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Estudios de filosofía práctica e historia de las ideas

versión On-line ISSN 1851-9490

Estud. filos. práct. hist. ideas vol.20 no.1 Mendoza abr. 2018

 

DOSSIER

Presentación Dosier: “Judicialización de la política: una serie de problemas que son los nuestros…”

Presentation Dosier: “Judicialization of politics: a series of problems that are ours…”

 

Luciana Álvarez

Universidad Nacional de Cuyo
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET)

 

Recibido: 12-09-2017
Aceptado: 16-03-2018

 

Para el presente dosier nos propusimos problematizar y contextualizar diversos aspectos que atañen a una modalidad específica de la relación entre derecho y política: la tendencia contemporánea a procesar y dar respuesta a conflictos de índole política a través de los tribunales de justicia, en el marco de una juridización que se expande a todos los ámbitos de la vida. Nuestra problematización ha buscado además enfatizar los procesos históricos y contextuales que permiten comprender su emergencia, así como las singularidades que presenta en las sociedades latinoamericanas y particularmente en Argentina.

Habitualmente se ha referido este fenómeno con la enunciación de “judicialización de la política” o “activismo judicial” quizás porque constituyen las modalidades más tematizadas, especialmente en el campo de la teoría jurídica. Existen, sin embargo, una heterogeneidad de problemas que se sitúan en ese borde inestable, ese “entre” el derecho y la política, que no se reducen a la judicialización de la política ni al activismo judicial estrictamente, pero que suponen, al igual que ellos, una composición singular de las dimensiones jurídico-judicial y política, que desde las revoluciones modernas y la configuración de los Estados de derecho, al menos en Occidente, habían pretendido –todo cuanto fuera posible– mantenerse des-ligadas. De esta pretensión, relativa a la distancia entre derecho y política, así como de las diversas formas del desplazamiento que advertimos como síntoma de nuestra contemporaneidad, dan cuenta las contribuciones que componen el dosier. En este sentido, si bien no aparece como un esfuerzo ciertamente original, la tarea que hemos emprendido se distingue al retomar uno de esos temas que se hicieron frecuentes hace alrededor de una década, especialmente en la academia norteamericana, para pensarlo a la luz de una serie de problemas que son los nuestros. En relación a esta expansión de lo jurídico, que se expresa en diversos niveles y modalidades, no nos ha interesado reflexionar desde una posición normativa, ni prescriptiva, indicando cómo debería operar un restablecimiento de la pretensión moderna de distancia o cuáles son por el contrario las razones que explican la necesidad de su cancelación. En todo caso, se trata tomar la evidencia de esta tendencia –que cada uno de los autores enuncia a su modo– para adentrarnos en los interrogantes que ella suscita. Aun cuando todas las contribuciones responden a una concepción según la cual las diversas modalidades de la judicialización de la política constituyen procesos situados e históricos que, más allá de algunas tendencias generales que pueden contribuir a caracterizarlos, dependen de estrategias y agenciamientos singulares en el marco de formaciones sociales determinadas; todas ellas dan cuenta de posibles y también diversas líneas teórico-conceptuales que contribuyen a caracterizar los problemas que en ella convergen. Esto es así porque en la medida en que tomamos como punto de partida una situación singular se habilitan preguntas –y eventualmente posibles respuestas– disímiles en función de aquello en lo que hacemos foco. En nuestro caso, además, es preciso destacar que se han puesto en juego trayectorias académicas y formaciones disciplinares heterogéneas (derecho, ciencia política, filosofía) en la convicción de que una descripción puramente normativa (o dogmática) resulta evidentemente limitada a la hora de interrogarse genuinamente en torno de cuestiones vinculadas a lo jurídico. Esta inquietud no es, por supuesto, excepcional sino que se inserta, a nivel general, en una reconfiguración del campo de la filosofía jurídica y la teoría jurídica en la que el paradigma normativista, al amparo del cual eran los juristas o abogados quienes dominaban el espacio de reflexión, viene perdiendo su posición hegemónica y es cada vez es más frecuente, o podemos decir que sorprende menos, encontrarse con estudios filosófico-jurídicos, así como socio-jurídicos o también político-jurídicos, en los que se propone un abordaje filosófico, teórico político o sociológico de problemáticas que solían reconocerse como estrictamente jurídicas... Aun cuando en nuestra región, y específicamente en Argentina, los inicios de esta reconfiguración pueden ubicarse a mediados de los años 70' con el giro que supusieron los estudios o escuelas criticas del derecho, en los últimos años se ha acentuado la tendencia y trabajos como los presentados en este dosier  resultan más que auspiciosos en ese sentido, es decir: en el sentido de profundizar y consolidar esta reconfiguración del campo propio de la filosofía y la teoría jurídica que, progresivamente, va desplazando la atención desde problemas centrados en: qué es el derecho y qué debería ser, hacia problemáticas vinculadas a la forma en que lo jurídico opera en nuestras sociedades.   

Es posible preguntase, entonces, cómo se acoplan, cómo se correlacionan estas dinámicas: la expansión de lo jurídico hacia diversos ámbitos de la vida social y política, por un lado; y la pérdida de centralidad o exclusividad de la ciencia jurídica a la hora de analizar el derecho. Podríamos pensar que se trata de una correlación en la que la influencia del derecho se ha ido expandiendo y con ello la necesidad de ampliar los puntos de vista para su abordaje. El rey siempre estuvo desnudo: el derecho, en su tendencia a regularlo todo, ha quedado al descubierto. Lo jurídico constituye un fenómeno socio-político, tan inmanente como la política misma… 

Una re-localización de los problemas jurídicos, como problemas socio-políticos propios de una sociedad determinada, nos permite conforme indicamos párrafos atrás abordar la judicialización de la política a partir de una serie de problemas que son los nuestros. Los trabajos de Luciano Nosetto, Gonzalo Scivoletto e Ignacio Giuffré se preguntan por la legitimidad de los arreglos institucionales, más o menos novedosos, a través de los cuales se ha pretendido cubrir el déficit de legitimidad del poder judicial en Argentina, especialmente luego de la crisis política, social y económica de 2001. El primero de ellos busca problematizar la modalidad de participación ciudadana que estas innovaciones institucionales (amicus curiae y audiencias públicas entre las más relevantes) suponen, en la medida en que apuntan a la intervención de especialistas y  privilegian la intermediación de abogados y juristas. Por su lado, la contribución de Gonzalo Scivoletto e Ignacio Giuffré se propone mostrar cómo podría subsanarse su carácter corporativo, y especialmente el déficit de legitimidad asociado al modo solipsista y monológico en que se construyen las decisiones judiciales, por medio de una nueva concepción de la imparcialidad que sería posible derivar de la teoría del discurso habermasiana; y a través de la cual pueden justificarse las innovaciones institucionales tendientes a la apertura del poder judicial que han tenido lugar en las últimas décadas en nuestra región.

A partir de un problema que, de manera distinta, alude a la legitimidad de las decisiones judiciales, la contribución de Lucas Martín coloca el acento en una modalidad específica de la judicialización de la política, aquella conocida como “justicia política”. Ese tipo de ejercicio de juzgamiento que involucra la condena no sólo individual sino política, la condena que juzga sobre la criminalidad de un programa de gobierno, aquella que tiene lugar en algunas sociedades post-criminales y que hace al nudo problemático y dilemático del modo en que en Argentina hemos intentado, y seguimos intentado, lidiar con la experiencia del terrorismo de Estado. Se trata de una justicia inhabitual, acaso excepcional, pero que, al igual que la justicia a secas, aunque sobre bases diferentes, puede aspirar razonablemente a responder a las pretensiones de legitimidad en términos de Justicia.

Por su parte, la contribución de Micaela Alterio se centra en una manifestación regional (y global) del discurso de la judicialización de la política. Más allá de la actividad de los tribunales regionales de protección de derechos humanos, nos encontramos con una narrativa que pretende instalar un modo de entender las violaciones a estos derechos, un modo de abordarlas y una justificación para el papel, cada vez más protagónico, de la judicatura internacional. Su contribución se propone un recorrido crítico en relación al concepto de Ius Constitutionale Commune Latinoamericanum (ICCAL) que engloba esta iniciativa para América Latina.

Finalmente, los trabajos de Pablo Méndez y Luciana Álvarez apuntan a las condiciones de aparición, de emergencia de la judicialización de la política en tanto expansión del poder judicial sobre otros ámbitos decisorios, en la convicción de que ello supone alguna forma de correlación con el programa de gobierno neoliberal. El trabajo de Pablo Méndez se pregunta ¿Cómo y hasta qué punto la judicialización fue promovida por el neoliberalismo? Y procede, en el intento de una respuesta, al análisis genealógico de un conjunto de documentos redactados a mediados del siglo XX que mostrarían que la judicialización no sólo es admitida e incluso promovida, sino además propuesta como una práctica privilegiada de intervención estatal sobre la sociedad. Luciana Álvarez, por su parte, se propone mostrar las interconexiones, puntos de apoyo, resortes a través de los cuales es posible ligar este fenómeno con el diagrama de relaciones de poder y procesos de subjetivación que caracterizan a la gubernamentalidad neoliberal. Su trabajo se sostiene en la inquietud por descifrar ese campo estratégico de relaciones de poder al interior del cual nos cabe todavía preguntarnos: cómo resistir.

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