercialización del algodón; el intenso movimiento de dinero en tránsito; la carencia de infraestructura y cultura Bancaria, y sobretodo, la vulnerabilidad del sistema de seguridad.
    El problema, por tanto, radicó básicamente en un deficiente manejo del tema por parte de las autoridades nacionales que no supieron dotar a los Territorios Nacionales en general, y al de Chaco en particular, de una estructura de seguridad acorde a la masa poblacional que año tras año se radicaba en esta comarca y desbordaba constantemente el aparato administrativo. Prueba de ello es que cuando el estado decidió finalmente implementar soluciones de fondo a la cuestión mediante la creación e instalación de la actual Gendarmería Nacional, se erradicó inmediatamente el bandolerismo; disminuyó el abigeato organizado, y los delitos contra las personas y la propiedad, acusaron un pronunciado descenso.
    Las respuestas políticas -aunque efectivas- surgieron así tardíamente, y más bien como reacción presurosa a una situación desbordada, antes que por una planificación estratégica y meditada respecto a la inserción definitiva de estas jurisdicciones en la vida nacional.

Notas

(1) En ese entonces el término "Gendarme" se usaba para designar a lo que hoy se denomina "Agente", de policía, por tanto, cuando se habla de Gendarmería en este período, no debe entenderse con el significado que en la actualidad se le otorga a la institución. Hubo varias Gendarmerías "volantes", "fronterizas" o "de línea" creadas ocasionalmente, y ninguna tuvo similitudes -en organización y funciones- con la actual Gendarmería Nacional.

(2) En su Memoria de 1889, el Gobernador Obligado hablaba de las ". ventajas que reportaría a la policía del territorio la sanción de un reglamento para la misma, pues actualmente su organización y régimen es defectuoso y redundaría en beneficio de la Institución su reglamentación en las relaciones que deben mantener en el ejercicio de sus funciones, ya sea entre sí, como en el ejercicio público..." (Memorias de los gobernadores del Territorio Nacional del Chaco 1885-1899 . Resistencia, Instituto de Historia, Facultad de Humanidades, UNNE, 1985:302).

(3) Las policías territoriales desenvolvieron su acción basándose en precedentes, reglamentaciones administrativas y principios doctrinarios, pero sin que la ley haya determinado las materias que le estaban confiadas ni previsto las limitaciones necesarias para asegurar las garantías individuales. En 1908 se aprobó un Código de Policía para los Territorios Nacionales elaborado por el Dr. Gabriel Carrasco. El decreto, firmado por el presidente Figueroa Alcorta, ordenaba la implementación de éste código a partir del 1º de julio de 1908, pero algunas gobernaciones siguieron rigiéndose por costumbre o por falta de instrucción de los agentes, por el Código Rural de 1894. Ahora bien, este código dictaba normativas generales que no precisaban de manera específica sobre un amplio espectro de contravenciones, ni tampoco sobre cuáles serían los procedimientos policiales en cada caso. El art. 236 le asignaba a la policía la misión fundamental de "... conservar el orden público, evitar los crímenes y delitos y aprehender a los delincuentes. Es su obligación prestar auxilio en caso de agresión a la vida, al honor y a la propiedad, pero en ningún caso puede constituirse en juez ni aplicar penas, limitándose sus facultades a la detención provisoria del delincuente o contraventor, y ponerlo a disposición del juez competente..." Es importante resaltar esto porque en las áreas rurales, era la policía en la práctica la que obraba como juez, dadas las enormes distancias que se debían recorrer para llegar hasta un poblado, en donde muchas veces se carecía de juez de paz. Y esto en lo atinente a delitos menores, porque cuando se debía recurrir al juez letrado, las complicaciones eran aún mayores. Además esta ingerencia policial en el área judicial se veía favorecida al permitírsele mediante el art. 247 "... allanar por sí el domicilio en la campaña, sin necesidad de orden judicial...", con lo cual, en función de aligerar los procedimientos se soslayaba la inviolabilidad del domicilio y se prestaba además, para que se cometan abusos de autoridad. A su vez por otro lado, el art. 253 inhibía a la policía para prohibir o restringir el derecho de llevar armas, y por tanto ninguna persona podía ser registrada a los objetos de averiguar si llevaba o no armas consigo. Esto, si bien apuntaba a resguardar el derecho de los habitantes de garantizar su defensa propia en un medio geográfico hostil y peligroso, propiciaba por consecuencia que las riñas o entredichos terminaran casi siempre en hechos de sangre, puesto que el que llevaba armas, en esos casos las usaba, lo que a su vez hacía más dificultosas las tareas de prevención y represión. Con estos ejemplos se intenta mostrar los aspectos más conflictivos del código en cuanto a lo policial, que con el transcurso del tiempo derivaron en excesos tanto de la autoridad como de los individuos. Esto sin dejar de recordar las falencias del código en cuanto al abigeato, que a la sazón, mereció sucesivos cuestionamientos por parte de algunos gobernadores. (Los fundamentos de estos artículos pueden verse en Reyna, 1910:212).

(4) En uno de los tantos editoriales que publicó el diario La Voz del Chaco (en adelante L.V.CH ) al respecto, expresaba: ".Si se realizara una investigación, se destaparía un ambiente infestado de malhechores, no solamente casos de abigeato que los pobladores no denuncian por estar desengañados de la justicia o por temor a sordas reprimendas que los inhabilitan, sino que se descubriría más de un crimen ocultado por la incapacidad de la policía, y más de una villanía cometida por los mismos encargados de la justicia..." "... comisarios, oficiales, y empleados subalternos, sufren cuando más, después de una denuncia, la instrucción de un sumario que a la final los vuelve a sus puestos, rondos y tondos con más ínfulas que antes..."( L.V.CH. 16 de febrero de 1917). Meses más tarde, remarcaba: "...sabemos que se tomarán algunas medidas, y precisamente un riguroso servicio de moralización es lo que necesita nuestra policía; de nada valdría un aumento de personal, de sueldos o de otra clase de elementos, sin expurgar antes a la institución del pésimo elemento moral que cuenta..." ( L.V.CH . 13 de junio de 1917). Artículos del mismo tenor fueron reiteradamente publicados por éste y otros medios de prensa locales y nacionales durante la mayor parte de la época territoriana.

(5) Sólo a título representativo, puede apreciarse una de las numerosas disposiciones que en tal sentido se consignan en los copiadores de la Secretaría de la Gobernación del Chaco en distintos momentos de la etapa territoriana: "Al Sr. Jefe interino de Policía: Para su conocimiento, transcríbole el siguiente despacho recibido del Ministerio del Interior que dice: Comunícole decreto fecha Mayo 31 ppdo. que dice.Declárase cesante razones de economía al Comisario Vidal, cuyo cargo será ocupado por inspector Guesalaga, y jerarquía suprimida los Comisarios Pérez Carranza y Costa, y Subcomisarios Baigorri, Encina, y Oficial Figueroa, cuyo cargo será ocupado por señor Serrarale, Subcomisario que se suprime. Suprímase cargo Subcomisario vacante Buffi. Salúdole atte. David O´Connor, Subsecretario del Interior". (Archivo Histórico de la Provincia del Chaco -en adelante A.H.P.CH.-.Copiadores de la Secretaría de la Gobernación del Chaco, 2 de junio de 1932:467)

(6) En los copiadores de la Gobernación del Chaco, se observaron numerosos reclamos y trámites de familiares de agentes fallecidos, que pugnaban por obtener una pensión ante el Ministerio del Interior. No se han encontrado respuestas afirmativas a éstos pedidos; sí se han hallado sin embargo muchas solicitudes denegadas y, en la mayoría de los casos, lo argumentos gubernamentales resultaban inconsistentes. (A.H.P.CH.-. Copiadores de la Secretaría de la Gobernación del Chaco, años 1917 a 1940). Esta situación fue parcialmente corregida durante la gestión del gobernador Castells, quien en 1934 dispuso la creación de un "Seguro Mutual Voluntario". El desamparo en que quedaban las familias de los agentes fallecidos, motivó al gobernador a instituir este seguro que se implementó con singulares características. El capital de beneficio se formaba con el aporte de 2,00 m$n por cada afiliado en el momento de producirse el fallecimiento de uno de ellos, es decir que la caja nunca tenía capital, sino que se formaba por el descuento de esa cuota en el momento de producirse el deceso de un afiliado. Era condición primordial la existencia de uno o más beneficiadores, y el máximo de seguros a pagarse en el mismo mes no podía exceder de dos, y no existiendo fallecimiento no podía haber descuento. Esta idea tuvo una amplia aceptación y resolvió sin dudas un problema que se arrastraba desde la creación misma del Territorio, y que se convertía en una dolorosa realidad cada vez que un empleado o agente de policía fallecía en actos de servicio y su familia quedaba en el más absoluto desamparo, tramitando una pensión que en los casos más felices, llegaba luego de años de gestiones. (A.H.P.CH. Memoria de Gobierno de José Castells correspondiente a 1935:26)

(7) La Comisión que elaboró el Estatuto aludía a esta cuestión diciendo: "En la parte final del Estatuto se han agrupado las normas que aseguren un adecuado reclutamiento y una estabilidad integral que reputamos indispensable. El personal de policía cumple en los Territorios Nacionales una función trascendental por las tareas que posee y por lo alejado que se encuentra de las autoridades judiciales y administrativas encargadas de su contralor. Es indispensable, por lo tanto, que esos empleados posean un mínimo de instrucción general y específica -no siempre lograda hasta la fecha por la forma en que se les designa- que asegure el acierto de su gestión; y correlativamente, es también indispensable que se sientan suficientemente respaldados y garantizados en su estabilidad en el empleo, en el progreso de la carrera que han elegido, en su tranquilidad frente a injustas sanciones y en los problemas económicos que gravitan sobre su peculio..." (Estatuto Orgánico de la Policía de Territorios . Buenos Aires. Ministerio del Interior. 1946:12.)

(8) El Código Rural establecía claramente en su art. 253: "...La policía no podrá prohibir o restringir el derecho de llevar armas, y en consecuencia, ninguna persona será registrada con el objeto de averiguar si lleva armas consigo..." Pero aclaraba en el art. 254: "...Es prohibido sin embargo hacer ostentación de armas o llevarlas a la vista, bajo pena de 10 pesos de multa..." (Código Rural para los Territorios Nacionales ; Recopilación realizada por Máximo Reyna, 1902-1910. Buenos Aires. Ministerio del Interior. 1910). En 1918 se intentó reformar el Código Rural, y se ponía especial énfasis en la reconsideración de estos artículos. En el proyecto de reforma se explicaba que: "...Dado el despoblamiento que existe en los territorios nacionales, no nos ha parecido prudente prohibir la portación de armas en la campaña, pero sí en los lugares poblados. El código actual no hace diferencia alguna sobre el particular, sin duda porque cuando se sancionó, había un número muy reducido de pueblos en los territorios..." (Memoria del Ministerio del Interior 1919-1920 , Inédita, p. 338). En cuanto a los avisos que se aluden, pueden transcribirse algunos de los que habitualmente aparecían en los diarios: "Armería Alemania: Recientemente instalada. Dispone de un gran surtido de armas, tiros, municiones, y navajas. Se compran cueros silvestres y plumas, y se permutan por armas. Se encarga de composturas de armas en general. ¡Háganos una visita!. Pcia. R. Sáenz Peña, calle 12,13 y 15" . (Gran aviso ilustrado aparecido en el periódico El Imparcial , en sucesivas ediciones del año 1926) "Cazadores y Acopiadores: Si quieren ganar plata vendan sus frutos en la barraca RICO, que paga en dinero efectivo los precios más altos. No se dejen engañar por pichuleadores. Vendan sus frutos en una casa seria. Ríase de la crisis vendiendo a RICO. Con pocos frutos, RICO entrega mucha plata. Compre en RICO el arma que busca para su seguridad. Óigalo bien: RICO hay uno sólo en Sáenz Peña" (Aviso ilustrado aparecido en el periódico El Imparcial , de Sáenz Peña, en sucesivas ediciones del año 1926)

(9) El Código de policía de 1908 había legislado sobre este punto. En su art. 270 estipulaba: "..Luego que se tuviere noticias de estarse concretando un duelo, el funcionario que corresponda, procederá a la detención del provocador y a la del retado, si éste hubiere aceptado el desafío, y no serán puestos en libertad, hasta que bajo palabra de honor, ofrezcan desistir de su propósito..." (Código de Policía para los Territorios Nacionales . Buenos Aires. Imprenta de Juan Alsina. 1908:49). Sin embargo, existen constancias de que esta práctica continuó en vigencia al menos hasta bien entrada la década del cuarenta, tanto en el ámbito local como nacional. De hecho, deben recordarse los comentados duelos de armas (con padrinos) entre el Gral. Baldasarre y el Cnel. Pilotto en el campo de aviación de El Palomar, en abril de 1932; el de Pinedo y Lisandro De la Torre, en julio de 1935; y el de los Dres. Álvarez Ahumada y Agustín Dillón, en Resistencia en abril de 1939, sin víctimas en todos los casos. (L.V.CH. 11 de abril de 1932; 18 de julio de 1935, y 13 de abril de 1939). Fuentes del año 1942, registran a escala local la permanencia de esta práctica, como puede observarse en el incidente ocurrido entre el Secretario de la Gobernación del Chaco, Dr. Carlos Franco, y periodistas del periódico Norte , a quienes el primero desafió a una "reparación por las armas" por una denuncia en su contra publicada en este medio. (Diarios L.V.CH. y El Territorio , 8 de octubre de 1942).

(10) Gobernación del Chaco. Memoria presentada al superior gobierno de la nación por el gobernador del Territorio Nacional del Chaco, José C Castells en el año 1934. Corrientes. El Liberal. 1936.

(11) En vistas de las alarmantes estadísticas, el gobernador Castells se dirigió al jefe de la policía de la capital federal en estos términos: "... La gobernación del Territorio Nacional del Chaco se propone solicitar del Poder Ejecutivo, la adopción de medidas destinadas a restringir el abuso que importa la portación de armas que autoriza el Código Rural sancionado en 1894, y que ya no responde a las necesidades de los mismos... A fin de documentar ampliamente las medidas que habrán de proponerse y con el propósito de estudiar las reglamentaciones existentes al respecto en la capital federal, es que me permito solicitar a ud., todas las disposiciones vigentes sobre portación de armas, rogando por razones de premura sirva ordenar que el envío se lleve a cabo a la mayor brevedad..." (A.H.P.CH. Copiadores de la secretaría de la gobernación del Chaco . Gobernador José Castells. 26 de enero de 1934)

(12) El 1º de diciembre de 1933, el gobernador Castells se dirigió al Ministro del interior don Leopoldo Melo a los fines de solicitarle "... se disponga extender en los territorios nacionales los beneficios de la ley 11.640 (Sábado Inglés)..." Motiva ésta "...que habiéndose aplicado con anterioridad en breves períodos(*), además de las ventajas generales que evidenció, tiene el excepcional efecto de provocar una enorme disminución de los delitos de sangre en el territorio... Corresponde remarcar aquí que la estadística demuestra que en el Chaco los hechos de sangre se han venido produciendo especialmente los días sábados en los boliches del interior, como se demuestra con las planillas agregadas; la clausura de éstos negocios los días sábados ha impedido las reuniones que terminan casi siempre en pendencias cuchilleras, con la consiguiente alteración del orden..." (A.H.P.CH. Copiadores de la secretaría de la gobernación . Gobernador Castells. 1º de diciembre de 1933. p.113.

(*) Se aplicó durante la gestión del gobernador Vrillaud en 1932.( Copiadores de la secretaría de la gobernación , del 8 de abril de 1932-folio 206 y del 9 de mayo de 1932).

(13) A.H.P.CH. Copiadores de la secretaría de la gobernación . 17 de febrero de 1933. p.74.

(14) Datos tomados de la Memoria de gobierno de José Castells (op. cit.) correspondiente al año 1934.

(15) En 1935 los delitos contra las personas ascienden a 682, mientras que al año siguiente bajan a 635. A su vez la población pasa de 276.343 hab. en 1935, a 314.328 hab en 1936, con lo cual proporcionalmente, se advierte una apreciable disminución.(Datos tomados de las Memorias del gobierno de José Castells (op. cit.) correspondientes a los años 1935 y 1936).

Es posible que en esta disminución haya incidido una mejor organización en la distribución, atención y control de la masa temporal de braceros provenientes de provincias y países vecinos, responsabilidad ésta que recayó en la recientemente creada "Comisión de Braceros para la Cosecha del Algodón", que tenía precisamente ese fin. ( Memoria de Gobierno de José Castells correspondiente a 1935, p. 91-102).

(16) Por decreto del 11 de julio de 1921 se crearon las colonias pastoriles Coronel Brandsen, Rodríguez Peña, Río de Oro, Tacuarí y Teuco, con un total de 948.474 hectáreas.

(17) Desde comienzos de 1917, L.V.CH. inició una serie de artículos en donde cuestionaba severamente el accionar de la policía, sobretodo la del interior del Territorio, y como pruebas publicaba numerosas cartas enviadas al periódico por vecinos damnificados por un "cuatrerismo alarmante", lo que se correspondía con "una pasividad culpable" por parte de los funcionarios policiales. Comentaba L.V.CH . que "...esos atentados contra la propiedad ya no constituyen meros casos aislados que pudieran suponer una delincuencia de ocasión, sino que por la forma en que se llevan a cabo y por la impunidad conque se efectúan, se advierte la existencia de una escandalosa organización, de tal modo que el cuatrerismo constituye hoy por hoy, una insólita industria..." Este diario instaba al jefe de policía "... a reorganizar la policía del interior, a la que juzgaba como completamente inmoral, y al gobierno a producir una investigación oficial en la institución, dado que la policía tiene conocimiento de los desmanes que se producen en la campaña, pero nunca se descubre a los delincuentes bajo el pretexto de no hallarse en condiciones para perseguirlos, y a pesar de tenerse indicios, se abandona completamente toda averiguación..." El periódico se fue mostrando más incisivo en sus apreciaciones, asociando cada vez más el incremento del cuatrerismo con la corrupción y completa inoperancia policial, aseverando que "...El cuatrerismo tiene su asunto en una verdadera liga o federación , una especie de camorra donde se ubican personas de representación política, social y económica..." ( L.V.CH : 27 y 29 de enero; 16 y 26 de febrero; y 13 de marzo de 1917)

(18) Petitorio de la Sociedad Rural del Chaco, L.V.CH. 16 de mayo de 1938.

(19) La bibliografía que ha abordado el tema desde este enfoque es probablemente la más conocida. La definición de "bandidos románticos", "bandidos sociales", "jinetes rebeldes", "bandidos buenos", etc., se halla frecuentemente aludida en Chumbita, 1968 y 1999; Juárez, 1981. Desde luego, también en los clásicos sobre el tema, Hobsbawn, 2001a y 2001b; o Antonio Amaury Correa de Araujo (1984), con sus numerosos trabajos sobre el "banditismo" y los "cangaçeiros" en Brasil, sólo por mencionar algunos. En cada una de las obras señaladas puede ampliarse sobre bibliografía específica.

(20) Segundo David Peralta (a) "Mate Cocido" fue el personaje más representativo del bandolerismo en el Chaco durante estos años. Su astucia, profesionalismo e instrucción intelectual, le permitieron mantener una prolongada carrera en el camino delictivo que -en lo referido al Chaco- comenzó en 1926 y terminó abruptamente en 1939, debido a la acción de la entonces recientemente creada Gendarmería Nacional. Fue el jefe de una banda semipermanente que cometió los asaltos y secuestros más espectaculares de aquellos años, alcanzando renombre nacional. Se caracterizó por el buen trato prodigado a sus víctimas y por la casi ausencia de hechos de sangre en sus actuaciones. Se convirtió en un mito popular por sus vínculos con la gente humilde del ámbito rural que lo encubría -a cambio de favores monetarios-, y porque por lo general sus acciones delictivas estaban dirigidas hacia empresas o personas de fuertes recursos económicos. Desapareció del Chaco en 1939 luego de un enfrentamiento con la Gendarmería, sin que se haya podido determinar con certeza su destino final. Esta institución realizó investigaciones sobre su paradero hasta 1972, sin resultados concretos. Eusebio Zamacola (a) "El vasco", lugarteniente de Peralta por varios años. Ingresó a la banda aparentemente movido por ideales anarquistas y participó de varios asaltos. Fue capturado en Córdoba en 1938, y en la cárcel se recibió de contador vía correspondencia. Cumplió su condena y se reinsertó en la sociedad dedicándose a las actividades forestales. Pascual Miño (a) "Tata" también integró esta banda, aunque luego del repliegue de Peralta, formó la propia, dedicándose a los secuestros. Hombre de poca instrucción, temperamental, rústico e ingenuo; un típico paisano rural del Chaco que se pasó a la vida marginal por resentimientos contra el sistema. Murió en un enfrentamiento con la Gendarmería en septiembre de 1941. Juan Bairoletto o Vairoleto -de prolongada y conocida actuación en el sur del país-; hábil jinete y de espontáneo proceder, migró hacia el Chaco en 1937 atraído por el movimiento de capitales y los éxitos de "Mate Cocido". Se asoció con éste y participó en un frustrado asalto a una dependencia de "La Forestal". Este traspié, y la incompatibilidad de caracteres y procedimientos de ambos personajes, disolvió la efímera sociedad, retornando el primero a su original zona de residencia. Francisco Malatesta (a) "El boca" también integró la banda de Peralta. Hombre ladino, pendenciero y de gatillo fácil. En 1937 y luego de haber ultimado en una disputa a otro miembro de la banda, fue relegado de la misma y continuó solitario su vida delictiva. En 1938 murió en Resistencia luego de un enfrentamiento con la policía. Ovidio Lezcano organizó una banda de aproximadamente 15 individuos que se dedicó al cuatrerismo en gran escala. Arreaba cientos de cabezas hacia las provincias del noroeste e incluso a Bolivia. Se destacó por enfrentarse a la policía armado con ametralladoras de pie que había conseguido como rezago de la guerra del Chaco (Paraguay y Bolivia). Se han diferenciado aquí, solo algunos de los perfiles más representativos de los bandoleros que por entonces actuaron en el Chaco. Un estudio más detallado de los episodios y personajes puede verse en Mari, 1994.

(21) Secretaría de Guerra. Revista de Gendarmería Nacional . Año 1. Número 0. Buenos Aires. septiembre-octubre. 1963. p. 35-36.

(22) Ibídem.

(23) Ibídem.

(24) Sobre los eventos, y la acción de la Liga Patriótica y la derecha en la Argentina, pueden verse los trabajos de Mc Gee Deutsch (2003 y 2005).

(25) Fragmento del proyecto presentado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional. Tratado en la reunión Nº 63 del 27 de enero de 1921 en Cámara de Diputados. Diario de Sesiones. T.VI.

(26) López Piacentini, C.P. Historia de la Provincia del Chaco . T.III. Rcia. Edit. Región. pp. 126-127. El tema puede ampliarse en Mari: 1994:47-53.

(27) Secretaría de Guerra. Gendarmería Nacional. Antecedentes de las Gendarmerías creadas en los años 1877, 1917, 1921 . Expte. E-15 Bajo Paraguay. Buenos Aires. Archivo General de la Gendarmería Nacional. Edificio Centinela.

(28) L.V.CH. 1 de septiembre de 1921

(29) A.H.P.CH. Nota dirigida al Ministro del Interior por el gobernador Oreste Arbo y Blanco el 7 de diciembre de 1921.

(30) El movimiento indígena de Napalpí ha sido objeto de variados y exhaustivos estudios por parte de diversos historiadores y antropólogos que han atribuido sus causas a factores sociales, económicos o religiosos. Se destacan entre ellos, los trabajos de Cordeu y Siffredi (1971), Iñigo Carrera y Podestá (.) y últimamente el de Echarri (2001), quien a partir del hallazgo del expediente judicial, aporta detalles novedosos sobre la cuestión. Es por ello suficientemente conocido este suceso y los excesos en la represión policial, pero como el mismo excede el objeto de este estudio, que es el delito común en el ámbito rural y las políticas de seguridad en función de este problema específico, en caso de interés por profundizar el tema, derivamos al lector a esta bibliografía especializada.

(31) Entrevista concedida al diario La Razón de Buenos Aires, y transcripta por L.V.Ch . el 2 de octubre de 1933.

(32) Secretaría de Guerra. Revista de Gendarmería Nacional... , op. cit. p. 37-38. Algunos diputados radicales, como Susán, Arbeletche, Vásques y Castex, que integraban la Comisión de Guerra y Marina, sostuvieron que la Gendarmería debía ser un organismo militarizado dependiente exclusivamente del Ministerio de Guerra y no del Ministerio del Interior, porque en el segundo caso su disciplina podría relajarse debido a la intromisión de factores políticos que le quitarían la severidad militar. Así lo consignó ulteriormente el ex-diputado José C. Susán en una entrevista concedida al diario La Razón de Buenos Aires el 3 de agosto de 1943. Por otra parte, en el Territorio del Chaco existía un amplio consenso respecto a la militarización de la eventual fuerza, ya que se afirmaba que era ".a las formaciones militares, las únicas a las que indios y delincuentes respetaban." . Esta opinión puede hallarse en distintos artículos de los periódicos, y notas de los gobernadores de ésta y la siguiente década.

(33) Así lo consignó el ex-diputado José C. Susán en una entrevista concedida al diario La Razón de Buenos Aires el 3 de agosto de 1943.

(34) El contenido del proyecto original puede verse en: Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores . 11 de agosto de 1936.

(35) Debido a la sucesión de artículos aparecidos en los diarios locales y nacionales repudiando este episodio, el Director de la Gendarmería Manuel Calderón viajó al Chaco para hacer las respectivas aclaraciones. Si bien negó que personal de la fuerza haya participado en los incidentes cuestionados, se comprometió a realizar una investigación meticulosa sobre el tema. Posteriormente publicó un extenso comunicado en los medios locales en el que enumeraba los objetivos y los logros de la fuerza, culminando con la siguiente sentencia: ".La Gendarmería ha prometido darle al Chaco la paz a que tiene derecho, y ésta llegará pese a las diversas fuerzas que oponen resistencia a la acción enérgica y decidida de esta institución, o que tienden a desacreditarla." . Los pormenores de esta cuestión pueden seguirse a través del diario L.V.CH . en sus ediciones del 16,17 y 18 de Noviembre de 1939.

(36) AHPCH. Gobernación del Chaco. Memoria de gobierno presentada al Superior Gobierno de la Nación por el gobernador Gustavo R. Lageheim correspondiente al año 1940. p. 3

(37) Así lo corroboran los informes del gobernador Lagerheim al Ministerio del Interior en 1940 y 1941: ".En los delitos perpetrados contra la propiedad particular se ha producido una disminución apreciable de los asaltos y robos en banda que estaban en auge en años anteriores. Puede decirse que la actividad de delincuentes organizados se ha desbaratado por la tenaz persecución de la que han sido objeto. Es indudable que ello se debió a la implantación del cuerpo de Gendarmería Nacional, que ha significado en la práctica un valioso aporte para la erradicación de tan indeseables elementos". (Idem, p. 4, y también Informe presentado al Director General del Interior por el gobernador Lagerheim el 24 de enero de 1941, pag. 6) Prueba de esta nueva situación, es también el hecho de que a partir de 1939, y luego de que se diera la pertinente cobertura a los procedimientos de la Gendarmería, a la desaparición y/o muerte de los principales cabecillas e integrantes de las bandas delictivas, las noticias sobre esta problemática en el Chaco no volvieron a aparecer en los medios gráficos locales ni nacionales.

Fuentes

A.H.P.CH. (Archivo Histórico de la Provincia del Chaco).

Memoria del Gobernador Gustavo Lagerheim (1940).

El Chaco a Través de Memorias, Informes gubernativos y Datos estadísticos 1885-1938.

Documentos y Notas dirigidos al Ministerio del Interior por Funcionarios de la Gobernación del Chaco, años: 1884 a 1940.

Copiadores de la Secretaría de la Gobernación del Chaco, años 1917 a 1940.

Policía: Legajo. Antecedentes Instituciones Policiales 1910-1939. Pagos y gastos varios 1910-1942; Denuncias, Informes, Sumarios, Comisiones 1918-1940; Movimiento de Personal 1916-1955; Partes Policiales 1918-1940.

Informe de la Gestión del Gobernador Mac Lean al Ministerio del Interior. Mayo de 1932.

Informe Parcial de la Gestión del Gobernador Juan Vrillaud al ministro del interior Leopoldo Melo. Resistencia. 9 de febrero de 1933.

Policía de la Provincia del Chaco. Sección Identificaciones:

Prontuarios de Segundo David Peralta, y otros. Sección R-Nº2. Resistencia, Museo de la policía del Chaco.

A.H.G.N. (Archivo Histórico de la Gendarmería Nacional). Servicio Histórico. Edificio Centinela. Capital Federal.

Proyectos de ley de creación de Gendarmerías Nacionales (años 1923 a 1936).

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Acción delictiva de las bandas armadas en el Chaco. (Años 1938-1942). Legajos M-9; M-10 año 1939.

Ubicación y traslado de escuadrones de Gendarmería Nacional en el Territorio del Chaco. (Años 1887-1945). Legajo A-5 (1887-1921).

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Informes y correspondencia de jefes y auxiliares de los diferentes destacamentos ubicados en el Territorio del Chaco. (Años 1938-1945).

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Publicaciones oficiales

Código de Policía para los Territorios Nacionales de la República Argentina .Buenos Aires, Imp. de Juan Alsina, 1908.

Congreso Nacional. Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores. 1936.

Estatuto Orgánico de la Policía de Territorios. , Buenos Aires, Ministerio del interior, 1946.

Gendarmería Nacional. Secretaría de Guerra, Revista de la Gendarmería nacional. Número 0. Año 1. Buenos Aires. septiembre-octubre de 1963.

Gobernación del territorio del Chaco. Memorias presentadas al Ministerio del Interior por el gobernador del Territorio Nacional del Chaco, José Castells, años 1934-1935-1936.

Gobernación del Chaco. Boletines Oficiales de la Gobernación. Resistencia. A.H.P.Ch. Años 1931 a 1943.

Publicaciones Periódicas

La Voz del Chaco. 1915-1941.

Tribuna Chaqueña. 1938-1943.

El Territorio. 1935-1943.

Norte. 1941-1943.

El Imparcial. 1926

Estampa Chaqueña. 1930-1943.

La Razón, Buenos Aires. (Varios)

La Prensa, Buenos Aires. (Varios)

Bibliografía

La bibliografía sobre esta temática es amplia y variada, en particular, en los asuntos referidos al bandolerismo. Por una cuestión de espacio sólo se referirán algunas publicaciones, a partir de las cuales los lectores podrán derivar hacia obras más específicas, según sus intereses.

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Fecha de recibido: 12 de octubre de 2005
Fecha de publicación : 30 de abril de 2006

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