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Revista Escuela de Historia

On-line version ISSN 1669-9041

Rev. Esc. Hist. vol.14 no.1 Salta June 2015

 

ARTICULO ORIGINAL

Apuntes para el estudio de los oficios y labores nocturnas en las ciudades hispanas (ss. XIV-XVI)
(Notes for the study of trades and night work in Hispanic cities, 14th -16th centuries)

Ezequiel Borgognoni
Universidad de Buenos Aires, ICSOH-CONICET, Av. Bolivia 5150, Salta, eborgognoni@gmail.com


Resumen:

En el Ordenamiento de Valladolid de 1351 se establecía que el trabajo asalariado debía durar de sol a sol. Dicha expresión venía a indicar el ritmo temporal del mundo del trabajo – de sol a sol- y, gracias al estudio de otras realidades de la geografía peninsular, sabemos que la regla no era privativa del caso vallisoletano. Muy por el contrario, este tipo de referencias se repetía como patrón general en la gran mayoría de los textos normativos sancionados por los municipios de las ciudades hispanas entre la baja Edad Media y la temprana modernidad. 
Hasta las últimas décadas del siglo XX, los historiadores del mundo del trabajo habían interpretado con demasiada literalidad este tipo de fuentes aun sabiendo que el ámbito propio de las normas jurídicas es el "deber ser", que es diferente al nivel del "ser", que marca lo que realmente sucedió. En los últimos años, los especialistas han precisado que los hombres y mujeres de las sociedades preindustriales no tuvieron un patrón rígido para definir el comienzo y la finalización de su jornada laboral.  Por lo tanto, han indicado que no es posible hablar del tiempo del trabajo en singular, sino de tiempos en un sentido plural, con ritmos diferenciados y dependientes de la propia estacionalidad.
En este artículo, nos ocuparemos de estudiar la colonización productiva de la nocturnidad, que tuvo lugar en el mundo urbano hispano en el tránsito a la primera modernidad. La identificación de una serie de actividades laborales que se iniciaban durante el día pero que continuaban a lo largo de la noche como así también el reconocimiento de aquellos oficios que eran esencialmente nocturnos, nos permitirá tener una visión más acabada de cómo debió ser el mundo del trabajo en las sociedades preindustriales.

Abstract:

In the "Ordenamiento de Valladolid  (1351)" it is stated that paid work was from dawn to dusk. This expression was used to referred to the temporal rhythm of the world of work. Since the study of other realities of the Iberian Peninsula, specialists could know that this law was not only enacted in Valladolid. Contrary to expectations, such references as general pattern were repeated in the vast majority of municipal laws passed by Hispanic cities from the late Middle Ages and early modernity.
Until the last decades of the twentieth century, historians of the world of work relied on such sources even knowing that the proper scope of legal standards is what "should be done" which is different from what is "done" It is marking what really happened. In recent years, experts have pointed out that men and women of pre-industrial societies did not have strict timetables. Therefore, they have indicated that it is not possible to talk about working time in the singular but in the plural, meaning, different rhythms and dependening on seasonal work.
In this article, we will study the colonization of the night work shift that took place in the Hispanic urban world in the transition to early modernity. The identification of a series of work activities that were initiated during the day but continued throughout the night, as well as the recognition of those trades that were essentially nocturnal, will allow us to have a  comprehensive overview of what  the world work in preindustrial societies was.

Palabras claves: Trabajo; Noche; Mundo urbano; Baja edad media; Temprana modernidad

Keywords: Work; Night; Urban world; Late Middle Ages; Early modernity


1. 

En los últimos años, los especialistas en la historia del mundo nocturno en las sociedades preindustriales han llamado la atención sobre la existencia de un conjunto de actividades laborales que se desarrollaron en el mundo urbano tras la puesta del sol1. Tanto la presión por la propia subsistencia material, como la existencia de un patrón cultural de trabajo preindustrial irregular, menos rígido que el nuestro, explican la colonización productiva de la nocturnidad2.  Además, en las comunidades preindustriales, los días otoñales e invernales fueron especialmente cortos pero no por ello se abandonaron las labores ordinarias.

Si decimos que la Edad Media no desconoció la existencia de un sinfín de actividades laborales nocturnas, nuestra afirmación cobra incluso más peso a medida que ingresamos a la Edad Moderna. Roger Ekicrh no ha vacilado en expresar que "not until the early modern era, however, was there a marked rise in nocturnal labor"3. Desde el siglo XVI, la emergencia de nuevos mercados y mercancías expandieron las economías regionales en todas las direcciones, tanto temporalmente como espacialmente. A pesar del persistente temor al fuego, los gremios y las autoridades municipales adoptaron regulaciones menos estrictas que hicieron posible la ejecución de actividades laborales durante la noche.

En el ámbito hispano, se documenta una enorme cantidad de trabajos nocturnos. Al respecto, creemos que el relevo y análisis de las fuentes legislativas y judiciales se constituye como tarea primordial para conocer el mundo del trabajo. De cualquier forma, también son de consulta ineludible las ordenanzas municipales, de oficios, las actas capitulares de los concejos, las pragmáticas reales, y cualquier documentación que nos permita reconstruir el mundo del trabajo. Creemos que, como el tema no ha sido abordado con la atención suficiente en la bibliografía publicada hasta ahora, es importante agotar la mayor cantidad y variedad de documentación posible.

2. Historia social del trabajo nocturno: oficios y ocupaciones

Las ciudades medievales fueron el escenario de un enorme dinamismo nocturno4. Si bien la oscuridad puso límites a las actividades productivas, esto no significaba que las mismas estuviesen vedabas. Por el contrario, una importante cantidad de labores artesanales y manufactureras se realizaban a la luz de velas y candiles.  En efecto, la documentación regia no solamente pone en evidencia la realidad histórica del mundo del trabajo nocturno, sino que a la vez lo promueve. En 1490, los Reyes Católicos ordenaron al corregidor de Murcia que permita el tránsito nocturno de las personas llanas e de buen trato que se dirigían a prima noche o medianoche o el alva a realizar distinto tipos de actividades laborales5. En 1493, los vecinos de Santa Cruz de Campezo peticionan ante los reyes porque Juan Hurtado de Mendoza había tomado la ciudad por la fuerza y, entre las muchas medidas adoptadas, decidió cerrar las puertas de la villa durante la noche. La monarquía preocupada por la interrupción del ritmo de trabajo nocturno manda a revocar esta medida6.

A continuación, presentaremos una serie de ocupaciones laborales que se desarrollaron en los reinos hispanos durante la noche con el objetivo de realizar una primera aproximación a una historia social del trabajo nocturno en el periodo tardo medieval y temprano moderno.  De cualquier forma, es importante realizar una aclaración antes de continuar. Es importante resaltar que la selección de oficios y ocupaciones que presentamos se funda en la documentación que hemos podido relevar hasta el momento. Por lo tanto, este recorte debe apreciarse como una primera tentativa de investigación para un tema que progresará a medida que se avance en el estudio documental.  

2.1 Carniceros

Durante el periodo bajomedieval y temprano moderno, la carne se fue configurando como uno de los pilares básicos de la alimentación de las personas. Los elevados niveles de consumo de proteína animal que tuvieron lugar en los siglos XV y XVI no volverían a repetirse hasta el siglo XIX7. Así, junto con el pan y el vino, la carne se volvió un alimento imprescindible y de consumo frecuente. Con el vocablo de "carnicero" se designaba a todos aquellos individuos que participaban en alguna o todas las fases por las que pasaba el ganado desde su muerte hasta la venta. Incluso los abasteceros de carne eran designados de esta forma, independientemente de que practicaran el oficio o no8.

La propia actividad de los carniceros ocupaba parte de las horas nocturnas. Por un lado, las tablas debían colocarse antes del amanecer, es decir durante la noche. En Segovia, las ordenanzas para el arrendamiento de las carnicerías del 11 de febrero de 1466 mandan a que los dichos carniceros e cada uno dellos ponga carne antes que salga el sol cada día en las tablas que estan obligados los carniçeros de la dicha çibdad e sus arrabales9. El incumplimiento de la norma era penado con una multa de doce maravedís. En las ordenanzas abulenses de 1487 se establece que los carniceros ayan de tener tablas a que se obligaren de la vaca e carnero, dende en amaneciendo antes quel sol salga, e estén allí continuamente con carne de vaca e carnero. Si la totalidad de la carne era vendida, las carnicerías eran reabastecidas durante la tarde y si era necesario se abastecía una tercera vez desde en dando la canpana de vísperas en la dicha iglesia mayor fasta el sol puesto e más tiempo10.

A modo de ejemplo ilustrativo, en las ordenanzas municipales antiguas de 1400 de la ciudad de Toledo, el capítulo seis (que fabla de los carniçeros) en su ley VIII manda, que los carniceros maten a los animales en vista de fieles durante la noche11. Por su parte, en las antiguas ordenanzas de la villa de Baena se especifica que, a las dos de la madrugada, los carneros ya deben estar muertos y desollados12. Un documento notarial fechado en abril de 1517 en Burgos da fe del arrendamiento de la carnicería de dicha ciudad y expone las condiciones de remate. En su cláusula primera se establece que los carniceros debían procurar el abastecimiento nocturno de carne y que de no cumplir con esta obligación se procedería al secuestro de los animales y al cobro de una multa pecuniaria13. En las villas vizcaínas, los ganados que traían los carniceros y mercaderes para abastecer de carne a los barrios podían pasar tanto de día como de noche14. En 1570, en las actas capitulares del concejo de Gibraleón puede leerse que todas las cosas que se trajeren a la carnicería las maten de antenoche u degüellen15. El incumplimiento de la norma justificaba el cobro de una multa de seiscientos maravedís. Las matanzas nocturnas de animales se realizaban bien en los corrales de las carnicerías o en los mataderos ya que las ordenanzas municipales prohibían matar o degollar ganado alguno fuera de estos lugares. Después de tajar la carne, los desechos tales como pieles, sebo y hueso eran sacados fuera de la ciudad para evitar la suciedad y los malos olores. Por lo tanto, a medianoche los carniceros se encontraron comprometidos en las labores de matanza de las reses, limpieza de los corrales y armado de las tablas para que al despuntar el alba pudiese comenzar la venta de carnes. En El coloquio de los perros de Cervantes, el elocuente canino Berganza, recordando sus primeros años de vida en un matadero sevillano , narra a su compañero cuadrúpedo parlante Cipión que  antes que amanezca, están en el matadero gran cantidad de mujercillas y muchachos16.

En relación a la comercialización de la carne, sabemos que las carnicerías permanecían abiertas todos los días de carne, es decir, todos los días de la semana menos el viernes en que era preceptiva la abstinencia. Las carnicerías vendían carnes desde que salgan de vísperas hasta las avemarías17. En Valladolid, se podía comprar carne desde las cinco de la mañana en verano y en invierno desde las siete. Aunque no era regla general, en tiempos de escasez, los concejos autorizaron que el horario de venta de carne se extienda hasta la noche18.

2.2. Cereros y candeleros de sebo

La necesidad de cera y sebo para iluminar la ciudad durante la noche creó los oficios  de cereros19 y candeleros20. Estos personajes no trabajaban durante la noche, pero si trabajaban para la noche, es decir, eran productores de dos tipos de productos esenciales para poder afrontar la oscuridad que se avenía con la puesta del sol. Las ordenanzas de las distintas ciudades regularon el oficio de cerero para garantizar que sus productos fueran de cera pura y prohibieron que se mezclen dos tipos diferentes de cera o  que se echara resina a la preparación durante el proceso de fabricación.  En Valladolid, los cereros tenían prohibido tener en su casa resina o saín.

Otrosí ordenamos y mandamos, por escusar el aparejo é inconveniente que puede haber, que ningun cerero tenga en su casa resina, ni sain, ni otra mezcla sospechosa para su oficio, aunque diga que lo quiere para otro efecto21.

En caso de encontrar estos elementos en la casa del cerero, se procedía a incautar la mercadería y se imputaba una multa de quinientos maravedís.  Asimismo, en el ámbito de las Casas reales existía el cerero mayor. Se trataba de un oficio palatino que tenía su ámbito de incumbencia en la cámara, el retrete y la sala. El cerero mayor era quien introducía en los aposentos de monarcas y señores principales los candeleros de plata con velas encendidas para iluminar las oscuras habitaciones. Del mismo modo, como explica Fernández de Oviedo, el cerero mayor besando los candeleros, uno a uno los pone donde han de estar o en la mesa donde cena Su Alteza, antes que se siente a la mesa, después de puestos los manteles22.El oficio de cerero mayor era bien remunerado dado que este personaje acompañaba a su señor desde la puesta del sol hasta el momento de dormir.

Por su parte, los candeleros del sebo eran los encargados de la fabricación y venta de velas de sebo. Al igual que los ceradores, tenían prohibido mezclar dos tipos de sebos diferentes, utilizar pabilos de mala calidad y echar resina en la preparación.  Tampoco se permitía reciclar la cera vieja y reutilizarla añadiéndole un pabilo nuevo.

2.3. Molineros y panaderas

En el caso de los molineros y panaderas encontramos una situación similar puesto que las labores de molienda del cereal junto con el posterior amasado y cocción de los panificados ocupaban parte importante del espacio nocturno23. Durante la Edad Media, la panadería era una actividad típicamente femenina, como demuestra el hecho de que las ordenanzas de todas las ciudades de esta época hablen genéricamente de las "panaderas", "harineras" y "horneadoras" frente a los "molineros". Por el contrario, los hombres aparecen dedicados a los procesos de molturación del grano o cocción de la harina, pero no así a los de masado y venta de pan24.

Guido Ruggiero cita el caso del molinero Marino Mozo quien en 1430 trabajaba durante la noche en su molino mientras su esposa tenía encuentros amorosos con un noble veneciano25. En el Archivo de la Familia de Ovando de la Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional (Toledo), se conservan tres contratos – 1504, 1520, 1590- en los cuales se negocia el arrendamiento de un molino para ser trabajado en su día y su noche26.En la tierra aragonesa de Bailo los vecinos debían moler su trigo en el molino de Pedro de Lasala que se encontraba abierto tanto de día como de noche27. En el término de Carmona, las ordenanzas del señorio de El Viso de Arcor (1536-1636) obligaban a que el molinero de aceite permanezca día y noche en el molino. En caso de tener que ausentarse por algún motivo particular, debía quedar en su reemplazo otro molinero.

La orden que han de tener los molineros de aceite. Primeramente ordenamos e mandamos que desde oy dia de três de henero en adelante para siempre xamas los molineros que son, o fueren de los molinos de aceite, de aquí adelante no salgan de los dichos molinos en ninguna manera de noche, si no fuere de dia, y esto sentienda saliendo por mantenimiento o por otras cosas necesarias que ayan mucho menester, y si saliere el uno quede el otro, so pena que si ansi no lo hicieren, i cumplieren caiga en pena de doscientos maravedís para el conxejo de esta villa28.

Esta situación no debió ser exclusiva de la zona de Carmona y su término. A casi 240 km de Carmona, en Baeza, sus ordenanzas refieren asimismo que el molinero no salga de noche del molino. En caso de que el molinero osara abandonar el molino después de tañida la oración de la tarde debía pagar una multa de seiscientos maravedís29.En relación al trabajo de las panaderas, Asenjo González explica que la oscuridad se asociaba con determinados procesos biológicos fundamentales relacionados con la fermentación, y que estaban en el origen de los productos necesarios y básicos para la subsistencia tales como las levaduras del pan, entre otros30. Para las mentalidades de los hombres medievales los procesos biológicos que tenían lugar durante la noche eran entendidos casi como milagrosos puesto que tras superar la fase nocturna surgía un producto nuevo y diferente de aquél que había servido de origen. En consecuencia, las actividades vinculadas a la producción de panificados eran esencialmente nocturnas. Los concejos no combatieron la actividad nocturna de las panaderas pero si fueron conscientes de que se debían tomar ciertas precauciones para evitar los incendios. Durante el invierno, en algunas ciudades las encargadas de cocer el pan en los hornos repartían brazas y fuego a los vecinos del barrio para que pudieran combatir el frío. El problema de esto era que los vecinos transportaban irresponsablemente por las oscuras calles cantidades importantes de brazas que se dejaban caer y entraban en contacto con pajas y otros elementos que podían provocar incendios. Para evitar esto, en Bilbao se mandó a que ningunas orneras [mujeres que horneaban el pan31] non sean hozadas de dar braza nin fuego alguno a ningunas presonas de oy dia en adelante, saluo en ollas e sartanes  o bazines donde muy goardado sea, e non baya cayendo por la calle, so pena de cada çinquenta maravedis a cada vno por cada vez que lo contrario feziere32. Por lo que se refiere a la comercialización de panificados, generalmente se hacía durante el día y en el espacio de la plaza pública33. Sin embargo, en algunas ciudades se autoriza la venta del pan cocido durante la noche. Las ordenanzas del concejo de Cuenca (1466) autorizan el funcionamiento del mercado semanal para la venta de pan, vino y otras mercancías desde amanesçiendo fasta en anochesçiendo34. En el siglo XVI, las ordenanzas vallisoletanas permiten vender el pan en la casa pública de la panadería tras la puesta del sol35.

Si bien el pan era uno de los alimentos esenciales en la dieta de los hombres y mujeres de la Edad Media, no todos pudieron y/o quisieron procurarse este alimento por la vía comercial. En algunos casos, las personas compraban la harina y producían directamente su propio pan. Los inventarios y relaciones de bienes cuentan entre sus elementos con muchos de los instrumentos necesarios para la fabricación del pan y es sabido que dichos útiles constituían una parte importante de las dotes que aportaban las mujeres al momento de contraer matrimonio y también aparecen con frecuencia en los testamentos como mandas a parientes y amigos. Asimismo, está documentada la presencia de bolsas de harina en las casas que se almacenaba en las habitaciones de la planta alta de las casas En los casos de elaboración doméstica de los panificados, el encargado de pesar y vender la harina estaba autorizado a hacerlo durante la noche siempre que los compradores se presentaran portando lumbre encendida. En la villa de Bilbao los dichos sennores conçejo, justiçia e regimiento de la dicha villa mandaron que se diese memoria al que pesava la arina de la dicha villa de lo que avia de faser en esta manera: que de mananna abra las puertas e pesa fasta las onze oras; e, despues, desde la vna fasta la noche al avemaria; e que de noche en todas las oras que benieren las roderas e los duepnos de los çorrones con lunbres, les pese los çorrones, e si non troxieren lunbre que non les pese36.

2.4. Pescadores

Entre los pescaderos, sabemos que parte de su trabajo se realizaba a la noche ya que era el único momento en el día en que se les permitía echar las aguas del remojo y los desechos de la propia actividad ictícola. Los concejos urbanos mostraron una enorme sensibilidad por el saneamiento y limpieza de la ciudad; en este sentido velaron por el cumplimiento de una normativa general encaminada a mantener los niveles mínimos de higiene en las pescaderías. En Oviedo, el pescadero Gonzalo de Lugones fue denunciado en 1504 por sus vecinos por dañar a la república  remojando el pescado y las sardinas dentro de su casa durante el día37. En 1576, el concejo aragonés de Barbastro arrendó a Martín de Millera por un término de tres años la venta exclusiva de abadejo en la ciudad. El contrato de arrendamiento establece que el pescadero debía vaciar los desechos de la propia actividad ictícola después de las nueve de la noche  por el hedor grande que de aquellas sale38.

Algunos pescadores intentaron aprovechar el espacio de la noche para pescar en zonas prohibidas, una actividad tan ilícita como provechosa. Tal fue el caso del vecino soriano Cristobal de Salamanca que fue acusado de haber pescado de noche en zonas vedadas del río Ucero39. En la zona de Cantabria, se conserva un pleito entre el Consejo, Justicia y Regimiento de Laredo contra el Consejo, Justicia y Regimiento de la villa del Puerto de Santoña porque halláronse a las onze de la noche en la Ría y Canal do dizen Salve el viejo, término y jurisdicción de la villa de Laredo, a Gonçalo de Herrera, y a otras personas del lugar de Cicedo que estaban pescando fuera de la zona de su jurisdicción40. Era frecuente que en tiempos de cuaresma, la demanda estacional de pescado alentara a determinados hombres a realizar incursiones nocturnas de pesca en zonas no permitidas del río para luego venderlo en las pescaderías. Al respecto, Le Goff y Schmitt nos recuerdan que en el periodo de cuaresma el abastecimiento de pescados en la ciudad era esencialmente nocturno41. Finalizado el periodo de cuaresma, el traslado nocturno de pescados se volvía prácticamente una necesidad durante los meses de verano cuando las altas temperaturas diurnas podían afectar seriamente la calidad y el estado de los recursos ictícolas. Es decir, entre los meses de febrero y septiembre, casi un 60 % del tiempo del año calendario, los pescadores abastecieron de pescados a las ciudades hispanas durante la noche. Incluso en el frío invierno de 1493, se recordó al concejo de Dueñas que en lo sucesivo tenga abierta las puertas de esa villa y no permitan que los alcabaleros las cierren por la noche a fin de que puedan pasar los que traen pescados frescos a la villa de Valladolid donde está e reside nuestra corte42.En Baeza, la venta del pescado se realizaba durante la mañana hasta misa de terçia y luego continuaba tras la puesta del sol desde tañendo a vísperas hasta la noche. La venta nocturna de pescado en plazas y mercados no estaba prohibida. Lo que el concejo buscaba combatir era que las pescadoras ofrezcan el producto para la venta desde sus casas43.

2.5. Trabajadoras del mundo textil

En el ámbito de la producción textil artesanal, se destacaba el trabajo de las mujeres a pesar de que en la documentación relacionada con los oficios las cuestiones reglamentarias se expresaran en masculino. María Teresa López Beltrán,  María Isabel del Val Valdivieso, María del Carmen García Herrero y Ricardo Córdoba de la Llave han documentado la existencia de numerosas mujeres en la tejeduría y la hilandería44. En muchos testamentos e inventarios post mortem de mujeres figuran tornos para hilar y elementos propios del oficio.  Hasta donde sabemos, existieron verdaderas maestras en el arte del hilado que enseñaron a las niñas, de generación en generación, esa destreza. A pesar de las prohibiciones normativas, el trabajo de las hilanderas y tejedoras debió comprometer parte del tiempo nocturno45.  Al menos así lo recoge Martín Pérez en su manual de confesores preocupado por las reuniones de estas mujeres que se ayuntan en uno e están fasta la media noche diciendo muchos males e dizen allí muchas caçorrias e luxorias46. Estos espacios de laboriosidad y sociabilidad femenina eran considerados por los moralistas como escuelas de los diablos, do se aprenden e do se enseñan las sçiençias del infierno47. Las tareas de hilado y los instrumentos de trabajo se asociaron al universo de la brujería. Recordemos que en La Celestina, la vieja hechicera traza un círculo mágico y derrama aceite sobre una madeja de hilado mientras hace su conjuro y luego lleva ese hilado a Melibea quien se lo compra a cambio de una prenda personal, su cordón. Alan Deyermond48, quien ha puesto en conexión el hilado, el cordón y la cadena, defiende la presencia demoníaca en el hilado tras la invocación. El diablo posee a Melibea, tras ser el responsable de la ausencia de Alisa, e impregna el cordón por el que Pármeno y Sempronio darán muerte a Celestina. Es por lo tanto la hechicería asociada al mundo del hilado, a la que apela Celestina, la responsable del dramático fin del texto.

Según Ekirch, desde el siglo XIV "above all, women devoted nights to spinning and knitting, carding wool, and weaving"49. Esto se vinculaba a la aparición de la industria rural a domicilio y al hecho de que las tareas de hilado y tejido se podían realizar perfectamente a la luz de las candelas. Además, la sociabilidad nocturna surgida alrededor de este oficio alentaba a las mujeres a ingresar a un mundo que les proporcionaba no sólo un ingreso económico determinado sino también la posibilidad de pertenecer a un grupo social con una identidad propia. De cualquier forma, estos espacios eran esencialmente femeninos y no se admitía allí la presencia de hombres que pudiesen comprometer la moral de las allí convocadas50.

2.6. Parteras

Según la tradición bíblica, Eva transgrede la ley divina abandonando su rol pasivo que correspondía con su condición de fémina y  se alimenta de la fruta prohibida, símbolo del pecado sexual. Eva recibe el castigo por su falta y es condenada al ámbito privado: "sufrirás preñeces difíciles, parirás con dolor y buscarás con ardor a tu marido que te dominará" (Génesis, 16).El pecado original afectó a toda la humanidad y por ello este castigo se hizo extensivo a todo el universo femenino que debió cargar con las consecuencias del mal accionar de la primera mujer. Durante la Edad Media y la primera modernidad, un grupo de mujeres se especializaron en el oficio de atender el parto y aliviar, en la medida de lo posible, sus efectos. Las parteras no sólo recibían al recién nacido sino que también prestaban cuidados durante el embarazo y puerperio y asimismo aconsejaban a la mujer en todos los aspectos relativos a su sexualidad incluyendo desde formas anticonceptivas hasta métodos abortivos.

El ritmo de trabajo de las parteras no tenía un tiempo definido. Son frecuentes las representaciones pictóricas que muestran escenas nocturnas de alumbramiento o de los momentos inmediatamente posteriores al mismo. Si bien hay grandes divergencias a la hora de narrar el nacimiento de Cristo, en la mayor parte de las fuentes se expresa que María y José habían viajado de Nazaret a Belén con objeto de empadronarse y que durante ese viaje, a la noche, la Virgen se pone de parto y se produce, con la asistencia de parteras, el alumbramiento de Cristo. La especialista Irene González Hernando insiste en que es habitual "señalar el lugar del nacimiento con la presencia de un astro en el cielo, estrella que guiará después a los magos, y del que en ocasiones partirá un haz de luz que culminará en la figura del recién nacido"51. En el Retablo de la Bañeza de Nicolás Francés52, de mediados del siglo XV, el niño aparece irradiando una intensa luz en un ambiente de nocturnidad.  El alumbramiento nocturno de Cristo también se hace visible en el Tríptico de la Virgen de Montserrat, comenzado por Bartolomé Bermejo y concluido por Rodrigo de Osona, conservado en la catedral italiana de Acqui Terme53.  En esta ocasión la nocturnidad queda referenciada directamente por las tonalidades del cielo atendiendo al crepúsculo.

En las fuentes documentales se pone de manifiesto que las parteras debían estar dispuestas a trabajar durante la noche si la parturienta comenzaba a tener dolores de parto después del crepúsculo. En muchas localidades, tenían una o dos parteras en nómina. En Plencia (Vizcaya) se establecía que la comadrona sea tenuda a donde quiera que la llamaren dentro de la dicha villa asi de noche como de dia, asy como sea llamada, syn otra dilaçion alguna54. Si la comadrona se negaba a dar asistencia sanitaria a las mujeres que estaban listas para dar a luz durante las horas nocturnas, eran apercibidas con una multa de doscientos maravedís. Incluso se prohibía que las parteras se ausentaran de la villa cuando se sabía que una mujer estaba próxima a parir. A inicios del siglo XVI, en Lekeitio, el Ayuntamiento libraba una cantidad anual de 160 maravedís para el pago de su partera y fidelizar de ese modo su compromiso con la comunidad55.

Desde la baja Edad Media, se asiste a una demonización del trabajo de las comadronas muy especialmente cuando su accionar tenía lugar a instancias de la nocturnidad. La figura mítica de la comadrona-bruja actuaba durante la noche y sus metas eran procurar la esterilidad femenina, provocar la impotencia masculina y favorecer prácticas abortivas. Si el accionar de estas mujeres malvadas se veía demorado y la criatura lograba nacer, existía la creencia de que la comadrona procuraría asesinar al niño y utilizar las partes de su cuerpo para realizar ungüentos maléficos. En el Malleus Maleficarum56,  uno de sus capítulos titulado "De cómo las brujas que son parteras cometen horrorísimos crímenes cuando matan a los niños o los entregan a los demonios de la manera más aborrecible"  comienza relatando la experiencia de una buena mujer, muy devota de la Santa Virgen María que cuenta lo que le sucedió un tiempo atrás.

Estaba preñada de mi legítimo esposo, hoy muerto, y cuando se acercaba el parto cierta matrona me insistió para que la emplease para asistirme durante el nacimiento de mi hijo. Pero como conocía su mala reputación, y aunque había decidido llamar a otra mujer, con palabras conciliadoras fingí aceptar su ruego. Pero cuando llegaron mis dolores y traje a otra partera se enfureció mucho, y una semana más tarde entró en mi habitación, una noche, con otras dos mujeres, y se acercó a mi cama; y cuando intenté llamar a mi esposo, quien dormía en otra habitación, mis miembros y mi lengua quedaron paralizados, de manera que excepto ver y oír, no podía mover un solo musculo. Y la bruja, parada entre las otras dos, dijo: ¡Vean a esta vil mujer, que no quiso tomarme por partera! ¡De seguro no se saldrá con la suya sin castigo!57

El relato continúa con la mujer explicando como la bruja le mete en las entrañas espinas de un rosal, huesos y trozos de madera mezclados con otras cosas que no podía identificar. A los seis meses, la mujer tuvo dolores en el vientre y cuando se dispuso a evacuar toda la inmundicia salió de su cuerpo. El mito de la comadrona-bruja entroncaba directamente con el mito del Sabbat. En cierta oportunidad, un inquisidor recoge el testimonio de un hombre que relata haber visto una asamblea nocturna de mujeres matando a un niño y bebiendo su sangre. Los autores del Malleus agregan en relación a este caso que en todos los asuntos las comadronas provocan daños aún más terribles, como a menudo nos dijeron, a nosotros y a otros, algunas arrepentidas, confirmando que nadie hiere más a la fe católica que estas parteras58.La historiadora María Tausiet recoge el caso de Dominga la Coja quien en 1534 había confesado al Tribunal Inquisitorial de Zaragoza cómo ella y otra mujer se dirigieron durante la noche a la casa de Roiz Castellon y su esposa aprovechando que dormían  tomaron el dicho niño de los brazos del dicho Roiz, y lo llebaron a la cozina y (...) Grazia la Nadala sacó brasas del fuego debaxo de la cenisa, y que puso el dicho niño, junto con las brasas a assar (...) y que así muerto, lo tornaron a do la habían robado59.

Los teólogos medievales fueron los principales creadores de la difusión del mito comadrona-bruja60. Por un lado, la Iglesia Católica condenó todos los actos que perseguían la esterilidad, la anticoncepción e incluso el aborto, "con lo cual quedaban englobadas todas las oscuras actividades de las parteras dentro de un atentado general contra la Iglesia Católica y sus leyes divinas"61. Por otra parte, los teólogos instituyeron  la idea de que la partera ofrendaba el cuerpo muerto del recién nacido al demonio en un acto sacrílego, opuesto al bautismo62. Los miembros de la comunidad médica, en una notable lucha de poder con las comadronas, insistieron en que la actividad de estas mujeres debía estar controlada. El médico Damián Carbón escribió en su Libro del arte de las comadres o madrinas y del regimiento de las preñadas o paridas y de los niños, primer tratado obstétrico escrito en España en lengua romance, que la comadrona debía mantenerse alejada de  sortilegios, supersticiones y agüeros no cosas semejantes porque lo aborrece la Yglesia Santa. Sea Devota y tenga devoción en la Virgen María y también con los sanctos y sanctas del paraíso63. Medicina y religión no podían entonces separarse completamente y parece indudable que las premisas dogmáticas de la segunda se impondrían todavía durante un buen tiempo sobre las incertidumbres que todavía generaban los avances en materia "científica".

Además de asistir a este proceso de demonización, el oficio de las parteras se vio asociado al universo prostibular femenino. Gonzalo Fernández de Oviedo escribe: siempre oý dezir en Castilla que la vezina que de noche ha de abrir puerta ha de ser partera o panadera que, por razón de sus ofiçios, han de tener el aldava muy presta, e no perezosa. De manera quel ofiçio es el de alcahuete64.Las prácticas laborales nocturnas de las comadronas no hacían otra cosa que actuar en pos del envilecimiento de su noble oficio. Eugenio de Salazar escribió una de sus cartas para una vieja tripera y partera que se preciaba de hermosa y no dudó en asociar las artes de tripería, partería y putería65.

2.7. Constructores

En el terreno de la construcción, se prohibía que se realicen construcciones durante la noche. En un estudio realizado sobre los gremios de Sevilla en el período medieval y moderno se consultaron decenas de ordenanzas de oficios y sólo tres de ellas especifican excepcionalmente el horario del trabajo permitido que excluye al tiempo nocturno66. Sin embargo, en ocasiones los ritmos del trabajo y las necesidades acuciantes no permitían detener la laboral con la puesta del sol. Izquierdo Benito recuperó dos documentos que detallan los distintos alimentos que se compraron para ser consumidos por el personal que participó en los trabajos de fundición de una campana encargada por la Catedral del Toledo y de un esquilón. En la relación de alimentos consumidos por el personal que participó de la fundación de una campana se puede leer que en fecha del 21 de diciembre de 1424 se trabajó toda la noche67. Agrega Izquierdo Benito:

"El trabajo de fundir una campana no se podía interrumpir, de ahí que hubiese que trabajar toda la noche si era preciso. La duración del trabajo dependería del tamaño de la campana, pero parece que se empezaba a última hora de la tarde, se seguía toda la noche- tal vez también por beneficiarse de la menor temperatura nocturna dado que se trabajaría en unas condiciones de mucho calor- hasta el mediodía o la tarde siguiente"68.

 El 21 de abril de 1425, unas ocho personas participaron durante toda una noche en la fundación de un esquilón69. Mientras tienen lugar las actividades productivas nocturnas, las relaciones de alimentos ponen de manifiesto un alto consumo de vino. En materia alimenticia, los constructores toledanos consumían productos que no requerían cocción, fundamentalmente panificados.

Durante las fuertes tormentas que asolaron a Castilla en 1434, los maestros albañiles se vieron obligados a trabajar durante la noche para reparar los daños que el agua dejaba a su paso. Relata el cronista Carrillo de Huete que por entonces la cibdad no durmió de miedo y que los vecinos, alguaciles, alcaldes, jurados debieron trabajar varias noches de manera conjunta para construir compuertas que impidieran que el agua siga ingresando a la ciudad70.

En las ordenanzas de una de las ciudades más importantes e influyentes del reino de Jaen, sus ordenanzas establecían que las obras para terminar los muros de la ciudad podían se realizaban tanto de día como de noche. En este último caso, se determinaba que el escrivano de conçejo vea en la noche los maestros y obreros que andan en la dicha obra, e dé alvalá para el canbiador para que pague la dicha gente por los preçios que cada uno jurare que gana, lo qual juren ante el dicho escrivano71.Por entonces, al igual que ahora, los maestros constructores y obreros recibían una suma de dinero adicional cuando sus labores ocupaban parte del espacio nocturno. No sólo era posible trabajar durante la noche, sino que también era más conveniente.

Vinculado al sector de la construcción, se encontraban los carpinteros cuyo trabajo incluía desde la obtención de la madera hasta la fabricación de muebles y vehículos. En general, estos trabajadores requerían licencia municipal para poder cortar madera en el término de las ciudades. Se conservan las peticiones presentadas por los vecinos y la concesión de las licencias sujetas siempre a determinadas condiciones como la duración del permiso de tala, el lugar de extracción de la madera, el tipo de árbol que se podía obtener y el momento del día en el que se podía realizar  la actividad. Los concejos autorizan la realización de actividades forestales durante el día. Sin embargo, debió ser frecuente la tala nocturna de árboles ya que los distintos concejos lo prohíben reiteradamente en sus ordenanzas. En la villa navarra de Tafalla, se prohibía expresamente ir por leña de noche72. Por su parte, las ordenanzas municipales de Orduña (1499-1518) sancionan con una multa de seiscientos maravedís a quien de noche fuere fallado cortando leña en los montes73. Es sabido que el trabajo de los carpinteros incluía preparar la madera para luego venderla. Se comenzaba por quitar las ramas y la corteza al árbol abatido. Seguidamente, el trabajador procedía al encuadrado de la madera consistente en sacar del tronco la mayor cantidad posible de piezas, con todas sus caras planas y formando entre sí ángulos rectos. El madero de mayor longitud que se podía extraer se denominaba "madero enterizo". El último tratamiento que debía recibir la madera era el secado y se realizaba durante la noche ya que de esa forma se garantizaba que el madero no sería afectado por la luz ni por la humedad. Aun así, los concejos y las corporaciones de oficios de carpinteros buscaron reducir siempre al mínimo e indispensable las labores nocturnas. Sin dudas las mismas existieron pero fueron combatidas duramente. Por un lado las corporaciones consideraban que durante el trabajo nocturno la falta de luz alteraba la calidad e impedía asegurar una buena manufactura74. Por su parte, los concejos insistieron en prohibir el trabajo nocturno de los carpinteros ya que los ruidos propios de la actividad molestaban a los vecinos mientras dormían. En relación a esto último, se conserva una petición ante el concejo de Bilbao de un grupo de vecinos que afirman que los carpinteros o la mayor parte de la noche  fasian mucho dapno e enojo a los vesinos que bibian juntos cabo ellos e mobian e desbarataban las casas con los dichos golpes e fasian grand dapno a los vinos que estavan encubados con los dichos golpes; e asy mesmo, ellos e sus moços se cançaban travajando toda la noche e otro dia, quando avian de yr a travajar a ganar sus jornadas a casas ajenas, commo yvan cansados de la noche de antes de asy velar commo de travajar toda la noche, no hasian la fazienda que hera razon de haser, de donde venia grand peligro e cargo a sus conçiençias e gran dapno a los vezinos de la villa75. En cuanto a la comercialización de la madera, sabemos que por regla general la misma se realizaba en el mercado durante el día. No obstante, hay excepciones que habilitaron a la venta nocturna de madera. En las ordenanzas de Piedrahita de 1405 aparece una corrección incorporada un año después en la que se establece que la dicha madera e tea se venga a vender toda aquí, a la dicha villa, el día del martes, que es mercado, e que esté en la plaҫa desde salidas misas, todo ese día e esa noche fasta otro día de mañana76.

2.8. Sepultureros y enterradores                    

           

El trabajo de los sepultureros y enterradores ocupó parte del espacio nocturno. Ya desde la época romana, los niños y los pobres eran enterrados de noche77. El especialista Hans-Friedrich Mueller ha realizado la transcripción del griego de un edicto del último Emperador pagano de Roma, llamado Juliano "el apóstata", en donde expresa la preocupación por mantener la costumbre de realizar los ritos mortuorios durante la noche78.

           

En los siglos bajomedievales, la peste negra fue una de las principales responsables del aumento de las tasas de mortalidad. Las personas encargadas de instrumentar los oficios de la muerte fueron los sepultureros, los excavadores de tumbas, los cocheros, los campanilleros, entre otros. Aquí nos ocuparemos de sus actividades y labores nocturnas en épocas signadas por las pestilencias. Las crónicas y la literatura de la época nos permiten reconstruir una imagen del trabajo de estos hombres. Durante la noche, los sepultureros recogían los cadáveres de las casas y los ponían sobre los carros apilados uno encima de otro. Dicho espectáculo nocturno fue calificado por Daniel Defoe como algo macabro79. Para Defoe, estos traslados mortuorios eran fundamentalmente nocturnos ya que se buscaba esquivar la mirada de los curiosos y la alteración del orden social.  Alberto Hernando,  al reseñar el caso milanés a partir de las crónicas de Federico Borromeo, recrea una imagen similar a la de Defoe y, por lo tanto, recurrente en aquel tiempo.  

           
"Por las noches, con cautela para no alarmar más a la población, los cadáveres de los muertos a causa del morbo se transportaban en carros hasta una explanada extramuros de la urbe".80
           

Los contemporáneos coinciden en señalar que las personas más pobres eran quienes desempeñaban las tareas de traslado y enterramiento de muertos por la peste81. Finalizada la recorrida, se dirigían a los cementerios para proceder con su cremación o enterramiento.

En Burgos, sabemos gracias al relato del corregidor Andrés de Cañas Frías que durante la peste de 1599 los sepultureros enterraban a todos los que morían de este mal y se encargaban, junto con el alguacil, de desnudar a los muertos para quemar durante la noche sus ropas. Es sabido que uno de los métodos profilácticos más efectivos para detener y combatir la peste era justamente la quema de la ropa y las sábanas que había utilizado el apestado. Sin embargo, los sepultureros no siempre estuvieron dispuestos a seguir la prescripción sanitaria y en ocasiones privilegiaron sus propios intereses. El corregidor de Burgos expresaba su preocupación al respecto dado que los enterradores, a quienes califica de pícaros, se robaban las prendas de vestir infectadas en lugar de quemarlas para luego venderlas82.  En Milán, tres décadas después, Federico Borromeo advertía que los sepultureros, con el pretexto de desinfectar, lavar y quemar, arrasaban y transportaban todo tipo de bien y, en tal ocasión, se hacían dueños de las cosas. El cardenal afirma que los sepultureros corrían hacia la muerte por avidez de ganancia83.

En ocasiones, los propios familiares de los difuntos realizaron las prácticas de enterramiento durante la noche. El enterramiento del hijo del vecino de Navarra Esteban Curiquo fue realizado por el propio padre de noche a cautella y ocultamente84. En algunas ciudades, los vecinos podían ver y oír desde sus casas un espectáculo nocturno protagonizado por un hombre que realizaba caminatas durante el crepúsculo con una campana rogando por las almas que se encontraban en el purgatorio. En Bilbao, en 1515, se acordó remunerar esta actividad.

El dicho dia los dichos sennores conçejo, justiçia, regymiento dixyeron que por quanto el que anda de noches con la/ canpana para faser memoria (tachado: por la) para que rueguen por las almas del pulgatorio non quiere andar syn que le den algund salario, por ende, por ser la cosa en serbiçio de Dios e por rogar por las almas del pulgatorio, dixieron que mandaban e mandaron al que asy trae e truxyere de aqui adelante la dicha/ canpana vn ducado de oro por cada vn anno, e que lo de el que tobiere el cargo de la demanda/ del pulgatorio85

Tampoco faltaron los buscadores nocturnos de tesoros. A fines del siglo XVI, el concejo aragonés de Loarre y sus aldeas encarga al procurador que acuse a Joan San Vicente y Lorenço de Ubies vezinos de Loarre por haber cometido delicto en hir de noches a ora cauta a disbarratar la hermita y torre de Santa Agueda para buscar moneda y cabar aquella86. Los vecinos habrían excavado durante toda la noche en búsqueda de monedas y terminaron por destruir el altar de la ermita y torre de Santa Águeda. El caso sentó precedente para evitar allí la búsqueda nocturna de tesoros.

2.9. Carceleros y personal de las prisiones

Quantas maneras son de pena...Ca la carcel non es dada para escarmentar los yerros: mas para guardar los presos tan solamente en ella, fasta que sean judgados87. Según las Partidas,  la cárcel era el espacio donde se recluía a los hombres mientras eran investigados por la justicia y donde se los mantenía privados de la libertad cuando, después del dictado de una sentencia, se aguardaba que paguen una caloña. También se practicaba allí el aprisionamiento por deudas. En cualquier caso, en sus inicios, la cárcel era un lugar de guarda y no un espacio de castigo. Sin embargo, en época bajomedieval y moderna los delitos comienzan a ser castigados con penas de prisión. Es decir, permanecer encarcelado comienza a ser un castigo que afecta a los infractores. A medida que fueron proliferando el número de cárceles y aumentando la cantidad de reclusos en los reinos hispanos, aumentó el temor ante la posibilidad de fugas de prisioneros.  Este temor motivó la creación de un servicio de atención y vigilancia nocturna de los reclusos. Un grupo de hombres trabajaban durante la noche en las prisiones siendo su principal responsabilidad la de garantizar guardias nocturnas permanentes que impidieran la huída de los prisioneros. Entre sus competencia, se incluían las de controlar la salida de todas las visitas a la diez de la noche, garantizar el alumbrado artificial en los interiores de los pabellones y mantener con llave todas las puertas. Durante la noche, los hombres de la guardia recurrieron al uso de cadenas y cepos para mantener inmovilizados a los hombres que vigilaban88.Los carceleros estaban encargados de la custodia y no del tomento de los presos. En consecuencia, se recomendaba que cuidasen del reo no lo apremiando, nin faziendo mal alguno89. De hecho, la legislación tenía prevista distintas sanciones para aquellos guardas que incurrieran en abusos de poder. Las penas iban desde la expulsión del oficio hasta la pena de muerte. Se prohibió que los carceleros se sirviesen de los detenidos en calidad de criados, exigiéndoles trabajos o prestaciones personales. Asimismo, se les recordó que no podían hacer negocios vendiendo comida y vino a los reclusos.

En ocasiones, quienes curiosamente estaban encargados de la seguridad nocturna en las prisiones lucraban con su oficio y vendían "licencias" que permitían a los reclusos ir a dormir a sus casas y volver a la mañana siguiente. Tal habría sido el caso del recluso Gonzalo de Córdoba que gracias a una fianza pagada por su yerno al carcelero se le permitía yr a dormir a su casa algunas noches90.Inicialmente el Derecho común y Partidas admitían que el reo encarcelado en causa criminal por delito castigado en exclusividad con pena pecuniaria pudiese ser suelto bajo fianza. La fianza de haz implicaba la obligación del carcelero de devolver al reo a prisión cuando lo requiriese el juez y si así no lo hacía, el fiador debía pagar la posible condena con todos sus bienes91. Sin embargo, la evolución procesal penal terminó por prohibir esta práctica.

Mandamos a los nuestros Alcaldes (...) que si hallaren que [el carcelero] da licencia a los presos, que vayan a dormir a sus casas sin su licencia, lo castiguen92.

Muchas prostitutas detenidas, denunciaron que sus vigiladores las violaban al interior de las celdas93.  Sin embargo, era muy difícil demostrar que el abuso carnal había tenido lugar sin el previo consentimiento de la meretriz o a cambio de algún servicio, dinero o favor que le había ofrecido el vigilante. Entre los siglos XVI y XVII, distintos reformadores entre los que sobresalen los nombres de Bernardino Sandoval, Tomás Cerdán de Tallada, Cristóbal de Chaves, Pedro de León y Cristóbal Pérez de Herrera plantearon una reforma del sistema penitenciario dirigida al cuidado y atención de los reos junto con el establecimiento de pautas de trabajo y corrección. No obstante, los especialistas coinciden en que a nadie importaba la situación de los presos y el incumplimiento de las leyes fue sistemático en la práctica carcelaria durante el Antiguo Régimen.

Como hemos visto, los carceleros trabajaban durante la noche evitando que se produjeran fugas, inviduales o grupales, entre los recluídos. En general, alguien del exterior podía colaborar con la huída del condenado. La documentación relevada pone de manifiesto que el tiempo predilecto para colaborar con la fuga de los prisioneros era la noche. La preocupación por la fuga nocturna de prisioneros debió motivar al lugarteniente del baile de Jaca para pedir un refuerzo de la guardia para los presos durante la noche. 

Eadem die ante la presencia de don Johan d´Artho justicia de la ciudat de Jacca comparecio Martín  Avarca lugarteniente de bayle de la ciudat de Jacca el qual dixo que como ciertos presos stassen en la carcel comun de la dita ciudat, que le dasse guardas de noche y alias protesto que fuir94.

En el año 1500, un grupo de personas armadas interrumpieron a plena noche en la fortaleza de la villa de Santorcaz para liberar a unos clérigos que se encontraban allí en carácter de prisioneros95.  En 1594, el toledano Bernardino de Tobar fue acusado ante la fiscalía regia por esperar en la noche a Diego de Luceña en el zaguán de la cárcel para quitarle las llaves de la misma y liberar a los presos96.Por su parte, los carceleros también fueron investigados para conocer su nivel de responsabilidad en los casos de fugas de prisioneros. Tal fue el caso de Pedro de Barrientos, alguacil y carcelero de la villa de Carmona, al que le demandaron cierta cantidad de presos que se le habían escapado97.En Sevilla, el alcalde de la cárcel Alonso de Quesada fue indagado por la responsabilidad que pudo tener cuando el día de Año Nuevo se le escaparon de la cárcel, a media noche, varios presos98. En algunos lugares, el carcelero debía jurar al asumir el cargo que no liberaría a los presos durante la noche99. No solo se registran casos de carceleros implicados en las fugas, sino también de clérigos que actuaban indebidamente refugiando a los delincuentes en las iglesias una vez concluido el escape. El 10 de agosto de 1493, una provisión real ordena a los concejos del obispado de Cartagena y reino de Murcia que no apoyen a los jueces eclesiásticos que los sacan de las prisiones [a los delincuentes] donde estan e los acojen en las yglesias e allí los defienden y encastillan y avn acesçe que consienten y dan lugar que de la dicha iglesia o de las carçeles eclesiásticas salgan a fazer de noche o de dia algunos yndultos100.Pese a las medidas de seguridad adoptadas en las prisiones, las fugas nocturnas continuaron siendo un problema durante todo el Antiguo Régimen. Todavía a inicios del siglo XVIII, el alguacil de Legorreta, Miguel de Gainza, se excusaba ante el alcalde del escape nocturno de Juan de Landa, a quien tenía bajo su custodia. El alcalde desoyó los argumentos del alguacil, a quien decidió apresar por considerarlo responsable de la fuga, dado que en la noche de los acontecimientos no había colado el cepo al recluso101. Isabel Ramos Vazquez sostiene que cualquier irregularidad ocurrida en la guarda de los prisioneros "era responsabilidad del oficial ocupado de la guarda, que resultaba castigado por ello"102.

3. Algunas reflexiones finales

En las ciudades hispanas bajomedievales y modernas, la llegada de la noche no implicaba el cese total ni abrupto de las actividades productivas. Una serie de oficios y ocupaciones laborales se iniciaban con el alba para prolongarse tras el atardecer; mientras que otras labores se definían por su carácter puramente nocturno, ya que se desarrollaban en el periodo trascurrido entre la puesta del sol y el amanecer de un nuevo día.  Las ciudades castellanas, aragonesas y navarras  fueron escenario de un dinamismo bastante más acuciado del que hemos venido suponiendo hasta ahora. Tanto en el interior de las viviendas y de los establecimientos productivos como en las calles, se evidencia la presencia nocturna de carniceros, especialistas en iluminación, molineros, panaderas, pescadores, trabajadoras del mundo textil, parteras, constructores, sepultureros, enterradores, carceleros y personal de las prisiones.

Por último, nos interesa señalar que el listado de oficios y labores nocturnas que hemos presentado no está cerrado en sí mismo y, a medida que avance esta y otras investigaciones, estaremos en condiciones de ampliar el conjunto de ocupaciones laborales que se desarrollaron durante las horas nocturnas.

Asimismo, será importante estudiar la evolución en el tiempo largo de cada uno de estos oficios e identificar comparativamente cambios y continuidades durante todo el Antiguo Régimen. 

    

Notas:

1. Craig Koslofsky, Evening's Empire. A History of the Night in Early Modern Europe (Cambridge: Cambridge University Press, 2011), 1-18. Alain Cabantous, Histoire de la nuit (XVIIe-XVIIIe siècles) (Paris: Fayard, 2009), 53-68. Roger Ekirch, At Day's Close: Night in Times Past (New York: Norton, 2006), 155-185. Jean Verdon, Night in the Middle Ages (Indiana: University of Notre Dame Press, 2002), 110-139.

2. Edward P. Thompson, "Time, Work- Discipline, and Industrial Capitalism", Past and Present 38 (1967).

3. Roger Ekicrh, At Day's Close ...,156.

4. Ezequiel Borgognoni, "El dinamismo en la vida nocturna en el mundo urbano castellano a fines de la Edad Media" Miscelánea Medieval Murciana 36 (2012): 9-26.  María del Carmen Carlé, Del tiempo y sus moradores (Buenos Aires: Dunken, 2000), 16-24.

5. Sepades que por parte del conçejo, justiçias, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales e omes buenos de esa dicha çibdad nos fue fecha relaçion por su petiçion que ante nos en el nuestro consejo fue presentada, diziendo que los mas de los vezinos de la dicha çibdad biven de labranças e huertas e otras cosas del canpo, e que para aver de yr o venir a fazer sus faziendas, algunas vezes van e vienen a prima noche o medianoche o el alva, quando an menester, e especialmente para conçertar los peones que han de llevar otro dia a sus labores e an çenado, van a buscar con quien trabajan otro dia, porque según la calidad de la teirra no se podría en otra manera bien fazer, e que el alguacil, diziendo estar vedado que a aquellos tienpos no pueden andar por la çibdad, los prendays y echeys presos e les lleveys carçelajes, de mañanera que por cabsa de ello diz que son muy fatigados, e nos fue suplicado e pedido por merçed sobre ello les proveyésemos mandándole dar esta nuestra carta para que de aquí adelante lo susodicho no se fiziese o como la nuestra merçed fuese. E nos tovimoslo por bien. Porque vos mandamos que de aquí adelante a los vezinos de la dicha çibdad que son nombres llanos e de buen trato, e no seyendo personas que se sospeche de ellos que andan a fazer cosas yndevidas, no les prendeys ni fatigueys aunque anden de noche por la çibdad entendiendo en los negocios de sus faziendas 1490.08.02. Archivo Municipal de Murcia, Cartulario Real. 1484-1495. fol. 49r. Documentos de los Reyes Católicos (1475-1491), edición de Andrea Moratalla Collado, Colección de Documentos para la Historia del Reino de Murcia  XIX (Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2003),  documento n° 433,  782-783.

6. 1493.08.24. Archivo Municipal de Campezo. Caja 1, n°9.1. Citado en Felipe Pozuelo Rodríguez, Documentación de la Cuadrilla de Campezo: Arraia, Maeztu, Bernedo, Campezo, Lagran y Valle de Arana (1256-1515) (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 1998), 185.

7. Cfr. Pilar Hernández Iñigo, "Abastecimiento y comercialización de la carne en Córdoba a fines de la Edad Media" Meridies 8 (2006): 73-120.

8. Ibídem, 76.

9. María Asenjo González, Segovia. La ciudad y su tierra a fines del medievo (Segovia: Exma. Diputación Provincial de Segovia, 1986),  578.

10. José María Monsalvo Antón, Ordenanzas medievales de Ávila y su tierra. Fuentes históricas abulenses 5 (Ávila: Institución "Gran Duque de Alba", 1990), 141.

11. Pilar Morollón Hernández, "Las ordenanzas municipales antiguas de 1400 de la ciudad de Toledo" Espacio, Tiempo y Forma. Serie III. Historia Medieval  18 (2005): 320.

12. [...] Otrosí que a las dos después de media noche tengan muerto y desollados los carneros. Cfr.FranciscoValverde y Perales, Antiguas Ordenanzas de la Villa de Baena (siglos XV y XVI) (Córdoba: El Defensor, 1907) Lib I, 23.

13. 1517.04.6-11. Archivo Municipal de Bilbao, cajón 6, reg° 3, n° 138 – Caja 78, reg° 1, n° 18 (2). Citado en Javier Enríquez Fernández et al; Colección documental del Archivo Histórico de Bilbao (1514-1520) (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 2001), 409.

14. Javier Enríquez Fernández et al; Libro de visitas del corregidor (1508-1521) y Libro de Fábrica de Santa María (1498-1517) de la villa de Lequeitio (Donositia: Eusko Ikaskuntza, 1993), 202.

15. 1570. 06. 19. Actas Capitulares del Concejo de Gibraleón, leg. 1, fol. 76v. Citado en Javier Pérez-Embid et al; "El Concejo de Gibraleón de la Edad Media a la Edad Moderna" Huelva en su Historia 2 (1998): 260 y 300. 

16. Miguel de Cervantes, El coloquio de los perros, edición de Florencio Sevilla Arroyo (Alicante: Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2001) 242v. URL: http://www.cervantesvirtual.com/obra/el-coloquio-de-los-perros--0/ [Fecha de consulta: 14/04/2016]

17. Juan Mosquera de Molina, Ordenanzas con que se rige y gobierna la república de la muy noble y leal ciudad de Valladolid en las cuales se declaran todos los artículos tocantes al pro-comun de ella (Valladolid: Imprenta de Roldán, 1818), Ordenanza I. Que trata sobre el oficio de Fieles de bastimentos, 123. [en adelante, Ordenanzas de Valladolid]

18. (...) fagan dar carne abasto fasta la noche. Cfr. Ayuntamiento de Madrid. Archivo de Villa. Libros de Acuerdos del Concejo madrileño, (1464-1600) (Madrid: Artes Gráficas Municipales, 1932), V Tomos, 22/01/1481. En Durango, se autoriza la venta nocturna de carne sólo a los vecinos de la villa y se excluye a los extranjeros de esta posibilidad. (...) a ninguno se le excuse de dar a qualquiera hora y tiempo del dia y que no sea despues de las ocho de la noche a ningun forastero, sino a conoçido desta villa. Cfr. Amestoy Hidalgo de Cisneros et al; Colección Documental del Archivo Municipal de Durango. Pleitos IV (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 1989), 237.

19. Cerero, el que labra o vende la cera. Sebastían de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española (Madrid: Imprenta de Luis Sánchez, 1611), 407.

20. Especialistas en la fabricación y venta de velas a partir del sebo, gordura del animal. Ibídem; p. 930.

21. Ordenanzas de Valladolid, tit. XXXV. Para los Cereros de esta villa, que contiene cinco capítulos, p. 255.

22. Gonzalo Fernández de Oviedo, Libro de la Cámara Real del Príncipe don Juan, edición de Santiago Fabregat Barrios (Valencia: PUV, 2006), 137.

23. "Bakers had to deliver fresh bread and brioches in the morning". Crf.  Jean Verdon, Night in the Middle Ages..., 111.

24. Pilar Hernández Iñigo, "Producción y consume de pan en Córdoba a fines de la Edad Media" Meridies 3 (1996): 175-193.

25. Guido Ruggiero,The Boundaries of Eros. Sex, Crime and Sexuality in Renaissance Venice, (Oxford and New York: Oxford University Press, 1985), 60-61.

26. 1504 11.02. AHN, Sección Nobleza, Archivo de la Familia Ovando, C. 36, D. 2108; 1520.04.25.Idem, C.36, D. 2130. 1590.06.30. Idem, C.39, D.2318.

27. 1641.01.10. AHPH, Valentín Sánchez de Sallent, ff.24r-27v.

28. Solead Caballero Rey y Pilar Vilela Gallego, "Ordenanzas de El Visor del Arcor (1564-1636)" Historia Instituciones Documentos 26 (1999):127.

29. Carmen Argente del Castillo Ocaña y José Rodríguez Molina, "Reglamentación de la vida de una ciudad en la Edad Media. Las ordenanzas de Baena" Cuadernos de Estudios Medievales 8-9 (1980): 78.

30. María Asenjo González, "El ritmo de la comunidad: vivir en la ciudad, las artes y los oficios en la Corona de Castilla", La vida cotidiana en la Edad Media (Nájera: Instituto de Estudios Riojanos, 1998), 178.

31. Sebastián de Covarrubias,Tesoro de la lengua..., 700.

32. 1477-1520. Compendio de acuerdos y decretos municipales elevados a la categoría de ordenanzas concejiles. Archivo Municipal de Bilbao. Cajón 8, reg° 2, n°2, f. 5: Ordenança sobre el fuego de las orneras.

33. Cfr. María Isabel del Val Valdivieso, "La participación de las mujeres en el proceso de producción del pan en la Castilla Bajomedieval", en Rosa Cid et al Oficios y saberes de mujeres (Valladolid: Universidad de Valladolid, Secretariado de Publicaciones e Intercambio Editorial, 2002)

34. María Dolores Cabañas González, "Ciudad, mercado y municipio en Cuenca durante la Edad Media (siglo XV)" En la España Medieval 7 (1985), 1723 y 1725.

35. Ordenanzas de Valladolid, tít. IV. Del pan en grano que á esta villa se trae á vender, 144.

36. 1477-1520. Compendio de acuerdos y decretos municipales elevados a la categoría de ordenanzas concejiles. Archivo Municipal de Bilbao. Cajón 8, reg° 2, n°2, f. 10: En que oras e tienpos han de abrir el peso de la arina.

37. Archivo del Ayuntamiento de Oviedo, Libro de Acuerdos, 7-X-1504. Citado en María Álvarez Fernandez, "Abastecimiento y consumo de pescado en Oviedo a finales de la Edad Media", AA.VV, La Pesca en la Edad Media (Madrid: SEEM, 2009), 81.

38. Manuel Gómez de Valenzuela, La vida de los concejos aragoneses a través de las escrituras notariales (1442-1775) (Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 2009), doc. 121, 253-256.

39. 1570-30 Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (en adelante, ArChVa), Reg. de Ejecutorias, 1179, f. 12.

40. Citado en José Ortega Valcárcel,Gentes de mar en Cantabria (Santander: Universidad de Cantabria- Banco Santander, 1996), 63.

41. "Por la noche, el pescado fresco era transportado rápidamente a las ciudades". Jacques Le Goff y Jean-Claude Schimitt, Diccionario razonado del Occidente medieval (Madrid: Akal, 2003), 481.

42. 1493.12.19. Archivo General de Simancas (en adelante, AGS), Registro del Sello de Corte (en adelante, RGS), f. 128.

43. Carmen Argente del Castillo Ocaña y José Rodríguez Molina, "Reglamentación de la vida...", 66.

44. María Teresa López Beltrán, "El trabajo de las mujeres en el mundo urbano medieval" Melanges de la Casa de Velázquez n°40, 2 (2010): 39-57. María Isabel del Del Val Valdivieso, "Los espacios del trabajo femenino en la Castilla del siglo XV" Studia histórica. Historia Medieval  26 (2008): 63-90.  María del Carmen García Herrero, "Cuando Hércules Hila...El miedo al enamoramiento y la influencia femenina a finales de la Edad Media", en María Teresa López Beltrán, María Isabel del Val Valdivieso y Marion Reder Gadow, M (eds.) Historia y Género. Imágenes y vivencias de mujeres en España y América (Siglos XV-XVIII) (Málaga: Universidad de Málaga, 2007), 41-66. Ibídem, "Actividades laborales femeninas en la baja Edad Media turolense", Aragón en la Edad Media 19 (2006): 181-200. Ricardo Córdoba de la Llave, "El papel de la mujer en la actividad artesanal cordobesa a fines del siglo XV" en Cristina Segura Graiño y Ángela Muñóz Fernández (coords.) El trabajo de las mujeres en la Edad Media hispana. V Jornadas de Investigación Interdisciplinaria sobre la Mujer (Madrid: AsociaciónCulturalAl-Mudayna,1988), 235-254

45. A modo de ejemplo citamos las ordenanzas municipales bajomedievales de la villa de Monreal de Deba en donde se prohíbe en su título dieciocho que ningunas mugeres non aparejen lino de noche en la villa fasta tanto que los gallos hayan cantado. Cfr.María Rosa Ayerbe Iribar  y Javier Elorza Maiztegi, Archivo Municipal de Zestoa (1338-1520)  (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 2008),  49.

46. Martín Pérez, Libro de confesiones. Una radiografía de la sociedad medieval española (Madrid: BAC, 2002),475.

47. Ibídem; 476.

48. Alan Deyermond, "Hilado-cordón-cadena: Symbolic Equivalence in La Celestina", Celestinesca 1.1 (1977): 6-10.

49. Roger Ekirch, At´s Day´s Close..., 164.

50. ...que de noche las mujeres se reúnan a hilar en casa ajena, salvo que no asistan en ellos hombres. Cfr. María Elisa Álvarez Llopis, "Espacio y tiempo del trabajo femenino en la Edad Media", en María Dolores Ramos y María Teresa Vera (eds.) El trabajo de las mujeres, v. IV (Málaga: Diputación de Málaga y Seminario de Estudios Interdisciplinarios de la Mujer, 1996), 152.

51. Irene González Hernando, "El nacimiento de Cristo", Revista Digital de Iconografía Medieval, vol. II, n°4 (2010): 45.

52. Natividad de Nicolás Francés, Retablo de la Vida de la Virgen y San Francisco (o Retablo de la Bañeza), ca. 1445-1460, temple sobre tabla, Madrid, Museo Nacional del Prado. Reproducción de la obra en Teresa Pérez Higuera, La navidad en el arte medieval, (Madrid: Encuentro, 1997), 108-109.

53. Bartolomé Bermejo, Tríptico de la Virgen de Montserrat, ca. 1481-1485 tabla central, catedral de Acqui Terme. Véase Giacomo Rovera,"Il pittore Bartolomé Bermejo e i collaboratori Rodrigo de Osona padre e figlio" en Gianni Rebora, Giacomo Rovera, y Giandomenico Bocchioti (eds.)  Bartolomé Bermejo e il Trittico di Acqui, (Acqui Terme: L´Ancora, 1987), 46.

54. Javier Enríquez Fernández, Colección Documental de la Villa de Plencia (1299-1516) (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 1988), 117.

55. Cfr. Iñaki Bazán, "La civilización vasca medieval: vida (s) cotidiana (s), mentalidad (es) cultura (s)" Revista internacional de los estudios vascos, vol. 46, n°1 (2001):127.

56. Tratado teológico-escolástico que cargaba sobre las brujas la absoluta responsabilidad de todas las manifestaciones del demonio en este mundo y que proponía medios para combatirlas. Véase Heinrich Kramer y Jacobus Sprenger, Malleus Maleficarum. El martillo de las brujas (Barcelona: Círculo Latino, 2005).

57. Ibídem; 294.

58. Ibídem; p. 161.

59. Archivo Diocesano de Zaragoza, C. 23-33, fol. 8. Citado en María Tausiet, "Comadronas-brujas en Aragón en la Edad Moderna. Mito y realidad" Manuscrits  15 (1997): 386.

60. Ibídem; 377-392.

61. Ibídem; 380.

62. Cuando el niño ha nacido, si es que la propia madre no es bruja, entonces la matrona conduce al niño fuera de la alcoba bajo pretexto de calentarlo, seguidamente lo levanta en sus brazos y lo ofrece el príncipe de los demonios Lucifer y a los demás demonios, todo esto lo realiza en la cocina, encima del fuego. Cfr. Malleus Maleficarum. Cáp. XIII.

63. Damián Carbón,  Libro del arte de las comadres o madrinas y del regimiento de las preñadas o paridas y de los niños (Mallorca, 1541) libro primero, capítulo III, fol. XII.

64. Gonzalo Fernández de Oviedo, Las quinquagenas de la nobleza de España, edición de Vicente de la Fuente (Madrid: Real Academia de la Historia, 1880), 183.

65. Eugenio de Salazar, Obras festivas, edición de Alejandro Cionanescu (Santa Cruz de Tenerife:  Romerman Ediciones, 1968), 170.

66. Antonio Miguel Bernal,  Antonio Collantes de Terán y Antonio García Baquero, "Sevilla: de los gremios a la industrialización", Estudios de Historia Social. Revista del Instituto de Estudios Laborales y Seguridad Social  5-6 (1978).

67. Ricardo Izquierdo Benito, Abastecimiento y alimentación en Toledo en el siglo XV (Toledo: Universidad de Castilla-La Mancha, 2002), 141.

68. Ibídem; 143.

69. Ibídem; 142.

70. Pedro Carrillo de Huete, Crónica del Halconero de Juan II (en adelante, Crónica del Halconero)  edición de Juan de Mata Carriazo (Granada: Universidad de Granada, 2006), 182-195.

71. Carmen Argente del Castillo Ocaña y José Rodríguez Molina, "Reglamentación de la vida...", 43.

72. Archivo Municipal de Tafalla, L.1-E, f. 176. Citado en José María Jimeno Jurío, Archivo Municipal de Tafalla. Libros de Actos y Ordenanzas de la villa de Tafalla (1480-1509) (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 2000), 778.

73. Archivo Municipal de Orduña, Caja n°84, Leg. C, f. 19. Citado en Javier Enríquez Fernández et al, Colección documental del Archivo Municipal de Orduña (1271-1510), t. I (Donostia: Eusko Ikaskuntza, 1994), 295.

74. Steven A. Epstein, An economic and social history of later medieval Europe,1000-1500 (Cambride: Cambridge University Press, 2009), 120.

75. 1477-1520. Compendio de acuerdos y decretos municipales elevados a la categoría de ordenanzas concejiles. Archivo Municipal de Bilbao. Cajón 8, reg° 2, n°2, f. 4: Hordenança sobre los carpenteros, que non labren de noches/ en sus casas despues de venido de travajar

76. Carmelo Luis López, Colección Documental del Archivo Municipal de Piedrahita (1372-1549) (Ávila: Ediciones de la Institución Gran Duque de Alba de la Excma. Diputación Provincial de Ávila, 1987), doc. 2, 30.

77. Harriet Flower, Ancestor Masks and Aristocratic Power in Roman Culture, (Oxford y Nueva York:  Clarendon Press y Oxford University Press, 1996) Keith Hopkins, Death and Renewal (Cambridge, Inglaterra y Nueva York: Cambridge University Press, 1983).

78. La muerte es descanso, más para el descanso lo apropiado es la noche. Por tanto, me parece que los funerales deberían celebrarse de noche y, por muchas razones, tales actividades deberían evitarse de día. En el día todos se ocupan de sus negocios y todos los lugares están llenos de gente, gente que va a los tribunales o a los mercados y de regreso, o que está trabajando u ofreciendo sacrificios para propiciar que los dioses les ayuden a colmar sus esperanzas más preciadas. En medio de todo esto, algunos meten un cuerpo en un féretro y se abren paso con él entre todos los demás, que se encuentran ocupados en todas las actividades de la vida. Esto no puede tolerarse de ninguna manera. Pues, los que se topan con los funerales se desconciertan mucho, en parte porque los consideran un mal presagio y en parte porque los que van camino a un sacrificio no pueden continuar, de acuerdo con la ley divina, hasta no haber sido purificados. Porque a los dioses, que son responsables de la vida en general, les disgustan totalmente la corrupción y la descomposición, y no es correcto acercarse a ellos después de haber visto un espectáculo tal. Y ni siquiera he condenado aún la peor parte de estos sucesos. Los lugares sagrados y los templos de los dioses se encuentran abiertos, y a menudo alguien está ofreciendo un sacrificio dentro de ellos y vierte una libación y ora, pero de repente los que llevan el cuerpo caminan cerca del lugar sagrado y los estridentes gemidos y lamentaciones penetran hasta los altares mismos. ¿No saben ustedes que, sobre todas las cosas, las actividades del día y las de la noche están separadas?
Emperador Flavio Claudio Juliano, Epistula, 136B. Citado en Hans Friedrich Mueller, "La reglamentación nocturna en la antigua Roma" Noua tellus 22-1 (2004): 136. Para el texto griego completo del edicto de Juliano, véase Wilmer C. Wright, The Works of the Emperor Julian v. III (Cambridge, Mass: Harvard University Press, Loeb Classical Library, 1961), 190 y ss.

79. El carro transportaba dieciséis o diecisiete cadáveres; unos estaban envueltos en sábanas de lino, otros en harapos y algunos, poco menos que desnudos o tan mal envueltos, que el arropamiento que tenían se les desprendía al ser descargado el carro; y caían prácticamente desnudos entre el resto de los cadáveres; pero en realidad no debía de importar mucho, ni tampoco la indecencia a nadie, pues estaban todos muertos e iban a ser amontonados juntos en la fosa común de la humanidad. Daniel Defoe, Diario del año de la peste (Barcelona: Seix Barral, 1996), 77-78.

80. Alberto Hernando Bravo, Los ojos prohibidos (Barcelona: Montesinos, 2008), 63.

81. [...] si no hubiera sido porque el número de pobres que necesitaban trabajo y necesitaban pan [...] eran tan elevado que esta necesidad les impulsaba a aceptar cualquier cosa y arriesgarse a todo, nunca se hubiera podido encontrar gente para tales empleos [...] Daniel Defoe, Diario del año de la peste..., 122.

82. Citado en Francis Brumont, "La peste de 1599 en Burgos, una relación del regidor Andrés de Cañas", Brocar 13 (1987),  160.

83. Federico Borromeo, Sobre la peste de Milán, en Fichas de Cátedra de Historia Moderna,  trad. de Lucio Burucúa (Buenos Aires: Secretaría de Publicaciones de la Facultad de Filosofía y Letras –UBA, 1998), 19.

84. Archivo Municipal de Tafalla, L.4-E, f. 96.

85. 1515. Archivo Municipal de Bilbao, sección Histórica, Cajón 16, Registro 3, n°3, f.59.  Citado en Javier Enríquez Fernández et all, Libro de Acuerdos y Decretos Municipales de la Villa de Bilbao (1509 y 1515) (Donosia: Eusko Ikaskuntza, 1995), 304. 

86. 1584.05.06. AHPH, Melchor de Arbustante, ff. 163v-165.

87. Partida VII, Título XXXI, Ley IV.

88. Otrosi dezimos que deuen ser acuciosos los que deuen guardar los presos, para guardarlos ... con gran recabdo,... e mayormente de noche que de dia. E de noche los deuen guardar en esta manera, echandolos en cadenas, o en cepos, e cerrando las puertas de la carcel muy bien, e el carcelero mayor deue cerrar cada noche las cadenas, e los cepos, e las puertas de la carcel con su mano mesma, e guardar muy bien las llaues, dexando omes dentro con los presos, que los velen con candela toda la noche, de manera que non puedan limar las prisiones ... nin se puedan soltar..., e luego que sea de dia, e el sol salido, deuenles abrir las puertas de la carcel  porque vean la lumbre. Partida VII, Título XXIX, Ley  VI.

89. Partida VII, Título XXIX, Ley VII.

90. 1495.09.28. Archivo Histórico Provincial de Córdoba, Protocolos notariales de Córdoba, oficio 14, leg. 31, cuadernos 21°, f.36.

91. María Paz Alonso Romero, El Proceso Penal en Castilla (Siglos XIII al XVIII) (Salamanca: Ediciones Universidad de Salamanca – Excma. Diputación Provincial, 1982), 203.

92. Novísima Recopilación de las Leyes de España, t. IV, ley. 7, título. 24, libro. 4r.

93. Isabel Ramos Vázquez, De meretricia turpidine. Una visión jurídica de la prostitución en la Edad moderna castellana (Málaga: Universidad de Málaga, Colección Atenea Estudios de la Mujer,  2005), 127 y ss.

94. 1486.06.11. AHPH, Juan de Xavierre, f. 33r.

95. 1500.11.13. Archivo Histórico Nacional (en adelante, AHN), Universidad de Alcalá (1499-1836), 746, n°9.

96. 1594-10 ArChVa, Reg. de Ejecutorias, 1772, f. 32.

97. 1500.10.30. AGS, RGS, f. 464.

98. 1496.07.14.AGS, RGS, f. 194.

99. Juró más que los presos que le fueren entregados non soltará a alguno dellos de noche nin de día nin dará liçençia alguna a que salgan de la cárcel syn liçençia e mandamiento de la justyçia. Juramento como carcelero de Juan de Jerez, Alba de Tormes, 31 de enero de 1495. En José María Monsalvo Antón, Documentación histórica del Archivo Municipal de Alba de Tormes (Siglo XV) (Salamanca: Ediciones de la Diputación de Salamanca, 1988),  252.

100. Archivo Municipal de Murcia, Cartas Reales, 144-1495, ff. 145 r-v. Citado en Documentos de los Reyes Católicos (1492-1504), edición de Antonio Gomariz Marín, Colección de Documentos para la Historia del Reino de Murcia XX (Murcia:  Real Academia Alfonso X el Sabio, 2000), documento 107, 176.

101. Archivo General de Guipúzcoa-Gipuzkoako Agiritegi Orokorra, Corregimiento, Criminales, 103, 12, año 1702. Citado en Milagros Álvarez Urcelay, "La cárcel en los delitos contra la moral sexual: Guipúzcoa, siglos XVI-XVIII" en Pedro Oliver Olmo y Jesús Carlos Urda Lozano (coords.) La prisión y las instituciones punitivas en la investigación histórica (Cuenca: Ediciones de la Universidad de Castilla- La Mancha, 2014), 72.

102. Isabel Ramos Vázquez, Arrestos, cárceles y prisiones en los derechos históricos españoles, (Madrid: Ministerio del Interior. Secretaría General Técnica, 2008), 207

 

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