SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
 número22La diversidad (in)visible: Identidad(es) entre policías bonaerensesDesafíos etnográficos en el estudio de la violencia: Experiencias de una investigación índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

  • No hay articulos citadosCitado por SciELO

Links relacionados

  • No hay articulos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Avá

versión On-line ISSN 1851-1694

Avá  no.22 Posadas abr. 2013

 

DOSSIER: "SUJETOS Y FORMAS DE CONTROL SOCIAL"

Drogas: la audiencia pública. Intervención política y trabajo de campo

 

Florencia Corbelle*

*Licenciada y Profesora en Ciencias Antropológicas, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires. Becaria Doctoral del CONICET. Miembro del Equipo de Antropología Política y Jurídica, Instituto de Ciencias Antropológicas, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires. E-mail: florcorbelle@hotmail.com.

Fecha de recepción de los originales: noviembre de 2011. Fecha de aceptación: octubre 2012

 


RESUMEN

El 15 de junio de 2011, se celebró la primera Audiencia Pública para discutir los proyectos tendientes a modificar la actual Ley de drogas, presentados hasta el momento por legisladores de diversos partidos políticos. El presente trabajo describe etnográficamente esta etapa del debate parlamentario, en cuanto instancia ritualizada de participación de la sociedad civil, intentando no sólo recuperar los principales argumentos esgrimidos por "prohibicionistas" y "descriminalizadores"; sino, fundamentalmente, analizar este conflicto y su posible resolución como un procedimiento de juicio por juramento; en donde adquiere especial relevancia contar con apoyo a la propia perspectiva, así como poder resaltar determinadas contribuciones para concitar adhesiones para una contienda posterior. Todo ello, desde la particularidad que implicó formar parte de la audiencia en calidad de expositora, lo que supone referirse a una experiencia de intervención política así como dar cuenta del papel que esta experiencia jugó en mi investigación.

PALABRAS CLAVE: Drogas; Legislación; Audiencia Pública; Sociedad Civil.

Drugs: the public hearing. Political intervention and fieldwork

ABSTRACT

The first public hearing to discuss the bills, which so far have been presented by congressmen from different political parties, to amend the current drug law was held on June 15th 2011. This article provides an ethnographic description of this stage of the parliamentary debate qua ritualized instance of active participation of civil society not only seeking to recall the most important arguments used by "prohibitionist" and "decriminalization-ists"; but, mainly, analyze this conflict and its possible resolution as a trial by oath in which having support to one's own point of view as well as the ability to highlight certain contributions in order to gather support for following contests is extremely significant. The aforementioned, taking into account my role as a public speaker, which means bringing up a political intervention experience as well as giving an account of how this experience played a part in my research.

KEY WORDS: Drugs; Law; Public Hearing; Civil Society.


 

INTRODUCCIÓN

El debate en torno al llamado problema de la droga en América Latina ha adquirido en los últimos años una creciente notoriedad. Esta puesta en foco puede explicarse, en parte, por la discusión en torno a la revisión de las metas de la Sesión Especial sobre Drogas de la Asamblea General de Naciones Unidas (UNGASS) de 1998, que tuvo lugar en los años 2008 y 20091; pero también por la consolidación de distintas organizaciones de la sociedad civil orientadas a la promoción de los derechos del consumidor y, en algunos países, del productor de hojas de coca (Corda, 2011). En la Argentina, esto ha sido acompañado por voces críticas del modelo prohibicionista/abstencionista reinante a nivel mundial, que se han alzado desde los Poderes Ejecutivo, Legislativo, y Judicial. Así, la reactivación del debate en nuestro país se refleja tanto en jornadas, congresos, programas de televisión y charlas abiertas en Universidades como en discursos políticos, fallos judiciales y numerosos proyectos de modificación de la actual Ley 23.737 presentados en el Congreso de la Nación.

En este trabajo analizo la primera Audiencia Pública celebrada en la Cámara de Diputados, para debatir estos proyectos tendientes a modificar la actual Ley de drogas. Lo haré desde la particularidad que implicó formar parte de la misma en calidad de expositora. Concretamente, esto implica referirse a una experiencia de intervención política, en la cual defendí un punto de vista construido en diálogo con un grupo de actores comprometido con el debate parlamentario, de quienes recibí la invitación. Pero también, supone dar cuenta del papel que esta experiencia jugó en mi investigación.

Para ello, primero describo las condiciones que hicieron posible el debate en un país con una política de drogas de carácter represivo y abstencionista. Para luego, en segundo lugar, explicar qué es una audiencia pública, qué se discutió en esta oportunidad, cómo conseguí participar y de quién recibí la invitación. Finalmente, tras reponer el texto que organizó mi exposición, concluyo con una reflexión sobre los alcances del aporte disciplinar al debate en cuestión y su vínculo con la constitución de la intervención en herramienta de investigación.

SOBRE LAS CONDICIONES DE POSIBILIDAD

Desde 1926 hasta la actualidad, salvo el quinquenio 1968-19732, las políticas públicas en la Argentina respecto al consumo y tenencia de drogas han sido políticas penales. Esta forma de comprender y abordar el problema ha estado desde sus inicios emparentada no sólo con las políticas estadounidenses que desde fines del siglo XIX hasta la actualidad se caracterizaron por penalizar la producción, distribución y uso de drogas, sino también con una profusa normativa internacional que continuamente respaldó los esfuerzos punitivos del país del norte. De este modo, pese a la existencia de fluctuaciones entre períodos de mayor y menor intolerancia, a las modificaciones en el sector percibido como amenaza, a los cambios relacionados con la forma de conceptualizar la problemática y a la sustancia demonizada, esta política de fuerte sesgo prohibicionista se mantuvo durante todo el siglo XX tanto en Estados Unidos como en toda América Latina (Corbelle, 2010; Del Olmo, 1989).

En los últimos años, sin embargo, se instaló en nuestro país un debate en torno a la posible modificación de la Ley de estupefacientes.3 En gran medida, la incorporación de esta problemática en la agenda pública fue resultado de años de trabajo de ONGs como Intercambios y la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA). Pero también, del esfuerzo, en los últimos años, de las redes de usuarios -la Red Argentina de Usuarios de Drogas y Activistas (RARUS) y la Red Argentina por los Derechos y Asistencia de los Usuarios de Drogas (RADAUD)-, el equipo de trabajo de la Revista THC y de muchos activistas que en este último tiempo comenzaron a organizarse en las recientemente creadas agrupaciones cannábicas.4

En lo que respecta al gobierno, desde que la Ley 23.737 entró en vigencia, diputados de diferentes fuerzas políticas fueron presentando proyectos de Ley para su modificación. Sin embargo, la posibilidad de un cambio efectivo en la política de drogas a nivel nacional adquirió otro cariz cuando, a mediados del 2007, el entonces Ministro del Interior, Aníbal Fernández, criticó la política de lucha contra las drogas de impronta punitiva enarbolada en el ámbito internacional en general, y en Argentina en particular, para luego proponer oficialmente la despenalización de la tenencia para consumo personal. La iniciativa apuntaba a distinguir entre la cuestión de las adicciones, inscripta en el ámbito de la salud pública, de la problemática del narcotráfico, un asunto de seguridad nacional (Sain, 2009).

Al año siguiente, estas declaraciones se materializaron en políticas concretas cuando el Ministro creó el Comité Científico Asesor en Materia de Control de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y Criminalidad Compleja, conformado por magistrados del Poder Judicial, fiscales federales y científicos sociales. Entre sus objetivos se encontraban: elaborar e intervenir en los ante proyectos de reforma y actualización legislativa, asesorar en la coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional, y recomendar estudios y modelos de capacitación específicos para diferentes áreas académicas y del gobierno nacional.

Sin embargo, a pesar de los avances en la materia, aún restaba el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Éste no tardó en llegar. En agosto de 2009, con el fallo "Arriola" la Corte declaró la inconstitucionalidad de la penalización de la tenencia de drogas para consumo personal siempre y cuando no hubiese daño a terceros. Así, la flamante jurisprudencia sostenía que, "el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737 debe ser invalidado pues conculca el artículo 19 de la Constitución Nacional, en la medida en que invade la esfera de libertad personal excluida de la autoridad de los órganos estatales" (Fallo Arriola, 2009:36).

Luego del esperado fallo, el nombrado Comité se dispuso a idear un proyecto para reemplazar la Ley 23.737. Sin embargo, integrantes de varios bloques de la Cámara de Diputados de la Nación -específicamente, de la Unión Cívica Radical, el Frente para la Victoria, el Partido Socialista, Libres del Sur, el Peronismo Federal, el Nuevo Encuentro Popular y Solidario y el GEN (Generación para un Encuentro Nacional)- se le adelantaron y a lo largo del 2010 fueron presentando diversos proyectos tendientes a la descriminalización de la tenencia de drogas para consumo personal.5 El debate parlamentario no se hizo esperar y a principios del 2011 el tema fue introducido en las reuniones de la Comisión de Prevención de las Adicciones.6 Fue en ese contexto que, a mediados del 2011, la Cámara de Diputados decidió celebrar una Audiencia Pública.

LA AUDIENCIA PÚBLICA

De acuerdo al reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, las Audiencias Públicas son reuniones que organizan las comisiones parlamentarias para debatir un tema en particular. Para ello, se convoca a especialistas y a todas aquellas personas interesadas en brindar información o presentar su opinión sobre el tema en cuestión -entiéndase, la ciudadanía en general, personas jurídicas de carácter público o privado y organizaciones de la comunidad-. Generalmente se celebran varias audiencias, tanto en Buenos Aires como en el interior del país, para recabar la mayor información posible y la opinión de referentes sociales. 

La propuesta de organizar una serie de Audiencias Públicas para debatir los proyectos tendientes a modificar la actual Ley de drogas, tanto en Buenos Aires como en el interior del país, había nacido a fines del año 2010 por iniciativa de la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos. La primera de estas audiencias finalmente se celebró el miércoles 15 de junio de 2011 en la Sala I del Edificio Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación. Organizada por la Presidencia de la Comisión de Prevención de las Adicciones en conjunto con la Presidencia la Comisión de Derechos Humanos -ambas favorables a la descriminalización-, se esperaba contar con la presencia de diputados, jueces, abogados, funcionarios del Poder Ejecutivo, especialistas, periodistas, ONGs, organizaciones sociales y agrupaciones cannábicas.

ETNOGRAFIANDO LA AUDIENCIA

El día de la audiencia llegué media hora antes de su inicio y el ingreso al Edificio Anexo ya estaba algo congestionado.7 A diferencia de lo que ocurría en forma habitual, en la puerta de acceso a la recepción había apostados dos empleados de seguridad quienes tenían un listado para dejar ingresar "directamente" a los expositores y otro para anotar nombre, apellido y documento del público en general, por lo que no era necesario acreditarse ni presentar el documento en mesa de entrada. Franqueada la puerta, restaba pasar por el detector de metales custodiado por personal de la Policía Federal para poder acceder al sector de ascensores y escaleras.

La sala en que se desarrollaría la Audiencia, localizada en el segundo piso, era amplia y rectangular, de paredes amarillentas y techos bajos color marrón. Al carecer de ventanas, la iluminación era por completo artificial. En uno de sus extremos estaba el sector destinado a la prensa, con sus dos vías de ingreso habilitadas y separadas del resto de la sala por caballetes dispuestos en forma algo improvisada. En el otro extremo, en medio de las otras dos vías de acceso, la bandera argentina era escoltada por cuadros con láminas de próceres. En medio de la sala, y ocupándola casi en su totalidad, se desplegaba un escritorio en forma de "u", que a su vez tenía en su interior otro escritorio rectangular destinado a los taquígrafos. A excepción del área de prensa, una fila de asientos cubría las paredes del recinto.

En el ingreso a la sala, los asesores de los diputados que organizaban la audiencia, recibían a los recién llegados y les preguntaban si eran expositores, público o prensa. Luego, les indicaban el sector en el cual podían acomodarse: en cualquiera de las sillas dispuestas alrededor del escritorio en forma de "u" cerca de los micrófonos; en las sillas alrededor del escritorio en forma de "u" alejadas de los micrófonos y en las que se encontraban contra la pared; o bien en el sector destinado a la prensa del otro lado de la sala, respectivamente. Las diferentes vías de ingreso y la existencia de espacios delimitados, reforzaba los roles e identidades diferenciales de las personas presentes en el recinto. Sin embargo, este esfuerzo clasificatorio encontraba sus límites en la posibilidad que tenían los invitados de escoger en qué lugar sentarse dentro del sector indicado. Tampoco parecía haber un orden de ingreso estipulado, por lo que la sala se fue llenando, el escritorio colmando de papeles y las sillas cargando de abrigos, mochilas, carteras y maletines sin orden aparente. A pesar del empeño de los organizadores para que los participantes ocuparan sus lugares, pocos aguardaban sentados. La mayoría conversaba de pie o saludaba efusivamente a un recién llegado.

A la hora pautada, en medio de los flashes de una docena de fotógrafos, tomó la palabra el Presidente de la Comisión de Prevención de las Adicciones y dio comienzo a la Audiencia. Los presentes se apresuraron a ocupar sus asientos y se pudo visibilizar su disposición en la sala. En el centro de la cabecera del escritorio se habían sentado los Presidentes de las comisiones organizadoras. A su lado se habían ubicado diputados, un reconocido abogado en la materia, el director de la Revista THC, una representante del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y yo.8 En uno de los laterales del escritorio se sentaron los asesores de los diputados que organizaban la Audiencia -uno de los cuales sería el coordinador9-, miembros de RADAUD y de la Revista THC, la Presidenta de Intercambios y un miembro del Comité Científico Asesor, seguidos de varios miembros de diferentes asociaciones cannábicas que hacia el final de la mesa se confundían con el público. El otro lateral estaba ocupado por una diputada, la vicepresidenta de la Federación Universitaria de Buenos Aires (FUBA), otra diputada, el Presidente de ARDA y un miembro del Centro de Estudios Avanzados de Drogodependencia y SIDA, seguidos de investigadores que no expondrían en la audiencia. Entre el público abundaban los asesores de diputados, miembros de agrupaciones cannábicas que no harían uso de la palabra y algunos militantes del Movimiento Libres del Sur.

La apertura estuvo a cargo de los Presidentes de las comisiones organizadoras. Tras su intervención, tomo la palabra el coordinador, quien explicó que dada la gran convocatoria cada expositor debía atenerse a un máximo de cinco minutos, reduciendo a la mitad el tiempo estipulado para la intervención. Hasta aquí, la posibilidad de escoger el lugar donde sentarse dentro del propio sector, la libertad de entrar y salir de la sala sin dar explicación, el tiempo pautado para la intervención, la ausencia de una jerga especializada y de un orden aparente en el listado que organizaba la reunión, parecían indicar un esfuerzo por simbolizar la igualdad de los participantes y de las condiciones de participación.

Sin embargo, a medida que fueron transcurriendo las intervenciones de los diferentes invitados, con la modificación de la composición de la sala y la llegada de nuevos expositores, afloraron nuevos significados del espacio así como actitudes respecto de su ocupación. Los diputados que ingresaban tarde, cuando nadie les ofrecía un asiento cercano a la cabecera del escritorio, se acercaban ellos mismos o enviaban a un asesor para que la secretaria de la Comisión de Prevención de las Adicciones les gestionase uno. Miembros del Poder Ejecutivo y Judicial adoptaron una actitud similar. Aún cuando algunos de ellos por falta de espacio tomaban asiento en alguno de los laterales del escritorio, al momento de hablar muchos se dirigían al centro de la cabecera. Ubicados allí, tendrían delante suyo los flashes y las cámaras de televisión para publicitar su intervención, detrás la bandera y los próceres para encumbrar su contribución.

Por otra parte, la posibilidad de hacer uso de la palabra en tanto recurso estaba distribuido en forma dispar. A los diputados y personajes con cierto prestigio y/o fama que ingresaban a la sala, aunque no estuviesen en el listado, se les preguntaba si deseaban hablar. Mientras que otros miembros del público que deseaban hacerlo y no se encontraban en la lista de invitados, no tenían esa posibilidad. Tal fue el caso de una socióloga que pidió intervenir pero dado que los tiempos eran acotados, se le negó la posibilidad de participación. En este mismo sentido, puede agregarse que la única persona que intervino por fuera de su turno de habla para llamar la atención sobre el tiempo de la exposición, para aclarar alguna duda o para pedir respeto, fue la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos.

Del mismo modo, el manejo del tiempo fue arbitrario. Así, mientras que varios miembros de las asociaciones cannábicas recibieron advertencias sobre el tiempo de su exposición, reconocidos funcionarios y periodistas casi cuadruplicaron los cinco minutos establecidos para la intervención sin recibir un llamado de atención. En estos casos, el coordinador miraba a los Presidentes de las comisiones organizadoras esperando algún guiño cómplice que lo autorizara a pedirle al invitado que fuera redondeando su exposición.

La permanencia en la Audiencia es otro aspecto que no se puede soslayar. No todos se quedaron durante las cinco horas que duró la reunión. Muchos de los invitados que figuraban entre los primeros en el orden de exposición, llegaron temprano y pasados algunos minutos o cuanto mucho una hora de concluida su intervención se fueron retirando. A otros tantos, se les cedía la palabra al momento en que hacían su aparición y luego de concluir abandonaban la sala. No obstante, a pesar de que el número de presentes fue mermando, unos cuantos expositores y miembros del público permanecieron en la sala hasta que la audiencia concluyó. Ahora bien, la composición de la sala no era similar a la inicial, si bien aún quedaban algunos diputados y reconocidos especialistas, quienes poblaban el recinto eran en su mayoría los asesores y activistas.

Con todo, el uso diferencial de la palabra, del espacio y del tiempo no fueron las únicas formas en que se simbolizaron las condiciones y posibilidades desiguales de intervención. La pertenencia institucional, pero también los gestos, actitudes, formas de vestir y de expresarse, trazaron límites y fronteras entre los expositores que se manifestaron en las formas de tratamiento y presentación. No faltaron oportunidades en que personas vestidas formalmente y pertenecientes a una reconocida organización fueran presentadas como licenciado/a o doctor/a, cuando en realidad no lo eran; mientras que activistas de agrupaciones cannábicas fueran presentados por nombre y apellido, cuando en realidad tenían título universitario. La chapa10, los gestos, las actitudes, las formas de vestir y de expresarse, en palabras de Barth (1976), se mostraron como rasgos diacríticos que las personas descubrieron y exhibieron indicando pertenencia a determinados grupos. Sin embargo, la existencia de esas señales o signos manifiestos, no implicó que se comportasen a la manera de disposiciones inconscientes e inmutables. Al contrario, la preocupación por ser presentados en forma correcta o la decisión de ir vestidos de traje o en camisa de algunos de los miembros de las agrupaciones cannábicas, daban cuenta del conocimiento que tenían de los rasgos que eran considerados significativos para trazar diferencias entre grupos. Pero también, de la capacidad de desplegar este conocimiento estratégicamente para reforzar la imagen de consumidores responsables y constituirse en interlocutores válidos.

En suma, la ausencia de una jerga especializada, una actitud relativamente flexible adoptada al inicio en relación al uso del espacio y las pautas explicitadas para regular los tiempos de la audiencia parecían abocadas a simbolizar la igualdad de los participantes y de las condiciones de participación. Sin embargo, la estructura edilicia con sus vías de ingreso diferenciales, la disposición del mobiliario en la sala así como normas implícitas11 sobre cómo llevar adelante una Audiencia junto a las prácticas y representaciones rutinizadas y naturalizadas de los empleados, funcionarios y legisladores, terminaron actuando como mecanismos ritualizados de reforzamiento de relaciones jerárquicas e identidades diferenciales.12 Así, esta dimensión ritual de la Audiencia, consagró diferencias preexistentes -tanto internas al Poder Legislativo, entre asesores, empleados y diputados; como externas, pertenecer o no al Poder Legislativo, Ejecutivo o Judicial o bien ser o no ser un personaje famoso de la sociedad- haciéndolas conocer y reconocer, no sólo por quienes han sido investidos, sino por todos los que participan del ritual. En este sentido, la Audiencia no se mostró, simplemente, como un lugar de debate, sino también como una forma determinada de imaginar y simbolizar lo real (Sarrabayrouse, 1998).

Ahora bien, la forma en la que se condujo la Audiencia también nos pueden decir algo sobre su objetivo y naturaleza. Es decir, la falta de permanencia de los participantes a lo largo de la misma, la preeminencia dada a determinados invitados en detrimento de otros, el uso del espacio y del tiempo y la ausencia de preguntas a los expositores, daban cuenta de que si bien la Audiencia Pública estaba destinada a debatir los proyectos de Ley, había otras cuestiones que estaban siendo puestas en juego. En este sentido, el análisis que hace Tiscornia (2008) del procesamiento judicial en el caso Walter Bulacio, valiéndose del procedimiento de juicio por juramento colectivo trabajado por Gellner, puede sernos de utilidad.

El procedimiento de juicio por juramento colectivo, según Gellner, es utilizado para dirimir conflictos y/o como mecanismo de decisión legal cuando ".una autoridad soberana está ausente o es incapaz de arbitrar, decidir e imponer su veredicto o no está dispuesta a hacerlo (.) [o cuando] el dominio de actividad en que se da el conflicto puede no estar (según el espíritu de la sociedad en cuestión) enteramente sujeto a reglas legales impuestas" (Gellner en Tiscornia, 2008:69). En este caso, se trata de un conflicto entre dos grupos -un grupo favorable a la descriminalización del usuario de drogas y un grupo claramente en contra- en donde no hay autoridad soberana dispuesta a dar un veredicto que zanje la disputa generada en torno a la Ley penal y a toda una serie de prácticas judiciales y facultades de detención de la policía.

En este tipo de sistema, como sostiene Tiscornia (2008), la búsqueda de las razones y la justicia carece de sentido y el conflicto se dirime favorablemente para quien pueda reunir la mayor cantidad de personas que estén dispuestas a jurar en apoyo de la propia perspectiva. Este juramento debe hacerse en un lugar sagrado. No obstante, como señala la autora, lo interesante son las negociaciones, acusaciones y conspiraciones que se desarrollan fuera del lugar sagrado buscando concitar adhesiones. En el caso de la Audiencia Pública, por un lado, no se puede dejar de mencionar la capacidad de los legisladores y funcionarios de militar sus proyectos, rosquear y hacer lobby13; recurriendo a múltiples estrategias de cabildeo que apelan a la filiación y confianza política, la amistad, el respeto, las presiones, los acuerdos políticos o a valores morales compartidos. Por otro lado, tampoco puede olvidarse la participación -de consumidores, políticos, funcionarios y profesionales comprometidos del grupo favorable a la despenalización y de familiares de usuarios, "adictos recuperados", religiosos, funcionarios, políticos y profesionales comprometidos del grupo prohibicionista- en manifestaciones, debates televisivos, jornadas, congresos, periódicos y revistas, para concitar apoyo a su perspectiva.

Volviendo a lo planteado en un principio, ¿cómo se relaciona esto con la forma en que fue conducida la Audiencia? En primer lugar, es importante aclarar que esta Audiencia fue la primera escenificación del conflicto que se esperaba fuera, secundada por varias más. En este sentido, si bien el debate consistía en un juego de oposiciones escolásticas en donde uno de los grupos resultaría vencedor; también se trataba de una instancia más para sumar adhesiones para una contienda posterior. Por ello, quienes por su jerarquía, poder, prestigio o fama hacían gala de una densa trama de relaciones que con sus juramentos podían reactivar en apoyo a la propia perspectiva, recibían un lugar privilegiado en la Audiencia. Esto implicaba, entre otras cosas: un lugar en la cabecera frente a las cámaras, mayor tiempo disponible para hacer uso de la palabra, formas de tratamiento y presentación elocuentes, y ofrecimiento automático de la palabra a su ingreso en la sala. Así, la dimensión ritual de la Audiencia, además de reforzar relaciones jerárquicas e identidades diferenciales, ponía en foco esta lucha de fuerzas a la par que visibilizaba ciertas contribuciones constituyéndose en una herramienta política.

Del mismo modo, puede comprenderse el énfasis que hicieron miembros del grupo prohibicionista en la falta de espacio para que ingresaran sus miembros, la escasa cantidad de diputados presentes, o en el carácter "no tan público" de la audiencia:

"En primer término, quiero informar que en mi despacho están las personas que vienen de la Red de Padres, las Madres del Paco, los Familiares de las Víctimas de las Drogas y otras ONG pero, lamentablemente, por un problema de espacio, no pueden entrar a esta sala. Lo lamento (.) También lamento que aquí haya tan pocos diputados presentes -algunos hay- porque la verdad es que el tema de la droga nos debe preocupar a todos, y no sólo preocupar, sino ocupar." (Intervención de una Diputada durante la audiencia pública)

Aspectos que así enumerados esperaban restar importancia a la incapacidad propia de sumar adhesiones en esta primera contienda organizada y conducida por sus oponentes.

Ahora bien, este sistema generalmente no permite que los conflictos se resuelvan desfavorablemente para los grupos grandes y de mucha cohesión, porque si bien este procedimiento ".abre el juego a la opinión e intervención de la comunidad, respeta las realidades del poder" (Tiscornia, 2008:70-71).  Sin embargo, como parece ser el caso en este conflicto, ".cuando la situación de poder no es clara y el desenlace del conflicto es incierto, porque ambos clanes tienen iguales posibilidades [de ganar o] perder, (.) el procedimiento puede inclinarse por razones de justicia y verdad" (Tiscornia, 2008:241). Entonces, no sólo quién dice, sino qué es lo que se dice cobra valor. Pero, ¿qué se discutió?

Entre quienes se pronunciaron a favor de la descriminalización del usuario de drogas, estuvieron aquellos que desde una postura más jurídica hablaron -más allá de la referencia explícita al articulado de la Ley- de la historia de la legislación, de los cambios jurisprudenciales en la materia, del fracaso de la legislación vigente para reducir el consumo y el tráfico, de la ineficacia de perseguir al consumidor, de los costos sociales de la penalización, de las condiciones de detención, de la estigmatización, de las consecuencias de la inversión de la carga probatoria, de la proporcionalidad de las penas, de la discrecionalidad policial, de los Derechos Humanos, de las libertades individuales, de las acciones privadas de los hombres y de la salud como derecho y no como imposición penal. Otros, en cambio, desde un lugar más ligado a la salud hablaron del problema de la adicción, de la reducción de daños, de la tercerización de la atención en adicciones, de las carencias del actual sistema de salud y de la ausencia de campañas de concientización y prevención. También se mencionó el problema de las mulitas14, de los precursores químicos y el lavado de dinero y no faltaron los llamados a dejar de lado la moralina y los prejuicios, a proteger al consumidor, a perseguir al narcotraficante, a distinguir el consumo problemático del no problemático y a ponerle límites a la internación.

Por otra parte, quienes se declararon en contra de la modificación de la actual Ley de drogas aprovecharon para denunciar el abandono del Estado, el incremento del consumo de drogas y la falta de campañas preventivas y centros públicos de atención. Además, no se privaron de recordar los males que traen aparejado el consumo de drogas para la familia y la sociedad, la incidencia de la droga en el delito y las innegables virtudes de la intervención judicial. No obstante, los discursos estuvieron dirigidos, principalmente, a criticar los proyectos de despenalización. En este sentido, se sostuvo que los cambios propuestos alimentan el tráfico, facilitan la venta de drogas al por menor, fomentan la legitimación ideológica del consumo, vulneran el derecho a la salud, hablan de libertades y derechos humanos de los consumidores cuando éstos no son libres de elegir y, lamentablemente, están dirigidos a defender los pequeños placeres de unos en lugar de enfrentar la tragedia que significa la droga en la vida de los sectores más carenciados.Asimismo, se expresó preocupación por el destino de las internaciones no voluntarias iniciadas por intervención judicial y por la reducción de penas a las llamadas mulitas, cuya situación económica -sostuvieron- no altera el carácter criminal de su actividad. Por último, no faltó la ya clásica afirmación de que la Ley actual no es mala per se, sino quesus fracasos se deben a la "mala aplicación" por parte de los jueces.    

Frente a la imposibilidad de enumerar todos los temas tratados y en aras de la brevedad, lo que no se puede dejar de mencionar, tal como lo haría uno de los directores de la Revista THC al cerrar la Audiencia, es que de los treinta y ocho participantes, treinta y cinco se manifestaron a favor de la descriminalización de los usuarios de drogas. De la misma manera, una gran proporción de los presentes manifestó su acuerdo con eliminar la tenencia simple, encontrar una solución para las mulitas y despenalizar el cultivo y la tenencia de semillas para consumo personal. Claramente, en esta primera contienda quien salía triunfante era el grupo que defendía la despenalización.

UN APORTE ANTROPOLÓGICO A LA DISCUSIÓN

Minutos antes de que finalizara la Audiencia y frente a poco menos de la mitad del público inicial, el coordinador dijo "Tiene la palabra Florencia Corbelle, antropóloga". Lo que sigue a continuación es el texto que guió mi intervención. Pero antes, una breve reflexión sobre el trabajo de campo que estaba realizando en aquel entonces en las reuniones de la Comisión de Prevención de las Adicciones y las relaciones con un grupo de actores comprometido con el debate parlamentario, que le dieron forma al escrito y ayudaron a tomar decisiones clave para su elaboración.

En lo que respecta al trabajo de campo en las reuniones de comisión, este comenzó el 31 de marzo del 2011, cuando figuraron por primera vez dentro del temario los proyectos de reforma de la Ley de drogas. Llegado el momento de debatir el tema de la "despenalización", uno de los asesores presentes sugirió no repasar la Ley artículo por artículo sino centrarse en aquello que estaba en discusión. Basándose en un cuadro comparativo elaborado por la secretaria de la comisión, rápidamente se delinearon los tópicos a los que debía abocarse la reunión: la "despenalización de la tenencia para consumo personal", la "despenalización de la tenencia simple", "el tema de las mulas", la "despenalización del cultivo y suministro de semillas" y la "regulación de los tratamientos de rehabilitación".

Una vez acordado el piso de la despenalización de la tenencia para consumo personal, si bien se mencionó la elaboración de una "solución concreta para las mulas" y una supuesta coincidencia en "sacar el tema de los tratamientos de la Ley penal", las sucesivas reuniones se centraron en la propuesta del proyecto del bloque Libres del Sur de despenalizar la tenencia simple de droga. Partiendo de datos estadísticos que indicaban que el 90% de los casos caratulados como tenencia simple eran en realidad tenencia para consumo personal, la discusión parecía naufragar entre la preocupación por el 10% restante en caso de eliminar la figura de tenencia simple y la atribución de la falla a una mala técnica legislativa que "no le pone coto a la subjetividad", al "protocolo policial" o a la imprudente aplicación de la Ley por parte del "Poder Judicial".

Sin embargo, cuando se quería profundizar en la asignación de responsabilidades para buscar soluciones, como la mayoría desconocía el modo en que efectivamente se aplicaba la Ley, el debate terminaba limitándose a una recopilación de estereotipos -"detrás de la droga viene el delito", "la sociedad no está preparada para despenalizar"- y a un discurrir interminable sobre los resultados y efectos cuantitativos de la legislación nacional y las "nuevas" experiencias en materia legislativa internacional.

Finalmente, el 19 de mayo de 2001, con promesas de llevar lo discutido a los diputados y retornar con ideas claras sobre la postura de los diferentes bloques, tuvo lugar la última reunión de asesores previa a la Audiencia Pública, a celebrarse en la Sala I de la Cámara de Diputados de la Nación.

A los pocos días de recibir una invitación de la Secretaría de Comisión de Prevención de las Adicciones para asistir a la Audiencia, recibí un llamado de uno de los directores de la Revista THC invitándome a "hablar sobre la tesis (de licenciatura) en el Congreso". Ellos habían tenido la oportunidad de leer mi trabajo y estaban interesados en que participase de la audiencia como "especialista" contando parte de los resultados de mi investigación. La conversación fue corta y la única pauta que me dieron fue el tiempo. La intervención no podía extenderse por más de diez minutos que luego, como vimos, se transformarían en cinco. Claramente, el desafío era qué decir en tan poco tiempo. Por un lado, debía conjugar mi trabajo de investigación con las necesidades de quiénes me habían invitado, con las cuales, por otra parte, acordaba. Por otro lado, no quería abordar aspectos de la problemática que pudiesen ser tratados en forma recurrente por varios de los presentes.

En mi tesis de licenciatura intitulada La construcción del consumidor de drogas en el proceso judicial, más allá de la historia de la legislación, había analizado el universo de prácticas y representaciones de los agentes policiales y operadores judiciales que trabajan en forma cotidiana con las infracciones a la Ley de drogas. Asimismo, teniendo en cuenta que estas prácticas no se daban en el vacío sino que eran aplicadas a determinados sectores de la población, la investigación analizaba las prácticas y representaciones de un grupo de consumidores frente a estas prácticas policiales y judiciales en gran medida estigmatizantes. En este sentido, el trabajo describía y analizaba los complejos laberintos terminológicos y procesales por los que las causas por infracción a la Ley de drogas transitaban en forma rutinaria y cotidiana dentro de Justicia Federal Penal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pero también, los diversos límites que un grupo de consumidores les establecía a través de una diversidad de alternativas por ellos construidas (Corbelle, 2010).

No cabe lugar a dudas de que el recorte era inevitable. Fue entonces cuando las múltiples conversaciones mantenidas con miembros del equipo de trabajo de la Revista THC y la observación participante en las reuniones de asesores de diputados en la Comisión de Prevención de las Adicciones, cobraron especial relevancia para decidir el tema sobre el que versaría mi exposición. Como señalé con anterioridad, el debate en comisión se había limitado a analizar la jurisprudencia y la legislación, prestando especial atención a los efectos cuantitativos que estas habían tenido, pero poco era lo que se había dicho de las rutinas y procedimientos de administración de conflictos y tornando pobre la comprensión de las prácticas y representaciones de los actores que aplican, moldean y dan cuerpo a la Ley.

Por otra parte, las conversaciones con miembros de la revista dejaban en claro que tanto ellos como los integrantes de las agrupaciones cannábicas y de las redes de usuarios defenderían sus derechos y hablarían sobre las consecuencias de la penalización. Es decir, harían hincapié en la estigmatización y la marginación, así como en el derecho a la libertad, la privacidad y la salud. Por lo tanto, si bien podía haber hablado sobre los peligros que debían enfrentar para conseguir las sustancias, las situaciones de detención, las dificultades para acceder al sistema de salud o lo que implicaba tener una causa abierta en el sistema judicial, quienes tenían que sortear en forma cotidiana estos obstáculos se encontraban representados, aunque fuera parcialmente, dentro de la audiencia y podían expresar ellos mismos las consecuencias de la criminalización. Muchas cosas habían cambiado desde el debate parlamentario que sancionó la Ley 23.737 en 1989. En los últimos años, como señalé con anterioridad, la voz de los consumidores se había comenzado a escuchar. Cada vez más grupos de activistas fueron entrando en escena e incorporándose en sus propios términos a una lucha que ya tenía cierta tradición. Así las cosas, la desorientación inicial adquirió mayor claridad, el análisis de las prácticas y representaciones de los agentes policiales y operadores judiciales sería un simple pero fructuoso aporte al debate parlamentario actual.

A continuación, transcribo el texto que originalmente guió mi intervención. Por este motivo, escasean las citas y referencias bibliográficas y abundan las repeticiones y modismos propios de un registro coloquial. No obstante, en vistas a una mayor claridad, en algunas ocasiones se incorporaron notas al pie de página para explicar términos jurídicos que pueden resultar poco familiares al lector. 

LA INTERVENCIÓN

CONSIDERACIONES SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE DROGAS

En esta oportunidad me gustaría céntrame en los modos en que se aplica la ley de drogas. Específicamente, en las prácticas y representaciones de los agentes policiales y operadores judiciales que trabajan en forma cotidiana con las infracciones a esta ley.

Como todos o la mayoría de ustedes sabe, la ley de drogas actualmente vigente está compuesta por una multiplicidad de artículos. Sin embargo, como indican las estadísticas del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, las infracciones a la ley 23.737 que ingresan con mayor frecuencia a la Justicia Federal Penal son los delitos de "tenencia para consumo", "tenencia simple" y "tenencia para comercialización". No obstante, es preciso no olvidar la existencia de otra gran porción de causas que corresponde a los delitos por contrabando de estupefacientes tratados en el art.866 del Código Aduanero (competencia del fuero penal económico) pero que no fueron objeto de análisis en esta investigación.

Ahora bien, ¿cómo ingresan estas infracciones a la ley 23.737 a la justicia? Los casos en la Justicia Federal ingresan por tres vías: como resultado de una denuncia ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, ante una fiscalía, o como resultado del accionar policial. En este último caso puede ser un hecho "flagrante"15 o una denuncia hecha en una comisaría. Particularmente, en el caso de las infracciones a la ley de drogas, la vía por la que ingresan muestra una importante correlación con el "tipo de delito"16  de que se trate. Así, las causas por "tenencia para comercialización", ingresan mayormente por la Policía, son investigaciones que tienen su origen en denuncias de vecinos, llamadas al 911. Al contrario, las causas por "tenencia simple" y "tenencia para consumo" ingresan generalmente a la justicia como resultado de la prevención policial, son "flagrantes".

EL ACCIONAR DE LA POLICÍA FEDERAL

A pesar de esta diferencia, estos delitos por tenencia de drogas, más allá de si son producto de la prevención o investigación policial, generalmente son el resultado de procedimientos que implican por lo menos en un primer momento detenciones en la vía pública. Como lo indican los datos provenientes de estadísticas del Poder Judicial, las detenciones generalmente son por "averiguación de antecedentes" y raramente se realizan en ocasión de la comisión de otro delito o por la tenencia de armas. El blanco de la detención son hombres, jóvenes (entre 16 y 30 años), solteros y argentinos. La mayoría posee diversos niveles de instrucción, trabaja o estudia en forma permanente. Asimismo, carecen de antecedentes penales y las incautaciones, habitualmente de marihuana o cocaína, no superan los 5 gramos. Por otra parte, esta clase de procedimientos son "flagrantes" por lo que se llevan adelante sin orden judicial, habilitando la posibilidad de un control policial arbitrario sobre ciertos sectores de la población.

Una vez que los casos ingresan al sistema judicial, la policía debe explicitar los motivos que la llevaron a detener a una persona en la vía pública. Como plantean varios trabajos, entre ellos el de Martínez, Palmieri y Pita (1998) "Detenciones por averiguación de identidad: policía y prácticas rutinizadas", estos motivos son los argumentos que presenta el personal policial para justificar, mediante razones estereotipadas, situaciones muy diversas de detención. En los juicios que presencié y en los expedientes que leí, los agentes, para justificar las detenciones, recurrieron a toda una lista de términos y expresiones que pueden entenderse como derivaciones procedentes del término genérico "actitud sospechosa". Así, aparecieron frases como el "estado de nerviosismo", la "condición de nocturnidad", "dirigirse en forma presurosa", "acomodar elementos entre sus bolsillos", "agarrar sus bolsillos", "mostrarse evasivo frente a la presencia policial" y el "olfato policial" como justificativos válidos para realizar este tipo de procedimientos. En otras palabras, la "sospecha" lejos de dar origen a la intervención policial, la legítima a posteriori frente a funcionarios judiciales, la prensa, etc.

Entonces, ¿en qué elementos se apoyan las detenciones policiales? Se construyen sobre estereotipos de rasgos físicos, actitudes corporales, formas de vestir y el aspecto personal. Una mirada atenta del quehacer policial, deja entrever cómo la atribución de determinadas actividades, comportamientos y características físicas a los consumidores de drogas, restringe la vigilancia a determinados grupos de la sociedad. De esta forma, la ley de drogas se muestra como una herramienta más de la cual dispone la policía para detener en forma arbitraria a determinados sectores de la población. Las detenciones así orientadas, entonces prueban en forma circular la validez de las características que les son atribuidas. Así, el mundo de los consumidores de drogas adquiere una uniformidad y transparencia que no posee más que en teoría.

En suma, los delitos de "tenencia para consumo" y "tenencia simple", en gran medida ingresan a la justicia como resultado de lo que se llama prevención policial. Pero como dije recién, la policía no opera, no detiene, en base a las clasificaciones del derecho sino en base a estereotipos de rasgos físicos, actitudes corporales, formas de vestir y el aspecto personal. Es decir, la policía no detiene por "tenencia para consumo personal" sino que detiene a alguien en base a estereotipos y una vez detenido, si los agentes le encuentran droga, no lo llevan detenido por "tenencia para consumo personal" sino por el simple hecho de poseer la sustancia prohibida. En otras palabras por la simple tenencia de una sustancia ilegal.

EL PROCESAMIENTO JUDICIAL

¿Qué pasa cuando ingresan a la justicia? Cuando ingresan a la justicia estas causas por simple y llana tenencia de droga deben ser clasificadas en alguna de las opciones propuestas en el articulado de la ley. Pero, ¿qué ocurre? Como se desprende del texto de la ley sobre estupefacientes, ésta carece de criterios precisos para tipificar una situación o acción en términos de "infracción" y/o "adicción", y para clasificarla como un delito de "tenencia para consumo", "simple" o "para comercialización". Por ello, como la ley 23.737 no aporta cantidades ni pautas para establecer una distinción, esta diferenciación queda en gran medida a criterio de lo que los magistrados comprendan por: "escasa cantidad", "sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal" y "dependiere física o psíquicamente de estupefacientes".

A falta de criterios claros, las partes -entiéndase defensores y fiscales- para argumentar y justificar la postura adoptada y el magistrado o el tribunal su posterior decisión -sobre la inocencia o culpabilidad del acusado y, en éste último caso, sobre cuál es el delito que cometió-, no se limitan a analizar la cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada, el momento y acción que habrían disparado la detención; sino que incorporan múltiples discursos y representaciones, provenientes del derecho, la medicina, la psicología, la psiquiatría, así como de valores y creencias que operan desde el sentido común para legitimar su decisión.

Por otra parte, más allá de que muchas de las causas por tenencia de drogas al llegar a la Justicia Federal Penal se desestimen por no cumplir los requisitos de detención -ausencia de testigos, actas de detención mal labradas, etc.; generalmente prevalece la falta de cuestionamiento al proceder de la institución policial -es decir, a la facultad de detener personas por "sospecha"-. El aval otorgado a estas facultades y dispositivos de detención, junto a la rutinaria y naturalizada preferencia por ciertos discursos, voces y representaciones para legitimar el propio argumento o decisión; favorece a que en los procesamientos judiciales a pesar de que los operadores judiciales traten el hecho puntual -la cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada, el momento y acción que habrían disparado la detención, etc.-; también se avocan a otras cuestiones que parecerían justificar un trato secundario a los hechos. Así, en el transcurso de la lectura de los "alegatos", pero también en las preguntas formuladas por los operadores judiciales a los acusados y a algunos de los testigos, el eje del procesamiento penal parece estar centrado, con el auxilio de toda esta batería de discursos y representaciones, en poder esclarecer en cuál de las opciones propuestas por la ley cabe mejor el acusado.

En otras palabras, estos discursos y representaciones que se mechan a lo largo de los juicios, no son más que las formas de legitimar los valores morales de los operadores judiciales a partir de los cuales se juzga el estilo de vida de los acusados y no el hecho en cuestión. Así, tener droga, una balanza y estar desempleado en muchas ocasiones es sinónimo de tráfico. Pero, tener droga, no tener empleo ni estudiar y poseer una mala situación familiar generalmente es sinónimo de adicción. En cambio, si el acusado tiene empleo, estudia y tiene una buena situación familiar, lo más probable es que sea considerado un "consumidor no-problemático" y sea sobreseído sin más.

Esto llama a realizar una serie de reflexiones. Por un lado, da cuenta que los operadores judiciales al igual que los agentes policiales operan a partir de estereotipos, el más claro quizás el del adicto como un ser dependiente, enfermo, que no tienen dominio de sí, que no pueden construir un proyecto de vida, que no tiene voluntad y carece de capacidad de elección. En breve, una no-persona. Y su contraparte el traficante como un sujeto libre, autónomo, consciente de sus acciones, en suma, un sujeto racional. Esta forma de comprender el problema confirma y reifica los principales conceptos y antinomias que guían las representaciones sobre el problema de la droga: consumidor/traficante, pobres/ricos, drogas blandas/drogas duras, enfermo/delincuente, enfermedad/salud, etc., dejando de lado la multiplicidad de situaciones de tenencia y de sujetos consumidores y/o vendedores de drogas.

Por otro lado, da cuenta de que estos valores morales son la base a partir de la cual se decide quién es un adicto y quién no, quién es traficante y quién no. El corolario de esta afirmación es que hechos fácticamente similares reciben resoluciones diferentes de acuerdo al estilo de vida y clase social del acusado. Lo que no es otra cosa que la aplicación discrecional de la ley en donde tiene prominencia lo contextual, lo episódico en detrimento de reglas previsibles que concurrirían para la universalización de los derechos.

Y, por último, y quizás lo más relevante en pos de la discusión aquí planteada es que, frente a esta situación en donde los operadores judiciales parten del dato de la simple tenencia al cual articulan con un detallado escrutinio de la vida personal del acusado para tomar una decisión; son el acusado y/o su defensor quienes deben esforzarse y probar mediante un minucioso racconto del propio estilo de vida que no se es un adicto ni un traficante. Es decir que, se es simplemente un consumidor y, por ende, no corresponde ni una "medida de seguridad curativa" ni la prisión. (Extracto del texto presentado durante mi intervención como investigadora en la Audiencia etnografiada).

ENTRE INTERVENCIÓN POLÍTICA Y HERRAMIENTA DE INVESTIGACIÓN

La exposición en la audiencia, como se desprende de la fuente citada, hizo hincapié en las prácticas y representaciones de los agentes policiales y operadores judiciales que trabajan en forma cotidiana con las infracciones a la Ley de drogas. El objetivo, en tanto intervención política, era poner en el centro de la discusión las facultades de detención de la policía y ciertas prácticas y representaciones de los operadores judiciales que habilitan el control arbitrario sobre determinados sectores de la población, favorecen la aplicación discrecional de la Ley y homogenizan a las personas que son procesadas por tenencia de drogas. Este modo de conceptualizar la problemática, al centrarse en las prácticas -es decir, en el cómo y no sólo en el por qué-, no sólo hacía del aporte uno propiamente antropológico; sino que situaba mi intervención en un punto de vista afín al de quienes me habían invitado a participar, uno de los sectores del grupo favorable a la despenalización.

Un tanto más difícil que explicitar los objetivos, resulta reflexionar sobre los alcances efectivos de la intervención. Una de las primeras cuestiones que se puede señalar es que, tal como se mencionó con anterioridad, aquí no sólo importaba qué se decía, sino quién lo decía y en apoyo de quién. En este sentido, no creo que mi intervención haya tenido demasiada repercusión. Bien pude servir como "especialista" en el tema, pero claramente no poseía el prestigio ni el mismo aval institucional que la mayoría de los presentes en la discusión. Así, en un debate que consistía en un juego de oposiciones escolásticas en donde el vencedor resultaba ser quien podía convocar más gente y en donde no importaba tanto si se trataba de jueces, abogados, fiscales, trabajadores sociales, médicos, psicólogos o religiosos, sino de quiénes eran y qué tramas de relaciones podían poner en juego para convocar más gente en apoyo a su perspectiva; mi aporte no era más que un "granito de arena" para el grupo favorable a la despenalización.

Sin embargo, en la medida en que en la Audiencia habían intervenido, además de usuarios y familiares de usuarios, profesionales que abordaban la problemática desde el derecho o bien desde la salud, reproduciendo en su mayoría la lógica binómica a partir de la cual se piensa usualmente el problema de la droga; el aporte de la antropología resultó, cuanto menos, original. Así, el interés por comprender cómo funciona el poder penal en sus prácticas, no en la letra de la Ley, y por dar cuenta cómo éste suele dejar de lado la multiplicidad de situaciones de tenencia y de sujetos consumidores y/o vendedores de drogas definiendo y encasillando al acusado en algunas de las opciones propuestas por la Ley; despertó cierta curiosidad.

Al finalizar la Audiencia, algunos de los presentes -un asesor, el Presidente de una ONG, un sociólogo y varios activistas que aún no había llegado a conocer-, se acercaron mostrando interés por mi intervención. Estas breves conversaciones no sólo dieron lugar a opiniones sobre la Audiencia y desataron el intercambio de mails, sino que también generaron un espacio de negociación para el intercambio de información. De este modo, ellos solicitaban que les enviara mi tesis para poderla leer y yo retrucaba pidiéndoles una entrevista o reunión.

Sin lugar a dudas, fue el original enfoque disciplinar de la antropología lo que me permitió, en una Audiencia pensada para discursos de índole legal y sanitaria, reactivar y afianzar coaliciones así como crear nuevas relaciones con actores clave en esta discusión, volviéndose la intervención una eficaz herramienta de investigación; pero también, y fundamentalmente, el que me brindó las herramientas teóricas y metodológicas para la construcción de discursos y estrategias de intervención políticas en común con un grupo de activistas favorable a la descriminalización del consumidor.

NOTAS

1. En 1998, se convocó una Asamblea General Especial de las Naciones Unidas sobre Drogas (UNGASS), en la que se fijaron metas de reducción de cultivos y producción de diversas sustancias cuyos resultados serían evaluados en el 2008, momento en el que se sentarían las directrices para los próximos diez años. Finalmente, en la reunión de la Comisión de Estupefacientes de marzo de 2009, se terminó reafirmando el prohibicionismo mundial actualmente vigente.

2. Desde 1968 a 1973 estuvo en vigencia la ley 17.567 que, en consonancia con la ratificación nacional de la Convención Única de Estupefacientes de 1961, excluyó expresamente la tenencia de estupefacientes para uso personal de la órbita penal. Siguiendo esta misma línea, en ese año también se reformó el Código Civil permitiendo la declaración de inhabilitación y la internación compulsiva de los toxicómanos. A pesar de que hoy en día se pueden señalar los inconvenientes que trae aparejada la internación compulsiva, lo cierto es que a partir de estas modificaciones se crearon una serie de dispositivos institucionales destinados al tratamiento y rehabilitación de los usuarios de drogas hasta entonces inexistentes en el país, entre ellos: el FAT (Fondo de Ayuda Toxicológica), el Servicio de Toxicomanías en el Hospital Borda, el Centro de la Prevención de la Toxicomanía (CEPRETOX) y el Centro Nacional de Reeducación Social (CENARESO).

3. La ley Nº 23.737, vigente en la actualidad, además de penalizar la tenencia para comercialización, penaliza la simple tenencia de estupefacientes -tenencia simple-, y, como reza el párrafo segundo de su Art. 14, "la tenencia para uso personal". Estos artículos se complementan con otros vinculados a la aplicación de una medida de seguridad curativa o educativa en caso de que el acusado o procesado dependiera de estupefacientes.

4. Si bien la mayoría de estas agrupaciones son de reciente creación, algunas tiene una gran trayectoria como es el caso de Cogollos Córdoba y la Asociación Rosarina sobre Estudios del Cannabis (AREC). Con todo, las agrupaciones más recientes cuentan entre sus integrantes con gente que viene trabajando hace años en el tema.

5. En aquel entonces, todos los proyectos coincidían en despenalizar la tenencia para consumo personal y en suprimir la regulación de los tratamientos de la órbita penal, pero allí terminaban los puntos en común. Mientras que el proyecto de las diputadas Donda Pérez y Merchán avanzaba más allá y planteaba la despenalización de la tenencia simple, el cultivo y suministro de semillas para consumo personal y al igual que el proyecto de los diputados Alfonsín, Gil Lavedra, et al. bajaba las figuras mínimas de tráfico; los otros proyectos apenas disminuían o directamente mantenían las penas en estos puntos de la ley vigente. No obstante, a fines del 2011 la pérdida de estado parlamentario de todos los proyectos modificó esta situación, ya que la exigencia de presentarlos nuevamente brindó la oportunidad de introducirles cambios. Esto ocurrió, por ejemplo, con la figura de tenencia simple para la cual se propusieron redacciones alternativas. Con todo, también contribuyeron a modificar la anterior situación la presentación de nuevos proyectos como el del senador Fernández y el de la legisladora porteña Rachid.

6. Todos los proyectos son ingresados por mesa de entradas. Allí, un empleado le asigna las comisiones en que será tratado. Una comisión parlamentaria es un grupo de trabajo que discute los proyectos de ley que luego de ser aprobados pueden ser sometidos a tratamiento por la totalidad de los miembros de la Cámara en cuestión. En este caso, los proyectos se giraron a dos comisiones, a la Comisión de Legislación Penal y a la Comisión de Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico. Pero producto de un acuerdo con la Comisión de Legislación Penal se empezó a trabajar con los proyectos en la Comisión de Prevención de las Adicciones.

7. El Edificio del Anexo es imponente aunque pierde protagonismo por estar localizado junto al Edificio del Congreso, al que por otra parte refleja en su fachada de vidrio espejado. En la planta baja tiene una reja perimetral de hierro sobre la línea de la vereda detrás de la cual hay un amplio hall de entrada donde predominan los espacios libres que se encuentran surcados por las diferentes vías de acceso del edificio -las del público, los legisladores, el personal y los vehículos- así como por las Salas de Reuniones de los Bloques. Sobre la planta baja, el edificio cuenta con 13 pisos más. Desde el 1º al 4º piso, están las oficinas de las Comisiones y las Salas de Reuniones, en el 5º piso se encuentran la cafetería y el comedor y entre el 6º y 13º piso se distribuyen los despachos, antedespachos y secretarías de los legisladores.

8. Luego veremos cómo, a pesar de no existir indicaciones específicas, el lugar en donde me había sentado, no era del todo "apropiado".

9. El coordinador sería el encargado de presentar a los expositores y controlar los tiempos de la exposición. Ésta no es una función cuya existencia esté reglada, sino que más bien es un rol creado ad hoc.

10. Pertenencia institucional. Cuando un funcionario se identifica con su credencial institucional se dice que está "chapeando".

11. El reglamento de la Cámara de Diputados no regula la forma en que deben conducirse las audiencias públicas. Simplemente se limita a indicar que deben regirse "por los principios de simplicidad, oralidad, informalismo, participación y economía procesal", dejando a discrecionalidad de las autoridades de la comisión o comisiones los requisitos de acreditación y modalidad de intervención de los participantes (Art. 114 bis).

12. Siguiendo lo planteado por Sarrabayrouse (1998), los actos rituales han sido considerados -durante mucho tiempo- como rasgos característicos de las sociedades tradicionales y asociados a los aspectos místicos y religiosos del mundo por lo que se prefirió utilizar en ciertos análisis, la idea de ceremonia antes que la de ritual para hacer referencia a representaciones seculares que tuviesen lugar en sociedades modernas. Sin embargo, como ya había señalado Mary Douglas (1970), el comportamiento ritual no es exclusivo de las llamadas "sociedades primitivas". En las "sociedades complejas", continúa la autora, la característica central de los rituales está en promover la identidad social y construir su carácter. En este sentido, siguiendo lo planteado por Da Matta, sostiene que los rituales se presentan como ".una región privilegiada para penetrar en el corazón cultural de una sociedad, en su ideología dominante y en su sistema de valores. Porque es el ritual que permite tomar conciencia de ciertas cristalizaciones sociales más profundas que la propia sociedad desea situar como parte de sus ideales 'eternos'" (Da Matta, 1998:82). Ahora bien, un rasgo esencial de algunos ritos, entre los que puede situarse la audiencia pública, es la exaltación de ciertos mecanismos de refuerzo. Este mecanismo no implica un transposición de los elementos o de las relaciones, sino por el contrario, un resaltamiento de las reglas, los roles y las identidades (Sarrabayrouse, 1998).

13. En palabras de una asesora entrevistada, militar un proyecto es "hacer todo lo posible para que se trate, hablar con los compañeros de bancada, armar consensos, pedir tratamiento, ir a defenderlo, que los asesores pidan su inclusión en reuniones, hacerle prensa" (Cámara de Diputados de la Nación, septiembre de 2011). En cambio, hacer rosca o rosquear es un término más amplio que hace referencia a todas las operaciones políticas que se realizan fuera del ámbito parlamentario o del partido político. Por último, lobby es un grupo de personas que intentan influir en las decisiones del Poder Ejecutivo o Legislativo en favor de determinados intereses. La actividad que realizan los lobbies se denomina lobbying o hacer lobby.

14. Se conoce como mulas o mulitas a quienes transportan estupefacientes escondidos en su cuerpo o disimulado entre sus pertenencias. En su mayor parte, se trata de mujeres de bajos recursos, en situación de extrema vulnerabilidad. Usualmente, se las caracteriza como "jefas de hogar", con una importante carga familiar, de entre 25 y 44 años y ocupadas al momento de la detención quienes son tentadas por las organizaciones clandestinas para acciones penalizadas de alta exposición (Corda, 2011).

15. De acuerdo al Código Procesal Penal Argentino (CPPA), hay "flagrancia cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de cometerlo o inmediatamente después; o mientras es perseguido por la fuerza pública, por el ofendido o por el clamor público; o mientras tiene objetos o presenta rastros que hagan presumir vehementemente que acaba de participar en un delito" (Art. 285 del CPPA)

16. En varias oportunidades, cuando pregunté a los entrevistados por las diferentes causas por infracción a la ley de drogas, me corrigieron haciendo especial énfasis en que no se trataba de tipos diferentes de causas o hechos sino de diferentes tipos de delitos por infracción a la ley de drogas.

BIBLIOGRAFÍA

1. Barth, Frederik 1976. Los grupos étnicos y sus fronteras: la organización social de las diferencias culturales. Méjico: FCE.         [ Links ]

2. Corbelle, Florencia 2010. La construcción del consumidor de drogas en el proceso judicial. Tesis de licenciatura, Mimeo. Buenos Aires: Ciencias Antropológicas, Facultad de Filosofía y Letras, UBA.         [ Links ]

3. Corda, Alejandro 2011. Encarcelamientos por delitos relacionados con estupefacientes en Argentina. Buenos Aires: Intercambios Asociación Civil, Facultad de Ciencias Sociales, UBA.         [ Links ]

4. Del Olmo, Rosa 1989. "Drogas: distorsiones y realidades". En: Revista Nueva Sociedad, Nº 102, pp. 81-93.         [ Links ]

5. Douglas, Mary 1970. Símbolos naturales. Exploraciones en cosmología. Madrid: Alianza Editorial.         [ Links ]

6. Martínez, María Josefina; Pita, María Victoria y Palmieri, Gustavo 1998. "Detenciones por averiguación de identidad: policía y prácticas rutinizadas". En: Izaguirre, Inés (comp.), Violencia social y derechos humanos. Buenos Aires: EUDEBA.         [ Links ]

7. Sain, Marcelo Fabián 2009. "El fracaso del control de las drogas ilegales en Argentina". En: Revista Nueva Sociedad, Nº 222, pp. 132-146.         [ Links ]

8. Sarrabayrouse Oliveira, María José 1998. Poder Judicial. Transición del escriturismo a la oralidad. Tesis de licenciatura, Mimeo. Buenos Aires: Ciencias Antropológicas, Facultad de Filosofía y Letras, UBA.         [ Links ]

9. Tiscornia, Sofía 2008. Activismo de los derechos humanos y burocracias estatales. El caso Walter Bulacio. Buenos Aires: Colección Revés/1, Editores del Puerto / CELS.         [ Links ]

Creative Commons License Todo el contenido de esta revista, excepto dónde está identificado, está bajo una Licencia Creative Commons