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Revista Escuela de Historia

versión On-line ISSN 1669-9041

Rev. Esc. Hist.  no.6 Salta ene./dic. 2007

 

ARTÍCULOS

Cuerpos en la mira.  Estrategias y discursos reglamentadores como dispositivos para naturalizar la desigualdad de género y la socialización de lo biológico.  El sur bonaerense a fines del siglo XIX

De Paz Trueba, Yolanda

Instituto de Estudios Histórico Sociales (IEHS), Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Pinto 348 (7000),  Tandil - CONICET  

Resumen:

En este trabajo se analiza,  en el marco de construcción de la estatalidad de una sociedad de frontera, cuál era el lugar que los discursos de los actores dominantes, pero también el de los propios sectores subalternos, quisieron asignarle a la mujer en aquella sociedad. Por un lado, se procura estudiar las estrategias de los actores estatales para controlar a los sectores díscolos. Pero, por otro, lo que sugieren las fuentes trabajadas es que los propios sujetos pasibles de control buscaron y apelaron a distintos ámbitos para denunciar las causas del desorden.
En definitiva, si en primer lugar, interesa analizar esa circulación de discursos en distintos ámbitos y formulados por distintos actores que reprodujeron el lugar que le ocupaba a las mujeres, por otro, se busca  aportar algunos datos de interés en cuestiones como el control social,  así como atender al universo de las prácticas más allá de los discursos.

Bodies in the sight. Strategies and regulation speeches like tools to naturalize the gender inequalities and the biological socialization in the bonaerense south at the end of the nineteenth century

Abstract: 

In this article, we analyze, in the context of state construction in a frontier society, which place dominant sectors speeches assigned to women, and what thought about that the subaltern sectors.
On one hand we study the strategies that state actors used in order to control women, but in the other hand we analyze how controlled people found ways to report what they considered disorder.
Finally, we intend to provide some information about social control, we mean to attend the practise, not only the speeches.

Palabras claves: Control Social; Discursos; Prácticas.

Key Words: Social Control; Speeches; Practise.

     En Argentina se asistió durante el siglo XIX, y especialmente sobre sus últimas décadas, a una redefinición de lo público y lo privado, y junto con ello a la configuración de un modelo de convivencia doméstica adjudicando un rol preponderante a la mujer,  como "guardiana del hogar". En un marco en el que la construcción del Estado Nacional era el principal objetivo de las clases dominantes1, el papel de la escuela, de la familia y de la mujer como formadora de ciudadanos, aparecían entonces como centrales en ese proceso.2 Pero también, y como parte del mismo, se tornaron importantes las apariencias. Esto  incluía al vestido, los gestos y modales, las actitudes en sociedad y toda una gama de comportamientos, que fueron interpretados como indicios de la personalidad que se escondía detrás.3

     Atendiendo a estas cuestiones, en este trabajo se analiza,  en el marco de construcción de la estatalidad de una sociedad de frontera, signada por la incertidumbre y la labilidad institucional,  cuál era el lugar que los discursos de los actores dominantes, pero también el de los propios sectores subalternos, quisieron asignarle a la mujer en aquella sociedad.

     Por un lado, se procura estudiar las estrategias de los actores estatales para controlar a los sectores díscolos, aquellos que parecían poner en tela de juicio el modelo político y económico que se intentaba imponer. En este sentido, las mujeres estuvieron en la mira de esos discursos ya que sobre ellas, en su carácter de "madres y esposas de ciudadanos", se sustentaron las bases del orden de lo privado como un modo de garantizar la estabilidad de la república y el orden social. Pero, por otro, lo que sugieren las fuentes trabajadas es que ese orden no fue una mera imposición sino que los propios sujetos pasibles de control buscaron y apelaron a distintos ámbitos para denunciar las causas del desorden. Como sabemos, lo que hace que el control sea efectivo no es sólo su eficacia en la imposición de arriba hacia abajo, sino que también habrá que tener en cuenta aquel que es ejercido en la relación interpares, cara a cara en el contacto cotidiano.

     De modo que nuevamente se recupera la red discursiva y las diversas estrategias reglamentadoras que fueran ideadas, como ha sido trabajado para otros espacios sociales4,  pero en un contexto escasamente estudiado en estas cuestiones como es la región del centro y sur de la Provincia de Buenos Aires, a fines del siglo XIX y principios del XX. En el marco de esa realidad social que acusaba cambios, entre ellos la construcción de una estatalidad, la prensa fue un ámbito elegido para llegar a cierto número de mujeres para transmitir una noción sobre el cuerpo femenino y las formas de comportamientos en el ámbito público y el privado. Esa red discursiva centrada en el cuerpo, los comportamientos, gestos y actitudes femeninas, tuvo una fuerte impronta como elemento de control en tanto pretendía generar y regenerar la imagen de la mujer virtuosa, retomando viejos estereotipos sobre el deber ser femenino, y que se intentaron reforzar por este medio.5 Pero también esos discursos y estrategias ensayadas por los actores estatales tienen una evidente presencia en los ámbitos judiciales. Los representantes de la justicia tendieron a naturalizar las diferencias biológicas, asignando a hombres y mujeres roles definidos y diferenciados. Obviamente, detrás de esa red argumentativa se hicieron presentes los criterios científicos que con su sentido de la verdad dieron fundamentos a esa búsqueda de normalizar los comportamientos de hombres y mujeres. En ese sentido, los discursos médicos y los de las nuevas ciencias en auge a fines del siglo XIX, no hicieron más que legitimar estos intentos normalizadores sobre los cuerpos.6 De allí que se los puede considerar como parte indisociable del proceso de construcción de la estatalidad en nuestro período de estudio.

     En definitiva, si en primer lugar, interesa analizar esa circulación de discursos en distintos ámbitos y formulados por distintos actores que reprodujeron incansablemente el lugar que le ocupaba a las mujeres en tanto se sintieron amenazados por la visibilización de la mujer en el espacio público y por la emergencia de una realidad social que no siempre se ajustaba a sus expectativas, por otro, se busca seguir avanzando y aportar algunos datos de interés en cuestiones como el control social y sus instancias de efectivización, así como atender el universo de las prácticas más allá de los discursos.

Controlar y moralizar: las apariencias en público

     En el marco de la modernización a la que asistió el país en las décadas finales del siglo XIX, la Generación del ´807 elaboró instrumentos de control en los que la familia unificada aparecía como un elemento central para estabilizar la sociedad amenazada por la conflictividad que se desataba a causa principalmente de la llegada de los inmigrantes y de la presencia de la mujer en la esfera pública.8 En un momento en el que el Estado temía por el desorden social, las actitudes de estos sectores aparecían como subversivas y se reforzó la idea de la familia como clave en este proceso.9

     El pensamiento positivista irrumpió en el escenario para denunciar los peligros de la aglomeración y advertir sobre los riesgos para el cuerpo social.10 Si bien debemos tener en cuenta que no era uniforme, también es cierto que con sus matices, disputas y replanteos, las políticas públicas se nutrieron con su impronta. Los positivistas consideraban el delito como una enfermedad y las conductas de la gente como consecuencias de cuestiones sociales y psicológicas.

     En este marco de control en el que se pretendía ajustar a los ciudadanos a un modelo productivo y político determinado, se apelaba  a la mujer en tanto madre y  como elemento del colectivo social en el que había que introducir pautas reguladas de vida y de sociabilidad.

     En la prensa tandilense del período analizado se publicó una gran cantidad de artículos destinados a regular los comportamientos sociales y la vestimenta, en particular aquéllos dirigidos  a las mujeres. Si bien no podemos negar que hayan tenido la intención de influenciar en la formación de un tipo de ciudadano determinado acorde con los nuevos tiempos políticos, tal como plantea Masiello para Latinoamérica11 , creemos que es necesario tener en cuenta, como parte de ese mismo proceso, el papel fundamental que cumplían a la hora de moldear las conductas de las mujeres en función de crear virtuosas que, en definitiva, no eran otras que las  madres de los ciudadanos de esa nación en construcción.12

     Esta centralidad de la mujer virtuosa aparece reflejada en un artículo que toma la forma de consejos de una madre dados a su hija, en la que abiertamente expresa que

     "[...] Mi primer anhelo, mi tarea sagrada y constante está en educar tu corazón formando de ti una mujer virtuosa [...] La virtud es la joya de estimable valor que da reductos abundantes y por todo el período de la existencia [...] Mi tarea consiste en formar tu carácter que deberá cambiar su rigidez por la dulzura porque es ésta la cualidad preciosa que esparce sonrisas y hace obtener lo que malo querría lograrse con el despecho, la cólera o las lágrimas. [...] Este es dote necesaria de todos pero indispensable a la mujer que debe insinuarse en los corazones para corregirlos y educarlos [...]".13

     Como se puede advertir, estas líneas dejan entrever que  era la madre la que se reconocía como la formadora del carácter de la hija, como la responsable de domar en ella una naturaleza fuerte14 para transformarla en dócil y, en definitiva, en preparar su carácter para convertirla en "el ángel del hogar", dotada de cualidades imprescindibles para la mujer. Existía un ideal femenino que aparecía en este marco como naturalmente dado, que nos habla de la maternidad y el cuidado de los miembros de la familia, la idea de una fragilidad femenina y la existencia, a partir de allí, de los roles prescriptos en la sociedad que en realidad se debían limitar al ámbito del hogar. En síntesis, estamos frente a un discurso de la domesticidad que avalaba roles para las mujeres que circunscribían a ésta a su actuación doméstica. Todo esto habría servido para justificar jerarquías y exclusiones, naturalizando unas desigualdades que habrían tenido su origen en la diferencia biológica entre hombres y mujeres. Estas diferencias determinarían roles distintos para cada uno: mientras que ella era el ángel del hogar, él era el proveedor de la familia.

     Si la supuesta madre del artículo antes referido nos habla con tanto detalle acerca de cómo debe moldearse el carácter de una mujer virtuosa, en una sección que aparecía con cierta frecuencia en el mismo periódico se nos informaba sobre lo que era esperable del comportamiento femenino en sociedad.  De esta manera dice:

     "[...] Una niña nunca acepta de un hombre un regalo valioso a no ser que ese hombre sea su novio. [...] En un baile o en cualquier otra fiesta elegirá el término medio entre mucha libertad y mucha reserva. Así será siempre agradable y encantadora. En la mesa no comerá mucho [...] Tampoco comerá muy poco como un pájaro [...] Lo que hay que evitar es parecer golosa, lo que siempre afea y denota mala educación [...]".15

     Y así se prolonga en otras recomendaciones, pero nos termina sorprendiendo al plantear que siempre que se acepte el amor de un hombre, "[...] no debe decirlo a las amigas pero es deber confesarlo todo a la madre". Planteado  como un deber parece sugerir que, como herramienta de control, no era nada despreciable. Finalmente, podemos decir que se buscaba formar a una jovencita ideal, dulce y angelical, que supiera conquistar el corazón masculino, último estadio en el crecimiento de una mujer, todo bajo la supervisión de la madre. En definitiva, ésta era la responsable de prepararla para ser  en su futuro una madre virtuosa. La elección del candidato también resulta de esa preparación previa y sería fundamental para el desarrollo de ese virtuosismo en el futuro. Si esto es lo que más importaba para la vida de una mujer, no deben sorprendernos las líneas siguientes, al comentar que "[...] Lo más importante es enseñarle que debe ser siempre modesta, graciosa y buena y no llamar nunca la atención [...]".16

     Como se puede advertir, esos valores que se buscaron reforzar en aquella sociedad intentaban frenar esos comportamientos que algunas mujeres parecían poner en peligro con sus actitudes. Sin embargo, resulta interesante remarcar que no se trataba de ninguna manera de valores nuevos, sino que por el contrario estamos frente a estereotipos acerca del deber ser femenino que tenían un viejo arraigo en la sociedad colonial. El modelo de mujer que se intentaba así producir y reproducir por medio del discurso de la prensa era tributario de aquel instaurado en América por la corona española pero que había perdurado y resistido más tarde, en la etapa independiente.17.  

     En relación a las apariencias antes mencionadas, un gran número de artículos hacían referencia a la moda y su relación con la mujer.18 Lo que estos artículos ponen de manifiesto es que esta era una sociedad, tal como sostiene Richard Sennet, preocupada en exceso por lo inmanente. No sólo se trataba  de estar a la moda, sino de la importancia que las apariencias tenían en sí mismas como elemento comunicante de la personalidad. Estamos frente a una sociedad que miraba absolutamente todo y todo lo sometía a su consideración: "[...] Una mujer joven calzada con descuido embellece, el taco de color da carácter aventurero a la que lo usa; el taco torcido significa pobreza; el taco excesivamente alto es cursi, revela el ansia de tener más estatura [...] la que taconea mucho quiere que la vean demasiado [...]".19 Además, "[...] La mujer que anda de talones, echando la cabeza hacia atrás, [...] es fastidiosa, inoportuna e intranquila; la que anda de puntillas es celosa, viva e impresionable y algunas veces impertinente [...]".20

     Ese interés por escudriñar en la personalidad del otro a través de sus apariencias no sólo involucraba el estudio de lo que comunicaban la vestimenta o las  actitudes, sino que iba más allá, como lo manifiesta la fuente estudiada en el artículo titulado "Los ojos y el carácter",  en el que se comentaba:

     "[...] El conocimiento del carácter por las facciones de las personas es un estudio que fascina y los ojos son indiscutiblemente el mejor de todos por aquello de que ellos son el espejo del alma. Los ojos grandes y de un azul claro, denotan gran capacidad y también un carácter sensible. Pero la persona que los posee es generalmente celosa, inquisitiva y difícil de manejar [...]".21

     Lo que aparece como más llamativo en este período es la profusión discursiva que se desarrolló alrededor de la forma de vestirse, pero sobre todo, de la forma correcta de llevar las prendas y de comportarse. Las apariencias tenían que ver no sólo con la ropa y la moda, sino también con las actitudes en sociedad. Como antes planteamos, la prensa tandilense no escatimó en artículos que definían cómo debían ser las actitudes en público y sobre todo aquellos que apuntaban a ajustar a la mujer a un modelo claro de comportamiento que, podemos inferir,  se les escurría  entre las manos. Las mujeres eran las que debían tener en cuenta una serie de máximas que las llevaran por la senda de la mujer que se buscaba construir y reconstruir, la mujer virtuosa. Como planteamos,  se consideraba fundamental poder dominar las pulsiones del cuerpo, y esto en una señorita o una dama era fundamental. Se la debía persuadir de la importancia de la sensatez en la manifestación de los sentimientos y, de ser posible, de la importancia del silencio. Debemos volver nuevamente a  nuestras fuentes para informarnos sobre la importancia dada a la mesura en el comportamiento femenino requerido. Dice la madre a su hija:

     "[...] huye de esa obstinación con la que sostienes tus razonamientos [...] Una vez expuestas tus ideas, sostenlas sin apasionamiento, sin visos de pertenencia. Cuídate también, mi querida, de ser demasiado locuaz. La manía de contarlo todo nos hace cometer muchos desatinos de los cuales nos arrepentimos luego [...]".22

El discurso científico: los médicos, sacerdotes de la ciencia

     Si la prédica de estos moralistas fue importante, no lo fue menos la de los médicos higienistas que, a través de los manuales y de la prensa, intentaron llegar al seno de las familias para generar un cambio en las pautas de orden doméstico. Como ha sido estudiado, el higienismo médico tuvo un gran desarrollo en esta época en que, preocupado fundamentalmente por el desarrollo de epidemias, apuntaba al mejoramiento de la salud pública. Esta habría sido una de las razones para explicar el crecimiento del poder  e influencia de los médicos sobre las familias, que fue en aumento durante los siglos XVIII y XIX, aún en desmedro del poder de la Iglesia. Como plantea Adriana Álvarez:

     "[...] tanto la ciencia médica como su práctica cobró una importancia desconocida hasta entonces por la sociedad porteña. [...] Esto sirvió para que el discurso higienista rápidamente impregnara el entramado social, el institucional y el político, favoreciendo la institucionalización de la práctica profesionalizada de la medicina en organismos como la Asistencia Pública".23 

     Claro que, como afirma Jorge Salessi, si la epidemia de fiebre amarilla de 1871 fue un punto de inflexión en cuanto a la concientización acerca de la necesidad de plantearse cuestiones relativas a una salud pública, y aunque las obras de salubridad se circunscribieron a la ciudad de Bs. As., lo que trascendió los márgenes de la ciudad fue el desarrollo de una profusión discursiva por parte de los higienistas.24   De la mano del discurso higiénico ellos se permitieron intervenir, de diversas formas, en amplios aspectos de la vida pública y privada de las personas.

     Desde la segunda mitad del siglo XIX se generaron una serie de cambios al interior de las familias, en las que se introdujeron modificaciones  en las pautas de higiene, de mayor incidencia en las zonas urbanas. Además de la limpieza de la casa, las nuevas ideas abarcaban también al cuidado de los niños y su educación que se recomendaba como una tarea de las madres, restándole importancia a las niñeras y amas de leche, cuya presencia estaba muy difundida entre las familias argentinas de clases acomodadas. Las mujeres hicieron suyas estas nuevas pautas, fundamentalmente a través de los consejos de los médicos dados por medio de los manuales hogareños, que tuvieron gran difusión en aquellos momentos.25 

     En este marco, los higienistas no se privaron de hacer planteos referidos al vestido, que se consideraba como una cuestión de salud pública y aún de Estado, dada la función que la mujer cumplía en aquella sociedad, en la reproducción de los futuros ciudadanos. Estas concepciones nos ayudarían a entender por qué se prestaba tanta atención al cuerpo de la mujer. El encerraba la posibilidad de la maternidad, entendida como el deber ser femenino por excelencia. Se asistió a un proceso de naturalización de lo biológico que fue internalizado por los actores sociales, inscribiendo en el cuerpo de la mujer las marcas de las diferencias que la biología parecía plantear como irrefutables. De esta manera, esas diferencias estaban basadas en el sexo, que generaba las desigualdades y la asignación de roles que al mismo tiempo producían los discursos. En términos de Lilian Diodati, estamos frente a una "[...] reiteración discursiva enfocada a la producción de los fenómenos que regula".26 

     En este sentido, una de las campañas más importantes, además de la mencionada contra las amas de leche, fue la que  levantaron contra el uso del corset, prenda de uso muy difundido y atacada por los médicos. De ello los artículos de El Eco también dieron cuenta.

 En el artículo titulado "El traje femenino" se hizo referencia a una conferencia de un médico francés, quien se preguntaba si era adecuado que las jóvenes usaran corset, y si era así, a partir de qué edad se recomendaba: "[...] La joven debe llevar corse (sic)  cuando su crecimiento ya haya acabado o a partir del día en que se ponga vestido de mujer. A la madre corresponde velar para que no se viole el canon de las proporciones [...]". Mas enérgico pareció ser el reclamo de una asociación de mujeres que se había constituido en Chicago y de la que daba cuenta El Eco. Según dice, el objetivo de ésta era "[...] emprender una activa campaña contra el corset", abarcando tanto la difusión desde la prensa acerca de lo nocivo de "tal artefacto" como organizando una especie de boicot comercial, comprometiéndose a no comprarlos ni venderlos.27

     En síntesis, junto a los discursos de los intelectuales, la prensa, los moralistas, se situó el de los médicos, quienes consideraban que debían cuidar de la mujer, a esta altura ya definida como fisiológica y psicológicamente inestable.

     En este sentido, el discurso de los higienistas no sólo ayudó a reforzar el estereotipo sobre la mujer madre y sobre los roles aceptados para las mujeres en el hogar, sino que colaboró en la estigmatización de los actores considerados peligrosos para el modelo económico y político que se intentaba imponer. Estaba estrechamente ligado a una concepción patriarcalista de la sociedad. Estamos frente a un discurso sostenido tanto por médicos como por un sector más amplio de intelectuales que lideraban aquel proceso de modernización pero que, sin embargo, no dudaron en recurrir a viejos esquemas para justificar lo que consideraban justo. En definitiva, se trataba de un temor  manifestado por estos sectores dominantes en relación a la mujer que escapaba de los cánones tradicionales que querían reforzar y que, decían, ponía en peligro a  la sociedad por medio de la degeneración racial. En realidad, el temor tenía que ver con una inversión de roles sociales-sexuales que discutía las jerarquías de aquélla sociedad.

El discurso de la Justicia: socialización de lo biológico y naturalización del deber ser femenino

     Si los discursos de las elites científicas justificaban en nombre del cuerpo la exclusión  a la que se sometía a la mujer, el análisis del discurso jurídico puede resultar revelador en tanto era detentado por actores estatales encargados en cierta forma de establecer el orden patriarcal desbordado y transgredido por ella. Más allá de los controles instaurados se trataba de una sociedad que presentaba significativas desviaciones con respecto al modelo de familia deseado.  Estos actores consideraban a la mujer propensa a cometer delitos propios de su temperamento inestable, como podía ser el infanticidio o el adulterio, entre otros. Se suponía que era su cuerpo el que las predisponía a estos actos delictivos. "La idea de que se trataba de personas débiles tanto física como racionalmente fue frecuentemente expuesta en los escritos judiciales".28 Pero si por un lado había que controlar la sexualidad femenina, que podía poner en riesgo la paz familiar y social, por otro lado había que medir los castigos penales  para preservar su cuerpo, dador de vida.

     En este sentido, consideramos relevante mencionar algunas situaciones muy puntuales (como la huida o rapto29 del hogar de esposas e hijas), que motivaban la presencia de las mujeres y de los hombres ante los estrados de la Justicia de Paz.  Si bien es cierto que este puede ser un recorte muy aleatorio de situaciones, consideramos que es en estos casos en los que se observan con más claridad algunas de las características de la Justicia de Paz de fines del siglo XIX  que pretendemos resaltar. Además, estos documentos nos dejan observar  las prácticas y las formas de vida cotidiana, que revelan los alcances y límites de aquellos discursos de control antes mencionados.

     En principio, y como planteamos antes, estamos frente a una sociedad en la que los discursos pretendían reforzar las características patriarcales de la misma, retomando fuertemente las ideas de la incapacidad femenina pero al mismo tiempo la necesidad de controlarlas. En este sentido, las destinatarias eran tanto mujeres adultas como menores de edad y ese control debía apuntar sobre todo a su sexualidad, dado el papel imprescindible que representaban para la reproducción,  pero al mismo tiempo por la posibilidad de hacer un uso de esa capacidad que desestabilizara a la familia y por extensión a la  sociedad. De esta manera, los "hombres -padres y/o maridos- aparecen como los depositarios de una doble función para ejercer sobre las mujeres: protegerlas y restringir sus acciones".30

     A esta lógica respondieron los pedidos de las familias de restitución de sus hijas o de los esposos de sus mujeres cuando éstas habían huido  del hogar. De esta manera, el juez de Paz de Tandil se dirigía al comisario de Policía para que "[...] se sirva constituir en detención a la mujer Rita Machado que ha fugado del hogar conyugal, cuya detención ha solicitado a esta el esposo de Rita".31 En igual situación se hallaba Juan Manuel López, quien había pedido la captura de su esposa, Felisa Contreras.32 Había que controlarlas y la Justicia hacía lugar al pedido y ponía a disposición del padre o marido los recursos para que el orden alterado por estas mujeres que reaccionaban frente al sistema, se recuperase. También la denuncia del marido originó el paso de Celina de Bustelo Saavedra por la Comisaría de Olavarría, la que fue puesta a disposición del juez de Paz del partido en agosto de 1888. Hechos similares vivió doña Luisa Lafar de Lhuiellier, cuya fuga denunció su marido en agosto de 1894. Este, francés, domiciliado en General La Madrid, pueblo cercano a Olavaria, y estando de paso en esta localidad, se presentó al subcomisario de Policía pidiendo "se sirva capturar bajo su responsabilidad a su mujer legítima Luisa [...]".33 En los casos citados la mujer era  una transgresora al abandonar el hogar marital, desafiando las normas sociales y legales.34   En el mismo sentido, los menores de edad tenían su domicilio junto a sus padres, por lo que también éstos estaban amparados por la ley para pedir la captura de sus hijos, si abandonaban sin su permiso el hogar paterno, como lo hizo Mauricia Urbina. En diciembre de 1883 se presentó en la comisaría de Olavarría su padre, Domingo,  a presentar la denuncia y pedir su captura.35 Similar situación llevó ante las autoridades locales a la madre de Josefa Ríos de Azul, que se había fugado a Bahía Blanca donde vivía una hermana suya.36

     Finalmente, los elementos del control sobre los menores también se ejercían cuando se trataba de chicas y también chicos que habían sido puestos bajo la guarda legal de alguna familia por las autoridades locales y huían.37 Entonces, sus guardadores se presentaban a denunciar la desaparición de aquellos que estaban a su cargo. Así lo hizo el doctor Olivieri, presentándose en septiembre de 1894 a la Comisaría de Olavarria, dando parte de la desaparición de María Gutiérrez, menor a su cargo. También lo hizo al año siguiente Severo González, dando cuenta de la fuga  de Zeferino Zurita, menor a su cargo.38

     Ahora bien, más allá de reconocer que en la intención de la denuncia y en la primera respuesta de las autoridades se activaban los elementos del control más básicos, no se puede ignorar que había otra cuestión de fondo por la cual adquirían visibilidad ante las instancias de la Justicia estos conflictos intrafamiliares. Si bien se aspiraba a restituir un orden que momentáneamente los sujetos sociales habían puesto en jaque con su decisión y acciones, lejos podían estar éstos de los discursos del control antes mencionados y de la funcionalidad que tenían para el modelo que se pretendió instalar. Cabe que nos preguntemos entonces qué intenciones particulares los llevaba a presentarse ante la Justicia de Paz o de Menores.

     La cuestión de fondo que no se puede soslayar de estas denuncias es que remiten a la idea de honor de estos actores.39 Ese fue el caso de Domingo Urbina que se presentó en la Comisaría de Olavarría a denunciar la fuga de su hija Mauricia, pidió la captura de la misma y del raptor, un tal Sixto Palacios, con quien ella se habría ido. De las declaraciones del padre se desprende que su principal interés era  que la chica compareciese para que le explicara por qué se había ido y "remedie la falta cometida". También pidió que se presentara Palacios para "remediar este asunto". El honor del padre y su capacidad como tal al tener la responsabilidad de cuidar de la integridad de la chica había sido burlada y allí residía su preocupación.40 La misma idea de denunciar y depositar  toda la culpa sobre el sujeto que presuntamente  había "forzado la voluntad" de la menor al llevársela, era una forma de deslindar la responsabilidad que le cabía al padre de cuidar a la hija, así como de limpiar la honorabilidad de ésta sobre la que se tendía un manto de dudas a causa de su decisión de huir en compañía de un hombre.41 Cabe subrayar que con la denuncia se ponía en cuestión no sólo la actitud de la mujer, sino la del hombre que debió cuidar de ella y no lo hizo. Era  el honor familiar el que se ponía en tela de juicio. Frente a la mirada del otro, que en comunidades pequeñas como las de nuestro estudio cobraba aún más importancia, era la respetabilidad familiar toda la que se podía perder. En algunos casos, como el rapto, la denuncia podía también ser una forma de reparación pública del honor y debía ser rápidamente interpuesta para alejar las dudas sobre el hombre responsable, aunque éstas persistieran en la forma de su imposibilidad de cuidar de ella y restringir sus movimientos. El hombre había sido burlado y junto a él estas mujeres ponían en jaque el orden social.42

Formas de vida cotidiana

     En estas fuentes de la Justicia de Paz, donde se traslucen los pequeños desvíos que protagonizaban quienes transgredían las reglas sociales, se puede observar la realidad vivida por los hombres y mujeres en una sociedad patriarcal que pretendía fijar un orden que se debía construir y reconstruir continuamente. Desde su lugar, los actores sociales podían discutir ese orden viviendo de una manera diferente a la prescripta, y las fuentes nos dan amplia cuenta de ello. El caso de Ruperta Medina nos deja asomarnos a formas de  vida cotidiana que, aunque en algunos casos se cuestionaban y cuando tomaban estado público pretendían remediarse, en el discurrir diario parecen tener lugar con naturalidad. El cuñado de la mencionada Ruperta, Juan  Manjou, hacendado, denunció la desaparición de la chica junto a Anselmo Carbajal. Pero cuando los acusados fueron detenidos y se presentaron a declarar, Carvajal afirmó que él no había llevado a la chica sino que había llegado a un acuerdo con su hermana y el cuñado, a los que les había manifestado su intención de que la menor estuviera unos días en su casa para conocerla y luego casarse con ella.  La chica dijo que ella se fue por su propia voluntad y por estar de acuerdo con Carbajal, tras su promesa de matrimonio.43

     Sin embargo, parece ser el caso de Nicomedes Rojas, cuyo rapto denunció su padre, el que más nos habla en este sentido. El padre acusaba a Toribio Arnesto por haber forzado la voluntad de la chica al arrancarla del lado de sus progenitores. Pero cuando ambos fueron apresados, la misma Nicomedes dijo ser mentira lo que declaró su padre, ya que "hace cinco meses más o menos que en la casa de sus padres y en una sola pieza viven en concubinato con Arnesto y que esto ellos lo consentían haciéndose los indiferentes", así como que ella decidió irse de la casa de los padres por la mala vida que éstos le daban, para hacerla desistir de la relación con Arnesto. Estamos frente a una situación en la que la denuncia por rapto se activa para desacreditar a Arnesto y obligar a Nicomedes a abandonarlo, cosa que ella no aceptó.44 Hasta qué punto estas declaraciones son ciertas o mejor dicho quien dice la verdad y quien miente, es difícil precisarlo. Sin embargo vemos la existencia de formas de vida y sociabilidad que estaban extendidas y se apartaban del ideal de familia que se quería imponer. Si bien esto no debe hacernos pensar que no existía una cierta condena social  a estas formas "anormales" de relacionarse, el reproche se activaba  cuando mediaba algún conflicto. En este caso se trata de un desacuerdo de los padres de Nicomedes con respecto a su relación con el sujeto y existió también una pelea que tomó estado público, lo que ameritó la intervención  de las autoridades. Cuando el orden social y la paz se veían efectivamente alterados, las situaciones cotidianas quedaban en la mira de la sociedad y de los actores estatales a nivel local.

     En síntesis, estamos en  un marco de sociedad patriarcal dominada por los discursos del control social que pretendía imponerse y reforzarse. En este sentido, podemos decir que el derecho ha sido y es una de los medios de construcción de los estereotipos de mujer ideal, a partir de lo cual se le dan o niegan derechos a las mujeres por medio de sus fallos. En los casos estudiados, las actuaciones de la Justicia contribuían a reforzar el deber ser femenino. La reafirmación de estos estereotipos quedaba claramente de manifiesto cuando la cuestión de la moralidad se interponía en un reclamo.

La respuesta de las autoridades: castigar o corregir

     La insistencia del discurso acerca de la necesidad de control nos alerta sobre la existencia de prácticas y actores sociales que no se adaptaban al modelo "ideal". La forma en que las situaciones se resolvían nos pone frente a una forma de actuación de la Justicia que obedecía más a una necesidad de restaurar el orden que de castigar. También estamos frente a una Justicia paternalista que cree que a la mujer sola debe protegerla.

     Revelador puede resultar el caso de Eusebio Garay, quien en enero de 1870 se presentó ante el Juzgado de Pobres y Menores ante una denuncia interpuesta por su esposa, Nieves Miguens, "[...] quejándose de haber su esposo abandonado a ella y a sus hijos sin pasarles casi nada para su sustento en 10 meses que han andado separados".45 En febrero del mismo año el juez de Paz autorizaba, a pedido del de Menores, el embargo de los bienes de Garay.46 Lo que aparece subrayado en este caso es esta necesidad de proteger a una mujer que no hace más que defender sus intereses y  los de  sus hijos, actuando de acuerdo a lo esperado de la mujer en tanto madre. Situación similar es la que llevó  a Leonarda Ferreira ante las autoridades para responder a una demanda que había sido interpuesta por su esposo. El 10 de mayo de 1897 compareció ante el juez de Paz, don Francisco Giffoni, domiciliado en Olavarría, y expuso que hacía tres años que se encontraba separado de su esposa y que venía a reclamar a los hijos legítimos de la pareja. La causa por la que después de tres años insistía en el tema era que su esposa "ha faltado a sus deberes sagrados [...] dando un paso que la imposibilita para tener a su lado menores [...]". Según el mismo Giffoni, la mujer "[...] ha cometido el delito de adulterio haciendo notar el fruto de su falta en el Registro Civil de esta localidad el 19 de febrero ppddo". Lo interesante de este caso es la forma en que esta mujer se defiende de estas acusaciones por medio de un escrito en que argumenta que además de estar separados hace tres años, como se desprende de las mismas declaraciones de Giffoni, él la abandonó a ella y a sus hijos en la

     "[...] más completa miseria [...]. Este abandono señor juez de sus hijos menores importa la pérdida de la patria potestad que ante sus hijos podía tener (Libro 1° sección 2° Título III Art. 307 del Código Civil Argentino), por lo cual el señor Juez debió no hacer lugar a la demanda".47

     Continuando con las indagaciones, descubrimos que, tiempo atrás, ella había entablado una demanda por la separación de Giffoni, patrocinada en esa oportunidad por don Lorenzo Gamez, vecino respetable del pueblo. Entre ambos, plantean al juez de turno que Giffoni hacía tiempo la había abandonado a ella y a sus hijos, y que la situación del matrimonio se había tornado insostenible "[...] por más que ella siempre profesa el cariño que en el matrimonio debe existir entre los cónyuges". Frente a su situación dice verse obligada a recurrir al Juzgado amparándose en el artículo 185 del Código Civil para demandar al esposo por incumplimiento del artículo 185 del mismo Código.48 Además de resaltar su cumplimiento como esposa y de sus deberes de madre cuestionaba la falta en que había incurrido el marido a sus deberes, aquellos que en algún modo implicaban la sujeción de la mujer al hombre pero que en cierta medida eran también una protección que ella usó a su favor.  Leonarda solicitó el embargo preventivo de la casa ante el temor de quedar en la calle y el Juzgado en aquélla oportunidad había hecho lugar.49 Pero tal pretensión paternalista pasaba a un segundo plano cuando la moralidad de la mujer se ponía en cuestión. Aquí la intención de restaurar el orden perdido por la falta cometida ocupa el primer lugar, como lo demuestra el caso de Francisca Griezo. El 24 de septiembre de 1895 se presentó a comparecer a la Defensoría de Menores don Gaetano Sapere, quien venía a reclamar a un hijo menor llamado José, que se encontraba en poder de la madre. La causa del reclamo era, según Sapere, que ésta estaba haciendo vida marital con otro hombre cuando él era su esposo legítimo. En la misma fecha prestó su declaración en la Defensoría doña Francisca, quien dijo que efectivamente ella vivía con otro hombre pero que su esposo la había dejado en la miseria, por lo cual se había visto obligada a abandonarlo, por lo que pidió al Juez que no hiciera lugar al pedido del padre. Así, si ella había sido puesta en falta por la observación del esposo legítimo, también él ahora estaba en la mira de la Justicia al no cumplir con su deber de padre proveedor. Sin embargo, aunque el esposo no la acusaba de adulterio y sólo reclamaba al hijo, la sombra de sospechas sobre la vida inadecuada de la madre fue suficiente para que las autoridades tomaran la determinación de hacerle perder su derecho sobre el hijo en cuestión, entregándoselo  al Sr. Sapere.50

     Lo cierto es que la estrategia de Francisca de desacreditar al marido en su propia defensa, al culparlo de no cumplir con su deber de padre, no fue tan efectiva como para contrarrestar la condena que las leyes y la sociedad hacían sobre la mujer que no sólo vivía con otro hombre sino que lo hacía habiendo abandonado a su legítimo esposo y llevándose un hijo con ella, afectando así doblemente el honor y los derechos de propiedad del hombre.

     Tampoco fue favorable a la madre la resolución del juez de Menores de Tandil, que debió actuar tras la denuncia de don Pedro Silacci, quien se presentó en julio de 1899 y expuso que

     "[...] ha bastante tiempo ha notado frialdad de parte de su esposa naciendo en él la sospecha de la infidelidad de su cónyuge. [...] Y que en virtud y teniendo la mujer a su lado dos hijos menores de cinco y siete años, pide al señor Juez se sirva quitárselos".

     Tal fue la decisión del juez ya que en su opinión,  de la exposición de las partes, "[...] resulta plenamente comprobado que la muger (sic) Ángela Silacci ha faltado a los deberes conyugales, perdiendo la patria potestad de acuerdo con los artículos 307 y 309 del código civil".51 Similar suerte corrieron los hijos de Felipa Acosta, denunciada por su marido en febrero de 1900 ante el defensor de menores de Tandil, por ejercer la prostitución en Vela, por lo que él pidió que le sacaran dos hijos menores del matrimonio, Rafael y Martín, de tres y dos años, respectivamente.  Tras la declaración de Felipa,  resolvió entregar sus dos hijos a don José De Panzo.52

     Pero tal vez el caso más representativo de los deberes y derechos de los padres y de la lucha en torno a la obtención de la guarda de los hijos, sea el litigio entre Lucía Huertas y Ciríaco Verón, entablado por éste último, en virtud de querer recuperar a un hijo de ambos, también llamado Ciríaco Verón. Por esta causa, el 21 de abril de 1899 se presentaron ambos a declarar a la Defensoría, al ser citados previamente.53 El padre pedía que el hijo le fuera  sacado a la madre, porque ésta llevaba una mala vida. Lucía, tal vez porque fuera verdad o tal vez por estrategia, contestó que no eran ciertas las acusaciones. Como Verón no presentó pruebas sobre la supuesta conducta indebida de la madre y ésta negó tales acusaciones, la Defensoría no hizo lugar a su reclamo. No contento con esto, el padre recurrió a la Defensoría General de La Plata, planteando su caso en más de una oportunidad, reiterando sus acusaciones. No obstante esto, y sin conocer la resolución final, cabe hacer hincapié en las primeras decisiones  del juez, al no poder probarse fehacientemente nada sobre la conducta licenciosa de la madre, piedra angular de todo el proceso. Tal como plantea Judith Farberman en relación a otro tiempo y espacio, lo que levanta la sospecha del vecindario (que apoya las intenciones de Verón en nuestro caso), es la excesiva libertad de algunas mujeres (como la que demostró tener Lucía Huertas para tomar sus decisiones), y su papel múltiple de jefa de familia y sostén económico.54

     Si la "mala fama" no se comprobaba, la protección de la madre y los hijos eran la prioridad de la ley. Si tal "mala fama" además no existe, mas rápida será la decisión a favor de la madre, como le sucedió a Fortunata Villalaba, quien se presentó ante la Defensoría de Tandil en enero de 1879 para reclamar la intervención frente al defensor de Rauch, lugar donde una hija menor de la mujer, Vicenta, se encontraba depositada.  Para la ley, la razón  estaba de parte de la madre y si la sombra de la inmoralidad no la rondaba, nada  debía impedir que los menores estuvieran con  ésta.55

Conclusiones

     Durante el siglo XIX y principios del XX se asistió a un progresivo avance de la mujer en varios campos. Si bien en  materia legal las mujeres siguieron estando subordinadas a los hombres, pudieron trascender el espacio doméstico y posicionarse en la arena pública. La mujer obrera, maestra, escritora o dama de beneficencia, discutía los roles considerados naturales que debían ejercer hombres y mujeres en la sociedad y por ende se ponían en juego las jerarquías que el modelo económico, político y social pretendía reforzar.

     En este contexto asistimos a una profusión discursiva que apuntaba  a generar una maternidad responsable y, sobre todo, a ajustar a la mujer al seno del hogar, lugar que tradicionalmente se le había asignado, naturalizando de esta manera construcciones sociales basadas en las diferencias biológicas.

     Lo que hemos intentado resaltar en este trabajo es que esos discursos que apuntaban a rescatar la importancia de la mujer virtuosa  se referían a ésta en tanto madre, así como a su comportamiento en sociedad, y esto incluía a sus maneras y a su vestimenta. Tenían además como fin último la resignificación, en el marco de la construcción de la estatalidad, de los estereotipos sobre la mujer que tenían un viejo arraigo en el colectivo social y en sus prácticas.

     Si bien sabemos que la influencia de estas campañas moralistas de la prensa y de los médicos higienistas pudo haber sido de gran importancia, la medida en que efectivamente estos discursos moldearon las prácticas es un tanto más difícil de afirmar. Ello se desdibuja aún más en el caso de las clases populares, a las que la prensa y los manuales hogareños probablemente no llegaban. No obstante, lo cierto es que impregnaron las prácticas y el imaginario colectivo.

     El discurso de la Justicia, entendido como una construcción social, tampoco quedó al margen, ya que transmitió esos estereotipos en sus resoluciones y ayudó en su construcción. Si bien lo normativo es más o menos objetivo, el discurso de los jueces está fuertemente mediatizado por las construcciones sociales de la época.56 Y es en materia de familia donde tal vez los estereotipos sobre la mujer se observan con más claridad. Aunque los reclamos de las mujeres en muchas oportunidades se escuchaban y se tomaban decisiones que las favorecían, por sobre la intención de protección de esta Justicia paternalista, observamos omnipresente la idea de preservar el orden social como objetivo último, sobre todo en el universo de los pueblos de campaña, donde tal como se ha constatado para otros espacios, las formas de la familia distaban bastante del ideal patriarcal y monogámico que se intentaba imponer. 57

     Analizar de qué manera las mujeres han discutido o negociado las construcciones de género es un paso fundamental a  seguir indagando,  para no perder de vista la capacidad de agencia de los sujetos sociales a lo largo de la historia.

Notas

1] Ese objetivo se vio constantemente amenazado por las guerras civiles, las reacciones indígenas y la llegada en masa de inmigrantes europeos.  

[2]  Sobre las acciones de las maestras como formadoras de ciudadanos ver Lucía Lionetti, "Ciudadanas útiles a la Patria. La educación  de las hijas del pueblo en Argentina, (1884-1916)" en The Americas, (Octubre, 2001); Lucía Lionetti,  "Continuidades y discontinuidades de las políticas públicas en la educación de las madres de ciudadanos en la Argentina del siglo XIX" en Pilar Pérez Cantó y Susana Bandieri (Comps.), Educación Género y Ciudadanía. Las mujeres  argentinas: 1700-1943, (Buenos Aires: Miño y Dávila,  2005). Las cuestiones de ciudadanía y género han sido trabajadas en Pilar Pérez Cantó (Ed.), También Somos Ciudadanas, Instituto Universitario de Estudios de la Mujer, Ediciones de la Universidad Autónoma de Madrid, Madrid, N° 21 y Margarita Ortega,  Cristina Sánchez y Celia Valiente (Eds.), Género y Ciudadanía. Revisiones desde el ámbito privado (Madrid: Instituto Universitario de Estudios de la Mujer, Ediciones de la Universidad Autónoma de Madrid, 1998), entre otros.

[3] Richard Sennet,  El declive del hombre público,  (Ediciones Península, 1978).         

[4] Entre otros podemos mencionar Mirta Lobato (ed.), Política, Médicos y Enfermedades. Lecturas de Historia de la salud en la Argentina, (Buenos Aires: Biblos, 1996); Jorge Salessi, Médicos, Maleantes y Maricas, (Rosario: Beatriz Viterbo, 2000); Lila Caimari, Apenas un delincuente. Crimen, Castigo y Cultura en la Argentina, 1880-1955, (Buenos Aires: Siglo XXI, 2004); María Silvia Di Lisia y Ernesto Bohoslavsky (Eds.), Instituciones y formas de control social en América Latina 1840-1940. Una revisión,  (Buenos Aires: Prometeo, 2005).

[5] Cabe aclarar que hacemos los comentarios y citas respecto al discurso de la prensa  basándonos en El Eco del Tandil, dada la riqueza de esta fuente en cuanto al contenido de la información que transmite, así como por la  conservación de la misma,  que nos ha permitido hacer un estudio pormenorizado de sus artículos entre 1882 (año en que se fundó) y 1910, cuando encuentra un corte nuestro período de estudio. No obstante, esto no implica que no hayamos analizado la prensa de los otros pueblos que forman nuestro marco espacial. Sin embargo, hasta el momento hemos obtenido material más disperso en el tiempo, peor conservado y de menor riqueza argumental

[6] Un estudio clásico pero siempre sugerente sobre el proceso de individuación del cuerpo y el saber biomédico es el de David Le Bretón, Antropología del cuerpo y modernidad,  (Buenos Aires: Nueva Visión, 1995).

[7]  Al referirnos a la Generación del '80, estamos pensando en las coincidencias de criterios que sus miembros manifestaron, pero también en sus diferencias,  en los quiebres al interior de su pensamiento.

[8] En particular para aquellas de clases medias que gozaban de un cierto bienestar económico y que pudieron hacer sus carreras de maestras.

[9] Sobre la equiparación de la estabilidad familiar y el orden público, ver Arlette Farge, "Familias. El honor y el secreto" en Philipe Aries y  Georges  Duby,  Historia de la Vida Privada, T. 3, (Madrid: Taurus, 2001).

[10] Sobre positivismo se pueden ver los trabajos de Oscar Terán,  José Ingenieros: pensar la Nación. Antología de textos. (Alianza, 1986); Oscar Terán,  Vida intelectual en el Buenos Aires de fin de siglo (1880-1910). Derivas de la "cultura científica", (Buenos Aires: F.C.E., 2000).

[11] Francine Masiello, "Género, vestido y mercado: el comercio de la ciudadanía en América Latina", en Daniel Balderston y Donna Guy (Comps.),  Sexo y sexualidades en América Latina, (Buenos Aires:Paidos, 1998),   317-318.

[12]  En otro trabajo hemos analizado cómo se perseguía el mismo objetivo a través de la acción del discurso de la prensa como elemento de control pero destinado especialmente a la mujer en tanto madre. Yolanda de Paz Trueba, "Mujeres: del espacio doméstico a la esfera pública. El largo camino hacia la inclusión" (Tesis de licenciatura, UNCPBA, 2005.

Sobre temas similares se reflexiona también en Yolanda de Paz Trueba, "Beneficencia, prensa y educación: tres caminos hacia la inclusión de la mujer en la esfera pública. Tandil, fines del siglo XIX y principios del XX", Revista Avances del Cesor, núm. 5 Año V (2005) y en Yolanda de Paz Trueba, "Beneficencia, control social y disputas de las mujeres en el espacio público del sur bonaerense a fines del siglo XIX y principios del XX" Revista Temas de Historia Argentina y Americana N° 9 (julio-diciembre, 2006).    

[13]  El Eco del Tandil (en adelante El Eco), "Consejos", 6 de agosto de 1899.

[14] De acuerdo con Dora Barrancos, la sociedad burguesa creía en la ingobernabilidad de las mujeres y en su inferioridad biológica, lo que habría determinado la necesidad de controlarlas, de sujetarlas jurídicamente al poder de sus maridos. En este sentido, el Código Civil de 1869 no hizo más que ratificar situaciones e ideas preexistentes. En Dora Barrancos, "Inferioridad jurídica y encierro domestico" en Fernanda Gil Lozano, Valeria Pita y María  Gabriela Ini (Dirs.), Historia de las mujeres en la Argentina,TI (Buenos Aires: Taurus, 2000),114.

[15] El Eco, "Consejos a las niñas", 2 de setiembre de 1899.

[16] El Eco, "Consejos a las niñas".

[17] Jacqueline Vasallo,  "El discurso de la domesticidad en los alegatos judiciales de la Córdoba dieciochesca" en Mónica Ghirardi (Comp.), Cuestiones de familia a través de las fuentes, (Universidad Nacional de Córdoba: Córdoba, 2005), 201.

[18] Por ejemplo ver El Eco  "Lectura para las damas. Esclavas de la moda", 5 de enero de1902, entre otros.

[19] El Eco, "El calzado de la mujer", 25 de octubre1891.

[20] El Eco, "El andar de las mujeres", 30 de mayo1895.

[21] El Eco, "Los ojos y el carácter", 10 de diciembre de1905.

[22] El Eco, "Consejos".

[23] Adriana Álvarez,  "El reinado y el control de las endemias en la ciudad de Buenos Aires de fines del siglo XIX y principios del XX" en  Adriana Álvarez, Inés  Molinari y Daniel Reynoso (Eds.), Historias de enfermedades, salud y medicina. En la Argentina de los siglos XIX-XX, (Universidad Nacional de Mar del Plata: Mar del Plata,  2004), 41.

[24] Jorge Salessi, Médicos...

[25]  Jacques Donzelot, La policía de las Familias, (Valencia: Ed. Pre textos, 1990).Cabe señalar que para nuestro espacio de estudio no contamos con manuales de este tipo pero encontramos en la prensa consejos a las madres acerca de la alimentación, vestimenta y crianza  de los hijos,  que interpretamos en un sentido similar. Ver entre otros El Eco, "Interesa a las madres de familia", 18 de diciembre de 1883 y "lectura para las madres. Higiene de los niños", 30 de noviembre de 1888.

[26]Lilian Diodati, "La visibilización de la norma. Cuerpo e imagen. Performatividad  y materialidad" en  X° Jornadas Interescuelas de Historia (Rosario: 2005). 

[27]El Eco, "El traje femenino", 12 de marzo de 1903; "Contra el uso del corset", 27 de agosto de 1899. Sobre cuestiones referidas a la moda, el peinado y la vestimenta en general ver El Eco, "Lo recomendamos a nuestras damas", 28 de abril 1886; "El peinado de las señoras", 14 de mayo 1886; "El vestido de la mujer", 11 de noviembre 1888 y "Colas y toneletes (artículo dedicado a las mujeres de moda)", 25 de enero de 1889, entre otros.

[28] Jacqueline Vasallo, "El discurso de la domesticidad...", 210. Cabe señalar que aunque las consideraciones de esta autora se relacionan con la Córdoba del siglo XVIII, constataciones similares se han realizado para nuestro espacio y tiempo de estudio. Esto confirma la idea de de la perdurabilidad en el tiempo de los discursos que encasillaban a la mujer en un rol definido. 

[29] Muchas veces la huida era consentida por la mujer, que de otra manera no podía concretar (por oposición paterna que respondía a causas diversas) su amor con el "raptor". Para el rapto en la sociedad rioplatense ver Carlos Mayo,  Estancia y Sociedad, 1740-1820,  (Buenos Aires: Biblos, 2004). 

[30] Mariana Beatriz Noce, "Mujeres subalternas en la época tardocolonial: una mirada desde las fuentes judiciales. Aportes y limitaciones", en X Jornadas Interescuelas, (Rosario: 2005), 19.

[31] AHMT (Archivo Histórico Municipal de Tandil), Correspondencia del Juzgado de Paz, Agosto de 1887.

[32] AHMT, Correspondencia del Juzgado de Paz, Octubre de 1880.

[33] AHMO (Archivo Histórico Municipal de Olavarría), Bustelo Saavedra doña Celina de. Fuga del hogar marital, 1888; Lhuiellier Luciano y  Luisa Lafar de Lhuiellier. Fuga del hogar, 1894.

[34]  Ver también AHMT, Correspondencia del Juzgado de Paz, febrero de 1882, Marzo de 1882, entre otros. Cabe señalar que para esta fecha ya estaba en vigencia el Código Civil que establecía que  el domicilio de la mujer casada era el que decidía su marido. Artículo 90, inc. 9° del Código Civil Argentino, en  Jerónimo Remorino (Dir.),  Anales de la Legislación Argentina, 1852-1880, (Buenos Aires: Ed. La Ley,  1954). 

[35]  AHMO, Sumario contra Saturnino Palacios por rapto a la menor Mauricia Urbina, 1883.

[36]  AMA (Archivo Municipal de Azul), Notas Varias, 1894.

[37] En este caso cabe señalar que el control se había ejercido sobre los menores antes, cuando la justicia los había entregado en guarda. Por  alguna razón se los consideraba peligrosos y pasibles de ser vigilados. La huida no hacía sino reafirmar estas características.

[38] AHMO, Gutiérrez María, Fugada, 1894; González Severo da cuenta de la fuga del menor Ceferino Zurita, 1895. Ver también AHMO Ojeda, José da cuenta de la fuga del menor Amancio Aguilar, 1895; Juan Recalde da cuenta de la fuga del menor Pedro Lorray, 1895; Dolores Montenegro Dolores da cuenta de la fuga de la menor Dominga Lara; AMA, Juan Torras hace lo propio por la menor Elena Funes, 1899; Robledo Juana  por la menor Petrona Cardoso, 1899; Máxima de Fernández por la menor Irene Ferreira, 1899, entre otros.

[39] Sobre cuestiones de honor, deshonra y familia se pueden ver los trabajos de Sandra Gayol,  Sociabilidad en Buenos Aires. Hombres, Honor y Cafés,  1862-1910, (Buenos Aires:Ed. del Signo, 2000); María Alejandra Fernández, "Familia en conflicto: entre el honor y la deshonra" en Boletín del Instituto Ravignani, N°20, (1990); Julián Pitt- Rivers, "La enfermedad del honor"  Anuario IEHS N° 14(1999). Sobre la importancia de las relaciones cara a cara y la necesidad de la defensa del honor ver Arlette Farge, "Familias... .

[40] AHMO, Sumario contra Saturnino Palacios por rapto a la menor Mauricia Urbina, 1883, cit.

[41] AHMO, Rojas Domingo y Toribio Arnesto por pelea y rapto de una menor, 1885. También Domingo Rojas usó el mismo argumento al pedir la captura de su hija Nicomedes y Toribio Arnesto, porque, según afirmaba,  éste la había obligado a apartarse del hogar paterno, lo que la chica negó rotundamente en sus declaraciones tras la captura.

[42] En otro trabajo hemos planteado que la defensa del honor no era privativo de las clases acomodadas, sino que, por el contrario, solía ser muy valioso desde la óptica de los sectores populares, ya que muchas veces ese honor era su único capital. Al respecto ver Gisella Sedeillan y Yolanda de Paz Trueba,  "Las mujeres ante los estrados de la justicia. Agresiones  sexuales en la campaña centro sur bonaerense a fines del siglo XIX" en Actas de IV Jornadas Nacionales Espacio, Memoria e Identidad, (Rosario: octubre de  2006), en prensa.

[43] AHMO Anselmo Carbajal, rapto de una menor, 1883.

[44] AHMO  Rojas Domingo y Toribio Arnesto por pelea y rapto de una menor, 1885, cit.

[45] AHMT, correspondencia del Juzgado de Paz, Enero de 1870. Ver también AHMT, correspondencia del Juzgado de Paz, Marzo de 1874.

[46] De acuerdo al documento mencionado, la constancia del inventario de los bienes embargados nos deja ver que no eran nada despreciables, frente a la necesidad reclamada por la mujer, para sus hijos.  Entre ellos se destacan una casa en el ejido del pueblo, una chacra poblada y una majada de ovejas, contadas en 330, entre otras cosas. AHMT, correspondencia del Juzgado de Paz,  Febrero de 1870.

[47] AHMO, Giffoni Francisco contra su esposa Leonarda  Ferreira reclamando sus hijos, 1897.

[48] Según el citado artículo 185, "El marido está obligado a vivir en una casa con su mujer, y a prestarle todos los recursos que le fuesen necesarios, a ejercer todos los actos y acciones que a ella le correspondieren, haciendo los gastos judiciales que fuesen necesarios para salvar los derechos de su mujer, como también los que fuesen precisos si la mujer fuese acusada criminalmente. Faltando el marido a estas obligaciones, la mujer tiene derechos a pedir judicialmente que su marido le de los alimentos necesarios, y las expensas que le fuesen indispensables en los juicios", en Jerónimo Remorino (Dir.) Anales de la Legislación Argentina....

[49]  AHMO, Leonarda F. de Giffoni contra Francisco Giffoni. Separación provisoria, 1895.

[50] AMA, Gaetano Sapere. Reclamo de un menor. También a Susana Díaz de Tandil le sacan a sus hijos, habidos del matrimonio con Telesforo Lescas, por hacer vida marital con otro hombre.  AHMT Defensoría de Menores, Actas, 1895, Libro 1067, folio 141.

[51] AHMT, Defensoría de Menores, Actas,  Libro 1067, folio 134.  "Los padres que exponen o abandonan a sus hijos en la infancia pierden la patria potestad"; "Los jueces pueden privar a los padres de la patria potestad, si tratasen a sus hijos con excesiva dureza, o si les diesen preceptos, consejos o ejemplos inmorales", artículos 307 y 309 respectivamente del Código Civil Argentino, en Jerónimo Remorino (Dir.) Anales de la Legislación Argentina....

[52] AHMT, Defensoría de Menores, Actas,  Libro 1067, folio 140.

[53]  AMA, 1899 Ciriaco Verón contra Lucía Huertas por el menor Ciriaco Veron.

[54] Judith Farberman, "La fama de la hechicera. La buena reputación femenina en  un proceso criminal del siglo XVIII", en Fernanda Gil Lozano, Valeria Pita y María  Gabriela Ini (Dirs),  Historia de las mujeres en la Argentina..., 43.

[55] AHMT, Defensoría de Menores, Correspondencia, Libro 1066.

[56] Casas, Cárdenas y García Canova "Acerca del género y el derecho como una práctica social discursiva", en X Jornadas Interescuelas, (Rosario: 2005).

[57]  Sobre las formas variadas que tuvieron las formas familiares en el espacio rioplatense ver, José Luis Moreno "Sexo, matrimonio y familia: la ilegitimidad en la frontera pampeana del Río de la Plata, 1780-1850", Boletín del Instituto Ravignani,  N° 16-17 (1997-1998);  Historia de la Familia en el Río de la Plata (Buenos Aires: Sudamericana, 2004. Estas cuestiones también son planteadas por José Mateo, "Bastardos y concubinas. La ilegitimidad conyugal y filial en la frontera pampeana bonaerense, (Lobos, 1810-1869)", Boletín del Instituto Ravignani, tercera serie N° 13 (1996).

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