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La aljaba

versión On-line ISSN 1669-5704

Aljaba v.9  Luján ene./dic. 2005

 

Porción o proporción: un lugar femenino de la cultura política en Buenos Aires.

Portion and proportion: a femenine place in the political culture in Buenos Aires.

Carlos O. Cansanello

Universidad Nacional de Luján

¡La Reina! ¡La Reina!, y al instante , los tres jardineros, tan planos como eran, se echaron al suelo boca abajo. (...) Alicia dudaba si debía o no tenderse boca abajo, como los jardineros, pero no recordaba haber oído decir que tal regla fuera obligatoria en los cortejos; y además pensó-, ¿de qué va a servir un desfile si todo el mundo se echa boca abajo y no puede ver nada? Así que siguió de pie donde estaba y esperó.
Lewis Carrol: "Alicia en el país de las maravillas"

Resumen

El objeto de este trabajo es, aproximarnos a una historia de la cultura política femenina en Buenos Aires después de la Revolución de Mayo. Abarca sólo la primera parte del siglo XIX y se inicia con una superficial lectura de las memorias de Mariquita Sánchez, que nos sirve de puente extendido hacia las otras búsquedas. Tras las voces de las mujeres en los agitados días revolucionarios, en los enfrentamientos facciosos y en las prédicas morales.
La idea es, preguntarnos sobre los derechos que emergían y sobre los que permanecían ocultos en cada momento, en cada reclamo, en cada arenga.
Pretendemos mostrar que el itinerario de las habilitaciones fue desigual y que no siempre se combinaron los derechos políticos en un solo paquete, ni fueron simultáneas las concesiones de capacidades políticas con las civiles. Toda esta línea de argumentos, sostiene la que indaga en los derechos de las mujeres.

Palabras Clave: Ciudadanía; Habilitaciones; Derechos; Inhibiciones

Abstract

The purpose of this study is to give a history of the role of females in th politics after the Revolucion de Mayo. It involves the first part of the 19 century and begins with a brief reading of the memoirs of Mariquita Sanchez that serves as a connection to other research. Through the voices of the women in the agitated revolutionary days, when the different factious groups confronted each other, and the moral sermons. Our focus is to ask ourselves about the political rights that emerge and those that remain hidden in each moment, in each claim, and in each stirring speech.
We intend to show that the itinerary of political rights given were not equal and that political rights were not always given together nor were these rights recognized simultaneously with civil rights. All these arguments, lead to the questioning of womens rights.

Key words: Citizenship; Rights; Political rights; Inhibition

Sumario: Introducción. El derecho natural y las habilitaciones postrevolucionarias. Derecho de petición y uso del derecho de resistencia. La política y la paz de la casa.Imaginarios femeninos de la ciudadanía masculina. Notas de cierre.

Introducción

Elegimos iniciar estas notas, para una historia de la cultura política femenina en la etapa independiente, con un recorte arbitrario sobre conocidas cartas y diarios de Mariquita Sanchez1 , habitualmente puestas a la consideración del público a través de ensayos literarios y políticos, porque su actuación pública y la memoria que dejó de su tiempo son muy ricas y resultaron útiles a nuestra investigación.

Los derechos de las mujeres se mantuvieron sujetos a los de los hombres en el campo civil hasta la segunda parte del siglo XIX, momento en que se inició una progresiva extensión de habilitaciones todavía inacabada. La Constitución de 1853 y el proceso de codificación civil que se impulsó desde entonces, promovieron derechos de las mujeres para contratar, para manejar bienes familiares; presionaron sobre la patria potestad y sobre los derechos de trabajo entre otros. Todo este proceso es bastante conocido gracias a los numerosos aportes de la historia social y de los estudios de género, pero es débil todavía el conocimiento que tenemos sobre la transición, sobre los diferentes trayectos que siguieron los derechos, que no han sido puestos totalmente al descubierto.

La presencia femenina en el campo de los derechos políticos se fue haciendo visible durante el siglo XX, hasta llegar al sufragio en 1947. Sin embargo, los imaginarios sobre la igualdad ante la ley, que reproducían eficazmente la concreción de un sujeto único de derechos masculinos, que acompañaron a la formación del Estado Nacional, están hoy siendo revisados porque alimentaron múltiples desmesuras.

La igualdad ante la ley, llegó para consolidar y extender universalmente la ciudadanía masculina, cuando la expansión del mercado y el crecimiento de la economía así lo requirieron. Es un asunto problema de gran interés, que en los últimos años fue analizado desde distintos ángulos por las ciencias sociales. La igualdad formal de derechos civiles se dio de manera gradual, primero en forma bastante universal con los hombres en edad de trabajar, pero no alcanzó a los menores, tampoco a los ancianos y sólo parcialmente a las mujeres.

De allí el interés que puede tener este corto ejercicio de aproximación, a un proceso múltiple y disperso. Eludimos por razones de espacio asuntos y temas propios del derecho privado, en un esfuerzo inicial por ordenar una manera de preguntar y para despejar los obstáculos puestos por los propios actores, que cargaron el discurso con una cantidad de transformaciones que se hace necesario volver a ponderar, porque no alcanzaron a todos los habitantes y porque siempre estuvieron referidas a los hombres.

Los fragmentos de Mariquita que seleccionamos, son analizados en su contexto de tensiones ocasionadas por las luchas civiles y por el impacto de las transformaciones revolucionarias; un tránsito que es importante poner al descubierto, en una cultura que conservó muchos rasgos de estamentalidad, en una singular amalgama de dominación. No obstante y como no podía ser de otra manera, las mujeres intervinieron con su opinión y con su acción en la construcción de la vida social y de la política rioplatense. Fue inevitable el protagonismo que tuvieron, por la circunstancia revolucionaria, por la apertura social que promovió la Revolución republicana, por la extensión de las ideas liberales, porque hubo educación escolar para las mujeres y por esa característica típica de sociedad abierta hacia la frontera, en la que la movilidad espacial se mimetizó muchas veces con la movilidad social.

Mariquita, fue una cronista comprometida con las pasiones políticas rioplatenses, con la distancia propia de su condición social. En ocasión de su residencia forzada en Montevideo, destino cercano de los opositores a Rosas, transmitía sus impresiones de la guerra civil que comprometía a unitarios y federales.

Sobre la derrota de los correntinos en la batalla de Pago Largo así escribía:

De todos modos la noticia de Corrientes es una gran desgracia, y para mí, que no veo en los hombres sino una familia, los muertos son igualmente llorados de cualquier lado que queden. Estos infelices sacrificados por ignorancia, por ambición, por miserables intrigas, son, para mí, objeto de compasión. Cuando deberíamos hacer todo para aumentar la población como el primer elemento de nuestra prosperidad, no se trabaja sino para aniquilarla: se dicen cuatrocientos entrerrianos muertos y cerca de mil correntinos. Dicen que Rivera oculta los partes y las cartas sobre esto. Se habla de Rivera sin piedad. Los epítetos más ultrajantes se le prodigan. Todos desconfían de él: los franceses, los argentinos. El partido de Oribe se goza de todo esto y se anima esperando una reacción 2.

Más adelante, su impresión sobre preparativos revolucionarios de los unitarios, refuerza la imagen que dejara Mariquita, atenta a los vaivenes de la política, muy informada y activa integrante de los grupos generadores de opinión en el Río de la Plata:

La revolución marcha como un volcán que va a reventar. Todos los partidos se han convenido en un punto: persecución a Rosas, y cada uno, del modo que pueda, debe llenar este objeto 3.

Aristóteles sostenía que, en la tragedia, debían imitarse las acciones que evocaran la piedad y el temor, porque en ellas se encontraría también la ocasión de limpiarlas, de purgar esas emociones. Rara circunstancia la presente, que nos lleva a repasar esa lejana lección, evocada por la lectura del diario de Mariquita, que parece envuelto por la fuerza inevitable de un destino trágico. En una frase tomada a Camus: "En esa dorada infelicidad culmina la tragedia"4.

Entre todos los intereses de Mariquita Sánchez hubo uno preferente, la educación de las mujeres. Fue característico y por ello no menos singular, ese rasgo propio del pensamiento ilustrado del siglo XVIII, que las mujeres de las clases superiores de la sociedad -en expresión de la época-, tuvieron mucho cuidado en mantener vivo.

Después de Caseros, cuando se reabrió la Sociedad de Beneficencia, se convocó a Mariquita para que colaborara tras su regreso del exilio. Desde la Sociedad de Beneficencia, se transformó en una activa impulsora de la educación de las niñas y presidió la institución benéfica durante el gobierno de Mitre.

En carta personal sobre las tareas a cargo de la Sociedad, con cuidada elegante femineidad le reprochaba a Sarmiento:

¡Qué mala partida me ha hecho el viejo amigo con ese negro informe contra esta pobre Sociedad! ¡Yo que estaba tan contenta del trato que me había propuesto para hacer bien, y me veo en letra de molde! Mis compañeras están sentidas en alto grado; pero yo tengo más filosofía y aquí tiene la prueba. Ud nos acrimina porque no hacemos innovaciones y, entre tanto, con todas sus evoluciones, nos da Ud. el resultado más triste de su Escuela Modelo que no ha quedado fijo sino un discípulo! Es preciosa su ingenuidad, pues a nosotras no se nos van, tenemos cuantas podemos y hacemos un gran servicio, créame Ud.; pero lo he desconocido en este informe porque en sus ideas de progreso su empeño es destruir nuestra corporación, olvidando su decreto de instalación, tan sublime, y en una tierra en que los hombres están siempre en guerra civil ¿no cree Ud. que las mujeres es utilísimo que cuiden de los establecimientos de caridad y educación de su sexo? Vaya, mi amigo, que ha delirado en ese informe! .5

Las damas de la caridad se ocupaban de la educación de las huérfanas, por esa causa se enfrentó a las opiniones de Sarmiento, en un contexto real de avance estatal sobre las funciones que hasta allí habían desempeñado los privados. Perseguía Sarmiento, el control de la educación a la que pretendía pública y popular. Era el tiempo en que se centralizaba la facultad de crear legislación y se intentaba monopolizar el poder de policía. En ese contexto se producía esta disputa entre Sarmiento y Mariquita6.

El derecho natural y las habilitaciones postrevolucionarias

El impacto de la Revolución, se hizo sentir en todos los ámbitos, la ruptura política con España fue acompañada de muchas transformaciones de orden social, que si bien no alcanzaron el carácter radical que le adjudicaron los manuales escolares, movilizaron de tal manera a los habitantes, que para el imaginario popular cualquier cambio institucional, aun el menos previsible era resultado de la capacidad revolucionaria de poder cambiarlo todo. Tal vez esa sea una de las asignaciones propias de toda revolución política, la de dar vida a la imagen de un cambio de raíz.

Día 18 de setiembre. Bien temprano ya se aseguró que hoy habría jarana, y con efecto a las ocho ya hubo alguna gente capitaneada y muchos frailes de todas las religiones y clérigos, subían y bajaban en tropel, buscando a los cabildantes;...

(...) Andan fijando carteles de que adjunto un ejemplar, citando para mañana a la elección de diputados... Peroró la Mármol, lo mismo hizo la Angelita, también la Chepa (alias) la Guinda, ésta lloró en la exhortación; fueron concurrentes las Posadas, las de Endara, hubo palmoteos, vivas, bravos, etcétera.7

La presencia de las mujeres en tumultos callejeros, que culminaron en peticiones a las autoridades y que expresaban voluntad política orientada hacia un fin, es un adecuado material para el análisis. Utilizó el cronista la expresión "tormenta política", para situar el escenario callejero, para plantar la agitación de intereses, la crisis de gobierno y la violencia que traía incorporada la guerra de la independencia. En ese sentido, el reclamo popular en las voces de las mujeres, era claramente político pero estaba también dirigido a proteger a sus hombres, atrapados por la movilización o esperando por ella.

Eran mujeres pobres, las que agitaban y arengaban, las que querían cautelar, asegurar el destino inmediato de los hombres de sus familias. Que no volcaban opiniones políticas por fuera de la protesta, que no tenían acceso a los medios para hacerlo. Eran una voluntad expresada en voz alta. Violencia contenida la del conjunto, que gritaba con dureza sus consignas políticas.

Todo se hacía público, porque la Revolución había llevado los gestos a las calles; aunque el motivo era la defensa de derechos fundamentales, que la Revolución se había comprometido a reconocer. Derechos fundamentales, que el pensamiento ilustrado reelaboró de distintas maneras por la vía del contrato. Los derechos fundamentales que pasarían a formar parte del derecho natural contemporáneo.

No hubo un lugar político para las voces de las mujeres, ganaron ellas las calles como parte de la multitud que reclamaba por las decisiones gubernativas, incluido el pedido de cambio de gobierno. La crónica de lo ocurrido al siguiente día, es una clara expresión al respecto.

Día 19 de setiembre. A las siete de la mañana ya estuvieron ocupadas las entradas a la plaza: en cada una de ellas una compañía; dejan entrar a toda persona decente y la estorban a las mujeres de todas clases, y gente de medio pelo, es función que durará 8 horas según los carteles8...

Entre las múltiples connotaciones que tiene el reclamo y, aunque la visibilidad es sobre todo política, fue impulsado por presiones sobre las vidas amenazadas por las guerras.

Difícil es percibir referencias directas a los derechos individuales, antes de las declaraciones de Derechos de Virginia y de Derechos del hombre en Francia. Son esas dos grandes revoluciones de finales del siglo XVIII, las que impulsaron el proceso de individuación civil y político que dio lugar al nacimiento del ciudadano moderno.

No obstante, los derechos fundamentales: a la vida, a la seguridad personal y familiar, estaban contemplados por el derecho natural y normalmente se hacía referencia a ellos en los libros de derecho civil o en los de instituciones reales de Castilla9. Era común encontrar, en las obras jurídicas del siglo ilustrado, frases dirigidas a mostrar que el origen de las diferencias era social, convención muy extendida por causa de Hobbes y de Rousseau.

Un diccionario jurídico de principios del XIX, contenía el siguiente artículo, con un argumento muy extendido:

El derecho natural había establecido una especie de igualdad entre todos los hombres; pero el derecho de gentes y el civil han introducido los diferentes estados que distinguen á las personas con respecto á la libertad, al derecho de ciudadano, y al derecho de familia. Entiéndese pues por estado de las personas la principal condición ó calidad bajo la cual vive el hombre en la sociedad y en su familia, gozando de ciertos derechos que deja de tener cuando muda de estado. Esta condición viene ó de la misma naturaleza, ó de la voluntad de los hombres, y por eso el estado de los hombres se divide en natural y civil. El estado civil se subdivide en público y privado: el público comprende la libertad y el derecho de ciudadano; y el privado está reducido al derecho de familia que puede mudarse salvo statu público 10.

Durante el orden prerrevolucionario, los derechos personales originados en el derecho natural11 , se mantuvieron sujetos a un régimen de raíces estamentales que jerarquizaba el lugar social (estatuto-estado-familiacomunidad), pegados a las costumbres y a las prácticas sociales, las habilitaciones, las obligaciones y hasta los castigos, estuvieron atados a una cosmovisión estamental, que no era estática ni tampoco homogénea, que se transformaba muy lentamente y que, aunque la Revolución le dio un impulso importante hacia la ruptura de las ataduras interpersonales por nacimiento, el trámite no fue inmediato. No hubo ruptura total del orden social en el que los individuos mantenían diferentes estatutos civiles, con sujeciones personales y grados de minusvalía 12.

Las ideas sobre los derechos, como capacidades o habilitaciones propias de los particulares, fueron delineadas por los filósofos de la Ilustración y el concepto de derecho individual fue así establecido en el campo de las ideas. Hubo que esperar luego a la Revolución Norteamericana y a la Revolución Francesa, para que se abriera el camino de la ampliación de los derechos; en un proceso que creaba individuos al tiempo que extendía la igualdad a todos los hombres, no así a las mujeres.

Hasta entonces, por lo menos en el mundo Atlántico, la palabra derecho se tomaba por norma o ley y también por justicia, como a la fecha, y no negaba la acepción de acción que se tiene sobre alguna cosa, como en el presente.

La Revolución Francesa puso el nuevo vocabulario de la ciudadanía, hasta en las voces de los más pobres y desplazados; tradujo al lenguaje popular expresiones ilustradas y esparció en las costas americanas su repertorio con suerte diversa. La Revolución de Mayo, por su parte, también aceleró los tiempos de la ciudadanía y transfirió a la lengua rioplatense una gama importante de voces, que se cargaron de complejos significados. No obstante, cabe advertir, que detrás de una aparente homogeneidad de los procesos revolucionarios en Hispanoamérica, se oculta substanciales diferencias. No resulta por ello indicado, hacer pié en el resultado final, el Estado nacional y la igualdad de derechos civiles para los hombres a fines del XIX y suponer a renglón seguido, cortos trayectos para la consolidación de algunos derechos. No parece conveniente, dejarse guiar por la universalidad de la fórmula política que desprende la ciudadanía del simple derecho a sufragar.

El pensamiento ilustrado sostenía que la libertad era un atributo esencial y primario de la condición humana. Para el racionalismo francés la libertad individual consistía en poder hacer todo lo que no afectara a otro, y el ejercicio de la misma encontraba su límite en el estado civil.

Veamos la manera en que Esteban Echeverría traducía la referida concepción durante la época de Rosas:

Que el hombre tiene ciertos derechos naturales, imprescriptibles, inalienables, anteriores a toda institución social, (...) y que ninguna autoridad puede violar sin cometer el más horrible atentado.

(...) La libertad es el derecho que cada hombre tiene para emplear sus facultades sin estorbo ni trabas en el conseguimiento de su bienestar, y para elegir los medios que puedan servirle a este objeto. El libre uso de las facultades individuales nunca deberá causar violencia a los derechos de otro. La libertad humana no tiene otros límites 13.

La pelea por la libertad es una condición de la historia de la humanidad, que adquiere forma de conocimiento, de las libertades como posibilidad, en un grado siempre superior a su práctica efectiva. En el caso que nos ocupa, la cultura política, el conocimiento y la conciencia femenina de la libertad política en el siglo XIX, no puede ser estudiada aceptando la separación de diferentes habilitaciones e impedimentos, la presentación por sí ante la ley es una de ellos; el derecho de resistencia y el derecho a sufragar son otros, formaban parte de los que eran entonces derechos exclusivos de la ciudadanía, derechos políticos en consecuencia.

Derecho de petición y uso del derecho de resistencia

La participación de las clases populares en las jornadas revolucionarias, permitió que las reformas introducidas por la Asamblea del año 1813 para la seguridad individual, con la supresión de instrumentos de tortura y el control de los castigos corporales tuvieran efectiva aplicación.

La mujer del miliciano Mariano Pintos, del tercer tercio (pardos y morenos), después del motín de éstos en febrero de 1819, escribió al gobierno pidiendo que le sacaran los grillos a su marido porque ya tenía las piernas hinchadas. Ella no firmó y probablemente otro lo escribió en su nombre, pero igual es ella la que peticionaba.

Yo entiendo, señor Exmo, que esas duras prisiones que había antes inventado la Tiranía, como instrumentos a próposito para afligir la humanidad, las tienen ya proscriptas y detestadas solemnemente nuestras Leyes Sabias, y liberales, adoptando solo las que puedan bastar a la seguridad de un reo de consequencia14 .

La novedad residía en la percepción popular de la habilitación para interpelar a las autoridades de manera directa, como obra de la Revolución. Una consecuencia revolucionaria que rompía con el orden anterior, que se apartaba así de los usos seculares. No era desconocida en el siglo XVIII, la petición de mujeres por medio de los oficiales o por un representante legal y era también posible que quien tuviera los medios económicos requeridos se presentara ante la justicia por medio de escribano o abogado.

Era asimismo, el resultado de la percepción popular sobre los alcances del derecho a peticionar, que habían traído los tiempos revolucionarios.

El derecho de resistencia, por otra parte, concebido dentro del Derecho Natural y también del derecho de Gentes, fue conocido desde Hobbes a nuestros días, por la expresión "libertad negativa". No debe ser confundido con el derecho a la justicia, que se extendía también a los esclavos y miembros de las "clases inferiores de la sociedad". Tampoco puede inducir, este último derecho, a erróneas asimilaciones con la capacidad para presentarse por sí ante la justicia, que fue una habilitación demorada hasta mediados de siglo15 y muy compleja, dado que los esclavos no tenían obstáculos para hacerlo, mientras que los domésticos libres o los peones no gozaban de esa capacidad.

De los episodios acaecidos en Buenos Aires cuando dio comienzo la guerra entre los unitarios y los federales, rescatamos uno en particular, protagonizado por mujeres que ganaron las calles ocupadas por soldados, para ejercer un derecho de resistencia, del que hicieron uso sin pedir consentimiento alguno.

Hace pocas noches un grupo de mujeres pegaron carteles en las esquinas de las calles, incitando a los partidarios de Dorrego a nombrar su sucesor a la gobernación, y si Lavalle llegara a sufrir algún revés, sería muy de temer un movimiento popular en la ciudad 16.

El sorprendido cronista, no era otro que Forbes, funcionario inglés de prolongada residencia en Buenos Aires, que así transmitía su impresión de las agitadas jornadas que sucedieron al fusilamiento de Dorrego. El relato se refiere a mujeres que no pedían permiso para gritar sus consignas políticas en las paredes, mujeres que seguramente no pertenecían a los grupos encumbrados de la sociedad.

...pululan los rumores en la ciudad, casi todos adversos a Lavalle. La población vive en un estado febril y el descontento aumenta ante el mantenimiento tan prolongado de la policía militar. La oposición cobra confianza con las crecientes dificultades de Lavalle 17...

Recordemos, que Lavalle, después de ordenar el fusilamiento de Dorrego, el 13 de diciembre de 1828, ocupó con sus tropas la ciudad. Una vez que se hizo elegir gobernador, se atrincheró prácticamente en ella, mientras que Rosas, al frente de las milicias rurales y de fuerzas indígenas, tomó lugares estratégicos en la campaña y bloqueó los accesos principales a la ciudad.

La guerra civil, se desató una vez más sobre la población y encontraba Forbes las palabras adecuadas para transmitir la violenta tensión que ganaba las calles.

...que en esta atmósfera de despotismo militar se parece al engendro del torbellino y de la tempestad 18.

La política y la paz de la casa19

Escribía Ramos Mejía, sobre las mujeres y la política, durante los primeros años de la Revolución:

... casi todas las mujeres de nuestros hombres públicos participaban con sus consejos y su instintiva acción de la vida pública del marido. La pasión colectiva arrastraba a todas en la vorágine 20.

La opinión de Ramos Mejía, médico y personaje público, cuya historia familiar se entrelazó dramáticamente con Rosas y cuyo discurso, como el de toda la generación a la que pertenecía, se caracterizó por tratar de encontrar una explicación psiquiátrica a los comportamientos sociales. En esta caso, la apreciación destacaba en las mujeres la preeminencia del amor-pasión (efecto que el amor ejercía en el ánimo) sobre la razón.

Si bien la impresión literaria estaba directamente referida a las mujeres de clase alta, las de los hombres públicos, las que habían recibido educación formal y esmerada educación familiar para aparecer detrás de sus maridos, la idea de la diferencia biológica de los sexos se extendía a las mujeres de todas las clases.

Las mujeres educadas para servir de modelo al resto, educadas para cuidar desde el hogar la moral de la sociedad. Los 18 números del periódico La Aljaba, que se publicaron entre 1830 y 1831, parecerían concederle parte de razón a este analista inteligente y culto, actor destacado de la clase dirigente.

"Dedicada al bello sexo argentino", se dirigía "a mis lectoras", la editora de La Aljaba, Pedrona Rosende21 , en el número 2° del periódico. Las mujeres estaban encargadas de sostener desde sus virtudes "la suerte de los estados"; utilizando la voz estado con referencia al gobierno de las naciones, pero con distinguibles connotaciones estamentales.

Son columnas de los estados cuando, además de desempeñar debidamente los principales fines para que fueron creadas, cooperan dentro de esa misma esfera, con sus virtudes morales y religiosas, a la conservación, honor y crédito de ellas. Las historias antiguas y modernas están llenas de ejemplos en los que se prueba hasta la evidencia la clase de influencia que pueden ejercer las virtudes de las mugeres, o sus vicios, en la suerte de los estados 22.

En el tercer número de La Aljaba, Pedrona enumera las clases de la sociedad en acaudaladas, artesanales y menesterosas.

La Aljaba se editó en los años del primero de los gobiernos de Rosas, y deja de salir en plena crisis desatada por el enfrentamiento entre unitarios y federales. No parece, la editora tomar partido por una u otra de las facciones y es destacable el carácter didáctico de las notas; en un magnífico esfuerzo para convertir el ejercicio de la moral del hogar en moral social.

Una acción de carácter público como la caridad, revestía para la editora un singular don, que bien actuado servía para marcar diferencias sociales y para subrayar el prestigio: "La beneficencia es una virtud que la naturaleza regaló a las mugeres". Enfrentó también con decisión, a quienes se oponían a la educación de las mujeres, con notas sobre el punto en todos los números desde el tercero.

Al igual que Mariquita Sánchez, veía en esa oposición una gran injusticia, pero los reclamos de igualdad con los hombres no pasaron de allí. No hizo demandas de igualdad civil y menos sobre las habilitaciones políticas, porque entendía natural el lugar que los hombres tenían en la sociedad, en la educación moral y en la religiosa. Tampoco cuestionaba las asignaciones masculinas a la ciudadanía. Fueron reivindicados un conjunto de derechos naturales, que ya habían sido puestos en el tapete por la Ilustración.

En el mundo en el que se desplegaba con fuerza el rosismo, aunque Pedrona Rosende, no parece haber adherido al Restaurador, formaba parte de esa cultura paternal, en el que el orden y la soberanía comenzaba en los jefes de familia, se construía sobre las cabezas civiles de los padres de familia.

Siendo padre de familia, mas quiere criar hijos virtuosos y ciudadanos sumisos, que hombres que sostengan su nombre. Buenos patriotas, ciudadanos fieles, son esos preceptores que se afanan por formar hombres morales y sabios 23;...

Destacaba el papel de los castigos privados, para corregir conductas de los esclavos, para marcar la distancia que éstos debían mantener con los chicos y con las niñas; los castigos y la disciplina correctora para evitar caer en los vicios propios de los esclavos.

Cierra, la editora de La Aljaba, con esa recomendación la serie de notas sobre la educación en las mujeres; porque les sería de gran utilidad para mantener la distancia de clases y ayudaría a orientar con firmeza el rumbo de las costumbres públicas, a la vez que "establecer la paz doméstica."24

El último número de La Aljaba salió el 11 de enero de 1831, año en que se incrementaron los enfrentamientos entre unitarios y federales. Un año más tarde, los unitarios habían sido completamente derrotados, pero el clima político en la ciudad se había recalentado con un nuevo conflicto, que amenazaba con perturbar el precario orden alcanzado. Rosas había concluido su primer mandato como gobernador de Buenos Aires y la facción federal que le acompañaba, federales netos o apostólicos, disputaba el poder con la de los cismáticos o doctrinarios. Ambas facciones federales pretendían conducir el gobierno provincial tan costosamente restaurado.

En el año 1833, los preparativos electorales, pusieron sobre el tapete todos los recursos confrontados de los grupos dirigentes. La violencia política se vivía en todos los niveles, en la prensa, en el seno de las familias y en las calles. Aun así, ambos bandos construyeron con verdadero ingenio los aparatos políticos facciosos que disputarían las elecciones 25.

Bueno es saber, que pocos meses antes de estos sucesos, después de las elecciones de abril de 1832, los cismáticos o doctrinarios, seguidores de Balcarce, presentaron un proyecto de Constitución en la Honorable Sala de Representantes, que proponía reestablecer condiciones limitantes para el ejercicio del voto activo, condiciones que habían sido eliminadas por la Ley de Elecciones de 1821. La propuesta, que no prosperó, incluía exigencias para los potenciales sufragantes, que debían ser alfabetos y demostrarían no estar bajo condición de criados a sueldo, ni ser peones o vagos. Recordemos que regía la prohibición de votar para las mujeres, para los esclavos y para los menores de 20 años.

Nada demasiado novedoso en el tipo de exclusiones propuestas, no eran diferentes de las que se había considerado reestablece durante el Congreso de 182426. Lo singular del caso es, que los que presentaban la propuesta de restricciones, pertenecían a una facción federal porteña seguidora entonces de Dorrego, que se había opuesto decididamente a cualquier modificación de la ley de Elecciones de 1821, de las varias que se debatieron en dicho Congreso General Constituyente.

El fracaso de las elecciones de abril de 1833, las impugnaciones y las acusaciones cruzadas entre las facciones, impulsaron a los partidarios de Rosas a extremar los recursos y a montar una maquinaria electoral para el acto que se efectuaría en junio de 1833, al que hacíamos arriba referencia 27.

En esas circunstancias, intercambiaban cartas Encarnación Ezcurra de Rosas y su marido, ambos enfrascados en una durísima pelea política con los partidarios de Balcarce.

De la correspondencia de Encarnación a su esposo, seleccionamos esta pieza:

Mi amigo y mi compañero: Sin ninguna tuya a que contestar tengo el gusto de escribirte y comunicarte algo que creo útil. Estamos en campaña para elecciones, no me parece que las hemos de perder, pues en caso que por debilidad de los nuestros en alguna parroquia se empiece a perder, se armaría bochinche y se los llevará el diablo a los sismáticos 28.

No era una simple comunicación aislada, había un compromiso activo con la causa de los restauradores; se puso Encarnación al frente en la tarea de montar la maquinaria y ello fue reconocido por quienes dirigían la estrategia política.

Sabemos, a través de las cartas de Don Juan Manuel, que Encarnación fue nombrada apoderada de la lista de candidatos presentadas por los federales netos, en una decisión que Rosas atribuía a Quiroga y que juzgaba muy inteligente. Sería esa suficiente demostración del compromiso político de Encarnación, que aquí no está en discusión, pero señalemos, que el lugar en el que ella se colocaba es el que la sociedad de su tiempo le tenía asignado a las mujeres. El espacio público como una extensión del ámbito doméstico.

La siempre apasionada escritura del citado Ramos Mexía, permite que nos metamos en el imaginario de las elites a finales del siglo XIX, prolongación del discurso sociológico-médico que terminaba adjudicando una moral particular a las mujeres, diferente de la de los hombres, por su condición biológica.

Esa desviación un poco violenta por parte de la señora de Rosas del régimen moral inherente al sexo, el roce frecuente con pasiones enérgicas y grotescos elementos, le quitaban la natural delicadeza de su trato, los hechizos de su sexo y hasta su porte algunas veces. La mujer política era así un poco aguarangada y machona: ... En su familia, todas le sirvieron a Rosas con un entusiasmo que trasciende a orgullo de raza, y algunas con verdadero fanatismo.29

La violencia propia de los machos, que se suponía era una condición natural, en este caso adquirida por Encarnación y sólo posible como una perturbación cultural de la moral propia del género femenino.

Una última nota para este ítem: los fragmentos de la correspondencia que comentamos son conocidos, han sido incluso llevados al cine en forma de corto testimonial 30, pero los hemos aquí utilizado para mostrar la preocupación política de Encarnación por la causa de su marido, concebida como prolongación natural de la autoridad del jefe de familia. Se nos ocurre y desde allí la analizamos, una conducta muy propia de la autoridad tradicional de la paz de la casa, que se encuadra en la tradición jurídica indiana, cuya mejor expresión a este respecto lo constituyen Las Partidas 31.

Imaginarios femeninos de la ciudadanía masculina

Durante los preparativos electorales para las elecciones de abril de 1833, los medios porteños reflejaban las posiciones y movimientos de las facciones y publicaban listas de candidatos junto a opiniones políticas que recalentaban aun más el caldeado ambiente político.

Entre las listas que eran propuestas por los medios, extrajimos una muy interesante, por varias razones. Es diferente a todas las posiciones anteriores, es una lista impulsada por mujeres, cosa que no debería llamar la atención en un medio cultural en el que como vimos, mujeres de todas las condiciones sociales emitían su opinión de distintas maneras. No nos detendremos en los fines políticos perseguidos, ni preguntaremos sobre la facción a la que pertenecen los candidatos, destacamos en cambio el significativo reclamo femenino de derechos electorales, que con el título de "Las porteñas federales", publicó La Gaceta Mercantil.

Como hemos visto, la ciudadanía era concebida masculina, pero en este caso, no sólo estas mujeres hacían uso de un derecho político que les era negado, el de expresar sus opiniones y sus voluntades políticas por medio de la prensa, sino que reclamaban "una mitad de los asientos de la Sala de la Provincia ocupados por mugeres."

Las porteñas federales. Elecciones

Compatriotas: Si vuestra injusticia nos privó del derecho que el pacto social nos concedía de tener voto activo y aun pasivo en la elección de los ciudadanos que deben representarnos, no podrá impedirnos que nos manifestemos por medio de la prensa nuestra opinión sobre un asunto que nos interesa tanto como a vosotros. Felizmente se aproxima la época en que recobrando al fin el bello sexo sus derechos primitivos salga de una vez del anonadamiento en que ha vivido. Nuestros nietos ó quizá nuestros hijos verán una mitad de los asientos de la Sala de la Provincia ocupados por mugeres que darán lustre a su patria. Entonces no serán ya tachadas de entremetidas, pedantes, & a, las que discurran sobre asuntos de interés público. Mientras llega esa época feliz contentémonos con intervenir indirectamente en los asuntos públicos.

Nosotras pues, hemos formado después de una madura reflexión una lista de ciudadanos para RR. de la provincia que recomendamos á nuestros compatriotas y por los que votaríamos, si no nos hallásemos arbitrariamente prohibidas de hacerlo. ¿Qué hemos buscado en ellos?- Honradez, instrucción, independencia del Gobierno, (1) adhesión al sistema que hoy ha adoptado la nación, que sean tomados de las distintas clases de la sociedad para que todas ellas se hallen representadas, y en fin, que sus nombres no sean desconocidos porque entonces no podrían inspirar la confianza debida- He aquí pues los nombres de los ciudadanos que proponemos para las próximas elecciones:

D. Manuel G. Pinto,
Mariano Sarratea
Diego E. Zabaleta
Tomas Iriarte
Diego Alcorta
Miguel Riglos
Ignacio Martinez
Epitacio del Campo
Miguel Garcia
Faustino Lezica
Nicolas Vedia
Miguel Rodriguez

Mucho agradecerémos a Vd. Señor Editor, si se toma la molestia de corregir estas cortas y mal formadas líneas. Si Vd. no se toma ese trabajo, ellas carecerán de órden, fluidez, armonía, pues tal ha sido el método antiguo de nuestra educación que nos hallamos incapaces de escribir sobre el asunto mas comun y de mas interes. ¿Y que estraño es esto, si nuestros preocupados, aunque buenos padres apenas á coser nos enseñaron? Pero afortunadamente va llegando la época feliz. Mucho mas agradecerémos a Vd. Si tuviese la voluntad de insertarles.

(1) En nuestra lista se halla el nombre de un empleado es verdad. Pero este empleado.. …este empleado es el ciudadano Alcorta 32.

Nos había interesado particularmente la aparición de un periódico femenino como La Aljaba-el primer periódico femenino escrito por una mujer, con algunas líneas salientes: la importancia de la educación de las mujeres en la sociedad porteña como consecuencia de la Revolución, la valoración positiva de la relación educación-soberanía y el ejercicio del derecho a la expresión pública, en un medio con algunas zonas de derechos vacantes, por la guerra de Independencia y por las luchas y enfrentamientos facciosos.

Destacamos no obstante, los rasgos conservadores de la propuesta, en el sentido del orden social que se pretendía cautelar, en el que la sociedad, el gobierno y la ciudadanía eran masculinas. En nítido contraste, la lista propuesta en la Gaceta Mercantil, expone un salto importante hacia el reclamo de derechos electorales.

Notas de cierre

El planteo progresivo y ordenado, de las que entendíamos diferentes facetas de un único asunto a investigar, el registro de los derechos individuales en la cultura política femenina durante la etapa republicana, nos permitió arribar a estas primeras conclusiones.

La desmedida insistencia de la literatura política, de una ruptura con el antiguo orden como efecto de las revoluciones y de las guerras por las independencias, fue un obstáculo para avanzar en el conocimiento de las transformaciones operadas durante el siglo XIX.

La inexistencia de un saber sólido sobre derechos individuales hasta épocas tan cercanas a nuestros días, se debe seguramente a que las preguntas llegaron a fines del siglo pasado y no fue extraña a esa transformación la mirada desde el género. Detrás de todas las preguntas se plantó también el escenario de las miserias contemporáneas, con las inequidades y con las exclusiones, pero no tendríamos que perder de vista, que sólo después de las revoluciones en Estados Unidos y en Francia, se avanzó de manera lenta pero continuada hacia una extensión universal de derechos individuales igualitarios.

¿Qué cosa es la igualdad? La igualdad es una relación (a pertenece a todo a') y el uso de esa voz conlleva una gran indeterminación. Que un individuo humano sea igual a otro no es justo ni es injusto, es simplemente una relación, que en sí misma no remite a ningún otro significado, de no mediar una explicitación de las cosas respecto a las que son iguales.

La expresión igualdad de derechos, implica el disfrute igualitario de los derechos y de las libertades que reconoce un orden determinado. Es un objetivo de máxima, un ideal siempre enunciado en el derecho de los modernos y una meta difícil de alcanzar.

La igualdad jurídica significa, que todos somos destinatarios del derecho por igual y que todos tenemos igual capacidad jurídica. Actúa a manera de piso, es un nivel básico que no se debería transgredir por motivo alguno.

La igualdad ante la ley se encuentra entre el máximo enunciado, la igualdad de derechos, y el mínimo impuesto por la real capacidad jurídica.

En este punto es que dirigimos la crítica a la literatura política, a una manera de ver en clave de hombres adultos y con capacidades plenas, todos los demás quedaban afuera. Mujeres, ancianos, menores, vagos, mendigos, atorrantes, etc.

Parece inevitable que el derecho, por más universal que sea el alcance de sus leyes, resulte siempre finito, con bordes y fronteras, de tal manera que algunos quedan afuera. Por eso es que la emergencia de un sujeto único de derechos, nos referimos a la igualdad jurídica formal, no contaba con que algunos habitantes quedaban afuera.

En un intento por establecer una tipología de la igualdad, que nos sirviera para la etapa en estudio, destacaríamos los niveles: Jurídico-civiles (que incluirían a los que hoy conocemos por derechos sociales) y jurídicopolíticos, que consisten en consagrar y extender de manera universal el derecho a resistir el poder político; también, de una combinación entre derechos civiles y derechos políticos, se deriva el de igualdad de oportunidades.

Dado este ordenamiento, hemos planteado el decurso regular de derechos fundamentales que se expresaban con forma política, de los derechos fundamentales que fueron ampliados radialmente por la Revolución. Las manifestaciones callejeras y las consignas políticas, bajo la forma de resistencia a la autoridad. El ejercicio de la acción política, de la opinión expresada y del riesgo asumido, como extensión de la paz del hogar.

No quisimos incluir aquí el análisis de los derechos de familia y otros derechos privados, por razones de espacio y porque no advertimos en la etapa en estudio, la aparición de una clara conciencia de la postergación de las mujeres en el campo de estos derechos privados. Existen numerosos juicios civiles, artículos periodísticos y tesis de abogados, que reclaman por extender habilitaciones particulares a las mujeres, en juicios sucesorios, patria potestad, administración de patrimonio, emancipación, entre otros muchos asuntos, pero no hay una idea integral, una idea de promoción del lugar femenino.

Las mujeres participaban con verdadero entusiasmo de las campañas políticas, de los actos y mitines partidarios, concebidos todos en un universo cultural que había resuelto privilegiar la extensión de derechos electorales por encima de la igualdad de derechos civiles. Extraño fenómeno de sugestión del que probablemente no nos hayamos liberado plenamente. No era necesario, para los panegiristas del sistema, que el derecho a sufragar se desprendiera de la extensión efectiva de otros derechos civiles y políticos, como presentarse por sí ante la justicia o el conocido derecho de resistencia. Tanto no era necesario, que hubo que esperar a que la Constitución de 1854 ampliara la igualdad civil y estableciera ciertas garantías. Hubo que esperar a la Organización Nacional, para que se pusiera en marcha un proceso que, aunque lento y con sobresaltos, transitó hacia los cambios operados durante el siglo XX.

Notas

1. Nos referimos a María de Todos los Santos Sánchez , hija de un español y de una dama porteña, nacida en Buenos Aires el 1º de noviembre de 1786. A los 15 años se enamoró de su primo Martín Thompson con quien se casó en 1805. De espíritu independiente, se mantuvo ligada a todos los acontecimientos revolucionarios y abrazó la causa de la Independencia. En su casa, en la actual calle Florida de Buenos Aires, se cantó por primera vez el himno patrio. Se casó en segunda nupcias en 1820 con Washington de Mendeville, francés que había sido cónsul en Buenos Aires. Cuando Rivadavia fundó la Sociedad de Beneficencia, en 1823, fue una de las principales colaboradoras; también colaboró con Dorrego en el proyecto de Sociedad Filantrópica. Marchó al exilio durante el gobierno de Rosas, a pesar de haber presidido la Sociedad de Beneficencia en 1830 y en 1832. Regresó a Buenos Aires después de Caseros. En 1866 y 1867 volvió a presidir la Sociedad de Beneficencia, desde la que se ocupó de la educación de las niñas bajo su tutela. Escribió durante su prolongada y fecunda vida, cartas, diarios y memorias, que la convierten en una necesaria cronista de la época. La muerte le llegó el 23 de octubre de 1868.

2. .Fragmento de la memoria del 17 de abril de 1839, en un diario que llevó Mariquita entre 1839 y 1840; escrito en Montevideo para ser leído por sus amigos más cercanos, en: SANCHEZ Mariquita, Cartas de Mariquita Sánchez. Compilación, prólogo y notas de Clara Vilaseca, Buenos Aires, Peuser, 1952, pp374-375.        [ Links ]

3. Impresión registrada por Mariquita el 29 de mayo de 1839, op cit., p378.

4. CAMUS Albert, "El destierro de Helena", en El verano bodas, Buenos Aires, Sur, 1975, p24         [ Links ]

5. Carta a Sarmiento, en la que se refiere al informe de Sarmiento como Director General de Escuelas de la provincia del año 1859, en SÁNCHEZ Mariquita, op cit en nota 2, pp 364-365.

6. La educación de las niñas fue, desde tiempos virreinales, una preocupación constante y su promoción por parte de la Sociedad de Beneficencia y en manos de particulares fue bastante amplia en la ciudad e incluía a las niñas pobres. Aunque en una proporción menor que las destinadas a los varones y en número reducido, las escuelas de niñas también se extendieron a la campaña. Véase IGLESIAS Evaristo, La escuela pública bonaerense, hasta la caída de Rosas. Buenos Aires, el Ateneo, 1946.        [ Links ]

7. ECHEVERRIA Juan José, "Diario de Echeverría", Biblioteca de Mayo, Senado de la Nación, t IV pp3623-3625        [ Links ]

8. Op. cit. t IV, pp3623-3625

9. Véase ALVAREZ José María, Instituciones de Derecho Real de España, adicionado con apéndices y párrafos por Dalmacio Velez, Buenos Aires, Imprenta del Estado, 1834.        [ Links ]

10. ESCRICHE Joaquín, Diccionario razonado de legislación civil, penal, comercial y forense, 1837 edición facsímiliar, México, IIJ-UNAM, 1998        [ Links ]

11. Sobre la historiografía jurídica iusnaturalista y las fuentes del derecho, hemos seguido a TAU ANZOÁTEGUI Víctor, La Ley en América Hispana. Del descubrimiento la Emancipación, Buenos Aires, Academia Nacional de la Historia, 1992        [ Links ]

12. Se llama estamento a cada uno de los estados que tenían su representación en las cortes: el clero, la nobleza, en ocasiones caballeros y universidades; y es conocida la denominación de tercer estado para la burguesía en la Asamblea revolucionaria en Francia. El uso extendido que hacemos de la voz es para mostrar un orden moderno en el que los hombres retuvieron diferentes estados civiles, con sujeciones personales y diversos grados de minusvalía. Las sociedades americanas tomaron una coloratura estamental particular por los procesos de mestización que incluyeron a indios y negros. En el sentido de cuerpos sociales ordenados por jerarquías de nacimiento. Las diferenciaciones no desaparecieron con la Revolución, ni siquiera con la extensión de derechos políticos en 1821, que en todo caso configura un camino inédito, ciertamente novedoso para el mundo político en el Atlántico.

13. ECHEVERRIA ESTEBAN, "Fragmentos póstumos", en PELLIZA Mariano A., La dictadura de Rosas, Buenos Aires, La cultura Argentina, 1917, pp23-23.        [ Links ]

14. DI MEGLIO Gabriel, "Un nuevo actor para un nuevo escenario. La participación política de la plebe urbana de Buenos Aires en la década de la Revolución (1810-1820)", Boletín del Instituto de Historia Americana y Argentina Dr. E. RAVIGANI Nº24, Buenos Aires, 2003, p39.        [ Links ]

15. Remitimos a dos libros de época, claves para entender los procedimientos en el foro de Buenos Aires: DE CASTRO, Manuel A., Prontuario de práctica forense, Buenos Aires, FDyCS-UBA, 1945, y ESTEVES SAGUI Miguel, Tratado elemental de los procedimientos civiles en el foro de Buenos Aires, Buenos Aires, Imprenta Americana, 1850.        [ Links ]         [ Links ]

16. FORBES John M, Once años en Buenos Aires, Buenos Aires, EMECE, 1956, p520. Agradecemos a Gabriel Di Meglio, el habernos sugerido la lectura de este fragmento.        [ Links ]

17. Op cit, p.519

18. Op cit, p.517

19. La llamada "paz de la casa" comprende desde regulaciones sobre construcción (Partidas II, III y V), con las obligaciones privadas para con los miembros del grupo bajo la autoridad del jefe, jefe de familia, maestros de gremios, maestros escolares, jefes de comercios, hasta las penas por distintos delitos, que como hemos vistos se tratan en la Partida VII. En "De Las Partidas al Código Penal", capítulo de nuestro libro en preparación El derecho de castigar.

20. RAMOS MEJIA José M., Rosas y su tiempo, 4 vol., Buenos Aires, ed. Jackson, s/fecha, t III, p140.        [ Links ]

21. Dirección atribuida por Antonio Zinny, a Pedrona Rosende de Sierra, en el "Estudio preliminar" de AUZA Nestor T., a la edición facsimilar de La Aljaba. Dedicada al bello sexo argentino. 1830-1831, La Plata, AHPBA, 2004, p19, col 2.        [ Links ]

22. Op cit , p 35

23. La Aljaban°9, op cit p2 col 2        [ Links ]

24. La Aljaban° 11, op cit p3, col 2        [ Links ]

25. Un libro de lectura imprescindible sobre el tema es el de TERNAVASIO Marcela, La Revolución del Voto: política y elecciones en Buenos Aires, 1810-1852. Buenos Aires, SIGLO XXI, 2002.        [ Links ]

26. Véase MEDRANO Samuel W., "Los aspectos sociales en el debate sobre la ciudadanía en 1826", en Revista del Instituto de Historia del Derecho Ricardo Levene, Nº5, Buenos Aires, 1953, pp44- 63        [ Links ]

27. TERNAVASIO, M.: La Revolución del Voto, op cit nota 23, pp 175-200.

28. "De Encarnación Ezcurra a su marido, Juan Manuel de Rosas, en Buenos Aires, 14 de septiembre de 1833", en RIVAROLA Mariano (dir), Revista Argentina de Ciencias Políticas, t.XXVII, Buenos Aires, 1923-1924, pp.111-112        [ Links ]

29. RAMOS MEJIA José M., Rosas y su tiempo, op cit nota 7, pp142-143

30. MARTEL Lucrecia, Encarnación Escurra, Cine documental, Buenos Aires 1999.

31. En fuentes castellanas de la Alta Edad Media, se protegía la seguridad de la casa, garantías que fueron preservadas en todos los cuerpos que conocemos hasta Las Partidas, de donde pasaron a la legislación indiana. La llamada "paz de la casa" comprende tanto regulaciones sobre construcciones, como obligaciones privadas para los miembros del grupo bajo la autoridad de la cabeza: jefe de familia, maestro de gremio, maestro escolar, comerciante. También, la aplicación de penas en la Partida VII.

32. LA GACETA MERCANTIL, Diario Comercial, político y Literario, N° 2974, Buenos Aires, Sábado 27 de abril de 1833, A         [ Links ]

 

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