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Memoria americana

versión On-line ISSN 1851-3751

Mem. am.  no.18-2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jul./dic. 2010

 

ARTÍCULOS ORIGINALES

Tasa y tributo en la temprana colonia: la encomienda de songo, suri y oyuni en las yungas de la paz (1545-1573)

Tax and tribute in early colony: songo, suri and oyuni encomienda in the yungas of la paz (1545-1573)

María Fernanda Percovich*

* Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), Programa de Historia de América Latina (PROHAL), Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani", Universidad de Buenos Aires (UBA), Argentina. E-mail: ferpercovich@yahoo.com.ar

Resumen

En este trabajo se aborda el estudio de las tres tasas conocidas de la encomienda de Songo, Suri y Oyuni del siglo XVI. Estos tres repartimientos se ubicaban en los valles orientales de La Paz y su principal riqueza la constituía su producción de coca. A lo largo de este estudio exploramos las particularidades de cada una de las tasaciones, las características de la tributación y su impacto en la población nativa.

Palabras claves: Encomienda; Coca; Tasa; Tributo.

Abstract

This paper deals with three sixteenth century's tax surveys from the encomienda of Songo, Suri and Oyuni. These three repartimientos were located in the eastern valleys of La Paz, and their main wealth was their coca production. Throughout this study we explore the peculiarities of each tax survey, the characteristics of tribute, and their impact on the native population.

Key words: Encomienda; Coca; Taxation; Tribute.

Introducción

Considerando que el tributo exigido a los indígenas durante la temprana colonia fue uno de los mecanismos centrales para la extracción de excedente y contribuyó a delinear la relación entre colonizadores y conquistados, en este trabajo proponemos explorar las tasas y formas de tributación de una encomienda en la temprana colonia. Abordamos el estudio de los tres repartimientos que integraban la encomienda del mariscal don Alonso de Alvarado y sus herederos en las yungas de La Paz: Songo, Suri, y los quiruas de Oyuni1. Esta encomienda era una de las más ricas de su jurisdicción ya que reunía una numerosa población dedicada al cultivo de coca, actividad que experimentó un importante crecimiento durante la segunda mitad del siglo XVI. Analizamos aquí las tres primeras tasaciones de que disponemos para la encomienda de la familia Alvarado realizadas en 1550, 1557 y 1573. En este periodo, la producción y el comercio de coca se desarrollaron velozmente para satisfacer la creciente demanda indígena de la pujante Villa Imperial de Potosí. Es así como, bajo el impulso de la extracción de plata, la coca devino en una mercancía de notable circulación en el espacio colonial: se transformó en medio de cambio entre grupos indígenas, entre indios y españoles y su cultivo, transporte y comercialización resultó un campo fértil para que empresarios de toda índole realizaran fructíferos negocios (Glave 1983, 1989).

A fin de abordar la complejidad de la problemática relativa a la tributación, y las prácticas y discursos de diversos sujetos en torno a ella, nos interesa diferenciar tasa de tributo. Entendemos tasa como la limitación establecida por la Corona respecto a lo que se debía exigir a cada repartimiento, limitación que como contrapartida establece una medida legítima de extracción de excedente a los nativos. Tributo, en cambio, es lo que efectivamente entregaban los sujetos encomendados. Tasa y tributo podían coincidir o no, respondiendo a muy diferentes factores que intentaremos mostrar a lo largo de este trabajo2.

Con este objetivo trabajamos fuentes primarias de distinta índole entre las que se destacan las tasas, las cuentas de la administración de la encomienda entre los años 1561-1565 y las dos visitas al repartimiento de Songo realizadas en 1568 y 1569, publicadas por John Murra en 19913. Cabe aclarar que aunque nos ocupamos de los tres repartimientos de la encomienda trataremos al de Songo en profundidad pues disponemos de más información para éste, lo cual se refleja en la organización del presente artículo. Así al trabajar las tasas de 1550 y 1557 realizamos un análisis general de la encomienda y luego, en un apartado, abordamos el repartimiento de Songo con más detalle. En esta tarea, se imponen también los recaudos metodológicos del caso: es necesario distinguir lo que establecía la tasa de lo que caciques, quipucamayos5, representantes del encomendero y funcionarios dijeron que se tributaba porque frecuentemente estos enunciadores responden a sus intereses o a las características de la coyuntura política. Dentro de las consideraciones metodológicas también trataremos a las visitas de Songo como resultantes de una puja entre los indígenas encomendados y los representantes del encomendero, en la cual ninguna de las partes escatimó recursos para lograr sus objetivos. Esta puja era escenificada durante cada visita, la cual devenía en un ritual tendiente a imponer la experiencia de la sumisión de todos a la Monarquía (Guevara Gil-Salomon 1996).

Los repartimientos de la encomienda y el tributo previo a la primera tasación

La encomienda agrupaba los repartimientos coloniales de Songo, Suri y Oyuni, los que se ubicaban al este de la ciudad de La Paz, en los valles mesotérmicos que descienden hacia la vertiente oriental de la Cordillera Real (Mapa 1). Los dos primeros se dedicaban principalmente a la producción de coca, mientras los ayllus de Oyuni se dispersaban sobre un extenso territorio que incluía diferentes pisos ecológicos donde producían, además de coca, importantes cantidades de maíz y chuño(5).


Mapa 1. Ubicación preliminar de los repartimientos de la encomienda del mariscal Alonso de Alvarado: Songo (1), Quiruas de Oyuni (2) y Suri (3) (Loza 1984:597; Romano y Tranchard 1991: 610-611; Saignes 1986: 18).

El pasado prehispánico de los grupos encomendados presenta muchos interrogantes. En principio no ha sido posible establecer, o hallar evidencias contundentes sobre, alguna vinculación entre estos colectivos indígenas previa a la conquista española. Sin embargo, encontramos un denominador común entre ellos: diversos investigadores sugieren que en las regiones de Songo, Suri, y Oyuni se habían asentado colonias de mitimaes incaicos y étnicos6 (Loza 1984: 600-606; Murra 1975: 101-115; Saignes 1985: 156, 292-293 y 1988:156).

Respecto a las características de la tributación al Inca, sólo disponemos de información referida al repartimiento de Songo. Éste estaba integrado por tres subunidades llamadas Songo, Challana y Chacapa -cada una se correspondía con un valle. En el interrogatorio realizado durante la visita de 1568, y como estrategia para lograr una disminución del tributo, los líderes indígenas recurrieron a la memoria de lo tributado antes de la llegada de los españoles y declararon las cantidades de hoja de coca entregadas periódicamente al soberano cuzqueño.

Cuadro 1. Tributo anual al Inca de los grupos étnicos que posteriormente integraron el repartimiento de Songo

Fuente: Murra 1991: 77, 134, 190-192 a Un cesto de coca equivale aproximadamente a 18 libras, o sea 8,28 kg (Matienzo [1567] 1967:91).

Luego de la conquista española, Francisco Pizarro otorgó la encomienda de Songo, Suri y Oyuni a Gabriel de Rojas. Como entonces no había limitaciones a lo que los españoles podían exigir de los nativos, estos vieron multiplicadas las exigencias tributarias; los detalles de este incremento se registraron en los cuestionarios de 1569. Por lo tanto, en Songo el número de cestos de coca a entregar aumentó alrededor de un 880%: saltó de 275 cestos anuales brindados al Inca a los 2700 reclamados por Rojas (Murra [1568-70] 1991: 267). La codicia del encomendero se manifestó en el uso sistemático y cotidiano de la violencia, algo que quedaría en la memoria de los nativos. Al respecto Martín Coati, cacique principal de Songo en 1568, relataba:

que oyo decir a su padre que en tiempos de Gabriel de Rojas estaba un ynga llamado Auqui Gualpa el cual tenía el dicho Rojas para cobrar la tasa y demas cosas que tiene declaradas por el dicho Rojas allende de lo susodicho pagaban oro y plata y lo pesaben los dichos indios con una piedra de cobre y del tamaño que no se podía apretar con ambas manos. Y que para dar el dicho oro y plata allende de la demas tasa que tiene declarado los hacía colgar a los dichos caciques y les hacía otras molestias y vejaciones muy grandes y les hacía buscar el dicho oro y plata(Murra [1568-70] 1991:505-506).

Es notoria la presencia de un "Ynga" recaudador, estrechamente vinculado a Gabriel de Rojas, que a más de veinte años de estos episodios es recordado por las autoridades indígenas como agente de la explotación encomendera. Tal vez el mencionado Auqui Gualpa era un resabio de la administración cuzqueña en la región. El testimonio no se presenta aislado sino que otros caciques también lo mencionan, dando cuenta de las tempranas alianzas entre encomenderos y líderes de las sociedades conquistadas.

En esta línea rescatamos el testimonio de Alonso Hayla, cacique del ayllu Hurinsaya de Challana, quien comentaba:

en tiempo de Gabriel de Rojas estaba en estos valles un ynga llamado Auqui Gualpa puesto por el susodicho el cual cobraba la tasa estos repartimientos y ahorcaron sobre ello 2 caciques de este repartimiento (Murra [1568-70] 1991: 506).

La presencia del recaudador generaba tal rechazo entre los indígenas de Songo que hubo quienes intentaron matarlo -con el peor desenlace para ellos. En el terreno de las especulaciones, nos preguntamos si la aversión al recaudador era nueva como la encomienda o escondía sus raíces en el periodo previo, cuando tributaban coca al Tawantinsuyu.

La tasa ordenada por el licenciado Pedro de la Gasca

El Licenciado Pedro de La Gasca, presidente de la Audiencia de Lima, llegó al Perú a mediados de 1547 con la misión de sofocar la rebelión encomendera liderada por Gonzalo Pizarro y reorganizar el territorio de acuerdo a las Leyes Nuevas. Dado que justamente este corpus legal, regulador de las atribuciones de los encomenderos sobre los nativos, había motivado la rebelión la tarea de La Gasca se tornaba compleja. Luego de derrotar militarmente la rebelión, el Presidente organizó un relevamiento de las encomiendas existentes en el territorio y reasignó mercedes para beneficiar a los leales a la corona. Este reparto estuvo lejos de satisfacer a todos los pretendientes y generó un foco de tensión que, en algunos casos, devino en levantamientos armados. En este contexto, se elaboró una primera tasación que llevaba la impronta de la coyuntura política que la originó: era un compromiso entre la necesidad de contentar a los encomenderos y la aplicación de las Leyes Nuevas.

Al momento de aplicarse la tasación general a la encomienda paceña su titular era el mariscal Alonso de Alvarado, veterano de la conquista. No podemos precisar exactamente la fecha en que estos repartimientos fueron otorgados en encomienda al mariscal. Gabriel de Rojas falleció a principios de 1549 pero la encomienda no fue reasignada inmediatamente a Alvarado. Según algunas referencias luego de la muerte de Gabriel de Rojas por un breve periodo don Alonso de Mendoza se apropió de los productos del repartimiento de Songo y fue encomendero de Chacapa y Simaco (Tranchard 1985: 483; Actas capitulares de la ciudad de La Paz 1934: 289-293). Lo cierto es que don Alonso de Alvarado fue titular de la encomienda sólo entre 1550 y 1555, fecha de su deceso, pero sus herederos disfrutarán más largamente de las rentas de esta merced. Tras su muerte doña Ana de Velasco, su viuda, fue designada tutora y curadora de sus hijos menores de edad y administradora de los bienes del matrimonio. El primogénito y heredero de la encomienda, llamado también Alonso, falleció prematuramente y en reconocimiento a los servicios prestados por el difunto Mariscal se otorgó la encomienda al segundo de sus hijos varones, don García de Alvarado.

Accedemos a la tasa de 1550 de la encomienda de don Alonso de Alvarado mediante el cotejo de dos documentos. En primer lugar, María Rostworowski (1983) publicó un resumen de la tasa donde figura la tasación de los repartimientos de Songo y Oyuni. Por otra parte, Geneviève Tranchard (1985) halló, insertos en un pleito, resúmenes de la tasa tributaria de los tres repartimientos lo que nos permite completar la información para toda la encomienda. Aunque es notorio el detalle con que se enumeran los tributos a requerir no ocurre lo mismo con la información demográfica que aportan estas fuentes pues resulta muy incompleta: sólo la versión publicada por Rostworowski señala que en Songo había 219 indios y en Oyuni 518, pero omite Suri. A su vez, no indica si estos números refieren a varones adultos o a la población total, aunque nos inclinamos a considerar que se refiere a tributarios7. Estos guarismos son llamativamente bajos respecto a otros posteriores, como los de 1573 que registran 362 tributarios y 1848 pobladores en Songo, y 795 tributarios y 3580 habitantes para Oyuni. Esa diferencia resulta más notoria aún al confrontarla con estudios demográficos que destacan que en Charcas, en líneas generales, la población disminuyó en un tercio entre los tiempos del Inca y 1560 y otro tercio desde 1560 hasta 1573 (Sánchez Albornoz 1978: 34). Cabe señalar que en el ensayo introductorio a la publicación de la tasa de La Gasca, María Rostworowski advertía sobre la fragmentación de la información que ofrece el documento, lo elevado del tributo y el descuido evidenciado por los visitadores; es más, sugiere la posibilidad de que la tasa no se adecuara a la información resultante de las visitas (Rostworowski 1983: 58). En esta línea sugerimos dos alternativas: o bien un subregistro de población -lo cual podría responder a una estrategia indígena para disminuir la tasa que a la postre no resultó efectiva- o la notable impericia de los visitadores. Sin embargo, no descartamos la influencia de otros elementos propios de la coyuntura en tanto la tasa de La Gasca se realizó inmediatamente después de finalizadas las guerras civiles, tras más de diez años de enfrentamientos recurrentes entre españoles -y entre estos y los nativos- que afectaron a los pueblos indígenas quienes forzosamente debieron participar en las contiendas. Además de reflexionar sobre la premura con que se realizó la primera visita general, antes de que La Gasca abandonase el Perú, hay que considerar el impacto de la epidemia de viruela que asoló la región en 1546 y la influencia de las exigencias tributarias de los encomenderos (Mellafe-González 1991: 639), a quienes La Gasca intentó aplacar con concesiones y perdones a pesar de su rebeldía.

En los cuadros 2.1, 2.2 y 2.3 registramos la tasa, tal y como aparece en el documento, tan sólo sumamos y consignamos un total anual en el caso de los cestos de coca para facilitar la comparación posterior.

Cuadro 2.1. Tasa de los repartimientos que integraban la encomienda del mariscal Alonso de Alvarado, 1550. Cultivos y prestaciones en trabajo

Fuentes: Rostworowski 1983-1984: 53-102; Tranchard 1985: 487-496 a Una fanega equivale a 55,5 litros. b Chuño: papa y otros tubérculos helados y deshidratados.
c Los dos documentos coinciden en el total de fanegas exigidas pero la versión de Tranchard ofrece más detalle en el destino de las fracciones.

Cuadro 2.2. Tasa de los repartimientos que integraban la encomienda del mariscal Alonso de Alvarado, 1550. Otros productos


Fuentes: Rostworowski 1983-1984: 53-102; Tranchard 1985: 487-496
a No es posible precisar el significado del término siquira-coca pero podemos proponer algunas hipótesis. El sikili es un árbol que se planta entre los cocales y da unas vainas de carne dulce (Spedding 1994: 52-53), tal vez la tasa incluyera estos frutos. El término aymara sik'iraña significa cosechar la coca sin cuidado, arrancando sus hojas; según estudios contemporáneos esta forma de cosechar perjudica a dichas hojas (Spedding; 1994: 275). Jan Szeminski también destaca la similitud con el término arrancar (comunicación personal) pero desconocemos el uso específico dado a estas hojas en este caso. b Mandor es un colorante, actualmente usado en los guisados y el chocolate (Meyers 2002: 145). c En estos productos hay una diferencia en la periodicidad de su entrega, El documento publicado por Rostworowski indica "cada mita" y el publicado por Tranchard "cada mitad". d Aunque la cantidad total entregada cada año no varía nuevamente se observan diferencias entre las fuentes, la tasa publicada por Rostoworoski indica el total de las magnitudes anuales, la de Tranchard registra el tributo semestral -y presenta más detalles en las características de la ropa requerida.

Cuadro 2.3. Tasa de los repartimientos que integraban la encomienda del mariscal Alonso de Alvarado, 1550. Tributo para el sustento del clérigo

Fuentes: Rostworowski 1983-1984: 53-102; Tranchard 1985: 487-496

Aunque haya sido comentado en reiteradas oportunidades, llama la atención la complejidad de esta tasación por la variedad de productos exigidos y la disímil distribución en el tiempo de lo requerido: cada mita, cada año, cada uno, tres, cuatro o seis meses, etc. Sin duda la existencia de un calendario tributario tan complejo afectó los ciclos productivos. A su vez, difieren los lugares en que debían entregarse los componentes del tributo: en la casa del encomendero o en su chacra particular, en Luribay, en Yaco, en La Paz, en las tierras de los repartimientos. Muchos de estos sitios se hallaban alejados unos de otros y de las áreas productoras motivo por el cual responder a estas exigencias implicó coordinar las entregas y acarreos; en suma presentaban un desafío organizativo adicional para los nativos y otra vía de explotación. También observamos cómo a pesar de las prohibiciones reales se siguió legitimando la práctica del servicio personal, los indígenas eran obligados a trabajar tanto en la casa del encomendero como en sus sementeras particulares.

Estas observaciones nos llevan a sugerir que la tasa tenía diferentes objetivos; en primer lugar, extraer un producto con alto valor mercantil como la coca y, en segundo lugar, facilitar al encomendero el traslado de los cestos de coca a Potosí, oferta de mano de obra y productos para costearlo. Esto es evidente observando el tributo asignado al repartimiento de Oyuni ya que a los quiruas no se les exigía grandes cantidades de coca sino el entero de mayor variedad de productos y prestaciones laborales. Por ejemplo, se indicaba que entregaran maíz y chuño para alimentar a los arrieros que concurrían a Potosí, que dieran sogas para atar el ganado y toldos utilizados en el transporte de coca, que cuidaran los rebaños del encomendero y concurrieran con las caravanas a Potosí. En este sentido, es notorio que tanto estas prestaciones como los cestos de hoja confluyesen en Yaco o Luribay, sitios ubicados a considerable distancia de los valles productores pero que resultaban los asentamientos de la encomienda más próximos a Potosí8. Los dos últimos objetivos de la tasa eran proveer la casa del encomendero y sustentar al clérigo, ambos tendían a garantizar que Alvarado pudiera cumplir con las obligaciones inherentes a su función: mantener casa poblada en la ciudad y evangelizar a sus encomendados.

Interesa destacar entonces cómo en 1550, luego de cinco años del descubrimiento español del Cerro Rico de Potosí, las tasas de los tres repartimientos de la encomienda del mariscal Alvarado parecen ensamblarse ajustadamente no sólo para ofrecer a su encomendero productos de la tierra sino también para facilitar el traslado de los cestos de coca a Potosí. Ahora bien, no podemos dejar de preguntarnos por la gestación de la tasación de estos repartimientos: ¿cómo se logró esta articulación?, ¿existía previamente?, ¿desde cuándo? y ¿cuál fue su impacto? Creemos que los visitadores cuando tasaron el repartimiento de Oyuni, al que asignaron actividades relacionadas con el transporte de coca, estaban contando con la provisión de los otros repartimientos. Nos preguntamos entonces: ¿los visitadores tasaron repartimientos aislados o encomiendas? y ¿negociaron los puntos clave con el encomendero? Sugerimos que más allá de los objetivos de esta tasación, orientados a disminuir las cargas de los nativos, en su gestación se impusieron los intereses mercantiles y las prácticas tendientes a maximizar los beneficios de los encomenderos. Queda planteada la pregunta en torno a si esta articulación entre los repartimientos se basa en lazos prehispánicos o se trata de un ensamble colonial.

Al observar las regulaciones impuestas a los tres repartimientos de la encomienda, Songo, Suri y Oyuni, es notorio que la tasa no sólo señala la especialización cocalera de la encomienda sino que refleja, y de algún modo legitima, la articulación de los repartimientos acentuando su orientación al mercado. Destacamos este punto porque aunque acordamos con la lectura general que realiza Carlos Sempat Assadourian sobre esta primera tasación, quien plantea que estaba orientada por el espíritu lascasiano pero resultó perjudicial para los indígenas porque desarticulaba formas previas de producción y ocupación del espacio, nos parece interesante preguntarnos por lo que articulaban las tasas (Assadourian 1988:109-146). Al respecto, observamos que la de 1550 articulaba a los tres repartimientos generando una nueva complementariedad entre ellos. Era una complementariedad orientada al mercado en la que, además de otros productos, Songo y Suri proveían numerosos cestos de coca y Oyuni aportaba arrieros, pastores y porteadores para facilitar su traslado a Potosí. Por lo tanto, entendemos que en este caso la tasa de 1550 favorece la mercantilización de la hoja de coca y la maximización de las rentas del encomendero.

El repartimiento de Songo: memoria e impacto de la tasa de 1550

Contamos con otra información, al menos para el repartimiento de Songo, que puede orientarnos para elucidar el problema del impacto de la tasa: se trata de los testimonios de caciques y quipucamayos sobre lo que tributaban antes y después de la tasa de La Gasca. Estos testimonios están insertos en las averiguaciones que se hicieron en el marco de las dos visitas realizadas entre 1568 y 1570. En este caso los registros conservados por los especialistas resultan una pieza fundamental para sustentar el reclamo indígena, una forma de contraponer al saber burocrático con la memoria étnica. En el Cuadro 3 comparamos la tasa de la Gasca con lo que los líderes de Songo señalaron como tributo antes y después de ella.

Cuadro 3. Comparación entre la Tasa de 1550 y los testimonios de los quipucamayos sobre la tributación anterior y posterior - Repartimiento de Songo

Fuentes: Tranchard 985: 487-490; Murra 1991: 267-277.

En primer lugar, al observar el cuadro notamos una ausencia: en el período previo a la tasación no se registra el oro y la plata exigido por el encomendero. Por cierto, los caciques manifestaron que la pagaban aparte de lo señalado pero no consignaron la magnitud precisa, porque "se hacía pesar con una piedra grande de cobre" (Murra [1568-70] 1991:280). Esta breve mención parece indicar que no llevaban una contabilidad de lo entregado a su encomendero en metálico, lo cual plantea la siguiente pregunta: ¿eran exacciones inscriptas en el ámbito de lo extraordinario? Sugerimos que tal vez el registro de los metales se llevaba aparte, tal y cómo lo observan Platt et al. en la federación QaraQara-Charka (2006: 350-361).

Al comparar la tasa de 1550 y el tributo a Rojas detectamos una reducción de un 26% en coca, sin modificaciones sustanciales en los otros rubros9. Aquí se presenta un problema porque los tasadores y quipucamayos no utilizaron iguales unidades de medida para registrar mandor, cera y miel; sin embargo, los registros indígenas no señalan ningún cambio en las cantidades entregadas antes y después de la tasa: ¿serían unidades equivalentes? Respecto a estos productos, es notorio que la tasa no parece generar cambios respecto a lo tributado previamente.

Para el período posterior a la tasación de 1550, los quipucamayos no registraron la entrega de ovillos de lana, guascas, maderos, ni el sustentar al clérigo, aunque señalaron haber tributado 70 cestos de coca más de lo estipulado. Sugerimos que quizá existía una conversión concertada entre el encomendero y las autoridades indígenas, ya que la misma práctica se registra unos años más tarde. Desde luego, también puede haber aquí una imposición extra-tasa del encomendero.

Además, aparece una diferencia en los lugares de entrega del tributo en coca, la tasa indica Lorivaya -denominado también Luribay- pero los indígenas declaran que depositaban los cestos de coca en Yaco. Nos preguntamos cuáles son los motivos de esta diferencia: ¿por qué los indios llevaban la coca a Yaco?, ¿habría allí un tambo prehispánico o infraestructura para almacenar los cestos? Lo cierto es que para los songueños la tasa no modificaba la situación previa: los indios continuaban obligados a cargar los cestos hasta sitios alejados de sus poblados como cuando estaban encomendados en Gabriel de Rojas. Al respecto, por los testimonios de los caciques de Songo conocemos que esta no era una práctica prehispánica, dado que entonces los entregaban en sitios más próximos a sus asentamientos (Cuadro 1). Así de acuerdo a los registros de los caciques y quipucamayos de Songo, salvando la reducción en los cestos de coca exigidos, la tasa de La Gasca no implicó una marcada ruptura con las formas previas de tributación sino que reforzó lo establecido previamente por el encomendero.

Las retasas de la década de 1550 y las cuentas de la encomienda

La derrota del último alzamiento encomendero liderado por Hernández Girón en 1554 y la llegada del virrey Andrés Hurtado de Mendoza, marqués de Cañete, inauguró un período más receptivo para las peticiones de los caciques, quienes pudieron presentar reclamos por los abusos de sus encomenderos y solicitar retasas. Como en este período las autoridades étnicas adquirieron mayor visibilidad, en este apartado intentaremos perfilar algunas aristas de sus prácticas en relación a la tasa y el tributo. En este contexto, luego de un reclamo de los caciques, se estableció una nueva tasa para la encomienda de los Alvarado. En este caso, nuestras fuentes no registran datos demográficos puntuales que puedan enmarcar esta tasación. En el Cuadro 4 se detallan las tasaciones de Songo y Suri, no se consigna la del repartimiento de Oyuni porque no disponemos de ella.

Cuadro 4. Tasa de 1557 de los repartimientos de Songo y Suri que integraban la encomienda del mariscal Alonso de Alvarado

Fuente: Tranchard 1985: 495-497

Como primera observación, notamos que respecto a la tasa anterior el tributo se redujo sólo a coca, suprimiéndose las otras prestaciones salvo el sustento del clérigo. En cuanto a la tasa en coca el monto de cestos requerido disminuyó de 2000 a 1700 en Songo (15% menos) y de 1500 a 1150 cestos anuales en Suri (23% menos). A su vez, se modificaron los lugares donde debían ser entregados al encomendero: a los ayllus de Songo les correspondía un sitio distante a dos leguas, llamado Cañaviri, y los de Chacapa y Challana debían hacerlo en una estancia intermedia, Charaque, ubicada a dos leguas de cada pueblo. Los indígenas de Suri, pasaron a entregarlos en Inquisive, a cuatro leguas de su asentamiento principal. Aunque no coinciden los topónimos, notamos aquí una mayor similitud con lo referido por los caciques de Songo, Challana y Chacapa para el periodo prehispánico: la entrega del tributo en sitios más próximos a sus asentamientos.

Una cuestión subyacente en las retasas era la supresión de los servicios personales, los cuales habían sido limitados pero no eliminados debido a las tensiones de la coyuntura. Antes de que se implementaran las retasas los encomenderos de La Paz percibieron que se verían perjudicados e intentaron revertir la situación por vía legal. Así en 1553, solicitaron a Su Majestad que dejase sin efecto la supresión del servicio personal y les permitiera disponer del trabajo indígena porque lo necesitaban en el servicio de sus casas y en las actividades de transporte de productos a Potosí. Argumentaban, además, que no era dañino para los naturales; muy por el contrario, les permitía concurrir a Potosí con sus propios frutos y comerciarlos (Assadourian 1988: 141). A pesar de este intento, no lograron su propósito.

En el caso de la encomienda del hijo del mariscal Alvarado, la eliminación de las prestaciones en trabajo y el cambio en los lugares de "entero" del tributo a partir de 1557 generó un problema que debía resolverse: ¿cómo garantizar el transporte de coca desde Cañavire, Charaque e Inquisive hacia sus mercados sin afectar demasiado las rentas de la encomienda? Para atisbar algunas respuestas a este interrogante disponemos de una serie de documentos sumamente ricos: las rendiciones de cuentas de Diego García de Villalón, administrador de la encomienda entre 1561 y 156510. Estos documentos fueron trabajados por Romano y Tranchard (1991) para estudiar la renta de la encomienda, aquí vamos a utilizarlos focalizándonos en la tasa.

La venta de los cestos de coca era la principal fuente de ingresos del encomendero pero no la única, también se registraron ventas de fanegas de maíz percibido como tributo, y de trigo obtenido de la sementera del encomendero. Aunque carecemos de la retasa de Oyuni, sabemos que las fanegas de maíz provenían de este repartimiento porque las cuentas de la encomienda así lo indican11.

La comercialización de los cestos de coca se realizaba en Potosí y en ocasiones también en Callapa, en La Paz y "en los carangas", en pleno altiplano orureño12. Como vimos, la retasa modificó los lugares de "entero" del tributo, planteando al encomendero el problema del traslado de los cestos de coca a los mercados y la necesidad de disponer de mano de obra para realizarlo. En este sentido, el administrador explicita que una de las razones para no vender la coca en Potosí es limitar los costos del transporte:

los quatrocientos y nobenta y nuebe [cestos] restantes los bendió el dicho Diego García de Villalón de La Paz, en los precios de cómo se vendiese en Potosí y la demas coca desta dicha mita los puso en los carangas por ahorrar el trabaxo de que no fuese el ganado a Potosí13.

Los documentos evidencian que gran parte de las fanegas de maíz obtenidas a modo de tributo se destinaban a pagar salarios y raciones a los indios arrieros, los pastores y los que transportaban los cestos de coca -aunque en las cuentas se indica el valor monetario de los salarios y las raciones se señala su pago en especie14. Entonces vemos cómo con recursos propios de la encomienda se resolvieron las limitaciones que las retasas impusieron al encomendero. De este modo, se contrató a indios de la encomienda para el transporte de la hoja y otras tareas y se evitó adjudicar a tales fines pesos o cestos de coca. Esta reasignación de recursos fue posible dada la articulación complementaria entre los repartimientos de la encomienda. Por cierto cabe preguntar: ¿tenían los nativos la posibilidad de negarse a participar en las actividades de transporte? o ¿cuánto de compulsión había en estas actividades que ya no eran legalmente obligatorias? Además: ¿cubrirían las raciones en especie las necesidades de los arrieros?, ¿se consumían en su totalidad?, ¿preferían venderla o intercambiarla? Por cierto, estas actividades no podrían haberse llevado a cabo sin previos acuerdos entre los caciques y el administrador de la encomienda.

La encomienda, además de proveer todo lo establecido en la tasa, se constituía en fuente de ganancia mercantil extra al brindar mano de obra al encomendero para la reproducción de su ganado. Al respecto, en las cuentas consta que en 1560 García de Villalón, el administrador, entregó 968 cabezas de carneros de la tierra de la madre del encomendero a los caciques. Más tarde, en 1565 los líderes indígenas detallan las pérdidas y la evolución de los rebaños que debían cuidar como carga adicional. Los carneros de la tierra se utilizaban en el transporte de la coca a sus puntos de venta, motivo por el cual su cuidado vinculaba a los indígenas con la responsabilidad de los trajines de la hoja. Por su parte el administrador trasladaba esa información a doña Ana de Velasco, madre y tutora del encomendero menor de edad15. Así indios y encomenderos se vinculaban, más allá de las asignaciones de la tasa, en negocios cuya rentabilidad y provecho para los nativos desconocemos. En esta línea, las cuentas de la encomienda indican otro tipo de vinculación entre el administrador y los caciques, como la concertación de una modificación en la tasa. Al respecto en 1563 lo caciques de Oyuni y García de Villalón acordaron que el tributo se compondría de 750 fanegas de maíz en lugar de las 500 fanegas de maíz y 250 de chuño prescriptas16.

Sintetizando, las retasas redujeron la variedad de las prestaciones y la cantidad de cestos de coca exigidos como tributo. Sin embargo, más allá de la tasa, a los indígenas se les requirieron otras prestaciones amparadas por el acuerdo entre las autoridades indígenas y el administrador. Por su parte, cabía esperar que la eliminación de los servicios personales y la modificación de los lugares de entrega de la coca afectaran negativamente la articulación entre los repartimientos y, con ello, la viabilidad de la encomienda como empresa orientada al mercado. Sin embargo, estas limitaciones fueron superadas destinando parte del tributo en maíz a pagar los salarios de los arrieros y asignando el control y cuidado del ganado del encomendero a los indígenas encomendados. Por cierto, al analizar las cuentas de la encomienda encontramos una diferencia con respecto a las observaciones en torno a la tributación temprana-colonial elaborada por Platt (1978: 33-46) a partir del estudio del repartimiento de Macha, ubicado en el norte de Potosí. Según Platt, como desde 1553 el repartimiento de Macha estaba "en cabeza de su majestad" los caciques debían vender los bienes que componían la tasa en Potosí para cumplir con el monto requerido por el tesorero real. Para caracterizar esta situación el mencionado autor utiliza conceptos como comercialización forzada y conversión -de dinero en especie- administrada. No podemos aplicar estos conceptos para el caso de Songo, Suri y Oyuni, donde el encomendero y su administrador optimizan el negocio del tributo para obtener una ganancia mercantil extra al beneficiarse de la mano de obra y de la fluctuación de un producto -la coca- tan apreciado en el mercado. De tal manera la propuesta de Platt, que apunta a un repartimiento altiplánico carente de encomendero y en diferentes condiciones de dependencia y mediación con los funcionarios españoles, no es útil para este estudio pero sí para resaltar la variedad y complejidad de situaciones tributarias que convivieron en el período (Platt 1978: 33-46).

Discutiendo la tasa: el repartimiento de Songo entre 1557 y 1570.

En esta ocasión, la descripción de los quipucamayos de Songo sobre lo que pagaban luego de la tasación de 1557 no aporta sustanciales diferencias con la tasa. Ahora bien, las visitas de 1568 y 1569-70 al repartimiento de Songo, Challana y Chacapa se originaron en una solicitud de retasa por lo que ofrecen otra mirada en torno a la tasa y el tributo. En cuanto a la evolución demográfica de estos pueblos hasta 1568 Mellafe y González (1991: 638-640) consideran que desde la conquista la población se redujo a la mitad a causa del despojo realizado por los europeos, los cambios en las formas de trabajo y la gran incidencia de las epidemias, aunque señalan la posibilidad de que este descenso se viera atemperado por el efecto de migraciones hacia la región impulsadas por motivos económicos.

La primera visita se inició luego de que un grupo de caciques solicitara ante la Audiencia de Charcas la realización de una inspección para lograr una rebaja en la tasa, ya que había disminuido el número de indios, los chunchos asolaban los pueblos fronterizos y, además, porque al no poder "enterar la tasa" el administrador García de Villalón los encarcelaba frecuentemente dificultando aun más sus labores agrícolas. Por cierto, estas declaraciones presentan un interesante contrapunto con los acuerdos entre los líderes de Oyuni y el administrador, registrados en las cuentas de la encomienda tres años antes. Al respecto, cabe preguntarse si hubo algún episodio particular que generó tensiones, si estamos ante vínculos diferenciales entre los líderes de Songo y Oyuni con el administrador, o si una y otra práctica eran estrategias que sin ser contradictorias resultaban compatibles para acomodarse/resistir las imposiciones coloniales. Más allá de estas consideraciones, la inspección resultó favorable a los indígenas que lograron una reducción del monto del tributo del orden del 30 % -porcentaje que ninguna tasa anterior alcanzó- (Murra [1568-70] 1991: 194-195).

Los representantes del encomendero no se conformaron con estos resultados, adujeron falta de idoneidad por parte de los visitadores y sus conclusiones y hasta del hecho formal de sus designaciones17. Atendida la petición, un año más tarde se llevaba a cabo una segunda visita. Esta inspección presentó diferencias con la anterior y algunas novedades; por ejemplo, cuando ya había trascurrido buena parte de la visita don Alonso Apata, curaca del ayllu Macachaya, declaró que él y todos los otros ayllus del repartimiento de Songo tenían chacras de comunidad y a instancias de las autoridades principales las ocultaban. Agregó que los líderes de Songo los obligaban a trabajar para ellos alrededor de veinte días al año, situación que resultaba muy abusiva -un año atrás había dicho que les ayudaban en sus tierras entre uno y tres días al año- y denotaba la dependencia de Macachaya de las autoridades mayores. Finalmente, don Alonso informó que los indios de Songo cuidaban, en tierras de altura, un rebaño de 2000 cabezas de ganado de doña Ana de Velasco, madre del encomendero, con lo cual se mezclaban los bienes e intereses de los nativos, sus autoridades y la madre del encomendero (Murra [1568-70] 1991: 312-315). Tras sus declaraciones todos lo indios de Macachaya declararon lo mismo y las autoridades coloniales entrevistaron nuevamente a los principales del repartimiento, quienes se vieron forzados a reconocer la existencia de chacras de comunidad. Luego de este episodio, los caciques de Challana y Chacapa también se vieron compelidos a declarar recursos que previamente habían ocultado18.

Es así cómo en el contexto en que se discute la tasa se quebró el frente cacical que la había reclamado y había logrado una notable reducción un año antes. Este incidente, muestra las tensiones que generaba la distribución de las obligaciones tributarias al interior del repartimiento y evidencia una erosión de la legitimidad de las autoridades principales. También revela acuerdos para ocultar recursos que consideramos como la contracara de las alianzas entre las elites indígenas y el administrador de la encomienda, verificadas en años previos.

Luego de la segunda inspección, el visitador Bartolomé de Otaçu elaboró una propuesta de tasa que fue impugnada por Jorge Ortega, curador de los indios, y en consecuencia la Audiencia de Charcas confeccionó otra alternativa. En el Cuadro 5 presentamos las diferentes propuestas de tasa elaboradas en esa coyuntura.

Cuadro 5. Comparación entre el tributo en 1568 y la propuesta de tasa de los visitadores (en cestos de coca anuales)

Fuente: Murra 1991: 77, 134,190, 193-196, 524-534, 552-554

Observando esta evolución, notamos que el segundo visitador, Bartolomé de Otaçu, no fue tan favorable a los indígenas como los anteriores pues evaluó los datos de población del repartimiento y al tomar por válido el número de tributarios de 1549 concluyó: "van en grande aumento estos yndios" (Murra [1568-70] 1991: 525). Así su evaluación y propuesta de tasa no modificaba el total de cestos a entregar respecto a la retasa de 1557 pero alteraba levemente su distribución dentro del repartimiento. Ahora bien, Kristina Angelis Harmenning (2000: VII- XXXIII) publicó unos folios, no incluidos por Murra en su edición de la visita de 1569, que muestran cómo el visitador elaboró la propuesta de tasa y nos permite acceder a la génesis de esta. Se trata de "La memoria y relación y de la manera que se a de repartir la tasa", allí vemos que Bartolomé de Otaçu evaluó según sus criterios la capacidad de cada unidad doméstica y distribuyó el tributo entre ellas. En su informe, vuelve a enumerar una a una las unidades domésticas censadas e indica cuánto pagaban antes y cuánto debían pagar en adelante, justificando su decisión con argumentos muy interesantes. Evidentemente Otaçu se estaba atribuyendo la prerrogativa de distribuir el monto total de la tasa entre las unidades domésticas, facultad hasta entonces reservada a las autoridades étnicas. Veamos algunos de los criterios del Visitador para elaborar la tasa.

En primer lugar, Otaçu establece una cantidad de cestos anuales para cada unidad doméstica. Esto es diferente a lo declarado por lo indígenas en la visita quienes ante la pregunta sobre lo que tributaban a su encomendero informaban la cantidad de cestos de coca por cada mita, no anualmente. A su vez, quitó la obligación de entregar coca luego de la cosecha de agosto porque, según testimonios de los indígenas, ésta solía ser menos abundante dificultando el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Angelis Harmenning 2000: VII).

En muchos casos el Visitador modificó la asignación previa, aumentando o rebajando los cestos a tributar. Es notorio que obligó a cumplir con la tasa a indios que decían no pagar porque eran "criados" o "yanaconas" de los caciques, y también obligó a tributar a los caciques19. Esta tendencia, que se agudizará con la tasa toledana, logró aplanar las jerarquías internas de los ayllus -al menos en la normativa.

Adicionalmente, el Visitador no asignó tasa a huérfanos, enfermos, hombres muy viejos y viudas mayores de edad y con pocos recursos pero obligó a las viudas jóvenes a pagar ya que poseían numerosas chacras y parientes para trabajarlas. Otro dato interesante es que, en muchos casos, ante una unidad doméstica encabezada por una viuda mayor pero con un hijo joven se indicó que debía tributar cuando el muchacho cumpliese veinte años, consignando puntualmente a partir de qué año y el número de cestos. De algún modo, Otaçu estaba utilizando el criterio de "sujeto tributario" pero sin que coincidiera plenamente con el toledano porque apuntaba a varones mayores de veinte años - no de dieciocho- y además no excluía a las mujeres.

En ciertos casos, al distribuir la tasa se estableció que los indios debían pagar su parte del tributo de las chacras de comunidad. No encontramos un denominador común para las unidades domésticas afectadas por esta decisión ya que si bien algunas estaban integradas por viudas y solteros, que se decían "pobres" y poseían pequeñas extensiones de tierras, también fue indicado para unidades domésticas sin ninguna especificación.

Bartolomé de Otaçu también consideró casos puntuales, tales como el de un hombre que manifestó que su chacra se había derrumbado y fue eximido de pagar durante un año, o el caso de un joven recién casado que dijo no tener chacra a quien los caciques debían asignarle tasa cuando la tuviera (Angelis Harmenning 2000: XII, XV).

Vemos esbozados aquí algunos de los criterios toledanos, como la exención del tributo a viejos y enfermos, la supresión de privilegios a los yanaconas de los caciques, o la consideración de una edad mínima para exigir tributo a un individuo. No obstante, Otaçu se diferencia de Toledo porque su tasación era el resultado de una evaluación detallada de las particularidades de cada unidad doméstica, de una mirada pegada a los sujetos y no producto de la aplicación de una normativa general como la que impondrá la tasa toledana.

A pesar de la dedicación de Otaçu, su propuesta de tasa fue impugnada por el curador de los indios quien la consideró excesiva. Tras su apelación la Audiencia de La Plata elaboró otra tasa que reducía el tributo (Cuadro 5); el pleito no se resolvió inmediatamente porque el encomendero cuestionó la tasa de la Audiencia. Finalmente en 1573 el Consejo de Indias afirmó la segunda sentencia de la Audiencia de Charcas en la que se confirmaba el parecer del visitador Bartolomé Otaçu. Sin embargo ese mismo año el virrey Toledo impuso otra tasación, asentada sobre criterios diferentes a los vigentes hasta ese momento (Murra [1568-70] 1991: 538-561; Angelis Harmenning 2000: V).

La tasa del virrey don Francisco de Toledo

Disponemos de una tercera tasa, correspondiente a la impuesta tras la Visita General ordenada por el virrey Toledo en la década de 1570, la cual se realizó en el marco de un conjunto de reformas más amplias cuyo objetivo era reorganizar el Virreinato disciplinando a indígenas y españoles, reforzando la evangelización, e incrementado la participación de la Corona en las rentas generadas en el Perú. Tales reformas contemplaban la fundación de los pueblos de reducción, la implementación del trabajo forzado en las minas, la creación generalizada de los corregimientos de indios y la modificación de los criterios para computar el tributo. Dentro de estos criterios, se destaca la voluntad de que el tributo fuese fijo y se tasasen indios en particular, estableciendo la magnitud a pagar de cada repartimiento según el número de tributarios que hubiere, tomando por tales a los varones de 18 a 50 años. También se manifestó la conveniencia de que una porción mayor del tributo fuera entregada en pesos ensayados y no en especie20 (Romero 1924: 125-135, 182, 204). En este apartado, revisamos sucintamente el tributo establecido para poder comparar esta tasa con las previas.

En los Cuadros 6, 7 y 8 exponemos la tasa toledana de los tres repartimientos de la encomienda de don García de Alvarado, indicando la población de los repartimientos y el tributo asignado. Cabe señalar que anotamos lo que indica el documento a pesar de que en algunos casos nuestras sumas o conversiones de cantidades en especie a pesos ensayados no coinciden, lo que aclaramos en notas a pie de página en cada cuadro.

Cuadro 6. Tasa de Toledo. Repartimiento de los Quiruas de Oyune (1573)

Fuente: Cook 1975: 60-61 a Se restan de los 795 tributarios. b "puestas donde las cojieren" (Cook 1975: 61). c Distribuyendo este total entre los tributarios resulta que cada uno debe aproximadamente 6 pesos 4 tomines de plata ensayada. d La suma de los componentes de las costas da 2020, 2029. e Restan 75 pesos ensayados al encomendero si no se contabilizan en las costas los 120 pesos asignados a los caciques en coca, caso contrario no quedaría dinero para Alvarado.

Cuadro 7. Tasa de Toledo. Repartimiento de Songo, Challana y Chacapa (1573)

Fuente: Cook 1975: 63 a Detalle de los tributarios por pueblos: 127 de Songo, 121 de Challana y 121 Chacapa. b "puestos en sus tierras". c Se indican pesos-tomines. d "sale cada indio tributario a cuatro cestos y medio" (Cook 1975: 63), en pesos ensayados equivale a 7 pesos 7 tomines. e No se informa cuántos caciques son. f Este subtotal es el indicado en la visita, nuestra suma de las costas y la conversión de los 676 cestos de coca a pesos ensayados es de 1183 pesos ensayados aproximadamente. g Este número equivale a la conversión de los cestos de coca a pesos según el valor indicado y resulta de realizar la resta tasa menos costas considerando como total de estas últimas 1183 pesos y no 1179-2, como se anota en el documento.

Cuadro 8. Tasa de Toledo. Repartimiento de Suri (1573)

Fuente: Cook 1975: 66 a Dos de estos caciques son segundas personas y se indica que deben restarse del total de tributarios. b Se indican pesos - tomines. c "sale cada indio tributario a seis cestos de coca" Aquí encontramos un desajuste porque calculando el valor de los cestos de coca por tributario resulta que cada uno contribuye con 13 pesos 4 tomines, en cambio dividiendo el total de la tasa entre los aportantes resulta que cada uno sale 12 pesos 6 tomines. d No se informa este total. Restan al encomendero 1566 pesos ensayados.

En primer lugar observamos que los dos repartimientos eminentemente cocaleros de la encomienda, Suri y Songo, seguían tributando en coca y no se les monetiza el tributo. Aunque se realiza la conversión a pesos ensayados se especifica que los indios debían entregar coca, incluso al consignar el tributo per cápita se lo indica en cestos por tributario. Cabe señalar que Songo y Suri comparten estas características con todos los repartimientos exclusivamente cocaleros de la jurisdicción de La Paz, ello indica la acuciante necesidad de un bien de elevada circulación y comercialización en el mercado.

Ahora bien, la tasa toledana facilita la contextualización de estos datos porque allí se indica el valor de los bienes en pesos ensayados, lo que nos permite realizar la conversión del tributo a plata y cotejar la magnitud de las exacciones por tributario con otros repartimientos. Con este objetivo convertimos lo exigido en cestos de coca a pesos ensayados y observamos que en Suri el tributo per cápita es de 12,72 pesos ensayados y en Songo de 7,8121. Estos valores son superiores a la media de la jurisdicción que es de 6,41 pesos ensayados por tributario. Dado que buena parte de los repartimientos de La Paz incluyen población integrada por indios urus a quienes se les exigía menos tributo, calculamos la media de tributo per cápita excluyendo a estos últimos. Observamos que es de 7,37 igualmente inferior a lo aportado por los indígenas de Songo y Suri. En este sentido es notorio que el tributo per cápita de los repartimientos no cocaleros y sin población uru oscilara entre lo 6,5 y 7,17 pesos mientras que los de todos aquellos que aportan exclusivamente coca fluctúa entre los 7,81 y 12,72. Nos preguntamos si estos valores reflejan el alto valor mercantil de la hoja de coca o indican una mayor explotación de los indios cocaleros respecto a los de otros nichos ecológicos.

Al respecto cabe señalar que el valor en pesos ensayados que se asignaba a los cestos de coca variaba entre Songo y Suri, siendo más elevado el valor de los cestos de este último aunque ignoramos si esta diferencia se vincula a una disímil calidad de la hoja. Por su parte, una década atrás, las cuentas de la encomienda registraban que los indios de Suri tenían por costumbre utilizar cestos más grandes que los de Songo, si esta práctica perduró pudo ser la causa de su valor más elevado22. Por cierto los valores establecidos en la tasa son alrededor de un tercio más bajos que el precio al que se vendían los cestos en Potosí unos años atrás, el cual rondaba los cinco y seis pesos ensayados23.

Respecto al número de cestos que los indígenas debían entregar, y a pesar de las solicitudes y confrontaciones de 1568/1570, la tasa de Songo no se modificó sustancialmente: la retasa de 1557 establecía 1700 cestos anuales y Toledo señala 1615. Lo que se modificó fue la proporción que le correspondía al encomendero porque de los 1615 cestos se descontaban las costas, mientras antes el sustento del clérigo se contabilizaba aparte y no se asignaban cuotas a caciques o justicias. Para el repartimiento de Suri, la tasación toledana implicó una disminución respecto a la anterior del orden del 15,5%. Ahora bien, a pesar de estas reducciones en los cestos exigidos tanto a los de Songo como a los de Suri es notorio que, cómo ya señaláramos, el gravamen anual en pesos ensayados por cada tributario resulta superior al requerido en otras regiones no productoras de coca.

En cuanto al repartimiento de Oyuni y la composición del tributo también se registra un importante porcentaje en especies, integrado por maíz, chuño y coca (61% del total). Es notorio que el grueso de los pesos ensayados se asignara a las costas, quedando para el encomendero apenas 75 pesos y los bienes. Por cierto, en el periodo previo a la tasa de Toledo hemos observamos cómo el maíz y el chuño procedente del repartimiento de Oyuni se utilizaban para pagar salarios y raciones a los indios que transportaban la coca a sus mercados. Con este antecedente, consideramos que estas disposiciones de la tasa pueden vincularse a un intento por mantener la articulación entre los repartimientos, observada en las décadas precedentes y que tan útil resultó a los intereses del encomendero para optimizar la comercialización de la hoja de coca.

Nuevamente nos preguntamos por la génesis de esta tasa: ¿se contabilizó a los tributarios en la práctica y se asignó la tasa a partir de un cálculo per cápita o hubo negociaciones y acuerdos entre partes?, ¿se sopesó lo tributado previamente antes de dejarla establecida? Dadas las notorias continuidades con las tasaciones previas entendemos que, en alguna medida, se las tuvo en cuenta sin que la tasa toledana fuera la resultante de la aplicación de una normativa uniforme en todo el Virreinato. Hacer hincapié en las continuidades que notamos frente a la tasación anterior no significa sugerir que Toledo tuvo un trato benevolente hacia los nativos; todo lo contrario dado que la similitud de lo exigido se produjo en un contexto de descenso demográfico y en el cual los grupos afectados a la producción cocalera superaban notoriamente en tributo per cápita a otros repartimientos. Además, notar esta persistencia en las tasas evidencia que se ignoraron tanto las peticiones cacicales que originaron las visitas a Songo en 1568-70 como las tasaciones propuestas por otros funcionarios coloniales en aquel momento.

Palabras finales

Hasta aquí hemos revisado las características de las tasas de la encomienda del mariscal Alvarado y su sucesor, distinguiendo tasa y tributo e intentando oír las diferentes voces y discursos, los criterios y propuestas en torno a ellos. Nos detuvimos a observar las formas, los modos que adquirieron estas exacciones en este caso concreto y, cuando la documentación disponible lo permitió, abordamos la cuestión de la composición efectiva del tributo y su impacto tanto en los grupos encomendados como en la administración de la encomienda.

A nivel de lo establecido por cada una de las tasaciones -y en contra de nuestras propias expectativas al comienzo de esta tarea- encontramos regularidades no previstas que nos llevaron a formular preguntas e hipótesis que fuimos exponiendo en el texto. Queda planteada la cuestión de la gestación concreta de las tasas en un nivel micro y referidas a cada caso específico: ¿cuánto pesaba la normativa en cada caso y cuánto las consideraciones particulares?

Para terminar, nos parece importante resaltar la importancia de una mirada diacrónica sobre las tasas de la temprana colonia. Entendemos que los áridos números que estas contienen al ser contrastados con otros documentos pueden decir mucho sobre los intereses en juego, las articulaciones y las alianzas entre diferentes actores y aportar matices particulares, contradicciones y contrapuntos que enriquecen el panorama, para un periodo en el cual todavía queda mucho por conocer.

Fuentes documentales inéditas

Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia (ABNB), Escrituras Públicas (EP) 7, Legajo 9. La Plata 1561-1565

ABNB, EP 6, Legajo 1. La Plata 1562-1566

Notas

1. No está claro si los quiruas conformaban un grupo étnico, un grupo profesional especializado en el traslado de coca, o si el término alude a una región (Loza 1984: 591-606).

2. En el Tesoro de la Lengua Castellana encontramos esta definición: "Tasar: poner precio o limite a alguna cosa del verbo taxo. as. que entre otras significaciones vale tasar, o poner precio, y estimacion a una cosa, de alli se dijo tassa, la tal estima; y tasador, el árbitro de ella. Tassacion, lo mesmo que tassa, tassado, vale limitad" (Covarrubias y Orozco [1611]).

3. La segunda visita se inicia en 1569 y se extiende hasta marzo de 1570, fecha del informe final del Visitador; las apelaciones y peticiones de las partes continúan durante ese año.

4. Contador andino que utiliza cuerdas y nudos.

5. Cabe señalar que la ubicación precisa de estos repartimientos es una tarea pendiente y lo presentado en el mapa es absolutamente preliminar. Por su parte, es relevante señalar que los ayllus del repartimiento de Songo, a pesar de su especialización cocalera, también cultivaban maíz, papa y yuca para su sustento.

6. Unidades domésticas trasladadas fuera de su ambiente natural, colonos (Murra1975:101-105).

7. Esta imprecisión no se da únicamente en los repartimientos de la encomienda del mariscal Alvarado; observando el documento notamos que en algunos casos se indicaron dos números para anotar población, uno para varones adultos y otro a modo de estimación de población general, aunque no siempre se explicita claramente a cuál categoría corresponde el dato. Además, por una parte encontramos repartimientos en los que se consignó sólo un dato, sin especificar si se refiere a indios de tasa o población; y por otra, en 1569 el visitador entre sus resúmenes registra que en la visita de 1549 se habían encontrado 219 indios de tasa, es decir tributarios. (Rostworowski 1983-1984; 63, 65, 70-71, 79-80, 88, 93).

8. De todas formas ambos sitios están alejados de Potosí, actualmente Yaco se halla aproximadamente a 320 km del centro minero y Luribay a 360 km. Saignes señala que en estos sitios convivían grupos de mitimaes lupacas, pacajes, collas, chancas, chinchas y chinchaysuyus (1986:18).

9. Aquí se nos presenta un problema por no compartir las unidades de medida los asadores y los quipucamayos, sin embargo estos últimos no registran ningún cambio en las cantidades entregadas de mandor, siquira-coca, miel y cera.

10. Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia (en adelante ABNB), EP 7, leg. 9, 1561-1565.

11. ABNB, EP 7, leg. 9, f. 1166r.

12. ABNB, EP 7, leg. 9, fs. 1164v-1165r.

13. ABNB, EP 7, leg.9, f. 1164v.

14. Las cuentas son muy detalladas e indican el número de indios que participan en el traslado de cada una de las tres cosechas anuales de coca y cuántas fanegas se destinaban como salario y ración, número que variaba de acuerdo a la distancia a recorrer (ABNB EP 7, leg. 9, fs. 1163r-1161r). Romano y Tranchard señalaron que seguramente este maíz se destinaba al consumo y no ingresaba al mercado; nos permitimos dudar de esta afirmación porque no tenemos elementos para descartar su comercialización. Por su parte, está constatada la temprana concurrencia de los indígenas en los mercados y, en este sentido, las mismas cuentas señalan la venta de coca a los carangas, denominación que no podemos precisar si hace referencia al grupo étnico o al lugar donde la vendían (Romano y Tranchard 1991: 609-631).

15. ABNB, EP 7, leg. 9, fs. 1156r-1157r.

16. ABNB, EP 7, leg. 9, f. 1166r.

17. Curiosamente uno de los visitadores cuestionados, Diego Dávila de Cangas, fue designado visitador de La Paz pocos años después, cuando el virrey Toledo puso en marcha la visita general del virreinato (Romero 1924: 124).

18. Para un análisis más exhaustivo de la diferencia en el registro de la población entre una y otra visita ver Loza 1994-95: 177-200.

9. En la visita de 1568 se distinguen individuos que tenían relaciones de dependencia con los caciques; eran llamados "criados" o "yanaconas," no pagaban tasa y frecuentemente se los registraba junto a sus mujeres, hijos y chacras de coca en las unidades domésticas de los líderes (Murra [1568-70] 1991: 24-75, 82-133, 140-187).

20. La tasa de Cañete ya había reducido los bienes y era mayormente monetaria para gran parte de los repartimientos; consideramos que Songo, Suri y Oyuni fueron una excepción debido a que la coca seguía siendo un bien apreciado en el mercado y su cosecha dependía de los indígenas.

21. Si bien las fracciones de pesos ensayados no eran decimales, aquí optamos por registrarlas así para facilitar su lectura.

22. ABNB, EP 7, leg. 9, fs. 1140r, 1147r-v, 1148r, 1164r, 1177r-v.

23. ABNB, EP 6, leg. 1, fs. 416v-419v, 422r, 425v.

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Fecha de recepción: 20 de junio de 2010.
Fecha de aceptación: 15 de julio de 2010.

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