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Cuadernos de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales. Universidad Nacional de Jujuy

versión On-line ISSN 1668-8104

Cuad. Fac. Humanid. Cienc. Soc., Univ. Nac. Jujuy  n.34 San Salvador de Jujuy mayo 2008

 

Sobre la idea de ciudadanía

About the idea of citizenship

Carlos Eduardo Saltor * - Alfredo Espindola **

* Facultad de Derecho y Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Tucumán / Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Jujuy - Otero 262 - CP 4600 - San Salvador de Jujuy - Jujuy - Argentina.
** Facultad de Derecho y Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Tucumán - 25 de Mayo 471 - CP 4000 - San Miguel de Tucumán - Tucumán - Argentina.

RESUMEN

El trabajo explora los aportes de J. S. Mill y T. H. Marshall a la definición de los perfiles de la ciudadanía contemporánea. Para hacerlo analiza las notas que caracterizan a los pares ciudadanía republicana / ciudadanía liberal y democracia directa / democracia representativa. A continuación se concentra en las obras "Del gobierno representativo" de Mill y "Ciudadanía y clase social de Marshall". El punto de partida en el examen del pensamiento de ambos autores a propósito de las obras mencionadas es la afinidad que puede observarse en la preocupación común que revelan por articular una idea de ciudadanía con las formas representativas de gobierno representativo. En el análisis de "Del gobierno representativo" especialmente se considera la forma en que Mill logra vaciar una concepción de la ciudadanía que guarda proximidad con la ciudadanía antigua en el contexto del gobierno representativo. Tratándose de "Ciudadanía y clase social" de Marshall el trabajo se detiene en su construcción de la ciudadanía como una manifestación de la igualdad frente a la desigualdad tributaria de la diferencia de clase social, en el marco de las sociedades capitalistas modernas. El trabajo invita a pensar que la ciudadanía marshalliana aún cuando se inscribe en la tradición de la ciudadanía liberal con su acento en la igualdad actúa como sustrato basilar de la posibilidad de desarrollar una ciudadanía republicana, sin que ello implique desconocer que ambos modelos de ciudadanía responden a principios, valores y tradiciones por completo diferentes.

Palabras Clave: Ciudadanía; Representación; Participación; Igualdad.

ABSTRACT

This work searches into J. S. Mill and T.H. Marshall’s contributions to the definition of contemporary citizenship profiles. It analyses the statements that feature the corresponding pairs republican citizenship/ liberal citizenship and direct democracy/ representative democracy. Next it focuses on Mill’s work "Representative Government" and "Citizenship and Social Class" by Marshall. The starting point in examining both authors’ thought is the resemblance that can be observed in their shared concern to articulate an idea of citizenship with the representative forms of a representative government. In "Representative Government" the way in which Mill manages to deal with a citizenship conception similar to the ancient one in the context of the representative government is specially taken into account. As regards Marshall’s "Citizenship and Social Class" this work analyses the concept of citizenship as a manifestation of equality in front of the tributary inequality of the different social classes in the frame of modern capitalist societies. This work encourages us to think that marshallian citizenship, even when it belongs to the liberal citizenship tradition with its stress on equality, acts as the foundation to develop a republican citizenship. However, this work does not ignore that both models of citizenship respond to completely different values and traditions.

Key Words: Citizenship; Representation; Participation; Equality.

PRELIMINAR

Este trabajo tiene por objeto explorar los aportes de John Stuart Mill y T. H. Marshall en la construcción de una idea de ciudadanía. En el caso de Mill se considerará su obra "Del Gobierno Representativo", tratándose de Marshall su texto "Ciudadanía y clase social". Especialmente se busca poner de manifiesto el modo en que ambos autores contribuyeron a delimitar los perfiles de la ciudadanía contemporánea.

CIUDADANIA ANTIGUA Y CIUDADANIA MODERNA

Definir a la ciudadanía frente a su polisemia supone emprender una tarea casi con seguridad infructuosa. No obstante, puede intentarse una aproximación a sus notas características. En este sentido puede señalarse con Brinkman que la ciudadanía siempre aparece vinculada a una cierta reciprocidad de derechos frente, y de deberes hacia, la comunidad. Asimismo puede señalarse con Held que siempre ha implicado la pertenencia a una comunidad que, a su vez, ha implicado algún grado de participación(Nota 1).
Ahora bien, la relación sujeto / comunidad que supone la idea de ciudadanía se plasma en dos grandes tipos de ciudadanía: la ciudadanía antigua y la ciudadanía moderna.
La ciudadanía antigua corresponde a la Grecia clásica (especialmente la Atenas del siglo V a.C.). Se caracteriza por ser altamente participativa y exclusiva(Nota 2). Altamente participativa porque pretende que cada miembro de la polis efectivamente participe del gobierno de la misma. Se intenta construir el ciudadano total que no es sino un reflejo de los ideales políticos de los atenienses de la época clásica. Altamente exclusiva porque en la práctica grandes segmentos de la población residente en la polis quedan excluidos de la participación política en cualquiera de sus modalidades (no tienen participación en la ecclesia, ni mucho menos en los restantes órganos de gobierno).
En su recorrido la ciudadanía antigua se diluye en el ocaso de las polis griegas y sólo reaparece hacia el final de la Edad Media y, sobre todo, en el Renacimiento, en las ciudades-repúblicas italianas(Nota 3).
La ciudadanía moderna, en cambio, coincide con el surgimiento de los estados modernos. Se caracteriza por su bajo nivel de participación y por su alto nivel de inclusividad. Se habla de bajo nivel de participación porque la ciudadanía moderna no enfatiza la dimensión pública de la ciudadanía sino su dimensión privada. En otras palabras, ya no piensa en el ciudadano como miembro de un sujeto colectivo que se expresa a través de - en términos rousseauneanos- la voluntad general; sino como individuo que se integra a un ente artificial al cual precede y con el cual mantiene un lazo -el contrato- que genera derechos y obligaciones para éste. Se habla de alta inclusividad porque gradualmente, con el desarrollo de los estados modernos, la nacionalidad comienza a coincidir con la ciudadanía al punto que prácticamente ningún segmento de la población cae bajo la órbita de la categoría de no ciudadano.
Ambos tipos de ciudadanía coagulan ideológicamente en dos concepciones de la ciudadanía: la republicana (corresponde a la ciudadanía antigua) y la liberal (corresponde a la ciudadanía moderna). Si la dimensión pública es el núcleo de la concepción republicana, la dimensión privada lo es de la concepción liberal. Si la primera se concentra en la acción colectiva, la segunda subraya el ámbito individual de la soberanía de los ciudadanos frente al estado. En la ciudadanía republicana el todo es superior a las partes, en la ciudadanía moderna las partes preceden al todo que (mediante un contrato que especifica derechos y deberes) concurren a formar sin perder su individualidad.
Un punto de referencia que permite penetrar en el análisis de ambas concepciones lo constituye la conocida distinción de Constant(Nota 4) entre libertad de los antiguos y libertad de los modernos. De la misma surge que mientras que la libertad de los antiguos (ciudadanía republicana) se traduce en libertad positiva(Nota 5)(hacer) y se manifiesta en la participación en la vida política; la libertad de los modernos (ciudadanía moderna) se traduce en libertad negativa (no hacer) y se manifiesta en la exigencia del ciudadano de no ser molestado por las intromisiones del Estado que, a su vez, debe protegerlo garantizándole sus derechos civiles y políticos.

LOS CRUCES CON LA DEMOCRACIA DIRECTA Y CON LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA

La palabra democracia significa, traducida literalmente del griego, poder (kratos) del pueblo (demos). Si se parte de la distinción de raigambre jurídica entre titularidad y ejercicio y se la aplica al poder político, se derivan las dos formas básicas de democracia: directa y representativa. La democracia directa es aquella en la que tanto la titularidad como el ejercicio del poder político se encuentran en manos del pueblo. El pueblo ejerce directamente, y no a través de representantes, las funciones públicas. Corresponde al autogobierno del pueblo. En cambio, la democracia representativa supone que mientras que la titularidad del poder político se encuentra en manos del pueblo, su ejercicio corresponde a los representantes por él designados.
Ahora bien, histórica e ideológicamente ambos pares de conceptos se cruzan de modo tal que la democracia directa se liga a la ciudadanía antigua y la democracia representativa con la ciudadanía moderna. Subyace a tal ordenamiento dos concepciones del hombre diferentes. En el primer caso éste es considerado un animal político en el sentido de que para realizarse plenamente necesita desarrollar, entre otras capacidades, la de participar de modo significativo en los asuntos públicos por cuanto sus intereses coinciden con los de la comunidad de la que forma parte. La participación a su vez es considerada como una actividad de alto valor educativo (desarrollo del sentido de justicia y de las capacidad de deliberación para arreglar conflictos) y positivas consecuencias psicosociales (incremento del sentido de pertenencia del individuo a su propia comunidad). En cambio, tratándose de la democracia representativa y la ciudadanía moderna, sus peculiaridades se tejen desde la consideración del hombre como un animal económico que se sirve de la política como un instrumento puesto al servicio de sus fines privados, de la defensa de sus derechos subjetivos. En esta concepción la participación del individuo no es en sí valiosa, sólo resulta un instrumento para satisfacer fines privados(Nota 6).
Sin embargo, más allá de las diferencias apuntadas ambas concepciones parten de un sustrato común, el individuo; sólo que mientras que para la primera éste es un sujeto autónomo capaz de orientarse por intereses generalizables en la vida pública, para la segunda se trata de un sujeto a quien fundamentalmente le importa su vida privada y, en consecuencia, en principio sólo participa en la pública si eso le reporta satisfacciones privadas(Nota 7).
Frente a lo analizado cabe señalar que tratándose del pensamiento de Mill a propósito de "Del Gobierno Representativo", pensamos que no resulta posible adscribirlo a los cruces de los pares que arriba apuntamos. Y afirmamos esto por cuanto si bien Mill construye su gobierno perfecto para las sociedades modernas vaciándolo en el molde del modelo democracia representativa (modelo que, por lo demás, es en gran medida tributario de su pensamiento); cuando examina las condiciones que requiere de parte del pueblo dicha forma de gobierno para resultar posible, decididamente se aproxima más a la ciudadanía antigua que a la ciudadanía moderna. En el caso de Marshall, partiendo de su texto "Ciudadanía y clase social", puede afirmarse que aún cuando es el autor de la versión canónica del concepto de ciudadanía moderna liberal a la medida de los gobiernos representativos, el acento que coloca en la igualdad como clave de bóveda de la ciudadanía, por oposición a la desigualdad a la que liga con la clase social, constituye el sustrato desde el cual puede edificarse una idea de ciudadanía en sintonía con la tradición de la ciudadanía antigua.
En "Del Gobierno Representativo" Mill se decide por el gobierno representativo como la forma de gobierno ideal por cuanto inviste de la soberanía a toda la comunidad permitiendo a cada ciudadano no sólo voz en el ejercicio del poder, sino, eventualmente, intervención real en el desempeño de funciones locales o generales(Nota 8). Y lo hace argumentando que la superioridad del gobierno representativo descansa sobre dos principios: a) Los derechos e intereses, de cualquier clase que sean, sólo no corren el riesgo de ser descuidados cuando sus destinatarios se encargan de su dirección y defensa; y b) La prosperidad general se eleva y difunde tanto más cuanto más variadas e intensas son las facultades consagradas a su desenvolvimiento(Nota 9). Para demostrar la pertinencia del primer principio analiza la cuestión de la incorporación de la clase obrera al Parlamento inglés y afirma: "...Por intención sincera que se tenga de proteger los intereses ajenos no es seguro ni prudente ligar las manos a sus defensores natos: ésta es condición inherente a los asuntos humanos; y otra verdad más evidente todavía es que ninguna clase ni ningún individuo operará, sino mediante sus propios esfuerzos, un cambio positivo en su situación."(Nota 10). Pues bien, puede aquí observarse con meridiana claridad la importancia que Mill asigna a la participación del ciudadano en el gobierno más allá de que se decida por la forma de gobierno representativo que generalmente resulta asociada con el modelo de ciudadanía pasiva. Respecto del segundo principio, el autor se decide por la necesidad, a fin de elevar la prosperidad general y difundirla, de la presencia de ciudadanos dotados de un carácter activo. Es así que aún cuando destaca que las preferencias generales se inclinan por los caracteres pasivos es de la mano de los activos que se logra la superioridad intelectual fuente del talento tanto práctico como especulativo, fuente tanto del espíritu de empresa como del afán innovador. Asimismo, el autor se decide por la superioridad moral del carácter activo sobre el pasivo, porque frente a la codicia por las ventajas no poseídas, mientras que éste último se instala en el odio y en la envidia por no contar con las aptitudes para adquirirlas, el primero hace de las ventajas no poseídas un acicate para su progreso(Nota 11). Nuevamente en este segundo principio con claridad se constata la opción de Mill por conciliar al gobierno representativo con una ciudadanía activa. Además, el autor formula una serie de consideraciones que terminan de componer al ciudadano activo que a su juicio puede conciliarse con el gobierno representativo. En ese sentido señala que los individuos cuando son excluidos de la constitución, cuando no pueden ser árbitros de su destino experimentan desaliento; sólo la posesión de privilegios no inferiores a los de nadie garantiza el efecto fortificante de la libertad(Nota 12).
Tratándose de Marshall, el autor en el texto "Ciudadanía y clase social" liga, según más arriba hemos afirmado, ciudadanía e igualdad componiendo la versión clásica de la ciudadanía liberal moderna que se asocia con el modelo ciudadanía pasiva en el marco de las democracias representativas. El autor postula la existencia de una igualdad humana básica que asociada a la pertenencia plena a una comunidad denomina ciudadanía. Igualdad que no entra en contradicción con las desigualdades de clase que distinguen los distintos niveles económicos de la sociedad. Es más, para Marshall la igualdad en la ciudadanía es tan compatible con las desigualdades de clase en las sociedades actuales que la propia ciudadanía se ha convertido en ciertos aspectos en el arquitecto de una desigualdad social legitimada. Para definir a la ciudadanía el autor emprende un estudio histórico y propone una división de la ciudadanía en tres partes o elementos(Nota 13):
a) Elemento civil: Se compone de los derechos necesarios para la libertad individual, esto es, libertad de la persona, libertad de expresión, libertad de pensamiento y de religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y el derecho a la justicia. Sobre este último, el autor expresa que es de índole distinta a los restantes derechos porque se trata del derecho a defender y a hacer valer el conjunto de los derechos de una persona en igualdad con los demás, mediante los debidos procedimientos legales. Así, instituciones directamente relacionadas con los derechos civiles son los tribunales de justicia(Nota 14).
b) Elemento político: Está integrado los derechos que tiene un sujeto a participar en el ejercicio del poder político como miembro de un cuerpo investido de autoridad política o como elector de sus miembros. A este elemento le corresponden el parlamento y las juntas de gobierno local(Nota 15).
c) Elemento social: Comprende desde el derecho a la seguridad y a un mínimo bienestar económico, hasta el derecho a compartir plenamente la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado conforme a los estándares predominantes en la sociedad. Las instituciones directamente relacionadas con este elemento son el sistema educativo y los servicios sociales(Nota 16).
Marshall explica que la diferenciación de elementos hacia el interior de la ciudadanía pertenece a la modernidad dado que en tiempos anteriores los elementos se entremezclaban. El paso de la sociedad antigua a la moderna es lo que permitió la evolución de la ciudadanía e implicó un doble proceso de fusión y separación. La fusión fue geográfica a partir del surgimiento del Estado Nación y la separación fue funcional entre las instituciones del nuevo Estado.
Como consecuencia de este proceso, al separarse las instituciones de las que dependían los tres elementos de la ciudadanía, cada uno de ellos siguió su camino corriendo a su propio ritmo y en la dirección de sus principios característicos; y sólo a mediados del siglo XX, marcharon en forma paralela(Nota 17).
Pero hasta este encuentro debió producirse un largo proceso. Marshall explica que al separarse los tres elementos de la ciudadanía rompieron toda relación y cada uno necesitó un período formativo autónomo al cual se le puede asignar sin precisión un siglo propio de desarrollo y concreción: los derechos civiles en el siglo XVIII, los políticos en el siglo XIX y los sociales en el XX. Los derechos civiles aparecen en primer lugar (se establecen en Gran Bretaña antes de la primera Reform Act de1832); los derechos políticos llegaron a continuación y su extensión constituyó uno de los aspectos sobresalientes del siglo XIX(Nota 18). Los derechos sociales, en cambio, disminuyeron hasta casi desaparecer en el siglo XVIII y principios del XIX, pero con el desarrollo de la educación elemental pública comenzó su resurgimiento, aunque hasta el siglo XX no tendrían parangón con los otros dos elementos de la ciudadanía.
Sólo después de explicar este largo proceso es que Marshall ensaya una definición de ciudadanía: "La ciudadanía es aquel estatus que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad. Sus beneficiarios son iguales en cuanto a los derechos y obligaciones que implica(Nota 19)".
Luego de analizar los elementos que componen la idea de ciudadanía, el modo en que han evolucionado, sus concretas localizaciones históricas y presentar una definición de ciudadanía, Marshall sostiene que en contraposición con la ciudadanía la clase social es un sistema de desigualdad que, al igual que la ciudadanía, puede basarse en un cuerpo de ideales, creencias y valores. Por este motivo parece razonable que el influjo de la ciudadanía en la clase social pueda manifestarse en la forma de un conflicto entre principios opuestos.
Ahora bien, no cabe pensar que la relación entre ciudadanía y clase social en tanto manifestaciones de, respectivamente, los principios de igualdad y de desigualdad no ha experimentado modificaciones. En ese sentido Marshall explica que la igualdad que implica el concepto de ciudadanía, aunque limitada en su contenido, socavó la desigualdad del sistema de clases que era, en principio total. Pero la ciudadanía no eliminó el sistema de clases, el estatus todavía continúa. Lo que sí desapareció con la ciudadanía fue el modelo absoluto de desigualdad que asigne un valor apropiado a priori para cada nivel social. El estatus no quedó eliminado del sistema social pero fue modificado porque el estatus diferencial vinculado a la clase, la función y la familia, fue sustituido por el estatus simple y uniforme de la ciudadanía que proporcionó una base de igualdad sobre la cual elevar una estructura de desigualdad. De esta forma este estatus fue una ayuda y no una amenaza para el capitalismo y la economía de libre mercado en la medida en que estaba dominado por los derechos civiles que confieren capacidad legal para luchar por las cosas que se quieren poseer, pero que no garantiza la posesión de ninguna de ellas(Nota 20). Sin embargo, estas desigualdades no se deben a los defectos de los derechos civiles, sino a la falta de derechos sociales y a mediados del siglo XIX estos todavía no estaban desarrollados. Sólo en la segunda mitad de dicho siglo se desarrolló un gran interés por la igualdad como principio de justicia social y se comprendió el carácter insuficiente de un reconocimiento meramente formal de os derechos. En este período se desarrolla también la conciencia nacional y la opinión pública que operan a partir de una sensación de pertenencia a una comunidad y a un patrimonio común. Pero estos nuevos valores sociales no surtieron efectos materiales en la estructura de clases y ni en la desigualdad social por la sencilla y evidente razón de que, incluso a finales del siglo XIX, la masa de obreros carecía de poder político efectivo.
La ciudadanía también tiene relación directa con esta evolución de la sensación social, la conciencia nacional y la opinión pública, dado que requiere otro vínculo de unión distinto, un sentimiento directo de pertenencia a la comunidad basada en la lealtad a una civilización que se percibe como patrimonio común. Es una lealtad de hombres libres dotados de derechos y protegidos por un derecho común. Estas aspiraciones han sido satisfechas en parte con la incorporación de los derechos sociales al estatus de ciudadanía que se produce recién en el siglo XX con la incorporación del derecho a los servicios sociales, por medio de los cuales el Estado garantiza la provisión mínima de bienes y servicios esenciales (asistencia médica y suministros de otro tipo, casa y educación), o una renta monetaria mínima para gastos de primera necesidad como es el caso de las pensiones de ancianos, subsidios sociales y familiares. Así, finalmente, la ciudadanía junto a otras fuerzas externas a ella ha modificado el modelo de la desigualdad social.

CONCLUSIONES

Según más arriba se ha dejado establecido, en este trabajo se ha intentado presentar algunos de los aportes de Mill y Marshall a la definición de los perfiles de la ciudadanía contemporánea. Ambos presuponen la necesidad de pensar a la ciudadanía en el contexto de los gobiernos representativos. De Mill destacamos la forma en que logra asociar al gobierno representativo un modelo de ciudadanía que recoge los atributos de la ciudadanía antigua. De Marshall prestamos especial atención al acento que coloca en la ciudadanía como expresión del principio de igualdad en tensión con el principio de desigualdad, tributario de las clases sociales existentes hacia el interior de las sociedades modernas. Acento que pensamos que constituye el sustrato a partir del cual puede edificarse un modelo de ciudadanía que recoja los ideales de ciudadanía antigua. Evidentemente esta afirmación no debe conducir a pensar que sostenemos que entre ciudadanía antigua y ciudadanía moderna existe tan sólo una diferencia de grados, por el contrario, recogemos la idea de que responden a principios, valores y tradiciones por completo diferentes. Sin embargo, destacamos la circunstancia de que la inescindible asociación que Marshall establece entre la ciudadanía y el principio de igualdad es la base a partir de la cual se puede pensar en una ciudadanía que se aproxime a los ideales de la ciudadanía antigua. En otras palabras, la ciudadanía como atributo que coloca en un pie de igualdad a todos los individuos en la perspectiva marshalliana constituye quizás una vía posible de aproximación de la ciudadanía contemporánea a los ideales de la ciudadanía antigua. Especialmente pensamos en la idea de la Atenas del siglo V a. C. de que la participación en la vida pública necesariamente constituye una actividad de la que nadie puede resultar excluido por diferencias de rango o riqueza(Nota 21). Participación que, por lo demás, dota de mayor legitimidad a las decisiones políticas al tornarlas más inclusivas, permitiendo expresar las diferencias que se verifican hacia el interior de la sociedad(Nota 22).

NOTAS

1) HELD, David, «Ciudadanía y Autonomía», Agora. Cuadernos de Estudios Políticos, Año 7, Nº 7, Invierno de 1997, Buenos Aires, p.43-46
2) Véase RIVERO, Ángel, «Tres espacios de la ciudadanía», Isegoría. Revista de filosofía moral y política, N.º 24, junio 2001, Madrid, 2001, p. 58.
3) Véase RIVERO, Ángel, «Tres espacios..., op. cit., p. 59
4) BOBBIO, Norberto, Liberalismo y Democracia, Fondo de Cultura Económica, México, 1997. p. 33 y ss.
5) Aquí estamos conjugando la distinción de Constant entre libertad de los antiguos y libertad de los modernos con la distinción de Isaiah Berlin entre libertad positiva y libertad negativa
6) CORTINA, Adela, Etica aplicada y democracia radical, Tecnos, Madrid, 1993, 91-97
7) CORTINA, Adela, Etica..., op. cit., p. 95
8) MILL, John Stuart, Del Gobierno representativo. Presentación de Dalmacio Negro. Traducción de Marta C. C. De Iturbe, Tecnos, Madrid, 1994, p. 34-35
9) MILL, John Stuart, Del Gobierno..., op. cit., p. 35
10) MILL, John Stuart, Del Gobierno..., op. cit., p. 36
11) MILL, John Stuart, Del Gobierno..., op. cit., p. 38-39
12) MILL, John Stuart, Del Gobierno..., op. cit., p. 42
13) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía y clase social", Versión de Papa Linares. Alianza Editorial. Madrid,1998, p. 22.
14) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía..., op. cit., p. 23
15) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía..., op. cit., p. 23
16) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía..., op. cit., p. 23
17) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía..., op. cit., p. 25
18) Aún cuando el principio de ciudadanía política universal no se reconoció hasta 1918.
19) MARSHALL, T.H. y BOTTOMORE, Tom, "Ciudadanía..., op. cit., p. 37
20) Marshall explica que un derecho de propiedad no es el derecho a poseer la propiedad, sino un derecho a adquirirla cuando se puede y a protegerla cuando se tiene. De igual modo el derecho a la libertad de palabra carece de sustancia cuando, por falta de educación, no se puede decir nada que merezca la pena o no se tienen los medios para hacerse oír
21) SABINE, George H., Historia de la teoría política, Fondo de Cultura Económica, México, 2000, p. 23
22) WOLIN, Sheldon, Política y perspectiva, Continuidad y cambio en el pensamiento político occidental, Amorrortu, Buenos Aires, 1993, p. 72-73.

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