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La aljaba

versão On-line ISSN 1669-5704

Aljaba vol.17  Luján out. 2013

 

ARTÍCULOS

Una relación conflictiva. Trabajo no remunerado vs. trabajo remunerado en los programas de transferencia condicionada de ingresos1

Nora Goren
Universidad Nacional Arturo Jauretche - UNAJ


Resumen: Este trabajo analiza la relación existente entre un programa de transferencia condicionada de ingresos, la Asignación Universal por Hijo, y el trabajo remunerado de las mujeres. Se propone poner en diálogo el complejo entramado expresado en el denominado "mercado de trabajo" y los supuestos de género que subyacen al programa, buscando aportar a nuevas propuestas superadoras.

Palabras clave: Género; Trabajo; Políticas de transferencia de ingresos.

A conflictive relationship: unpaid v. paid work in income-conditioned transfer programs

Abstract: This paper examines the relationship among income-conditioned transfer programs, universal child-care benefits, and women's paid labor. The proposal aims to establish a dialogue between the complex factors intertwined in the so-called "labor market" and such gender assumptions as underlie the program, with the purpose of contributing better, innovative proposals.

Key words: Gender; Work; Conditioned income transference programs.

Sumario: 1.Introducción. 2. Supuestos de género de las políticas sociales. 3. La Asignación Universal por Hijo. 4. Mujeres y mercado laboral. 5. Quiénes perciben la AUH. 5.1 Mujeres, limitaciones, condicionalidades. 6. Reflexiones finales.


 

- 1-
Introducción

En este artículo se analizará la relación existente entre un programa de transferencia condicionada de ingresos y el trabajo remunerado de las mujeres. Mirados en perspectiva histórica, los sistemas de protección social en América Latina han estado vinculados al empleo en el sector formal de la economía, por lo que el acceso a bienes y servicios básicos dependían de la capacidad de apropiación que tuvieran las personas en el mercado laboral, siendo el empleo el elemento constitutivo de esta construcción. Si bien el mercado de trabajo se ha ido modificando en distintos períodos históricos, las categorías empleo, desempleo, actividad e inactividad son los supuestos que se mantienen implícitos en los enfoques habituales de dicho mercado y responden a la figura de un trabajador masculino que tiene un empleo estable, seguro y a tiempo completo (Carrasco 1995: 33). Como es de suponer, esa no es la forma de participación laboral de la mayoría de la población en América Latina, donde los niveles de informalidad aún son elevados; y menos aún el de las mujeres que, además de enfrentarse a un mercado de trabajo segmentado por sexos y sectores social de pertenencia, asumen el trabajo familiar con las restricciones de espacio y tiempo que ello significa (MTEySS, 2011; Goren, 2013). Se origina así un Estado de bienestar truncado (Gasparini, 2011).
Para aliviar este desbalance, los países latinoamericanos han implementado, en las últimas décadas, distintos tipos de medidas, como lo son los programas de transferencia de ingresos destinados a personas que se identifiquen como desempleadas o insertas en la economía informal.
Este trabajo reflexiona entonces sobre la relación entre la Asignación Universal por hijo y el trabajo remunerado de las mujeres, a partir del análisis de las limitaciones y condicionalidades del programa. En este sentido, en este artículo se propone poner en diálogo y dar cuenta del complejo entramado expresado en el denominado "mercado de trabajo"2, en las interacciones entre los distintos actores, sus dinámicas e interconexiones, en pos de pensar en una matriz donde las interconexiones e influencias son dinámicas y múltiples, así como sus contradicciones y tensiones, que nos permita pensar en acciones superadoras en términos de equidad de género.
La relación entre género y trabajo en pleno siglo XXI aparece como crucial; ya no se trata de observar qué impactos ejercen los diversos programas en las mujeres pobres, sino de estudiar cómo estas mujeres pueden abandonar la condición de pobreza con trabajo de calidad (OIT 2011) y expandir su condición de ciudadanas. La relación que el artículo se propone analizar tiene como telón de fondo la forma que asume la división sexual del trabajo en la sociedad, donde, en términos teóricos, prima la noción de complementariedad entre los sexos, basada en la existencia de roles determinados por la naturaleza, y un modelo familiar tradicional, mujer en la familia y varón en el "trabajo", de acuerdo con el cual son las mujeres las que "deben" conciliar vida extradoméstica y vida doméstica. En términos de género, la mujer sigue siendo la principal responsable del cuidado y/o de la gestión de éste. Asumir estas responsabilidades es una situación que atraviesa a todos los sectores sociales, aunque con especificidades de acuerdo con cada uno de ellos (Faur, 2012).
La división sexual del trabajo, tal como lo señala D.   Kergoat (1998), debe ser entendida de manera inseparable con las concepciones de género vigentes, que implican relaciones de poder y de negociación distintos para unas y para otros, así como reconocimientos y valoraciones diferentes. Entendiendo al trabajo remunerado como un derecho civil que, además de ser el medio para conseguir un ingreso, provee identidad social y permite el ingreso a redes de relaciones, y por cuyo intermedio se accede a derechos y obligaciones, es que proponemos analizar las potencialidades y limitaciones que un programa como la Asignación Universal por Hijo tiene sobre la participación de las mujeres en el trabajo remunerado.
Para ello dividimos el presente texto en apartados que van dando coherencia a la propuesta. En un primer momento nos detendremos en los supuestos de género que han tenido las políticas sociales en las últimas décadas, para luego realizar una descripción de los principales aspectos de la Asignación Universal por Hijo. Luego nos adentramos en la problemática planteada, por medio de precisiones acerca de la forma que asume la inserción de las mujeres en el "mercado de trabajo"; para luego centrarnos en cuáles son las limitaciones y condicionalidades presentes en el programa a la luz de las posibilidades o limitaciones que éstas implican para su participación en el "mercado de trabajo", en tanto posibilidad de impulsar su autonomía3 y superar situaciones de exclusión4.
Para ello recurrimos a datos secundarios de la Encuesta Permanente de Hogares y a datos cualitativos aportados por estudios que hemos realizado con anterioridad (Goren, 2013, 2011, 2008).

- 2-
Supuestos de género de las políticas sociales

En las últimas décadas, en América Latina en general y en la Argentina en particular, el estudio de "la cuestión social" sufrió un fuerte desplazamiento. De conformar un análisis global del sistema en términos de explotación y reparto, entre otros factores, pasó a constituir un enfoque centrado en el segmento más vulnerable de la población. A partir de ese momento, se simplificó la problemática centrada en los excluidos; se comenzó a hablar de exclusión como si fuera un estado dado y no como el resultado de un proceso, lo cual implica la intención de reducirla sin modificar las reglas del juego para todos/as (Rosanvallon y Fitousi, 1997: 27). El objetivo buscado fue reducir la pobreza. Tal como señala Bradshaw (2008), en los últimos años, la posición del Banco Mundial -expresada a través de los programas de Transferencia Condicionada de Ingresos (TCI)- busca, por un lado, aliviar la pobreza a corto plazo y, por otro, dar investimentos en capital humano que permitan crecimientos económicos a largo plazo. Supuesto que luego interpelaremos a la luz del análisis del mercado de trabajo.
La literatura especializada en el tema señala que en estos programas, las mujeres han sido depositarias de responsabilidades y obligaciones más que de derechos (Molyneux, 2006; Chant, 2010). De esta manera, Lister (2006) plantea que las concepciones de ciudadanía fueron entrelazadas con dimensiones morales que regulan sus comportamientos, y han eclipsado el lugar de las mujeres y sus derechos detrás del bienestar futuro de sus hijos. Estas políticas han recibido fuertes críticas que señalan que los programas de transferencia condicionada de ingresos han llevado a las mujeres de regreso a la esfera privada, y las colocan en una situación de inferioridad respecto de la participación política y social (Pauttasi, 2009; Zibechi, 2010).
En relación con la AUH, una de las críticas que ha recibido, vinculada a los objetivos de este trabajo, es que este tipo de programas reproduce la tradicional división sexual del trabajo y refuerza el papel de la mujer como principal responsable de la familia. Se señala que no contemplan acciones a favor de la conciliación entre trabajo y familia, asumen que los cuidados, especialmente de niños/as, son una responsabilidad individual (no social) y circunscrita a las madres (OIT-PNUD 2011:104).
Por su parte, y poniendo el acento en los factores constitutivos de la inequidad, en investigaciones anteriores hemos señalado que en los destinatarios colectivos de estas políticas desaparecen las desigualdades socialmente construidas porque se refuerza una estructura genérica tradicional, a veces de manera explícita y, en otras ocasiones, de manera implícita. En nuestras observaciones hemos detectado que esto responde a que la formulación de estas políticas, en la Argentina, parte de una mirada parcializada, que no contempla -y, en consecuencia, tampoco articula- la esfera pública y la privada, el trabajo productivo y el reproductivo, sino que promueve la realización de alguna actividad laboral y/o de formación o capacitación que sigue sosteniendo dicha estructura, en cuanto estas actividades no plantean alternativas que contemplen diferentes intereses y necesidades. No obstante, y de manera paradójica, hemos observado cómo también promueven la búsqueda de una afirmación subjetiva por parte de las mujeres, dada por la forma en que ellas se apropian del programa. Todo esto en un contexto caracterizado por una mayor visibilidad de los derechos femeninos, que alcanzan a no pocas mujeres de los sectores subalternos. En esta misma dirección, Faur (2009) da cuenta de la compleja configuración en la cual los roles y las responsabilidades de las familias, del Estado, del mercado y de la comunidad se superponen e interconectan en la "organización social del cuidado", y los diferencia de aquellos que caracterizan al "régimen del cuidado" sistemático y previsible, como los conceptualizados para los países europeos.
Estas particularidades, paradojas y tensiones nos exigen una mirada, tal como señalamos al inicio de este trabajo, mucho más compleja, en la cual debemos articular y entrecruzar distintos aspectos de lo social, por lo que es importante dar cuenta de la coexistencia de distintos procesos y estructuras de funcionamiento.

- 3-
La Asignación Universal por Hijo

A fines de octubre de 2009, por medio del decreto 1602/09, el Poder Ejecutivo anunció la implementación de una "Asignación Universal por Hijo para Protección Social" (AUH), que luego fue extendida -mediante la Resolución 235/2011- a todas las embarazadas desde la semana doce de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo, siempre que no exceda las seis mensualidades. Esto implica la ampliación del sistema de seguridad social, de modo que se complementa el sistema contributivo y no contributivo de asignaciones familiares.
En el decreto se señala que la asignación está destinada a niños, niñas y adolescentes residentes en la República Argentina que no cuenten con otra asignación familiar prevista en la Ley N° 24.714, que pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados, o que se desempeñen en la economía informal y perciban por su actividad una remuneración inferior al salario mínimo, vital y móvil, o ser monotributistas sociales. El 80% se paga mensualmente y el otro 20% es depositado en otra cuenta, que se cobra cuando la titular del beneficio acredita el cumplimiento de algunas de las condicionalidades (salud y educación), y se concreta en forma anual. A partir de la sanción de este decreto, se extiende el beneficio a quienes no están incluidos en él, dado que se equipara al percibido por el trabajador formal, ya que la prestación monetaria es equivalente a la asignación por hijo del régimen nacional de asignaciones familiares5. Si bien son varias las críticas y diversas las perspectivas desde las cuales se analiza si son o no universales (Lozano, 2009; Lo Vuolo, 2010), un estudio del Centro de Estudios Distributivos, Laborales y Sociales (CEDLAS) señala que, si bien es preferible promulgar un sistema más abarcador, en la práctica es probable que la casi totalidad de la población menor quede cubierta con este beneficio, ya que es prácticamente imposible controlar el cumplimiento de muchas de las exigencias prescriptas.
Algunas de las condicionalidades que presenta son percibir ingresos por debajo del salario mínimo, vital y móvil y el cumplimiento de obligaciones en relación con el sistema de educación y salud respecto de los menores. Las restricciones vinculadas con el ingreso monetario6, tal como señalan Gasparini y Cruces (2010), parecieran ser una exigencia "impracticable". "Es probable que exista cierta autoexclusión de los informales con ingresos muy altos, pero difícilmente los trabajadores informales con ingresos medios -superiores al salario mínimo- decidan autoexcluirse o puedan ser detectados por las autoridades". Esto fue también observado por nosotras en trabajos anteriores. Varias de las entrevistas realizadas se sintetizan en lo expresado por Claudia, madre de tres hijos y estudiante universitaria que vive en un barrio marginal del conurbano bonaerense, y Patricia, madre de dos hijos, trabajadora doméstica, que señalan: "mi marido gana muy bien, hace yesería, no nos falta nada, son pocos los momentos en que está sin trabajo [...]" (Claudia). [...] desde un par de años mi marido está con trabajo [...] en la construcción [...], cuando trabaja gana bien, nos alcanza para vivir" (Patricia).

- 4-
Mujeres y mercado laboral7

El programa que estamos analizando, tal como señalamos en párrafos anteriores, está destinado a personas de bajos ingresos, ubicados en la economía informal. En este sentido, hay que tener en cuenta que, aun cuando los niveles de informalidad laboral siguen siendo significativamente altos en la Argentina, en este aspecto hubo una importante reducción, que pasó de casi el 50% en 2003 al 34% en 2012, siendo mayor el porcentaje de las mujeres que están en esta situación. Si la principal estrategia oficial para fortalecer al sistema de protección social habría consistido en apostar a la recuperación del trabajo formal, sus efectos no podían dejar de ser estructuralmente limitados, de ahí surge el lugar que ha asumido la Asignación Universal por Hijo.
En todos los casos nos estamos refiriendo a las personas en tanto trabajadores y trabajadoras en relación con lo que se denomina "mercado de trabajo", espacio donde se recibe un salario a cambio de la realización de un "trabajo". De este modo nos encontramos ante la primera delimitación, que es la dada por el propio término "mercado de trabajo", lo cual precisa qué es considerado trabajo y qué no.
Al fragmentar el espacio de análisis y hablar de "mercado de trabajo" como un espacio en sí mismo, también se fragmenta lo que se interpela y, en consecuencia, las propuestas que se formulan para su superación. Es por ello que proponemos, en primer lugar, observar cómo es la inserción de mujeres y varones en el "mercado de trabajo", que sólo va a poder tener una explicación completa si la observamos en relación con la otra esfera del trabajo, la invisible y no remunerada, para luego, a partir de esta explicación, "retomar el análisis sobre las contradicciones que se desprenden de él, y que dan cuenta de lo que hemos denominado "indicios paradojales".
Los datos estadísticos disponibles presentan las limitaciones de género antes señaladas; no obstante, nos permiten una primera aproximación explicativa. Al observar qué ha sucedido con la participación de las mujeres en la Argentina en el mercado de trabajo en las últimas décadas, se evidencia que, a pesar de que hubo un incremento de dicha inserción, las desigualdades entre varones y mujeres aún persisten. Esa masiva incorporación de las mujeres al mercado laboral y la consiguiente feminización del colectivo de asalariados son factores que se mantuvieron a lo largo del tiempo y que tuvieron como telón de fondo la desigualdad laboral entre mujeres y varones.
Algunos datos estadísticos lo ilustran claramente. Las mujeres que salen al mercado laboral en búsqueda de un trabajo remunerado son un poco más de la mitad del total de ellas; este dato nos informa por lo tanto que la otra mitad, o sea, el cincuenta por ciento de ellas, no lleva adelante esta búsqueda. En el caso de las mujeres de menores ingresos, que son quienes reciben la AUH, ese porcentaje aumenta significativamente; de cada diez mujeres, sólo cuatro son asalariadas y seis permanecen "inactivas", en términos del mercado de trabajo. Lo que este dato nos indica es que la gran mayoría de estas mujeres, con anterioridad a la percepción de la AUH, no salían a buscar un trabajo remunerado. Este factor debe ser leído en términos de lo que antes denominé indicios paradojales, para ver a qué habilita específicamente la participación en el programa.
La limitación que implica la presencia de niños/as en el hogar para la inserción laboral de las mujeres es significativa, lo que se refuerza al observar que las mujeres insertas en trabajos registrados trabajan menos horas que los varones (22%), mientras que en los trabajos no registrados ese porcentaje asciende a un 36%.Esto debemos analizarlo a la luz de las actividades de cuidado que están a cargo de las mujeres, así como de la estructura y dinámica del mercado laboral. Por un lado, tal como señala Molyneux (1994: 17), la inactividad económica, como la menor cantidad de horas trabajadas ofrece un servicio de atención infantil con costo mínimo para el Estado, a la vez que descomprime la demanda de empleo. Por otro lado, el mercado se halla fuertemente segmentado, encontrándonos con territorios claramente masculinos y femeninos expresados en los distintos sectores de la economía.
Tanto las mujeres como los varones se insertan en las ramas de actividades tradicionalmente consideradas "naturales" como de uno u otro género, con lo cual se mantiene la demarcación de estos dos territorios bien diferenciados. Los datos hablan por sí solos. Si observamos cuáles son las actividades que desempeñan las mujeres y cuáles desempeñan los varones se evidencia que: las mujeres asalariadas que se desempeñan en el servicio doméstico representan al 21% del colectivo de mujeres; el 16% de ellas lo hace en el comercio, hoteles y restaurantes; otro 16% en la enseñanza; un 11% en la administración pública; y el 10% en los servicios de salud. Los varones, por su parte, se insertan mayoritariamente en el sector de la industria, con el 20%; en el comercio el 20%; en el transporte, 12%; y en la administración pública, un 11%. De este modo, los distintos segmentos en los que se estructura el mercado laboral y donde se agrupan distintos perfiles de trabajadores y trabajadoras se caracterizan por contar con diferentes condiciones laborales y con remuneraciones que varían según el segmento donde se inserta cada trabajador/a.
En este sentido, trabajadores y trabajadoras con ciertos perfiles -en términos de las oportunidades que ofrece el mercado- sólo acceden a ciertos segmentos y, a su vez, estos segmentos se van consolidando a partir de los perfiles de trabajadores/as que se incorporan.
Otro indicador que nos aproxima a las inequidades de género que se expresan en el espacio del trabajo remunerado es el de los salarios promedios percibidos por varones y mujeres. En ese sentido, si hacemos el ejercicio de ordenar los distintos sectores de actividad de mayor a menor remuneración mensual percibida e identificando cuál es el grupo más representado en cada uno de ellos, se evidencia claramente cómo esta segmentación se traduce en inequidad salarial.
Un ejemplo de ello lo observamos al comparar el sector de la construcción con el del servicio de casas particulares, que son, respectivamente, sectores totalmente masculinizados o feminizados. En el caso del servicio de casas particulares, este sector está compuesto en un 98% por mujeres, y el de la construcción, por un 97% de varones. La diferencia del salario promedio entre unos y otras es del más del doble, el 59%. El salario promedio de las mujeres, en el segundo semestre del 2012, era de de $1016 y el de los varones $2470.
Otro dato a tener presente es la gran diferencia existente entre los salarios que perciben los trabajadores/as registrados/as respecto de los no registrados. En el caso de las mujeres que no están registradas, ellas ganan un 60% menos que las mujeres que sí lo están; mientras que los varones que no están registrados ganan un 49% menos respecto de los varones que están registrados. Por último, es destacable que si bien las diferencias de promedios salariales siempre son negativas para las mujeres, la amplitud de la diferencia disminuye al analizar la brecha salarial horaria, lo cual puede ser explicado por los patrones socioculturales por los cuales son las mujeres las que articulan vida pública y vida privada, en búsqueda de compatibilizar ambas actividades.

- 5-
Quiénes perciben la AUH

Según datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a febrero de 2012, un 90,5% de los y las titulares de la asignación eran desempleados/as, un 4,5% se desempeñaba en el sector informal, y un 4,4% en el trabajo en casas particulares.
El titular del beneficio es un adulto; en un 90% de los casos, se trata de mujeres. Esta presencia mayoritariamente femenina debe ser leída en clave de las condicionalidades e incompatibilidades que el decreto presenta.

5.1. Mujeres, limitaciones, condicionalidades

En relación con el alto nivel de mujeres, es destacable que, desde la promoción del programa, hubo un explicito interés y búsqueda de que las titulares del beneficio fueran las mujeres, tal como se expresa en la Resolución 393 de la ANSES, en su artículo 10, así como lo expresado por un funcionario de la ANSES: "se instruyó para que fueran las madres quienes recibieran la asignación, ya que ellas lo gastarán en lo necesario". O, como lo expresado Gladys (madre de dos hijos. Su pareja trabaja realizando instalaciones de gas y viaja constantemente, motivo por el cual pasa largos períodos fuera de la casa): "cuando venían a difundir el programa, nos decían que teníamos que ser nosotras las que nos inscribiéramos", "la asistente social les explicaba a las mamás que ellas son más responsables que los papás para cuidar a sus hijos", "sí, las mamás somos más responsables, siempre recae sobre nosotras, aunque yo creo que debería cambiar y deberíamos compartirlo".
Las condicionalidades que las mujeres deben cumplir son, en el caso de ser madres de menores de hasta cuatro años de edad, acreditar el cumplimiento de los controles sanitarios y, en el caso de ser madres de niños de entre cinco y dieciocho años, deben acreditar la asistencia a un establecimiento educativo público8.
La condicionalidad de la constancia de asistencia escolar es la misma que se requiere en el trabajo registrado para cobrar la asignación por hijo. En este sentido, en el empleo registrado no se pide la constancia de salud, pero sí es requerida la libreta sanitaria en las escuelas. Acá nos preguntamos si es posible analizar esta condicionalidad como una acción que se traduce en carga para las mujeres. Mirada desde una postura teórica, podríamos decir que refuerza rol tradicional, lo cual, de hecho, compartimos. Pero es justamente aquí, y a partir de resultados de investigaciones anteriores (Goren 2011, 2012) y de lo presentado en este trabajo, que nos preguntamos, por un lado, si se puede considerar una recarga el hecho de seguir haciendo lo que se venía haciendo, a la luz de la forma en que las mujeres se apropian del programa y del recurso económico por él otorgado y, por el otro, si podemos interpelar a un programa como una expresión en sí misma, sin ubicarlo en una matriz de diseño y concepción común con otras acciones, para buscar un conjunto de propuestas articuladas que contemplen las distintas dimensiones que deberían estar presentes para cambiar esta relación inequitativa. Con esto nos preguntamos hasta qué punto, sostener que el programa refuerza los roles de género, no nos limita para poder observar la complejidad de lo social e indicios de cambios y/o corrimientos generizados que se van produciendo, de modo de permitirnos proponer acciones integrales para la superación de la tradicional división social y sexual del trabajo.
Ahora bien, al mirar de de manera conjunta la formulación de la resolución a la luz de la dinámica del "mercado de trabajo", surge otro interrogante: ¿cómo se formularía un programa que promoviera cambios en los roles de género, y más específicamente en la división sexual del trabajo?
Para ello proponemos mirar las condicionalidades a la luz de las prácticas laborales remuneradas de las mujeres perceptoras de la AUH. En párrafos anteriores señalamos que estas mujeres se sitúan en los sectores de más bajos ingresos9, y que en su mayoría no participan en el "mercado de trabajo" y, si lo hacen, lo realizan en los sectores que perciben los más bajos ingresos y padecen las peores condiciones laborales. En este sentido, el decreto determina que la asignación prevista es incompatible con el cobro de prestaciones contributivas o no contributivas de orden nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; es decir que acceden a la AUH aquellos menores cuyo padre o tutor no se encuentre incluido en el régimen contributivo de asignaciones familiares o que no sea beneficiario de alguna pensión no contributiva, tal como figura en el artículo 9 del decreto complementario. Art. 9: "La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nro. 24.013, 24.241 y 24.714 y sus respectivas modificaciones y complementarias".
Las mujeres, entonces, principales receptoras de este beneficio, quedan excluidas de otras prestaciones, como lo son otros programas que se promueven desde el Estado Nacional "en búsqueda de mejorar las condiciones de empleabilidad de la población". Podría suponerse entonces que su acceso al mercado de trabajo en mejores condiciones y con ello la posibilidad de mejorar sus competencias laborales quedan claramente restringidos. Ahora bien, el término empleabilidad se define como la capacidad que tienen los individuos de acceder a un empleo, derivada de sus atributos y habilidades personales. Se supone así que las características personales de los trabajadores y las trabajadoras explicarían su situación laboral; no obstante lo cual, en las últimas décadas, las principales determinantes del desempleo y de la precariedad laboral se encuentran en las condiciones dadas por la demanda de empleo, que está fuertemente segmentado por sexo y por sector social de pertenencia. Al respecto, y tal como señalamos en otro apartado, persisten elevadas tasas de informalidad laboral y de ausencia de registro, lo que se da aún más entre las mujeres. Entonces, esa incompatibilidad ¿afecta realmente la posibilidad de inserción laboral de las mujeres, en un mercado caracterizado por la segmentación laboral, donde los territorios femeninos y masculinos están fuertemente consolidados? ¿No se debería pensar cómo incidir en los determinantes de los procesos de demanda laboral y cambios en la organización de los tiempos de trabajo y espacios de cuidado infantil y servicios de cuidado para adultos, de manera articulada y conjunta?
Ahora bien, si tal como se viene desarrollando a lo largo del trabajo, partimos de la propuesta de que las modificaciones de las relaciones de género deben tener en cuenta la relación entre el espacio público y el espacio privado, y que ambos deben ser pensados de manera conjunta y articulada; entonces, nos preguntamos -y esto también a partir de que, históricamente, son las mujeres quienes se han ocupado de la organización familiar- qué es lo que ocurriría si, como propuesta para no sobrecargar de tareas a las mujeres, fueran los varones los que recibieran el ingreso monetario.
Si pensamos en ese escenario, en el que los varones fueran los perceptores de este ingreso, ¿van a ser ellos quienes cumplan las condicionalidades? ¿La percepción de un monto de dinero por parte de los varones implicaría un cambio en términos de relaciones de género? La respuesta, sin lugar a dudas, es que no. Todo nos haría suponer que van a seguir siendo las mujeres las que lleven adelante las condicionalidades, pero en este caso, sin retribución económica y con la pérdida de las afirmaciones conquistadas a través del ingreso monetario. Si se les quita a las mujeres la posibilidad de percibir un ingreso monetario, al mismo tiempo se les está impidiendo el empoderamiento y la posibilidad de pensarse a sí mismas desde otro lugar, cuestión recalcada en diversos estudios, y respecto de la cual, aclaramos, pensamos que no implica por sí misma situaciones más equitativas, pero sí corrimientos generizados.
A su vez, podríamos suponer que se estaría más lejos aún de alcanzar la corresponsabilidad tan necesaria para pensar en otro modelo de división sexual del trabajo.
La corresponsabilidad social requiere, por un lado, sumar a los varones y, por el otro, incluir a otros actores sociales. De lo contrario, podría ocurrir que desde la protección social se demande la participación de los varones, mientras que desde el mercado laboral se les impida. Esto nos lleva a pensar desde un sistema de licencia más amplio hasta otro tipo de organización de las relaciones laborales, que contemple tanto la demanda como la organización de los tiempos de trabajo.
Otro aspecto destacable es que la AUH incide directamente en el incremento de niños y niñas que se insertan en el sistema educativo10. Este factor hay que mirarlo en clave de uno de los condicionantes de la participación laboral femenina, que son las tareas de cuidado. De acuerdo con algunas investigaciones, ese tiempo que los chicos permanecen en la escuela significa más tiempo disponible para las mujeres. Aunque éstas se vean limitadas para insertarse en empleos formales de ocho horas diarias, ese tiempo supone para ellas la alternativa de poder articular los tiempos con otras personas para pensar en esta posibilidad, o bien les permite disponer de un tiempo de espacio propio.
Todo esto nos lleva a preguntarnos si podemos interpelar un programa en sí mismo como portador o inhibidor de cambios y, a su vez, si los cambios que se pide que sean incluidos en un programa no tendrían los efectos contrarios a los buscados.

- 6-
Reflexiones finales

El desafío del presente trabajo fue enfrentar los supuestos de un programa de transferencia condicionada de ingresos como lo es la Asignación Universal por Hijo, con las potencialidades y limitaciones que tiene para modificar la división sexual del trabajo.
La AUH, en su formulación discursiva, expresa las categorizaciones y formas de reproducción de un modelo societal tradicional. No obstante, este modelo no se ve cristalizado al ser puesto en diálogo con las formas que las mujeres viven y actúan su cotidianeidad.
Hemos realizado un recorrido desde los supuestos que subyacen al programa, sus condicionalidades y limitaciones, y lo hemos confrontado con la forma que asume la división sexual del trabajo, centrándonos en el "mercado de trabajo". En este camino, nos han surgido nuevas preguntas y dudas, que hemos presentado a lo largo del texto, y también hemos sugerido nuevas propuestas. Todo esto no hace más que volver a señalar la complejidad y variedad de factores que se presentan en esta construcción. En el curso de esta investigación se ha hecho evidente una paradoja: el programa, por un lado, se guía por los estereotipos de género y exige a las mujeres el consabido maternaje, mientras a la vez parece promover la búsqueda de una afirmación subjetiva y de otras formas de resignificar este mandato. Quizá sea esta forma híbrida la que le otorgue complejidad a la matriz explicativa, en la que aspectos tales como la situación social de pertenencia, las características de un "mercado de trabajo" fuertemente segmentado, las oportunidades que se encuentran en sus entornos, así como una mayor visibilidad de los derechos femeninos nos han dado indicios de por dónde podemos seguir pensando el camino hacia la autonomía.

Notas

1 Este trabajo se enmarca en el proyecto "Red Interuniversitaria sobre Democratización, Políticas Sociales, Género y Trabajo", que cuenta con financiamiento otorgado por el Ministerio de Educación para el Fortalecimiento de Redes Interuniversitarias para el período 2011-2012.

2 Si bien el término "mercado de trabajo" presenta grandes limitaciones para los análisis abordados desde una perspectiva de género, es sobre su supuesto que se diseña el programa que consideraremos, motivo por el cual consideramos relevante usarlo, tanto porque los datos estadísticos están elaborados a partir de él, como para pensar en propuestas de políticas.

3 Entendemos el concepto de autonomía en tanto el derecho de las personas a defender sus intereses y a controlar sus vidas y sus circunstancias.

4 Si bien existen diferentes contenidos que se le otorgan al concepto de "exclusión", nosotras la entendemos como la negación de ciudadanía, lo que impide la pertenencia a una comunidad de derecho. La exclusión es un proceso relacional, definido por normas socialmente construidas que ordenan las relaciones sociales y vuelven los comportamientos previsibles, ya sea que esas normas estén o no legalmente formuladas (Fleury 1998: 8).

5 En un principio, dicho monto fue de $180 mensuales por cada menor de 18 años y de $720 por cada hijo con discapacidad. Posteriormente, en septiembre de 2010, ha pasado a $ 220 mensuales por menor y $ 880 para cada hijo con discapacidad y actualmente es de $270 y $1080, respectivamente.

6 Entre los trabajadores formales este beneficio se percibe para salarios hasta $4.800, mientras que el SVM es actualmente de $1.740.

7 Los datos presentados en este apartado corresponden a procesamiento especiales de la EPH correspondientes al segundo semestre del año 2012 (Goren 2013; CEMyT).

8 En el caso de las mujeres embarazadas, las condiciones están dadas por el registro en el Plan Nacer del Ministerio de Salud: cumplir con cinco controles, exámenes generales -odontológicos, de sangre, vacunación previa y posterior al parto, ecografías- y participar en actividades informativas sobre su cuidado y el del recién nacido/a.

9 Según datos del MTEySS, las mujeres que se perciben al AUH se sitúan en el primer y según percentil de ingresos (2012).

10 La discusión, que si bien no es tema de este trabajo resulta sustancial respecto de este punto, nos remite, por un lado, a la calidad y disponibilidad de instituciones escolares para que pueda cumplirse esta condicionalidad, y por el otro, a la duración jornada escolar. La pregunta es si el esta jornada no debería ampliarse, de modo que las madres dispusieran de más tiempo.

Bibliografía

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Recibido: 20 de marzo de 2013.
Aceptado: 8 de abril de 2013.