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Revista Escuela de Historia

versão On-line ISSN 1669-9041

Rev. Esc. Hist. vol.16 no.1 Salta jun. 2017

 

PRESENTACIÓN

(Introduction)

Dossier: Los oficios y el gobierno de la monarquía española entre los siglos XIV y XVIII

(Dossier: The offices and government of the Spanish monarchy between the fourteenth and eighteenth centuries)

Marcelo Luzzi Traficante* y Ezequiel Borgognoni**
*Instituto “Dr. Emilio Ravignani”. Universidad de Buenos Aires. CONICET
mluzzitraficante@gmail.com
**Universidad de Buenos Aires. Universidad Católica Argentina/CONICET
ezequiel_borgognoni@uca.edu.ar 

Uno de los principales debates historiográficos actuales -especialmente en el marco de la historiografía modernista- radica en discutir, debatir y comprender las formas de articulación, ordenación y/o composición (identitaria y ontológica, incluso) de las monarquías modernas1. Unido estrechamente a esto, las formas sobre cómo se gobernaron las propias monarquías han sido puestas en discusión. En este sentido, las diferentes formas de articulación de las monarquías vendrían definidas, entre otras cuestiones, por sus ejercicios de gobierno; esto es, por los procesos de institucionalización y los grupos sociales que cooptaron (en diferentes momentos) diversos niveles de la ‘administración’, así como por las relaciones personales de estos grupos o agentes de gobierno y por los procesos de control, dominación y/o disciplinamiento de la sociedad.

Los oficios y los oficiales desempeñaron, entonces, un relevante papel en la configuración de las monarquías y en sus prácticas de gobierno. Mediante ellos, se produjo una relación entre el rey y sus súbditos, agentes de gobierno y servidores, percibida por el saber del rey, en tanto que saber del Estado, como una forma armónica de relación y encuentro entre un padre de familia y un chef d’État con sus familiares, súbditos, agentes, oficiales y servidores. Por medio de esta forma relacional de los oficios, el oficio de rey compartía con sus súbditos la función y atribuciones de gobierno en sus múltiples facetas e índoles: la justicia, lo doméstico, los consejos, los gobiernos municipales y el gobierno a la distancia en los virreinatos. Esta lógica se encuentra manifiestamente plasmada por Fray Magín Ferrer i Pons en sus Leyes Fundamentales de la Monarquía Española (1843), cuando, tras describir las que consideraba cinco leyes fundamentales propias de España, incidía en que “toda la sociedad ha sido siempre mandada por uno que hizo el oficio de Soberano absoluto”, aunque con la connivencia de los “consejos y oficiales del Rey”2. Así, a mediados del siglo XIX, en un contexto de definición de lo que debía ser la monarquía española y lo que había supuesto ese denominado Antiguo Régimen, se remarcaba que el gobierno de la propia monarquía era una cuestión de oficiales y de oficios. La definición de la idea del oficio, así como de la lógica beneficial del oficio, implica atender conjuntamente a su significación jurídica y normativa, lingüística y discursiva y también a su praxis social y ontológica. Mediante el oficio y el servicio, el monarca y sus súbditos se relacionaban, acorde a sus ontologías jerarquizadas, y emprendían las acciones de gobierno del cuerpo monárquico. En este sentido, el jurista francés Guyot señalaba, a finales del siglo XVIII, que el monarca era “la source de tous les honneurs, de toutes les dignités, de tous les offices…”3; esto es, que el rey significaba el principio rector y garante de la redistribución de la gracia y de los beneficios. Así, los oficios -en tanto que, también, dignidades y honores- devenían en elementos, simbólicos y materiales, por los que el monarca recompensaba -de forma graciosa o, incluso, magnánima- los múltiples y diversos servicios recibidos. La correcta recepción de un oficio implicaba, al mismo tiempo, la consecución de los honores y dignidades anejos al mismo, así como la obligación de devolución -propia de la lógica antidoral- en el correcto servicio que las obligaciones y atribuciones del cargo implicase.

A inicios del siglo XVII, otro jurista francés, Loyseau, en un famoso aforismo indicaba que el oficio era una dignidad con función pública. El oficio era, entonces, una dignidad, que conllevaba unos determinados honores. El propio Loyseau se encargó de diferenciar que servir un oficio era una dignidad y no una condición4: la condición era una categoría implícita a las personas (y sus familias y linajes), mientras que la dignidad era entendida como “vnequalité, quirahausse la personnepardessus la liberté, &qui la rendencor plus digne, c'est à dire de plus grande valeur& estime”5; esto es, la dignidad era una categoría ajena a la persona, pero que mediante el servicio de un oficio la atravesaba. Asimismo, Loyseau insistió en diferenciar el oficio de un orden o estado, debido a la cuestión de la función pública que implicaba6, así como por los problemas de patrimonialización de oficios que se producían por grandes señores al servir oficios desde tiempos remotos y producirse, a nivel práctico, una indistinción entre dignidad del oficio y condición y honor familiar7. Con todo, como sostiene Descimon, el oficio implicaba otro elemento determinante para su comprensión de la articulación de los ejercicios de poder en las monarquías modernas: implicaba un dominium, es decir, conllevaba una relación entre la persona y las funciones del cargo8.

La propia arqueología del término griego liturgia (leitourgía: servicio público), traspasado al latín como officium, recordaba esta lógica del oficio: era una dignidad que conllevaba un dominium, hecho que implicaba una relación entre praxis e identidad, en la persona que detentaba dicha dignidad y las atribuciones aparejadas a ella9. La definición (inclusive la jurídica) del oficio informaba de la relación entre ontología y función, esto es, entre la identidad del oficial y el servicio que debía desempeñar. Por consiguiente, dependiendo de la condición y calidad de cada servidor -en tanto que oficial-, se producía el servicio de un determinado oficio, el cual, a su vez, ayudaba a establecer un rango concreto en las jerarquías sociales10. En el oficio y el oficial, entonces, se conjugaban las lógicas clásicas del saber dar, recibir y devolver un beneficio, al tiempo que se confería una distinción social de rango y condición11. Oficio y beneficio se presentaban, entonces, como realidades insoslayables. Al recibirse y repensarse la herencia de autores clásicos como Cicerón o Séneca, en la Europa moderna el beneficio inherente al oficio implicaba que la dignidad aneja al oficio y la condición y calidad del servidor que lo recibía fuesen teóricamente recíprocas12. Así, la condición para saber recibir el oficio dialogaba (casi de manera dialéctica) con la dignidad que detentaba el oficio, con el dominiumque implicaba, así como con las atribuciones y obligaciones que conllevaba.
El oficio, según la definición jurídica y clásica que someramente se ha comentado, devino en un medio de relación e interacción entre el rey y sus servidores. Esta lógica del oficio también se percibía en las definiciones lingüísticas que proveían los diccionarios de la época. En 1606, Jean Nicot, en su Thresor de la languefrançaise, señalaba que el oficio era un cargo público. Por la misma época, en su Tesoro de la Lengua (1611), Covarrubias indicaba que oficio “vulgarmente significa la ocuapcion que cada vno tiene en su estado, y por esso solemos dezir del ocisio, y desacreditrado, que ni tiene oficio, ni beneficio”. Estas definiciones ponen de relieve cómo el oficio estaba vinculado primeramente a la función pública que aludía Loyseau y también al rango, calidad y estatus de las personas que servían el oficio, es decir, del oficial. Así, se percibe que estas definiciones articulan un discurso que aglutina la condición y calidad de cada oficial con la función (pública) que podían desempeñar; esto es, la ontología y la praxis, el ser y el deber ser que mencionaba Agamben, se entrelazaban de forma indisociable en el oficio. En el Dictionnaire de l’Académiefrançaise, en su primera edición de 1694, el oficio era definido como un deber “de la vie humaine, de la societécivile”, para proseguir explicando los diversos oficios y, por tanto, servicios que se ofrecían a la sociedad: desde el buen padre, al servicio eclesiástico, pasando por los oficios de justicia, militares, municipales o en el entorno cortesano, entre otros. De forma similar a este diccionario, el Diccionario de Autoridades (1737)
en su primera acepción definía el oficio como la “obra que cada [uno] debe hacer, y en que está ocupado, segun el lugar y estado que tiene”, recordando y recuperando la idea de Covarrubias sobre el mantenimiento del orden y estado de cada uno en el servicio y ejercicio del oficio. En su sexta acepción, el oficio se entendía por “beneficio, y buen informe que se hace de alguna persona, para ponerla bien y acreditarla con otro”. Por su parte, la voz oficio en l’Encyclopédie ejemplifica la complejidad y diversidad semántica, epistémica y ontológica del término y concepto. Iniciándose la definición en un sentido moral por la idea de deber, Jaucourt proseguía señalando (en la significativa voz Oficio, servicio y beneficio) la genealogía de Séneca en la construcción beneficial del oficio y el servicio. En cuanto a la jurisprudencia, Boucher d’Argis, en su definición de la voz oficio, insistía que este era el poder de ejercer cualquier función pública, distinguiendo el oficio del cargo, dado que no todos los cargos eran un oficio, por lo que su definición podía quedar circunscrita los oficios de justicia. No obstante, el propio autor se encargaba de señalar que en los llamados “offices de France” se incluía toda una serie de servicios al rey en diversas parcelas: lo militar, lo municipal, las finanzas o lo doméstico, entre otras.

Las definiciones lingüísticas y jurídicas aquí expuestas prefiguran al oficio como un habitus13, un habitus que en la época moderna informaba un campo inexorablemente oeconómico14. Bourdieu sostenía que la noción de habitusnacía “de la volonté de rappeler qu’à côté de la norme expresse et explicite ou du calcul rationnel, il y a d’autres principes générateurs de pratiques”, especialmente en sociedades con unaelevadacodificación15. Así, el habitus es entendido como un sistema de prácticas, cuya regularidad en las conductas y comportamientos lo hacía traducible e interpretable. De esta forma, comprender al oficio como un habitus implica profundizar en la presentación social del propio oficio, de la realidad indivisible entre oficio y oficial, entre praxis y ontología. Este es el objetivo que persigue el presente dossier: discutir la praxis social y ontológica del oficio en la monarquía española a través de distintos casos de estudio en la amplia cronología del siglo XIV al XVIII.       
Con este objetivo, este dossier dialoga con una fructífera línea historiográfica que, partiendo de la idea e importancia del oficio y oficial, busca comprender la articulación y prácticas de gobierno de las monarquías modernas16. La larga cronología y diversidad de acción que se pretende abordar y abarcar en el dossier la inaugura el artículo de Diana Pelaz Flores. En él, su autora se adentra en el ámbito de la renovación de la Nueva Historia Política y los estudios cortesanos para analizar un tipo de oficio articulador de las prácticas de gobierno: los oficios domésticos. En su caso, Pelaz estudia la composición de la casa de una reina aragonesa, Leonor de Castilla (1329-1336), relacionando las atribuciones que implicaban el servicio de los diferentes oficios domésticos de la casa de la reina con las diversas jerarquías, condiciones y calidades de sus servidores. De esta forma, el presente artículo busca entrar en diálogo con los estudios, dentro de la historiografía medieval, acerca del análisis de las casas de las reinas, como han puesto de relieve numerosos trabajos en los últimos años17.

En el segundo de los artículos, su autor, Bastien Carpentier, aborda otro tipo de oficios: los oficios militares y de provisión de galeras. Para ello, estudia el singular caso de la familia Doria -en especial de Giovanni Andrea Doria- para comprender cómo se producía una lógica relacional entre el oficio, los beneficios anejos a este y, también, el servicio al monarca en la ciudad-república genovesa a finales del reinado de Felipe II. Los oficios de la monarquía, tanto fuesen en el servicio de las galeras de Génova, como en las propias del rey y, también, en la corte madrileña, devinieron en moneda de cambio para conformar una red política y clientelar con vértice en Doria. Así, Carpentier pone de relieve cómo una mirada micro, fijada en la realidad genovesa de finales del siglo XVI, permite comprender la articulación del gobierno de la monarquía y sus atribuciones militares y cómo en este proceso los oficios desempeñaron un rol determinante en la conformación de las redes de poder18.

Los dos siguientes artículos proponen una mirada renovada acerca de uno de los principales oficios de gobierno (de la distancia) de la monarquía española: el de virrey. En el primero de ellos, ManfrediMerluzzi propone discutir las formas de aproximación y estudio del oficio virreinal. Partiendo de una revisión de los estudios clásicos, así como de los últimos estudios de autores como Hernando Sánchez y Rivero Rodríguez19, el autor formula una serie de interrogantes acerca de la ontología y competencias de dicho oficio, centrado en el gobierno de la realidad americana y su instauración en América durante el siglo XVI. Partiendo de la vinculación y articulación común de las prácticas de gobierno en Europa y América, Merluzzi expone, asimismo, las particulares complicaciones de la realidad americana y cómo este oficio de gobierno político, ceremonial y de justicia, debió responder. Diego Pacheco Landero, en el cuarto artículo del presente dossier, analiza las especificidades de este oficio para la realidad europea (principalmente italiana) de los siglo XVI y XVII. Así, su autor entiende que el oficio virreinal implicaba que su servicio lo emprendiese determinadas ontologías: la alta nobleza era la única capacitada, en cuanto a su condición y calidad, para servir como alter ego regio.
En el quinto artículo del dossier, José Antonio Guillén Berrendero analiza un oficio de servicio al rey y simultáneamente servicio a la nobleza: los reyes de armas. En su estudio, el autor se adentra en comprender cómo este oficio doméstico y cortesano (dado que estaba en planta de la caballeriza regia) era, al mismo tiempo, un oficio articulador del saber de la nobleza; esto es, que ayudaba a conferir un régimen de verdad acerca de lo que debía ser y quién debía ser noble y la nobleza. Así, partiendo del estudio de dos casos, Guillén Berrendero sostiene que en el servicio del oficio de rey de armas la praxis y la ontología del servicio estaban ensambladas: únicamente un noble podía definir quién era noble y establecer los discursos y parámetros de la nobleza. En definitiva, su autor indica que en el oficio de rey de armas se conjugaban el cotidiano servicio al rey y la configuración de lo que suponía ser noble.

Tomando como punto de partida los estudios de la corte, pero incorporando igualmente los aportes del SpatialTurn20,y por lo tanto atento a la configuración del espacio cortesano,Eloy Hortal Muñoz estudia la vinculación entre las guardias reales y los sitiosreales en Castilla y los Países Bajos en los siglos XVI y XVII. En este trabajo, el autor participa de la idea de que la configuración de la monarquía gestada en tiempos de Carlos V entró en crisis en la década de 1640, y que Felipe IV debió instrumentar una serie de ajustes y medidas que provocaron la reconfiguración de la monarquía católica21. En este nuevo contexto, se produjo la unión de corte-casa-territorio en pos de una integración más efectiva del reino. En un camino que discurre entre El Buen Retiro, El Pardo, Aranjuez, El Escorial, Coudenberg, Tervuren y otros reales sitios, el autor demuestra, en otras cosas, los cambios operados en las guardasreales en el período estudiado y su influencia en el sistema político cortesano. Así, Hortal Muñoz pone de relieve cómo servir un oficio, en las guardas reales conllevaba un determinado estatus, así como unas determinadas prácticas de gobierno de la monarquía, en tanto que gobierno del territorio a través de los sitios reales.

El dossier concluye con el trabajo de Francisco Gil Martínez, quien se adentra en uno de los temas fundamentales y que más atención se ha presentado al abordar los oficios: la venalidad. Haciéndose eco de las diversas tradiciones que han estudiado la venalidad22, así como por una preocupación sobre la (nueva) historia económica institucional23, su autor busca desentrañar la definición de los motivos-incentivos que propiciaron las compras de oficios, a la vez que analiza las consecuencias para la economía institucional de la monarquía hispánica en un contexto de patrimonialización de los oficios. En este sentido, como el propio Gil Martínez indica, el objetivo de su investigación podría resumirse en debatir si las élites de la monarquía española fueron extractivas o inclusivas y si las políticas de ventas de cargos conllevaron un mayor desarrollo económico del conjunto de la monarquía o supusieron, en líneas generales, un freno al mismo. Las respuestas que ofrece su autor brindan nuevos interrogantes ante la necesidad de profundizar en esta fecunda línea de investigación.

En definitiva, este dossier se presenta como un intento de reflexión acerca de cómo la lógica del oficio estuvo vinculado al gobierno, en sus diferentes y variadas facetas, de la monarquía española en la larga duración de los siglos XIV al XVIII. Los casos aquí estudiados y presentados informan de las múltiples aristas de la lógica beneficial del oficio y de la problemática del ser y deber ser del oficial, insertadas en las prácticas de gobierno de la monarquía española. Así, la concesión -o compra de un oficio-, y el servicio del mismo, devino en uno de los principales elementos de interacción entre el monarca y sus súbditos e implicó la cotidiana acción de gobierno de la propia monarquía.

 

Notas:

1. Dentro de las múltiples formas de ordenación de las monarquías, destacamos los planteamientos sobre la composición de monarquías de John H. Elliott, “A Europe of compositemonarchies”, Past and Present 137 (1992): 48-71; así como la interpretación acerca de la policentralidad de la monarquía que se expone en PedroCardim, TamarHerzog, José Javier Ruiz Ibáñez y Gaetano Sabatini (coords.), PolycentricMonarchies. HowdidEarly Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain Global Hegemony(Brighton: Sussex AcademicPress, 2012) y, por último, la interpretación que lee ordenación de la monarquía como una articulación de cortes, en José Martínez Millán, “La articulación de la Monarquía Hispana a través del sistema de cortes”, Fundación 12 (2014-1015): 32-64 o Rene Vermeir, DriesRaeymaerkers y Eloy Hortal Muñoz (dirs.), A Constellation of Courts. Thehouseholds of HabsbourgEurope (Lovaina: LeuvenUniversityPress, 2014).

2. Magín Ferrer i Pons, Las Leyes Fundamentales de la Monarquía Española, según fueron antiguamente y según conviene que sean en la época actual (Barcelona: Imprenta y Librería de Pablo Riera, 1843), vol. II, 29 y capítulo X.

3. M. Guyot, Traité des droits, fonctions, franchises, exemptions, prérogatives et privilèges (París: Chez Visse, 1786), vol. I, 2.

4. Charles Loyseau, Cinq Livres des Droits des Offices... (París: Abel l’Angelier, 1614), Libro I, cap. I, §100 y 101.  Para comprender la idea de oficio, resultainteresante, Robert Descimon, “La vénalité des offices et la construction de l’État dans la France moderne. Des problèmes de la représentation symbolique aux problèmes du coût social du pouvoir”, enLes figures de l’administrateur. Institutions, réseaux, pouvoirs en Espagne, en France et au Portugal 16e-19e siècle, ed. R. Descimon, J-F. Schaub y B. Vincent (París: Éditions de l’École des Hautes Études en Sciences Sociales, 1997), 78-80, asícomo Robert Descimon y Simone Geoffroy-Poisson, “La construction juridique d’un système patrimonial de l’office. Une affaire de patrilignage et de genre”, en Épreuves de noblesse. Les expériences nobiliaires de la haute robe parisienne (XVI-XVIII siècle), ed. R. Descimon y E. Haddad (París: Les Belles Lettres, 2010), 47-59 y François Bluche, “Offices”, en Dictionnaire du Grand Siècle, dir. François Bluche (París: Fayard, 2005), 1105-1106. Asimismo, cfr. lasapreciaciones de António Manuel Hespanha,“Paradigmes de légitimation, aires de gouvernement, traitement administratif en agents de l’administration”, en Les figures de l’administrateur, 23-24.

5. Charles Loyseau, Cinq Livres des Droits des Offices, Libro I, cap. I, §100.

6. Ibíd., § 96 y 107, donde afirmaba que el oficio tampoco estaba definido por la idea de función pública, es decir, no era una función pública con dignidad.

7. Charles Loyseau, Traité des Seigneurs (París: Chez Abel l’Angelier, 1609), 18. Incluso, como recordaba otro jurista francés de mitad del siglo XVII, algunas veces la comprensión del oficio como dignidad se podía circunscribir a los oficios de justicia, aunque esto fuese incorrecto, ÉtienneGirard, TroisLivres des Offices de France (París: ChezEstienneRicher, 1638).

8. Robert Descimon, “La vénalité des offices”, 79: “l’officier est un dominus, un dominus en second. La figure du roi et la figure de l’officier se conforment à un même schéma formel de pouvoir, le rapport de dominium qui instaure une relation d’inhérence entre l’homme et la fonction”.

9. Giorgio Agamben, Opus Dei. Arqueología del oficio (Homo sacer II, 5) (Valencia: Pre-Textos, 2013), 13-55. El filósofo italiano incluso afirma: “el concepto oficio significó una transformación decisiva de las categorías de la ontología y de la praxis, cuya importancia aún debemos medir. En el oficio, ser y praxis, lo que el hombre hace y lo que el hombre es, entran en sus efectos prácticos y, con una perfecta circularidad, es lo que debe (ser) y debe (ser) lo que es” (p. 15).

10. Para la articulación social jerarquizada y los problemas del rango, cfr. Fanny Cosandey, “L’insoutenablelégèreté du rang”, en Dire et vivrel’ordre social en France sousl’AncienRégime, dir.Fanny Cosandey(París:Édtitions de l’École des hautes études en sciences sociales, 2005), 169-191; “Entrer dans le rang”, en Les jeux de l’échange: entrées solennelles et divertissements du XVe au XVIIe siècle, eds. M-F. Wagner, L. Frappier y C. Latraverse (París: Honoré Champion, 2007), 17-46; “Préséances et sang royal. Le rite comme construction d’un mythe identitaire”, Cahiers de la Méditerranée 77 (2008): 19-26; “La mémoire du rang”, en M. Völkel y A. Strohmeyer (eds.): Historiographie an Europäischen Höfen (Berlín: Duncker and Humbolt, 2009), 39-54; “Participer au cérémonial. De la construction des normes à l’incorporation dans les querelles des préséances”, en Trouver sa place. Individus et communautés dans l’Europe moderne, eds. A. Roullet, O. Spina y N. Szczech (Madrid: Casa de Velázquez, 2011) y, especialmente, su Le rang. Préséances et hiérarchies dans la France d'Ancien Régime (París: Gallimard, 2016). Asimismo, para lasjerarquías de rango en la corte, Emmanuel Le Roy Ladurie (con la colaboración de Jean-François Fitou), Saint-Simon ou le système de la cour (París: Fayard, 1997), 43-100; GioraSternbeg, Status Interaction during the Reign of louis XIV (Oxford: Oxford UniversityPress, 2014) y para la diferenciación entre condición y calidad, Emmanuel Bury, Littérature et Politesse. L’invention de l’honnêtehomme (1580-1750) (París: PUF, 1996), 178-180.

11. Acerca de la recepción de autores clásicos como Séneca y de la importancia del estoicismo a inicios del siglo XVII, véase, Adolfo Carrasco Martínez, “Estoicismo: una ética para el noble en la Corte”, Libros de la Corte 6 (2013): 171-173; “Virtuosos y trágicos: la figura de Coriolano y la ética nobiliaria en el siglo XVII”, en Nobilitas: estudios sobre la nobleza y lo nobiliario en la Europa Moderna, coords. Juan Hernández Franco, José Antonio Guillén Berrendero y Santiago MartínezHernández (Madrid: Doce Calles, 2014), 91-112 y “Redes de patronazgo y clientelas señoriales en la Edad Moderna: una reflexión”, en Patronazgo y clientelismo en la monarquía hispánica (siglos XVI-XIX), coords. José María ImízcozBeunza y Andoni Artola (Bilbao: Universidad del País Vasco, 2016), 75-86.

12. Marco Tulio Cicerón,Los oficios. Con los diálogos de la vejez..., (Madrid: D. Joachim Ibarra, 1777) y Lucio Séneca,Los siete libros de los Beneficios(Madrid: Imprenta de la Reina, 1629).

13. Acerca del oficio como habitus en la época moderna, véase, el monográfico publicado recientemente en Studia Histórica. Historia Moderna 39:1 (2017), coordinado por ArndtBrendecke y María Ángeles Martín Romera, titulado: “El Habitus del oficial real: ideal, percepción y ejercicio del cargo en la Monarquía Hispánica (siglos XV-XVIII)”.

14. Gobernar las monarquías en la época moderna implicaba atender a la teoría de la casa; esto es, comprender el paradigma de la oikonomía, en tanto que «gobierno divino del mundo», el cual prefiguraba una sacralización de la economíapolítica y de las praxis de gobierno, Giorgio Agamben, El Reino y la Gloria. Una genealogía teológica de la economía y el gobierno(Homo Sacer II, 2) (Buenos Aires: Ed. Adriana Hidalgo 2008), 44-94 y “¿Qué es un dispositivo?”, Sociológica 73 (2011): 261. Igualmente, sobre lo que significaba la articulación oeconómica de la Europa moderna, sigue resultando fundamental Otto Brunner, “La “casa grande” y la “oeconomía” en la vieja Europa”, en su Nuevos caminos de la historia social y constitucional (Buenos Aires: Alfa, 1976), 87-123.

15. Pierre Bourdieu, “Habitus, code et codification”, Actes de la recherche en sciences sociales 64 (1986): 40.

16. Entre algunas de estasproduccioneshistoriográfica, destacamos Nicolas Schapira, “Occuper l’office. Les secrétaires du roi comme secrétaires au XVIIe siècle”, Revue d’histoire Moderne et Contemporaine 51 (2004): 36-61; ArmadJamme y Olivier Poncet (dirs), Offices et paupauté(XIV-XVIII siècles). Charges, hommes, destins (Roma: École française de Rome, 2005); Armand Jamma y Olivier Poncet (dirs.), Offices, écrits et paupauté (XIII-XVII siècles) (Roma: École française de Rome, 2007); Roberta Stumpf y Nandini Chaturvedula (coords.), Cargos e oficiosnasmonarquiasibéricas: provimento, controlo e venalidade (séculos XVII e XVIII) (Lisboa: CHAM, 2012) o Juan Francisco PardoMolero y Manuel Lomas Cortés (coords.), Oficialesreales. Los ministros de la Monarquía Católica, siglo XVI-XVII (Valencia: Universidad de Valencia, 2012).

17. Entre algunos de estos trabajos, remitimos a Alexandra Beauchamp (coord.), Les entouragesprinciers à la fin du MoyenÂge: une aproche quantitative (Madrid: Casa de Velázquez, 2013); Ángela Muñoz Fernández, “La Casa delleRegine. Uno spazio político nella Castiglia del Quattrocento”, Genesis. Rivista della Società italiana delle storiche I:2 (2002): 71-95; María Narbona Cárceles, “Noblas Donas. Las mujeres nobles en la Casa de María de Castilla, reina de Aragón (1416-1458)”, Stvdivm. Revista de Humanidades 15 (2009): 89-113; Covadonga Valdaliso Casanova, “Las privadas de la reina: amistad y política en el entorno de Catalina de Lancaster”, en Participación de las mujeres en lo político. Mediación, representación y toma de decisiones, coords. María Isabel del Val Valdivieso y Cristina Segura Graíño (Madrid: Al-Mudayna, 2011); Francisco de Paula Cañas Gálvez, “Las Casas de Isabel y Juana de Portugal, reinas de Castilla. Organización, dinámica institucional y prosopografía (1447-1496)”, en Las relaciones discretas entre las Monarquías Hispana y Portuguesa: Las Casas de las Reinas (siglos XV y XIX), coords. José MartínezMillán y Maria Paula MarçalLourenço (Madrid: Polifemo, 2008); María del Cristo González Marrero,La Casa de Isabel la Católica: aspectos domésticos y vida cotidiana(Ávila: Institución “Gran duque de Alba”, 2005); Ana María S. A. Rodrigues, “La casa de doña Leonor de Aragón, reina de Portugal (1433-1445): Formación y Desintegración de un instrumento de poder femenino”, en Participación de las mujeres en lo político. Mediación, representación y toma de decisiones, coords. Ma Isabel del Val Valdivieso y Cristina Segura Graíño (Madrid: Al-Mudayna, 2011); Manuela Santos Silva, “Os primórdios da Casa das Reinhas de Portugal”, en RaizesMedievais do Brasil moderno (Lisboa: Academia Portuguesa da Historia. Centro de Historia da Universidade de Lisboa. CHSC, 2008) y Monique Sommé, Isabelle de Portugal, duchesse de Bourgogne. Une femme de pouvoir au XVe siècle (París: Presses Universitaires du Septentrion, 1998).

18. Acerca de las relaciones e importancia de Génova en la monarquía española, la referencia obligada en los últimos años es Manuel Herrero Sánchez, en especial el monográfico por él dirigido “La República de Génova y la Monarquía Hispánica (siglos XVI-XVIII)”, Hispania: Revista española de historia 219 (2005), así como Manuel Herrero Sánchez et al. (eds.), Génova y la Monarquía Hispánica (1528-1713) (Génova: SocietàLigure di StoriaPatira, 2011) y Manuel Herrero Sánchez (coord.), Repúblicas y republicanismo en la Europa moderna (siglo XVI-XVIII) (Madrid: Fondo de Cultura Económica, 2017).

19. Carlos Hernando Sánchez, Las Indias en la MonarquíaCatólica. Imágenes y pensamiento político (Valladolid: Universidad de Valladolid, 1996); “Los virreyes de la Monarquía española en Italia. Evolución y práctica de un oficio de gobierno”, StudiaHstórica: Historia Moderna 26 (2004): 43-73 y Manuel Rivero Rodríguez, La edad de oro de los virreyes. El virreinato de la MonarquíaHispánica durante los siglos XVI y XVII(Madrid:Akal, 2011).

20. La bibliografía sobre el spatialturnes numerosa; por lo tanto remitimos a Paloma Bravo y Juan Carlos d´Amico, Territoires, lieux et espaces de la révolte. XIVe-XVIIIesiècle (Dijon: Presses Universitaires de Dijon, 2017) y Paul Stock, The Uses of Space in Early Modern History (Nueva York: Palgrave MacMillan, 2015).

21. José MartínezMillán y José Eloy Hortal Muñoz (dirs.),La Corte de Felipe IV (1621-1665). Reconfiguración de la MonarquíaCatólica (Madrid: Polifemo, 2015).

22. Para el caso de la monarquía española, aparte de las clásicas aportaciones de Tomás y Valiente y Domínguez Ortiz, o las nuevas contribuciones de Francisco Andújar Castillo, Michel Bertrand, Irene Gómez, Mauro Hernández, Antonio Álvarez-Ossorio o Alberto Marcos Martín, entre otros, citamos, sin ánimo de exhaustividad y a modo de resumen, Francisco Andújar Castillo y Pilar Ponce Leiva (eds.), Mérito, venalidad y corrupción en España y América, siglos XVI y XVII (Valencia: Albatros Ediciones, 2016).

23. Dentro de las múltiples interpretaciones, ya mencionadas por Gil Martínez, simplemente mencionamos un buen resumen de la obra de North, en Gonzalo Caballero y Christopher Kingston, “Cambio cultural, dinámica institucional y ciencia cognitiva: hacia una comprensión multidisciplinaria del desarrollo económico”, Revista de Economía Institucional 13 (2005): 327-335.

Bibliografía:

1. Cicerón, Marco Tulio, Los oficios. Con los diálogos de la vejez..., (Madrid: D. Joachim Ibarra, 1777).         [ Links ]

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