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Circe de clásicos y modernos

versión On-line ISSN 1851-1724

Circe clás. mod. vol.16 no.1 Santa Rosa ene./jun. 2012

 

ARTÍCULOS

Quid tibi surrupui? La configuración léxica y semántica del furtum en Aulularia

Marcela A. Suárez
[Universidad de Buenos Aires - Conicet]
malesu@arnet.com.ar

Romina Vazquez
[Universidad de Buenos Aires]
romivazquez@gmail.com


Resumen: El furtum, delictum contemplado ya por la Ley de las XII Tablas, cuenta con una vasta presencia en las comedias de Plauto, en muchas de las cuales adquiere una importancia relevante en el desarrollo de la trama. Abordaremos el estudio del furtum en Aulularia, sobre la base del análisis de su configuración léxica y semántica. Precisaremos el alcance de los diversos lexemas verbales relacionados con dicho delito, lo que nos permitirá ver, en el orden de lo social, la relación de fuerza (uis et uiolentia) que prevalece cuando se transgreden los límites de la comunidad y la ciudadanía.

Palabras clave: Plauto; Furtum; Semántica; Transgresión

Quid tibi surrupui? The lexical and semantic configuration of furtum in Aulularia

Abstract: Roman law included furtum within the sphere of private crimes. This delictum, mentioned in the Twelve Tables Law, has a relevant importance in Plautus' comedies and in the development of the plot. This article will study the furtum in Aulularia on the basis of the analysis of it's lexical and semantic configuration. We will outline the scope of the various verbs related to such a crime, allowing us to see, in the social order, the balance of power (uis et uiolentia) prevailing  when the boundaries of the community and citizenship are violated.

Keywords: Plautus; Furtum; Semantic; Transgression


 

El Derecho Romano mantuvo dentro de la esfera de los delitos privados y como fuente de obligaciones ciertas conductas que luego el derecho moderno incluyó dentro del derecho penal. Tal es el caso del furtum,definido como el apoderamiento ilícito de una cosa mueble ajena, en la clandestinidad y contra la voluntad de su propietario. Este delictum, contemplado ya por la Ley de las XII Tablas, cuenta con una vasta presencia en las comedias de Plauto, en muchas de las cuales adquiere una importancia relevante en el desarrollo de la trama1. En este sentido, la comedia es una fuente de gran riqueza de situaciones, planteos e información en torno al furtum2, puestos de manifiesto a través de diversos términos y expresiones. En el presente artículo nos proponemos, pues, abordar el estudio del furtum en Aulularia sobre la base del análisis de su configuración léxica y semántica.
Dentro de la lengua, el léxico es un sistema estructurado, cuyo estudio resulta útil como instrumento para facilitar la comprensión e interpretación de los textos. En este sentido, López Gregoris (1998: 34) señala que el estudio lexicológico"no es un planteamiento exclusivamente teórico, sino que permite encontrar estructuras léxicas tanto dentro de las obras como dentro de fragmentos de las obras, lo que redunda en una mejor comprensión de los textos latinos".
Si bien no resulta fácil lograr una definición omnicomprensiva del furtum, en principio hay que destacar la idea de sustracción o desplazamiento de una cosa ajena del lugar en el que se encuentra. Con el tiempo, esta configuración se completa con la idea de poner la mano sobre la cosa, es decir, con la idea de apoderarse de ella3, en contra de la voluntad de su dueño4. De este modo, se pueden distinguir tres elementos propios del furtum: el elemento objetivo o sustracción mediante el contacto material, el elemento subjetivo, que supone accionar con la intención de dañar a otro, y el animus lucrandi, que implica la intención de obtener un provecho económico del objeto robado5. Por otra parte, según las fuentes técnicas, el furtum se clasifica en manifestum, cuando el ladrón es sorprendido cometiendo el delito in fraganti6, y nec manifestum,cuando el  ladrón no ha sido sorprendido cometiendo el delito. Todos estos matices son reflejados a nivel léxico a través de un amplio espectro de términos que la lengua latina desarrolló para hacer referencia a este delito.
Mommsen (1999: 458) establece una clasificación de los lexemas utilizados por la lengua jurídica en la esfera de la apropiación:

1) verbos técnicos que expresan la apropiación: attrecto, contrecto, attingo;
2) verbos aplicados al furtum: amoueo, aufero, tollo, expilo, compilo;
1) verbo que expresa apropiación violenta: rapio;
2) verbos que expresan la apropiación clandestina: sustraho, subripio, sublego, clepo;
3) verbos que refieren apropiación con interceptación: interuerto, auerto, intercipio.

Sólo algunos de estos lexemas aparecen en Aulularia, cuyo argumento está integrado por dos tramas: 1) el inesperado hallazgo de una olla repleta de oro por parte de Euclión, quien centra sus afanes en que nadie se entere ni le robe el tesoro; 2) la historia de su hija, violada y a punto de dar a luz, pretendida por Megadoro, el vecino, quien ignora la situación de la muchacha, y por el sobrino de este, Licónides, el joven violador. Las dos tramas corren paralelas y están diferenciadas en las distintas escenas. Jamás se superponen hasta la escena X del acto IV, en una discusión entre Euclión y Licónides que gira, precisamente, en torno a la idea de la apropiación de un objeto ajeno, como se analizará más adelante.

Modificado verbal aufero

El lexema que presenta mayor índice de frecuencia en esta comedia para hacer referencia a la acción del furtum es aufero7, modificado verbal sobre la base fero (raíz bher-8con adición del preverbio ab-, que designa el movimiento que parte de los límites de un lugar o de un objeto, el alejamiento, la separación9. Según el ThLL (s.u.), el sentido propio del verbo apunta a la noción de separare, remouere, demere ad locum quemdam.
Así pues Euclión, temeroso de que la olla enterrada en su casa le sea robada, se dirige a ella y le explica que ha decidido esconderla en el templo de la Buena Fe10:

edepol ne tu, aula, multos inimicos habes
atque istuc aurum quod tibi concreditum est.
nunc hoc mihi factust optumum, ut ted auferam,
aula, in Fidei Fanum: ibi apstrudam probe (580-3)11.

Según se advierte en los versos citados, los actantes12 implicados en la acción mentada por aufero son el objeto y el sujeto, que no es otro que el mismo dueño de la olla, por lo cual prevalece el sentido de"llevar, desplazar", dado que además el verbo recibe como complemento un locus quo: in Fidei Fanum. Tal estructura sintáctica permite adscribir este uso de aufero al campo léxico de la aprehensión y, consecuentemente, traducirlo por"llevar", a diferencia de otros pasajes de la pieza donde, como veremos, su sentido se desplaza al campo léxico del furtum.
Así ocurre en la escena IV del acto IV, cuando Euclión saca al esclavo de Licónides a los golpes del templo de la Buena Fe y lo acusa de haberle robado la olla:

L.S. nil equidem tibi abstuli. EVC. At illud quod tibi abstuleras cedo.
ecquid agis? L.S. quid agam? EVC. Auferre non potes (635-6)13.

En este pasaje, se pone en juego la noción ablativa de"privación"que de modo secundario expresa el preverbio ab-, que se caracteriza sintagmáticamente por la rección de dativo de interés14. En efecto, en el v. 635 el verbo aufero está acompañado en ambas ocurrencias del caso dativo. En la primera de ellas (tibi abstuli) el pronombre representa a la persona interesada como víctima de la acción, por lo que constituye claramente un dativo de daño, que permite precisar el sentido de aufero y ubicarlo dentro del campo léxico de la privación15. En su segunda ocurrencia (tibi abstuleras), el pronombre representa a la persona interesada como beneficiaria de la acción, poniendo de manifiesto así uno de los elementos del furtum: el animus lucrandi o el provecho respecto de la cosa robada16.
En los vv. 645-6 y 648 Euclión vuelve a insistir con su acusación respecto del esclavo:

EVC. Quid apstulisti hinc? L.S. Di me perdant, si ego tui quicquam abstuli
niue adeo abstulisse uellem.
[...]
Vah, scelestus quam benigne: ut ne abstulisse intellegam17.

Aufero acompañado del adverbio hinc es utilizado con el significado de"desplazar, llevar", pero la carga nuevamente está puesta en la privación y el desposeimiento que ese desplazamiento implica. Este valor del término también aparece consignado en el ThLL (s.u.): saepe dicitur de eis quae amouentur, adimuntur ui rapiendo furto. En este sentido, la combinación del verbo y el sintagma tui quicquam ("algo tuyo"= algo ajeno) suman a la idea de"llevar, desplazar"la referencia al elemento objetivo del delito: la apropiación o sustracción.
A partir del análisis del contexto del verbo aufero, se observa la presencia recurrente del lexema nominal fur ("ladrón"). Es importante señalar que este sustantivo tienela misma raíz que el verbo fero18 y su modificado verbal aufero, y es el que se utiliza para nombrar a quien lleva a cabo la acción del furtum19. Así lo vemos en el comienzo del acto I, cuando Euclión le ordena a Estáfila que vigile la casa, a lo que ella responde:

ego intus seruem? an ne quis aedes auferat?
nam hic apud nos nihil est aliud quaesti furibus,
ita inaniis sunt oppletae atque araneis (82-4)20.

Plauto lleva a cabo aquí una doble operación: por un lado, apela al absurdo, puesto que difícilmente unos hombres pudieran cargar con un edificio entero, y al mismo tiempo parodia la figura del furtum, al relacionar la apropiación con un objeto inmueble21. En cambio, en los vv. 96-7 los objetos supuestamente robados responden a los objetos muebles contemplados en la definición del delito:

... quae utenda uasa semper uicini rogant,
fures uenisse atque abstulisse dicito22.

Al comienzo de la escena IX del acto IV, Euclión se dirige al público preguntándole si sabe quién le ha robado su olla:

opsecro ego uos, mi auxilio,
oro, optestor, sitis et hominem demonstretis, quis eam apstulerit.
[...]
quid est? quid ridetis? noui omnis, scio fures esse hic compluris... (715-6, 718)23.

Si bien no encontramos en el texto referencias a la víctima por medio del dativo que suele acompañar al modificado verbal aufero, por lo que aquí nuevamente podríamos traducir la forma por"haberse llevado"con su respectivo objeto (eam), en este contexto la significación de robar se impone en virtud de la presencia de fures.
Hay un único pasaje en que no encontramos el lexema nominal fur24 en el contexto de aufero. Sin embargo, encontramos allí coqui, que en este contexto puede considerarse equivalente:

ibi si perierit quippiam...
[...]
dicant: coqui abstulerunt, comprehendite,
uincite, uerberate, in puteum condite (344, 6-7)25.

Los cocineros son, en el ámbito de la comedia plautina, personajes que siempre aparecen como ladrones26, lo que una vez más habilita la traducción de aufero por"robar".

Rapio y sus modificados verbales: surripio y deripio

Nos detendremos ahora en el lexema verbal rapio, cuyo sentido propio es el de"tomar por la fuerza". Aparece en boca de Euclión, quien tras escuchar que los cocineros buscan una olla más grande para preparar la comida de la boda de Fedria y no pudiendo pensar en otra olla que no sea la suya, cree gracias a su paranoia que se la han robado y en calidad de víctima expresa su dolor y abatimiento: Ei mihi, / perii hercle. Aurum rapitur, aula quaeritur (391-2)27 . El uso de rapio en voz pasiva pone el énfasis en el objeto supuestamente robado: la olla y su contenido.
Rapio presenta en esta comedia dos modificados verbales para mentar la acción de robar: subripio y deripio. Subripio es el segundo en frecuencia28. Con respecto a su base léxica ("tomar por la fuerza"), el preverbio aporta el valor sémico de"furtivo"29.
En la escena IV del acto III, Euclión, desconfiando de las intenciones de Megadoro, que le ha enviado una comitiva de cocineros, así se expresa: is ea causa misit, hoc qui surruperent misero mihi (464)30. Los actantes implicados en el robo son el sujeto (qui, referido a los cocineros), el objeto (hoc) y la víctima (Euclión, representado por el dativo misero mihi).
Al llegar a la escena IV del acto IV, el esclavo de Licónides, quien  se defiende de la acusación de Euclión de haberle robado su tesoro, pregunta: quid tibi surrupui? (634)31. El acusativo quid que hace referencia al objeto (mentado con el pronombre interrogativo neutro, puesto que el esclavo de Licónides, si bien sabe de qué está hablando el viejo, se hace el distraído) y el dativo  tibi, que indica en detrimento de quién se ha llevado a cabo la sustracción. A esta altura el esclavo aún no ha concretado el robo, que efectivizará en la escena VIII, después que Euclión traslade el tesoro fuera de la ciudad, desde el templo de la Buena Fe hacia el bosque de Silvano, un lugar agreste y salvaje.
Hacia el final de la comedia, encontramos la última ocurrencia del verbo cuando el esclavo de Licónides confiesa haberle robado la olla al viejo Euclión: Euclioni huic seni surrupui (822)32. El objeto directo que complementa al verbo no está expresado, puesto que se ha mencionado en el verso anterior: aulam auri plenam. Pero sí se hace referencia a la víctima del robo con el dativo correspondiente: el viejo Euclión. En este caso, el hecho ya está consumado33 y se ha llevado a cabo de manera clandestina, tal como relata el propio esclavo en el acto IV escena VIII.34
Según consigna el ThLL (s.u.), el modificado verbal subripio frecuentemente aparece junto con el verbo aufero. En efecto, así ocurre en la escena X del acto IV, en la que se produce un equívoco de gran riqueza dramática y semántica, cuando Licónides  le confiesa a Euclión su culpa (el haber violado a Fedria) y Euclión, desesperado por la reciente desaparición de su tesoro (vv. 713 ss.), cree que es a esta situación a la que el joven se refiere:

LYC. Quid tibi ego referam? EVCL. Quod surripuisti deum.
[...]
LYC. Surripui ego tuom?
[...]
EVC. dic bona fide: tu id aurum non surrupuisti? LY. bona
EVC. Neque <eum> scis qui apstulerit? LY. Istuc quoque bona. EVC. atque id si scies ]
qui apstulerit, mihi indicabis? (759, 761, 772-4)35.

Desde el punto de vista léxico, es interesante señalar que, si bien ambos verbos (subripio y aufero) pertenecen a la misma clase léxica, puesto que tienen en común el clasema36 'transitividad', se distinguen por una diferencia semántica fundamental: subripio, en general, rescata la noción del"tomar por la fuerza en secreto", es decir, robar de manera furtiva, clandestina; aufero, en cambio, pone el acento en la idea de"desplazar, mover de lugar, llevar"que se encuentra en la base de la primigenia configuración del furtum. Pero además es de notar que el juego de pronombres que acompaña a surripio (tibi/ego, meum, ego/tuom) da cuenta de que hay un poseedor, un objeto y un presunto ladrón, en este caso Licónides, acusado en función del equívoco robo-violación. Aufero, en cambio, no se vincula con ningún actante en particular.
En los vv. 747-8 Plauto pone en boca del viejo Euclión una forma del modificado verbal deripio: nam si istuc ius est ut tu istuc excusare posses, / luci claro deripiamus aurum matronis palam37. Según indica el ThLL, el significado que tiene este modificado verbal no solo recoge la noción de violencia, sino también la de celeridad en la acción (ui celeriter rapere). En este ejemplo la celeridad estaría dada por el hecho de que, ya que se trata de un robo cometido a la vista de todos (palam), no de manera clandestina, debe hacerse con la suficiente rapidez como para que no pueda ser evitado.
Para cerrar el apartado referido a este verbo, hemos de señalar que encontramos el lexema nominal rapacida, un hápax plautino formado sobre la base del adjetivo rapax, deverbativo de rapio. Es la escena VII del acto II, donde el esclavo Pitódico hace referencia con este término a los cocineros que se encuentran trabajando en la casa: Sed uerba hic facio, quasi negoti nil siet, / rapacidarum ubi tantum sit in aedibus (369-70)38.

Tango y su modificado verbal attingo

Tal como hemos consignado, los términos técnicos que el lenguaje jurídico emplea para referir la apropiación de una cosa son tres: contracto, attrecto, attingo. De estos tres lexemas, sólo tango y su modificado verbal attingo aparecen en Aulularia.
Según los lexicógrafos, el lexema tango presenta dos significados: uno vinculado con el contacto con la mano ("tocar") y el otro como sustituto eufemístico de futuo. El clasema distribución entre funciones ygénero es la clave para establecer la diferencia de significados. Partiendo, pues, del rasgo"contacto", la complementación con un objeto inanimado relaciona este lexema verbal con la esfera significativa de la apropiación; por el contrario, con un sujeto masculino y un objeto paciente femenino, tango se ubica en el área de las relaciones amorosas.
Referida al robo de una olla y a la violación de una doncella, la dilogía fue explotada por Plauto en un famoso equívoco39. Se trata de la célebre escena X del acto IV, definida por Lodge (1971) cum lusu de filia et aula. Euclión y Licónides participan de un diálogo en torno a un tema que ellos consideran el mismo, pero cuyo referente es distinto: aula y filia.
La primera referencia concreta a la acción la hace Euclión utilizando el verbo tango (antes se utilizan verbos generales, como facio), lo que da lugar al equívoco, puesto que, en esa primera aparición, la forma tangeres, cuyo sujeto gramatical es el mismo joven, recibe un complemento inanimado neutro: EUC. Cur id ausu's facere, ut id quod non tuom esset tangeres? (740)40. Inmediatamente el viejo define el género del objeto, al utilizar meam: quid tibi ergo meam me inuito tactiost? (74441. En la concepción romana la acción de tocar contra la voluntad del dueño (contrecto, attrecto, tango, contingo, attingo) una propiedad ajena es consustancial al furtum. La fórmula típica inuito domino es empleada por Plauto en contextos legales42 y -lo que es más importante- asociada a tango con el sentido de"tocar para hurtar", como vemos en este ejemplo.
Es importante detenerse en el uso de los pronombres, puesto que estos organizan la tríada yo-tú-objeto de la acción: me-tibi-meam. Aquí claramente Euclión (me) se opone a Licónides (tibi) respecto de un objeto del que el viejo se erige como dueño (meam). El uso del pronombre posesivo da cuenta de que hay un dueño y quien se le opone es aquel que, cometiendo furtum, se apropia de aquello que no le corresponde.

El hecho de que tango está utilizado con un sentido negativo, sea dentro de un campo léxico u otro, se ve reforzado en el uso del participio ausus, como vimos en el primer ejemplo y como se ve también en el siguiente pasaje:

EUC. tu illam scibas non tuam esse: non attactam oportuit.
LYC. Ergo quia sum tangere ausus, haud causificor quin eam
ego habeam postissumum (754-6)43.

Aquí encontramos dos formas verbales que interesan para nuestro análisis: attactam y tangere. Esta última es la que utiliza por primera vez Licónides para referirse a la acción de la que se habla ('robar' para el viejo, 'violar' para el joven), como complemento del participio ausus. No se menciona el objeto en este caso, puesto que se infiere del contexto: illam / eam. El empleo de los anafóricos y la insuficiente contextualización de tango están al servicio de la uis comica. Si bien Euclión define el género del objeto de la acción, el equívoco no se resuelve, puesto que en su estructura mental el complemento de tango es inanimado. De este modo, el lexema ingresa en la esfera sémica de la apropiación, reforzado este hecho por la aparición de los lexemas aufero y surripio en boca del senex. En el caso de Licónides, el complemento de tango es humano y femenino, por lo cual el lexema se actualiza como sustituto de futuo. Euclión pone el acento en que el hecho se ha cometido a sabiendas y agrega un matiz ciertamente negativo al utilizar el modificado verbal attingo, cuyo preverbio ad- aporta desde el punto de vista sémico el rasgo nocional de"agresividad". Así lo indica el ThLL (s.u.): proprie de hominibus, item de rebus inter se tangentibus: speciatim surripiendi causa.
Queda claro, pues, que tango y attingo acreditan ambos significados y producen así un juego deliberado de palabras en el que el participio attactam ("no debiste haberla tocado") significa una cosa para Euclión y otra para Licónides: apoderarse de la olla y poseer a la muchacha,  respectivamente. Esto se reafirma con la solución que cada uno de los personajes propone al conflicto: el joven, puesto que ha violado a Fedria, pretende quedarse con ella, es decir, casarse con ella; el viejo, dado que cree que le ha sido robado su tesoro, pide que le sea devuelto44.

Otros lexemas verbales

Por último, mencionaremos una serie de verbos que aparecen en la comedia una única vez para referir la acción del furtum.  Se trata de harpago, compilo y sumo.
En cuanto al verbo harpago, cabe señalar que sólo se registra en Plauto. Se trata de una transliteración o latinización del correspondiente verbo griego
ἁρπάζω, presente quizás en el hipotexto.  Según el ThLL (s.u.), su significado es uno solo: surripere.  Es utilizado por Euclión, quien cree que le han robado la olla y se lamenta por eso: ei misero mihi, aurum mi intus harpagatum est 45 (200-1)46.
Otro de los verbos registrados en esta comedia es compilo. En la escena VIII del acto II, cuando Euclión regresa del mercado y, tras ver la puerta de su casa abierta y escuchar ruidos que provienen de dentro, dice: numnam ego compilor miser? (389)47. Según la clasificación de Mommsen (1999: 458), compilo es uno de los lexemas aplicados exclusivamente al furtum. En este caso, al no mencionarse el objeto del robo, el verbo, utilizado en su diátesis pasiva, adquiere un sentido más general.
Por último, encontramos el verbo sumo ("tomar, apropiarse de"),  un modificado verbal de emo más el preverbio sus-, variante de sub-, que, entre otros significados, aporta la idea de clandestinidad, como ya hemos indicado. El hecho de que esa apropiación se realice sin el consentimiento del dueño del objeto es lo que ubica al verbo dentro del campo del furtum. Lo que es reforzado por el hecho de que en el contexto encontramos también los verbos aufero y surripio, a los que ya nos hemos referido. Esto ocurre en la escena IV del acto IV, en el momento en que Euclión acusa sin fundamento al esclavo de Licónides de haberle robado su tesoro y este se defiende diciendo: non ercle equidem quicquam sumpsi nec tetigi (640)48. Aunque razones de estilo nos lleven a preferir la traducción por"tomar", por lo demás una expresión eufemística en español, como lo es también la latina, el lexema verbal sumo tiene aquí el sentido de"robar".

Conclusión

Según señalamos al comienzo, es mucha la información que podemos obtener de los textos latinos, en este caso de la comedia, si se aplica el análisis léxico y semántico. En el caso particular de Aulularia, presenta un abanico de lexemas verbales que, teniendo en cuenta las consideraciones previas, podemos esquematizar de la siguiente manera: algunos son modificados verbales que la lengua ha creado sobre las bases léxicas de fero (aufero), rapio (surripio, derripio) y tango (attingo); otros son términos aislados (harpago, compilo, sumo). Cada uno de estos lexemas verbales pone el énfasis en un aspecto concreto.
Aufero tiene el sentido general de"llevar, desplazar", generalmente acompañado de un complemento de lugar unde y/o quo, según se quiera indicar el origen o destino del desplazamiento. Acompañado por un dativo de interés de daño o de provecho, pone de relieve la noción de privación que aporta el preverbio ab-.
En el caso de rapio, su sentido propio es el de"tomar por la fuerza". A esta base léxica, en el modificado verbal surripio se suma el valor sémico de"furtivo"mediante el preverbio sub-. Y en derripio, el preverbio de-  aporta la noción de celeridad.
Tango presenta el sentido básico de"tocar", vinculado con el contacto con la mano y que, según el clasema de distribución entre funciones de género y número, adquiere dos valores semánticos: el de la apropiación (con objeto inanimado) y el de la violación (con sujeto masculino y objeto paciente femenino), como expresión eufemística de futuo. Por su parte, el modificado attingo presenta el rasgo sémico de"agresividad"que aporta el preverbio ad-.
Entre los términos aislados, harpago es equivalente a surripio; compilo refiere la privación en un sentido más general y sumo expresa, con el aporte del preverbio sub-, apropiación que se lleva a cabo de manera clandestina.
Nuestro interés ha estado focalizado en los modificados verbales aufero, surripio  y attingo, que son los que mayor índice de frecuencia registran. Todos estos lexemas son afectados por ciertos clasemas, tales como acción violenta, actantes humanos y transitividad. La presencia de un lexema u otro determina, en los diversos pasajes, cuál es el rasgo que se considera destacado. Estos rasgos convergen en la escena X del acto IV, en la que las dos tramas de la pieza se cruzan y donde tiene lugar el célebre equívoco que no sólo presenta una gran riqueza dramática, sino que también permite poner en juego una enorme riqueza semántica a través de la aparición de los lexemas más recurrentes en esta pieza del campo léxico del furtum.
Pero, a su vez, en el marco de esta comedia en particular, el análisis léxico y semántico nos permite sacar conclusiones en el orden de lo social. Al esconder el oro Euclión se ha separado de la comunidad, transgrediendo los límites que esta impone. Por un lado, porque, al esconder su tesoro, ha subrogado dos de los iura priuata que lo definen como un ciuis romanus: el derecho a comerciar legalmente (ius commercii), dado que no ha puesto el oro en circulación, y el derecho al matrimonio legítimo (ius connubii), ya que no está dispuesto a emplear parte de su riqueza como dote para su hija. Pero además, al trasladar la olla del Templo de la Buena Fe al bosque de Silvano, la ha sacado del ámbito de la ciudad, es decir, fuera de los límites sagrados de la comunidad civilizada, donde prevalecen la ley y el honor, para llevarlo a un lugar agreste y salvaje. En tal sentido, afirma Konstan (1983: 38):"the theft of the miser's gold is a function of the secession from society". En este contexto, la base significativa de"apropiación"común a todos los lexemas y los rasgos sémicos de"privación","clandestinidad"y"agresividad"aportados a los modificados verbales por los preverbios dan cuenta de la relación de fuerza (uis et uiolentia) que prevalece cuando se transgreden los límites de la comunidad y la ciudadanía.

Notas

1 Cfr. Costa (1968).

2 La información que dentro de la comedia encontramos referida al furtum está específicamente relacionada con furtum ipsius rei o robo en general, quedando excluidos el furtum usus, que es el abuso sobre una cosa confiada, y el furtum possessionis,definido como la sustracción de la posesión por el mismo propietario. Cfr. D´Ors (1975: 199).

3 Según el Digesto (41.2.3.18): Furtum sine contrectatione fieri non potest, nec animo furtum admittatur.

4 Cfr. Di Pietro (1996: 194).

5 Cfr. Volterra (1974: 559). 

6 Fur manifestus est qui deprehenditur cum furto (D. 47.2.3).

7 Aparece dieciséis veces en la comedia con un sentido relativo al furtum. Cfr. vv. 82, 97, 346, 635, 636, 645 (dos veces), 646, 648, 716, 763, 766, 772, 773, 774.

8 Cfr. Watkins (2000); Ernout-Meillet, s.u.

9 Cfr. Ernout-Thomas (1984: 79).

10 Los pasajes citados siguen la edición de Lindsay (1959) y las traducciones corresponden a Suárez-Palacios-Vazquez (2011).

11 ¡Por Pólux, olla, sí que tienes muchos enemigos, tú y ese oro que te fue confiado! Lo mejor que puedo hacer es llevarte al templo de la Buena Fe, olla; allí te esconderé bien.

12 Seguimos aquí la definición de actante propuesta por López Gregoris (2002: 33):"Entendemos por actante todo agente individual o colectivo, animado o abstracto que participa en la acción verbal, en donde las funciones actanciales coinciden con las funciones sintácticas y las semánticas".

13 Esclavo de Licónides. A ti, no te he quitado nada. Euclión. Dame lo que me quitaste en tu provecho. ¿No lo haces? Esclavo de Licónides. ¿Que haga qué? Euclión. No puedes llevártelo.

14 Cfr. García Hernández (1980: 128 ss.).

15 Cfr. García Jurado (1995).

16 Cfr. Volterra (1974: 559).

17 Euclión. ¿Qué te has llevado de aquí? Esclavo de licónides. ¡Que los dioses me arruinen si yo me he llevado algo tuyo... (Aparte.) o si no quería habérmelo llevado! [...] Euclión. ¡Ah, maldito, qué amable, para que piense que no te lo has llevado!

18 El lexema verbal derivado de fur (furo, furor) no aparece en esta comedia.

19 Cfr. ThLL, s.u.; Ernout-Meillet,  s.u.

20 ¿Que yo vigile adentro? ¿Acaso para que nadie se lleve la casa? Pues aquí no hay otro interés para los ladrones, ¡tan repleta de vacíos y telarañas está!

21 La idea de que el furtum podía recaer sobre un inmueble fue rechazada por Gayo. Cfr. Inst. 2. 51; D. 41.3.38; 47.2.25 pr.

22 Los utensilios que siempre piden prestados los vecinos, di que vinieron ladrones y se los robaron.

23 Os pido, os ruego, os suplico que me ayudéis y me indiquéis quién me la ha robado (...) ¿Qué pasa? ¿De qué os reís? Os conozco a todos, sé que aquí hay muchos ladrones...

24 Acerca de la presencia de fur en otros pasajes, cfr. vv. 325-6; 394-5; 633; 768-9; 774-5.

25 Si aquí desaparece algo (...) dirán: "los cocineros lo robaron, aprehendedlos, atadlos, castigadlos, escondedlos en el pozo".

26 Cfr. González Vázquez (2004: s.u. coquus). Con respecto a los cocineros considerados ladrones, es interesante la conversación entre Estróbilo y Ántrax (321-3) y el parlamento de Euclión, quien le recrimina a Megadoro el haber enviado cocineros a su casa (551-4).

27 ¡Ay de mí, estoy perdido, por Hércules! Me roban mi oro, buscan una olla.

28 Aparece ocho veces aplicado al furtum. Cfr. vv. 39, 349, 464, 634, 759, 761, 772, 822.

29 Cfr. García Hernández (1980: 205-6).

30 Pero los envió por otra razón, para que me la robaran, (Señalando la olla.) ¡pobre de mí!

31 ¿Qué te he robado?

32 Se la robé a ese viejo, Euclión.

33 El verbo suele aparecer en pretérito perfecto para mentar el hecho como ocurrido. En los vv. 348-9, cuando Estróbilo dice a Congrión que no tendrá oportunidad de robar nada en casa de Euclión, puesto que nada hay allí, se registra el presente del modo subjuntivo indicando una posibilidad: forum tibi istic nihil eueniet quispe qui / ubi quid surripias nihil est (Nada de esto te sucederá en aquella casa, puesto que allí no hay nada que sustraer).

34 Cfr. vv. 701-12.

35 LICÓNIDES ¿Que te devuelva qué? EUCLIÓN. Lo que es mío y me robaste. LICÓNIDES. ¿Que yo te he robado algo tuyo? EUCLIÓN. Dime, con sinceridad, ¿no me robaste mi oro? LICÓNIDES. Con sinceridad, no. EUCLIÓN. ¿Y no sabes quién se lo llevó? LICÓNIDES. No, tampoco, con sinceridad. EUCLIÓN. Y si te enteras de quién se lo llevó, ¿me lo dirás?

36 Término que designa un rasgo significativo recurrente que funciona en toda una categoría verbal o parte de la oración con independencia de los campos léxicos. Cfr. Coseriu (1986: 175).

37 Si esa fuera una excusa válida, a plena luz del día y abiertamente les robaríamos el oro a las matronas.

38 Pero estoy hablando aquí, como si no tuviera nada que hacer, cuando hay en casa tantos Ladrónides.

39 Acerca de la relación entre los modificados verbales attingo, attrecto y contrecto, incluidos por Mommsen (1999: 458) dentro de los verbos técnicos que expresan apropiación, y su relación con el sermo amatorum, Cfr. López Gregoris (2002: 129 ss.).

40 ¿Por qué te atreviste a tocar lo que no era tuyo?

41 Entonces, ¿por qué la tocaste contra mi voluntad?

42 Cfr. Rud. 711-712; Poen. 1207.

43 EUCLIÓN. Tú sabías que aquélla no era tuya: no debiste haberla tocado. LICÓNIDES. Pero, ya que me atreví a tocarla, no tengo reparos en quedarme con ella, por sobre todas las cosas.

44 Cfr. López Gregoris (2002: 188-90).

45 Taladoire (1956: 176) consigna como una creación plautina la forma participial harpagatum. Por su parte, el OLD (s.u.) registra, además de dicha forma, dos usos del verbo conjugado, también en Plauto: harpaget (Bacc. 656), harpaga (Ps. 139).

46 ¡Ay, pobre de mí! Me robaron el oro adentro.

47 ¿Me estarán saqueando, mísero de mí?

48 ¡Por Hércules!, de verdad no he tomado ni he tocado nada.

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Recibido: 11-05-2012
Evaluado: 20-05-2012
Aceptado: 01-06-2012

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