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Información, cultura y sociedad

versión On-line ISSN 1851-1740

Inf. cult. soc.  no.30 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jun. 2014

 

ARTÍCULOS

 

Los estudiantes universitarios y la sociedad de la información: una combinación que ha facilitado el plagio académico en las aulas colombianas

University Students and the Information Society: A Blend which Facilitates Academic Plagiarism in Colombian Classrooms

 

Sonia Jaramillo Valbuena* y Néstor Fabián Rincón Belalcázar**

*Programa Ingeniería de Sistemas y Computación, Facultad de Ingeniería, Universidad del Quindío, Carrera 15 Calle 12 Norte Armenia, Quindío, Colombia. Correo electrónico: sjaramillo@uniquindio.edu.co.
** Estudiante Maestría en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad de Manizales. Carrera 9 No. 19-03, Manizales, Caldas, Colombia. Correo electrónico: nestorfaribe@hotmail.es.

Artículo recibido: 19-09-2013.
Aceptado:
16-04-2014.

 


Resumen: La revolución en las comunicaciones ha generado una importante transformación en el ser humano (Adell, 1997). En esta nueva era,  la importancia radica en el capital humano, en lo que éste capta del entorno y verifica, en su capacidad para obtener la información y transformarla en conocimiento (Cordeiro, 1998; Consejo Pontificio para las Comunicaciones Sociales, 2002). El impacto de esta revolución ha permeado diversos ámbitos, entre ellos el educativo y ha traído consecuencias tanto positivas como negativas. Entre las positivas se destacan mayor cobertura, nuevos modelos de   enseñanza-aprendizaje y mayor flexibilidad, todas ellas características necesarias para contribuir a la  universalización de la educación. Lastimosamente, la incorporación del ciberespacio en el proceso educativo también  ha hecho evidentes  profundos cambios en el comportamiento de los estudiantes y  docentes, en sus costumbres y valores, y  no todas estas transformaciones han sido benéficas. Algunos comportamientos que atentan contra la ética se han popularizado, el plagio es uno de ellos.
El objetivo de este artículo es analizar la problemática del plagio en el ámbito universitario. Se presenta una revisión de la normatividad relativa a derechos de autor y se hace un análisis sobre el impacto del plagio.  Finalmente, se propone una serie de medidas que pueden asumir las facultades y universidades para contrarrestar esta problemática.

Palabras claves: Derechos de autor; Imitación; Copia; Plagio; Fraude; Ética profesional; Colombia.

Abstract:  The communications revolution has led to important transformations in people (Adell, 1997).  In this new age, the importance lies on human capital, in the way  the human being captures and verifies information, in their ability for getting the information and transform it into knowledge (Cordeiro, 1998; Consejo Pontificio para las Comunicaciones Sociales, 2002). The impact of this revolution has permeated various spheres, including the education sphere and has brought both positive and negative incidences. Among the positive ones, it is important to highlight a greater coverage, new models of teaching-learning, and more flexibility, all these features contribute to the universalization of education.  Unfortunately, the cyberspace in the educational process has generated deep changes in behavior of students and teachers, in their habits and values, and not all of these changes have been beneficial. Some behaviors that undermine ethics have become popular, being the plagiarism one of them.
The aim of this paper is to analyze the university plagiarism problem. We present a review of the regulations and laws on copyright and we make an analysis on the impact of plagiarism. Finally, we propose a series of actions that universities can implement to counteract this problem.

Keywords: Copyright; Imitate; Copy; Plagiarism; Fraud; Professional ethics; Colombia.


 

Introducción

Las tecnologías de la información han generado una positiva transformación en el proceso educativo, pero a su vez han traído consigo una serie de problemáticas éticas respecto del uso de la información. Internet ha propiciado que algunos de los actores de este proceso adolezcan de una servidumbre, voluntaria y consentida, en la que se evidencia un uso compulsivo con respecto a la utilización de los recursos tecnológicos. Esta obsesión está llevando a los individuos a convertirse en autómatas incapaces de valorar y sopesar la información (Carr, 2011), que no reflexionan sobre la importancia de la credibilidad, del discernimiento moral e intelectual (Bernal Pérez, 2003).

El mal uso de internet, la doble moral, el desconocimiento de la normatividad referente a violaciones a los mecanismos de protección de derechos de autor y la laxitud por parte de las instituciones de educación superior respecto a la aplicación de los mismos están contribuyendo a que el plagio sea cada día más habitual en el ámbito educativo (Ayala, Figueroa y González, 2012).

Este artículo se estructura de la siguiente forma: en la sección 2 se presentan las diversas categorías de plagio. En la 3, el marco jurídico internacional y colombiano respecto de derechos de autor. En la sección 4 se hace una evaluación del plagio en universidades y finalmente, en la sección 5 se dan las conclusiones.

El plagio y sus dimensiones

Soto Rodríguez (2008) define el plagio como "el acto de intención deliberada de engañar a un lector a través de la apropiación y representación como propias de las palabras y trabajos de otros". Soto Rodríguez (2012) indica que el plagio puede ser definido desde diversos aspectos, a saber: propósito, método y forma. El propósito está dado por el concepto de intencional. El plagio no intencional ocurre cuando se omite accidentalmente la referencia de donde se sacó la información, o cuando por un manejo desordenado de las referencias no se recuerda dónde está o cual es la fuente original del texto citado. El plagio intencional, malicioso, voluntario o premeditado es ejecutado de una forma planeada. Su objetivo es ocultar el bajo desempeño de quien lo comete. Algunas de las manifestaciones de este tipo de plagio se dan a través de la copia textual de ideas y la compra de proyectos, que se intentar hacer pasar por  propios (Soto Rodríguez, 2012).
En lo que respecta al método, el plagio se manifiesta de formas variadas, siendo el copie y pegue la más estandarizada, aunque existen otras manifestaciones, a saber: fabricación de datos, referencia pérdida, parafraseo y referencia falsa. Imran (2010) afirma que la fabricación de datos ocurre cuando se manipulan y falsifican los datos de investigaciones. La referencia perdida equivale a omitir la cita. El parafraseo consiste en expresar con palabras propias lo mismo que el autor original, pero conservando el estilo de quien escribió el texto (Imran, 2010) y la referencia falsa es poner citas que no deberían ir, por no corresponder al documento del cual se obtuvo la información. En este punto es importante anotar, que referenciar es obligatorio a menos que la información sea de conocimiento general.
En lo que respecta a forma, se tiene la falsa autoría, el doble envío, el robo de material, la copia de código fuente y el auto-plagio. La falsa autoría ocurre al poner como autor de un documento, ya sea por aspectos económicos o mero amiguismos, a una persona que no realizó ninguna contribución para su construcción. El doble envío se da cuando, estando un artículo en proceso de evaluación por parte de una revista, se envía el mismo documento a otra revista en espera de recibir pronta respuesta respecto a la evaluación. La copia de código fuente, se define como copiar porciones o el código fuente completo de un programa, sin el permiso previo de quien construyó la aplicación.
Finalmente se presenta el auto-plagio. Un plagio algo polémico si se mira solamente desde la perspectiva del autor. Balbuena (2003) manifiesta que cuando un autor construye una segunda obra basándose en obras que él ha realizado previamente, no puede ser considerado como plagio. Sin embargo, cuando se ceden los derechos patrimoniales y se comete auto-plagio, el autor afecta directamente a quien adquirió estos derechos, consolidándose un delito que puede ser penalizado. El auto-plagio puede tener consecuencias, para quien adquirió los derechos patrimoniales, a nivel económico y afectar seriamente su imagen, al poner en tela de juicio la originalidad de sus publicaciones.
El conocimiento de las diferentes formas de plagio es vital para los actores del proceso educativo. Es un primer paso para evitar entrar a la ilegalidad.

Marco jurídico sobre derechos de autor

Aunque cada país tiene una legislación sobre derechos de autor, muchos de ellos están alineados con los tratados internacionales. El Convenio de Berna para protección de las Obras literarias y artísticas (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 1993) es uno de los más reconocidos. En 2012, se contaba con un total de 149 países acogidos a este convenio. Países como España, Perú, México, Colombia han incorporado en su Código Penal apartados sobre delitos contra los derechos de autor y conexos. Esto hace posible la aplicación de sanciones más estrictas que van desde multas económicas hasta la cárcel.
Específicamente en Colombia se cuenta con un amplio abanico legislativo referente a derecho de autor. La Constitución Política (Colombia. Senado de la República, 2013), mediante su artículo 61, expresa claramente la protección que ejerce el Estado respecto de la propiedad intelectual. Este mandato constitucional ha sido validado por una serie de decretos y leyes nacionales, así también como por la legislación internacional, por ejemplo la Decisión 351 de 1993 (Comisión del Acuerdo de Cartagena, 1993) aprueba un régimen común para los países miembros de la Comunidad Andinasobre derechos de autor y conexos. Por su parte, el artículo 671 del Código Civil Colombiano (Colombia. Consejo Nacional Legislativo, 1887) establece que las producciones dignas de derechos de autor son propiedad de quienes las crean. La Ley 23 de 1982 (Colombia.Congreso. 1982) contiene disposiciones generales y especiales que regulan el derecho de autor. Esta ley fue modificada y adicionada por la Ley 44 del 5 de febrero de 1993 (Colombia. Congreso. 1993). El decreto 460 de marzo 16 de 1995 (Colombia. Presidencia de la República. 1995) reglamentó el Registro Nacional de Derechos de Autor, al igual que la obligación del depósito legal. Hay que anotar que la Decisión Andina 351 de 1993 y la Ley 44 de 1993 fueron reglamentadas mediante el Decreto 162 de 1996 (Colombia. Presidencia de la República. 1996). Finalmente se tiene el Código Penal o Ley 599 de 2000 (Colombia. Congreso. 2000) con las modificaciones efectuadas por la Ley 1032 de 2006 en sus artículos 257, 271, 272 y 306, que en su Título VIII define los delitos, las multas y la prisión en caso de efectuar violaciones contra este tipo de derechos. Las penas de prisión en la actualidad, por violación a derechos patrimoniales de autor y conexos, van de 4 a 8 años y las sanciones económicas de 26,66 a 1.000 salarios mínimos legales.
El marco jurídico colombiano ha ido actualizándose de acuerdo con los proceso de desarrollo y los cambios sociales, unas disposiciones legales que han tenido una evolución para poder cumplir con los fines para los que fueron creadas.

Implicaciones de la realización del plagio en las universidades y acciones para evitarlo

El plagio a nivel universitario ha motivado la realización de diversas investigaciones a nivel mundial. McCabe (2005) describe los resultados de una investigación sobre plagio realizada en el ámbito universitario de los Estados Unidos. Los resultados indican que el plagio es realizado tanto por estudiantes de pregrado como por profesionales, presenta una leve disminución en el porcentaje de plagio cometido por estudiantes de postgrado.
Sureda Negre (2007) muestra los resultados de un estudio sobre prácticas académicas antiéticas realizado por el grupo Educación y ciudadanía (GREIC) en la Universidad de las Islas Baleares. Los resultados permiten concluir que el 60% de los universitarios españoles encuestados admiten haber cometido plagio para realizar alguna de sus actividades académicas.
Por su parte, el Observatorio de la Universidad Colombiana (2012) indica que en Colombia no existen datos consolidados sobre estudiantes que hayan cometido plagio. Sin embargo, la revista Finanzas personales (2011) afirma que es de conocimiento público que el plagio está presente en diferentes ámbitos, entre ellos, los salones de clase, los grupos de investigación y las diferentes entidades gubernamentales y privadas. Esta conducta se populariza por la laxitud de las universidades en lo referente al cumplimiento de la normatividad vigente sobre derechos de autor. En los últimos años casos particulares, tal como el ocurrido en la Universidad Autónoma referente a plagio en un trabajo de grado (Redacción justicia, 2012), han empezado a crear conciencia en las instituciones de educación superior. Este caso tuvo gran trascendencia en medios comunicativos, pues la Corte Constitucional le solicitó a dicha institución que debía incluir en su estatuto estudiantil medidas claras y contundentes que le permitan actuar en contra de quienes violen las leyes y regulaciones al respecto (Corte Constitucional, 2011).
El plagio afecta la calidad del aprendizaje e impacta negativamente en los procesos cognitivos superiores. Esta conducta antiética evita que se desarrolle la capacidad de pensamiento propio y autónomo e impide que se den actividades de creación intelectual. También afecta los procesos investigativos, puesto que obstaculiza que el conocimiento, como bien social, se genere e incorpore para el beneficio de la sociedad.
El plagio se presenta en todos los escenarios de la vida, su prevención, más que advertir sobre la existencia de un castigo punitivo por la comisión de esta conducta, es el punto de partida para cambiar esta problemática social. Sin embargo, para proponer acciones que lo contrarresten es necesario primero conocer sus causas. Nuñez Molina (2008) indica que algunas de las razones por las cuales los estudiantes realizan esta práctica antiética son: una mala administración del tiempo, dificultades para leer y escribir, acciones débiles o nulas por parte del docente cuando se enfrenta a casos a plagio por no tener destreza para citar y elaborar trabajos escritos, no considerar relevante la asignación que debe realizar, el facilismo o la falsa idea de que el profesor no revisa minuciosamente los trabajos.
El rol que juegan las universidades en el proceso de prevención es vital para evitar esta práctica. Es necesario que se reestructuren diversos elementos dentro de la perspectiva de enseñanza aprendizaje. Los métodos pedagógicos realmente deben hacer énfasis en los procesos de aprender a aprender, aprender a ser, aprender a hacer, aprender a convivir, aprender a conocer y aprender a compartir. El proceso educativo debe considerar, más allá de la memoria, aspectos tan importantes como la creatividad y la imaginación (Abad Arango, 2011). Adicionalmente, la realización de campañas informativas que difundan la legislación sobre derechos de autor, la creación de estatutos de propiedad intelectual institucional y la inclusión de apartados sobre propiedad intelectual en sus diferentes estatutos: estudiantil, docente y administrativos son importantes aportes para actuar en contra del plagio (Colombia aprende, 2009). La normatividad al respecto debe ser difundida y estar disponible en el portal institucional para su consulta.
Por su parte, los Consejos de Facultad deben verificar el cumplimiento del Estatuto Estudiantil en lo referente a derechos de autor. Esto debe aplicarse no sólo para trabajos de clases, parciales, actividades de seguimiento tales como talleres, sino también durante la elaboración de trabajos de grado o tesis. Todos los trabajos deben regirse por lo estipulado en los estatutos vigentes y en la ley. En caso de requerirse, los Consejos de Facultad o, en su defecto, los decanos, deberán realizar las amonestaciones privadas o públicas, y/o solicitar la cancelación de matrícula del estudiante que ha cometido plagio. La facultad tiene la responsabilidad social de fomentar el respeto por la información, y esto aplica también para los docentes, quienes al cumplir un papel de facilitadores en el proceso de enseñanza- aprendizaje deben dar ejemplo.
En lo que respecta a los programas académicos, deben incluir dentro de su malla curricular asignaturas, donde se difunda esta legislación y se brinde capacitación sobre cómo citar. De igual forma, los docentes deben fomentar en el aula el respeto por la producción intelectual, esta premisa debe estar presente desde el día del inicio del semestre hasta su finalización. El estudiante debe ser consciente de que el plagio puede acarrearle importes sanciones por parte de la universidad y a nivel legal. Morales Vallejo (2011) sugiere replantear los trabajos que los docentes asignan a los estudiantes, de forma que se dificulte la realización del plagio. Los trabajos deben implicar profundizar sobre un tema y no, simplemente, reproducir información. Para estimular la capacidad crítica del estudiante, es importante que las tareas de los estudiantes incluyan aspectos tales como determinar relaciones, hacer reflexiones personales y comentarios críticos, realizar argumentaciones, obtener consecuencias y aportar nueva información, que permita corroborar lo que se ha leído. La búsqueda bibliográfica, que el docente hace para preparar su asignatura, es una importante herramienta para poder revisar juiciosamente los trabajos que entregan los estudiantes, pues al conocer su materia podrá detectar más fácilmente posibles copias. El uso de herramientas de software capaces de detectar si un texto es producto de plagio también es de gran utilidad.
Por último, es importante destacar que todas las anteriores acciones son fallidas si no existe una reflexión crítica personal y socialmente pertinente, a favor de la evolución de la propia moralidad. El usuario de la información debe ciberalfabetizarse para poder navegar en este océano binario y no correr el riesgo de morir ahogado en esta nueva realidad. El usuario tiene la obligación moral de anticipar el impacto de las acciones que realice con la información que recibe y manipula. Es menester que sea capaz de determinar si la información transmitida tiene credibilidad, y para ello es necesario comprender qué fuentes de información son veraces. La honestidad debe ser la premisa que guíe las actuaciones del individuo y lograr que esto se dé, es una tarea que va desde que nacemos hasta la tumba (García Márquez, 1994).

Conclusiones

La red digital trae consigo oportunidades y peligros. Estos plantean desafíos tanto políticos como éticos. El reto entonces es encontrar la manera en que los valores éticos y sociales se incorporen en la nueva sociedad de la información y así contribuyan al desarrollo humano. Las universidades no pueden estar ajenas a esta nueva perspectiva porque cumplen un papel formador y, por ende, tienen la responsabilidad social de fomentar el respeto por las leyes y regulaciones referentes a derechos de autor. Cada institución debe tener claramente formulados unos compromisos éticos que le permitan definir con claridad el papel que juega la institución y cada uno de sus miembros, dentro de la red informativa en un contexto de pluralismo, igualdad, respeto, honradez, solidaridad, justicia y libertad. La universidad debe enfrentar las causas del plagio y no solamente reaccionar sobre sus efectos. Por lo anterior, debe construir una serie de parámetros éticos organizacionales que contribuyan a la creación de una cultura y de unos valores operativos, a través de los cuales sea posible alcanzar no solo los fines educativos, sociales y económicos, sino también el desarrollo integral de todas las personas que forman parte de la misma.
El Ministerio de Tecnologías, la UNAD y el Ministerio de Educación Nacional de Colombia (2012) indican que el uso recto de Internet es parte fundamental dentro de las transformaciones que deben gestarse en la nueva cibercultura. Por lo anterior, docentes, directivos y funcionarios, al igual que los padres de familia deben preparase para orientar sobre el uso apropiado y la gestión de la información. El respeto hacia el otro debe ser una importante premisa que guíe la vida de todos los miembros de la comunidad educativa.
Finalmente hay que  anotar que, como lo manifiesta Hill Mayoral (2000), la manera en que un individuo percibe su ambiente determina en gran parte sus actuaciones, por ello es tan importante la existencia, pero ante todo el cumplimiento, de unas políticas de transparencia. La universidad y por ende, todos aquellos que la conforman, debe interiorizar estos códigos para que el asunto no se convierta en mera retórica. No obstante, no se debe olvidar que la lucha contra el plagio empieza desde la convicción personal, cuando somos capaces de ignorar las presiones externas que motivan actuaciones desleales y poco transparentes, se está contribuyendo a la dignidad del ser humano (Paladino y Debeljuh, 2005).

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