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Memoria americana

versión On-line ISSN 1851-3751

Mem. am.  no.24-2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires dic. 2016

 

ARTÍCULOS

De litigios, recursos y sumarios. La propiedad de la tierra en la tribu de Melinao (Buenos Aires, segunda mitad siglo XIX)

 

Luciano Literas*

* Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) / Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, Instituto de Ciencias Antropológicas, Sección Etnohistoria. Argentina. E-mail: lucianoliteras@gmail.com

 


Resumen

El trabajo aborda las reconfiguraciones de la territorialidad indígena en el contexto de organización estatal y construcción del mercado de tierras en Pampa y nor-Patagonia, en la segunda mitad del siglo XIX. El litigio entre la tribu del cacique Pedro Melinao y el Juez de Paz de Bragado (Buenos Aires, Argentina) por la propiedad de dos leguas cuadradas de tierra en La Barrancosa, entre 1860 y 1863, permite reconstruir y analizar el uso que caciques y capitanejos hicieron del capital social, simbólico y político como de los recursos jurídicos para garantizar el acceso a la tierra. La experiencia de esta tribu muestra innovaciones y adecuaciones en la reformulación del liderazgo y la agencia socio-política indígena en jurisdicción estatal en la última etapa de fronteras; en este sentido se suma a otras que vienen reconstruyéndose en la historia y la antropología.

Palabras clave: Tribu de Melinao; Frontera; Tierra; Liderazgo

Litigation and summary proceedings. Land property in Melinao's tribe (Buenos Aires, second half of the 19th century)

Abstract

The following manuscript tackles the changes of indigenous territoriality in the context of State organization and the appearance of a land market in Pampa and North-Patagonia, during the second half of the 19th century. The dispute between Melinao' tribe of and the Juez de Paz (Magistrate) of Bragado (Buenos Aires, Argentina) about land property in La Barrancosa, between 1860 and 1863, is an opportunity to analyse the use caciques and capitanejos made of social, political and symbolic capitals, as well as legal instruments to ensure access to land. The experience of the above mentioned tribe regarding land shows some innovations and adaptations in the indigenous leadership and also their socio-political agency in State jurisdiction; thus it is a contribution to this line of research coming from history and anthropology.

Key words: Melinao's tribe; Frontier; Land; Leadership


 

Introducción

En diciembre de 1863 el gobierno de la provincia de Buenos Aires donó y ordenó escriturar a nombre del cacique Luis Ramón Melinao y su tribu dos leguas cuadradas en el paraje La Barrancosa, en la localidad fronteriza de Bragado, "haciendo desalojar á los intrusos que se encontrasen en él"1. Algunos meses antes su padre, el cacique Pedro Melinao, había sido sepultado con honores por orden del Comandante en Jefe de la frontera oeste. Luis Ramón Melinao se lo comunicó al presidente Bartolomé Mitre, recordando que su padre "era uno de los caciques de la independencia" que había combatido a los españoles y que desde 1827 servía al Estado "con la mayor fidelidad á la patria"2. La donación fue el final de un litigio iniciado por la tribu contra el Juez de Paz de Bragado, quien había intentado apropiarse de dichas tierras mediante la ley de arrendamiento, en el marco de la expropiación, distribución y entrega de los antiguos campos del militar Ángel Pacheco3.
El siguiente trabajo aborda las reconfiguraciones de la territorialidad indígena en el contexto de organización estatal y construcción de un mercado de tierras en Pampa y nor-Patagonia, en la segunda mitad del siglo XIX. Específicamente, la experiencia de la tribu de Melinao en La Barrancosa, oeste de las fronteras bonaerenses4. El litigio que sostuvo la tribu con el Juez de Paz de Bragado por la propiedad de un terreno en aquel paraje es una oportunidad para trascender las escasas leyes y disposiciones relativas a los "indios amigos" y la tierra5, y visualizar el uso que hicieron caciques y capitanejos de capitales sociales, políticos y simbólicos, así como de recursos e instrumentos jurídicos para garantizar el acceso y uso de la tierra6. También permite observar los conflictos, las tensiones y relaciones de fuerza en los ámbitos más capilares del despliegue estatal: los pueblos y vecindarios de la campaña.
Desde mediados de la década de 1850 y a lo largo de las décadas de 1860 y 1870, tuvieron lugar en Buenos Aires novedosas iniciativas gubernamentales de transferencia de tierra pública a manos particulares. Esto sucedió en el marco de transformaciones económicas y técnicas de la actividad agrícola y del auge de la explotación ganadera destinada al mercado internacional (Sabato 1989, Zeberio 1999, Colombo 2007)7, siendo un punto de inflexión con respecto al régimen de enfiteusis predominante en décadas anteriores (Infesta 2006)8. Desde hace algunos años se han precisado diferentes aspectos de este proceso de apropiación privada de la tierra, revisando los enfoques más difundidos (Oddone 1956 [1930]) y poniendo el foco en las dinámicas más generales y estructurales (Barsky y Djenderedjian 2003, Valencia 2005) o bien reconstruyendo casos en escenarios locales de la campaña (Banzato 2005, D'Agostino 2005, 2007, Reguera 2006, Barcos 2007, 2011).
Las leyes de arrendamiento de 1857 y 1859 pusieron en venta más de medio millón de hectáreas de la campaña bonaerense9; y en las dos décadas siguientes esto se amplió a todas las tierras al interior y exterior de las líneas de frontera de la provincia de Buenos Aires (Sabato 1989, Banzato 2005, Valencia 2005)10. El propósito de estas iniciativas fue regularizar la situación de tenedores de tierra y garantizar la apropiación privada mediante instrumentos e instancias de gestión, control y resolución de conflictos. El Estado, aún en
construcción, se arrogaba así el dominio y la soberanía sobre un espacio en disputa con parcialidades que conservaban autonomía política y económica. Tras promulgar la ley 215 de ocupación territorial (1867)11, el gobierno argentino había intentado ocupar la estratégica isla de Choele Choel (1868) y había encomendado al ingenio Czet Janós diseñar el avance fronterizo (1869)12. Para la década de 1870, se habían traspasado ya más de cinco millones de hectáreas a manos particulares -más de un cuarto del territorio estatal- con altos índices de acaparamiento y concentración, muchas veces entre los funcionarios estatales (Valencia 2005)13.
Ahora bien, como ilustra el párrafo inicial hubo poblaciones indígenas que participaron de prácticas emparentadas a esa construcción de un mercado de tierras en Buenos Aires. Inicialmente dichas prácticas insinúan reconfiguraciones de la territorialidad indígena, como cambios, innovaciones y persistencias con respecto al acceso y uso del espacio y probablemente también en las representaciones e imaginarios sobre él. Fueron las poblaciones de Pampa, nor-Patagonia y Araucanía las que participaron del Negocio Pacífico de Indios -quedando encapsuladas en la figura de "indios amigos"-; esta trama de relaciones políticas, diplomáticas, comerciales que desplegó el gobierno de Buenos Aires en el transcurso del siglo XIX (Bechis 2008 [1985]) entre otras cosas conllevó asentamiento y prestaciones militares en órbita estatal (Rato 2003)14.
Los antecedentes de investigación con respecto al acceso y uso indígena de la tierra en jurisdicción estatal son escasos y recientes, y están enfocados principalmente en estudios de caso15. Entre otras cosas, estos avances identificaron que hubo una política de donaciones de tierras en la década de 1860, inmediatamente iniciada la venta de tierra pública. En base a lo anterior consideramos que se trata de la etapa más decisiva del proceso de conformación de un mercado de tierras en Buenos Aires. Esta política constituye una singularidad con respecto a otras experiencias indígenas contemporáneas, en otros puntos del Estado argentino16; algo que a priori, podemos suponer asociado con las prestaciones militares de estos grupos (Hux 2007), en el contexto de múltiples conflictos del Estado en construcción. Esos antecedentes también dieron cuenta de las transformaciones en la territorialidad indígena, en virtud de las relaciones de fuerza de los diferentes espacios fronterizos y el papel desempeñado por los caciques como interlocutores en las negociaciones con los funcionarios estatales. En definitiva, la gran heterogeneidad de procesos y resultados hace necesaria una mirada comparativa de las experiencias asociadas a la tierra, con ejes de análisis que apunten a la reconstrucción de itinerarios y experiencias socio-políticas colectivas, a las formas de asentamiento en jurisdicción estatal y de relacionamiento con la sociedad criolla, así como a los cambios y las características de los diferentes puntos de las fronteras de Pampa y nor-Patagonia (Literas y Barbuto 2015).
A su vez, estas transformaciones en el acceso y uso de la tierra son una oportunidad para revisar y problematizar la asignación de características y comportamientos a grupos sociales en base a sustratos culturales estables e invariables (Gruzinski 2007 [1999]). En términos generales, lo sugiere el persistente uso que los caciques "amigos" hicieron de instrumentos jurídico-políticos y mecanismos que, entre comillas, podríamos definir como propios de la sociedad estatal en pos de garantizar, preservar y/o restablecer el acceso a la tierra en un contexto de parcelamiento y privatización del espacio urbano y rural17.

"El cacique Pedro Melinao protestando…" el conflicto por la tierra

El contexto más inmediato del conflicto que devino en la donación de tierras a la tribu de Melinao es especialmente significativo. El gobierno provincial debatía la venta de tierras públicas, arrendadas mediante las leyes de 1857 y 1859, discusión en la que sectores hacendados y arrendatarios presionaron para obtener ventajas18. El oeste de la campaña -en especial partidos como Bragado- fue donde más tierra pública se transfrió a particulares mediante compra-venta (Valencia 2005); además a medida que la zona perdió su perfil predominantemente militar se afianzó como centro de cría pastoril (Barba 1997). Esto fue de la mano con el incremento del precio de la tierra, la progresiva introducción del alambrado y las mejoras en las unidades productivas en materia de pasturas, agua y ganado (Barsky y Djenderedjian 2003, Sesto 2005). La tribu de Melinao se había instalado allí en 1845, en lo que por entonces era un campamento militar a la vera de la laguna La Barrancosa, y al año siguiente participó de la fundación de Bragado19 (Hux 2004 [1992]), (mapa 1). Desde entonces prestó servicio de armas junto a otras tribus de "indios amigos" del oeste de la frontera, como las de Rondeau y Coliqueo (gráfico 1).


Mapa 1. Bragado en las fronteras de Pampa y nor-Patagonia (Literas y Barbuto 2015).


Gráfico 1. Fuerzas en servicio en Bragado, 1858 (elaborado en base a AGN, Listas de revista, Caja 278, f. s/n., 1 de enero de 1858).

Las iniciativas de los caciques procuraron garantizar modos de acceso y uso de la tierra en este contexto de construcción de mercado de tierras. Casos como los de Ignacio Coliqueo (Fischman y Hernádez 1990), Cipriano Catriel (Barbuto 2014, de Jong 2015), Francisco y Martín Rondeau (Literas 2015), Andrés Raninqueo20 y Ramón Tripailaf (Literas y Barbuto 2016) o Francisco Ancalao (Acosta y Martinelli 2016) en diferentes puntos del arco fronterizo bonaerense son prueba de ello, más allá de las diferencias en los procesos y sus resultados. Los caciques de la tribu de Melinao también lo hicieron21; de hecho, muy probablemente, fueron los primeros.
Estas iniciativas no se circunscribieron a la solicitud o gestión de donaciones de tierra en carácter de tribu de "indios amigos", como puede sugerir una lectura ceñida a las escasas leyes de tierras vinculadas al mundo indígena. También se emplearon otras estrategias vinculadas al arrendamiento y la compra. Quizás uno de los ejemplos más claros fue el de los caciques de la tribu de Rondeau ante las leyes de 1864 y 1867, de acuerdo a las cuales los arrendatarios y sub-arrendatarios podían ejercer la preferencia de compra de las tierras que poseían, presentando medios de prueba. Apelando a recursos legales, Martín y Francisco Rondeau negociaron y adquirieron, en diferentes operaciones, fracciones a título particular en Veinticinco de Mayo y más allá de la frontera y no fueron de su uso exclusivo sino extensivo a otros miembros de la tribu.
Las iniciativas de estos líderes tampoco se limitaron al ámbito rural sino que se extendieron al ejido urbano, a los solares, las quintas y las chacras de alrededores. Así sucedió, aunque mediante diferentes estrategias, con el medio centenar de solares destinados a la tribu de Mariano Maycá -que acabó siendo Villa Fidelidad, en las afueras de Azul- (Lanteri et al. 2011), con los nueve solares que recibió Francisco Rondeau y que fueron los habitados por una parte no menor de la tribu (Literas 2015)22, o con los pedidos de Ancalao y otros hombres de lanza en forma particular, en Bahía Blanca (Acosta y Martinelli 2016). En el caso de la tribu de Melinao hay que mencionar la solicitud exitosa de un solar en el norte de la traza urbana de Bragado, realizada por el capitanejo Juan José Güayquilao en 1857 -un año después de la concesión de solares a Maycá-23. Según Duran (2002) existieron varias otras iniciativas de estas características, de hecho indicó que el servicio de armas se correspondió con la entrega de lotes y solares urbanos. Es más, afirmó que "las principales familias" de caciques y capitanejos (Duran 2002: 431) tenían sus casas en el
pueblo y que La Barrancosa era usada como lugar de pastoreo y residencia del resto de la tribu. Algo que matiza el diario del misionero lazarista José María Salvaire quien expresa que al menos el cacique Raylef y una parte significativa de la tribu vivían allí24.
El punto de partida de la disputa que derivó en la donación de tierras a la tribu de Melinao fue el pedido de "desalojo del campo de que está en posesion porórden del Gobieno por haber sido concedido á D. Juan Estevan Trejo"25. Así, por intermedio de Luis Ramón Melinao26 (fotografía 1) y a nombre de la "tribu Araucana" en septiembre de 1860 el cacique Pedro Melinao protestó ante el gobierno por la posesión de La Barrancosa. Esta era parte de una extensión mayor, conocida como los campos de Pacheco, que en el marco de las leyes de tierras de fines de la década de 1850 había sido expropiada por la cámara legislativa provincial, fraccionada y dada en arrendamiento en suertes de estancia y chacras a quienes demostraran ocupación efectiva o que eran baldías. Trejo había reclamado dos leguas cuadradas -5.399,6 hectáreas- diciendo ser "poblador antiguo" de La Barrancosa. La ocupación de la tierra, valga la obviedad, era anterior a la propiedad legal (Banzato 1997).


Fotografía 1. Luis Ramón Melinao (AH, Fondo Meinrado Hux).

Sin embargo, en abril de 1859 el gobierno de Buenos Aires había ordenado al Ministro de Guerra dar al cacique Pedro Melinao y su tribu un terreno público en Bragado. Para ello había encargado al Comandante de la frontera que se pusiera en contacto con el Juez de Paz -por entonces, Trejo-. Según el sumario al que dio lugar el litigio, Trejo "hizo qe contestase un sustituto de él, de un modo obtuso ó evasivo; aunque no pudo menos de confesar qe algunos de los indios de Melinao, se hallan poblados en la Barrancosa"27. Es más, ese mismo día Trejo pidió al gobierno el arrendamiento de dos leguas cuadradas en un paraje que dijo llamarse Laguna de las Cañas y que no era otro que el poblado por la tribu en los campos de Pacheco. El terreno no "estaba completamte valdío"28 como había dicho Trejo, soslayando una ocupación que según los funcionarios provinciales era de notoriedad en Bragado. Así Trejo sabiendo que el gobierno había decidido conceder un campo a la tribu se hizo sustituir por Ángel Igarzabal y dilató la respuesta, diciendo que estaba en campaña con el ejército y que había pedido el mismo terreno (mapa 2)29.


Mapa 2. Solicitud de arrendamiento de Trejo, 1860 (AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, f. s/n).

Además el agrimensor Miguel Vascheti midió y concedió el arrendamiento a Trejo ubicando la población de la tribu en los márgenes del terreno en disputa (mapa 3)30, era la prueba necesaria para apoyar la solicitud de Trejo. Por eso motivo, cuando el Comandante de la frontera Julián Martínez se dirigió al Juez de Paz Trejo, "para poner en posecion al Cacique Melinao y sus indios de un terreno en propiedad pública para que en él puedan pastorear sus haciendas"31 el sustituto Igarzabal contestó que no había propiedad pública ni tierra baldía en el partido pues la que puede considerarse así, "se halla ocupado por antiguos pobladores y denunciados por estos mismos al Gobierno"32.


Mapa 3. Mensura de Miguel Vaschetti (AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, f. 51.

En su informe, Vascheti dio cuenta detallada de los médanos, ríos, lagunas, fortines, poblaciones33 y caminos del área de unas 12 leguas cuadradas (más de 30 mil hectáreas) que incluían los campos de Pacheco, mientras los medía y amojonaba34. Además, identificó e informó sobre los intereses de pastoreo y labranza de los vecinos que concurrían como testigos e interesados en arrendar en carácter de pobladores "antiguos". Por último, dijo que ellos y otros vecinos habían participado y convalidado la mensura. Sin embargo, Vascheti nunca hizo referencia a Melinao ni a la tribu, que habitaba y prestaba servicios militares en ese punto desde hacía dos décadas. De hecho, su informe no ofrece explicaciones de la ubicación que les dio en el mapa que acompañó a la mensura.
Ahora bien, ¿quién era Juan Esteban Trejo? Su historia es elusiva, no en razón de la falta de poder por integrar los vastos y heterogéneos sectores sociales más modestos y subalternizados en el transcurso de la organización política del Estado en la campaña sino por su condición de político, militar y hacendado de frontera. Su nombre aparece en muchos y diferentes registros a lo largo de varias décadas, aunque salvo excepciones no apotran mucha más información sobre él. Son escasas las oportunidades para dar cuenta de su punto de vista en tanto vecino y funcionario, miembro de esa clase de notables locales que con tensos y complejos lazos con el poder provincial y nacional, encabezaron la administración política más capilar del mundo rural de jurisdicción estatal.
Entre 1858 y 1861 Trejo fue Juez de Paz de Bragado, como tal, entre otras funciones vinculadas a la administración política y económica local, era el responsable de supervisar y certificar el estado mensual de las fuerzas del Ejército de Línea, la Guardia Nacional y los hombres de lanza de la tribu de Melinao. Esta era una posición axial del juego político local y provincial pues le permitía tejer redes y vínculos sociales clave a la hora de ejercer el poder. En efecto, su hermano Anselmo Trejo era Capitán y segunda máxima autoridad de las fuerzas del regimiento 6º de la Guardia Nacional que servían en Bragado.
Por entonces, el poder de los Jueces de Paz iba más allá del terreno propiamente político y militar. De ellos dependía la certificación de las condiciones de población y uso de las tierras arrendadas -habilitando su posterior compra- y en muchas ocasiones acapararon tierras con fines especulativos (Valencia 2005). Trejo, como otros Jueces de Paz, fue clave en la transferencia y la concentración de tierra, muchas veces, en sus propias manos. Una rápida revisión de los registros de propiedad confirma que adquirió tierras en diferentes puntos de la frontera oeste y a lo largo de los años donde la privatización fue más importante: al menos en Veinticinco de Mayo (1862) y Nueve de Julio (1871)35. Si ampliamos la búsqueda a los Trejo los resultados son más relevantes: trece propiedades a manos de cinco parientes próximos de Trejo -entre ellos el Capitán Anselmo Trejo- todas en Nueve de Julio salvo una en Rauch -paraje unos kilómetros al sur- y otra en La Plata. Esto ocurrió entre 1868 y 188836, en conjunto los Trejo adquirieron una propiedad cada dos años, durante tres décadas.
A mediados de la década de 1860 la fundación del fuerte General Paz en Nueve de Julio -más al oeste de Bragado- como nueva sede de comandancia fronteriza hizo que las influencias de Trejo crecieran. En tal sentido, en 1867 promovió junto su sobrino Esteban Severo Trejo y otros vecinos la destitución del Juez de Paz Edelmiro Moura, siendo el segundo elegido por el gobierno provincial en su reemplazo37. Allí, junto a la tribu de Melinao eran movilizadas las de Rondeau y Coliqueo y contingentes de regimientos de la Guardia Nacional (tabla 1). La guerra del Paraguay había incrementado la importancia de las tribus "amigas" y de la Guardia Nacional para la administración militar fronteriza (Canciani 2016).

Tabla 1. Guarnición de Nueve de Julio según efectivos y salario total por grado militar, 1864 (elaborado en base a AGN, Ajustes y pagos, Caja 12, varios documentos. Los salarios según grado y tipo de fuerza fueron igual en todos los casos).

La ascendencia de Trejo en las relaciones interétnicas debió ser considerable, una de sus propiedades fue el lugar elegido para que el Inspector General de Armas se reuniera con el cacique Coliqueo con el objetivo de organizar acciones contra los malones38. En éste y otros hechos políticos y militares de Nueve de Julio, las propiedades de Trejo fueron puntos de referencia. Entre ellas se destaca el Zanjeado de Trejo, paraje en la retaguardia del fuerte General Paz sobre el camino que iba a la villa de Nueve de Julio (mapa 4). Sin embargo, su ascendencia fue más allá. Como Comandante de la Guardia Nacional de Nueve de Julio participó de la batalla de San Carlos (1872) -a las órdenes del Comandante de frontera Ignacio Rivas-39, fue contratado por el Ministro de Guerra para racionar -con ganado vacuno y yeguarizo, yerba, azúcar, tabaco, papel y ginebra-40 a las tribus de Coliqueo y de Vicente Pincén y encabezó la exigencia de decenas de vecinos de diferentes pueblos del oeste y norte de Buenos Aires quienes pedían más refuerzos para la tribu de Coliqueo y el mejoramiento de la administración militar de las fronteras41. A su vez, el parentesco y compadrazgo con la tribu de Melinao no debe soslayarse; al respecto para la década de 1870 entre los hombres de lanza de la tribu de Melinao encontramos un Amaro Trejo.


Mapa 4. El Zanjeado de Trejo en Nueve de Julio (AHPBA, Ministerio de Gobierno 1871, Leg. 16, Exp. 1038/0, f. s/n).

Aun así, las relaciones de la tribu de Melinao con el juzgado de paz fueron tensas más allá de Trejo. En 1866, cuando falleció Luis Ramón Melinao el Gobernador de Buenos Aires, Adolfo Alsina, se dirigió al Ministro de Guerra noticiándole que un Juez de Instrucción en lo Civil había solicitado información sobre los tratados de paz con las tribus "amigas" para proceder a la testamentaria del cacique42. Desconocemos cuál fue la respuesta, aunque probablemente no exista un documento escrito que se refiera a la relación que la tribu tenía con la sociedad de la campaña y las fronteras desde la década de 1830. Entonces, ante los pedidos de Pedro Melinao -hijos de Luis Ramón Melinao- y José María Raylef, el militar encargado de las relaciones con las tribus "amigas", Juan Cornell, exigió al gobierno que intercediera ante las arbitrariedades cometidas en la testamentaria por el Juez de Paz de Bragado43. Los bienes del cacique habían sido embargados -incluso la ropa de sus hijos- y vendidos con el supuesto propósito de pagar deudas. Haciendo alusión a que "nuestras leyes no alcanzan á los indios indígenas, y por consiguiente ninguna intervencion pudo tener lugar de un Juez de paz", Cornell encuadró su reclamo en la persistente disputa entre la tribu y la administración política local y deslizó las implicancias de que adquiriera mayor gravedad.

Se han rematado á muy bajos precios los bienes de Melinao y lo que es peor con injusticia, porque nada y para nada debio tener injerencia el entrometido Juez de paz […] recordese á Ud. lo que por mucho menos sucedio con los indigenas en el partido del Azul- con la tribu Catriel.
Un señor Juez de paz Martinez, que tubo descontentos á los indios, salia del Azul muy confiado en su autoridad del Azul a Tapalque- Los indios lo tomaron con su galera, y lo tubieron á su discrecion en sus toldos algun tiempo.44

Agencia: capitales políticos, sociales y simbólicos

La protesta del cacique Pedro Melinao por la mensura de Vascheti, al decir que "se halla poblado en los campos medidos"45 para Trejo, dio lugar a un sumario que vertebró el litigio y que nos habla de que fue relevante y decisivo en términos del juego político y jurídico ¿Qué condiciones de existencia fueron evocadas en los argumentos de unos y otros?, ¿qué imagen construyeron de los actores que intervinieron en el proceso?, ¿cómo reconstruyeron la historia y el modo en que habían ocupado y usado La Barrancosa?, ¿qué fundamentos políticos, socio-étnicos y jurídicos tuvo el reclamo de la tribu y de Trejo? En definitiva, ¿qué recursos operaron como capitales? y ¿qué argumentos hicieron a la legitimidad de la propiedad?46
El litigio ocurrió en el marco de las primeras leyes de tierras pos-rosistas que, como se ha adelantado, revisaron las donaciones de carácter "político", transfrieron tierra pública a manos privadas y ordenaron las situaciones de ocupación precaria. En los partidos de la campaña se presentaron y gestionaron solicitudes de arrendamiento de las parcelas que redibujaron el espacio rural, siempre con el aval de los Jueces de Paz y a través del registro de los agrimensores. Las mensuras, en este sentido, fueron una pieza documental clave para demostrar posesión y un instrumento para garantizar derechos. En efecto, el origen de la disputa entre la tribu y Trejo radicó en la mensura de Vascheti a favor del segundo en La Barrancosa, desplazando a la primera a sus márgenes. Esto otorgaba a Trejo títulos sobre el terreno en disputa y lo habilitaba para desalojar a "intrusos".
En el litigio participaron las más altas autoridades nacionales y provinciales: el Presidente de la república, los Ministros de Gobierno y de Guerra, el Gobernador y el Fiscal provinciales y el Comandante de la frontera. Pedro
Melinao se presentó en calidad de "Cacique Mayor de la tribu Araucana"47 en su propio nombre y en el de "la tribu de mi mando"48, a través de la pluma de su hijo y escribiente, Luis Ramón Melinao49, y el Apoderado Manuel Aurrecochea. Desde un comienzo recurrió a la entidad étnica y la representación cacical para la negociación y desde allí volcó la legitimidad de sus reclamos. En cambio Trejo lo hizo en términos individuales, como vecino y a través de su apoderado Adolfo Conde ya que adujo haber sido llamado "á formar parte del Ejército en campaña"50 de cara a Pavón. Tanto Melinao como Trejo apelaron a los factores clave que desde el punto de vista de las regulaciones jurídicas legitimaban derechos sobre la tierra: como poblarla y explotarla mediante el pastoreo de hacienda. Además, aunque de diferente modo, evocaron un aspecto que daba carácter de vecindad: el servicio de armas.
La primera intervención de Pedro Melinao fue en enero de 1861. Luis Ramón Melinao entregó una nota al Juez de Paz de Bragado para el Ministro de Gobierno, Domingo F. Sarmiento, expresando haber sido intimados a desalojar un terreno en La Barrancosa por haber sido concedido a Trejo. Exigió que se "suspenda todo procedimiento contra dicho Cacique, dejando en quieta y pacífica posesion"51 hasta que se resolviera el expediente en trámite por los títulos de propiedad de ese terreno. El eje de la disputa estaba en la mensura, tras la cual recordó el Juez de Paz al Ministro que Pedro Melinao, Raylef y "unos cuantos Capitanejos" habían protestado personalmente antes por esa razón.
Esta primera intervención fue de la mano de documentos que dieron cuenta del trámite de concesión de tierras mencionado por Melinao. Uno, de septiembre de 1860 sobre el derecho de uso de La Barrancosa, hacía referencia a que desde abril de 1859 por disposición del entonces Juez de Paz -que era Trejo- se los había puesto en posesión de La Barrancosa en una extensión de legua cuadrada y media, donde pastoreaba hacienda de la tribu52. La concesión, no obstante, no había ido acompañada de los títulos de propiedad que ahora reclamaban. El fundamento que legitimó ese derecho era contundente y estaba vinculado a la vecindad y el servicio de armas en la frontera:

Como las dos suertes de estancia se les hán acordado sin declaratoria de si son ó nó en propiedad, ocurro ante la integridad de Ud. para que en merito de treinta años de residencia en esa frontera en la cual han prestado sus servicios hasta el presente á satisfaccion de sus Gefes, habiendo perdido muchas veces sus haciendas robadas por los Indios enemigos, se le extiendan los titulos de propiedad como á leales servidores del país y como una remuneracion á sus pedidos y leales servicios53.

Otro documento, de noviembre de 1860, fue originado ante el pedido del Fiscal provincial y el Comandante de la frontera sobre precisiones en torno a la ocupación que la tribu hacía de La Barrancosa. Allí Melinao no habló de legua cuadrada y media sino de seis leguas cuadradas, de tres mil cabezas de ganado vacuno y dos mil de yeguarizo aclarando que este número aumentaría en virtud de la mejora de la seguridad de las fronteras. Un tercer y último documento, de enero de 1861, dirigido al Gobernador fue el que dio el puntapié al sumario. En él protestaba por el terreno que "hemos estado ocupando con nuestras haciendas del cual hoy de un momento á otro espreso seremos expulsados según la mensura practicada por el agrimensor Vascheti"54.
La segunda intervención de Melinao fue en marzo de 1861, una vez iniciado el litigio. Allí justificó la ampliación de legua cuadrada y media a seis leguas cuadradas en la declaración de posesión de La Barrancosa, muestra de
la capacidad de ajuste y maniobra en virtud de las noveles regulaciones sobre la tierra. El cacique explicó que el pedido de la primera extensión había sido por creer que esa era la cantidad máxima que podía arrendar o comprar según la ley. Sin embargo, la multiplicación de la hacienda de la tribu demandaba una extensión que el cacique calculó en seis leguas cuadradas. A sabiendas de los conflictos que podía deparar esto en el vecindario, en la misma intervención Melinao ofreció una solución: si legua cuadrada y media era muy por debajo del máximo permitido y seis leguas cuadradas podía perjudicar los intereses de linderos, "quedaríamos gratos al Gobierno"55 con las dos medidas por Vascheti para Trejo.
Las primeras tres veces que intervino Trejo, recién entre agosto y septiembre de 1861, fue a través de Conde. Dio constancia de que Melinao estaba "pretendiendo derechos al campo que le há sido concedido"56 y se exculpó de dar más instrucciones para el litigio porque había marchado al ejército: "Mientras Trejo permanezca en campaña al servicio de las armas, ni puedo legalmte. dársele representante de oficio en sus asuntos, ni proveerse cosa alguna en ello, que no lleve el sello de nulidad"57. Cuando apareció Trejo fue para otorgarle poderes a Conde para actuar y dar información necesaria "para defensa de mi mejor derecho al campo", excusándose de que "pr las circunstancias en que se halla el pays no pudieran tramitar asuntos judiciales de género alguno"58. Afrmó que el estado de Asamblea había conllevado su movilización59; no resulta raro que Trejo evocara su condición de miliciano en más de una ocasión puesto que la Guardia Nacional ocupaba en el imaginario porteño -especialmente en la elite política pos-rosista- un lugar simbólico central (Letieri 2003). En cambio, es llamativo que nunca mencionara su condición de Juez de Paz60.
La cuarta intervención de Trejo, en diciembre de 1861, fue la más extensa y significativa. Reiteró que actuaba en respuesta a Melinao, quien "pretendía" derechos al campo que el gobierno le había concedido "de conformidad con las prescripciones de la ley" y que el "buen derecho adquirido por mi parte"61 estaba plenamente probado. Para demostrarlo rechazó lo que Melinao decía: que Trejo nunca había poblado el terreno y que sólo lo había usado por algún tiempo para pastoreo de invernada -"ni paró un palo de punta"62, había dicho el cacique-. Al contrario, Trejo dijo haberlo poblado desde 1856 con el consentimiento del encargado de Pacheco, para la cría de seiscientas cabezas de ganado vacuno. El motivo de la falta de prueba fue el mismo que el de Melinao: "las invaciones de los Indios le quemaron por tres veces las Poblaciones obligandoleá retirar sus haciendas"63.
Trejo también afirmó que la población de la tribu estaba donde el plano de Vascheti la situaba, solicitando que el gobierno diera por buena la mensura. La desestimación recíproca de las condiciones de población fue una constante; el Juez de Paz sustituto, Igarzabal, hizo lo propio en consonancia con Trejo. Cuando el Comandante de la frontera le informó que estaba autorizado por el gobierno para poner en posesión de tierra a la tribu, respondió que los"referidos indios" poblaban provisionalmente una fracción muy pequeña de La Barrancosa donde sólo podía pastorear una parte menor de las haciendas de la tribu.
Cuando el juego parecía resuelto a favor de Melinao, Trejo ensayó infructuosamente un intento de conciliación a costa de los vecinos linderos al terreno en disputa. Fue una apelación a la decisión del gobierno, en base al dictamen del asesor del gobierno, Valentín Alsina. Propuso "á la consideracion de V.E un medio, que consilie á la vez, el deceo del Gobierno y las pretenciones
de Melinao, con el menor perjuicio de los derechos qe tengo adquiridos"64. Si el gobierno deseaba conceder dos leguas cuadradas a Melinao en el área concedida a diferentes vecinos, en los antiguos campos de Pacheco, él renunciaba a una de las leguas y el gobierno debía expropiar media legua a otros dos colindantes -José Ferreyra y José Pérez- (mapa 5). En su propuesta Trejo insistió en dos recursos, uno vinculado al "crisol de la prueva"65, otro a las condiciones de existencia. Con respecto al primero dijo que eran los hechos -según él, probados- los que sustentaban sus derechos; es decir que poblaba esas tierras desde 1856, que había conseguido el arriendo según la ley y que había financiado su medición y deslinde. En relación al segundo, afirmó que perder la posesión conllevaría "la desgracia de mi numerosa familia"66 y pidió al gobierno proceder patriarcalmente aceptando la propuesta.
El propio Mitre firmó el rechazo a la propuesta de Trejo poco después. Afirmó que estaba fuera de controversia la preferencia de Melinao. El Fiscal provincial Eduardo Acosta y el asesor Alsina se habían mostrado claramente a favor de la tribu. También, en alguna medida, los sucesivos Comandantes de la frontera oeste, quienes tenían comunicación directa con Melinao y trasladaron información al gobierno en favor de la donación (Duran 2002). Sin embargo los papeles del Fiscal y del Asesor fueron decisivos. Al ser consultados sobre la pertinencia de otorgar tierras a la tribu, ambos reprodujeron un imaginario difundido en las elites políticas que emparentaba este hecho con la "civilización" y el sostenimiento de la trama de relaciones y acuerdos del Negocio Pacífico. El Fiscal habló de que era

[…] muy conveniente conservar relaciones amigables con los habitantes del desierto, y en todo tiempo será preferible á su juicio atraerlos á la civilización por el amor al trabajo y á la propiedad. La sesión de territorio que solicita el Cacique Melinao para su tribu, propendería indudablemente á este objeto y debiera VE. acordarla67.


Mapa 5. Propuesta de Trejo para la asignación de tierras a la tribu de Melinao (AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 48).

Alsina ahondó en el servicio de armas de la tribu, la lealtad política a Buenos Aires y en el peligro de que regresase "tierra adentro", rompiendo la trama de relaciones que había conllevado su asentamiento en jurisdicción estatal en el marco del Negocio Pacífico de Indios. Es de especial interés la alusión a las poblaciones en Tapalqué, del cacique Juan Catriel, y el atractivo que implicaba su relación más autónoma con la tierra.

Son notorios los servicios de la tribu Melinao, como lo es su nunca interrumpida fidelidad, que bien se patentizó despues de Cepeda, en qe ella se constituyó libremente, y fué en realidad, el único custodio y defensor del pueblo de Bragado, y aun del Partido.
Estos hombres, ademas, no pueden concebir como un Gobierno no pueda darles un pequeño terreno, cuando -en sus ideas- puede disponer de las de todo el país, y [ilegible] miran á las de Tapalqué como dueñas absolutas de los extensos terrenos que ocupan, á pesar de qe ellas nos han hecho antes una cruda guerra. El rechazar su petición podría traer desagradables resultados68.

La disputa, según Alsina, radicaba en "una cuestión de preferencia entre Trejo y la tribu"69; la decisión debía recaer en el Ministro de Gobierno y Alsina planteó la posición que posteriormente sería replicada por Mitre:

La concesión hecha á Trejo, no subsiste ni puede subsistir. Ella fué obtenida de V.E con obrepción y subrepción; pues es evidentísimo qe V.E no la hubiere otorgado pr el Ministo de Gobo, si Trejo no le hubiera ocultado […] qe había indios de Melinao poblados en el terreno: sabía oficialmte las buenas disposiciones en qe el Gobo estaba respecto de ellos; y viene, sin embargo, á solicitarlo para sí, bajo otro nombre, y no solo calla aquella circunsta, sino qe asegura estar completamte valdío […] no puede desconocerse qe Melinao, habiendo entrado mucho antes en posesión del campo, y no de hecho, sino por medio de la autoridad, yá virtud de orn. del Gobo, tenía un mejor y mas antiguo dho. á él, que Dn. Juan E. Trejo, el cual no ocurrió á pedirlo hta. el 23 de Febo de 860 […] corresponde á mi juicio, que V.E se sirva: 1º Aprobar la dha. mensura; 2º Declarar que queda sin efecto el referido decreto concesorio […] 3º Declarar que corresponden al cacique Melinao y á su tribu las dos leguas cuadradas de campo, que, segn la mensura y plano citados, resultan ser la extensión adjudicada á Trejo70.

En junio de 1863 Aurrecochea recordó al gobierno que estaba abierto el período legislativo provincial y que era una "oportunidad" para hacer efectiva la concesión de La Barrancosa. Lo más significativo fue la inexistencia de una política sistemática o un programa de acción más o menos uniforme. Ante la falta de antecedentes el Fiscal se preguntó en virtud de qué ley el gobierno podía hacerlo, sugiriendo que debía hacerse mediante autorización de la cámara legislativa. Sobre la titularidad de la donación, el Asesor y el Fiscal se decantaron por la propiedad o el usufructo indefinido, intrasmisible y reversible al Estado en caso de cesar. En septiembre de 1863 con la autorización de las cámaras legislativas provinciales el Gobernador donó "al cacique Melinao y su tribu" la propiedad de las dos leguas cuadradas de tierra. Entonces el Apoderado de la tribu pidió al Gobernador que intimara al Juez de Paz de Bragado a "desalojar á los que se hayan ocupándolo"71, entre ellos al propio Trejo. Nada se dijo de su distribución ni asignación. Al parecer esto se dejó a discreción de la tribu, en razón de la entidad colectiva del objeto de donación y la imprecisión de su estatus jurídico.
A la donación de tierras a la tribu de Melinao le siguieron en los años inmediatamente posteriores las de Coliqueo, Rondeau y Raninqueo -todas en la misma sección de la frontera-. El uso del tipo de capitales sociales, políticos y simbólicos empleados en el litigio que le dio origen, de cara a obtener la propiedad de la tierra, no fue excepcional. Al contrario, podemos imaginar que sentó precedente en el conjunto de instrumentos y recursos que hicieron a la agencia de los líderes indígenas, en jurisdicción estatal72; resultado de las estrategias de ajuste y acomodamiento en el marco de las transformaciones y persistencias de las relaciones interétnicas de fuerza.
Otra muestra de este tipo de prácticas vinculadas a una nueva cultura política indígena ocurrió poco después de la donación, en 1868. En esta ocasión el cacique Raylef dirigió -mediante su escribiente Pedro Melinao, hijo de Luis Ramón Melinao (fotografía 2)- una misiva al gobierno titulada Reseña de los servicios prestados á la Patria por el cacique amigo Melinao73 que suscitó el licenciamiento de las prestaciones militares. Allí ensayó una reconstrucción política y militar de la tribu en los actuales territorios de Chile y Argentina, desde las guerras contra el "tirano y despótico poder español" hasta el servicio de fronteras en la segunda mitad del siglo XIX. Es una de las escasas fuentes escritas de factura indígena con fines historiográficos y se hace eco de algunos de los argumentos vertidos en el litigio por La Barrancosa74. Reconstruye el parentesco de los principales caciques, alude a las victorias contra los realistas, el desplazamiento a las Pampas para combatir a la montonera de los Pincheira75 y a cómo, tras parlamentar con Rosas, "permanecieron siempre fieles á sus compromisos en unión con los cristianos y se hallo en todas las campañas y acciones de Guerra". En definitiva, Raylef escribe como cacique de una tribu "amiga" cuyos miembros eran los "primeros pobladores del Bragado", y explica que el propósito del licenciamiento era cuidar de sus haciendas y viviendas ya que el servicio de fronteras estaba llevando a la ruina los intereses domésticos de la tribu.


Fotografía 2. Pedro Melinao, hijo de Luis Ramón Melinao y nieto de Pedro Melinao (AH, Fondo Meinrado Hux)

Aproximaciones al uso de La Barrancosa y nuevas hipótesis

En 1874 algunos miembros de la tribu fueron bautizados en La Barrancosa y en el establecimiento vecino San Francisco, del irlandés Diego Kavennagh76. En base al diario del misionero Salvaire, Copello (1945) y Duran (2002) afrmaron que Kavennagh había intercedido con la Iglesia católica para que Raylef se bautizara en la basílica de Luján y promoviera la llegada de misioneros para oficiar bautizos y casamientos. Por entonces, quien fuera según Hux (2004 [1992]) el "último cacique" de la tribu, Pedro Melinao, había sustituido a su tío Raylef. Según Salvaire por entonces vivían sólo cuatro de los numerosos hombres de lanza que habían llegado desde las faldas occidentales de la cordillera, eran ancianos y gozaban de veneración y respeto. Tres décadas de prestaciones militares no habían impedido a la tribu continuar poblando La Barrancosa.
El diario de Salvaire ofrece los primeros indicios sobre la ocupación y uso de las tierras por parte de la tribu. Señaló que el rancho de Raylef estaba ubicado en un sector elevado, próximo a la laguna, en torno al cual se ubicaban los del resto de los miembros. Al menos para la década de 1870 Salvaire aludió a un uso significativo de la tierra para el pastoreo de hacienda. Además, la forma en que debió llevarse adelante la misión sugiere que el patrón residencial era más permanente que temporal, más allá de que algunos miembros de la tribu tuvieran solares en Bragado (Durán 2002).
Más información con respecto al uso de La Barrancosa ofrece la división y adjudicación a título particular que se realizó años después, a comienzos del siglo XX. Además, sugiere hipótesis para futuros estudios abocados a este eje de análisis de la territorialidad de los "indios amigos" en jurisdicción estatal. En 1906 la tribu radicó en Mercedes la modificación de la mensura de las tierras de la tribu, así como la división y amojonamiento de los lotes -específicamente"practicar las modifcaciones de distribución convenidas por las partes"-77 que conllevó un censo y que permite observar cómo se ocuparon las dos leguas cuadradas. En parte, esto se hizo por las modificaciones en la forma y composición del loteo de las tierras. Así a 40 años de la donación, la posesión de La Barrancosa a nombre del cacique Melinao y la tribu estaba en el umbral del derecho privado de propiedad inmueble rural78. De modo similar a las tierras donadas a Coliqueo (Fischman y Hernández 1990), la ocupación de la tribu parece haber conllevado fragmentación y solicitudes de títulos particulares de propiedad. Esto también sucedió en la tribu de Rondeau, aunque a través de iniciativas individuales no siempre exitosas (Literas 2015) y aparentemente no de un modo tan sistemático.
Antes que nada, cabe decir que en la operación de 1906 fueron expropiadas a la tribu de Melinao más de 620 hectáreas del margen noreste, sin precisar razón aunque aparentemente en virtud de extender la traza ejidal de Bragado79 (mapa 6). Dicho esto, el dato más significativo -y en consonancia con lo sucedido en las tribus de Coliqueo y Rondeau- fue la fragmentación y parcelación de la ocupación: 85 lotes de una treintena de familias se repartían unas 4.700 hectáreas (tabla 2). Valga la obviedad, el tamaño medio de estos lotes -aproximadamente 50 hectáreas- fue escaso y difícilmente permite el pastoreo y la agricultura más allá de la subsistencia, sobre todo considerando que según otros registros las parcelas eran ocupadas por muchas más personas que el titular.


Mapa 6. Ocupación del campo de la tribu de Melinao, 1906 (elaborado en base a AGDGPBA, Mensuras, Bragado, 1906, Leg. 100, Duplicado de la dirigencia de mensura Pedro Melinao y otros y listas de revista del AGN y SHE. Se cruzó la titularidad de los lotes de mensura con el máximo rango político-militar alcanzado en la tribu).

Tabla 2. Familias titulares de tierras en la tribu de Melinao por lotes y hectáreas, 1906 (elaborado en base a AGDGPBA, Mensuras, Bragado, 1906, Leg. 100, Duplicado de la dirigencia de mensura Pedro Melinao y otros, f. 25-26).

Además, el tamaño de los lotes fue irregular; existieron lotes muy pequeños como los de Huichú, Melipán o Melín de 26,5 hectáreas y otros bastante más extensos, como los de Pedro Melinao de 618,16 hectáreas, Mariano Sánchez 381,11 hectáreas, Noguera Güayquilao 166,81 hectáreas o Pascual Coñequir 162,02 hectáreas. La irregularidad en el tamaño y la posesión diferencial de la cantidad de lotes se replicó en la totalidad del área bajo titularidad de cada una de estas familias. Mientras las hectáreas totales a nombre de Melinao, Sánchez, Coñequir o Raylef superaron las 2.600 hectáreas -más de la mitad del total de las tierras-, otras 18 familias se repartían 750 hectáreas en 26 lotes siempre menores a 100 hectáreas (gráfico 2).


Gráfico 2. Ocupación de las tierras de la tribu de Melinao, según familia del titular, 1906 (elaborado en base a AGDGPBA, Mensuras, Bragado, 1906, Leg. 100, Duplicado de la dirigencia de mensura Pedro Melinao y otros).

La primera pregunta que suscita la mensura practicada a inicios del siglo XX es si esta configuración territorial caracterizada por la disparidad y la heterogeneidad en el tamaño y la adjudicación de los lotes fue así desde los primeros años de la donación, en la década de 1860. Cuatro décadas separan ambos momentos y muchos cambios políticos y económicos -quizás el principal fue la desarticulación del espacio fronterizo de Pampa y nor-Patagonia-. Salvo excepciones, las familias emparentadas con el liderazgo político y militar de la tribu fueron las que dispusieron de más hectáreas y lotes de mayor tamaño. Puede suponerse que la tierra, una vez concedida, se distribuyó en virtud de la organización de la tribu haciéndose eco de sus distinciones. En efecto, una primera mirada insinúa una cierta correlación entre la estructura de rangos militares con el número y tamaño de lotes (mapa 6). Si efectivamente fue así, interesaría próximamente reconstruir e identificar los criterios que intervinieron y las instancias y los mecanismos de asignación de espacios "puertas adentro" de la tribu.
A su vez, cabe mencionar algo en lo que hay que ahondar con otros registros asociados al uso efectivo de los lotes: no todas las familias de la tribu aparecen identificadas como titulares en la mensura. Esta hipótesis sugiere otra: que la extensión de los lotes incidió en la capacidad para conservarlos y en la transmisión de derechos. Es decir, imaginamos que, en un contexto de creciente mercantilización de las relaciones sociales asociadas al acceso y uso de la tierra y sus productos, fue más difícil conservar la posesión de un lote de 30 o 40 hectáreas -a duras penas capaz de garantizar excedentes agrícola-ganaderos- que uno de 200 a 300 hectáreas. Esto implicará conocer quiénes y cómo explotaban estos lotes.
Al respecto de estas hipótesis, sin embargo, hay que insistir en tres hechos. Uno, que todos los lotes de la tribu -incluidos los más grandes- no pasaban de pequeños y medianos en relación a los patrones de ocupación del resto de la campaña. Así, difícilmente puede imaginarse a los caciques y capitanejos de la tribu como grandes hacendados80. Dos, que la titularidad no explica la ocupación. Una parte importante del trabajo de estas hipótesis dependerá de la reconstrucción de la ocupación efectiva de los lotes. Por ejemplo, es difícil trasladar la circunscripción del loteo al área de uso ya que por entonces no existían alambrados al interior (Coñequir 2005). Además, tampoco debe asumirse de antemano que ambos aspectos estaban necesariamente conectados. Tres, que la dimensión del lote tampoco explica su productividad. A pesar de que el diario de Salvaire sugiere que los caciques ocupaban los lugares más altos, por la mensura de 1906 sabemos que la fracción más grande de la tribu era un lote de 618,16 hectáreas de Pedro Melinao, en un bajo sobre el curso del río Saladillo, adyacente a otros dos grandes lotes del capitanejo Francisco Coñequir; ambas ubicaciones claramente anegables y probablemente adversas en términos de cultivo y pastoreo. En qué medida estas áreas a nombre de caciques y capitanejos pudieron ser lugares de uso común -sobre todo considerando que eran lugares de agua- es otra interrogante a revisar en el futuro. Si fuera así estaríamos ante otro modo de mediación cacical en términos de uso del espacio, que los observados en la tribu de Rondeau.
Finalmente, resta investigar las conexiones entre estas formas de acceso y uso del espacio con el posterior despojo territorial y con posibles formas de reformulación étnica -como sucedió por ejemplo, en la tribu de Coliqueo-. Desconocemos en qué medida esta ocupación se tradujo en títulos particulares de propiedad o cómo los pedidos posteriores por usucapión -derechos veinte o treintañales- tan frecuente en las tierras donadas a las tribus "amigas" fueron agudizando y acelerando su fragmentación y privatización, tal como sugieren no sólo las fuentes escritas sino las orales. En efecto, uno de los hechos más relevantes e iluminadores al respecto es la exigua presencia actual de población descendiente de la tribu en esas tierras.

Reflexiones finales

En 1875, a más de diez años de la donación de tierras en La Barrancosa y licenciados del servicio de armas en las fronteras, el nieto del cacique homónimo Pedro Melinao escribió al Monseñor Federico Aneiros pidiéndole que mediase ante el gobierno provincial para ser exceptuados del pago de la Contribución Directa que demandaba el Juez de Paz (Copello 1945)81. En 1886, y suponemos que a título más bien honorífico, el Gobernador de Buenos Aires lo nombró Capitán de la Guardia Nacional de Caballería (Hux 2004 [1992]). Repite así la historia de su padre, Luis Ramón Melinao, quien durante años había oficiado de escribiente e intercedido en gestiones, negociaciones y trámites ante funcionarios políticos y militares del Estado en favor de los intereses de la tribu. Hux (2007) dijo de él que no era un guerrero como sus ancestros sino un estanciero, agricultor y querellante judicial. Podemos imaginarlo como un paradigma de los cambios en las formas del liderazgo indígena, tras medio siglo de estrecho relacionamiento con la sociedad estatal. Su liderazgo debió forjarse y mantenerse en el marco de los novedosos conflictos, relaciones de fuerza y márgenes de actuación que perfilaron la incorporación indígena en la segunda mitad del siglo XIX, en el ámbito bonaerense.
Uno de los aspectos más interesantes del sumario, que dio origen a la donación de tierras a la tribu, y de los documentos asociados al litigio es que nos hablan del punto de vista y especialmente de la política indígena, en el complejo proceso de organización estatal y conformación del mercado de tierras. Se observan los capitales que fueron decisivos en las disputas por recursos, las representaciones e imaginarios que prevalecieron sobre la tribu, el vecindario y la tierra, cómo se reconstruyeron las formas de acceso y uso de ella, qué condiciones de existencia y lazos socio-políticos intervenían y qué fundamentos jurídicos y étnicos tenían los reclamos. En este sentido, la experiencia de la tribu de Melinao muestra algunas de las innovaciones y adecuaciones que obraron en la reformulación del liderazgo y la agencia socio-política indígena en jurisdicción estatal, durante la última etapa de fronteras: por un lado, el uso de las leyes, procedimientos e instancias asociados a la propiedad de la tierra; por el otro, el recurso a las relaciones tendidas con los funcionarios y agentes estatales más centrales -los Comandantes de frontera, por ejemplo- en detrimento del poder local encarnado en los Jueces de Paz.
Al igual que en otras experiencias de tribus "amigas", las leyes de donaciones de tierras explican poco por sí mismas. Más bien son una oportunidad para reconstruir y analizar las relaciones de fuerza, los actores y las dinámicas que subyacentes a la promulgación normativa. En ciertas ocasiones el origen de la donación radicó en la impronta de los lazos políticos y de parentesco interétnico como recurso de negociación; en otras radicó en los conflictos y tensiones intraétnicos por la distribución y uso de la tierra; incluso en las políticas estatales de frontera enfocadas a lo que sucedía "tierra adentro". En la tribu de Melinao el origen nos lleva a un pleito ante el gobierno provincial, al reclamar por las tierras que habitaban, cuando fueron concedidas en arrendamiento con opción a compra al Juez de Paz de Bragado. Fue el inicio de un intenso proceso judicial de tres años en el que intervinieron los más altos funcionarios estatales políticos y militares. Al respecto, es ilustradora la persistencia en el uso de recursos e instrumentos jurídicos por parte de los caciques para garantizar el acceso y uso de la tierra, en un contexto donde la formación del mercado de tierras en los partidos por entonces fronterizos, recortaba y estrechaba los espacios del ámbito urbano y rural.
Finalmente, el estudio del modo en que la tribu de Melinao accedió a la propiedad de la tierra y una serie de indicios sobre lo sucedido en las décadas posteriores sugieren hipótesis para trabajar en el futuro. Éstas apuntan a estudiar las variables que explican la disparidad y heterogeneidad de la ocupación de La Barrancosa; las instancias y los mecanismos políticos de asignación de espacios; las condiciones que incidieron en la capacidad de reproducción doméstica y conservación de las posesiones; y, por último, las conexiones entre estas formas de acceso y uso con el despojo territorial que las fuentes orales y escritas sugieren a lo largo del siglo XX. Estos aspectos aluden, en definitiva, a completar el recorrido iniciado en este artículo y que versa sobre los cambios, las continuidades e innovaciones de la territorialidad indígena en una etapa decisiva de la organización política, social y económica argentina.

Notas

1. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando contra la mensura practicada en un terreno situado en el Bragado concedido en arrendamiento á Don Juan E. Trejo, f. 94.

2. AGM, Tomo XXIV, pp. 112-113.

3. Pacheco había sido Patricio y Granadero a las órdenes del General José de San Martín en las guerras de la independencia de la Corona española, posteriormente participó de la Guerra del Brasil y fue uno de los principales lugartenientes del Gobernador Juan Manuel de Rosas en las guerras civiles, la Campaña al Desierto de 1833 y la administración militar de las fronteras.

4. Se entiende por territorialidad a la construcción material y simbólica del espacio y al modo de producir el territorio y actuar en él mediante formas y relaciones de dominio y uso -de las cuales la propiedad jurídica es un aspecto- (Zambrano 2001, Literas 2011).

5. Las que consistieron mayormente en donaciones al cacique y "su tribu" y distaron de constituir una política estatal homogénea o sistemática (de Jong 2015, Literas y Barbuto 2015).

6. El estudio se hizo mediante fuentes vinculadas a la organización político-militar de la tribu, sobre acceso y uso de la tierra, y correspondencia personal relevada en los siguientes archivos: AGN, AHP-BA, AGDGPBA, SHE, AGM y AH.

7. Para observar el impacto de los cambios asociados al mercado internacional en la estructura agraria de otros escenarios de América Latina, ver Léonard (2007).

8. Como muestra Infesta (2006) en 1826 el gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata prohibió enajenar tierras públicas, hipotecándolas al pago del capital e intereses de deuda. Esto implicaba el derecho de uso a cambio de un canon anual, sin propiedad plena. La primera iniciativa para eliminar este régimen fue en 1837 cuando se estableció que los terrenos cuyos tenedores perdieran dominio se venderían. Pero la enfiteusis no explica todas las formas de acceso a la tierra, ya que a partir de la década de 1830 comenzó la apropiación plena mediante donaciones - por premios militares o por fidelidades políticas- (Sabato 1989, Infesta 2006).

9. El paso del arrendamiento a la propiedad plena fue por la opción a compra en diferentes plazos de tiempo.

10. En 1857 se autorizó la venta de 100 leguas cuadradas (270.000 hectáreas) al norte del Salado y el arriendo de tierras afectadas por enfiteusis, priorizando a los ocupantes que probaran asentamiento. En 1859 se repitió con otras 100 leguas cuadradas al sur de Salado, sin establecer límites a adquirir. Los fondos obtenidos pagaron intereses de deuda a capitales ingleses y financiaron el déficit fiscal. En 1864 se vendieron más de dos millones de hectáreas, priorizando a arrendatarios y sub-arrendatarios; algo que se repitió en 1867 aunque a precios más bajos. En 1871 se autorizó la venta de tierras fuera de la frontera, sin límite en extensión, y y en 1878 se pusieron en venta todas las tierras públicas dentro y fuera de la línea la frontera y los ocupantes tuvieron preferencia para adquirir hasta 8.000 hectáreas.

11. La ley encomendó a las fuerzas del Estado ocupar el río Neuquén, desde los Andes hasta la confluencia con el Río Negro en el Atlántico.

12. Estas acciones se enmarcaron en el establecimiento de tratados de paz con caciques de Pampa y nor-Patagonia. El gobierno argentino implementaba la lógica de "negociar para hacer la guerra" (de Jong 2007, 2011), procurando estabilizar las relaciones interétnicas para avanzar hacia el sur.

13. Esto se hizo extensivo a los ejidos urbanos de los pueblos y sus inmediaciones a través de la división y transferencia de solares, quintas y chacras. Un solar no podía superar la cuarta parte de una manzana, las quintas no podían ser mayores a cuatro manzanas y las chacras no podían superar las treinta y dos. Ninguna persona podía obtener más de tres chacras, dos quintas y dos solares, y como era costumbre debían cumplirse los criterios de población que certificaba el Juez de Paz (Decreto emitido en Buenos Aires, 18 de marzo de 1869).

14. A pesar de que el Negocio Pacífico de Indios transformó significativamente las condiciones de actuación indígena, no fue un proceso lineal ni se tradujo en posiciones políticas ni étnicas fijas (de Jong 2008).

15. Al estudio pionero sobre la tribu de Coliqueo de Fischman y Hernández (1990) le siguieron, entre otros, los de Lanteri et al. (2011), Lanteri y Pedrotta (2012), Barbuto (2014), de Jong (2015), Literas (2015), Literas y Barbuto (2015, 2016), Acosta y Martinelli (2016) sobre las tribus de Catriel, Rondeau y Ancalao.

16. Estas experiencias exceden los alcances de nuestro análisis pero cabe mencionar que a lo largo del siglo XIX prevaleció más bien el despojo territorial, como lo muestra la amplia producción bibliográfica sobre Tucumán, Salta, Jujuy, Formosa y Chaco.

17. Una experiencia aparentemente muy diferente a la ocurrida simultáneamente en Araucanía. En el Gulumapu se analizó el papel de los lonkos lelfunches en la venta de tierra y enajenación territorial en el marco de la sustitución del admapu -derecho consuetudinario mapuche- por la institucionalidad estatal chilena (León Solís 2014, 2016). Si esto fue así, el uso de capitales sociales, simbólicos y políticos de estos líderes lelfunches habría tomado caminos prácticamente antagónicos al de los caciques "amigos" de Buenos Aires.

18. En efecto, muchos eran Diputados, Senadores y miembros de la comisión de Hacienda.

19. En el pueblo se construyeron dos fortificaciones, una para las fuerzas al mando de Juan Aguilera, otra para los "indios amigos" (Thill y Puigdomenech 2003). Por entonces y hasta su muerte a mediados de la década de 1850, el cacique de la tribu fue Martín Collinao.

20. Raninqueo no sólo estuvo involucrado como capitanejo en la donación a Coliqueo (1864) y como cacique junto a Tripailaf (1869) sino que en 1874, cuando regresó de"tierra adentro", también demandó tierras en el paraje Paso de Linares, en Bahía Blanca La petición fue denegada por el gobierno por un factor sintomático, emparentado con el caso de la tribu de Melinao: las tierras se habían concedido en arrendamiento a otros vecinos (AHPBA, Ministerio de Gobierno 1874, Leg. 14, Exp. 626/0).

21. No sólo Pedro y su hijo Luis Ramón Melinao intercedieron con motivo de la ocupación y propiedad de La Barrancosa; el cacique José María Raylef también lo hizo con éxito ante el Ministro de Guerra frente a la propuesta del Comandante de la frontera de que la tribu se trasladase a Tres Lagunas, alegando que acababan de recibir la donación de tierras en La Barrancosa (Coñequir 2005). Esto sucedió durante las negociaciones sobre el número de hombres que la tribu debía aportar para el servicio, resolviéndose que no podían ser más que una tercera parte (SHE, Exp. 2488, 14 de enero de 1864). Cuenta Hux (2004 [1992]) que fue el Comandante Julio de Vedia quien deseaba trasladar la tribu a ese punto para mejorar la administración militar fronteriza.

22. Hay que recordar que además de este número muy superior a la media de donaciones de solares para el resto de vecinos, la ley establecía un máximo de solares, excepción que no se respetó en el caso de Francisco Rondeau.

23. AH, Fondo Meinrado Hux, f. s/n. 7 de agosto de 1857. La solicitud la hizo Fabián González, militar chileno emparentado con el mundo indígena -y especialmente con la tribu de Melinao-. Fue el antiguo lugarteniente de Aguilera -al mando de la tribu cuando servía en Tandil y Azul-, y su trayectoria se remonta al gobierno de Rosas y llegaría a ser Comandante de Bragado en 1861 (Hux 2007).

24 Salvaire precisó que la vivienda de Raylef estaba en lo más alto de La Barrancosa, alrededor de la cual se levantaban las de los demás, especialmente en torno a la laguna. También comentó que regularmente, en un día, los misioneros visitaban a cuatro o cinco familias "porque las chozas de los indios están bastante distantes entre sí".

25. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 1.

26. Se ha mencionado la incorporación de hijos de caciques en la oficialidad del ejército estatal con el fin de reconocer y promover liderazgos indígenas (Quijada 2011). Luis Ramón Melinao, junto a Francisco y Martín Rondeau, Andrés Ancalao o Benito y Ramón José Tripailaf, son prueba de ello. L. R. Melinao fue incorporado como Alférez en las fuerzas de Blandengues (1854) y participó en la batalla de Cepeda (1859), ascendió a Teniente 1º de Línea (1860) y ofició de escribiente de su padre. Cuando Pedro Melinao murió en 1863, Raylef fue nombrado Cacique Mayor y L. R. Melinao Cacique y Ayudante Mayor de Línea (AGN, AP, Caja 12, f. s/n., 1 de enero de 1864). Según Duran (2002) esta decisión habría sido promovida por de Vedia y aceptada por Luis Ramón Melinao.

27. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 36. Subrayado en el original.

28. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 36.

29. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 36. En febrero de 1860, en calidad de vecino del Bragado, expresó que "existiendo completamente valdio un campo de propiedad pública" antes conocido como de Pacheco solicitaba arrendamiento según ley de 1858. En el transcurso de un mes puso de apoderado a Conde ante el Juez de Paz sustituto -que además ofició de testigo por falta de escribano- y realizó el trámite para hacer efectiva la concesión en la ciudad de Buenos Aires. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, f. 10. Los campos de Pacheco fueron concedidos en arrendamiento a los vecinos Juan E. Trejo, Carlos Martínez, José Ferreyra, José Pérez, José Becar, Benito Díaz y Mariano Gaute.

30. La labor de Vaschetti se extendió a otras mensuras del ámbito rural y urbano de la zona (Thill y Puigdomenech 2003).

31. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 8.

32. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 9. En base a la mensura de Vaschetti, el Departamento Topográfico lo confirmó, afirmando que "el terreno que solicita el cacique Melinao es el mismo que ha sido concedido en arrendamiento y medido para Don Juan E. Trejo, quedando la poblacion de aquel fuera de este terreno" (AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 10).

33. En este tipo de registros "población" denominaba a los establecimientos habitacionales, comerciales y/o productivos que eran clasificados como "puesto", "tapera", "toldo", "rancho" e incluso "pulpería" e identificados y atribuidos a una persona específica.

34 AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, f. s/n. El origen de la donación a la tribu de Rondeau también radicó en la medición, amojonamiento y entrega en arriendo de antiguos campos de propiedad particular, en este caso de Ford y Braudix. Eran campos sobre los que existían los fortines Cruz de Guerra y Cruz de Guerra Nueva, donde la tribu sirvió militarmente durante tres décadas (Literas 2014, 2015).

35. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 68, Exp. 5100/0; Leg. 269, Exp. 18242/0. La de Veinticinco de Mayo fue de cuatro leguas cuadradas en los campos de Guido, fuera de la línea de fronteras "y sin embargo estoy dispuesto á pagar por la dicha ária que solicito" y a sabiendas de que existían muchas concesiones presuntamente caducadas. La de Nueve de Julio fue de dos leguas cuadradas y un cuarto, fuera de la línea de las fronteras.Ésta había sido adquirida al Comandante de Vedia. Trejo sólo optó por comprar una parte de la misma, habiendo cedido la otra para el trazado del ejido de la nueva villa de Nueve de Julio.

36. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, varios expedientes a nombre de sus hermanos Alberto y Anselmo Trejo y sus sobrinos Esteban Severo Trejo y Felipe Trejo. El componente familiar de las estrategias de acceso y preservación de la propiedad fue claro cuando algunos de estos parientes intervinieron en la sucesión de la propiedad en Nueve de Julio, una vez fallecido Trejo (AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 269, Exp. 18242/0).

37. AHPBA, Ministerio de Gobierno, 1867, Leg. 3, Exp. 224/0. Las razones de la disputa tocaban aspectos clave del despliegue estatal: Moura había removido a un Municipal por no enrolarse en la Guardia Nacional y a un Alcalde por desobedecerle y enfrentarlo con armas. Además, había propuesto nombrar un Alcalde para que impartiera justicia en la tribu "amiga" del cacique Ignacio Coliqueo.

38. Memoria del Ministerio de Guerra y Marina 1869.

39. Memoria del Ministerio de Guerra y Marina 1872.

40. Memoria del Ministerio de Guerra y Marina 1874.

41. AHPBA, Ministerio de Gobierno 1872, Leg. 18, Exp. 1016. Allí adujeron que la tribu había sido asediada y cautivada por las fuerzas de Juan Calfucurá. Al respecto cabe mencionar dos aspectos significativos. Por un lado, la extensión que tomó el reclamo encabezado por Trejo, el que incluyó a vecinos de otras localidades como Junín o Lincoln; por el otro, el que el origen de la solicitud fuera una carta que el cacique escribió a Trejo pidiéndole ayuda, refiriéndose a él como "tío". La relación entre Trejo y la tribu de Coliqueo fue especialmente fuerte. El Juez de Paz y Comandante de la Guardia Nacional intercedió en favor de ella frente al gobierno de Buenos Aires, dando prueba de la "íntima relación" que los unía con motivo de la disputa con el Comandante de frontera Hilario Lagos, AHPBA, Ministerio de Gobierno 1873, Leg. 17, Exp. 790/0.

42. SHE, Frontera con el indio, Exp. 4833, f. s/n., 14 de septiembre de 1868. Este episodio ha sido tratado también por Ratto (2013).

43. AHPBA, Ministerio de Gobierno, Leg. 14, Exp. 1032/0, f. s/n., 29 de noviembre de 1869. El gobierno desestimó el pedido de Cornell. El Fiscal de la provincia dijo que en calidad de militar del ejército no tenía competencia en materia civil sobre asuntos de las tribus de "indios amigos".

44. AHPBA, Ministerio de Gobierno, Leg. 14, Exp. 1032/0, f. s/n., 29 de noviembre de 1869.

45. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, f. 50.

46. Para Bourdieu (2000) el concepto de capital alude a los recursos contextualmente significativos que permiten ejercer poder en un campo de relaciones de fuerza.

47. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 2.

48. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 10. Poco después Raylef también firmó sus cartas como "cacique de la tribu Araucana" y así le contestaba por ejemplo a Monseñor Federico Aneiros (Copello 1945: 110).

49. Las negociaciones de Luis Ramón Melinao subyacieron al litigio. Como apuntó a Hux en sus papeles personales, en esos años no sólo participó de las prestaciones militares que demandaba Buenos Aires sino que se encontró con Mitre llevando cartas de recomendación del Comandante de la frontera, Laureano Díaz, e intervino en las tratativas de paz con la tribu de Coliqueo (AH, Fondo Meinrado Hux, varias anotaciones personales de Meinrado Hux. En una de estas gestiones, dijo Hux, incluso llevó 2.000 pesos para la tribu de Coliqueo).

50. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 17.

51. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 1.

52. Este es el antecedente sin éxito de la donación de tierras, reseñado por Hux (2004 [1992]). Fue a comienzos de 1860 cuando Pedro Melinao tras 30 años de servicio de armas solicitó ser licenciado y la concesión de tierras en La Barrancosa. Entonces los Comandantes de la frontera, el saliente y el nuevo, Laureano Díaz y Julio de Vedia respectivamente, apoyaron la solicitud y el cacique viajó a Buenos Aires para entrevistarse con Mitre. Aparentemente la batalla de Pavón interrumpió las gestiones.

53. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 2. Subrayado propio.

54. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 10.

55. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 11. El cacique incluso ofreció una última opción: hacer efectiva la solicitud original de legua cuadrada y media.

56. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 17.

57. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 21. El Asesor del gobierno, Valentín Alsina, no creyó que Trejo estuviera movilizado militarmente por su alta edad y exigió rápida respuesta ya que el conflicto perjudicaba al resto de los acreedores de arrendamientos de los campos de Pacheco.

58. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 28.

59. El estado de Asamblea implicaba la movilización y el acuartelamiento de los vecinos enrolados en la Guardia Nacional.

60. Las primeras comunicaciones enviadas al Juez de Paz que constan en el sumario fueron dirigidas a Trejo, las que respondió Igarzabal como sustituto pero evitando indicar que era a Trejo a quien sustituía.

61. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 33.

62. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 33.

63 AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… f. 33. No obstante, Conde dijo que Trejo había repoblado esos campos con 2500 cabezas de ganado vacuno.

64. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando…f. 49.

65. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando…f. 49.

66. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando…f. 49.

67. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… fs. 3-4.

68. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… fs. 4-5. Alsina fue más allá y puso en duda la validez de la concesión en favor de Trejo deslizando la sospecha sobre un aspecto clave: que al pedir el arrendamiento sabía que esos campos eran ocupados por la tribu. Ante las primeras dilaciones de Trejo -aduciendo encontrarse en el ejército- y saber que se trataba del Juez de Paz la posición de Alsina se radicalizó: denunció la voluntad de Trejo y Conde de dilatar el proceso, excusándose en connivencia con el escribano que había labrado el documento como Apoderado. Algunos meses después redactó el informe que resolvió el conflicto.

69. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando…f. 38.

70. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando… fs. 39-40. Subrayado en el original. Esto fue incorporado al expediente de arrendamiento de los campos de Pacheco AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 63, Exp. 4763/0, fs. 54-57.

71. AHPBA, Escribanía Mayor de Gobierno, Leg. 45, Exp. 3270, El Cacique Pedro Melinao protestando…f. 93.

72. Y por qué no de los funcionarios y agentes del Estado.

73. AH, Fondo Meinrado Hux, f. s/n., 30 de diciembre de 1868. Lo mismo promovió por entonces el cacique Martín Rondeau en Veinticinco de Mayo. Raylef también pidió pensiones militares, algo que fue bastante problemático. Aún en la década de 1960 nietos de Luis Ramón Melinao escribían a Hux con este motivo (AH, Fondo Meinrado Hux, f. s/n., 27 de enero de 1869).

74. Antecedentes más recientes son los manuscritos de Fernando Coñequir (en Coñequir 2005).

75. Esta fuerza realista era comandada por los hermanos Pincheira y en ella colaboraban borogas de los caciques Cañiuquir, Rondeau, Caneullan, Melin, Alón y Guayquil. A comienzos de la década de 1820 comenzaron a habitar las Pampas, especialmente las inmediaciones de Guaminí. Al respecto ver Grau (1949), Bechis (2008 [1985]), Villar y Jiménez (2003, 2012), Ratto (2005) y Literas (2016).

76. SHE, Frontera con el indio, Exp. 23-A-7030, 12 de junio de 1875.

77. AGDGPBA, Mensuras, Bragado, 1906, Leg. 100, Duplicado de la dirigencia de mensura Pedro Melinao y otros, f. 1. Fernando Coñequir ilustra el desarrollo de este tipo de mensuras en las tierras de la tribu, haciendo referencia a la participación de políticos locales, miembros de la tribu y especialistas nombrados por el gobierno provincial (en Coñequir 2005).

78. Según Hux (2004 [1992]) y Coñequir (2005) los intentos anteriores de practicar la mensura a fines de siglo XIX y comienzos de siglo XX produjeron tensiones y conflictos en la tribu.

79. Otras parcelas menores, hacia el oeste, fueron expropiadas para la creación de la estación de ferrocarril y la traza del pueblo Olascoaga.

80. Por lo que sabemos hasta ahora tampoco adquirieron tierras en otros lugares, como sucedió con los caciques de la tribu de Rondeau (Literas 2015).

81. La Contribución Directa era el impuesto aplicado por el Estado sobre las propiedades particulares.

Archivos consultados

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» Archivo General de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires (AGDGP-BA), fondo Mensuras.

» Archivo del General Mitre (AGM).

» Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires (AHPBA), fondos Escribanía Mayor de Gobierno y Ministerio de Gobierno.

» Archivo Hux (AH) del Museo Indio del Monasterio Benedictino de Los Toldos, fondo Meinrado Hux.

» Servicio Histórico del Ejército (SHE), fondo Frontera con el indio.

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Fecha de recepción: 24 de octubre de 2016.
Fecha de aceptación: 02 de diciembre de 2016

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