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Mundo agrario

versión On-line ISSN 1515-5994

Mundo agr. vol.11 no.21 La Plata jul./dic. 2010

 

DOSSIER

Jueces de paz, masones y conservadores en la campaña bonaerense. Una aproximación a las redes vinculares en el sur de la provincia de Buenos Aires (Tres Arroyos, 1865-1910)

Judges of peace, masons and conservatives on Buenos Aires´ countryside. An approximation to the personal links on the south of the Buenos Aires´ province (Tres Arroyos, 1865-1910)

Leandro A. Di Gresia

UNSur/UER ISHIR CESAL/CONICET
leandrodigresia@yahoo.com.ar, leandro.digresia@uns.edu.ar

Resumen
Este artículo se propone analizar la forma en que se implantó la Justicia de Paz en el interior de la provincia de Buenos Aires entre 1865 y 1910, a través del estudio de los sujetos que desempeñaron esa función y los entramados políticos en los que participaron. El mismo se ha realizado a partir del estudio de un Juzgado en particular, como fue el del partido de Tres Arroyos. Por un lado, se reconstruye el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de Jueces de Paz, con la intención de entender las lógicas que guiaron su designación. Para ello, se indaga en la reconstrucción de sus biografías asociadas a los diversos momentos de ocupación e institucionalización local. Posteriormente se identifican dos modos de nucleamiento que sirvieron de base relacional a los individuos del lugar y que permiten completar la explicación generada desde las biografías individuales: una red de tipo iniciática, como fue la masonería; y una red del conservadurismo local, dirigida por poderosos estancieros del lugar. Por último, se observa si esas redes influyeron en la administración de justicia local.
Las fuentes utilizadas son diversos álbumes conmemorativos locales, datos censales, periódicos locales, expedientes correccionales tramitados en la Justicia de Paz de Tres Arroyos, el Libro Copiador de Notas del Juzgado y el Libro de Actas de la Logia Hiram de Tres Arroyos.

Palabras claves: Jueces de paz; Redes sociales; Poder local; Masonería.

Abstract
The purpose of this article is to analyze the way in which Justice of the Peace was implemented in Buenos Aires Province, Argentina, between 1865 and 1910, through the study of the subjects who acted in such capacity and the political framework in which they took part. The work was carried out taking into account one particular Justice of the Peace Office, the one located at Tres Arroyos County.
On the one hand, the profile of the subjects who acted as Justices of the Peace is reconstructed so as to understand the logics guiding the appointment thereof. For this, research work is done in order to reconstruct their biographies associated to the different terms of office and local institutionalization. Then, two grouping modes that served as a relational basis for local individuals and that allowed to complete the explanation developed from individual biographies are identified: an initiation ritual-type network, as it was the case of masonry, and a local conservatism network, managed by local and powerful ranch and farm owners. Finally, it is observed if these networks had an influence on local justice administration.
The sources used are several local commemorative albums, census data, local newspapers, criminal records brought before the Justice of the Peace in Tres Arroyos, the Copybook of the Justice of the Peace Office, and the Book of Records of Tres Arroyos Hiram Lodge.

Keywords: Justices of the peace; Social networks; Local power; Masonry.

1. Introducción

   Este artículo forma parte de un proyecto mayor, orientado a reconstruir lo que llamamos la "experiencia de la justicia" en el mundo rural del sur bonaerense de la segunda mitad del siglo XIX y primera mitad del XX (1). En este trabajo, nos centramos en los individuos que ejercieron la función de Juez de Paz en el partido de Tres Arroyos, un distrito ubicado en el sur de la provincia de Buenos Aires, entre 1865 y 1910. Algunas preguntas que buscamos responder son: ¿Quiénes fueron los hombres que actuaron como Jueces de Paz en el interior de la provincia de Buenos Aires durante la segunda mitad del siglo XIX? ¿Representaron algún grupo social en particular? ¿Cómo se pueden conocer sus biografías? ¿Formaron parte de algún tipo de redes vinculares? ¿Esas redes influyeron en la administración de justicia?
   Estas preguntas se fundan en una serie de afirmaciones que sostienen nuestra indagación. Por un lado, entendemos que la configuración de las instituciones del estado provincial, dependió más de la experiencia -y los vínculos sociales- de los individuos que las conformaron, que de las disposiciones jurídicas de quienes las concibieron. En ese sentido, reconstruir las biografías y recrear los universos sociales de los jueces de paz de un distrito de frontera, nos permite observar la dinámica y el funcionamiento real de las instituciones. Por el otro, analizar los criterios de selección de los jueces y su variación en función de los contextos políticos locales y provinciales, es una variable clave en esta indagación.
   Este acercamiento a los jueces de paz, nos plantea la inquietud de cómo reconstruir las referencias biográficas de individuos que no legaron testimonios de sus vidas personales más allá de su firma en algún ignoto expediente judicial o algunas referencias étnicas, etarias o de condición civil, registradas en aisladas filiaciones. La excepción estaba dada únicamente por aquellos personajes que estuvieron involucrados en las etapas fundacionales del partido y fueron rememorados en álbumes conmemorativos como biografías heroicas de esos pionners de la pampa. De todas maneras, vale aclarar que no pretendemos desarrollar sus biografías como testimonios de un determinado contexto histórico, una cultura de época, o para mostrar la excepcionalidad de algunos individuos, sino que buscamos una lectura que podríamos llamar individual en clave colectiva, al estilo prosopográfico, donde "las biografías individuales ofrecen interés sólo en la medida en que ilustran el comportamiento, o las apariencias adjuntas a las condiciones sociales estadísticamente más frecuentes" (2).
   De todas maneras, al adentrarnos en esa tarea de reconstrucción histórica, nos encontramos con que, limitarnos a describir las biografías individuales de manera aislada, no nos permitía dar cuenta de las múltiples dinámicas locales. En consecuencia, procuramos observar las relaciones que se podían establecer entre esos individuos que ocuparon la función de juez de paz y otras las instituciones locales, con la intención de descubrir si funcionaban otras lógicas en la selección y posterior designación para el cargo. En este sentido, y con cierta inclinación microhistórica, recurrimos al uso del concepto de red social a escala local, en tanto aspiramos a recuperar la densidad de vínculos que se reproducen en un espacio social acotado, donde las relaciones interpersonales se multiplican, entretejen y densifican, por el solo hecho de variar la escala misma de observación (Revel, 1995, p. 129). De todas maneras, debemos aclarar que el uso que hacemos en este trabajo del network analysis se vincula a lo que Franco Ramella llama el uso débil del concepto de red, en tanto no proponemos un desarrollo empírico de la estructura interna de las redes, en términos de densidad, centralidad o distancia, sino solamente lo utilizamos para dar cuenta de la presencia de la multiplicidad de vínculos entre los individuos (Ramella, 1995, p. 10).
   Para desarrollar esta propuesta, nuestro trabajo se divide en dos partes. La primera, se propone recuperar retazos, fragmentos, indicios de esas historias de vida, en el sentido dado por Carlo Ginzburg (2004) a estas tentativas de reconstrucción histórica. Fragmentos recogidos, fundamentalmente, en obras conmemorativas locales donde se narran algunas cualidades convertidas en características míticas de aquellos adelantados de la frontera. (3) Junto a ello, hemos buscado otros indicios en los periódicos locales, expedientes judiciales y censos de población (4), que nos permitieron completar parcialmente esa información para conocer las características de los individuos que ocuparon el cargo.
   En una segunda parte, nos proponemos avanzar en la indagación de dos redes locales en la que se insertaron estos jueces, como una estrategia para comprender las posibles relaciones que explican su designación. Finalmente, concluimos con un ejercicio que nos permite observar si estas redes sociales, influyeron de alguna manera en la administración de Justicia de Paz.

2. Los Jueces de Paz de Tres Arroyos

   ¿Quiénes ocuparon el cargo de Jueces de Paz? ¿Qué actividades desempeñaron? ¿Es posible detectar alguna constante que delimite un perfil que los defina como grupo, burocracia o incluso elite judicial? Estos interrogantes ya fueron planteados por la historiografía rural pampeana en el marco de cuestiones más generales sobre la configuración del estado y un nuevo orden jurídico post-independiente. Si bien existían algunas apreciaciones de tipo impresionista, a partir de lo que la normativa establecía y una mirada amplia de las fuentes judiciales (Díaz, 1959, pp. 81-89), la historiografía no había planteado un estudio sistemático de los sujetos encargados de administrar justicia de paz y asumía que eran instrumentos de los grandes propietarios y hacendados (Lynch, 2000, p. 125). A fines de la década de 1990, Juan Carlos Garavaglia (1999a y 1999b) buscó responder quiénes habían sido los alcaldes y tenientes de alcalde en Buenos Aires entre 1831 y 1854, construyendo el perfil social de este grupo (edad, estado civil, lugar de nacimiento, conocimiento de lectura y escritura, ocupación, capital, propiedad). (5)
   Simultáneamente, Jorge Gelman reconstruyó el perfil sociodemográfico y económico de los jueces de paz de la campaña bonaerense entre 1822 y 1856, a partir de la totalidad de datos que se conservaron al respecto. Sobre la base de las ternas para Jueces de Paz que se elevaban anualmente al gobierno, elaboró un perfil estadístico de la edad, estado civil, fortuna, actividad, capital y lugar de nacimiento, con lo que concluyó que se trató de personas de edad madura, con familia, con un largo periodo de residencia en la campaña de Buenos Aires y en su mayoría dedicados a la ganadería. (6)
   Esta indagación se completó con un estudio más denso de las relaciones sociales de algunos distritos. Garavaglia, analizó la jurisdicción de San Antonio de Areco y Cañada de la Cruz y reconoció la existencia de algunas familias que armaron extensas redes de poder local en la que varios de sus miembros fueron Alcaldes de Hermandad o Jueces de Paz y, si bien se fracturaron por lealtades políticas durante el rosismo, evidencian el control local (Garavaglia, 1999b, pp. 104-106 y 1999c, pp. 189-201).
   Juan Manuel Palacio realizó un exhaustivo estudio de la justicia de paz para el distrito de Coronel Dorrego entre 1887 y 1940. Su trabajo sobre los jueces de paz, sin la pretensión de construir un perfil estadístico al estilo de los anteriores, encontró notables similitudes con las características descriptas para la primera mitad del siglo XIX. (7)
   En síntesis, fundamentados en confiables datos sobre la composición de los Juzgados de Paz del siglo XIX, estos estudios permiten saber que los jueces de paz no eran reclutados entre los sectores más ricos de la campaña, sino entre los sectores medios y medios bajos, y que representaron al conjunto de la sociedad de ese entonces.
   Al tomar como antecedentes estas investigaciones, nos interesa no sólo completar la imagen de quiénes fueron los jueces de paz en la campaña bonaerense, sino también observar si las lógicas de su designación variaron en función de los diferentes momentos de la ocupación del territorio y las transformaciones socioeconómicas.
   Para el periodo de estudio propuesto, hemos reconstruido la serie completa de los sujetos que ejercieron la función, ya sea de manera interina o titular. Pero antes de detallar los datos que hemos recabado, debemos mencionar ciertas condiciones que la legislación provincial definía para ocupar el cargo. Si bien la institución fue creada en 1821, después de 1852 se procuró reducir y suprimir las atribuciones ejecutivas, administrativas y policiales, en procura de la especialización judicial. (8) No obstante, las prescripciones sobre quiénes podían ejercer el cargo de juez de paz, se mantuvieron más o menos estables durante todo el siglo XIX. La Ley de Procedimientos de la Justicia de Paz de 1887 remarcó que serían nombrados por el Poder Ejecutivo a propuesta de una terna de las respectivas municipalidades entre ciudadanos mayores de 25 años, contribuyentes, que tuvieran residencia de por lo menos dos años en el distrito y que supieran leer y escribir. (9) Durarían un año en sus funciones, y podían ser reelectos, pero al vencer el plazo del cargo, debían permanecer hasta tanto el nuevo juez asumiera la magistratura. (10)
   Ahora bien, si observamos a los individuos que se desempeñaron como jueces de paz de Tres Arroyos, nos llama la atención que, pese a que algunos ocuparon el cargo por varios años, no se registran datos de ningún tipo en los álbumes conmemorativos, registros de estancias o algunas otras referencias locales. Ahora bien, si observamos las características individuales de estos jueces e intentamos dilucidar las lógicas que operaron en su designación, podemos observar que las mismas fueron mudando en función de los contextos y la situación de la ocupación del territorio. En ese sentido, hemos diferenciado dos etapas. Una primera, que comprende desde la creación del partido y la designación del primer Juez de Paz hasta el momento en que se fundó el poblado cabecera del distrito y las autoridades se establecieron en él (1865-1884). Y una segunda, que abarca el devenir posterior, a partir de la consolidación de la ocupación, el afianzamiento de la explotación ganadera y la institucionalización local (1885-1910).
   Esta diferenciación de períodos es importante si tenemos en cuenta que el partido de Tres Arroyos fue creado en 1865 por un decreto provincial junto a otros veintisiete. Abarcaba cerca de 800 leguas cuadradas comprendidas entre el arroyo Cristiano Muerto por el Este hasta el Sauce Grande por el Oeste, y desde la Costa Atlántica hasta las sierras de la Ventana en el Norte. Durante los primeros años, la ocupación fue sumamente precaria, producto de la situación de frontera, sufriendo repetidos malones hasta fines de la década de 1870. (11) Para 1869 aún no contaba con ningún centro urbano, la actividad económica excluyente era la ganadería y la población alcanzaba a 550 personas. La primera autoridad designada fue Benigno Macías para el cargo de Juez de Paz (31 de marzo de 1866), pero inmediatamente renunció, siendo reemplazado por Samuel Roseti. La consolidación de esta ocupación vino luego del exterminio de indígenas impulsado por Roca. Después de este hecho, la población blanca aumentó notoriamente y para 1881 alcanzó la cifra de 6.595 habitantes (5.395 argentinos y el resto extranjeros). (12) De todas formas, la población siguió siendo eminentemente rural (solo se registraban 4 casas de comercio, un mercachifle y 33 almacenes dispersos por el campo). Recién el 24 de abril de 1884, el gobernador Dardo Rocha decretó la fundación del poblado, que comenzó a desarrollarse en 1885. Fue a partir de ello, y de la llegada del ferrocarril en 1886, cuando la región inició transformaciones socioeconómicas muy intensas, complejizándose la esfera pública y las relaciones sociales. Para 1895, la población del partido llegó a los 10.423 habitantes (6.698 en zona rural y 3.725 en zona urbana). De origen nacional eran 6.559 y 3.864 extranjeros, entre los que predominaban los italianos, españoles y franceses. En esta última década del siglo XIX, también se consolidó la vida institucional de Tres Arroyos (Eiras y Pérez Vassolo, 1981; Gorraiz Belloqui, 1935; Romeo, 1949 y 1959).
   Hasta el año en que se estableció la Municipalidad, la autoridad de los partidos del interior de la provincia de menos de mil habitantes, residía en el Juez de Paz, la Comandancia Militar y luego, las Comisiones Municipales (que también eran presididas por el Juez de Paz). (13) Durante este período, la Justicia de Paz fue una institución que podríamos denominar itinerante y hasta patrimonial: cada vez que el juzgado cambió de titularidad, los expedientes, registros, libros de actas, sellos y demás, se trasladaron a la estancia donde residía el nuevo titular del cargo. (14) A su vez, en esta primera etapa, observamos una relativa inestabilidad en la función, consecuencia de la precariedad de la ocupación debido a los reiterados malones y a los sucesos políticos nacionales y provinciales. (15)
   En ese contexto, ninguno de los que ejercieron el cargo fue oriundo de la región. En su mayoría fueron de nacionalidad argentina, a excepción de dos de origen español (Manuel Barcala y Carlos Pérez). (16) La particularidad que los define es que todos se han asentado en el territorio desde mediados de 1860, vinculándose a las actividades ganaderas. Si bien algunos lo hicieron primero como arrendatarios y luego como propietarios, otros ocuparon el cargo siendo mayordomos de una estancia (como Manuel Barcala). De todas maneras, y a partir de los casos observados, nos inclinamos a considerar que la selección se basó en el carácter de propietarios residentes en la región, condiciones presentes en la mayoría de los casos. Una selección que se parecía más a la dinámica de la primera mitad del siglo XIX, analizada por Gelman (2000, pp. 17-23) donde el criterio estaba dado por la estabilidad, la residencia y la ocupación del lugar, como una forma de identificar los intereses personales con los estatales. (17)
   A partir de 1884, operó un cambio en la estructuración del espacio y en la administración del partido debido a que se dispuso la fundación del pueblo cabecera, que se materializó al año siguiente. Con ello, comenzó un lento proceso de institucionalización -de acuerdo a las prescripciones de la ley orgánica de municipalidades de 1876-, que si bien no fue sencillo y hasta dio lugar a una situación de acefalía en 1887, (18) sentó las bases de la organización del poder local.
   De esta manera, ingresamos en lo que consideramos el segundo período, en donde comenzaron a funcionar otras lógicas en la designación de los jueces de paz. En esta etapa, encontramos que el cargo fue ocupado por individuos de profesiones y actividades diversas: un maestro (Felipe R. Sánchez) (19), un "práctico de la ley" (Lorenzo Fulco) (20), un talabartero (Pedro Foussats) (21), y un sólo gran hacendado (Claudio Molina) (22). Si bien sólo hemos encontrado información para cuatro de las nueve personas que ejercieron como jueces titulares (23), estas referencias indican que el perfil netamente rural comenzó a diluirse. Como contrapartida, la designación tendió a privilegiar dos nuevos criterios: 1) una preparación en las tareas intelectuales y 2) la participación en alguna de las redes de poder que funcionaban en el distrito.
   La posesión de un cierto saber comenzó a ser de importancia cuando se definió la especialización judicial a partir de la ley nº 1853 de Justicia de Paz. Si analizamos los casos en los que ha trascendido públicamente el accionar al frente del Juzgado, vemos una tendencia a la selección de personas que tuvieron una mayor experiencia en la actividad intelectual: Lorenzo Fulco, por ejemplo, fue designado secretario del Juzgado cuando contaba con una notable formación adquirida en el Juzgado del Crimen del Sud de Dolores (24); y Felipe Sánchez (25), maestro de profesión, fue secretario del juzgado durante varios años (26). En síntesis, estos pocos datos nos llevan a concluir que, al igual que lo señalado por Juan Manuel Palacio para el caso de Coronel Dorrego, no se observa un perfil de gran propietario y estanciero para la selección de los jueces de paz de fines del siglo XIX. (27) Pero, a diferencia de aquel, sí se ve una tendencia a la profesionalización del cargo, concediéndolo a maestros o avezados en leyes.
   La segunda característica definitoria es la de haber formado parte de alguna red vincular. En el caso de Tres Arroyos, las descripciones de los álbumes conmemorativos que hemos mencionado, unidas al recorrido empírico de las fuentes judiciales, las designaciones gubernamentales, las actas del Concejo Deliberante, los periódicos locales, nos han permitido visualizar la existencia de redes y vínculos sociales de los más diversos: desde las de simple vecindad u ocupación del territorio, (28) a familiares, burocráticas, políticas y hasta iniciáticas. Si bien haremos breve mención a casi todas esas formas de vinculación social, nos concentraremos en poner de manifiesto dos modos de nucleamiento que sirvieron de base relacional a los individuos del lugar para integrar las filas del gobierno local (Intendencia, Concejo Deliberante, Consejo Escolar y Juzgado de Paz). Uno, una red de tipo iniciática, como fue la masonería; el otro, una red del conservadurismo local, dirigida por poderosos estancieros del lugar. La razón por la que decidimos profundizar en estos dos modos de relación se debe a que consideramos que los mismos encierran claves explicativas sobre las formas en que se ejerció el poder local y se ocupó la burocracia municipal.

3. Una red iniciática: la masonería local y un caudillo provincial

   Entre 1887 y 1893, la dirección política del partido estuvo en manos de Teófilo C. Gomila, (29) quien actuó como la cabeza de un grupo que buscó ubicar en la administración a masones y seguidores de su línea política. Si bien no ocupó cargo público ejecutivo, más allá de ser designado presidente de la comisión de remates de tierras públicas y ocupar un cargo en el Consejo Escolar, su actuación puede asociarse a la de un clásico caudillo conservador del interior de la provincia.
   Gomila adhería a la política del Partido Autonomista Nacional que, por ese entonces, buscaba aumentar su injerencia en la política de la provincia de Buenos Aires. (30) Con motivo de las elecciones para gobernador en 1886, apoyó abiertamente la candidatura de Máximo Paz (31) y, para sostenerlo en el interior, formó un "Comité Pacista" (32) y la "Liga del Sur". (33) En 1890, Gomila movilizó el "batallón Máximo Paz" para apoyar al gobierno con motivo de la revolución de ese año. (34) En 1892, presidió el comité tresarroyense del Partido Provincial, agrupación política generada por el pacismo, para apoyar la candidatura presidencial de Roque Sáenz Peña (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 158).
   La acción política de Gomila dividió violentamente la política local, tanto que hasta sufrió un atentado en su domicilio particular. (35) Sus fuertes posturas quedaron plasmadas en su periódico, El Libre del Sur, que se convirtió en una tribuna de sus ideas y propuestas. (36) Entre sus enemigos políticos locales estuvieron Claudio C. Molina (37) y Felipe R. Sánchez. La narración que en 1910 se hizo de esta situación, es un claro testimonio de la existencia de estos enfrentamientos entre agrupaciones de poder. Juan Montenegro, al relatar la actuación política de Felipe R. Sánchez, afirma que:

En este primer periodo de la formación del pueblo tuvieron lugar muchas agitaciones políticas con motivo de las candidaturas del Dr. Rocha para presidente de la República y de D. Máximo Paz para Gobernador de la Provincia. En ambas tuvo Sánchez participación dirigente y especialmente en la última. Fue el que primero pronunció el nombre de Máximo Paz en Tres Arroyos y el que inició los primeros trabajos de propaganda. Nombrado presidente del comité, organizó todos los trabajos y tuvo que hacer frente a todas las incidencias de una lucha eleccionaria porfiada y enconada. El elemento joven del partido al frente de los principales establecimientos de campo eran el nervio de su comité y a pesar de la oposición hecha al principio por el respetable vecino D. Ciriaco Gómez, de muchas vinculaciones en el sud de la provincia y del prestigioso estanciero D. Juan Carrera, en comicio abierto y libre, la primera vez que en el pueblo, les ganó la elección por gran mayoría. El despliegue de propaganda, de energías y entusiasmo en esta campaña fue grandísimo y todo el partido tomó participación en esta memorable campaña sin que quedara un solo indiferente.
Durante los primeros meses del gobierno del S. Paz hubo una modificación en la dirección de la situación local. Algunos amigos renunciaron de los puestos y entre ellos el primer intendente D. Félix Camet, otros defeccionaron del núcleo político original, adhiriéndose al Sr. Gomila. Los mismos amigos que en un momento de ligereza juvenil acompañaron al Sr. Gomila dando prestigio y arraigo a su influencia, le abandonaron a los pocos días y fueron sus más encarnizados opositores hasta el momento en que la revolución radical del 93, tumbó todo el orden de cosas, estallando en la provincia y Tres Arroyos. (Montenegro, 1910, p. 84)

   Pero lo que nos interesa destacar de la acción de Gomila es su condición de masón, que era públicamente conocida en el poblado a partir de la difusión que realizaba en su periódico. (38) Si bien Teófilo Gomila no participó de la primera tenida masónica local, (39) inmediatamente pasó a ser un asiduo visitante de la logia, aunque pidió su afiliación formal tardíamente. (40) La instalación definitiva de la logia en Tres Arroyos, tuvo lugar el 1º de enero de 1887 y contó con la presencia de autoridades masónicas nacionales. En ese acto, el taller tresarroyense recibió el nombre simbólico de "Hiram" (LALHTA, nº 66, f. 95). Una vez regularizado, adoptó para su funcionamiento el Reglamento Interno de la Logia del Valle del Tandil y conformó la estructura administrativa, que consistía en el otorgamiento de las denominadas Dignidades y Oficios. (41) Estas autoridades se renovaban anualmente a través del voto de sus miembros. (42) A partir de allí, se solicitaron 31 afiliaciones, aunque sólo 18 fueron iniciados efectivamente como aprendices masones, (43) tres fueron rechazados y de los otros diez no se tienen noticias. (44)
   Pero ¿qué objetivos tenía el establecimiento de las logias en estos incipientes poblados rurales? En términos generales, podemos decir que la Masonería ha funcionado como una red de poder, que permitió acercar posiciones políticas enfrentadas, establecer vínculos entre regiones marginales y el poder central, o abrir el acceso a determinados puesto de la administración, a partir de un tipo de sociabilidad iniciática, que defendía una serie de valores liberales. (45) Emilio Corbière refiere un trabajo de Alcibíades Lappas titulado "La masonería en la ocupación del desierto", en el cual muestra su desarrollo en el territorio bonaerense y en el sur del país, con el objetivo de extender redes político-culturales secularizadoras y difundir valores populares libres de dogmas religiosos (Corbière, 1998, cap. XVII). Hugo Nario ha afirmado que, en Tandil, la instalación de la masonería fue una respuesta de un grupo de vecinos de origen extranjero que la utilizaron como un canal de comunicación que les facilitara el contacto con el gobierno provincial, luego de las matanzas de 1872 (Nario, 1976, pp. 187-190; 1987, pp. 137-147; 1996, pp. 146-148). De esa manera, las logias masónicas funcionaron tanto como una red institucional que vinculaba hombres de espacios diversos, (46) como ámbitos de sociabilidad específicos, donde se difundían principios liberales y una visión que unificaba a una clase dirigente. Entre esos principios resaltaban los de igualdad, legalidad y justicia, como formas de entender las relaciones sociales.
   En ese sentido, la masonería tresarroyense funcionó como una red que ubicó a sus miembros en varios puestos de la administración local (47) y los defendió del accionar de opositores. (48) Al menos hasta 1891, todas las instituciones locales contaron con algún masón: Adolfo Sánchez (49), Pedro Foussats, Carlos Pérez, José M. Oller, Ángel Insua (50), Martín Solari (51), Gaspar Pardo, Nicolás Mileo, Manuel Barcala, David Frías, actuaron en diferentes espacios de manera simultánea (Ver Tabla 1). (52)
   Para el caso de la Justicia de Paz, entendemos que la designación de Pedro Foussats como juez de Tres Arroyos, tuvo que ver directamente con una estrategia de ocupación de los puestos de la administración por parte de la masonería. Como dijimos, Foussats era dueño de la talabartería local, sin ninguna preparación para el cargo y sin actuación política previa. Su actividad pública se inició con posterioridad a su solicitud de afiliación masónica (53) primero integró una de las listas que compitieron en la elección para el Concejo Deliberante del 27 de noviembre de 1887, pero no logró ingresar al mismo. (54) Luego, en 1888 y 1889, ejerció el cargo de Juez de Paz. Finalmente, en 1890, fue concejal. Después de este ejercicio, desapareció de la actividad pública y política. En el periódico El Libre del Sur, Teófilo Gomila defendió su accionar, una vez retirado del cargo de Juez, al expresar:

Desde ayer se encuentra al frente del Juzgado de Paz del Partido, el nuevo Juez titular don David Frías.
El Señor Pedro Foussats, que ha desempeñado dicho puesto durante dos años con perjuicio de sus intereses y desatendiendo sus negocios por acompañar a los amigos del primer momento, renunció dicho cargo que a mas de ser pesado no tiene otra remuneración que las enemistades de todos aquellos a quienes la justicia no les favorece con sus fallos.
Los amigos del Señor Foussats, le obsequiarán con una comida en testimonio del aprecio que siempre le profesaron.
Nos adherimos a su pensamiento. (El libre del Sur, año II, nº 100, 9 junio 1889).

   El caso de David Frías, se dio a la inversa. En 1889 fue Juez de Paz suplente de Pedro Foussats y, suponemos que por esta relación, solicitó la afiliación a la Logia Hiram el 25 de octubre de 1889. El primer escrutinio de aceptación se realizó el 28 de octubre de 1890, siendo todos votos positivos, aunque no se registró la fecha de iniciación efectiva. Posteriormente, en 1890, llegó a Juez de Paz titular, cargo al que renunció cuando fue designado Comisario del Partido.
   Luego de 1891, paulatinamente, los masones se retiran de la escena pública debido a una crisis interna de la logia local, que llevó casi a su disolución. (55) Pero creemos que, hasta ese año, el nexo con la Masonería funcionó como un elemento de posicionamiento en los cargos locales, como una estrategia de captación y ubicación de los espacios de poder.

4. Una red local del autonomismo provincial

   La revolución radical de julio de 1893 repercutió en toda la provincia de Buenos Aires. Por ese entonces, el gobierno estaba en manos de Julio A. Costa, que había asumido en 1890 con el aval de Juárez Celman. La renuncia a la presidencia de éste, le restó todo apoyo político. En enero de 1893, la Liga Agraria ya había solicitado la intervención federal de la provincia, debido a las constantes amenazas de revoluciones por parte de la oposición. Cuando el 8 julio de 1893, el gobierno nacional decretó el desarme de la provincia y autorizó a mantener únicamente las fuerzas policiales, los radicales lanzaron la revolución y numerosos pueblos del interior quedaron en sus manos (Barba, 2004, p. 45). En Tres Arroyos, funcionó un comité que apoyó el alzamiento. Si bien Teófilo Gomila se declaró neutral, la revolución depuso a las autoridades y nombró a los señores Emilio Gurubias y Federico Guiñazú. Se cuenta que el comisario de policía, Fitmo Bercetche, ocupó la municipalidad, convocó a un "cabildo abierto" y, en nombre de la revolución, declaró cesantes a todas las autoridades del distrito. El 14 de agosto de 1893, el gobierno nacional dispuso la intervención de la provincia de Buenos Aire. (56) Para Tres Arroyos, nombró como comisionado a Claudio C. Molina. El 4 de octubre de 1893 se comunicó al ministro de gobierno que Claudio Portela había asumido como intendente y se había formado un nuevo Concejo Deliberante integrado por Pedro N. Carrera (presidente), Félix Bellocq (vicepresidente 1º), Martín Mendiburu (vicepresidente 2º), Valentín Rodríguez, Zoilo Rivolta y Miguel Burón (concejales) (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 157).
   Luego de estos acontecimientos, Teófilo Gomila se retiró a La Plata y, a partir de allí, el control de la política local quedó en manos de un grupo liderado por Pedro N. Carrera (57), Felipe Sánchez y Félix Bellocq (58), secundados por una larga lista de seguidores entre los que figuraban Pedro Bellocq (59), Claudio Portela, Claudio Molina, Alfredo Gandarias (60), Sebastián Bracco (61), entre otros, que ocuparon todos los cargos de la administración local. Montenegro, testigo casi directo de estos sucesos, narra que:

[.] después de la célebre intervención López, [Felipe Sánchez] regresó a Tres Arroyos sirviendo en la política del P[artido] A[utonomista] Nacional al que siempre sirvió y que estaba representada en la Municipalidad por la mitad de sus miembros componentes, pues el gobierno del Dr. Udaondo (62) dio la otra mitad a la oposición. Constituida así la Municipalidad vino una lucha de predominio en la que jugaban el principal rol Carrera, Portela y Sánchez. Siguieron luchando hasta que consiguieron el predominio completo de todas las ramas de la administración local. (Montenegro, 1910, p. 85)

   Todo este grupo se aglutinó en torno al autonomismo provincial que, en noviembre de 1893, formó la Unión Provincial. (63) Francisco Cantagalli fue el presidente de la filial local. De todas maneras, no todos los seguidores del autonomismo coincidieron en sus filas, e incluso algunos, crearon facciones dentro del mismo. Así, unos días más tarde de la creación de la filial de la Unión Provincial, Claudio Molina conformó un comité disidente llamado Unión Popular (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p 157-158). No obstante, en 1894, cuando se reunió la convención de la Unión Provincial en La Plata, Claudio Molina, Pedro N. Carrera y Claudio Portela representaron a Tres Arroyos y apoyaron la candidatura presidencial de Carlos Pellegrini (La Voz del Pueblo, 1984, p. 51).
   Posteriormente, este grupo se nucleó en el Partido Conservador. (64) En Tres Arroyos, el líder fue Pedro N. Carrera (La Voz del Pueblo, 1984, p. 51), quien llegó a la Cámara de Diputados en 1910 por la sexta sección electoral (Barba, 2004, p.156). (65)
   Esta situación de control político fue denunciada en diversas oportunidades. En septiembre de 1894, se planteó en el Concejo Deliberante, un problema respecto a las ternas para Jueces de Paz, que evidencia claramente las disputas iniciales por ganar el control, así como la retirada de algunos de la vida política. El Concejo Deliberante, presidido por Francisco Cantagalli, (66) se dividió en dos bloques que apoyaron ternas diferentes para Jueces de Paz. Un bloque, integrado por los concejales Ángel Insúa y Martín Solari, apoyó la lista integrada por Ciriaco López Pacheco, Claudio Molina y Félix Bellocq para titulares y Juan R. Dupuy, Domingo Echegaray y Teodoro San Martín para suplentes. Esta lista no logró la mayoría de votos, aunque había sido propuesta por el intendente, y alcanzó el empate con el voto del presidente del Concejo. El otro bloque, dirigido por Pedro N. Carrera, Martín Mendiburu y Valerio Rodríguez, propuso a Miguel Pons, Martín Mansilla y Pedro Bellocq para titulares, y Pedro B. Arce, Martín Agesta y Juan E. Vignau, como suplentes (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 158). Estos últimos se presentaron ante el Escribano Público, Edelmiro Moura, para denunciar que la votación de las ternas se había realizado bajo la presidencia de Cantagalli. Según la ley de municipalidades, el presidente del concejo sólo podía desempatar, pero no votar para lograr un empate. El intendente Portela elevó la terna al gobierno, pero recibió por respuesta que había intervenido de forma ilegal y que era el Concejo Deliberante quien debía proponer al Poder Ejecutivo las ternas. Pero la lista que finalmente elevó Cantagalli, y que fue aceptada por el gobierno, no fue la que había votado inicialmente, sino la que apoyaban Carrera, Mendiburu y Rodríguez (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 159). Es decir, la presión del grupo había logrado modificar el parecer de Cantagalli e imponer su voluntad. A partir de allí, Francisco Cantagalli no volvió a aparecer en la función pública. En síntesis, este conflicto nos muestra la tensión por ubicar y controlar la designación del Juez de Paz a través de múltiples estrategias: por un lado, la presión abierta por obtener más votos; por otro, la manipulación de la norma, al intentar sortear las prescripciones de la ley con el accionar tanto del intendente como del presidente del Concejo Deliberante; y, finalmente, el artilugio de ubicar a miembros de una misma familia en listas diferentes, como los Bellocq. Además, permite ver la importancia asignada al control del Juzgado de Paz, ámbito que, por las actividades que se realizaban, requería que quedara bajo la misma órbita política.
   Otra situación que refiere la tensión, por el control político, es la que ocurrió en 1901 con la apertura del Comité "General Rivas", otra facción local del Partido Autonomista Nacional. Formaban parte del mismo Leandro Peralta (67) y Martín Iribarne, quienes en noviembre de ese año elevaron una queja por las irregularidades cometidas por el Concejo Deliberante. Se denunciaba la mala organización de las próximas elecciones, que generaban desconfianza en las autoridades municipales. Esto se debía a que las elecciones se practicaban en la Municipalidad porque, según el Concejo Deliberante, el edificio de la capilla no reunía las condiciones necesarias. Por el contrario, los denunciantes sostenían que el edificio de la capilla estaba habilitado para los actos de culto y consideraban que allí había amplio frente con espacio necesario para realizar una elección libre, sin infracciones ni demoras. También agregaban que se empeñaban en celebrar actos electorales en el patio de la Casa Municipal, que estaba cercado por tapiales, era muy reducido y sólo podían acceder dos o cuatro votantes a la vez. Ante esta situación, pedían urgente solución para las próximas elecciones de municipales y autoridades provinciales. Pese a este informe, se celebraron las elecciones como de costumbre, siendo electos para el Concejo Deliberante, Domingo Etchegoyen, Manuel Candia y Fortunato Courteisie (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 163).
   Estas irregularidades volvieron a ser denunciadas en 1906, cuando surgió otra agrupación política conocida como "Partido Popular", (68) que denunció los abusos cometidos por las autoridades y solicitó el nombramiento de una comisión que investigara todos estos hechos (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 166). El 14 de noviembre de ese año, enviaron al gobierno una nota firmada por vecinos, comerciantes e industriales, donde denunciaron que en Tres Arroyos aún no se habían organizado las instituciones republicanas ni el sistema federal; que el espíritu democrático había sido desviado y que hacía trece años gobernaban Pedro N. Carrera y Félix Bellocq con los cargos de intendente y presidente de la corporación, a excepción del último año en que fue electo Pedro Bellocq. También se denunciaba que "el voto entre nosotros ha sido y es una grotesca mistificación electoral" (cit. Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 166) y que "la oligarquía política" llegaba hasta el juzgado de paz, consejo escolar, registro civil y comandancia militar. Además, "acusaban de mala administración del erario, que no se publicaban los gastos, que se usufructuaban las ganancias de la tierra pública y se entregaban los terrenos públicos a particulares" (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 166). Por ello, se designó a Pablo Cantagalli para presentar la acusación ante el Juzgado de Paz. Lamentablemente, desconocemos si se presentó la denuncia formal ante el juzgado, ya que el expediente no fue conservado en el archivo.
   De esta manera, vemos que si en estos años, las autoridades del distrito respondían a una misma línea que los agrupaba en torno a una red política que seguía los lineamientos de las luchas a nivel provincial. En esa situación de hegemonía y control político, todos los jueces de paz de estos años estuvieron vinculados a ese entramado, ya que la ley de 1887 establecía que su designación por parte del Gobierno iba a resultar a propuesta de una terna elaborada por las respectivas municipalidades (Cap. II, art. 12). Por lo tanto, era inevitable que tuvieran una estrecha relación con quienes controlaran el municipio. Este aspecto ya fue resaltado por Juan M. Palacio, quien planteó la relación de los jueces y la política, observando que "los recambios de esos funcionarios coinciden perfectamente con los cambios políticos y en especial, más que con los vaivenes de la política local, con las grandes crisis de la política nacional. Fechas emblemáticas de la historia política argentina, como son el advenimiento del radicalismo al poder en 1916 y las revoluciones militares de 1930 y de 1943, respectivamente, coinciden en Dorrego con recambios que provocan en el ejecutivo local. La política nacional, en efecto, permeaba toda la política local." (Palacio, 2004, p. 203). Pero en nuestro caso, también hemos podido detectar que dentro del mismo "orden conservador", hubo facciones, tensiones y enfrentamientos, que se explican por los entramados locales que se pusieron en juego en cada oportunidad, y que repercutieron en la elección de los jueces de paz del partido.
   Los dos casos paradigmáticos de esta relación fueron Felipe Sánchez y Claudio Molina. El primero, luego de la revolución de 1893, puso todo su empeño junto a Pedro N. Carrera para tener el control completo de la administración municipal en manos de los autonomistas provinciales y luego los conservadores. Claudio C. Molina, quien hasta 1893 tuvo participación limitada, luego de la revolución radical fue designado por el gobierno provincial como interventor del partido. Regularizada la situación, no ocupó puestos locales ejecutivos ni legislativos, sino que lo hizo como Juez de Paz Titular en reiteradas oportunidades.

5. Redes y administración de justicia

   Estas dos maneras de establecer vinculaciones y ocupar los cargos, no fueron las únicas. En general, al interior de cada una de las instituciones, existieron otras formas de reproducir y multiplicar los vínculos, dándose, en muchos casos, fuertes relaciones familiares. Ya hemos visto cómo, los hermanos Bellocq, fueron uno de los brazos que controlaron la esfera política. En el caso de la Justicia de Paz, encontramos una situación en la que podemos pensar en un funcionamiento similar. Higinio Vizcaíno (69) actuó como secretario del juzgado de paz entre 1903 y 1907. A partir de ese año, su hijo, Ventura Vizcaíno, ocupó la función hasta 1913. De esta manera, el cargo se trasladó de padre a hijo, a modo de cargo patrimonial.
   Otra forma de acceder a los cargos fue a través de lo que podría llamarse una red burocrática. Esto ocurrió cuando el tránsito por una institución garantizó el ascenso o la ubicación en algún cargo. Fue el caso de Lorenzo Fulco, que comenzó su carrera como ayudante de justicia en los Tribunales de Dolores hasta conseguir que la Suprema Corte lo designara secretario del Juzgado de Paz de Tres Arroyos, a donde se trasladó. Allí, luego de ejercer por un año como tal, fue nombrado Juez de Paz, cargo que desempeñó entre 1890 y 1893. Situación similar experimentaron Felipe R. Sánchez y José M. Goicochea, quienes, en diferentes momentos, se iniciaron como secretarios del juzgado hasta llegar a actuar como Juez de Paz suplente y titular.
   Ahora bien, esas redes, ¿influyeron en la administración de justicia? Es decir, involucrados algunos de sus participantes, ¿la modalidad de resolución del juzgado se vio alterada? No estamos en condiciones de dar una respuesta concluyente, sólo podemos adelantar una indagación que buscó asociar si la condición de masón de Pedro Foussats y David Frías repercutió en la administración de justicia de paz en los años que ejercieron el cargo.
   Si nos concentramos en las causas que procesó Foussats, encontramos que, entre 1888 y 1889, tramitó 20 juicios correccionales. (70) De ellos, sólo se concluyeron dos, mientras que el resto no tuvo cierre judicial registrado en las fojas del expediente. (71) ¿Podemos pensar alguna explicación para esta modalidad de funcionamiento? Si bien sabemos que la Justicia de Paz de Tres Arroyos tuvo una fuerte tendencia a dejar abandonadas las causas, o al menos a no registrar su resolución, (72) en este caso en particular, sorprende que únicamente los dos casos que tuvieron resolución judicial en fojas fueron los que aparecen masones involucrados de manera directa o indirecta.
   Así, cuando en marzo de 1888, Adolfo Sánchez de León -médico municipal y venerable de la Logia Hiram- se presentó a entablar acusación por ejercicio ilegal de la medicina contra María Santucho, Pedro Foussats -Juez de Paz y Hospitalario de la Logia-, dictaminó un juicio breve, donde no se presentaron pruebas, y que terminó en una amonestación a la imputada y el labrado del acta judicial. El testigo de actuación fue Crescencio Damasco, primer vigilante de la logia. (73)
   En abril de 1889, Francisco Agesta fue procesado por heridas de arma blanca a José Orfila. Si bien el delito es probado y verificado por Adolfo Sánchez, el Juez Foussats falló y dio por compurgado el delito con la prisión sufrida. En el proceso, se evidenció la acción de Teófilo Gomila, pues el expediente adjunta una nota del Almacén de Ramos Generales "La Libertad" (propiedad de Gomila), en donde se solicitaba al juez la libertad del imputado por la condición de heridas leves. (74) Si bien Agesta no era un masón, era dueño del Hotel El Comercio, establecido tempranamente en la ciudad, y su familia publicitaba en las páginas de El Libre del Sur los servicios de la cochería de Salvador Agesta (El Libre del Sur, 14 de agosto 1887, año I, nº 6). A su vez, otro miembro de la familia, Martín Agesta, había sido tesorero del Comité Pacista formado por Gomila en 1887.
   El 20 de diciembre de 1889, Teofilo C. Gomila, Isidro Zurieta y otros vecinos, se presentaron ante el Juez de Paz a denunciar que, Don Egidio Otero, había fugado de la ciudad dejando deudas pendientes. Por ello le solicitaban que libre oficio de captura, realice el inventario de los bienes que habían quedado en la ciudad y proceda a remate público. El juez David Frías respondió con prontitud, librando el oficio de captura e iniciando todas las averiguaciones posibles, tomando declaración a 5 testigos que conocían al imputado. Finalmente se realizó el inventario de todas sus posesiones, iniciándose la correspondiente causa civil. (75)
   Pero la importancia de participar de la red, no sólo radicaba en el acceso al grupo o en los beneficios de insertarse en determinados ámbitos, sino también en el manejo de la información que circulaba y los valores que se compartían y socializaban. Como aclara Ramella (1995, p. 20), las redes de las que los individuos forman parte, son caminos por los cuales se accede a la información y, además, estructuran sus oportunidades. En el caso de la Masonería, sabemos que uno de los principios defendidos y debatidos ampliamente en las tenidas, era la justicia (Corbière, 1998 y 2001; Ferrer Benimelli, 2001). Ello nos puede ayudar a entender la acción de procurador, tinterillo o fiador de Teófilo Gomila e Isidoro Zurieta. (76) Estas acciones de asesores y promotores legales pueden ser leídas desde ésta óptica, al promover los principios de la justa defensa, la difusión de la ley y la igualdad de los individuos ante la misma (Di Gresia, 2010, p.180). Además del caso ya referido, tenemos registrados varios expedientes en que se recurrió a Teófilo C. Gomila para lograr la excarcelación. (77) En una oportunidad, a ruego de Luis Escalante, Gomila se dirigió por carta, al Juez de Paz para denunciar que el 10 de febrero de 1888 fue puesto preso por el Comisario de Policía, Paulino Minaberrigaray, acusado de haberle robado un caballo patrio. Además, denunciaba que lo golpeó en la vía pública y que:

[.] desde ese momento señor juez me encuentro preso en poder de mi acusador y juez sin que hasta ahora se me haya puesto a disposición del juez competente ni se me haya notificado la causa de mi prisión como la prescribe el artículo de la Constitución de la Provincia [.] y como no solo soy inocente sino que quien me acusa es juez y parte, vengo ante su autoridad amparándome de artículo 17 de la mencionada Constitución y pidiendo seme ponga a disposición de ese juzgado y se me mande sacar la pesada barra de grillos que el comisario me ha hecho remachar y ofreciendo como fianza para mi libertad a Don Amaranto Luna, vecino y afincado.(78)

   A partir de esto, se destaca la prontitud con que el Juez de Paz Pedro Foussats llevó el expediente, pues de inmediato logró el traslado del preso, se tomó declaración y se abrió causa por sospecha de robo de caballo, aceptando la fianza de excarcelación. Pero el proceso incluye un detalle muy poco común en los Juicios de Paz correccionales de esos años: Don Teófilo Gomila se constituyó en abogado defensor. Su acción fue clave porque denunció que "a pesar de haberse librado la orden de poner en libertad a mi representado, el Comisario de Policía lo retiene con grillos e incomunicado. Por tanto pide al señor juez, haga obedecer a dicho funcionario y acatar la orden poniendo en acto en libertad a mi representado dando cuenta por telégrafo al Gefe de Policía de la desobediencia del citado funcionario." Y Foussats actuó de forma inmediata y ordenó al comisario la libertad del imputado, comunicándolo por carta escrita a través del escribano del poblado, Ángel Insúa, que también era miembro de la masonería local. Esta formalidad es excepcional en los juicios correccionales que hemos visto. Junto a ello, Gomila hizo una presentación formal de las irregularidades cometidas en la prisión del imputado y acusó al Comisario de ser parte acusadora y juez, y de no cumplir ninguno de los pasos necesarios para la instrucción sumaria. A continuación, se tomaron declaraciones a los testigos, pero luego la causa quedó abandonada.
   Estos simples indicios, nos obligan a suponer que las redes influyeron en la administración de justicia. De todas maneras, esta afirmación requiere que aún indaguemos varios aspectos. Por un lado, profundizar en aquellos casos en que, individuos que ocupaban una posición jerárquica en la logia (Venerable, Primer Vigilante), se encontraron en situación de subordinación en el "mundo profano". Esto ocurrió en los casos en que Adolfo Sánchez y Gomila accedieron a la justicia, dado que ambos contaban con mayor antigüedad y grado masónico que el Juez de Paz Foussats. En esos casos, y por lo visto anteriormente, entendemos que se preservó el status masónico, pues, como vimos, obtuvieron no sólo un fallo favorable, sino una actuación pronta y eficaz del juez. Por el otro, indagar en los casos en que estuvieron involucrados miembros de otras redes, por ejemplo, la del conservadurismo local, y ver cómo funcionó la administración de justicia de paz.

6. Conclusiones

   Al comenzar este artículo, nos preguntábamos sobre las posibilidades de hacer las biografías de aquellos individuos que impartieron Justicia de Paz en la segunda mitad del siglo XIX y los primeros años del XX en Tres Arroyos. Llegados al final del mismo, sólo hemos podido reconstruir algunas de esas historias, a partir de obras conmemorativas locales y datos censales. De todas maneras, las mismas nos han mostrado que, durante los primeros años, en una frontera inestable y precaria, los jueces que actuaron fueron propietarios y arrendatarios de tierras del lugar, vinculados a actividades ganaderas, seleccionados por su presencia en la región, como una manera de identificar los intereses personales con los estatales al promover la defensa de la ocupación de la tierra y la propiedad privada. Asegurada la frontera, los jueces de paz comenzaron a ser designados ya no sólo por su vecindad -elemento siempre excluyente-, sino también por otras razones como la pertenencia a redes locales y la posesión de cierto saber y habilidades que posibilitaran un manejo eficiente de la administración de justicia. En consecuencia, el perfil eminentemente rural de los primeros años se vio atenuado (pero no eliminado), y aparecieron otros individuos con características más "profesionales" (maestros, ayudantes de justicia), aunque pervivieron otros perfiles, como el de gran hacendado y hasta el de talabartero.
   Si bien el criterio de la formación sólo lo encontramos en dos casos (aunque de memorable actuación), la pertenencia a redes de sociabilidad pasó a ser una de las claves por las que se ocuparon las instituciones locales. Así, durante los primeros años del poblado, cuando la administración estuvo "dirigida" por Teófilo C. Gomila, la pertenencia a la masonería fue una forma de ubicarse en los cargos políticos del lugar. Posteriormente, una vez que Gomila se retiró de Tres Arroyos, todo quedó en manos de un grupo liderado por Pedro N. Carrera y Félix Bellocq, dirigentes del autonomismo provincial. Con ellos, un reducido grupo controló toda la administración pública, en general, y la administración de Justicia de Paz, en particular.
   De esta manera, el recrear esas dos formas de agregación social (una de carácter iniciático y otra de carácter netamente político), nos permitió completar la escasa información biográfica de esos primeros Jueces de Paz, así como los criterios de selección para el cargo. Por ello, entendemos que este ejercicio es otra manera de comprender no sólo las historias de vida, sino también las instituciones, y pensar así las formas relacionales en que se materializó el Estado en las regiones de frontera, alejadas del centro de poder nacional y provincial.
   Finalmente, hemos avanzado en torno a la cuestión de cómo estas redes repercutieron en la administración de justicia. Creemos que esos entramados personales influyeron en la forma en que los Jueces de Paz resolvieron los conflictos. No necesariamente significó que llegaran a un fallo favorable sin fundamentos, pero sí que, en algunos casos, agilizaran los trámites, aceleraran una resolución, o simplemente finalizaran un expediente judicial por escrito.
   En síntesis, este trabajo nos ha permitido observar de qué manera se fue organizando la Justicia de Paz en el mundo rural bonaerense. Una institución que, pese a los intentos de especialización judicial promovidos durante la década de 1880, siguió atravesada por lógicas sociales, que variaron en función de diversos contextos y situaciones locales.

Tabla 1. Masones en la administración local y Justicia de Paz de Tres Arroyos (1886-1891)

Fuente: elaboración propia a partir del Libro de Actas Nº 1 de la Logia Hiram de Tres Arroyos, expedientes Juzgado de Paz, Eiras y Pérez Vassolo, 1981; Gorriaz Belloqui, 1935.

Notas

(1) Hemos tomado la noción de "experiencia de la justicia" de Raúl Fradkin (1999) para hacer referencia a las formas en que se vivenció el tránsito por las instituciones judiciales, tanto de parte de los sujetos involucrados en los juicios (víctimas, imputados, testigos), como de las "burocracias judiciales" y de quienes definieron las instituciones y las normas desde el estado provincial. En ese sentido, estudiar la "experiencia de la justicia" implica posicionarse desde, al menos, dos lugares, que separamos a los fines analíticos, aunque en la realidad histórica funcionan íntimamente vinculados: por un lado, la lógica de los sujetos sociales y, por el otro, la lógica estatal. Posicionarse desde la lógica social, significa ubicarse desde los sujetos que demandaron justicia, o que fueron procesados en alguna institución judicial, analizando todas las variables posibles -perfil sociodemográfico, saberes jurídicos, legales y judiciales, que evidencian representaciones sobre la justicia y la ley, entre otros aspectos. Por su parte, enfocarla desde la lógica estatal remite a la comprensión del universo normativo que delimita las prácticas sociales judicializables y su estructuración institucional, las formas de los procesos y sus correspondientes castigos. Además, supone indagar las instituciones encargadas de procesarlas, no sólo desde la descripción funcional, sino desde los actores que las encarnan (quiénes las integraron, cómo se formaron, qué relaciones mantenían con la estructura social, etc.).

(2) Levi (1989, pp. 1329-1330) afirma que "este tipo de biografía, que podría llamar modal en el sentido que las biografías individuales se utilizan para ilustrar las formas típicas de comportamiento o estatus, tiene muchas similitudes con la prosopografía: de hecho, no es la biografía de una persona individual, sino más bien la de una persona que concentra todas las características de un grupo".

(3) En este sentido, estas obras traducen lo que G. Levi expresa al recuperar las críticas de P. Bourdieu en torno a la ilusión biográfica y la biografía pública y moral, desarrollada con fuerza durante el siglo XVIII (Levi, 1989, p. 1326). Si bien estas biografías son interesantes para ver los valores sociales que una sociedad en determinado momento buscó rescatar de su pasado, para promover esas cualidades en sus nuevas generaciones, en este acercamiento no consideraremos estos relatos como discursos sociales, sino sólo como fuentes de datos de esas historias de vida.

(4) Las fichas censales fueron consultadas inicialmente en el Archivo General de la Nación. Posteriormente, accedimos a la base de datos de la Family Search Record y realizamos búsquedas filtradas.

(5) En base a los informes sobre la composición del personal de los juzgados, que debían comunicar los Jueces de Paz a Rosas, obtuvo datos para 180 personas que ocuparon estos cargos entre 1831 y 1854. Sobre ellos, concluyó que lejos de constituir un grupo separado de la sociedad, se parecían más a la sociedad local que a los grandes estancieros y hacendados del período. La edad media era de 40 años, casados o viudos (80%), y el 46% sabía leer o escribir, aunque en los partidos de reciente colonización, eran muchos menos los que sabían hacerlo (casi un tercio). En cuanto al origen, en los partidos de vieja colonización, dominaban los nacidos en el mismo pueblo (47%) y la provincia de Buenos Aires (24%), el Litoral (20%), Tucumán y Cuyo (3%), mientras que en los de reciente colonización, los nacidos en el pueblo eran minoría (10%) y dominaban los nacidos en Buenos Aires (57%), seguidos por los de Cuyo (25%) y el Litoral (7%). En cuanto a las ocupaciones, encontró información para 176 personas, de las cuales el 75% estaba vinculado a tareas agrarias, de los que sólo un 1% pueden ser considerados de gran fortuna (Garavaglia, 1999a, pp. 62-69 y 1999b, pp. 102-106).

(6) A partir del Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, La Gaceta de Buenos Aires, los legajos de los Archivos de Paz del Archivo General de la Nación (AGN) y el Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, y los legajos de la "Secretaría de Rosas" del AGN, recabó datos de 1008 designaciones anuales para Jueces de Paz, que le permitieron observar que esos cargos fueron ocupados por 437 personas, con un promedio de permanencia de 2,3 años, donde sólo una minoría estuvo 5 o más años en el cargo (el 11,4%). También observó que los jueces más estables y duraderos fueron los que ocuparon su cargo después del segundo rosismo y, en particular, luego de la revolución de Lavalle. Por su parte, el promedio de edad era de 42 años (sobre 95 casos), prácticamente todos eran casados o viudos con hijos y habían nacido en la provincia de Buenos Aires, aunque pocos en el propio partido que llegaron a administrar. Muchos ejercieron previamente los cargos de Alcalde o teniente. En cuanto a la actividad económica, aparece una amplia mayoría dedicada a la ganadería, aunque también comerciantes y labradores. Sin embargo, este predominio de ganaderos, no significa la presencia mayoritaria de los estancieros más ricos de la campaña porteña, que son minoritarios (Gelman, 2000, pp. 14-20).

(7) Palacio afirma que "si bien no hay un patrón común que pueda establecerse sobre su origen social y económico, sí puede decirse que, salvo excepciones, no pertenecían al grupo de grandes terratenientes o comerciantes del partido. Antes bien, la mayoría de los jueces pertenecía a una clase media de pequeños comerciantes, que podían ser además propietarios de una chacra" (Palacio, 2004, p. 196).

(8) Esta tendencia fue contradictoria. Por un lado, las leyes municipales y decretos dictados entre 1854 y 1876, recortaron las atribuciones administrativas en manos de Comisiones Municipales. Por el otro, el Código Rural, sancionado en 1865, dio nueva vitalidad a la institución al reforzar el poder de policía de los Jueces de Paz. Recién en 1880, con la creación de la Policía de Buenos Aires, estas funciones se separaron definitivamente. Esta separación de funciones concluyó con la ley Nº 1853 de 1887, conocida como Ley de Procedimientos de la Justicia de Paz (Sosa, 1993).

(9) Además, aclaraba que el cargo sería gratuito y obligatorio, no pudiendo excusarse salvo por causas justas (art. 2).

(10) En el art. 21 se establecían sus jurisdicciones, delimitándolas en los conflictos civiles y comerciales hasta $1000 m/n y a "conocer de todo asunto correccional en que la pena no exceda de 500 m/n de multa o de un año de detención, arresto, prisión o servicio militar", también debían conocer en los juicios de testamentaria, ab intestato y herencia vacante, hasta el valor de 2000 pesos m/n. En caso de que superasen esos valores, las causas se remitirían al Juzgado de Primera Instancia, actuando como sumariantes al igual que en los delitos graves.

(11) En 1870, 1875 y 1876, se sucedieron varios malones que diezmaron el ganado y la población del lugar (Rojas Largarde, 1995).

(12) Desagregados eran: 543 españoles, 240 franceses, 218 italianos, 63 orientales, 40 ingleses, 29 chilenos, 27 suizos, 19 paraguayos, 9 alemanes, 4 austríacos, 4 europeos, 2 norteamericanos, 1 americano y 1 portugués (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p.129).

(13) En 1867, se estableció que la Comisión Municipal estaría formada por 4 vecinos y presidida por el Juez de Paz. Los vecinos serían nombrados por el gobierno de una lista de 8 que elevaría el Juez. La condición era que fuesen personas "de respetabilidad, inteligencia, honradez" y que residieran "tan cerca cuanto posible sea del asiento del juzgado" (Buenos Aires, 1867, pp. 89-90). Estas comisiones debían reunirse una vez por mes y sus atribuciones eran contestar consultas, resolver dudas que el juez de paz les sometiera, intervenir en la construcción de obras públicas, inspeccionar los libros, practicar balance de cajas mensualmente, examinar y firmar los gastos y entradas trimestrales que se remitieran al gobierno para su aprobación y levantar actas de toda reunión y acuerdo. En 1876, durante la gobernación de Carlos Casares, se dictó la Ley Orgánica de Municipalidades, en la que se establecía que los distritos que no tuvieran un centro de población, ni llegaran a 1000 habitantes, iban a ser administrados por una Junta de 5 propietarios, nombrados directamente por el Poder Ejecutivo de la Provincia, que a su vez decidiría quien la presidiría. Las juntas durarían un año y se reunirían al menos una vez al mes para desempeñar las funciones administrativas y policiales, que hasta ese entonces se encontraban en manos de los jueces de paz (Buenos Aires, 1876, pp. 58-61).

(14) Libro Copiador de Notas del Juzgado de Paz de Tres Arroyos registra estos traspasos en cada oportunidad que se realizaron los cambios de la titularidad del juzgado (Vgr. Libro Copiador de Notas del Juzgado de Paz de Tres Arroyos, 1873-1878, pp. 9 a 11).

(15) Por ejemplo, luego de la elección presidencial de 1874, las autoridades del partido se vieron convulsionadas por la revolución liderada por Bartolomé Mitre y Nicolás Arredondo el 24 de septiembre de ese año. Conocido el resultado de las elecciones, e iniciada la revolución, el General Ignacio Rivas, jefe de la Frontera Sur, se sublevó a favor de Mitre, junto al Comandante de la Guardia Nacional, Benjamín Hernández. Por otro lado, el Juez de Paz de Tres Arroyos, Primitivo de la Canal, permaneció fiel al gobierno, pero fue momentáneamente desplazado de su cargo. Los aborígenes también participaron en la revolución: mientras Cipriano Catriel estuvo del lado de Mitre, Manuel Grande respaldó al gobierno constituido. Además, aprovechando la situación, los nativos llevaron a cabo dos malones sobre los partidos de Tres Arroyos, Necochea y Juárez (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 122). Pasada la turbulencia política, el Juez de Paz comunicó al gobierno que "ha recibido nuevamente del Juzgado de Paz del Partido, habiéndose puesto en función del Sr. Comandante Arriaga. El archivo y demás lo he recibido tal cual lo había dejado antes de la revolución (30 de septiembre) en este partido, excepto armas, municiones, que lo llevó de este juzgado el ex comandante Don Benjamín Hernández. En su consecuencia el que firma ruega a Ud. se digne proveer a este juzgado de cincuenta carabinas, cincuenta sables, correajes, municiones y demás correspondientes por hacer notable falta. Primitivo de la Canal, 18 de Diciembre de 1874" (Libro Copiador, 1873-1878, p. 59).

(16) Sólo hemos podido recabar información para 7 de los 12 individuos que fueron designados como jueces titulares. Del resto, se pierden las referencias. Benigno Macías, quien nunca asumió el cargo, era arrendatario de varias leguas cuadradas desde 1857. Samuel Roseti fue uno de los primeros propietarios de tierras en la región. En 1867, arrendaba 3 leguas cuadradas que compró en 1871. En esas tierras, estableció la estancia Santa Catalina, desde donde ejerció la función de Juez de Paz entre 1867 y 1871. Antonio Aranzibia, Juez en 1872 y 1873, figura en el censo de 1869 como hacendado, que sabe leer y escribir, originario de la provincia de Mendoza, soltero, de 45 años. En 1872, lo encontramos como propietario de la Estancia La Ballena y de otras tierras vecinas, con una extensión de más de 18 leguas cuadradas. Bernardo Arriaga fue Juez de Paz entre 1875 y 1877. En este caso, no hemos encontrado otro registro que el que figura en el Censo de 1869. Si bien no podemos confirmar plenamente que se trate del mismo individuo, en principio creemos que es él, puesto que un homónimo aparece censado en el partido de Necochea, soltero, de 26 años, nacido en 1843 en la provincia de Buenos Aires, que sabe leer y escribir y de profesión ganadero. En 1874 fue designado Alcalde del Cuartel II y en 1875, cuando ejerció como Juez, lo hizo desde la estancia Las Tres Lagunas. En el remate de tierras realizado en 1876, Josefa L. de Arriaga, seguramente su esposa, adquirió dos lotes de tierras. Otro propietario fue Juan Carrera (Juez de Paz en 1878 y 1882), que compró la estancia La Ballena de Antonio Aranzibia. Al igual que en el caso anterior, tenemos un registro en el Censo de 1869: soltero, de 33 años, sabe leer y escribir, ganadero, nacido en la provincia de Buenos Aires. Desde su cargo de Juez de Paz, reinstaló la Comisión Municipal de 1878 y buscó reordenar el partido luego de los malones de esos años. De Carlos Díaz, que fue Juez de Paz en 1880 y 1881, sólo tenemos la referencia de que lo hizo desde la estancia La Blanca, ubicada en las cercanías del actual paraje Aparicio, hoy perteneciente al Partido de Coronel Dorrego. Manuel Barcala, Juez de Paz sustituto en 1883 y titular en 1884, era el mayordomo de la estancia de Adolfo González Chaves, quien por ese entonces era el vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires (1881-1884). En el Censo de 1895 declaró ser español, de 44 años, casado, hacendado, que lee y escribe y tener propiedad raíz. Se inició en la masonería local en 1887, según las actas de la logia de Tres Arroyos (vide Infra). Carlos Pérez, que actuó como alcalde de cuartel y Juez de Paz sustituto en 1881 y 1882, había nacido en Oviedo (España), en 1846. Emigró a la Argentina a los 16 años y comenzó a trabajar en una casa de comercio de Tandil, pero rápidamente se dedicó a las tareas agropecuarias en campos cercanos al Quequén Grande. Posteriormente, se instaló por su cuenta en los campos de la zona de Tres Arroyos, pero no obtuvo buenos resultados y, al cabo de un tiempo, se estableció con un reducido número de ganado como habilitado de Blas Durán. Sufrió uno de los últimos malones, pero igual persistió en la vida campera. En 1878, con motivo del establecimiento de la Comisión Municipal que presidía Juan Carrera, fue convocado como secretario (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, pp. 93-96, 112, 124 y 126; Montenegro, 1910, pp. 10, 125-126; Romeo, 1959, pp. 118 y 126).

(17) Esto es evidente en las notas y acciones que aparecen asentadas en el Libro Copiador de Notas del Juzgado de Tres Arroyos. Además de las tareas de recaudación, estadística, realización de censos, empadronamiento, que encomendaba el gobierno provincial, aparecen registradas otras actividades que nos hablan del compromiso asumido por los jueces con la estabilización de la ocupación, el control de la región y la función judicial misma, así como con un estricto control del abigeato, citación de testigos, designación de subordinados, organización de partidas policiales, entre otras medidas coincidentes con las directrices del gobierno provincial.

(18) En 1887, el intendente Félix Camet y su sucesor, Casildo Pastor, renunciaron. La autoridad recayó en Rómulo Benítez, quien informó al gobierno que el Concejo Deliberante no se reunía desde hacía tres meses y que era necesario enviar una nueva terna para jueces de paz pues los nombrados en la anterior habían renunciado. Ante el fracaso en solucionar la situación, el gobierno designó al diputado Isaías Mendiburu para que organizara una corporación municipal provisoria y convocara a elecciones municipales. Su primera acción fue enviar la terna para Jueces de Paz, integrada por Francisco Cantagalli, Segundo Farías y Augusto Bordelois, como titulares, y Pedro Foussats, Felipe B. Fernández y Norberto Días, como suplentes. La elección municipal se fijó para el 27 de noviembre de 1887, formándose el nuevo Concejo Deliberante compuesto por Martín Solari, Casildo Pastor, Beltrán Sansot y Gaspar Pardo (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 148 y La Voz del Pueblo, 1984, p. 27).

(19) Felipe R. Sánchez nació el 18 de septiembre de 1860 en Ranca, provincia de San Luis. Cursó sus estudios en los Colegios Nacionales de Córdoba y San Luis. Se graduó de Maestro Normal en 1880, año en que se trasladó a la Capital Federal. Dirigió por un año la Escuela Nº 1 de Pilar, luego ejerció un cargo en la Tesorería de la Administración de Rentas, pero en 1883 renunció para dirigir una escuela en el partido de Tres Arroyos, ubicada en la propiedad de Domingo Vásquez. En 1885, cuando se conformó la primera municipalidad, fue convocado como Secretario del Concejo Deliberante, aunque renunció a los pocos meses cuando fue designado Secretario del Juzgado de Paz. Dirigió uno de los primeros periódicos de Tres Arroyos, El Pueblo. Estuvo directamente vinculado al Partido Autonomista Nacional, apoyando la línea de Máximo Paz en la provincia de Buenos Aires. En Tres Arroyos estuvo enfrentado a tal punto a otro dirigente del autonomismo, que luego de ejercer como Juez de Paz (1886), se retiró del partido (vide infra) y recién volvió en 1894, actuando como secretario del Juzgado. Ejerció esa función hasta 1902, cuando fue nuevamente designado Juez de Paz. En el Censo de 1895 declaró como "profesión, oficio, ocupación o medio de vida" ser Secretario del Juzgado de Paz, no poseer ningún bien raíz y ser soltero. Posteriormente, fue propuesto para conformar el Poder Legislativo provincial, pero debido a las internas del autonomismo, no llegó a ocupar la banca. Finalmente, se mudó a la Capital Federal (Álbum de la Ciudad de Tres Arroyos, 75º aniversario, s/p; Montenegro, 1910, pp. 82-86).

(20) Lorenzo Fulco nació en 1866, según deducimos del Censo de 1895, en el que declaró tener 29 años, estar casado, ser argentino, pero no especificó ninguna profesión. En su infancia residió en Dolores, con su familia, donde a los 17 años entró a trabajar en los Tribunales. En 1889 se mudó a Tres Arroyos, cuando recibió la designación de la Suprema Corte de Justicia para ser secretario del Juzgado de Paz. De inmediato fue propuesto como Juez de Paz, cargo que ejerció entre 1890 y 1893. En 1890 fue designado Comandante Militar del Batallón Máximo Paz y electo presidente del Consejo Escolar. No volvió a ocupar ninguna otra función pública. En 1904 abrió un estudio de asesoría y trámites jurídicos, luego de haber tenido por varios años las representaciones de las principales sociedades y casas comerciales de Dolores, Bahía Blanca y Buenos Aires (Yasnig, Záenz López y Del Río, 1934, s/p [p.235] [se indica entre corchetes la página que correspondería si estuviese numerado]).

(21) Pedro Foussats era dueño de una "talabartería y lomillería" llamada "La Amazona" (El Libre del Sur, año I, nº 22, 4 diciembre 1887) y formó parte de la Logia Masónica Hiram de Tres Arroyos (vide Infra). En el Censo de 1895 declaró tener 35 años, ser argentino, estar radicado en Azul y saber leer y escribir. Estimamos que se trata del mismo individuo que en el Censo de 1869 aparecía con 10 años y viviendo en Capital Federal, ya que son muy pocos los Foussats que aparecen en los Censos. Ejerció como Juez de Paz en 1888 y 1889, aunque renunció el 5 de mayo de ese año.

(22) Claudio C. Molina, censado en 1895 en Tres Arroyos, tenía 44 años por ese entonces. Oriundo de la provincia de Buenos Aires, estaba casado, se declaraba hacendado, que sabía leer y escribir y que poseía bienes raíces. En los álbumes conmemorativos de la ciudad, se indica que cuando joven se estableció en Tandil y que en 1875, siendo alcalde del cuartel 5º de Tandil, compró 16.000 hectáreas al fisco y fundó el establecimiento San Eduardo, cercano al lugar donde había estado asentado el Fortín Machado. Esas tierras fueron devastadas en 1876 por un malón, en el que perdió 4.000 cabezas de ganado. Fundado el pueblo de Tres Arroyos, formó parte del núcleo político autonomista. Fue Juez de Paz en 1887 y designado Comisionado Municipal para regularizar la situación del municipio luego de la revolución radical de 1893 (vide Infra). Nombrado nuevamente Juez de Paz en 1894, 1895, 1897 y 1899 a 1901, llegó a ocupar una banca en el Senado de la provincia. Se dice que en 1890, durante un breve tiempo, la sede municipal funcionó en su casa particular. (Álbum de la ciudad de Tres Arroyos, 75 aniversario, s/p; Romeo, 1959, p. 122; Yasnig et al., 1934, s/p [p.211]; La Voz del Pueblo, 1984, p. 13).

(23) Debemos aclarar que fueron muchos más los que firmaron como jueces de paz, pero lo hicieron en su condición de suplentes o interinos y por un breve tiempo. De los otros cinco jueces titulares, el único que ejerció por varios años fue José M. Goicochea (1903-1910). Pese a su larga presencia, no hemos encontrado datos sobre su vida. En el Censo de 1895 aparecen dos personas censadas en Bahía Blanca con el mismo nombre: una de 36 años, español, casado, de profesión ganadero, que no sabe leer ni escribir, y la otra de 23 años, de profesión pastor, que sabe leer y escribir. Suponemos que este último se refiere a nuestro Juez de Paz, aunque no tenemos certeza al respecto. En función de los expedientes judiciales, sabemos que comenzó como secretario "ad hoc" del juzgado, es decir, lo ocupaban cuando, por algún motivo, se ausentaba el secretario designado (en este caso Felipe Sánchez), luego ejerció como secretario titular y finalmente como Juez de Paz por 7 años.

(24) En el Álbum del Cincuentenario de Tres Arroyos se resalta su ejercicio como Juez de Paz y se destaca tanto la profesionalidad con la que ejerció el cargo como los valores de justicia y equidad que promovió (Yasnig et al., 1934, s/p [p.235]).

(25) el Álbum publicado por Juan Montenegro con motivo del Centenario de la Revolución de Mayo, se expuso una valoración sumamente positiva de su accionar como Juez de Paz, pese a que ya no vivía más en el partido. Entre otras cualidades, se resaltaba tanto su ecuanimidad e incorruptibilidad, como el dictaminar sentencias fundamentadas en las leyes (Montenegro, 1910, p. 85).

(26) Esta tendencia se repitió en Tres Arroyos en los años siguientes. Francisco L. Suárez, Juez de Paz en 1918 y entre 1920 y 1930, nació en Chascomús en 1875 y llegó a Tres Arroyos en 1889. Entre 1894 y 1898, se desempeñó como maestro en la Escuela Nº 1. En 1898, junto a su esposa, fundó un establecimiento educativo privado, el "Colegio Sarmiento". Fue presidente del Consejo Escolar y estuvo al frente del Juzgado de Paz durante toda la década del '20 (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 222).

(27) Palacio (2004, pp. 198-199) afirma que la gran mayoría de los jueces del Partido de Coronel Dorrego fueron agricultores o "chacareros" de menor envergadura, propietarios de tierras que ellos mismos trabajaban, y comerciantes, que realizaban la actividad judicial a tiempo compartido y sin ninguna preparación para el cargo.

(28) En los primeros años de ocupación del territorio, cuando se intentó conformar las Comisiones Municipales, se recurrió a los vecinos que habitaban en las cercanías de la estancia del juez de paz (que era quien la presidía), siendo entonces el criterio de vecindad y presencia el que definió los primeros vínculos y relaciones de las autoridades locales. Fue el caso de la Comisión Municipal de 1878, convocada por José Carrera (Montenegro, 1910, p. 10-11).

(29) Hijo de Gregorio Antonio Gomila, nació en Uruguay en 1845, debido al exilio de su familia durante el gobierno de Rosas. Regresó a la Argentina y se dedicó a las tareas rurales, ubicándose en la zona de Azul, provincia de Buenos Aires. Fue tomado cautivo por los aborígenes, pero logró huir. Participó en las batallas contra los indígenas en la década de 1870. Por su actividad política, fue herido y trasladado a Dolores, donde se casó con Juana de la Lastra. En 1878 se asentó en Tres Arroyos, en una propiedad de su suegro, donde estableció la estancia La Libertad y una casa de comercio homónima. Fundado el poblado de Tres Arroyos, fue designado por el gobierno presidente de la Comisión de Tierras en 1888. Actuó como tinterillo en varios juicios criminales y civiles. Falleció en La Plata en 1917 (La Voz del Pueblo, 1984, pp. 15 y 50; Romeo, 1949).

(30) Luego de la revolución de 1880, la capitalización de Buenos Aires y el apartamiento de Carlos Tejedor, el Partido Autonomista Nacional logró plena injerencia en la política provincial. En 1880, el acuerdo entre Julio A. Roca y Dardo Rocha permitió el acceso de éste último a la gobernación, pero sus ambiciones por alcanzar la presidencia de la República, condujeron al distanciamiento de ambos. El gobierno de la provincia de Buenos Aires quedó en manos de Carlos D'Amico, aliado de Rocha, que triunfó con el apoyo de los "Partidos Unidos", una alianza que aglutinó a los partidos opositores al Roquismo, y que también apoyó la llegada de Juárez Celman a la presidencia nacional (Barba, 2004, pp. 34-38).

(31) Con motivo de las elecciones de 1886, los representantes del autonomismo provincial se dividieron en rochistas y pacistas. Mientras que Rocha impulsó la candidatura de Nicolás Achával a la gobernación de Buenos Aires, Máximo Paz, quien se había acercado secretamente a Juárez Celman, logró el apoyo del Poder Ejecutivo Nacional. El resultado fue el triunfo de este último (Barba, 2004, p. 39).

(32) Formado por el mismo Gomila (Presidente); Francisco Cantagalli (Vicepresidente 1º); Martín Solari (Vicepresidente 2º); Martín Agesta (Tesorero) y Ángel Insúa (El Libre del Sur, Año III; Nº 109, 11 agosto 1889).

(33) También conocida como Liga Unionista. Fue creada en 1887 y representaba una agrupación de hombres del sur de la provincia con la finalidad de sostener al gobierno de Máximo Paz, al cual reconocían como único jefe y árbitro de toda discusión partidaria (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 152).

(34) Gomila era por entonces el comandante militar del distrito y movilizó 600 hombres en lo que denominó el batallón "Máximo Paz". Esta fuerza fue embarcada en tren y conducida a La Plata, pero no tuvo participación en los enfrentamientos, puesto que cuando arribó, la revolución había sido derrotada (La Voz del Pueblo, 1984, p. 50).

(35) "Tentativa de homicidio de Teófilo C. Gomila", 21 de noviembre de 1892 (Archivo del Juzgado de Paz de Tres Arroyos, paquete 183, orden 23, de ahora en adelante AJDPTA, nº paquete, nº de orden).

(36) El Libre del Sur fue un periódico semanal que editó Gomila entre 1887 y 1893.

(37) En varias oportunidades fue duramente cuestionado en El Libre del Sur: "Don Claudio Molina en escena, el que busca encuentra" "Desde un tiempo a esta parte, este pretendido personaje cada vez que va a Juárez, o encuentra algún zonzo que lo atienda, se ocupa de desacreditarnos, pretendiendo colgarnos de sus buenas prendas. Días pasado vocifera a su placer -decía entre otras cosas, que nuestro Director había quedado solo como arbolito y que nadie lo seguía; que solo dos gallegos lo acompañaban, que toda la muchachada estaba con él. Pues señor, Ud. ha mentido como un bellaco. El que está solo como un arbolito (pelao) es Ud. señor Molina, que no tiene un solo amigo verdadero, ni tiene un solo vicho [sic.] viviente que lo siga, ni cuando Ud. era autoridad. Usted lo que tiene es mucha charla, mucho ofrece; pero cuando llega el momento de cumplir, muestra lo que la taba cuando está la suerte abajo.." (El Libre del Sur, año I, nº 40, 5 febrero 1888).

(38) En El Libre del Sur se hacía permanente referencia a la orden. Cuando llegaron los representantes de la masonería nacional, se sostuvo que "por donde estos obreros pasaban 'derraman la semilla del bien, sin hacer ostentación... La palabra masón tiene los siguientes significados: hombre, bueno, trabajador, constructor, obrero pero obrero de la luz, constructor del templo de la libertad, de la igualdad, de la fraternidad..." (El Libre del Sur, Año I, nº 24, 18 diciembre 1887).

(39) El 2 de mayo de 1886 se reunieron en un "lugar seguro" de Tres Arroyos, Adolfo Sánchez, José M. Oller, Antonio Egriey, Francisco Abeijón, Marcos Bareilles, Gaspar Pardo y Antonio Cortés, bajo la presidencia del primero, por ser el de mayor grado masónico, para llevar adelante el proceso de instalación de una logia y encuadrarla dentro del Supremo Consejo y Gran Oriente para la República Argentina -es decir, la autoridad suprema que gobierna en la jurisdicción correspondiente al país de referencia (LALHTA, nº 1, f. 1).

(40) Gomila era miembro de la Logia "Caridad" de Buenos Aires (LALHTA, nº 19, f. 28; 27 y nº 55, f. 80).

(41) Bajo este nombre quedaban englobados todos los roles dentro de la logia. No viene al caso reproducir la estructura interna del taller ni explicar cada una de sus funciones, sólo decimos que los dignatarios eran un Venerable, un Primer y un Segundo Vigilante, un Orador, un Secretario (a veces con adjuntos), un Tesorero y un Primer Experto. Y los Oficiales eran un Segundo Experto, un Arquitecto Revisor, un Hospitalario, un primer y segundo Maestro de Ceremonias, un Maestro de Banquetes, un Guarda Templos Interno y uno Externo. Cada uno tenía un rol específico y una insignia simbólica que lo identificaba (Ferrer Benimelli, 2001, pp. 38-48).

(42) Por una cuestión de espacio, no desarrollamos las características de esta estructura ni otras facetas de la organización masónica local. Para ello, véase Di Gresia, 2004.

(43) Debemos aclarar que el Rito Escocés Antiguo y Aceptado al que pertenece la masonería argentina, tiene 33 grados: los 3 primeros -aprendiz, compañero y maestro- son conocidos como grados simbólicos, dogmáticos o fundamentales y conforman la llamada masonería azul. Los grados capitulares abarcan desde el cuatro al dieciocho y constituyen la masonería roja; los grados diecinueve al treinta son conocidos como los filosóficos, y forman la masonería negra; y finalmente, los últimos tres grados, llamados sublimes, consistoriales o administrativos, se agrupan en la llamada masonería blanca (Ferrer Benimeli, 2001, pp. 39-40).

(44) Sólo podían ser iniciados los mayores de 18 ó 21 años, que supieran leer y escribir y poseyeran determinadas "cualidades morales" prescritas en el Estatuto del Rito Escocés (Cassard, 1871, p. 494; Ferrer Benimelli, 2001, p. 46). Además, la petición de afiliación debía ser presentada en un formulario especialmente diseñado y a propuesta de un miembro de la logia, se realizaban informes (llamadas aplomaciones) de cada uno y se procedía a 3 escrutinios, donde votaban todos los miembros de la logia. Si el resultado era favorable, se procedía a su iniciación como aprendices masónicos, atravesando una serie de rituales específicos (Di Gresia, 2004).

(45) En nuestro país, no se ha llevado adelante ningún estudio sistemático de la masonería, debido a la dificultad en el acceso a las fuentes. El trabajo clásico es el diccionario biográfico de Alcibíades Lappas (1966), que contó con un acceso irrestricto a los archivos masónicos, gracias a su condición de tal. Por su parte, Emilio Corbière llevó a cabo una importante labor de investigación sobre la masonería argentina, la cual se vio interrumpida por su deceso en 2004. En sus dos volúmenes (1998 y 2001), muestra un recorrido por las principales líneas de desarrollo de la masonería mundial, profundiza sobre el simbolismo y estudia el desarrollo histórico de la institución en nuestro país. En esas dos obras, se observa un amplio conocimiento y contacto con fuentes de primera mano, pero donde se privilegia un enfoque más descriptivo de los aspectos simbólicos, institucionales y políticos de la misma. Por su parte, Lucía Gálvez (2006), ha estudiado la relación de varios de los "próceres" de la historia argentina con la masonería. A su vez, Pilar González Bernaldo (2008) analizó "la masonería desde una perspectiva 'profana', es decir como una de las tantas formas de sociabilidad a partir de las cuales se establecían relaciones". También es posible mencionar el estudio de Carlos A. Mayo (1975), sobre el periodo de división de la masonería argentina entre 1902 y 1906, y el de Hugo Nario (1976, 1987 y 1996), que analizó la función de nexo político de la masonería en la organización del poder comunal de Tandil en la década de 1870.

(46) Esta red no funcionaba sólo de manera epistolar, sino también con la participación de visitantes en las tenidas ordinarias, siempre y cuando acreditasen fehacientemente la condición de masón. En el Libro de Actas de la Logia Hiram de Tres Arroyos, aparecen registradas varias personas que, al estar de paso por Tres Arroyos, concurrieron a las tenidas del taller (Di Gresia, 2004).

(47) En varios pasajes de El Libre del Sur se da cuenta de la condición de masones de las autoridades locales, claramente enfrentadas a otros sectores de la población. Así, en un editorial se rebaten con ironía los pedidos que el párroco local le hacía a la administración pública. Entre ellos figuraban: "Permiso al presidente del Consejo Escolar, para que la preceptora de la escuela llevara a las niñas a la iglesia a cantar y confesarse (no ha lugar). [.] Al presidente del Consejo para que fueran en corporación y llevaran las niñas y los niños de todos los colegios al Tedeum (no ha lugar, padre). [.] El curita recolectó una fuerte suma por suscripción para dar un banquete, al cual invitó a las autoridades y a los masones de la localidad. Las autoridades no concurrieron y los masones mucho menos, demostrando con esta actitud el desprecio que la masonería profesa a los elementos de discordia" (El Libre del Sur, Año 3, nº 132, 19 enero 1890).

(48) Esta idea de la defensa frente al opositor, se desprende claramente de una frase publicada por Gomila en El Libre del Sur, cuando sostiene que: "Se nos asegura que una persona a quien con frecuencia levantan del barro en completo estado de ebriedad, ha prometido perseguir con su autoridad a la masonería hasta destruirla. Si sabrá ese imbécil lo que se pesca. Pues ya tiene que dar la vuelta al mundo, y en el trayecto, cuidado con las represalias!" (El Libre del Sur, año I, nº 16, 23 octubre 1887).

(49) Adolfo Sánchez, primer Venerable de la logia, fue el médico municipal.

(50) Ángel Insúa fue el jefe del Registro Civil y escribano público, además de dirigir otro periódico de Tres Arroyos, La Reforma.

(51) Martín Solari fue designado Juez de Paz suplente en 1887 y en ese mismo año fue nombrado Vicepresidente de la Comisión Municipal. En 1888 y 1889, alcanzó el cargo de presidente de dicha comisión y en 1891, Intendente de la Municipalidad. En 1888, integró la Comisión de Tierras, que realizó el primer remate público dentro del ejido de Tres Arroyos, junto a Teófilo C. Gomila y Carlos Pérez, masones también (Eiras y Vassolo, 1981, pp. 148 y sgtes.).

(52) El Consejo Escolar de 1887 y 1889 contó con numerosos masones: Teófilo Gomila, José Vitali, Manuel Barcala, Garpar Pardo, Ángel Insua y Adolfo Sánchez, entre otros vecinos (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 218; Gorriaz Belloqui, 1935, p. 150).

(53) Solicitó su afiliación el 17 de octubre de 1887 y fue iniciado el 16 de abril de 1888.

(54) Estas elecciones municipales fueron las primeras y le dieron el triunfo a la lista oficial propuesta por el "Centro Popular". El resultado fue el siguiente: la primera lista (integrada por Casildo Pastor, Beltrán Sansot, Martín Solari y Nicolás Mileo) obtuvo 406 votos; la segunda, integrada por Gaspar Pardo (140 votos), Gerónimo Cantagalli (128 votos), José Vitali (119 votos) y Pedro Foussats (118 votos), obtenía, en su conjunto, más votos, pero como la ley electoral asignaba el primer lugar a la lista votada en forma completa, le correspondió el triunfo a la primera, y el cuarto integrante iba por la segunda. El concejo quedó compuesto entonces por Martín Solari, Casildo Pastor, Beltrán Sansot y Gaspar Pardo (de la segunda) (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 148; La Voz del Pueblo, 1984, p. 27).

(55) En 1891, debido a una fractura interna del grupo masónico local, se llegó a plantear la disolución de la logia, o como lo llaman en las actas, el "abatimiento de las columnas". Adolfo Sánchez fue acusado de entrar en diálogo con el representante de la iglesia para disolver la logia. Se le inició un juicio masónico, que llevó a su destitución. Luego de esto, sus integrantes decidieron recomponer las relaciones internas e iniciar un nuevo proceso de afiliaciones, que demoró unos años en reactivar el funcionamiento.

(56) El interventor fue Eduardo Olivera, pero, por una serie de diferencias con el gobierno, fue reemplazado por Lucio V. López, quien actuó entre el 19 de septiembre de 1893 y el 1º de mayo de 1894 (Barba, 2004, pp. 45 y 49).

(57) Había nacido en Tandil en 1860, dedicándose desde un principio a las tareas ganaderas. En el Censo de 1895 figura estar casado, ser hacendado, dueño de bienes raíces, que saber leer y escribir. Su acción en el partido se remonta a 1881, cuando fue nombrado Comandante Militar. En 1884 ocupó un lugar en la Comisión Municipal. Al año siguiente fue miembro del Concejo Deliberante provisorio, a cargo de los asuntos de policía. En 1886 ejerció como Secretario del mismo, aunque debió renunciar por motivos de viaje. En 1887 asumió como Presidente del Concejo Deliberante formado con posterioridad a la crisis de acefalía de ese año. Luego, entre 1887 y 1893, no ejerció cargo alguno y reapareció en 1893, cuando asumió como presidente del Concejo Deliberante antes y luego de regularizada la situación después de la revolución radical. En 1894 actuó como Concejal y en 1895, nuevamente como Presidente del Concejo Deliberante. Al año siguiente fue electo Intendente del Partido. En 1899, 1900, 1903 y 1906 fue presidente del Concejo Deliberante y concejal entre 1907 y 1910. Luego, asumió como Diputado por la 6º sección, cargo que ocupó hasta su muerte en 1915. (Montenegro, 1910, p. 68; Yasnig et al., 1934, s/p [p. 19]).

(58) Nació en Castelli, provincia de Buenos Aires. Su padre, Tomas Bellocq, pobló, en 1883, Santa Graciana, un campo del partido de Tres Arroyos que, inicialmente, tenía 8000 hectáreas y luego se subdividió. Félix conservó la estancia y logró constituirse en un poderoso hacendado de la región. Participó, como accionista, en los directorios de algunas compañías locales, como el Banco Comercial y La Perseverancia del Sur; fue uno de los fundadores de La Previsión; y primer presidente de la Sociedad Rural. En 1893 formó parte de la administración municipal como vicepresidente 1º del Concejo Deliberante y en 1894, fue propuesto en la terna para Jueces de Paz. Entre 1895 y 1901 fue vicepresidente del Concejo Deliberante, en 1902, presidente del mismo y, en 1903, nuevamente vicepresidente. En 1905, intendente de la ciudad, cargo que ocupó nuevamente en 1907 y 1909, alternando el puesto con su hermano Pedro. En 1910, volvió a presidir el Concejo Deliberante (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 161).

(59) Pedro Bellocq, hermano de Félix, nació en Dolores en 1874 y estudió primeras letras en su pueblo natal. Se dedicó a la agricultura en la estancia La Alicia, heredada de sus padres. En 1894 fue propuesto en una de las ternas para Juez de Paz de Tres Arroyos, pero no fue nombrado. En 1903, 1906 y 1908 fue intendente de Tres Arroyos. También fue miembro de la Sociedad Francesa, vocal de la Sociedad Rural y en 1910 ejerció la comandancia militar de la zona (Montenegro, 1910, p. 90).

(60) Nació en Buenos Aires en 1886. Estudió en el Colegio del Salvador. A los 15 años se dedicó a las tareas de campo, llegando a ser mayordomo de Leonardo Pereyra Iraola en Ayacucho. En 1887 pasó a administrar la estancia San Leonardo del mismo hacendado, en Tres Arroyos. En 1905 fue Presidente del Consejo Escolar. En 1910 fue electo intendente (Montenegro, 1910, p. 70).

(61) Sebastián E. Bracco nació en Baradero en 1865, hijo de D. Juan Bautista Bracco y de Doña Josefa Calcagno. Estudió en el Colegio Nacional y a los 14 años se dedicó al comercio, que practicó hasta el año 1888 en que fue nombrado oficial de policía. Desempeñó este cargo en San Antonio de Areco, Arrecifes y Azul, donde renunció para ocupar el puesto de Secretario Municipal en 1891, en el que estuvo hasta el 1893 en que fue depuesto por la revolución radical. En 1894 fue nombrado Comisario de Olavarría, pasando después con igual cargo a Coronel Dorrego, en donde estuvo hasta 1896. En 1897 arribó a Tres Arroyos, donde se desempeñó como Secretario Municipal desde ese año hasta 1911, en que se retiró a la actividad privada, al frente de una Casa de Remate de Hacienda. En 1915 volvió a la actividad pública, siendo electo diputado provincial, función que ocupó hasta la intervención de 1917. En 1928 fue electo intendente de Tres Arroyos, y luego de 1930, ocupó el cargo durante casi toda la década. (Montenegro, 1910, p. 74 y Yasing, et al, 1934, s/p [p. 47])

(62) Gobernador de la provincia de Buenos Aires, que sucedió a la intervención de Lucio V. López (1º mayo 1894-1º mayo 1898). Su elección fue resultado del acuerdo entre los Cívicos Nacionales y la Unión Provincial (Barba, 2004, p. 55).

(63) Fue organizada por Carlos Pellegrini frente a la necesidad de crear una fuerza política que representara el autonomismo en las elecciones provinciales, luego de la renuncia del gobernador Costa en agosto de 1893. El objetivo era poder hacer frente al predominio de la Unión Cívica Nacional y Radical en la provincia. Estaba constituida, básicamente, por grandes propietarios ganaderos, por lo que sus seguidores fueron conocidos como "vacunos". Posteriormente, tuvo un acercamiento con la Unión Cívica Nacional (Barba, 2004, pp. 49-50).

(64) Durante la primera década del siglo XX, se desarrolló una política de acuerdos entre la Unión Provincial y los partidos opositores. Bajo el gobierno de Marcelino Ugarte (1902-1906), se recreó la fuerza conocida como los Partidos Unidos, pero los enfrentamientos políticos entre la misma clase dirigente provincial, las denuncias de fraude y manipulación de los municipios, se agudizaron por ese entonces. En 1908, como una manera de frenar la avanzada del poder ejecutivo nacional a manos de Figueroa Alcorta, se buscó reorganizar las fuerzas provinciales. Para ello, se acordó la creación de un nuevo partido, que aglutinara a hacendados, agricultores y propietarios de la provincia, bajo la conducción de Máximo Paz, y que recibió el nombre de Partido Conservador (Barba, 2004, pp. 83-127 y pp. 139-141).

(65) En Tres Arroyos no ocurrió la división que tuvo lugar en otros distritos, en que el Partido Conservador se dividió entre los que impulsaban que los principales puestos electivos fuesen ocupados por los vecinos de cada localidad y los que defendían una posición menos localista. Esto generó que, en varios partidos, se organizara una agrupación independiente, que respondía también a sendos dirigentes de la capital provincial (Irigoyen y Máximo Paz). Finalmente, Máximo Paz renunció a la dirección del partido en 1909 (Barba, 2004, pp. 142-151).

(66) Hijo de italianos, nacido en Buenos Aires, se asentó en Tres Arroyos en 1880, cuando habilitó una esquina de campo conocida como La Tigra (Yasnig et al., 1934, s/p [p. 30]). Si bien no era masón, estuvo vinculado al grupo de Gomila. Actuó como Juez de Paz suplente en 1890, presidente del Concejo Deliberante en 1891, Concejal en 1892 y nuevamente presidente del Concejo en 1894. Ese mismo año, presidió el comité local de la Unión Provincial.

(67) Ejerció como alcalde del 1º cuartel en reiteradas oportunidades y, como tal, actuó como Juez de Paz sustituto entre 1897 y 1900.

(68) Este grupo formó el comité "de la juventud unida" y publicaron un manifiesto que fue expuesto en las calles del pueblo. En el mismo figuraba la comisión que estaba compuesta por: presidente, Antonio Malosetti; Vicepresidente, Carlos López Osornio, Secretario General, Abel Camusso; Secretarios, Juan A. Tomé y Emilio Pennini; Tesorero, Martín Tavelli; Protesorero, Rómulo Vitali; Vocales, Bernardino Maciel, Alfredo Soler, Antonio Campaña, Antonio Bianculli, Félix Mayolas, Justo B. Jonas, Arnaldo Chalde y otros (Eiras y Pérez Vassolo, 1981, p. 166-7).

(69) Nacido en Tandil en 1876, se dedicó, primero, a la actividad comercial y, luego, a trabajos en el campo. Más tarde, se asentó en Tres Arroyos, donde en 1901 trabajó como empleado municipal. Al año siguiente, estableció una casa de remates que se dedicaba a "comisiones, asuntos judiciales, representaciones, consignaciones, arrendamientos, compra y venta de tierras, etc., etc.". Entre 1903 y 1910 fue secretario del Juzgado, además de ser, al mismo tiempo, secretario del Concejo Deliberante (Montenegro, 1910, pp. 89-90).

(70) Consideramos únicamente el fuero correccional, que es el que trabajamos en nuestra investigación en general.

(71) Si los desagregamos, fueron: 4 por rapto/fuga de menores, 3 por heridas, 3 por robos, 2 desacato/atentado a la autoridad, 2 defraudaciones al fisco, 2 apremios/escándalos, 1 ejercicio de medicina ilegal, 1 envenenamiento, 1 tiros, y 1 abigeato.

(72) En otra oportunidad, hemos cuantificado las causas que aparecen abandonadas. Dada la cantidad, creemos que buena parte de ellas pudieron haber sido resueltas por acuerdos extrajudiciales como una forma de promover el acuerdo y la armonía social (Di Gresia, 2007).

(73) "Doctor Adolfo Sánchez contra Dña. María Santucho por ejercer la medicina ilegalmente" (AJDPTA, 179, 44).

(74) "Sumario a F. Agesta, por heridas" (AJDPTA, 180, 41).

(75) "Gomila Teófilo C. y otros denunciando la fuga de Otero Egidio" (AJDPTA, 180, 40) y "Cobro de Pesos, Isidro Zurieta y otros contra Otero Egidio" (AJDPTA, 7, 33).

(76) Isidro Zurieta actuó como fiador en dos juicios y en varios más figuró como testigo de actuación ("Souto José contra Juan B. Lespada por heridas", AJDPTA, 180, 6; "Sumario a Pedró Barú por amenazas a su mujer", AJDPTA, 180, 21). Si bien en el caso de Zurieta, el pedido de afiliación a la masonería es posterior a su oficio de procurador (septiembre de 1889), creemos importante mencionarlo, ya que habla de las personas que se invitaban a integrar la logia.

(77) En 1890, el agente Teófilo Martínez, acusado por heridas al sargento dragoniante Plácido Suárez, puso como fiador a Teófilo Gomila y el Juez registró que "siendo Don Teófilo G. Gomila persona de reconocida responsabilidad, se lo admite como fiador" ("Información sumaria instruida a Teófilo Martínez por heridas al sargento dragoniante Placido Suarez", AJDPTA, 181, 24). En 1892, Pedro Mirazón fue imputado por lesiones a Martín Arsinaga. Avanzado el expediente, presentó como fiador a Gomila y obtuvo un resultado favorable. ("Pedro Mirazón por lesiones a Martín Arsinaga", AJDPTA, 183, 7).

(78) "Escalante Lucio por sospechas de robo" (AJDPTA, 179, 39).

Bibliografía y fuentes

Fuentes inéditas

El Libre del Sur, números varios.         [ Links ]

Expedientes Correccionales del Juzgado de Paz de Tres Arroyos.         [ Links ]

Libro de Actas Nº 1 de la Logia Hiram de Tres Arroyos.         [ Links ]

Libro Copiador de Notas del Juzgado de Paz de Tres Arroyos, 1873-1878.         [ Links ]

Fuentes éditas

Álbum de la ciudad de Tres Arroyos, 75 aniversario, s.d.         [ Links ]

Buenos Aires. Ministerio de Gobierno (1900). Ley de Justicia de Paz de la Provincia de Buenos Aires. Buenos Aires: Sesé, Larrañaga y Renovales Editores.         [ Links ]

Buenos Aires. Ministerio de Gobierno (1867). Registro Oficial, 1867. Buenos Aires: El Nacional.         [ Links ]

Buenos Aires. Ministerio de Gobierno (1876). Registro Oficial, 1876. Buenos Aires: Imprenta de José y Luis Rossi.         [ Links ]

Censo República Argentina (1869). Disponible http://www.familysearch.org         [ Links ]

Censo República Argentina (1895). Disponible http://www.familysearch.org         [ Links ]

Cassard, A. (1871). Manual de Masonería o sea el Tejedor de los Ritos Antiguo escocés, francés y de adopción. Barcelona: Jané Hermanos.         [ Links ]

La Voz del Pueblo (1984). Álbum del Centenario de Tres Arroyos. Tres Arroyos: La Voz del Pueblo.         [ Links ]

Montenegro, J. G. (1910). Álbum conmemorativo de Tres Arroyos. Exponente de la importancia del partido al celebrarse el 1er. Centenario de la Independencia Argentina. Tres Arroyos: s.e.         [ Links ]

Yasnig, A., Záenz López, R. H. y Del Río, J. A. (1934). Cincuentenario de Tres Arroyos. 1884 - 24 de Abril - 1934. s.d.         [ Links ]

Bibliografía citada

1. Barba, F. (2004). Los Tiempos Perdidos. La política de Buenos Aires entre 1880 y la intervención federal de 1917. La Plata: Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires "Dr. Ricardo Levene".         [ Links ]

2. Corbière, E. (1998). La Masonería. Política y Sociedades Secretas en la Argentina. Buenos Aires: Sudamericana.         [ Links ]

3. Corbière, E. (2001). La Masonería II. Tradición y Revolución. Buenos Aires: Sudamericana.         [ Links ]

4. Di Gresia, L. A. (2004). La implantación de la Masonería en Tres Arroyos: 1886-1891.El inicio de la orden en los comienzos de un pueblo del interior de la provincia de Buenos Aires. Trabajo monográfico realizado para cumplimentar los requisitos del seminario HQ de la Licenciatura en Historia de la Universidad Nacional del Sur, dirigido por la Lic. Graciela Facchinetti (inédito).         [ Links ]

5. Di Gresia, L. A. (2007). Conflictos y armonías en el sur bonaerense. Conflictividad, penalidad y extrajudicialidad desde la Justicia de Paz (Tres Arroyos, 1865-1902). Anuario del Centro de Estudios Históricos "Prof. Carlos S. A. Segreti", 7 (7), 41-73.         [ Links ]

6. Di Gresia, L. A. (2010). Una aproximación al estudio de la cultura judicial de la población rural del sur bonaerense. Tres Arroyos, segunda mitad del siglo XIX. En D. G. Barriera (coord.), La justicia y las formas de la autoridad: organización política y justicias locales en territorios de frontera. El Río de la Plata, Córdoba, Cuyo y Tucumán, siglos XVIII y XIX (pp. 155-191). Rosario: ISHIR CONICET-Red Columnaria.         [ Links ]

7. Díaz, B. (1959). Juzgados de Paz de campaña de la Provincia de Buenos Aires (1821-1854). La Plata: UNLP.         [ Links ]

8. Eiras, C. T. y M. E. Pérez Vassolo (1981). Historia del Partido de Tres Arroyos. Tres Arroyos: Municipalidad de Tres Arroyos/Gráfica los Andes.         [ Links ]

9. Ferrer Benimelli, J. A. (2001). La masonería. Madrid: Alianza.         [ Links ]

10. Fradkin, R. (1999). La experiencia de la Justicia: estado, propietarios y arrendatarios en la campaña bonaerense. En Suprema Corte de Justicia Provincia de Buenos Aires, La Fuente Judicial en la Construcción de la construcción de la Memoria (pp.145-188). Mar del Plata: UNMDP/ Departamento Histórico Judicial.         [ Links ]

11. Gálvez, L. (2006). ¿Cómo Dios manda? Iglesia, masonería y estado en la Argentina. Buenos Aires: Norma.         [ Links ]

12. Garavaglia, J. C. (1999a). Paz, orden y trabajo en la campaña: la justicia rural y los juzgados de paz en Buenos Aires, 1830-1854. En Garavaglia, J. C., Poder, conflicto y relaciones sociales. El Río de la Plata, XVIII - XIX (pp. 57-87). Rosario: Homo Sapiens         [ Links ]

13. Garavaglia, J. C. (1999b). La Justicia rural en Buenos Aires durante la primera mitad del siglo XIX (Estructuras, funciones y poderes locales). En Garavaglia, J. C., Poder, conflicto y relaciones sociales. El Río de la Plata, XVIII - XIX (pp. 89-121). Rosario: Homo Sapiens.         [ Links ]

14. Garavaglia, J. C. (1999c). Los Martínez: la complejidad de las lealtades políticas de una red familiar en el Areco rosista En Garavaglia, J. C., Poder, conflicto y relaciones sociales. El Río de la Plata, XVIII - XIX (pp. 189-201). Rosario: Homo Sapiens.         [ Links ]

15. Gelman, J. (2000). Crisis y reconstrucción del orden en la campaña de Buenos Aires. Estado y Sociedad en la primera mitad del siglo XIX. Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani, 21, 7-31.         [ Links ]

16. Ginzburg, C. (2004). Huellas. Raíces de un paradigma indiciario. En C. Ginzburg, Tentativas (pp. 69-113). Rosario: Prohistoria.         [ Links ]

17. González Bernaldo de Quirós, P. (2008). Civilidad y política en los orígenes de la nación Argentina. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.         [ Links ]

18. Gorriaz Belloqui, R. (1935). Historia de Tres Arroyos. Indios. Fronteras. Combates. Fundaciones. Censos. Tres Arroyos: Imprenta Minerva.         [ Links ]

19. Lappas, A. (1966). La Masonería Argentina a través de sus hombres. Buenos Aires: s.e.         [ Links ]

20. Lynch, J. (2000). Juan Manuel de Rosas 1829-1852. Buenos Aires: Emecé         [ Links ].

21. Mayo, C. A. (1975). Aspectos de un periodo crítico en la historia de la Masonería Argentina (1902-1906). Investigaciones y Ensayos, 18, 399-423.         [ Links ]

22. Nario, H. (1976). Tata Dios. El mesías de la última montonera. Buenos Aires: Plus Ultra.         [ Links ]

23. Nario, H. (1987). Un Caso de función Supletoria de la masonería en el Campo Político del interior bonaerense. En Historia Regional Bonaerense (pp. 137-147). Tandil: UNCPBA/Junta de Estudios Históricos.         [ Links ]

24. Nario, H. (1996). Tandil. Historia Abierta. Tandil: Ediciones del Manantial.         [ Links ]

25. Palacio, J. M. (2004). La paz del trigo. Cultura legal y sociedad local en el desarrollo agropecuario pampeano (1890-1945). Edhasa: Buenos Aires.         [ Links ]

26. Romeo, S. (1949). Hombres, Luchas y Progresos. Gomila. Istilart. Tres Arroyos: s.e.         [ Links ]

27. Romeo, S. (1959). Tres Arroyos. Tres Arroyos: Lumi.         [ Links ]

28. Levi, G. (1989). Les usages de la biographie. Annales. Économies, Sociétés, Civilisations, 44 (6), 1325-1336.         [ Links ]

29. Revel, J. (1995). Microanálisis y construcción de lo social. Anuario IEHS (10), 125-143.         [ Links ]

30. Ramella, F. (1995). Por un uso fuerte del concepto de red en los estudios migratorios. En M. Bjerg y H. Otero (comp.), Inmigración y redes sociales en la Argentina moderna (pp. 9-21). Tandil: CEMLA-IEHS.         [ Links ]

31. Rojas Lagarde, J. L. (1995). El malón a Tres Arroyos en 1870. Malones y comercio de ganado con Chile en el siglo XIX. Buenos Aires: Faro editorial.         [ Links ]

32. Sosa, G. L. (1993). Instituciones de la Moderna Justicia de Paz letrada. La Plata: Librería Editora Platense.         [ Links ]

Fecha de recibido: 15 de octubre de 2010.
Fecha de publicado: 31 de diciembre de 2010.

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