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Andes

versión On-line ISSN 1668-8090

Andes vol.22 no.2 Salta jul./dic. 2011

 

ESTADO Y COMUNIDADES INDIGENAS

Las políticas del primer peronismo en relación con las comunidades indígenas

The policies of first Peronism towards indigenous communities

 

José Marcilese1

Ingresó: 25 de marzo de 2009
Aceptado: 19 de mayo de 2009

 


Resumen

Las políticas sociales impulsadas por el primer peronismo posibilitaron una mejora sustancial en la calidad de vida de amplios sectores de la población argentina. Eso fue posible en primer término a través de cambios en las condiciones del mercado de trabajo y en la distribución del ingreso, y en segunda instancia por la generación de políticas públicas activas en defensa de los intereses de los sectores populares.
Con este conjunto de medidas el gobierno peronista dio respuesta a los reclamos y reivindicaciones de amplios sectores de la población argentina, cuya situación de postergación no había sido considerada por los gobiernos precedentes. Sin embargo las disposiciones tendientes a responder los reclamos de las comunidades indígenas, uno de los sectores por entonces más desprotegidos de la sociedad argentina fueron limitadas y tardías, por lo que su impacto resultó poco significativo. Como un aporte al estudio de esta situación la intención de este trabajo es realizar una primera aproximación al análisis de las políticas impulsadas para dicho sector por el Estado Nacional entre 1946 y 1955.

Palabras claves: Indígenas argentinos; Peronismo; Políticas públicas; Indigenismo; Historia política

Abstract

The social policies implemented by the first Peronist government led to substantial improvement in the quality of life of vast sectors of the population in Argentina. This was possible, firstly, by introducing changes in labor market conditions and income distribution, and secondly, by establishing active public policies to defend the interests of popular sectors.
This set of measures enabled the Peronist government to respond to the claims and demands of vast sectors of the population which had been neglected by the preceding governments. However, the measures aimed at responding to the claims of indigenous communities, one of the most unprotected sectors in the Argentine society of the time, were limited and belated, thus having a rather insignificant impact. This paper offers a first approximation to the analysis of the policies addressed to this sector by the national State between 1946 and 1955.

Key words: Argentine indigenous peoples; Peronism; Public policies; Indigenism; Political history


 

"La población indígena será protegida por la acción directa del Estado mediante la incorporación progresiva de la misma al ritmo y nivel de vida general de la Nación"2

Introducción

Las políticas sociales impulsadas por el primer peronismo posibilitaron según Juan Carlos Torre y Elisa Pastoriza una efectiva "democratización del bienestar"3, que mejoró sustancialmente la calidad de vida de amplios sectores de la población argentina. Este proceso no solo generó cambios en las condiciones del mercado de trabajo, a través de una distribución más equitativa del ingreso y de mejores condiciones laborales, sino también modificó la orientación e intensidad de las políticas públicas referidas a salud, educación y vivienda. En esas y otras esferas de la administración pública el peronismo articuló un estado regulador interesado en modificar la situación de postergación de amplios sectores de la población, por intermedio del control y la inversión oficial.

Este conjunto de medidas representaron una ruptura con las tendencias precedentes, a tal punto que Susana Torrado advierte la formación de un nuevo modelo estadual al que define como Justicialista, caracterizado por las políticas de inclusión y el ascenso social4. Dicho modelo comenzó a perfilarse cuando Perón ocupa la conducción de la Secretaría de Trabajo y Previsión en noviembre de 1943, luego Ministerio de Trabajo, para luego intensificarse cuando el militar asumió la presidencia de la Nación en mayo de 1946. Por entonces las políticas sociales favorecían tanto a los núcleos de asalariados urbanos, mediante la respuesta a sus reclamos salariales y de cobertura social, como a los rurales, a través de la promulgación del Estatuto del Peón, primera normativa reguladora del trabajo agropecuario, entre otras medidas.

En una instancia posterior los beneficios se orientaron a responder a otros reclamos y necesidades sectoriales, mediante un ambicioso plan de obras públicas en el marco de lo que se dio en llamar como Primer Plan Quinquenal, por intermedio del cual Perón intentó efectuar modificaciones estructurales en la agencias estatales, con el objeto de mejorar las desigualdades regionales presentes en el territorio argentino. Posteriormente en 1952 se daría inicio al Segundo Plan Quinquenal, cuyos objetivos fundamentales fueron las relaciones económicas externas del país y asegurar el

desarrollo progresivo de la economía social mediante la promoción de las actividades que contribuyeran a consolidar la independencia económica de la Nación.

Este conjunto de medidas presentes en los diversos programas de gobierno del primer peronismo alcanzaron en algunos casos carácter reglamentario luego de las reformas efectuadas por la Convención Constituyente de 1949. En esa ocasión los llamados derechos de segunda generación, que afectan a trabajadores, ancianos y niños por ejemplo, se incluyeron dentro de la nueva Constitución Nacional.

Con esta serie de medidas el gobierno peronista dio respuesta a los reclamos y reivindicaciones de amplios sectores de la población argentina, cuya situación de postergación no había sido considerada por los gobiernos precedentes. Como un aporte al estudio de esa nueva coyuntura la intención de este trabajo es realizar una primera aproximación al análisis de las políticas impulsadas por el estado nacional entre 1946 y 1955 en relación con las comunidades indígenas, uno de los sectores por entonces más desprotegidos de la sociedad argentina. Para ello se considerarán los cambios experimentados por la legislación específica, así como también las medidas y propuestas concretas impulsadas por el gobierno en relación a las comunidades de pueblos originarios.

Esta aproximación se efectuará partiendo de la idea que si bien el proyecto político peronista tenía como uno de sus ejes fundamentales terminar con la precariedad y postergación en la cual vivía una amplia proporción de la población argentina, el interés por mejorar la situación de las comunidades indígenas resulto tardío y limitado, no alcanzando a revertir la situación de postergación de ese sector. Por otra parte, si bien el gobierno peronista impulsó el reconocimiento jurídico de las poblaciones aborígenes, con el objeto de establecer su condición de ciudadanos, esta iniciativa no se articuló con otras medidas tendientes a resolver problemas claves de las comunidades como la escolarización o la tenencia de tierras, marcándose de este modo tanto continuidades como rupturas con las administraciones que lo precedieron.

 El Estado Nacional ante los reclamos de las comunidades indígenas

El proceso de persecución y sometimiento sufrido por las poblaciones indígenas durante las campañas militares impulsadas por el gobierno argentino desde 1880, provocaron la desaparición de numerosas comunidades y la desarticulación social de otras. Esta tendencia no se modificó y al comenzar el siglo XX  la situación de dichas poblaciones siguió siendo sumamente desfavorable, debido a que por lo general las posiciones adoptadas por los sucesivos gobiernos lejos de favorecer a los aborígenes perpetuaron su situación de pobreza y marginación.

Esta tendencia buscó modificar en 1938 la Comisión Nacional de Protección al Indígena, desde donde se pretendió defender a las comunidades autóctonas aunque manteniéndolas apartadas del conjunto de la sociedad y con una fuerte tutela por parte del Estado. De esta manera, aunque sus objetivos resultaban convenientes a los indígenas, los procedimientos empleados constituyeron una continuación de las prácticas precedentes, debido a que en ocasiones las poblaciones fueron trasladadas en forma coercitiva.

Este rumbo pareció modificarse el 2 de septiembre de 1940 cuando se creó el Consejo Agrario Nacional (CAN), que tenía entre sus fines acordar un régimen de explotación de tierras para las poblaciones indígenas,  pero a diferencia de las iniciativas anteriores esa vez se respetarían sus costumbres y métodos de trabajo. Esto último parecía indicar un cambio en la posición  tradicional de Estado argentino, acostumbrado a no considerar las formas de vida tradicionales de dichas comunidades. Sin embargo al momento de reglamentarse esta iniciativa, mediante el decreto 10.063 de 1943, se dispuso que el CAN organizara el régimen apropiado a las características de los indígenas de cada zona, pero que también estableciera la enseñanza religiosa y dispusiese que las tierras se otorgarán a título precario. De esta manera, los colonos se veían obligados a demostrar aptitudes técnicas y "cualidades morales" acordes, condiciones necesarias para desempeñarse como colonos, lo que revela las limitaciones de un organismo público que inicialmente pareció ser innovador.

Con el advenimiento del peronismo se organizó por primera vez una dependencia oficial encargada de dar respuesta a los reclamos de las comunidades indígenas: la Dirección Nacional del Protección al Aborigen 5. Al momento de su creación esta repartición dependió de la Secretaría de Trabajo y Previsión, para luego pasar a la esfera de la Dirección Nacional de Migraciones y a partir de septiembre de 1949 del Ministerio de Asuntos Técnicos. Posteriormente, en julio de 1954, por intermedio de un decreto presidencial se la trasladó al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y un año después, en mayo de 1955 otro decreto la ubicó en la orbita del Ministerio del Interior 6. No obstante la inestabilidad que caracterizó la vida institucional de la dependencia, su creación y continuidad resultan reveladoras del interés manifestado por el gobierno peronista en torno del "problema indígena"7 . A la conformación de dicho organismo siguieron luego otras medidas promisorias para las poblaciones indígenas. Entre ellas la promulgación de la ley 13.560, en 1949 con el fin de reglamentar el trabajo de los indígenas8 . Esta normativa, que se encontraba en el Congreso Nacional desde 1938, regulaba el "reclutamiento" de trabajadores indígenas, establecía el proceso de incorporación a las diversas actividades laborales, y apoyaba la preservación de los derechos indígenas, claro que todo esto con un fuerte paternalismo por parte del Estado. Esta tendencia favorable al reconocimiento de las comunidades de pueblos originarios se percibió también en la reforma de la Constitución Argentina de 1949, dado que por entonces se produjo la equiparación del indígena con el resto de los ciudadanos argentinos. Esta significativa modificación se produjo al cambiar el inciso 15 del artículo 67 que en su versión original estipulaba: "...proveer a la seguridad de las fronteras; conservar el trato pacífico con los indios y promover la conversión de ellos al catolicismo", y del que solo se conservó la expresión "proveer a la seguridad de las fronteras", terminando con una diferenciación anacrónica y discriminadora9.

La siguiente instancia en el reconocimiento de las comunidades indígenas  por parte del peronismo fue su inclusión dentro de las líneas programáticas del 2º Plan Quinquenal, que en la sección destinada a establecer los principios para la organización del pueblo incluyó el texto "La población indígena será protegida por la acción directa del Estado mediante la incorporación progresiva al ritmo y nivel de vida general de la Nación"10, con lo cual se dejaba en claro al menos en forma declarativa las aspiraciones del gobierno peronista. En relación a esta medida el propio presidente Perón afirmó:

Y en tal llamado está incluido el indio; el indio que fue el primer proletario de América y la primera víctima del imperialismo extranjero; el indio que de hoy en adelante es un argentino más, con iguales obligaciones y derechos. Así lo establece el 2º Plan Quinquenal en el capítulo relativo a la Organización del Pueblo...11.

En su reflexión Perón equipara al indígena con el trabajador, según él ambos fueron objeto de una explotación similar, aunque en diferentes momentos, por lo que se justifica incluirlo dentro de la planificación que regulará la conformación de la "Nueva Argentina".

Pero las diversas iniciativas promovidas por el peronismo encontraron una importante limitación, la ausencia de registros confiables que permitiesen apreciar la magnitud demográfica de las comunidades indígenas, en su mayoría dispersos en zonas rurales de difícil acceso. Al respecto un funcionario del Instituto Indigenista Interamericano de México sostenía que:

Nadie sabe con exactitud cuántos son los actuales indígenas argentinos. Los censos omiten los datos o disminuyen las cifras caprichosamente. Tampoco se ha definido qué es jurídicamente una tribu, ni cuáles habitantes han de ser considerados indios por la legislación nacional12.

En efecto las cifras consideradas eran inexactas y oscilaban desde las 15.000 personas consignadas por el diputado peronista bonaerense Bernardo Gago en un discurso legislativo, hasta los 150.000 individuos, según lo sostenido por La Prensaen un editorial donde se afirmaba que:

Los aborígenes agrupados en tribus o simplemente nucleados, se extienden a lo largo de nuestro territorio en cantidad superior a los 150.000, y a ellos se hallan vinculados por vestigios sanguíneos no menos de 400.000 personas, las cuales en mayor o menor grado, evidencian natural solidaridad sentimental con los descendientes directos de la estirpe.13

Esta carencia de estadísticas confiables conjuntamente con el limitado interés de parte del gobierno, postergaron la implementación de medidas concretas tendientes a solucionar los problemas de las comunidades indígenas. Recién en 1953 las cámaras legislativas discutieron el tema, a partir de la presentación por parte de oficialismo de un proyecto por el cual se buscaba registrar a los indígenas, que en gran número aun permanecían indocumentados y por ende fuera de los registros estatales. De este modo se conocería de manera exacta la cifra real de individuos que componían las poblaciones de pueblos originarios, datos esenciales para planificar programas sociales orientados al sector, al mismo tiempo que les brindaría a los indígenas la posibilidad de ejercer sus derechos electorales como ciudadanos.

Sin embargo, sí existían estudios acerca de otros aspectos inherentes a las comunidades indígenas, como el realizado por el  Instituto Étnico Nacional en agosto de 195014, cuando una investigación sobre la capacidad intelectual de adultos, jóvenes y niños aborígenes llegó  a la conclusión de que el indígena no es sustancialmente inferior al blanco "...siendo su nivel mental equivalente al de la población de la periferia de la Capital Federal"15. Esta conclusión denota una apreciación peyorativa de los indígenas, cuya capacidad intelectual según la investigación mencionada no alcanzaba a la del hombre blanco y solo se acercaba a la de los habitantes del conurbano porteño, receptor principal del proceso migratorio interno por el cual en la década de 1930 arribaron a esa zona pobladores provenientes de las provincias y territorios de noroeste y noreste argentino, donde paradójicamente se afincaban mayormente las comunidades indígenas.

El debate legislativo en torno al "problema indígena"

Tal como se señaló inicialmente, el tema indígena estuvo solo parcialmente presente en la agenda oficial durante la primer presidencia de Perón, recién en 1953 los diputados oficialistas pertenecientes a la Comisión Permanente del Aborigen16 presentaron un proyecto legislativo por el cual se fomentaría "la inscripción en el Registro Civil de los aborígenes que no hayan registrado su nacimiento ni cumplido con los requisitos posteriores del enrolamiento"17. De esta manera los miembros de las diversas comunidades se incorporarían a la sociedad como ciudadanos, lo que les permitiría, entre otras cosas, participar en los procesos electorales. Esta propuesta se enmarcó dentro de uno de los lineamientos principales del gobierno justicialista, que impulsaba la incorporación de los sectores postergados de la sociedad argentina a la vida política. Así lo sostenía el diputado Ángel Miel Asquía al afirmar en relación al tema:

...mereció la atención de este bloque porque hace a la doctrina peronista que ha reactivado todos los sectores de la vida ciudadana. De ese modo satisfaremos también la inquietud de los compañeros que, dentro de la doctrina peronista, bregan para que nadie quede fuera de las normas del derecho civil y del amparo de sus instituciones, para lo cual es necesario que se cumpla con una obligación primaria: la inscripción en el Registro Civil18.

La iniciativa presentada en junio de 1953  fue debatida en la Cámara de Diputados durante varios meses. El tema también fue seguido por la prensa capitalina mediante editoriales que abordaron el tema indígena en Argentina y el resto de América. Finalmente, la presentación impulsada por la bancada peronista fue apoyada por la oposición, que solo realizó algunas objeciones respecto de la implementación del proyecto, que fueron comunicadas por el miembro informante de la bancada el diputado radical Francisco Santucho de la siguiente forma:

Lo que en nuestro país se ha intentando hacer hoy comporta varios riesgos: primero, en virtud de la igualdad de todos los habitantes ante la ley, según la Constitución y los códigos, se trata al indio como a un ente de pleno derecho, y se lo abandona a sus propias fuerzas...

Mediante sus declaraciones el legislador advertía que la solución a los problemas de los indígenas no se circunscribía a reconocer su condición de ciudadanos y garantizar sus derechos como tales, sino a establecer las condiciones necesarias para que ese reconocimiento cívico fuese acompañado de un progreso material de las comunidades. Indudablemente, el problema de los pueblos originarios no pasaba por el hecho de que sus miembros no figuraran en las nóminas de los respectivos registros civiles sino a la pobreza estructural generada a partir de siglos de sometimiento y exclusión. Pero este no era el único argumento esgrimido por el parlamentario, que prosiguió afirmando:

Deseamos fervientemente que los indígenas adquieran un estado de familia auténtico mediante la inscripción de sus nacimientos en los registros civiles, pero incurriríamos en un error si supusiéramos que ello puede depender de la buena voluntad o de la diligencia del Poder Ejecutivo19.

En esta instancia, el legislador sostenía que si bien el proyecto obligaba a los funcionarios de los registros civiles a controlar el número de nuevos nacimientos y a determinar la cantidad de adultos aun no registrados, estas pautas ya estaban presentes en la legislación vigente. Pero el desinterés de las burocracias territoriales unida a la dispersión y difícil acceso de gran parte de las comunidades aborígenes, conspiraban contra la posibilidad de llevar un registro adecuado20. Asimismo, a los efectos electorales, tampoco resultaba de interés para la dirigencia política la inclusión de los indígenas en los padrones electorales, dada la particular condición de los Territorios Nacionales.

Finalmente, a pesar de los comentarios de la bancada radical la iniciativa contó con el apoyo de todas las bancadas y el proyecto se convirtió en ley en noviembre de 1953 y representó un progreso significativo para la condición jurídica de los miembros de las comunidades originarias21. Aunque como se verá la normativa no fue acompañada por medidas que permitiesen superar la postergación socioeconómica en la cual se encontraban dichas poblaciones y se limitó a reconocer la condición de ciudadano de los pobladores indígenas.

Paralelamente, se inició un proceso de provincialización de los Territorios Nacionales, habitados por una proporción significativa de poblaciones indígenas. Estas zonas presentaban un tipo de organización territorial diferenciada de los estados provinciales. Su funcionamiento estaba regido por la Ley 1532, que regulaba su ordenación política mediante la figura de un gobernador no electo sino designado por el Poder Ejecutivo Nacional. Asimismo, las elecciones, según el régimen electoral derivado de dicha ley, se circunscribían a la formación de concejos en los ámbitos municipales y no a la elección de legisladores provinciales o nacionales, por lo que el desarrollo político de los Territorios resultaba limitado en relación a los espacios provinciales, cuyo control si era significativo electoralmente para las diversas fuerzas partidarias.

Esta situación comenzó a modificarse durante la segunda presidencia de Perón de manera paulatina, siendo los Territorios de Chaco y La Pampa los primeros en alcanzar la categoría de provincia en 1951, condición que Misiones alcanzaría en 1953, en tanto que en 1955 harían lo propio Formosa, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz y Chubut. De esta forma las regiones argentinas donde residían las poblaciones indígenas más numerosas pasaron a ser estados provinciales en un lapso relativamente breve de tiempo, con el consiguiente ingreso de sus poblaciones como electores en la dinámica política nacional.

El peronismo frente a las problemáticas indígenas concretas

Si bien el peronismo reconsideró la figura del indígena y formalmente los equiparó en sus derechos y obligaciones con el resto de los ciudadanos, no generó inicialmente políticas que pudieran solucionar los problemas estructurales que afectaban a las comunidades, en especial la tenencia de la tierra y el acceso a una educación que contemplara sus tradiciones. Este hecho fue advertido por el legislador radical Emilio Ravignani, que afirmó en relación al tema indígena: "El problema es muy complejo. Hay países como Estados Unidos, donde ya ha sido resuelto, pero entre nosotros a pesar de haberse creado la comisión en 1946 ó 1947, hasta  hoy no se ha hecho nada concreto"22.

Dejando de lado las causas políticas de esta crítica, es indudable que las mismas encontraban su origen en el escaso interés demostrado por el gobierno nacional por intentar revertir la situación de las comunidades originarias.

Como parte de esta tendencia, las concesiones de tierras fueron aisladas y el caso más significativo se desencadenó a raíz de una acción directa de las propias comunidades indígenas de la Puna jujeña, que entre los meses de mayo y julio de 1946 realizaron lo que dio en llamarse como "Malón de la Paz" , una travesía que partió de su provincia de origen para arribar meses después a la Capital Federal con el doble objetivo de reclamar por sus tierras y exigir la intervención de la Dirección de Protección al Aborigen. Esta medida le dio visibilidad pública al reclamo de las comunidades indígenas del noroeste, pero luego del impacto mediático inicial el grupo fue alojado en el Hotel de Inmigrantes y luego trasladado en forma forzada a su provincia de origen23.

A pesar del fracaso inicial tiempo después se produjo la expropiación de tierras de la Quebrada y Puna jujeña, mediante un decreto presidencial del 1 de agosto de 1949, seguido de la formación de la Comisión de Rehabilitación de los Aborígenes, que estaría a cargo de realizar la iniciativa. Pero como "...no se implementaron las medidas auxiliares y crediticias para completar y efectivizar los resultados de la expropiación"24 la medida solo evitó el pago de los arriendos por parte de los indígenas implicados, pero no dispuso la tenencia de los terrenos ni sus derechos sucesorios. De manera tal que la tardía respuesta a las reivindicaciones impulsadas por el "Malón de la Paz" no resolvió el problema de las comunidades en cuestión.

Por otra parte la limitada cantidad de superficie expropiada y el hecho que fuera en solo una de las provincias que contaban con altos niveles de población indígena, no se condice con las numerosas expropiaciones que realizó el gobierno peronista con otros fines25.

En lo que al área educativa se refiere la obra del gobierno justicialista también fue restringida y se circunscribe a un conjunto de escuelas rurales conocidas como Colonias Granja. Su formación se debió a la ley 14.245/53 que establecía la creación de nueve colonias "de adaptación y educación de la población aborigen en las provincias de Salta, Jujuy, Presidente Perón (Chaco) y territorios de Formosa y Neuquén"26. Esta iniciativa solucionó solo parcialmente la situación educativa de las comunidades y no tuvo una continuidad temporal, ya que no se  crearon nuevas escuelas y se mantuvo el número original que contemplaba dos escuelas en Salta, una en Jujuy, una en la Provincia Presidente Perón, cuatro en el territorio formoseño y una en el neuquino.

Este limitado accionar por parte del gobierno dista de las afirmaciones realizadas en torno al debate legislativo por el legislador oficialista Orlando Parolín, quien sostuvo:

La Dirección de Protección al Aborigen ha realizado, merced a las directivas del general Perón, numerosas obras de dignificación, recuperación, rehabilitación e incorporación  a la vida activa del país de ese núcleo de argentinos, que son los justos poseedores de nuestras glorias y de nuestras tradiciones en aquellas lejanas tierras...27.

A pesar de estas declaraciones, las acciones concretas tendientes a solucionar las dificultades de las comunidades indígenas argentinas, no se caracterizaron por su número ni trascendencia. Sin duda, las iniciativas avanzaron sobre parte de los problemas pero solo lo hicieron de manera incompleta y en el ámbito educativo, desde una perspectiva que priorizaba una enseñanza de carácter occidental que buscaba adaptar al indígena a la sociedad "civilizada", debido a que en estas escuelas-granja el joven indígena "...recibirá instrucción primaria completa, a la vez que ejercitará sobre su carácter una eficiente acción de adaptación, para lograr una juventud sana y vigorosa, en iguales condiciones que sus hermanos los blancos." Esta intención de incorporar al indígena mediante su adaptación a las normas de la cultura dominante fue defendida por los legisladores y la prensa oficialista, que criticaba duramente el régimen empleado por los gobiernos norteamericano y canadiense, basado en el funcionamiento de reservaciones, que mantenían aisladas a las comunidades originarias del resto de la población.

Esta comparación generó un debate en torno a la situación de las comunidades aborígenes en los estados hispanoamericanos en relación a las de la América Sajona, en el transcurso del cual la prensa capitalina llegó a elogiar  los valores que guiaron a la colonización española al afirmar que esta "...busco la identificación espiritual para lograr una mezcla armónica de razas, de tradiciones y de virtudes. Iberoamérica se enorgullece de su duplicado origen"28. Indudablemente, la orientación antinorteamericana que mantuvo la política exterior argentina hasta 1954, legitimaba toda crítica hacia el gobierno de EE.UU. y la prensa porteña mayoritariamente oficialista se hizo eco de la tendencia.

Finalmente el golpe militar de 1955 interrumpió el funcionamiento de los organismos relacionados a los asuntos de las comunidades indígenas. En los meses que sucedieron a la ruptura institucional fueron suprimidos por decreto el Consejo Agrario Nacional y la Dirección de Protección del Aborigen, y en el caso de esta última sus bienes transferidos a las provincias donde funcionaban sus delegaciones. Sin embargo las gobernaciones no mantuvieron las iniciativas en favor de los indígenas ni evitaron la ocupación ilegal de sus tierras y el abuso laboral.

Consideraciones finales

Si bien el tratamiento que el primer peronismo hizo de la cuestión indígena se inscribió en la tendencia indigenista asimilacionista que rigió las políticas públicas del Estado argentino desde comienzos del siglo XX, también presentó algunos rasgos diferenciados que revelan un modelo superador. En primer término porque rompió con la relación lógica presente en el discurso oficial existente hasta entonces que suponía a las características culturales de las comunidades como el origen de su situación de pobreza y marginación. Debido a que por primera vez, al menos desde el plano discursivo, se revalorizó los rasgos culturales de los pueblos originarios como una parte significativa de la cultura argentina. Al mismo tiempo esta vinculación resultó fundamental para desarticular la relación lógica que por décadas había supuesto que los rasgos culturales de los pueblos originarios constituían un obstáculo a la unidad y el progreso de la nación en su conjunto.

Asimismo, el peronismo presenta como rasgo distintivo la institucionalización a nivel nacional del "problema indígena" a través de la constitución de un organismo público específico encargado de llevar adelante las políticas para el sector. Sin embargo, a pesar de que la difícil situación de las poblaciones indígenas fue reconocida por el Estado nacional y objeto de debates en las cámaras legislativas, el principal reclamo de las comunidades que fue el reconocimiento de sus derechos sobre tierras o bien el otorgamiento de propiedades, no fue debidamente atendido por el gobierno. Las cesiones, en algunos casos mediante expropiaciones, fueron aisladas y no representaron una solución para la difícil situación por la que atravesaban las comunidades.

Por el contrario, en lo que respecta al área educativa la acción estatal se mostró más concreta aunque limitada, permitiendo el acceso de los jóvenes de algunas comunidades indígenas a una educación orientada a la producción agrícola.

Sin embargo, y a pesar de estas acciones estatales de limitada envergadura  se deber reconocer que el primer peronismo fue el primer gobierno que incluyó a los pueblos originarios de nuestro país como sujetos de derecho, lo que representa sin duda el principal progreso experimentado por dicho sector durante el período. Aunque, como resaltaron varios legisladores opositores, este reconocimiento y equiparación de derechos con el resto de la ciudadanía se concretó en el plano formal, sin considerar los medios necesarios para su real aplicación. De esta forma las comunidades indígenas continuaron siendo ajenas a la actividad política, a pesar de que los territorios nacionales en los cuales habitaban se convirtieron en provincias con gobiernos electivos, y permanecieron viviendo en condiciones precarias ajenas al progreso que alcanzaron mayormente las clases trabajadoras urbanas y rurales.

 

Citas y Notas

1. Esta investigación se efectuó a través de una beca postdoctoral otorgada por el CONICET, en el marco del PGI Política y sociedad en Bahía Blanca: actores, prácticas, discursos y representaciones en el siglo XX, dirigido por la Dra. Mabel Cernadas.

2. 2° Plan Quinquenal, Buenos Aires, Subsecretaría de Informaciones, 1953, p. 33.         [ Links ]

3. Torre, Juan Carlos y Elisa Pastoriza, "La democratización del bienestar", en Torre, J. C., Los años peronistas, Editorial Sudamericana, Buenos Aires, 2002.         [ Links ]

4. Torrado,Susana, La herencia del ajuste. Cambios en la sociedad y la familia, Capital Intelectual, Buenos Aires, 2004, p. 97.         [ Links ]

5. Previamente la Comisión Honoraria de Reducciones de Indios, dependiente del Ministerio del Interior, era la encargada de dar respuesta a los reclamos indígenas.

6. Un gesto significativo del gobierno peronista fue el nombramiento a fines de 1953 del dirigente araucano Jerónimo Maliqueo al frente de la Dirección de Protección al Aborigen, lo que muestra un cambio en las políticas gubernamentales respecto del origen de los funcionarios del área. "Hacia la dignificación del indígena", La Prensa, 15 de agosto de 1953.

7. La evolución de las instituciones puede ser consultada de manera más detallada en Tesler, Mario, Los aborígenes durante el peronismo y los gobiernos militares, Centro Editor de América Latina, Buenos Aires, 1989. pp. 12-16.         [ Links ]

8. Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de junio de 1949.         [ Links ]

9. El anteproyecto justificaba la reforma en los siguientes términos: "la modificación de este artículo consiste en eliminar la alusión al trato pacífico con los indios y su conversión al catolicismo, aspecto que hoy resulta anacrónico, por cuanto no se pueden establecer distinciones raciales, ni de ninguna clase, entre los habitantes del país". Citado en Martínez Sarasola, Carlos, Nuestro Paisanos los indios, Vida, historia y destino de las comunidades indígenas en la Argentina, Emecé, Buenos Aires, 1993, pp. 410-411.         [ Links ]

10. 2° Plan Quinquenal, Buenos Aires, Subsecretaría de Informaciones, 1953, p. 33.         [ Links ]

11. Abregú Virreira, Carlos, La Protección de aborigen, 2° Plan Quinquenal, Presidencia de la Nación, Subsecretaría de Informaciones, Buenos Aires, 1953, p. 22.         [ Links ]

12. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 11 de junio de 1953.         [ Links ]

13. "Hacía la dignificación del indígena", La Prensa, 15 de agosto de 1953.         [ Links ]

14. En 1946, durante el primer gobierno de Perón, se creó el Instituto Étnico Nacional en el área de la Dirección General de Migraciones, incorporado en 1949 al Ministerio del Interior, para depender por último directamente de la Secretaría Técnica de la Presidencia. Con su creación por primera vez desde la función pública un gobierno decidió institucionalizar los estudios étnicos de la población.

15. Abregú Virreira, Carlos, ob.cit., p. 12.

16. La Comisión Permanente del Aborigen se conformó en 1946, poco después del arribo de Perón a la Presidencia de la Nación.

17. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 3 de junio de 1953. p. 395.         [ Links ]

18. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 3 de junio de 1953. p. 395.         [ Links ]

19. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 11 de junio de 1953. p. 436.         [ Links ]

20. La falta de una política efectiva en este sentido se puede apreciar en el hecho que para el Censo Indígena Nacional de 1966 aproximadamente la mitad de la población aborigen aun permanecía fuera de los registros oficiales. Martínez Sarasola, Carlos, ob.cit., p. 430.

21. Un estudio que aborda específicamente el cambio jurídico experimentado por los indígenas durante el primer peronismo es el realizado por Irribarren, Claudia y Adriana Eberle, La problemática del aborigen abordada desde el Estado Nacional en la década justicialista, EdiUNS,Bahía Blanca, 2000.         [ Links ] Sin embargo este trabajo al concentrarse exclusivamente en los aspectos jurídicos, no pondera la efectividad de las medidas en relación a los demás factores intervinientes.

22. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 3 de junio de 1953. p. 395.         [ Links ]

23. Sobre este tema resulta recomendable la lectura de Kindgard, Adriana, "Tradición y conflicto social en los Andes argentinos. En torno al Malón de la Paz de 1946, en E.I.A.L., Vol. 15, Nº 1, 2004.         [ Links ]

24. Tesler, Mario, ob.cit.,p. 12.

25. En la provincia de Buenos Aires las expropiaciones fueron usuales durante la gestión del Gobernador Domingo Mercante (1946-1952). Como ejemplo de esto se puede señalar el caso del Instituto Tecnológico del Sur, antecedente directo de la Universidad Nacional de Sur de Bahía Blanca, creado en 1948 y dotado por el gobierno provincial de propiedades tales como campos para prácticas, un club social y diversas terrenos dentro de Bahía Blanca, siendo el origen de todos esos bienes la expropiación.

26. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 29 de septiembre de 1953, p. 2119.         [ Links ]

27. Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación, 3 de junio de 1953. p. 396.         [ Links ]

28. La Prensa, 14 de mayo de 1952.         [ Links ]

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