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La aljaba

versión On-line ISSN 1669-5704

Aljaba vol.19  Luján  2015

 

ARTÍCULOS

Repensando el concepto de ciudadanía: aportes de las mujeres pampeanas receptoras de la AUH

Rethinking the concept of citizenship: contributions of women from La Pampa who receive the AUH

 

Betsabé Policastro

Instituto de Estudios Interdisciplinario de la Mujer – Facultad de Ciencias Humanas – Universidad Nacional de La Pampa

 


Resumen

El presente artículo busca dar cuenta de las formas de definir a la ciudadanía que tienen las propias mujeres. Para este trabajo se utilizaron 14 entrevistas realizadas a mujeres pampeanas receptoras de la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social (AUH). La ciudadanía es un término ampliamente utilizado en las ciencias sociales para dar cuenta de los procesos complejos de inclusión/exclusión, este artículo intenta repensar esas definiciones a partir de las voces de las mujeres pampeanas.

Palabras Claves: Género; Ciudadanía; Política social.

Abstract

We propose in this article make an approach to gender issues and the This article is about the ways women define citizenship. For this work, 14 interviews to women from La Pampa who receive the Asignación Universal por Hijo para la Protección Social (AUH) were used. Citizenship is a widely used term in the social sciences to describe the complex processes of inclusion/exclusion. This article attempts to rethink those definitions based on the voices of women from La Pampa Province.

Key words: Gender; Citizenship; Social politic.

Sumario: 1. Introducción, 2. Asignación Universal por Hijo/a para la Protección Social (AUH), 3. Repensando el concepto de ciudadanía, 4. Aportes a la subsistencia, 5. Trayectorias laborales y formalidad laboral, 6. Posibilidad de estudiar. Expectativas de progreso, 7. Derecho a la asistencia, 8. Experiencias de mayor autonomía: hacia el empoderamiento, 9. Emancipación de los planes, 10. Consideraciones finales.


 

1. Introducción

El presente artículo busca dar cuenta de las formas de definir a la ciudadanía que tienen las propias mujeres. Para este trabajo se utilizaron 14 entrevistas realizadas a mujeres pampeanas receptoras de la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social (AUH).1 Este programa social, enmarcado en los conocidos Programas de transferencia Monetaria Condicionada, considera que las mujeres/madres son las encargadas de distribuir los recursos monetarios que se transfieren hacia el bienestar integral de sus hijos/as.

La ciudadanía es un término ampliamente utilizado en las ciencias sociales para dar cuenta de los procesos complejos de inclusión/exclusión tanto en los ámbitos económicos, sociales como políticos. Ha habido múltiples maneras de definir el concepto a partir de los aportes de T. Marshall. Este artículo intenta repensar esas definiciones a partir de las voces de las mujeres pampeanas. Los sectores discriminados, en este caso: las mujeres pobres receptoras de planes sociales, ¿siguen demandando al Estado lo mismo que décadas atrás en términos de ciudadanía plena?, ¿cómo definen al ser ciudadano?, ¿qué tensiones se producen entre los aspectos formales y los reales de la ciudadanía? Estas son preguntas que guiarán el presente artículo. Si bien, la temática es amplia y compleja, en las páginas siguientes se buscará realizar aportes concretos y regionales a partir del estudio de las percepciones de las mujeres pampeanas sobre la AUH y sobre la construcción de su propia ciudadanía.

2. Asignación Universal por Hijo/a para la Protección Social (AUH)

El programa denominado Asignación Universal por Hijo/a para la Protección Social (AUH) fue implementado en la Argentina en noviembre de 2009, mediante el decreto del PEN 1602/09 que rectifica la Ley 24.714 de Asignaciones Familiares (AAFF).2 Este programa social es una prestación no contributiva, similar a la que reciben los hijos de los trabajadores formales, destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en el país que no tengan otra asignación familiar prevista por la presente ley y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal siempre que no superan el monto del salario mínimo, vital y móvil.3 Posteriormente, se incluyó a los hijos e hijas del personal doméstico con sueldo inferior a dicho salario (Resolución 393/09). Además, se incorporaron a los/as niños/as de los trabajadores temporarios registrados en el sector agropecuario que recibirán la remuneración del régimen de AAFF mientras desarrollen la actividad y la AUH en los meses que no estén trabajando, es decir que cobrarán el salario familiar todo el año bajo las dos modalidades. De esta manera, las asignaciones familiares se universalizan a todos los desocupados y trabajadores informales.

La AUH tiene como particularidad que las familias beneficiarias no son aquellas catalogadas como pobres con hijos a cargo, sino que la referencia es la situación laboral de los padres ya sea porque se encuentran desocupados o en el sector informal incluyendo a los monotributistas sociales a los trabajadores temporales del sector agropecuario (con reserva de puesto de trabajo) y al empleo doméstico.4 En este sentido se puede señalar que la AUH es un avance en la genealogía de programas implementados desde la década del ´90 y que se fueron extendiendo a medida que aumentaban los problemas de ingresos de los grupos más vulnerados. Este tipo de programas responde a tres tendencias:

1) avance hacia el otorgamiento de beneficios en dinero; 2) avance hacia el reconocimiento de beneficios teniendo en cuenta los menores a cargo; 3) obligación de realizar contraprestaciones, moviéndose desde la obligación de realizar alguna actividad laboral (Programa de Jefes y Jefas de Hogar Desocupados) hacia el cumplimiento de requisitos en las áreas de salud y educación (Programa Familias y ahora Asignación por Hijo). (Lo Vuolo, 2009:4).

Este autor señala que un elemento novedoso es la adaptación de las instituciones de esta política pública a los límites impuestos por los cambios en el empleo y la familia; sin embargo, no se puede hablar de una desfamiliarización y desmercantilización de esta prestación por el fuerte acento que pone en la responsabilidad familiar del bienestar y en el mercado como otorgador de estatus de beneficiario –ser hijo de desocupado o empleado informal-.

Este beneficio es financiado con recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del ANSES. Como característica principal de este programa se destaca que el cobro de la AUH es incompatible con la percepción de cualquier otro tipo de plan social, con excepción de los alimentarios.

El monto de la AUH inicialmente, en el mes de noviembre de 2009, fue de 180 pesos para los hijos/as hasta 18 años y 720 pesos para los hijos e hijas discapacitados/as sin límite de edad. El monto a transferir, al igual que en las AAFF, responde exclusivamente a una decisión política dado que no están reglamentados los aumentos o ajustes periódicos -una de las fuertes críticas al programa-. El 80% de la prestación se percibe directamente en forma mensual, mediante una tarjeta electrónica, y el 20% restante se deposita en una cuenta a nombre del receptor/a del beneficio cuyo saldo podrá ser retirado una vez al año, a principios de cada año lectivo, al quedar acreditados tanto la concurrencia del niño/a a la escuela pública del ciclo escolar anterior (a partir de los 5 años de edad), como el cumplimiento del plan de vacunación (hasta los 4 años) y los controles sanitarios. Desde su implementación, el monto ha aumentado un 156% en el caso de los niños, niñas y adolescentes y un 108% en el caso de hijos/as discapacitados/as

Desde el 1º de mayo de 2011 este beneficio se extiende a las mujeres embarazadas y que se hallen inscriptas en el Plan Nacer5; y se denomina Asignación Universal por Embarazo (AUE). Estas mujeres deben acreditar las mismas características laborales que las personas receptoras de la AUH y las condicionalidades son aquellas previstas en el Plan Nacer. El beneficio monetario es idéntico a la AUH y se comienza a cobrar en la semana 12 (cuando se acredita el embarazo) y hasta la 42 o la pérdida del embarazo; el mismo es el 80% de la prestación vigente y el 20% restante y acumulado se obtiene al momento de acreditar los requisitos señalados. Luego de producido el parto, este beneficio se mantiene aunque se redefine su estatus y se inscribe al niño o niña como beneficiario de la AUH en caso que su madre mantenga la situación laboral prevista en el programa. Algunos autores consideran que la Asignación Universal por Embarazo es "es un híbrido entre la Asignación Pre­Natal y la Asignación por Nacimiento, ambas presentes en las trabajadoras formales" (Arcidiácono et al. 2011:9).

El beneficio se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado (por ejemplo un abuelo/a, un tío/a, hermano/a mayor de 18 años), por cada menor de 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado. En el decreto de creación no se especifica que se privilegie a la madre como encargada del cobro del beneficio pero en la reglamentación se especifica en el artículo 10 que "cuando la tenencia del niño, adolescente o persona discapacitada sea compartida por ambos padres, la madre tendrá prelación sobre el padre en la titularidad de la prestación" (Res. 393/09). Este artículo explica que más del 90% de las receptoras del beneficio son mujeres.

Esta asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños/as por familia. En el caso de las familias con 7 hijos o más que se encuentren en la informalidad laboral pueden ser beneficiarias de la Pensión No Contributiva para Madres de 7 o más hijos implementada en la década del ’90.6 Por lo tanto, quedan en una situación de extrema vulnerabilidad y desprotección aquellas familias con 6 hijos que solo obtendrían la AUH por 5 hijos. El artículo 9 de la resolución de reglamentación señala "cuando el grupo familiar se encuentre integrado por más de cinco (5) niños, adolescentes o discapacitados, la Asignación Universal por Hijo para la Protección Social será abonada considerando en primer término a los discapacitados y luego a los demás niños y adolescentes de más baja edad hasta llegar al tope de cargas familiares permitidas el artículo 14 bis de la Ley Nº 24.714, incorporado por el artículo 5º del Decreto Nº 16/02. Asimismo, la totalidad de los niños, adolescente y/o discapacitados que conforman el grupo familiar deberán cumplir con los requisitos de sanidad, vacunación y escolaridad exigidos por la presente reglamentación independientemente que los mismos generen derecho a la prestación" (Art. 9 – Res. 393/09). Si bien, esta situación está relacionada con el temor gubernamental de distorsionar el mercado de trabajo al "ofrecer alternativas más rentables para las personas" que la subocupación, la precariedad extrema, etc., la intención es que los hogares no puedan superar el monto de la Canasta Básica de Alimentos con prestaciones sociales, así como el no fomento de la natalidad, produciéndose un bache técnico con "el 6º hijo". Simultáneamente esta desprotección del 6º hijo marca una desigualdad respecto a los beneficiarios del régimen de AAFF dado que los hijos/as de trabajadores perciben la asignación familiar por cada hijo o hija menor de 18 años (o menor de 25 años si estudia) independientemente de la cantidad. Además, es importante detenerse en que el Estado se atribuye la potestad de exigir las condicionalidades previstas por el programa a ese 6º hijo sin que éste sea titular de ningún derecho, podría hablarse de una actitud policial por parte del Estado hacia las familias en situación de vulnerabilidad.

Según datos oficiales, la cantidad de niños, niñas y adolescentes que reciben la AUH comenzó siendo de 3.398.637 en noviembre de 2009, alcanzó su pico mayor en mayo de 2010 con 3.580.847 y su valor menor en agosto de 2012 con 3.281.825 beneficiarios/as. La cantidad de personas receptoras del beneficio, es decir los padres o madres de los chicos/as menores de 18 años, oscilaron entre 1.810.150 y 1.862.862 desde su implementación hasta mayo de 2014 según datos oficiales.7 La distribución de la titularidad de la AUH se concentra en la mujer/madre. Cabe aclarar que esta tendencia se ha ido acrecentando; en agosto de 2010 el 89,4% de las titularidades estaban en manos de las mujeres, hacia mayo de 2014 este valor ascendió al 97,1% (situación acorde con la disposición que enuncia que las AAFF las cobre la madre independientemente de su situación laboral)8. La cantidad de las personas receptoras se concentran entre quienes tienen de 20 a 40 años (el 74,2% de los casos). Esta distribución etárea coincide con la edad reproductiva de la mujer dado que el beneficio se otorga al tener hijos/as.

Respecto a la cantidad de embarazadas que acceden al beneficio en sus inicios (mayo de 2011) eran 29.494 mujeres, este valor fue aumentando rápidamente con la incorporación de nuevas beneficiarias en los meses siguientes alcanzando el mayor valor de prestaciones en el mes de diciembre de 2011. Este valor comenzó a disminuir y en mayo de 2012 eran 50.486 las beneficiarias de la AUE.

La cantidad de beneficiarios que recibían esta prestación en todo el país en octubre de 2010 era superior al 3,4 millones de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años. Estos niños correspondían a 1,8 millones de hogares lo que mostraba que el promedio de hijos/as, beneficiarios de la AUH, por hogar era menor a 2. En la provincia de La Pampa, la cantidad de chicos beneficiarios/as era de 26.597, un 0,7% sobre el total del país.

3. Repensando el concepto de ciudadanía

La concepción clásica de ciudadanía se ha construido, especialmente, a partir del aporte teórico de Thomas Marshall. Según este autor, la ciudadanía se define como el conjunto de derechos y obligaciones que vincula el individuo a la pertenencia plena a una sociedad (Marshall, 2004). El debate que continúo durante el siglo XX y el actual ha sido muy fructífero dando lugar a múltiples aportes desde las diferentes perspectivas teóricas de las ciencias sociales.

Para Laura Pautassi "la ciudadanía es tan antigua como la existencia de la comunidad. Define a quienes son considerados miembros de la sociedad y a quienes no lo son" (2000:66). Es importante tener en cuenta que la noción de ciudadanía no es ahistórica, sino que se presenta como un ámbito relacional. Por lo tanto, se puede afirmar, siguiendo a Nora Aquín, que "el concepto de ciudadanía alumbra los fenómenos de integración -y por lo tanto de exclusión- que se producen en los miembros de una nación cuyas titularidades son homogéneas, pero sus provisiones son asimétricas" (Aquín, 2003:19). Otro autor como Held (1997) considera que la "ciudadanía implica la lucha por la pertenencia a, y la participación en, la comunidad, su análisis abarca el examen de los modos en que los diferentes grupos pugnaron por conquistar grados de autonomía y control sobre sus vidas vis a vis las distintas formas de jerarquía, estratificación y opresión política" (Held, 1997:54).

Además, en la Argentina pos década del ‘90 y crisis del 2001-2002 el escenario social que otorga al mercado un rol central en la construcción de ciudadanía social y plena ha erosionado. Maristella Svampa señala que

…dada la existencia -endémica- de la precariedad laboral y de situaciones de informalidad laboral, ligadas a redes de sobrevivencia, históricamente el corte entre ocupación y desocupación no aparece del todo claro (…) Por ello, el proceso de ciudadanización se fue construyendo de manera inacabada y siempre ininterrumpida (…) en la intersección de un modelo nacional-popular que extendió en términos político-simbólicos el horizonte de pertenencia a la Nación, y la inclusión efectiva, material, en redes de sobrevivencia, cuya base no eran exclusivamente las instituciones estatales" (Svampa, 2005:74).

Vale agregar que, desde los sectores populares, se cuestiona al Estado el rol de provisión de bienestar y se redefine la ciudadanía a partir de nuevas demandas.

Las políticas sociales tienen un rol sumamente relevante para lograr la integración social de grupos sociales en situación de vulnerabilidad o minoritarios a raíz de los sistemas de estratificación de las sociedades modernas (Bustelo, 1996; Fleury, 1997; Grassi, 2003; Soldano y Andrenacci, 2005; Tenti Fanfani, 1991, entre otros). No solamente se consideran a las clases sociales sino a otras formas de diferenciación social como es el género, la etnia y/o la edad. Marshall consideraba que "los sistemas de seguridad social no [suponen] la eliminación de las diferencias de ingreso, como en el caso de la supresión de las clases sociales así definidas, sino la eliminación de las diferencias de status social que pueden originarse, entre otras cosas, en las desigualdades de ingreso" (citado por Sojo, 2002:28). En este sentido es válido preguntarse cuáles son los aportes concretos de una política social actual en la Argentina como es la AUH y cuáles son las formas de conceptualizar a la ciudadanía por parte de las mujeres receptoras. A tales fines se presentarán y analizarán voces de mujeres pampeanas. ¿Cómo definen actualmente las mujeres "el ser ciudadano"?, ¿cuáles son sus demandas al respecto? son preguntas que guiarán este articulo.

Entre las formas de definir a la ciudadanía a partir de la recepción de la AUH las mujeres pampeanas mencionan: los aportes reales a la subsistencia familiar, en especial en lo referido a la alimentación y la vestimenta; la posibilidad de elegir que se traduce en las trayectorias laborales y la posibilidad de estudiar; la consideración de la asistencia por parte del Estado como un derecho adquirido a partir de la situación de vulnerabilidad y/o exclusión; el empoderamiento y autonomía que genera la obtención de un ingreso monetario; y por último las expectativas sobre la emancipación de la prestación.

4. Aportes a la subsistencia

Las mujeres despliegan una serie de estrategias de manera conjunta para lograr la supervivencia de sus hijos, en especial en lo referido a la alimentación: desde pedir plata prestada hasta el cirujeo. Sigue vigente la idea que "para una enorme porción de hombres y mujeres desocupados o con trabajo precario, inestable y mal remunerado, la preocupación por estar mejor, vivir mejor, progresar, salir de la pobreza, sigue siendo la principal meta" (Mallimaci y Salvia, 2005: 20). Aunque la recepción de las prestaciones sociales les otorga cierta previsibilidad y permite que no desarrollen, o lo hagan en menor medida, actividades que no desean se evidencia la provisionalidad de las estrategias de supervivencia desplegadas.

El impacto de este programa en la mejora de las condiciones de vida de las familias beneficiarias es claro, y a la vez vivenciado por las mujeres entrevistadas. Ellas así lo señalan:

"A mi sí, me beneficia. Yo lo necesito, a mi con mi sueldo no me alcanza (…) aparte mi marido no tiene trabajo fijo." (Antonella, 24 años).

"…yo cuando no tenía el salario salía a buscar cosas por ahí, cosas que la gente tiraba o los negocios de comida o verdulerías, también" (Luciana, 24 años).

"…hubo meses que me quedaba sin trabajo y eso me ayudaba mucho. Por lo menos no me desesperaba tanto porque tenía con qué ponerles un plato de comida a mis hijos. Además evitaba que ande pidiendo prestado por ahí para la comida" (Nelly, 39 años).

"…porque ayuda mucho, mucho. (…) Siempre me ha ayudado para los chicos. Como que uno a fin de mes sabe que va a tener ese dinero, para las cosas que los chicos necesitan" (Gabriela, 32 años).

Estas voces dan cuenta de las múltiples intersecciones que se establecen entre las estrategias de supervivencia que despliegan las mujeres, donde la recepción del plan es concebida a partir de diversos significados asociados a la reproducción doméstica.

5. Trayectorias laborales y formalidad laboral

Las mujeres que trabajan señalan que el motivo principal es la necesidad de obtener un ingreso que complemente al de su pareja o en función que son ellas el único sostén de su hogar. Varias relatan que empezaron su trayectoria laboral de muy chicas desarrollando tareas vinculadas al cuidado.

"Yo trabajé de mil cosas, pero antes de quedarme embarazada trabajaba cuidando chicos" (Hilda, 33 años).

"Mi mamá me mandó de niñera a los 9 años y cuando terminé la primaria a una casa cama adentro" (Nelly, 39 años).

"… cuando estábamos en el campo trabajaba con un vecino a los 15 años. Le cuidaba una nenita" (Fabiana, 45 años).

"Empecé re-chica. Cuidaba a unas nenas cuando tenía 14" (Daniela, 18 años).

Al momento de indagar respecto qué les aporta el trabajo, además del beneficio económico, manifiestan claramente, independientemente de su edad o su nivel educativo, aspectos simbólicos como la dignidad, la utilidad, el ejemplo a los hijos y el agrado. Así nos lo comentan

"el trabajo como que te dignifica como persona, por lo menos eso es lo que me han enseñado mis padres y yo les he mostrado a mis hijos. Yo trabajo también porque me gusta, como que me siento útil. Por varios motivos, porque les puedo llevar un pan a la boca a mis hijos. A mí, aunque pudiera, no me gustaría quedarme en mi casa todo el día. Como que me hace bien, me siento mejor" (Fabiana, 45 años).

Respecto a la formalidad laboral, las mujeres que trabajan como empleadas domésticas no manifiestan que suponga un cambio significativo en sus condiciones de vida. El resto de las mujeres consultadas no hicieron ninguna referencia a la formalidad laboral. Probablemente se puede pensar que es una realidad que ven como muy lejana, y que en algunos casos prima la confusión y temor respecto a perder la AUH. Esta "cultura del trabajo", tan presente en el imaginario social argentino (herencia del pleno empleo de la década del 40) aparece como una utopía cuestionadora del presente pero como tal se presenta de manera irreal y lejana.

Una mujer que señala que logrará la inserción laboral formal, con la seguridad que supone en términos monetarios y de organización del tiempo, nos comenta le permitirá planificar la realización de otras actividades como estudiar una carrera universitaria, que vive como una "deuda pendiente".

En suma, la formalización en el empleo no se presenta como una demanda real o considerada como parte de la ciudadanía según perciben las mujeres pampeanas entrevistadas.

6. Posibilidad de estudiar. Expectativas de progreso

Las mujeres que actualmente se encuentran estudiando expresan que supone un esfuerzo que están dispuestas a hacer, por el valor que le asignan a la educación como medio de progreso y ascenso social.

"…hay días que llego a casa y me pongo re-mal y digo "yo no puedo más". Me dan ganas de tirar todo y no hacer nada más pero no" (Antonella, 24 años).

"Me gusta la docencia en el aula. Bueno, y este año que se me hace mucho más difícil estudiar porque yo me fui a vivir con mi pareja, con el papá del nene y eso, la casa, el marido y todo eso y el trabajo" (Clara, 22 años).

Todas las entrevistadas conciben a la AUH como una ayuda transitoria y momentánea, que cuando terminen sus estudios no van a necesitar más este tipo de asistencia.

"[La AUH] para mí es un ayuda importantísima, a mi cada vez que recibo estas ayudas me dan estos empujones de decir ya que tengo ayuda me apuro con el estudio. (…) Yo no quiero recibir esto siempre. (….) cuando me reciba ya no lo voy a necesitar más" (Clara, 22 años).

En el caso de las mujeres que no han terminado el nivel de enseñanza primaria o media, algunas de ellas expresan el deseo de retomar sus estudios y terminarlos, e incluso empezar una carrera universitaria o terciaria. Nos dicen:

"Me gustaría, si me acomodo, terminar el secundario de noche" (Hilda, 33 años).

"Así, yo terminé el primario de noche. Trabajaba en una casa y la señora me ayudaba con las tareas y cuando terminaba me iba a la escuela, antes de quedar embarazada. Me gustaría estudiar aunque sea con un libro en casa, no sé que me den para estudiar en mi casa. Si, si, eso me gustaría" (Gabriela, 32 años).

"y a mí me gustaría ir la universidad, así me imagino dentro de unos años, yendo a la universidad" (Karina, 28 años).

"… me quedé embarazada de Lola cuando tenía 13 años y ahí la deje, viste en ese tiempo no te dejaban ir con la panza y con la nena. Pero bueno, yo tengo las ganas de terminar y poder estudiar de enfermera, me encanta eso" (Luciana, 24 años).

Las mujeres con secundario completo manifiestan explícitamente su deseo de seguir estudiando una carrera terciaria. Muchas de ellas han abandonado sus estudios a partir del hecho de ser madres y tener que dedicarse a las tareas de cuidado sin poder compatibilizar ambas cosas, en algunos casos por falta de apoyo familiar, otras por la necesidad de trabajar y otras por la ausencia de oferta estatal para las madres con niños pequeños, lo cual atenta contra la construcción de ciudadanía de las mujeres.

Las expectativas respecto a la educación como progreso y posibilidad de ascenso social se expresa claramente en los deseos hacia los hijos e hijas. "…Sí terminan el secundario van a tener un buen trabajo" es una frase que se repite; asimismo pone en evidencia el carácter casi mágico que se le asigna a la educación, ya sea para imaginar un futuro mejor como para explicar las propias situaciones de vulnerabilidad: "si yo tuviera un estudio tendría más plata".

7. Derecho a la asistencia

Se evidencia una confusión respecto al asistencialismo y al derecho a ser asistido ante situaciones de vulnerabilidad social. Sin embargo, se reafirma el ser pobre como un status que otorga el derecho y que el principal responsable de dicho otorgamiento es el Estado, "el Estado debe ocuparse que todos estemos bien". De esta manera, hay una exaltación de la pobreza como identidad social (Zibecchi, 2013; Goren, 2003), que, en el caso de las mujeres pampeanas entrevistadas, es asumida como un derecho. Así nos decían

"Las personas que trabajan ya reciben algo de dinero para comprar las cosas a sus hijos y los que no teníamos trabajo no teníamos nada de nada. Yo también quiero que me ayuden en un momento como este que no tengo trabajo (…) Es como que el gobierno te tiene que dar para que estés bien" (Luciana, 24 años).

"… está bien que me ayuden, soy pobre, es mi derecho. El Estado debe que ocuparse que todos estemos bien, es su obligación" (Nelly, 39 años).

"Es un derecho, pero también hay otros…trabajar, votar…estudiar…. Tener una casa…. Y el Estado tiene responsabilidad en todos, se tiene que ocupar" (Karina, 28 años).

De todas maneras se evidencia una clara asociación entre el derecho a tener la AUH y la falta de trabajo, el escaso salario familiar o las situaciones de pobreza. Esta vinculación estaría mostrando una transitoriedad de las prestaciones sociales en el imaginario social. Además, los relatos dan cuenta, principalmente del carácter compensatorio y transitorio de las políticas sociales más que de un logro significativo en el desarrollo de capital humano y la prevención del riesgo social, lo que no estaría dando cuenta de un aporte significativo a la construcción de ciudadanía sino de parche o remiendos ante situaciones de vulnerabilidad sin una transformación en pos de una sociedad inclusiva. Es decir que las mujeres creen que tienen derecho a la AUH pero por ser pobres, no por ser miembros de una sociedad que vela por su bienestar de manera integral. De esta manera el significado que se le otorga al beneficio como derecho se complejiza al asociarse en el imaginario a un sentido compensatorio.

8. Experiencias de mayor autonomía: hacia el empoderamiento

Algunas de nuestras entrevistadas señalan contundentemente que la posesión y administración de los ingresos percibidos por la prestación les otorga un poder que antes no tenían aunque desarrollaban las mismas tareas. Es decir, las mujeres se ocuparon siempre de la administración de los recursos para la reproducción de los miembros del hogar, en especial de hijos e hijas, lo que se modifica es que ahora está legitimándose ese rol. Esto es altamente discutido porque esconde la institucionalización de rol materno por parte del Estado, pero a la vez las inviste de una autonomía que antes no poseían y que las mismas entrevistadas celebran.

"Desde que yo la recibo como que está más claro que sea yo la que decida sobre que vamos a comprar. Antes como que mi marido creía que porque el ganaba la plata podía elegir pero ahora yo ni le pregunto (…) y si me dice algo le digo que lo compré con la plata del plan" (Blanca, 42 años).

"… pero por suerte ahora decido yo y nadie me cuestiona" (Estela, 47 años).

Este empoderamiento, también, se ha realizado a partir la inserción en el mercado de trabajo para aquellas mujeres que no lo hacían. Generalmente, estas situaciones coinciden con separaciones o viudez.

"…yo nunca elegí qué comprar, mi marido decidía. Ahora cuando me quedé sola y empecé a trabajar, bueno, por supuesto, yo empecé a decidir yo sola. Qué sé yo, si no trabajas o no tenés ningún ingreso, como los planes, por ahí no es tan fácil tomar decisiones, en especial si no estás de acuerdo con tu marido. Ahora si la plata es tuya, porque vos la ganaste trabajando o te la dieron por tus hijos, ahí si es claro que sos vos la que tenés que decidir y nadie se puede meter" (Nelly, 39 años).

"…cuando estaba con mi marido era distinto, yo no tenía mi plata" (Estela, 47 años).

Nancy Fraser (1997) señala que la existencia de justicia debe analizarse en función de las políticas de redistribución y de las políticas de reconocimiento. Respecto de las primeras, podemos señalar que la AUH, en tanto transferencia de ingresos a partir de la redistribución del gasto público hacia los sectores más vulnerables, apunta en esa dirección. Ahora, es necesario preguntarse cuál es el grado de reconocimiento hacia las mujeres que estas políticas sociales logran y con base a qué categorías sociales se las reconocen: ¿por ser madres o por ser ciudadanas, independiente de si es madre o no? Pareciera que las mujeres receptoras se sienten parte -ciudadanas- de la sociedad a partir del ser madre, fuertemente reforzado en la socialización a partir de las expectativas sociales hacia la mujer y que se expresa en una autopostergación de sí mismas en pos del mandato de la maternidad. Lo que pareciera verse es una polarización de ambas cuestiones: ser madre vs. ser ciudadana, tanto desde el diseño de las políticas sociales como desde el relato de las mujeres. Claramente la AUH no es un programa hacia las mujeres ciudadanas (algunas pueden ser madres y otras, no), de todas maneras las mujeres capitalizan el uso que hace el Estado al considerarlas objeto de distribución de recursos para los niños y niñas en pos de la construcción o ampliación de su propia ciudadanía, a partir de la obtención de mayor autonomía respecto a las prácticas propias de la estructura patriarcal.

9. Emancipación de los planes

La permanencia indefinida como beneficiarios de planes sociales, que acompañan las trayectorias de vida de varias generaciones en especial desde la crisis del empleo como consecuencia del neoliberalismo y profundizado a partir de la crisis del año 2001 y 2002, no permite la ampliación de derechos genuinos por ser ciudadano. La adquisición de beneficios sociales se ha logrado por el ser pobre, no tener empleo, estar desnutrido, por ser jefe o jefa de hogar, por ser discapacitado, etc. Históricamente ha sido a partir de la demostración de un estatus que es estigmatizante y discriminador.

Existe un amplio consenso en las voces escuchadas en relación a la preferencia de ser no beneficiarias o receptoras de los programas sociales estudiados si mejoraran sus condiciones de vida.

"Ojalá que no tenga que necesitar al salario porque tengo un trabajo" (Luciana, 24 años).

"…prefiero trabajar y que se lo den a alguien que realmente lo necesite" (Antonella, 24 años).

"…si yo tengo un título voy a tener un trabajo digno (…) y no vamos a tener que tener más la asignación" (Daniela, 18 años).

"… y yo estoy contenta con esto de pasar a estar en blanco en el trabajo porque ya no voy a recibir más los planes" (Nelly, 39 años).

Uno de los elementos que puede pensarse como un aporte a la construcción de ciudadanía en las mujeres es su percepción acerca de la caducidad de los programas una vez logrado los objetivos de los mismos. Cabe tener en cuenta que los objetivos que las mujeres le asignan a estos programas no necesariamente coinciden con los estipulados en sus decretos o reglamentos de implementación. Puede verse un desfasaje entre lo que propone la AUH y lo que las mujeres entrevistadas piensan. Uno de los aspectos que muestra el desfasaje entre lo estipulado políticamente en los objetivos del programa y lo que las mujeres creen es la poca legitimidad que le otorgan a las condicionalidades previstas. Consideran que mandar a los chicos a la escuela y llevarlo al médico son tareas que les competen, y que harían de igual manera aunque no estén obligadas por las prestaciones.

Además, como nos comenta Nelly, existe la estigmatización por la recepción de los planes sociales, como señalaba Goffman (2003), y que se vive de manera negativa atentando contra la construcción de ciudadanía. Es decir, se propone pasar de las respuestas asistenciales o paliativas por parte del Estado a la implementación de acciones concretas que aporten a la ciudadanía plena, en especial de grupos en situación de vulnerabilidad social: pobres, mujeres, niños/as (CEPAL, 2006).

Al momento de indagar respecto a cómo se ven en el futuro, las respuestas de las mujeres fueron variadas. Aquellas entrevistadas de más edad (mayores a 40 años) no planifican un cambio respecto a sus propias condiciones de vida. "Yo voy a seguir trabajando toda mi vida, creo" nos dice Blanca de 42 años. Cuando hablan del futuro lo hacen exclusivamente en relación a sus hijos: "que estudien", "que consigan un buen trabajo", "que sean alguien en la vida" mostrando la auto-postergación, e incluso una falta de perspectiva en un futuro mejor. Si bien, este deseo respecto al futuro de sus hijos e hijas es compartido por las mujeres menores de 40 años, ellas añaden proyectos personales. Generalmente se asocian a la continuación o terminación de sus estudios y/o a la inserción en el mercado laboral.

10. Consideraciones finales

En función de los relatos presentados se podría señalar que la recepción de la AUH hace un aporte concreto a las condiciones de vida de las mujeres en cuestiones cotidianas, decidir qué comprar, por ejemplo, pero no un aporte sustancial que modifique las relaciones patriarcales al interior de los hogares. Cabe pensar qué rol podrán desempeñar las instituciones educativas en la formación de las futuras generaciones si validamos el objetivo de los programas de transferencias monetarias condicionadas apuntan a la inversión en capital humano de los niños, niñas y adolescentes pero, que también, en algunos casos se extiende a las propias receptoras de los beneficios. Podríamos preguntarnos sí la recepción de estos planes sociales no es un punto de inflexión en sus vidas. Pero, a la vez, es imprescindible pensar qué debería suceder para que este punto de ruptura/cambio sea el comienzo de aportes más sustantivos a la ciudadanía de las mujeres en situación de vulnerabilidad social -pobres-, familiar -víctimas de relaciones patriarcales- y laboral -desocupadas o informalmente ocupadas-.

En suma, podemos señalar que el nuevo siglo comienza con un nuevo propósito político: incorporar la perspectiva género y el enfoque de derechos en los programas sociales. Esta intencionalidad no ha logrado plasmarse exitosa y completamente en las nuevas modalidades de prestaciones sociales dado que, como señala Arriagada (2006b), los esfuerzos por la ciudadanía social plena de las mujeres no han redefinido la división sexual del trabajo dentro del hogar ni sus responsabilidades en el cuidado de los niños y niñas presentes. A la vez, la incorporación al mercado laboral de las mujeres no se ha hecho a partir de una reestructuración cultural y jurídica de las diferencias entre hombres y mujeres.

Notas

1 Las entrevistas utilizadas fueron realizadas en el marco del proyecto de tesis de maestría en Estudios Sociales y Culturales (FCH-UNLPam) "Alcances de la política social en la construcción de la ciudadanía de las mujeres. El caso de la Tarjeta Alimentaria y la Asignación Universal por Hijo/a para la Protección Social en La Pampa" defendida el 23/04/2015 y dirigida por la Dra. M.H. Di Lisicia.

2 El RégimendeAsignacionesFamiliares(AAFF) se implementa en Argentina en 1957. Tenía como objetivo central aliviar a los trabajadores formales de las cargas familiares a través de la transferencia de ingresos mediante el Sistema de Seguridad Social. La prestación, aún vigente, se encuentra condicionada a la relación de los sujetos con el mercado laboral y a los aportes realizados por los trabajadores en virtud del vínculo laboral. En 1968 se unifica el régimen (las distintas cajas de las AAFF) mediante la ley 18.017 consolidándose en el año 1973 con la inclusión de todos los sectores. Hacia 1991 se crea el Sistema Único de Seguridad Social y el 1996 se sanciona la ley 24.714 modificando el sistema de AAFF al eliminar las prestaciones para los trabajadores de ingresos más altos y la determinación del beneficio inversamente proporcional al ingreso. Estas modificaciones siguieron vigentes hasta octubre de 2009 que se crea la AUH que modifica la ley (Arcidiácono et al., 2011).

3 A partir del 1 de enero de 2015 el salario mínimo vital y móvil asciende a $4716

4 En un principio las personas que se desempeñaban como empleadas domésticas y que se encontraban registradas no podían percibir la AUH, esta situación se corrigió a los pocos días de la firma del decreto 1602/09 con la resolución 393/09 del ANSES.

5 El Plan Nacer es un programa federal del Ministerio de Salud de la Nación que invierte recursos en salud para mejorar la cobertura de salud y la calidad de atención de las mujeres embarazadas, puérperas y de los niños/as menores de 6 años que no tienen obra social. Se inició en el año 2005 en las provincias del NEA y NOA y en 2007 se extendió a todo el país.

6  Se dirige a aquellas madres de 7 o más hijos nacidos vivos, propios o adoptados en estado de vulnerabilidad social que se encuentran sin amparo previsional o no contributivo, no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo. Este tipo de pensiones no requieren aportes o cotización para su otorgamiento.

7 Boletín Cuatrimestral: Asignación universal por Hijo para la Protección Social– I Cuatrimestre 2014. ANSES

8 A partir de mayo de 2013, las asignaciones familiares son cobradas por la madre según se enuncia en el artículo 7º del Decreto del PEN Nº614. Esta modificación no alcanza el género de la titularidad de la AUH dado que el decreto de su implementación (1602/09) modificó el inciso c de la Ley de Asignaciones Familiares (24.714) y no el a y b que son objeto de modificación del Decreto 614/13.

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