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Circe de clásicos y modernos

versión On-line ISSN 1851-1724

Circe clás. mod. vol.20 no.2 Santa Rosa jul. 2016

http://dx.doi.org/10.19137/circe-2016-200208 

DOI: http://dx.doi.org/10.19137/circe-2016-200208

ARTÍCULOS

 

Filón y las inscripciones griegas de los siglos II-I a.C.: la existencia de la gerousía en Alejandría

Philo and Greek inscriptions of the second and first centuries BC: the existence of the gerousia in Alexandria

 

Paola Druille
[Conicet - Universidad Nacional de La Pampa]
[paodruille@gmail.com]

 

Resumen: El objeto de este trabajo consiste en analizar la existencia de la gerousía en la comunidad judía de Alejandría durante el último período de los Ptolomeos y las primeras décadas de Egipto romano, a partir de la relación entre las inscripciones SGE 34. 1532 y SB 1. 2100 de los siglos II-I a.C., traducidos por primera vez al español en el presente estudio, y Contra Flaco 74 de Filón de Alejandría. Con este propósito intentaremos rastrear el término gerousía en los documentos epigráficos antes mencionados y en el pasaje filoniano, y examinar los conceptos técnicos conectados con esta institución y su funcionamiento.

Palabras clave: Gerousía; Filón de Alejandría; Inscripciones griegas; Existencia

Abstract: The aim of this work is to analyze the existence of the gerousia in the Jewish community of Alexandria during the last period of the Ptolemies and the first decades of Roman Egypt, on the basis of the relation between the inscriptions SGE 34.1532 and SB 1. 2100 from the second and first centuries BC, translated for the first time into Spanish in the present study, and In Flaccum 74 of Philo of Alexandria. For this purpose we shall attempt to trace the term gerousia in the epigraphic documents mentioned above and in the philonian passage, and to examine the technical concepts connected with this institution and its functioning.

Keywords: Gerousia; Philo of Alexandria; Greek inscriptions; Existence

 

Introducción

La γερουσία judía de Alejandría fue un consejo aristocrático de ancianos, dotado de poder en materia de gobierno y jurisdicción sobre la comunidad judía de la ciudad egipcia1, cuya existencia entre los siglos II y I a.C. y principios del siglo I es dudosa. El primer registro que alude a su presencia en Alejandría, y que ha sido considerado como una prueba de su funcionamiento en los siglos posteriores, se encuentra en la Carta de Aristeas, que relata fundamentalmente las circunstancias y motivos de una embajada que el rey Ptolomeo II Filadelfo (285-246 a.C.) envió al sumo sacerdote de Jerusalén, Eleazar, a instancias del encargado de la Biblioteca de Alejandría, Demetrio Falero. La embajada tenía un doble cometido: conseguir un ejemplar genuino de la ley judía para su traducción al griego, y traer de Jerusalén a los que cumplirían con esa labor. El autor se describe como un funcionario griego de la corte de Ptolomeo II, con un notable conocimiento de las instituciones y costumbres de los judíos de Alejandría, lo cual obliga a pensar que vivió en esta ciudad. Sin embargo, y pese a que el análisis del escrito muestra claramente que su autor fue un judío que existió mucho tiempo después de los acontecimientos que narra (Carta de Aristeas 28 y 182)2, gran parte de los hechos que menciona son considerados históricos. La Carta refiere que la traducción completa de la Torá se presentó a un grupo formado por los sacerdotes, “los ancianos” (οἱ πρεσ-βύτεροι), un cuerpo de ciudadanos de la comunidad y los jefes del pueblo judío (310). De acuerdo con esta referencia, los ancianos judíos enviados a Egipto desde Jerusalén identificados con los πρεσβύτεροι participaron de la traducción de la Septuaginta, aunque la Carta no especifica si los πρεσβύτεροι eran los integrantes de la γερουσία, ni utiliza este término en el desarrollo del escrito; si bien el autor deja en claro que los πρεσβύτεροι tenían una posición cercana a los líderes de la comunidad, la vaguedad de los datos que presenta ha generado incertidumbre entre los investigadores. Schürer (III 1973: 88) reconoce que los πρεσβύτεροι son los miembros de una γερουσία con autoridad administrativa sobre los asuntos internos de la comunidad, por lo que interpreta que esta institución judía funcionó en Alejandría desde el siglo III a.C. Pero, desde un enfoque gramatical y de estilo, Tcherikover y Fuks (I 1957: 9, nota 24) no aceptan esta interpretación. Sostienen que si Schürer estuviera en lo cierto, Aristeas habría utilizado el plural πρεσβύτεροι con un sentido literal, i.e. “ancianos” o “miembros del consejo de ancianos”, y otro político, i.e. “consejo de ancianos”, sin advertir al lector sobre el cambio de significado. Lejos de esta posibilidad, Tcherikover y Fuks (ibid.) defienden que un consejo de ancianos de la comunidad judía en Alejandría ptolemaica “is not supported by any literary evidence”.
No obstante, la existencia de esta institución en un período posterior es aceptada por los estudiosos que dejan de lado los datos de la Carta y apoyan sus conjeturas en otras pruebas, especialmente la que incluye Filón de Alejandría en Contra Flaco 74. El filósofo asegura que, al final de su principado, Augusto intervino en la estructura interna de la comunidad judía e hizo de la γερουσία el órgano administrativo supremo. Esto conduce el razonamiento acerca de la existencia de esta institución en la ciudad egipcia hacia otros posibles supuestos: 1) la γερουσία judía de Alejandría existió durante el gobierno de los Ptolomeos, y suspendió su funcionamiento luego de la anexión de Egipto a Roma, o 2) la γερουσία judía fue introducida por Augusto en el año 11/12 d.C. Ambos supuestos han sido indagados solo de manera tangencial por los investigadores. La mayoría focaliza sus estudios principalmente en Contra Flaco 74, dejando de lado la documentación epigráfica del período ptolemaico tardío, que resulta de fundamental interés en el momento de analizar la evolución de la γερουσία en Alejandría. Esos testimonios son dos inscripciones griegas de los siglos II y I a.C., conocidas como SGE 34. 1532 y SB 1. 2100, que no han sido traducidas al español y que informan sobre la existencia de la γερουσία alejandrina y sus principales miembros antes del siglo I d.C.
Mediante la traducción e interpretación de estos documentos epigráficos y su relación con el pasaje de Filón, intentaremos ampliar nuestro conocimiento acerca de la continuidad histórica de tan controvertida institución entre los siglos II y I a.C., a la vez que precisar la información transmitida por el filósofo. Con este propósito, nos proponemos rastrear el término γερουσία en las inscripciones griegas antes mencionadas y en el tratado filoniano, para examinar los datos acerca de su existencia durante el último período del reinado ptolemaico y las primeras décadas de Egipto como provincia romana. La lectura en conjunto de los documentos epigráficos y el pasaje de Filón, además de la contextualización histórica y social de cada uno, nos permitirá discutir también sobre el entramado de términos técnicos que aparecen conectados con esta institución y su funcionamiento.

La γερουσία en SGE 34. 1532 y SB 1. 2100

La evidencia disponible para analizar la evolución institucional de la γερουσία judía en Alejandría ptolemaica es exigua. Las condiciones húmedas de la región han provocado la pérdida de los papiros locales, por lo que la existencia de un consejo de ancianos no pudo ser estudiada con pruebas precisas hasta que, hacia finales del siglo XIX, se descubrieron dos inscripciones griegas en el norte de Egipto, fechadas en época de los Ptolomeos y conocidas como SGE 34. 1532 y SB 1. 2100.
La inscripción SGE 34. 15323 es posiblemente uno de los primeros documentos arqueológicos que informa sobre la γερουσία alejandrina. Fue editada en 1911-1912 por Breccia, en su intento por dar un orden científico al copioso material griego y romano que fue constantemente reunido y preservado como parte del catálogo general de antigüedades egipcias del Museo de Alejandría. Es un documento datado entre los años 199-100 a.C. y ubicado en la zona de Alejandría, que contiene un texto de treinta y dos líneas que parece registrar un decreto honorífico4. Pese a que el documento se encuentra en condiciones muy fragmentarias que dificultan su legibilidad, es posible identificar tres partes principales: 1) la presentación de las autoridades involucradas en la resolución (líneas 1-11), 2) el contenido normativo del decreto, que incluye el objeto de la reglamentación y las disposiciones sancionatorias (líneas 12-30), y 3) la ejecución del decreto, que concluye con una orden de carácter público (líneas 31-32). Las extensas lagunas de la inscripción dejan muchas preguntas sin respuesta sobre el tema y el contenido del texto; sin embargo, la palabra γερουσία aparece intacta, como se observa en las líneas extraídas de la primera parte del decreto y que citamos a continuación:

1 διαλεχθεὶς Ο… ονα[---]
αὔξων καὶ μήτε ἐφεστὼς[---τοῦ τῆς]
ἐξουσίας βάρους ἐντρεπ[---]
στῆσαι δοὺς καὶ κοσνιότ[ητα---]
5 κως τε τῆι γερουσίαι τα[---]
χουμένων ἀνδρῶν
(…)

1 que fue examinado[---]
declarando en voz alta y no
prescripto[---por el]
peso de la autoridad que altera[---]
poner de pie concediendo y lo más[---]
5 … por el consejo de ancianos[---]
de hombres conspicuos (…)

En las líneas reproducidas, la γερουσία (línea 5) surge en conexión con un término como “autoridad” (ἐξουσία) y otros relacionados con la actividad del ámbito judicial. Desafortunadamente es imposible presentar todo el argumento que apoya esta conclusión, no debido a nuestra arbitraria preferencia, sino a la condición incompleta del texto que requiere una gran contextualización que no puede ser expuesta aquí en su totalidad. De todos modos, un análisis del decreto conservado es posible a partir del léxico utilizado en el resto del texto que, por razones de espacio, no fue incluido en el extracto citado. Después de la línea 6, el documento menciona a los magistrados que participaron en la resolución, i.e. los “ancianos” (γέροντας, línea 31) y la autoridad a cargo de la“gimnasiarquía” (γυμνασιαρχίαν, líneas 13 y 19), el valor monetario de la pena o castigo calculado en “dracmas de plata” (ἀργυ(ρίου) δραχ(μάς), líneas 21, 26 y 27), y el carácter público del documento, que se deduce de la orden registrada en la última línea del texto, i.e. “exponer la piedra” (στήληνἐκθεῖναι, línea 32). Sobre la base del léxico seleccionado podemos advertir que esta institución era considerada como un órgano colegiado, constituido por representantes de una comunidad (γέροντας, línea 31), encargados de coordinar, deliberar y adoptar decisiones de interés general. Siendo un órgano de estas características, seguramente formó parte de la administración pública5, por lo que debió funcionar como un mecanismo jurídico colectivo, que acordaba decisiones que expresaban la voluntad de una autoridad que lideraba el consejo.
Esta tesis podría estar confirmada por otra inscripción ptolemaica tardía, posiblemente de mediados del siglo I a.C., conocida como SB 1. 2100. Esta piedra fue encontrada en el año 1879 en Egipto y ubicada también en la zona de Alejandría. La parte superior presenta dos huecos, donde alguna vez estuvieron insertados los pies de una estatua, que habría sido erigida en nombre del pueblo, en honor del ciudadano ilustre Lycarion, hijo de Noumenius y hermano de Ptolomeo, que era padre a su vez de otro Noumenius6. Al parecer, tales nombres debieron ser de gran importancia por su grabado en esta inscripción, donde Lycarion es descripto con una combinación de cargos cívicos y reales:

1 Λυκαρίωνα Νουμηνίου
ἀδελφὸν Πτολεμαίου
τοῦ πατρὸς Νουμηνίου
τὸν συγγενῆ καὶ κατὰ τειμήν
5 ἀρχιγέροντα καὶ διοικητὴν
καὶ ἐξηγητὴν καὶ ἐπὶ τῆς
πόλεως καὶ γυμνασίαρχον
ἡπόλις

1 Lycarion de Noumenius
hermano de Ptolemaios
de padre Numenius
pariente / primo7 y en posesión de
su cargo de
5 presidente del consejo de ancianos
y administrador8 e intérprete del derecho sagrado9
también en la ciudad gimnasiarca10
la ciudad

De todos los títulos que tenía Lycarion, el cargo de “presidente del consejo de ancianos” (ἀρχιγέροντα, línea 5) es el que nos interesa en este estudio. Resulta llamativo que el único documento que registra este título antes del nacimiento de Cristo sea SB 1. 2100, por lo que la interpretación de su significado y función queda sujeta a la comprensión de los términos que integran la palabra y de su posible lugar en el ámbito institucional. En este sentido, mediante la descomposición del término ἀρχιγέρων encontramos el componente ἀρχι-, que es un lexema de valor verbal11, cuyo significado es “jefe de” o “presidente de”, y el término -γέρων, cuyo sentido literal es “anciano”12, adquiriendo el significado de “miembros del consejo de ancianos” en su uso plural. De la unión de los dos componentes se deduce el significado “presidente del consejo de ancianos”, que habría sido un cargo institucional conferido por derecho hereditario a los integrantes de ciertas familias aristocráticas que disfrutaban exclusivamente de tal privilegio13. Esta es la tesis adoptada por San Nicolò ([11913] 1972: 41), quien tomó la expresiónκατὰτειμὴν ἀρχιγέρων de SB 1. 2100 para demostrar que el cargo significaba un presidente honorario de la γερουσία, y por Musurillo (1954: 108, nota 3), que acepta la propuesta de San Nicolò (ad loc.) y sugiere que el término ἀρχιγέρων era originalmente un título honorífico adquirido después de un cierto número de años de servicio en la γερουσία, y que más tarde parece haber designado un estatus oficial, aunque no hay documentos que indiquen esta evolución. El-Abbadi (1964: 166, nota 2) aprueba las propuestas de San Nicolò y Musurillo, y concluye que la palabra designa al presidente en ejercicio de la γερουσία, pues considera que un indicio que muestra que elἀρχιγέρων ocupó una posición importante en ese consejo es la presencia de un puesto con un título afín en otros lugares fuera de Egipto, especialmente en Tesalónica, Apama y Atenas14.
El valor de las inscripciones antes analizadas reside entonces en los datos acerca de la γερουσία que confirman su existencia en la región de Alejandría en la época ptolemaica, y señalan que la misma estaba encabezada por un presidente del consejo que llevaba el título de ἀρχιγέρων. No obstante, ninguno de los documentos brinda información sobre la pertenencia étnica de esa institución. Pese a esta carencia, los investigadores aventuran algunos supuestos, especialmente San Nicolò (ad loc., p. 41), que asegura que en Egipto alejandrino no se conoce más que una γερουσία y que, si bien la mayoría de los datos acerca de su funcionamiento son desconocidos, la inscripción SGE 34. 1532 es decisiva en este sentido. El autor acepta que en su estado actual no es posible reconstruir el texto completo, pero reconoce que los datos allí registrados al menos permiten deducir el carácter público de la γερουσία entendida como una asociación ya desde la época prerromana.
Entre la propuesta de San Nicolò y la actualidad ha pasado más de un siglo, aunque no hay otros estudios que rebatan su conclusión, por lo que si aceptamos como verdadera la tesis que hace de la γερουσία nombrada en SGE 34. 1532 la única existente en Alejandría durante la época de los Ptolomeos, con el ἀρχιγέρων de SB 1. 2100 como la máxima autoridad de esa institución, podemos conectar estas inscripciones con la evidencia brindada por Filón en Contra Flaco 74 para comprender la evolución de la γερουσία en Alejandría y su naturaleza étnica.

La γερουσία en Contra Flaco 74

La mayoría de los datos relacionados con la existencia de la γερουσία en Alejandría a principios del siglo I d.C. se encuentra en el tratado histórico Contra Flaco de Filón de Alejandría15, que registra los acontecimientos sucedidos durante el primer pogrom antijudío del año 38. El filósofo describe aquí las circunstancias en las que el prefecto romano de Egipto bajo el imperio de Calígula, Flaco Avilio, decretó16 una feroz persecución contra la comunidad judía de Alejandría, que termina con el asalto y el asesinato de gran parte de los judíos de esa comunidad17, incluidos algunos miembros de la γερουσία18. En Contra Flaco 74 Filón narra que el prefecto mandó arrestar y maltratar a “treinta y ocho” (ὀκτὼ καὶ τριάκοντα, ibid. 74)19 miembros de la γερουσία20, que luego envía, encadenados y atados de manos, en una procesión por en medio de la plaza del mercado hasta el interior del teatro (ibid. 75), donde exige que sean despojados de sus ropas y azotados. El filósofo no especifica la cantidad de dirigentes que murieron por esta flagelación; solo aclara que, por las heridas recibidas, algunos ancianos fallecieron en el acto, mientras que otros agonizaron varios días sin salvación. Tampoco menciona los problemas internos que debieron afrontar los judíos de su comunidad a causa de la muerte de estos representantes comunales, aunque estimamos que semejante ataque provocó un desajuste institucional de considerable magnitud, más aún si aceptamos como verdadero el argumento que hace de la γερουσία el principal órgano de gobierno de la comunidad judía de Alejandría en el tiempo de Filón, como el propio filósofo lo asegura en el inicio de Contra Flaco 74:

(…) τῆς γὰρ ἡμετέρας21 γερουσίας,ἣνὁσωτὴρκαὶεὐεργέτηςΣεβαστὸς ἐπιμελησομένην τῶν Ἰουδαϊκῶν εἵλετομετὰτὴντοῦγενάρχουτελευτὴνδιὰτῶνπρὸςΜάγιον Μάξιμον ἐντολῶν (…)

(…) nuestro consejo de ancianos, el que el salvador y benefactor Augusto nombró para que esté al frente de los judíos22 después de la muerte del etnarca23, a través de las órdenes dadas a Magio Máximo24 (…)

De acuerdo con Filón, el primer emperador romano, Augusto, que gobernó el Imperio entre los años 27 a.C. y 14 d.C., introdujo la γερουσία en la comunidad de Alejandría una vez desaparecida la máxima autoridad de esa comunidad, conocida con el título de γενάρχης, mediante una orden dada al sucesor de Aquila en Egipto (11/12 d.C.), el prefecto Magio Máximo25. Filón no aporta algún dato que exprese las razones detrás del cambio, ni protesta en contra de la decisión del princeps. Por el contrario, parece asumir la intervención imperial en la estructura interna de su comunidad como un acto democrático en relación con las decisiones despóticas de Flaco Avilio. Esta es la interpretación de Momigliano (1944: 114), quien agrega que si la decisión de Augusto no hubiera favorecido a los judíos, Filón no hubiera registrado ese antecedente en su tratado26. Smallwood (1976: 233) y Van der Horst (2003: 168) llegan a la misma conclusión, de la misma manera que Gruen (2004: 72). Según el autor, el etnarca judío murió durante el imperio de Augusto, y el princeps intervino para nombrar una γερουσία que supervisara los asuntos de la comunidad. Incluso supone que la iniciativa tomada por Augusto pudo ser una respuesta a una solicitud de un grupo de judíos preocupados por la inestabilidad administrativa que habría atravesado la comunidad después de la muerte de su gobernante. El princeps habría permitido de esta manera que los judíos continuaran al mando de su comunidad y mantuvieran su autonomía cívica, un hecho que pudo haber sido percibido como saludable por parte de Filón, de ahí su comentario positivo hacia la intervención de Augusto y su nostalgia por la pax romana de su Imperio27.
Sin embargo, y a pesar de las dudas sobre las razones políticas que motivaron la disposición imperial, lo cierto es que Contra Flaco 74 es el único testimonio conocido que registra la presencia del consejo de ancianos en la primera década del siglo I, y que contiene información vinculada no tanto con la percepción de Filón sobre la política romana de Augusto, sino con la continuidad de la γερουσία alejandrina después de los Ptolomeos. En efecto, Contra Flaco 74 abre dos interpretaciones posibles planteadas más arriba: 1) la γερουσία judía de Alejandría existió durante el gobierno de los Ptolomeos, suspendiendo su funcionamiento luego de la anexión de Egipto a Roma, o 2) la γερουσία judía existió en Alejandría a partir del año 11/12. Las únicas evidencias que prueban la primera interpretación son las inscripciones SGE 34. 1532 y SB 1. 2100 analizadas más arriba, cuya conexión con Contra Flaco 74 fue propuesta por Momigliano (1944: 114). Sobre la base de esta evidencia epigráfica, el autor asegura que los judíos alejandrinos tuvieron una γερουσία en el período ptolemaico tardío y asume que no perdieron esta institución cuando Egipto se convirtió en provincia imperial de Roma28. En la misma línea se ubica Gambetti (2009: 162-163), quien, a partir de la puesta en comunicación de SB 1. 2100 y el testimonio de Filón, afirma que la γερουσία habría existido desde el inicio del período ptolemaico29, y sostiene que SB 1. 2100 es una “documentary evidence” que demuestra que el ἀρχιγέρων nombrado en la inscripción es la autoridad suprema de la γερουσία atestiguada por Filón en su tratado30. Lamentablemente, Momigliano y Gambetti plantean la relación entre SGE 34. 1532 y SB 1. 2100 y Contra Flaco 74 sin profundizar en el análisis de las fuentes por ellos mencionadas, o incorporar otras evidencias que certifiquen sus conjeturas. Pero, y sin descartar los argumentos expuestos por los autores antes citados, debemos aceptar que el testimonio de Filón no es una prueba suficiente para afirmar que la γερουσία por él nombrada es la misma institución registrada en la documentación epigráfica de la época ptolemaica. Esta conclusión conduce nuestro análisis hacia la segunda interpretación, i.e. el inicio del funcionamiento de la γερουσία en el año 11/12.
Según Contra Flaco 74, la γερουσία fue instituida en la comunidad judía de Alejandría por orden de Augusto. Filón ofrece como causa de esta intervención la muerte del último etnarca judío de Alejandría. Pero esta declaración presenta serias discrepancias con otras fuentes que registran un evento cercano al referido por Filón, como es el edicto promulgado por el emperador romano Claudio en el año 41 y reproducido por Josefo en Antigüedades Judías 19. 280-283, donde se lee:

(…)καθ’ὃνκαιρὸνἈκύλαςἦνἐνἈλεξανδρείᾳτελευτήσαντοςτοῦτῶνἸουδαίωνἐθνάρχουτὸνΣεβαστὸνμὴκεκωλυκέναιἐθνάρχας γίγνεσθαι (…)

(…) durante el tiempo en que Aquila estuvo de prefecto en Alejandría, como también una vez que murió el etnarca de los judíos, Augusto no impidió que lo sucedieran [otros] etnarcas [judíos] (…)

De acuerdo con este extracto, el princeps no suprimió el cargo del etnarca; por el contrario, permitió que los judíos nombraran un nuevo dirigente después de la muerte del que administraba la comunidad judía bajo la prefectura de Aquila (10/11). Si bien este dato contrasta claramente con el testimonio de Contra Flaco 74, no podemos suponer que Josefo y Filón refieren a distintos hechos, sino a un mismo evento31, y pese a que el historiador no indica el período exacto en que el nuevo etnarca asumió su cargo, todo señala que este acontecimiento debe ubicarse entre el final de la prefectura de Aquila y el inicio del gobierno de Magio Máximo. Esta vaguedad histórica en el extracto del edicto copiado por Josefo junto con la contradicción entre los datos por él transmitidos y Contra Flaco 74, ha determinado que algunos investigadores acuerden que la evidencia de Filón es preferible a la reproducida en Antigüedades Judías 19. 280-283. Para Tcherikover y Fucks (I 1957: 70, nota 45), una comparación del carácter general del edicto de Claudio preservado por Josefo y un papiro que alude a ciertos hechos comprendidos por el mismo documento, conocido como la Carta de Claudio a los alejandrinos (CPJ I. 153), permite concluir que el texto transmitido por el historiador, aunque posiblemente basado en un verdadero edicto del emperador, fue manipulado por alguien, por lo que algunos elementos importantes han sido cambiados o añadidos para defender el propósito general de la falsificación (I 1957: 57, nota 22). El papiro CPJ I. 153 no registra el término ἐθνάρχης ni menciona a la γερουσία en ninguna instancia de su redacción, por lo que no existe razón para reproducir algún fragmento del papiro en el presente trabajo. Sin embargo, podemos suponer que el silencio de la Carta en relación con el cargo del etnarca y con el consejo de ancianos, en oposición a la insistencia del edicto copiado por Josefo en que Augusto no prohibió la continuidad de un cargo de vital importancia para la organización de la comunidad judía de Filón, ni intervino en la estructura interna de la comunidad, indica que el autor del pasaje del edicto tenía en mente a las personas que estaban ansiosas por defender lo contrario.
De los datos contrapuestos se deduce que si Augusto no abolió el cargo del etnarca después de la muerte del último dirigente judío en el año 10/11, otro etnarca habría ocupado el mismo lugar, pero no hay algún testimonio que favorezca esta tesis, a excepción de Antigüedades Judías 19. 280-28332. Por lo tanto, es probable que Augusto haya dejado sin efecto ese cargo a través de una orden especial enviada al prefecto Magio Máximo, y que ese dato haya sido mencionado en el texto original del edicto. Esta posibilidad no puede ser comprobada en el estado actual de la documentación vigente, como tampoco la tesis que hace del consejo de ancianos de Contra Flaco 74 una institución cuya existencia data desde la época ptolemaica. La descripción que Filón expone en su tratado solo brinda información sobre la existencia de la γερουσία en las primeras décadas del siglo I y en el primer pogrom antijudío decretado por el prefecto Flaco Avilio.

Conclusión

A lo largo de nuestro análisis, y pese a la tentativa propuesta en la Introducción de tomar Carta de Aristeas 310 como primer testimonio de la existencia del consejo de ancianos en Alejandría, hemos podido demostrar que no hay pruebas suficientes que acrediten de manera fehaciente que la γερουσία judía existió desde el período ptolemaico y que se mantuvo sin alteraciones hasta el primer pogrom del año 38. Sin embargo, y sobre la base de la información presente en las únicas dos inscripciones datadas en época de los Ptolomeos y ubicadas en la región de Alejandría, SGE 34. 1532 y SB 1. 2100, encontramos que el término γερουσία surge al menos una vez en el decreto de SGE 34. 1532, línea 5, y en un contexto semántico que vincula su desempeño institucional con el ámbito judicial. La inscripción relaciona el consejo de ancianos con palabras como ἐξουσία, γέρων y γυμνασιαρχία y otras propias de las disposiciones sancionatorias e instructivas de la época. La condición fragmentaria del texto no permite una indagación más profunda de los datos allí contenidos, por lo que toda interpretación queda sujeta a la especulación del investigador. Podemos suponer que la γερουσία era un órgano auxiliar de la administración pública, que resolvía determinaciones según la voluntad de una autoridad no especificada en la inscripción. Esta suposición nos condujo a conectar SGE 34. 1532 con SB 1. 2100, ubicada en la misma región pero en época más tardía, siendo mediados del siglo I a.C. el tiempo más aceptado. En esta piedra en honor del ciudadano ilustre Lycarion, el título ἀρχιγέρων es de considerable interés. La importancia de este cargo radica en que solo podía ser ocupado por el presidente de la γερουσία en Alejandría, como proponen la mayoría de los investigadores cotejados más arriba, algunos de los cuales terminan por abrir un camino que une las inscripciones analizadas con Contra Flaco 74 de Filón.
Si bien es aconsejable evitar toda generalización de los casos particulares que incluyen información sobre la existencia de la γερουσία en Alejandría, resulta imposible descartar la combinación de SGE 34. 1532 y SB 1. 2100 con Contra Flaco 74 para nuestra investigación actual. Por separado, cada uno de estos documentos admite una interpretación diferente. Mas en conjunto parecen confirmar que la γερουσία judía existió durante la época ptolemaica y continuó su funcionamiento luego de la anexión de Egipto a Roma. El silencio de Filón sobre este aspecto no descarta la continuidad histórica de esta institución en Alejandría, cuya duración y permanencia puede ser deducida a partir de la lectura combinada de las inscripciones SGE 34. 1532 y SB 1. 2100 y del testimonio de Contra Flaco 74, que sugiere finalmente que la misma institución existió en la ciudad durante los últimos años del imperio de Augusto, y permaneció como tal aún después del pogrom del año 3833.

Notas

1 Sobre la función de la γερουσία, cfr. El-Abbadi 1964: 164-169, quien presenta una breve discusión del status quaestionis y los documentos disponibles; Delia 1991: 163; Bowman y Rathbone 1992: 115-118.

2 Cfr. Fernández Marcos 1982: 12-13; Meisner 1972/3: 211-212.

3 SGE 34. 1532 = Breccia, Alexandria Mus. 162.

4 Una comparación de este decreto con otros testimonios de época similar permite comprobar que la inscripción utiliza vocablos típicos de los textos judeohelenísticos datados entre los siglos II y I a.C., como se puede observar en el siguiente listado: ἀπο- δεξαμέν- (línea 16): “aceptar, reconocer” (cfr. Carta de Aristeas 194; 207; 209; 241; 243; 245; 281; etc.); καθώς (líneas 16 y 28): “como, según que” (cfr. Carta de Aristeas 14; 15; 30; 89; etc.; Aristóbulo, Fragm. 1. 110; 2. 19 y 34; etc.; Testamento de los Doce Patriarcas 1. 4. 4; 2. 4. 5; 3. 9. 6; 8. 2. 2; etc.); εἰσελευσ- (línea 28): “comparecer en justicia” (cfr. Apocalipsis de Enoc 25. 6; 96. 8); ἐκθεῖναι (línea 32): “exponer” (cfr. Carta de Aristeas 20).

5 Un antecedente de la γερουσία del período ptolemaico puede ser encontrado en la organización política de Esparta. La γερουσία espartana era un órgano de gobierno que formaba parte de la organización del gimnasio de la ciudad y funcionaba como un consejo municipal. Estaba compuesto por dos reyes y veintiocho miembros elegidos entre los principales ciudadanos mayores de sesenta años, que conformaban un Consejo que entendía en juicios de asunto criminal y ejercía gran poder sobre todo el Estado. Estos ciudadanos, que ostentaban un cargo de carácter vitalicio, no estaban sujetos a rendición de cuentas, aunque sí estaban sometidos al poder de los éforos. Cfr. Aristóteles, Política 1265b. 17; 1270b. 24; 1272b. 37; Demóstenes 20. 107. Sobre losγέροντες o los miembros de la γερουσία, véase infra nota 12.

6 Sobre la biografía de Lycarion, cfr. Néroutsos-Bey 1888: 100.

7 El término συγγενής, i.e. “pariente” o “primo”, era un título otorgado por el rey en la corte persa como una marca de honor, cuyo significado podía ser “primo” o, en general, “pariente”. Cfr. Jenofonte, Cyropaedia 1. 4. 27; 2. 2. 31; Diodoro Sículo 16. 50. El mismo título también aparece en las cortes de los Ptolomeos y Seleucidas. Cfr. OGI 104. 2 (Delos, siglo II a.C.); BGU 1741. 12 (siglo I a.C.). En la LXX, el término está presente en 1 M 10. 89, cuando Alejandro hace a Jonatán su “pariente” (cfr. 3. 32) y le entrega una fíbula de oro que abrochaba el manto de púrpura y era la insignia de este rango, superior incluso al de “primer amigo” (cfr. 10. 65). Cfr. también PTebt. 1. 61(B). 79 (siglo II a.C.); UPZ 1. 14. 8 (siglo II a.C.).

8 El término διοικητής (línea 5) refiere especialmente al “administrador” de finanzas o tesorero del Estado. En Egipto ptolemaico era el ministro de finanzas dependiente del rey. Cfr. IPDésert 47 (siglo III a.C.); IG 12(3). 27. 7 (siglo III a.C.); PCair.Zen. 3. 15 y PRev.Laws 23. 3 (siglo III a.C.); PTeb. 7. 8 y COrd.Ptol. 53. 27 (siglo II a.C.); BGU 1755. 7 (siglo I a.C.). La misma palabra aparece en la literatura juedohelenística. Cfr. Apócrifos del Antiguo Testamento, Esdras 2. 8. 36.

9 Lycarion también ocupó este cargo religioso y al mismo tiempo administrativo conocido con el término ἐξηγητής, i.e. “intérprete divino”, un título común en Atenas. Cfr. Platón, Eutifrón 4d; 9a; Leyes 759c, e; 775a; Demóstenes 47. 68; Teófrastos, Caracteres 16. 6. Tácito menciona este cargo en Historia 6. 83, cuando recuerda al ἐξη-γητής Timoteo Atenas. Estrabón, en Geórgicas 17. 797, dice que el ἐξηγητής llevaba púrpura, gozaba de honores hereditarios y supervisaba las instituciones de utilidad pública.

10 El puesto de γυμνασίαρχος, i.e. “gimnasiarca” o “superintendente de entrenamiento atlético”, era conocido en Atenas y en otros lugares como un cargo de honor ejercido de ordinario por los notables de la ciudad. Cfr. Andócides, Sobre los Misterios 1. 132; Demóstenes 35. 48.

11 Derivado del verbo ἄρχω, cuyo significado literal es “mandar” o “regir”.

12 La forma acusativa de γέρων, i.e. γέροντας, ya la encontramos en SGE 34. 1532, línea 31, y directamente vinculada con el término γερουσία. Esto no resulta sorprendente porque οἱ γέροντες eran los miembros de la γερουσία o consejo de ancianos en Esparta, como lo registra una gran cantidad de fuentes antiguas. Cfr. Heródoto 1. 65; Platón, Leyes 692a; IG 22. 687. 58 (siglo III a.C.). Sobre el mismo concepto fuera de Esparta, cfr. Aristóteles, Política 1265b38, en Élide; 1306a17, en Dorileo; OGI 479. 11 (siglo II d.C.).

13 A pesar de la importancia del cargo, no existen otros registros del término hasta después del nacimiento de Cristo. Cfr. IFayoum 38. 2 (siglo I d.C.); Cod. Iust. 1. 4. 5. Debido a esta inexistencia de datos, su significado y características de sucesión han sido identificadas con otro concepto más común en el lenguaje griego antiguo como es ἀρχιερεύς, i.e. “sumo o gran sacerdote”, que aparece en varias fuentes. Cfr. Heródoto 2. 37; Platón, Leyes 947a; OGI 56. 3; 56. 73 (siglo III a.C.). En el culto judío, el término surge en Carta de Aristeas 1; LXX, Lv 4. 3; 1 M 10. 20 y 32; 13. 42, con el significado de “presidente del Sanedrín”.

14 En Tesalónica, una inscripción anota la frase “el gimnasiarca y gerusiarca de las dos gerousía” (τὸνγυμνασίαρχονκαὶ γερουσίαρχον γερουσίων δυο, Oliver, Sacred Gerousía 56, siglo III d.C.); en Apama, otra inscripción registra la expresión “arconte de los ancianos” (ἄρχοντωντῶν γερόντων, ibid. 53, siglo II); y en Atenas, otra inscripción anota “arconte de la Santa Gerousía” (ἄρξας τῆς ἱερᾶς γερουσίας, ibid. 27, siglo II). Cfr. Oliver 1941: 43.

15 Cfr. Torallas Tovar OCFA V 2009: 181.

16 Los decretos promulgados por el prefecto son expuestos por Filón en Contra Flaco 53-54, y son los que detallamos en lo que sigue. En primer lugar, ordenó la eliminación de la organización política de los judíos (ibid. 53), i.e. de sus costumbres patrias y de su participación en los derechos cívicos; en segundo lugar, declaró a todos los judíos como extranjeros e inmigrantes (ibid. 54); y, en tercer lugar, permitió el saqueo de sus casas e instituciones (ibid.). Según Filón (ibid. 20), el prefecto no decidió estas disposiciones sin la ayuda de Dioniso, Isidoro y Lampón. Sobre estos personajes, cfr. Kerkeslager 2005: 49-94; también Josefo, Antigüedades Judías 18. 257-260.

17 La persecución de los judíos del año 38, también conocida como pogrom antijudío, es la primera documentada en la historia precisamente por este tratado de Filón. Otro testimonio, aunque menor en su importancia, pertenece a Josefo, Antigüedades judías 18. 257. Cfr. Torallas Tovar ad loc., 183-184.

18 Filón perteneció a la comunidad judía de Alejandría de los siglos I a.C. y I. Habría nacido en el año 20 a.C. y muerto hacia el 50. Durante su vida fue testigo de los cambios implementados por Augusto en su comunidad y del tumulto antijudío del año 38 ordenado por Flaco Avilio. Cfr. Martín OCFA I 2009: 11; Terian 1981: 31.

19 De un total de 70 (o 71) miembros, según informan las fuentes rabínicas. Cfr. Mishná, Tosefta, Sukkah 4. 6; Schürer II [11973] 2014: 211; Lüderitz 1994: 222 y nota 105. Aunque no tenemos forma de saber si se trata de un número fiable, o si toman como modelo el número de miembros del Sanedrín de Jerusalén, que sigue como ejemplo a Nm 11. 16.

20 Cfr. Van der Horst 2003: 170.

21 El adjetivo posesivo ἡμετέρας indica una clara pertenencia de Filón a la comunidad intervenida por Augusto, pero también, según Kasher (1985: 253), la existencia de más de un consejo de ancianos en Alejandría (ad loc., 172-173 y notas).

22 Cfr. Kasher (1985: 255), quien afirma que los límites exactos de la autoridad de la γε-ρουσία judía no son especificados por Filón.

23 Según Torallas Tovar (2009 OCFA I: 209, nota 100), el término γενάρχης, utilizado por Filón generalmente para denominar a los patriarcas fundadores de naciones (El heredero de los bienes divinos 279), aquí refiere al ἐθνάρχης, un magistrado que en Alejandría tenía funciones civiles y judiciales en la comunidad judía. Cfr. Estrabón, Frag. Jacoby F2a. 91; F7. 17; Van der Horst 2003: 168-169, para quien la autoridad administrativa y judicial es llamada γε-νάρχης por Filón. En Alejandría, este cargo es por primera vez registrado en Estrabón, Geografía 17. 1. 13, quien sostiene que fue una magistratura nombrada por los romanos en el proceso de ordenamiento de la ciudad. Haciéndose eco de las palabras de Estrabón, el historiador judío Josefo afirma que en la ciudad de Alejandría existió un ἐθνάρχης, encargado de la administración y la justicia, “como si fuera el jefe de un estado independiente” (ὡςἂνπολιτείαςἄρχων αὐτοτελοῦς, Antigüedades judías 14. 118). Cfr. SEG 26. 1623. 25; Stern I 1974-1984: 280-281. Para el uso de γενάρ-χης y ἐθνάρχης en Filón, cfr. El heredero de los bienes divinos 279; Box 1939:102.

24 Magio Máximo fue prefecto de Egipto en los años 11-14, y fue precisamente en 11/12 cuando Augusto le ordena intervenir en la comunidad judía. Cfr. Brunt 1975: 143; Gambetti 2009: 155, nota 24.

25 Kasher (1985: 255) sostiene que el tiempo transcurrido entre la muerte del etnarca (10/11, según Josefo en Antigüedades judías 19. 283), y el nombramiento de la γερουσία (11/12, según Contra Flaco 74), puede significar que después de la muerte del etnarca sobrevino una situación judía de rivalidad interna, “and was solved by the compromise of a collegial leadership, which was perhaps the outcome of a Jewish appeal to Augustus”.

26 Gambetti (2009: 63, nota 30) mantiene la opinión contraria. La autora considera dudoso que la introducción de la γερουσί haya sido aceptada como una reforma democrática por la mayoría de los miembros de la comunidad judía, y no reconocida como una imposición de Augusto. Pero esta interpretación no se desprende del discurso de Filón, ni de otros tratados de su autoría.

27 El uso de una retórica de hiperbolización de la figura de Augusto también surge en otros tratados de Filón. Cfr. Embajada a Gayo 147; 149; 157.

28 Cfr. Gruen 2004: 72.

29 Gambetti coincide con El-Abbadi 1964: 164-165; Fraser 1972: 95–96; Delia 1991: 163. También se apoya en el estudio previo de San Nicolò 1913: 40-42.

30 Para Gruen (ad loc.) es posible que la γε- ρουσία haya existido simultáneamente con el etnarca, pues ningún testimonio afirma lo contrario.

31 Cfr. Schürer III 2014: 77 ss.; Stein 1950: 21 ss.

32 Para Kasher (1985: 254), esta visión de Tcherikover y Fuks es “groundless”, y defiende que el puesto del etnarca permaneció pero incluido en la nueva γερουσία, por lo que el etnarca habría quedado entre “los jefes de la gerousia” registrados por Josefo en La guerra de los judíos 7. 412, pudiendo llegar a ocupar el puesto de presidente.

33 Esta conclusión resulta favorecida por los papiros P.Giessen 46 y P.Oxy. 1089 y una inscripción ubicada en la región del Fayûm, específicamente en Hawara, que registran el término γερουσία y el vocabulario relacionado con sus miembros entre los años 11/12 y 38. El análisis de estos documentos no solo en conexión con Contra Flaco sino con el tratado histórico del mismo autor, Embajada a Gayo, excede el propósito del presente estudio, por lo que será motivo de otro estudio que se encuentra en preparación.

 

Ediciones y traducciones

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Recibido: 03-12-2016
Evaluado: 14-12-2016
Aceptado: 18-12-2016

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