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Quinto sol

versión On-line ISSN 1851-2879

Quinto sol vol.22 no.3 Santa Rosa oct. 2018

http://dx.doi.org/10.19137/qs.v22i3.3338 

DOI: http://dx.doi.org/10.19137/qs.v22i3.3338

DOSSIER

 

Límites a la libertad de la prensa en la Argentina durante la segunda mitad del siglo XIX. Debates, normativas y prácticas

 

Fausta Gantus1

 

Presentación

Los estudios sobre la prensa han cobrado relevancia y se han multiplicado en las últimas décadas en prácticamente toda América Latina. En este marco de interés, cada vez más, las investigaciones con perspectiva histórica centran su enfoque en la comprensión de la prensa como un actor político; actor cuya presencia resulta imprescindible para entender el espacio público y explicar las dinámicas de las disputas por el poder. Para el caso de la centuria decimonónica, el enfoque obliga a pensar y re-pensar –a partir de las fuentes y de las historiografías sobre el tema– las funciones que desempeñaron/cumplieron y los significados que tuvieron los impresos periódicos en la construcción de los Estados nacionales latinoamericanos y en sus procesos de consolidación, así como en la configuración de las identidades colectivas derivadas de ellos; en la definición de sus escenarios políticos, poblados por las acciones de personas, grupos, facciones y partidos; en la renovación y conformación de leguajes políticos, entre otras varias aristas.
Estamos claros en la importancia que los estudios sobre el mundo de los impresos suponen para la comprensión de la escena política, pero no sucede lo mismo en lo que toca a su regulación. En efecto, buena parte de las investigaciones que se han generado adolecen del desconocimiento –o al menos la falta de referencias– de los marcos normativos en que los periódicos fueron producidos y parecen ignorar su relevancia en lo que toca a su estrecha vinculación con las políticas gubernamentales. Conocer y entender esos marcos supone adentrarse en el tema de la libertad de expresión y/o de imprenta que –aunado a otros conceptos como opinión u opinión pública, forma de gobierno, república, soberanía, democracia, partidos, sociedad, pueblo, y un largo etcétera–, constituyó parte sustancial del debate público habido en los países independizados de España, desde la etapa de sus procesos insurgentes y a todo lo largo del siglo XIX. El debate sobre la libertad de imprenta en realidad antecede a la formación de esos Estados, pues ya al iniciar el siglo, en el contexto de la invasión francesa a España, la convocatoria a cortes y la realización del congreso en Cádiz, el tema cobró singular importancia en las, todavía, colonias americanas.
Los debates fueron escritos y orales; tuvieron lugar en las páginas de los folletos y los periódicos, así como en las tribunas –especialmente en las cámaras de representantes–, y en los espacios públicos –podemos suponer que tanto en el púlpito como en los atrios, las plazas y en las aulas–, y aún en los juzgados; y fueron el terreno de disputa en el que se expresarían diversas voces y los protagonistas medirían fuerzas; en donde se trenzarían y tensarían los argumentos en defensa o en contra de esa libertad. Y la disputa, cabe señalar, no se reduce al enfrentamiento entre autoridades y librepensadores, o entre la prensa oficial y oficialistas y la prensa independiente o crítica –categorías que resultan ya insuficientes para entender el mundo de los impresos, pero a las que nos atenemos aquí por falta de otras mejores–; no, esa disputa enfrentó, en muchas ocasiones, a miembros de un mismo bando político o ideológico que, sin embargo, concebían de maneras diferentes la libertad de imprenta.
¿Por qué es importante conocer esos marcos normativos, hasta ahora tan descuidados por las historiografías nacionales? Porque saber qué se publica no es suficiente para delinear a la sociedad que produce tales impresos, pues es difícil entender cabalmente el fenómeno si no sabemos qué es lo que estaba permitido publicar y cuál era la regulación vigente en cada momento. Esos marcos normativos evidencian las líneas políticas de los gobiernos de turno, permiten entrever las alianzas o diferencias entre los poderes –Ejecutivo, Legislativo y Judicial–, al tiempo que traslucen las tensiones de la lucha por la libre manifestación de las ideas y las opiniones, y revelan también las dinámicas de los enfrentamientos por el acceso al poder. Muestran, igualmente, que “las estrategias para el control de la prensa [...] fueron variadas y habilitaban espacios para cierta negociación entre los editores y el poder político” como lo señala Mariana Pérez en su contribución. Esto es, estudiar lo que la libertad de expresión supone para una sociedad –si es relevante o no, si es tema de discusión, y en qué términos lo es– obliga a penetrar en el conocimiento de los marcos regulatorios que la animaron o que la suprimieron, que la posibilitaron o censuraron y que, en todo caso, la limitaron.
Son esas legislaciones las que permiten comprender qué era lo que circulaba y el tono de lo que se publicaba, así como leer las reacciones y acciones desplegadas por autoridades y particulares para contener a los impresos, cuando no aniquilarlos, o al menos confrontarlos, valiéndose para ello muchas veces de estrategias constreñidas a las vías legales, pero otras tantas acudiendo a recursos como la represión violenta y extralegal, a “herramientas formales e informales de control” como apunta Gabriela García Garino en su artículo. Conocer los marcos normativos es relevante porque, en palabras de María José Navajas y Laura Cucchi, “tales instrumentos provocaron importantes controversias sobre la compatibilidad entre la defensa de las libertades de la prensa y el imperativo de la gobernabilidad”.
Los marcos normativos, entonces, son fundamentales porque revelan las complejidades de las relaciones entre el universo de la prensa y el mundo de la política, pero, sobre todo y especialmente, porque permiten conocer el accionar de los tres poderes de gobierno en los ámbitos regional y nacional, así como sus respectivas interacciones. En efecto, las cuestiones normativas están ligadas íntimamente a las legislativas, así como a las jurídicas, y están intrínsecamente asociadas al Poder Ejecutivo, de ello dan cuenta los cinco trabajos reunidos en este dossier para el caso argentino. Los debates, las discusiones, los discursos sobre la materia permiten entender la complejidad del tema, las preocupaciones del momento, las tendencias ideológicas, las formas de posicionarse de los actores según el bando en el que participaban o el poder que detentaban. También permiten tener en claro que “no podemos pensar al gobierno como un conjunto homogéneo” pues muchas veces lo que evidencian son las fracturas al interior de este, como lo apunta Raquel Bressan.
El conjunto de textos reunidos en este dossier sobre la libertad de imprenta representa un importante aporte al conocimiento del tema en lo que toca a la realidad argentina de la segunda mitad del siglo XIX. Cada uno de manera independiente y todos en común avanzan en el conocimiento existente hasta el momento, abrevan en fuentes primarias y en la historiografía producida, para comprender espacios y tiempos claves del proceso de disputa entre las autoridades y los representantes del mundo de los impresos en lo que a las libertades y abusos de la imprenta refiere. Todos ellos además muestran, de manera muy clara, la inevitable e ineludible relación establecida entre política y prensa.
Para los casos de las naciones latinoamericanas, las historias de la prensa y de la política corren en paralelo, es difícil pensar la una sin la otra, y esto lo analizan y reflexionan los trabajos reunidos aquí de Fabio Wasserman (La ley y el orden. Libertad de imprenta en Buenos Aires durante la década del 1850), Gabriela García Garino (La prensa y la Legislatura: disputas por la opinión pública. Mendoza, 1852-1880), Raquel Bressan (Libertad de imprenta y exilio. Corrientes, 1858-1881), Mariana Pérez (Poder político provincial y la prensa política: entre la libertad de imprenta y el control de la opinión. Entre Ríos, 1862-1870) y Laura Cucchi y María José Navajas (El control de la prensa en la esfera nacional. Debates en el Congreso, la Justicia Federal y la Universidad de Buenos Aires, 1862-1890).
Los cinco estudios, con sus variaciones, centran su interés en el período que corre entre 1850 y 1890, algunos cierran el lente sobre una década en particular, otros recorren varias. Cuatro de ellos se enfocan en los casos de Buenos Aires, Mendoza, Corrientes, Entre Ríos, en lo que toca a sus legislaciones en la materia. Uno, en cambio, se preocupa por mirar lo que ocurre en el ámbito de la legislación nacional y la justicia federal. Otro punto interesante sobre el que se detienen, a su manera, las colaboraciones es el de las reflexiones y los debates desarrollados sobre el significado mismo de la existencia de la prensa, esto es, las consideraciones respecto a la importancia de que existiera y se respetara la libertad de imprenta en franca convivencia con la exigencia de ponerle límites. Porque lo que estaba detrás de esas discusiones no era su simple regulación sino, como acabamos de apuntar, su significado en términos de la sociedad política de la época. En palabras de Fabio Wasserman, los problemas para “implementar la libertad de imprenta durante el siglo XIX se vincularon a la tensión provocada por la consideración de la prensa como un pilar de las sociedades republicanas y civilizadas y, a la vez, como un agente corrosivo del orden”.
Textos como los que se presentan aquí avanzan, para la Argentina decimonónica, en la tarea que permite tener claridad respecto a las cuestiones normativas, y lo hacen con inteligencia, entrecruzando las perspectivas de la historia legal y la política, en más de una ocasión complementada con la intelectual, conceptual y/o cultural. Estudios de caso como estos resultan imprescindibles para ir armando el rompecabezas que, eventualmente, permitirá reconocer paisajes más amplios. En lo que a México se refiere, por ejemplo, la definición de los marcos normativos resulta la mayoría de las veces poco clara, cuando no francamente confusa: saber qué leyes, reglamentos o decretos estaban vigentes en determinados momentos es una tarea ardua. El lugar desde donde se piensa y se escribe, aunque sea obvio, hay que subrayarlo, determina las preocupaciones sobre las que reflexionamos y marca el rumbo de nuestras investigaciones. Mientras los artículos presentados en este dossier revelan la tensión entre los marcos normativos provinciales y el nacional para la Argentina, en México cualquier trabajo sobre la libertad de imprenta, ya aluda a ella de manera referencial, ya centre su atención en el tema mismo, asume que su regulación es un asunto de carácter federal que no está en disputa con las disposiciones que los Estados puedan hacer en la materia, simplemente porque las leyes locales no pueden contravenir lo consignado en las federales pero, sobre todo, porque ni siquiera nos hemos preguntado por las realidades estatales en lo que toca a la legislación de prensa. En efecto, esa tensión no es un tema desarrollado por la historiografía mexicana, no porque la confrontación entre los Estados y la federación no existiera, sino porque sabemos tan poco sobre el marco nacional que no nos hemos dado a la tarea aún de explorar los casos particulares.
La carencia de conocimientos sobre las realidades de otros países se hace evidente cuando se empiezan a explorar las particularidades de cada una, subsanar esta carencia servirá para mostrar las preocupaciones e ideas comunes que marcan épocas y atraviesan los territorios. ¿Libertad irrestricta o regulación de los límites? Ese fue un tema de debate de prácticamente toda la centuria en diversas latitudes, desde Argentina hasta México. Un diálogo entre historiadores de distintas procedencias es ineludible. Debemos empezar a reflexionar en conjunto sobre las coincidencias y las diferencias, no con afán de anticuario, sino con el objetivo de entender las preocupaciones y reflexiones comunes de época. Para poder adentrarse en el reto de hacer estudios comparativos o de historia global e interconectada, es necesario, primero, contar con los trabajos particulares que lo posibiliten, como los que hoy se dan a conocer en esta publicación, hábilmente coordinada por Laura Cucchi y María José Navajas.

Notas

1 Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora. México. Correo electrónico: faustagantus@gmail.com.

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