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On-line version ISSN 1851-9601

Postdata vol.25 no.1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires June 2020

 

ARTICULOS

¿INTELECTO O SENTIMIENTO? UN ACERCAMIENTO AL VÍNCULO ENTRE JUICIOS FÁCTICOS Y JUICIOS DE VALOR EN HERMANN HELLER A TRAVES DE LA METODOLOGÍA WEBERIANA

Nicolás Fraile1 

1Licenciado en Ciencia Política por la Facultad de Ciencias Sociales (UBA), Argentina. Maestrando en Teoría Política y Social (FSOC-UBA). Becario doctoral de Conicet. Email: nicolas.fraile@gmail.com.

Resumen

El propósito de este artículo es indagar el vínculo metodológico que Heller postula entre juicios fácticos y juicios de valor valiéndonos para ello de la obra de Weber. Sostenemos que en su concepción puede hallarse un doble posicionamiento frente a la metodología weberiana. Por un lado, se observa una ruptura con los supuestos epistemológicos que informan la distinción entre hechos y valores. Por otro lado, existe una continuidad mediante el establecimiento de la honestidad intelectual como deber científico. A través de esta preocupación por la conducta del sujeto de conocimiento, ambos autores pueden postular, a pesar de hacerlo sobre cimientos teóricos distintos, una diferencia fundamental entre aquellos postulados que se dirigen al “intelecto” y buscan la verdad empírica y aquellos postulados que se dirigen al “sentimiento” y buscan interpelar la voluntad de los hombres.

Palabras clave: metodología; juicios de valor; juicios fácticos; Heller; Weber

La distinción entre juicios fácticos y juicios de valor es constitutiva de la ciencia política moderna y, en general, de todo tipo de conocimiento científico. En la actualidad se considera que los juicios fácticos expresan consideraciones objetivas relativas al objeto que se pretende conocer mientras que los juicios de valor suelen estar vinculados a las decisiones y preferencias personales del investigador. A raíz de ello, no son pocas las corrientes metodológicas que consideran que el momento de cientificidad estriba únicamente en los primeros y que el conocimiento de lo social debe estar libre de valoraciones si pretende arribar a verdades empíricas. Sin embargo, en algunas ocasiones esta afirmación ha sido puesta en tela de juicio. Uno de los casos más significativos es el de Hermann Heller en su obra publicada póstumamente en 1934, Teoría del Estado. Allí afirma que el conocimiento de la realidad social requiere necesariamente de la realización de juicios de valor por parte del sujeto de conocimiento. Con esto, se dirige no únicamente contra Hans Kelsen y el formalismo jurídico de la escuela de Marburgo, sino también contra quien el autor consideraba el representante más significativo de la generación anterior de las ciencias sociales: Max Weber (Heller 1971a).

En nuestra consideración, Weber resulta un interlocutor permanente de Heller. En algunas ocasiones aparece directamente en la superficie del texto, siendo mencionado y citado puntillosamente. En otras, en cambio, aparece latente y sus planteos teóricos funcionan como referencias a partir de las cuales nuestro autor construye sus propios argumentos. En cualquier caso, leer la obra de Heller a la luz de la de Weber permite clarificar conceptualmente una serie de aspectos que de otro modo permanecerían ocultos. Nuestra clave de lectura es precisamente esa: acercarnos al vínculo entre Heller y Weber no mediante la afirmación de que todos los postulados hellerianos refieren en última instancia a Max Weber, sino a través de la consideración de que en la obra del teórico del Estado se encuentran concep tos, interrogantes y huellas de aquel sociólogo.

El propósito de este artículo es indagar la concepción helleriana del vín culo entre juicios fácticos y juicios de valor como unidad dialéctica. Nuestra hipótesis es que Heller realiza aquí un doble posicionamiento respecto a Weber. Por un lado, rompe con lo que vamos a denominar el “argumento teórico” de la metodología weberiana. Esto es, la postulación de que los hechos y los valores constituyen dos esferas separadas que solo pueden ser mediadas subjetivamente. El jurista desarrolla un complejo enfoque de ca rácter sociológico por el cual no pueden establecerse distinciones lógicas entre los hechos y los valores, sino que ambos constituyen una unidad. Aho ra bien, lejos de afirmar que ambos se funden y pierden sus particularidades, Heller señala que existe una diferencia fundamental entre el momento de la facticidad y el momento de la valoración a través de lo que denominamos el “argumento práctico” weberiano, a saber: que el cientista social tiene como particularidad el deber de orientarse a través de una ética vinculada a la honestidad intelectual.

A través de este último movimiento, Heller, a pesar de construir su meto dología desde cimientos epistemológicos distintos e incluso opuestos, esta blece una distinción de carácter weberiano entre un argumento que preten de orientarse a conocer la verdad empírica y otro que pretende apelar a la voluntad de los hombres en pos de un fin político externo. En otras palabras, y reproduciendo los términos que Weber utilizó en su artículo sobre la ob jetividad cognoscitiva en la política y ciencia social, distingue entre argumentos que se dirigen al “intelecto” y argumentos que se dirigen al “sentimiento”.

Para demostrar esta hipótesis vamos a valernos de un desarrollo tripartito. En primer lugar, vamos a encuadrar el problema al interior de la metodología de Hermann Heller y acercarnos a las diversas posiciones teóricas que tomó respecto a Max Weber y a la “escuela sudoccidental alemana” en la que el jurista ubicaba al sociólogo junto a Heinrich Rickert, Emil Lask o Georg

Jellinek, entre otros. Estas consideraciones nos van a permitir descubrir sig nificativos corrimientos teóricos al interior de su metodología. A pesar de que Heller ha escrito sobre problemas metodológicos al menos desde “La crisis de la teoría del Estado” de 1926, en Teoría del Estado se encuentran sus posiciones más originales sobre esta materia y sobre Weber. En función de estos corrimientos, en el resto del artículo solo vamos a centrarnos en esta última obra.

El segundo y el tercer apartado se centran sobre el punto neurálgico de este artículo: la relación entre juicios fácticos y juicios valorativos. Dado que aquí vamos a leer a Heller a través de Weber, el segundo apartado lo dedica mos enteramente a este autor y a dos de sus principales ensayos metodológicos: “La «objetividad» cognoscitiva de la ciencia social y de la política social” y “El sentido de «no hacer juicios de valor» en la sociología y en la economía”. A partir de ellos pretendemos identificar dos grandes argumentos a través de los cuales llegaremos a Hermann Heller: uno de índole teórica referido a la distinción entre una esfera de los hechos y una esfera de los valores, y otro de índole práctica referido a la actitud y conducta del sujeto de conocimiento.

En el tercer apartado, nos centraremos en el capítulo segundo de su obra publicada en 1934 titulado “Método de la teoría del Estad” para analizar el vínculo que Heller postula entre juicios fácticos y juicios de valor, analizando su posicionamiento respecto a los dos argumentos weberianos. El artículo finaliza con un breve apartado donde volcamos las conclusiones y los princi pales aportes del texto. 1

En la mayoría de los casos, los comentaristas han tomado esta cuestión desde la pregunta por la crítica al formalismo o positivismo jurídico que Heller realiza y dirige principalmente contra Hans Kelsen (Pomarici 1989, Vita 2015). Por positivismo j urídico entendemos aquí la concepción relativa a que la teoría del Estado o la ciencia jurídica debe atender únicamente el deber ser de los fenómenos jurídico-polí ticos y no su existencia positiva o su sentido metafísico (Heller 1971b)1. La concepción helleriana según la cual los juicios fácticos y los juicios de valor traban una unidad de tipo dialéctico se presenta como el principal ariete contra aquella perspectiva jurídica. En algunas ocasiones se ha intentado extraer de esta comprensión de la teoría del Estado una serie de conclusiones metodológicas (Lepsius 2008, Monereo Pérez 2009). En estos casos, sin embargo, no se ha ido más allá de afirmar que Heller postula un “sincretismo metodológico”2 3. Esto es, el señalamiento de que los problemas jurídicos deben abordarse desde una doble perspecti va: por un lado, la ético-política y por otro, la sociológica, correspondiendo la primera al orden normativo y la segunda, al orden fáctico (Heller 1971d: 57).

Uno de los supuestos que informan este apartado -y este artículo, en genera- es que no solo la cuestión del vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor posee autonomía teórica, sino que los desarrollos metodológicos hellerianos, a pesar de hallarse en estrecho vínculo con su concepción jurídi ca, requieren de un examen que no los subsuma a aquella y que sea capaz de distinguir los diversos corrimientos que han existido al interior de su propia obra. En particular, aquí nos interesa resaltar la originalidad metodológica que Heller presenta en su Teoría del Estado y que va a ser el motivo que justifique la indagación sobre ella, casi de manera exclusiva, en los apartados siguientes.

Como dijimos, el propósito de este artículo es acercarnos a Heller consi derando el trabajo metodológico de Weber. Por ello seleccionamos tres ejes que son significativos para una lectura de estas características, a saber: (1) la formación de conceptos típico-ideales; (2) los supuestos epistemológicos de la escuela sudoccidental alemana4 y (3) el rechazo a las ciencias del espíritu y la adscripción de la teoría del Estado a la ciencia cultural. Estos tópicos van a girar permanentemente sobre las figuras de Weber y de la escuela sudoccidental alemana en la que Heller ubicaba a aquel sociólogo. Sobre él, el jurista ha afirmado que es “el exponente más representativo de la última generación” de las ciencias sociales (Heller 1971a: 473)5 y podemos encon trar referencias tempranas a su obra.

El vínculo entre Weber y Heller ha sido en alguna ocasión objeto de indagación de David Dyzenhaus (1996), uno de los más importantes co mentaristas de la obra de Heller, y recientemente Leticia Vita ha señalado su importancia como fuente metodológica helleriana al alertar que su punto de partida “es el de la sociología comprensiva de Max Weber” (2015: 175). Sin embargo, el trabajo más importante sobre este vínculo pertenece a Andreas Anter y se titula “Hermann Heller y Max Weber. Normatividad y realidad del Estado”. Allí, además de señalar la fuerte orientación weberiana de la teoría del Estado de Heller, el autor afirma que la afinidad entre ambos “se puede ver de manera particularmente clara en el terreno epistemológico” (2010: 126) y, en virtud de ello, pretende indagar el vínculo entre los juicios de valor y los juicios fácticos. Sin embargo, esta pretensión pierde rápida mente su objeto y el autor termina por comparar la concepción del Estado weberiana, definido por su medio específico, y la concepción helleriana en la que el problema del fin del Estado juega un papel fundamental.

Con respecto al primer eje, la formación de conceptos típico-ideales, podemos encontrar algunas líneas que son de nuestro interés en Las ideas políticas contemporáneas, publicado originalmente en 1926. Allí Heller afir ma que mientras la ciencia natural tiene el concepto de género para aprehen der la realidad, la sociología y la ciencia de la cultura cuentan con “el tipo, la idea, el concepto típico-ideal” (Heller 1971e: 270). A pesar de que aquí no sea mencionado explícitamente el nombre de Max Weber, sí aparece en otras ocasiones como el creador -junto a Georg Jellinek- de esta formación conceptual. Por otra parte, resulta ostensible que la descripción de los con ceptos típico-ideales es muy cercana a su formulación, tal como puede verse aquí:

Para aquella concepción significa la idea un esquema de interpre tación, una figura intelectual cerrada y libre de contradicción que es obtenida a través de una síntesis lógica en la que aislamos y abstrae mos ciertos contenidos parciales de la realidad y luego los desarrolla mos e idealizamos lógicamente (1971e: 270)6.

Sin embargo, si en 1926 Heller abrazaba los conceptos típico-ideales, en los primeros años de la década del treinta los critica y se aleja casi definitiva mente de ellos al afirmar, en su Teoría del Estado, que esta formación concep tual se trata de “una síntesis mental y subjetiva que el sujeto de conocimien to efectúa arbitrariamente” (Heller 1971f: 158)7.

¿Cómo se explica este giro? En nuestra consideración, la respuesta debe buscarse en el segundo eje que propusimos para este apartado: las críticas a los supuestos epistemológicos de la escuela sudoccidental alemana.

Los supuestos epistemológicos de la escuela sudoccidental alemana son los que asume Heller en sus obras tempranas: al menos, los que operan a la base de Las ideas políticas contemporáneas y en algunos textos de la década de 1920. En este texto el punto de partida epistemológico es la afirmación relativa a que quien observa la realidad política se encuentra “al principio frente a un desorden caótico de afirmaciones opuestas, exigencias, tópicos y acciones” cuyo denominador común es la “completa falta de sentido” (1971e: 269). Frente a ella, es el pensamiento del sujeto el único elemento que pue de ordenar y encontrar relaciones de dependencia entre los fenómenos, explicitando una fuerte orientación subjetiva del conocimiento.

Unos años más tarde, sin embargo, en la década del treinta nuestro autor afirma prácticamente todo lo contrario. En Teoría del Estado da cuenta de que el sujeto “no vive jamás la vida social real como un caos o como una infinidad absoluta, sino como una conexión de efectividad estructurada que lo comprende a él mismo” (1971f: 159). En este texto, entonces, el pensa miento subjetivo no actúa como un elemento ordenador, sino que el investi gador encuentra la realidad política “como una formación objetiva y real” (1971f: 159) y ocurre nuevamente algo análogo a lo que observábamos con la formación conceptual: el subjetivismo, en este caso el relativo al acerca miento a la realidad política, se vuelve objeto de crítica en Teoría del Estado.

Sin embargo, no es solo el punto de partida del acercamiento subjetivo a la realidad social lo que Heller toma -y luego critica- de la escuela sudoccidental alemana. Durante la década de 1920 nuestro autor tenía como blanco el neokantismo de Marburgo, del que formaba parte Kelsen, y cuya pretensión era identificar el método de las ciencias jurídicas con el de la matemática y las ciencias naturales. Las principales críticas de nuestro autor en aquel momento estaban dirigidas precisamente a criticar la teoría pura del derecho y su pretensión de “eliminar radicalmente todos los elementos sustanciales” en pos conformar una “geometría de la totalidad de los fenóme nos jurídicos” (Heller 1971b: 16) en la que se conciben las normas como magnitudes lógicas que traban relaciones meramente cuantitativas entre ellas. A juicio de nuestro autor, el resultado de esta concepción no podía ser otro sino una completa despersonalización del mundo jurídico y la identificación del Derecho con un dominio abstracto que posee únicamente alguna clase de validez lógica8.

A esta comprensión abstracta y matematizante de las ciencias jurídicas, el Heller de la década de 1920 oponía la distinción dual entre naturaleza y cultura. En su artículo de 1929 titulado “Observaciones sobre la problemá tica actual de la Teoría del Estado y del Derecho” indica con claridad que allí donde la distinción entre naturaleza y cultura se opone al ideal matemático de la construcción de conceptos en las ciencias jurídicas, existe “un límite insuperable al dominio de la forma pura” de modo tal que “la construcción conceptual ya no tiene la tarea de anular todas las diferencias en leyes y relaciones” (Heller 1971c: 257)9. La distinción entre un ámbito cultural y uno natural y la diferencia metodológica que implica el acercarse a uno u a otra cobra tal fuerza en Heller que, incluso, la consabida distinción entre ciencias del espíritu y ciencias culturales pasa a un segundo plano. Nuestro autor utiliza una y otra denominación indistintamente y no establece dife rencias entre ellas, al menos, hasta 1934 Jouanjan 2012: 36).

Sin embargo, en Teoría del Estado, el peligro ya no solo es la “matematización” de las ciencias jurídicas sino también su “subjetivización”. Los supuestos epistemológicos de la escuela sudoccidental alemana en los que se había apoyado en buena medida en los años veinte, aquí se vuelven objeto de crítica al resultar la distinción entre un ámbito de la naturaleza y uno de la cultura insuficiente para cultivar de manera adecuada la teoría sobre la realidad estatal. El marco metodológico que había abrazado hasta hacía unos pocos años entraña, en realidad, dos peligros: por un lado, al separar radicalmente entre facticidad y sentido, las afirmaciones científicas quedan completamente desvinculadas de la realidad; por otro lado, esta des vinculación pretende ser remediada a través de un subjetivismo radical: al carecer la realidad de sentido, el único que puede dárselo es el sujeto a través de sus valores y puntos de vista. Con esto podemos afirmar que ambas escue las, la sudoccidental alemana y la de Marburgo, a juicio del autor pierden de vista la existencia concreta del orden jurídico y de la realidad estatal.

Lo que no deja de resultar llamativo es lo relativo al tercer eje, a saber: que a la par que critica la escuela sudoccidental alemana, no deja de inscribir la teoría del Estado en las “ciencias de la cultura”. Esto supone una doble novedad ya que unos años atrás, como mencionamos, Heller no establecía distinciones entre ciencias culturales y ciencias del espíritu. Sin embargo, en 1934 desarrolla una concepción de las ciencias del espíritu bastante más amplia que la de Dilthey y engloba a todas aquellas concepciones teóricas que postulan la existencia un “sentido” o de un “espíritu” que posee objetivi dad por fuera de las condiciones en que se manifiesta. Heller en esta obra rechaza la ciencia del espíritu y abraza la ciencia cultural, tal como puede verse en los títulos de los apartados del capítulo metodológico: “La teoría del Estado es ciencia cultural y no ciencia natural” y “La teoría del Estado es sociología y, como tal, ciencia de la realidad y no ciencia del espíritu”.

En pos de comprender este movimiento, debemos aclarar primeramente que la cuestión en sí no deja de presentar cierta ambigüedad. Los fundadores de la ciencia cultural son justamente los filósofos y dentistas sociales de la escuela sudoccidental alemana que Heller, al momento de escribir esta obra, rechazaba contundentemente. Sería imposible negar que nuestro autor des conociera esta pertenencia dado que durante la redacción de Teoría del Estado tuvo a mano, por ejemplo, las dos principales obras de Rickert: Los límites de la formación de conceptos en las ciencias naturales y Ciencia natural y ciencia cultural. Por otra parte, también conocía al dedillo el artículo de Weber titulado “La «objetividad» cognoscitiva de la ciencia social y de la política social” en la que retoma dicha denominación. La pregunta es, entonces, ¿cómo se conjugan el rechazo a la escuela sudoccidental alemana y la recupe ración de la denominación “ciencia cultural” para la teoría del Estado?

En nuestra consideración, el vínculo entre Heller y la escuela sudoccidental alemana es más grande y complejo de lo que el propio autor revela. A pesar de las críticas previamente formuladas, el autor utiliza la noción de “cultura” que había sido postulada por estos teóricos y en más de una ocasión se apoya en términos y vocabulario propios de esta escuela filosófica. La crítica princi pal a la ciencia cultural tal como había existido hasta aquel entonces es que la misma perdía de vista el vínculo existente entre sentido y realidad y, por lo tanto, resultaba necesario construir una sociología como “ciencia de la reali dad”. En esta empresa se moviliza nuevamente la figura de Weber. El soció logo ya había pretendido desarrollar una ciencia social como ciencia de la realidad. Sin embargo, este esfuerzo no podía rendir frutos, a juicio de Heller, porque aquel la había limitado “a lo comprensible, a los contenidos de sentido, al espíritu objetivo” (1971f: 137).

Podemos concluir este apartado, entonces, señalando que Teoría del Esta- do presenta una originalidad metodológica y una serie de corrimientos res pecto al resto de su obra en los ejes que decidimos tratar en este apartado, a saber: (1) el rechazo a la formación conceptual típico ideal; (2) las críticas a los supuestos epistemológicos de la escuela sudoccidental alemana y el seña lamiento de los mismos como un peligro para la teoría del Estado; (3) el rechazo a las ciencias del espíritu y la inscripción de la disciplina al interior de la ciencia cultural. En términos generales, esta obra presenta una complejización de las críticas metodológicas hellerianas: si durante la década de 1920 su principal blanco era la “naturalización” del método de las cien cias jurídicas propio de Kelsen, para 1934 el “subjetivismo” del sudoccidente alemán constituye un peligro semejante. Se puede reconstruir, a partir de los desarrollos aquí volcados, la emergencia de un triángulo conceptual com puesto por (1) la formación conceptual típico-ideal; (2) la postulación de un sujeto de conocimiento aislado de sus condiciones culturales que percibe la realidad como carente de sentido y (3) la pérdida de vínculo de los constructos teóricos con la realidad política. Este triángulo, que en cierta medida Heller había abrazado unos años antes de la redacción de su última obra, emerge como un blanco de ataque teórico en 1934.

Con esto, el lugar de Weber cambia rotundamente. Si durante la década del veinte había una importante afinidad en lo relativo a la formación con ceptual y en los presupuestos epistemológicos, en Teoría del Estado dicho acuerdo se rompe y se refuerza el distanciamiento con la empresa de cons truir esta disciplina como una “ciencia de la realidad”. Estas consideraciones metodológicas sobre el lugar de Weber y sobre los supuestos teóricos del conocimiento científico van a resultarnos de gran importancia para atender la cuestión central de este artículo: el vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor.

Max Weber y la introducción de la dimensión práctica del conocimiento social

Como dijimos, Max Weber adscribió tempranamente sus desarrollos metodológicos al marco de la ciencia cultural, tal como señala en su artículo “La «objetividad» cognoscitiva de la ciencia social y de la política social” (2012a: 76). En ella puede verse una fuerte continuidad con la separación rickertiana entre una esfera de la realidad y una esfera de los valores y la postulación del sujeto como mediador entre ambas a través de la “relación a valor”. Sin embargo, también radicaliza algunos de sus supuestos y eso lo lleva a un distanciamiento respecto al optimismo que Rickert tenía en la posibilidad de que la ciencia descansara en sus cimientos formales. Como consecuencia, termina introduciendo a la metodología científica una dimen sión práctica: la necesidad de que el investigador se oriente por una ética vinculada a la honestidad intelectual. El objeto de este apartado es exponer brevemente y sistematizar estos aspectos en dos grandes argumentos: uno teórico referido a la separación epistemológica entre facticidad y valores y uno práctico vinculado a la pregunta por la conducta del investigador.

Las ciencias culturales o de la cultura surgen con las obras de Wilhelm Windelband y, principalmente, de Heinrich Rickert quien en su escrito Ciencia natural y ciencia cultural sistematiza los fundamentos de la misma y consuma el distanciamiento respecto a las ciencias del espíritu tal como habían sido desarrolladas por Dilthey, entre otros. A grandes rasgos, puede decirse que estas últimas argumentaban que la diferencia respecto a las cien cias naturales estaba dada en virtud de su objeto, mientras que las ciencias de la cultura, en cambio, se diferencian en virtud de su metodología y forma lógica: la ciencia de la naturaleza indaga los caracteres permanentes y genera les de la realidad y estas, los caracteres transitorios y particulares de esta (Makkreel 1969, De la Vega 1998, Aguirre 2017)10.

Como señalamos, el principal punto de contacto de Weber con la fundamentación rickertiana de la ciencia cultural es la “relación a valor”11.

Tal como afirmamos en el párrafo anterior a raíz de las críticas de Heller, para los cientistas de la cultura la realidad es una masa de datos informe e infinita que por sí misma no presenta ningún significado al investigador (Rickert 1945; Weber 2012a: 73). Por lo tanto, resulta necesario que este introduzca alguna clase de sentido o criterio que pueda dotarla de orden e inteligibili dad. Al igual que aquel filósofo, Weber sostiene que el criterio que le permite a la ciencia cultural comprender la realidad y aprehender los fenómenos históricos es el valor12. En la relación a valor, el investigador vincula teórica mente la realidad a la esfera de los valores y, de esta manera, esa masa informe e infinita de datos deviene cultura: “[l]a realidad empírica es para nosotros «cultura» en cuanto la relacionamos con ideas de valor” (Weber 2012a: 71).

Si la realidad percibida inmediata e intuitivamente resultaba ininteligi ble, al devenir cultura, en virtud de su vínculo con la esfera de los valores a través del investigador, presenta un orden y un sentido que permiten abor darla y comprenderla. Ahora bien, en la obra de Weber esta solución trae consigo un problema que fue mencionado por Heller en el apartado ante rior: el subjetivismo. Esto es, que es el investigador quien, de modo arbitra rio, lleva a la realidad que se trata de conocer “las cuestiones que le interesan personalmente” y la interroga de acuerdo con “sus deseos personales, libre de necesidad objetiva, sujeto únicamente a las necesidades lógicas” (1971 f: 117).

Rickert, en Ciencia natural y ciencia cultural, afirma que la cultura era posible de ser conocida siempre y cuando los valores tuvieran, al menos, la pretensión de ser universales. Esta condición de universalidad era lo que dotaba de objetividad a la investigación y la salvaba de caer en el capricho subjetivo a la hora de decidir por una o por otra idea de valor. Weber, sin embargo, desecha este postulado. Para él, la cuestión de si un valor tiene pretensión de universalidad no es propia de la metodología científica sino de la axiología. Asimismo, el vínculo con el valor que informa la cultura se ancla siempre en la personalidad del investigador. Tal como afirma en “La «objeti vidad»...”, su labor está “orientada por la dirección de su fe personal, por la refracción de los valores en el prisma de su alma” (2012: 77). Con ello, la objetividad de la ciencia social no puede anclarse en el carácter universal de los valores pues estos remiten siempre a una decisión subjetiva (Bruun 2001; Pinto 2017).

¿Qué ocurre, entonces, con la objetividad? Evidentemente, si no puede descansar sobre la forma lógica de los valores, debe encontrar otro funda mento. Para subsanar este problema, Weber desarrolla un instrumento con ceptual de carácter lógico-formal que tiene como objetivo, entre otros, res guardar la objetividad de la investigación social: el tipo ideal (Oakes 1987). Dado que la definición de tipo ideal fue esbozada en el apartado anterior y, además, está lo suficientemente difundida en el ámbito de las ciencias socia les, podemos permitirnos prescindir de reiterarla aquí. Sin embargo, sí resul tan de primordial interés para los objetivos de este artículo el recuperar dos precauciones que Weber introduce sobre este tipo de formación conceptual.

La primera de ellas es la distinción entre el sentido lógico-formal y el sentido normativo del término “ideal”, esto es, que lo ideal sea tomado como una magnitud del orden del deber ser. La indistinción entre estas dos nocio nes es, justamente, uno de los motivos por los cuales aparecen afirmaciones con pretensión de validez empírica que ocultan, en realidad, juicios de va- lor13. Con esto, se adultera la metodología de la investigación social al intro ducir valoraciones bajo la forma de datos objetivos y se abandona “el terreno de la ciencia empírica”, quedándonos “frente a un credo personal” (2012a: 94). El objetivo de esta primera precaución es entonces el evitar la confusión entre el tipo ideal en su sentido lógico-formal y el ideal normativo que pres cribe un deber ser.

La segunda precaución, sin embargo, parece atenuar la primera. En ella, Weber afirma que el problema no es tanto la introducción de juicios de valor en la ciencia. Ciertamente, las apreciaciones subjetivas son ajenas en un terreno en el que se pretenden establecer afirmaciones objetivas, pero el inconveniente principal es otro, a saber: que los científicos presenten sus propias valoraciones como afirmaciones relativas al propio material empírico. Esto es, que revistan sus juicios subjetivos con rasgos de objetividad. A diferencia de la primera precaución, la consecuencia de esta no es tanto la adulteración de la investigación social y sus resultados sino la desresponsabilización del investigador respecto a sus apreciaciones personales.

¿Es posible acallar por completo la subjetividad del investigador, princi palmente cuando se indagan cuestiones referidas a la política y a la ciencia social? La respuesta de Weber es negativa. En su papel de editor del Archiv für Sozialwissenschaft undSozialpolitik, niega la posibilidad de censurar aque llos artículos que explicitan sus posturas personales14 15. Pero, justamente en virtud de ello, exige a los científicos el cumplimiento de dos deberes: el primero, que ellos mismos y sus lectores tengan en claro cuáles son los crite rios empleados para medir la realidad y obtener el juicio de valor. El segun do, indicarle al lector dónde establece valoraciones subjetivas y dónde juicios fácticos. Dado que no es posible evitar la presencia de la subjetividad del científico y sus valores en la investigación, Weber apela a la responsabilidad científica a través del cumplimiento de una ética vinculada a la honestidad intelectual que compela a los cientistas a indicar al lector “cuándo calla el investigador y comienza a hablar el hombre como sujeto de voluntad, dónde los argumentos se dirigen al intelecto [Verstand] y dónde al sentimiento [Gfühl]” 14 (2012a: 54).

Es claro que a este planteamiento subyace una concepción sobre los lími tes del conocimiento científico. Como afirma el propio Weber, la ciencia puede enseñarle a los hombres qué pueden hacer y, en ciertas ocasiones, qué quieren, pero nunca qué deben hacer. Sin embargo, las herramientas formales de la ciencia social no permiten por sí mismas establecer los resultados de las investigaciones al interior de estos límites. Por eso, junto a la primera precau ción de índole lógica, existe una segunda precaución de carácter práctico, es decir, que apela a la conducta y a la ética del cientista social. Para Weber, quien se dedica a la ciencia debe ser consciente para sí mismo de estos límites y debe contar con la honestidad intelectual para comprender que existe

en cualquier época, una diferencia insalvable el que una argumenta ción se dirija a nuestro sentimiento y a nuestra capacidad de entusias marnos por fines prácticos concretos [unser Gefühl und unsere Fahigkeit für konkretepraktische Ziele] o por formas y contenidos de cultura, o bien a nuestra conciencia, en caso de que esté en cuestión la validez de ciertas normas éticas; o bien el que se dirija a nuestro poder y necesidad de ordenar conceptualmente la realidad empírica de un modo que pretenda validez como verdad empírica (2012a: 52 [Las cursivas son nuestras]).

Varios años más tarde, en 1917, la cuestión de la honestidad científica vuelve en el artículo “El sentido de «no hacer juicios de valor» en la sociología y en la economía”, esta vez, en cambio, relativa principalmente a la enseñan za universitaria. En este famoso artículo en el que ataca a los “profetas de cátedra”, es decir, a aquellos profesores que en sus clases pontifican, en nom bre de la ciencia, acerca de sus concepciones del mundo y de sus valoraciones éticas y políticas, reafirma la necesidad de que el investigador -o el docen te- se oriente a través de una ética vinculada a la honestidad intelectual que lo obligue a transparentar el momento en que realiza valoraciones prácticas y el momento en que señala hechos objetivos.

Reafirma allí que es “correcta la distinción entre cuestiones puramente lógicas o empíricas, por un lado, y valoraciones prácticas -éticas o basadas en una concepción del mundo-, por el otro” (2012b: 238), esto es, que entre hechos y valores existe una diferencia lógica y que se tratan de magnitudes que se encuentran en planos heterogéneos. En virtud de ello, quien habla a un auditorio debe imponerse como deber absoluto “mantener inexorablemente en claro ante sus oyentes y, lo que es esencial, ante sí mismo, cuáles de sus aseveraciones corresponden a hechos deducidos lógicamente, o empíricamen te observados, y cuáles a valoraciones prácticas” (2012b: 239). El transparen tar el momento valorativo del momento objetivo es, en virtud de la diferencia lógica entre las esferas, “un mandato de honestidad intelectual; en este caso, es lo mínimo que puede exigirse” (2012b: 239 [Las cursivas son del autor]).

Para concluir esta sección, entonces, queremos disponer la concepción weberiana expuesta en este apartado en dos grandes argumentos, uno teóri co y uno práctico. El argumento teórico es el de la diferencia lógica entre los hechos y valores o, si se quiere, entre la realidad y la esfera de las ideas de valor. Para Weber, como mencionamos, no hay posibilidad de arribar a la objetividad científica si se confunden los hechos fácticos con las valoraciones subjetivas. Los resultados de las investigaciones en ciencia social deben ba sarse en material empírico y no en la fe personal del cientista. Ciertamente las ideas de valor prestan un servicio imprescindible para la tarea científica ya que sin ellos la realidad carecería de orden, inteligibilidad y significado. En otros términos, no podría ser considerada cultura. Ahora bien, la instancia de la “relación a valor” constituye un momento precientífico que consiste en el acercamiento a la realidad y en la selección del material que se pretende estudiar. Pero el momento propiamente científico es el que deja atrás estas ideas de valor y pretende arribar a resultados que sean válidos no únicamente para aquellos que comparten la concepción del mundo del investigador, sino que puedan ser válidos para todos aquellos que quieren la verdad.

El segundo argumento es, en cambio, de carácter práctico. Weber, cierta mente, consideraba que existía una diferencia lógica entre los hechos y los valores. Sin embargo, también era consciente de que las valoraciones subjeti vas podrían introducirse de contrabando en resultados científicos que pre tendían validez universal. A pesar de desarrollar un instrumento conceptual libre o prescindente de valores, el tipo ideal, las herramientas formales de las ciencias sociales no eran capaces de impedir por sí mismas el pronuncia miento, explícito o implícito, del científico acerca del carácter censurable o digno de aprobación de determinados fenómenos sociales. Por ello, para arribar a la verdad empírica, resultaba necesario que el investigador no solo se consagrara a utilizar de manera adecuada los instrumentos formales de su disciplina, sino que también debía orientar su conducta a través de una ética vinculada a la honestidad intelectual. Esto es, debía transparentar el mo mento en que se pronunciaba acerca de juicios y valoraciones subjetivas y aclarar, en cambio, el momento en que afirmaba hechos fácticos. Utilizando los términos que el propio Weber repitió en diversas ocasiones del artículo de 1904, podemos afirmar que el científico, a través de este deber de la hones tidad intelectual, se veía bajo la obligación de transparentar cuándo sus ar gumentos se dirigían al intelecto y cuándo se dirigían al sentimiento.

Heller y la unidad dialéctica entre juicios fácticos y juicios de valor

A diferencia de Weber, Hermann Heller sostiene en su obra póstuma de 1934 que los juicios fácticos y los juicios valorativos no se encuentran sepa rados lógica y formalmente, sino estrechamente imbricados. Al igual que Weber, Heller sostiene que existe una diferencia fundamental entre un argu mento que se dirige al intelecto y uno que se dirige al sentimiento. A pesar de que los juicios de hecho y los juicios de valor se encuentran entrelazados en la teoría del Estado y en todas las ciencias sociales, admite que entre unos y otros existe “una acentuación diferente” (1971f: 147). Esta acentuación diferente remite, justamente, a la actitud del sujeto y a su orientación hacia la ciencia o hacia la política. En este apartado, vamos a tratar de ganar clari dad conceptual en lo relativo al vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor y a los fundamentos que llevan a Heller a romper con el “argumento teórico” de Weber, pero a retomar su “argumento práctico”.

En primer lugar, vale aclarar que el vínculo entre juicios fácticos y juicios valorativos refiere a una cuestión disciplinar. De acuerdo con Heller, en la Alemania de su tiempo existían tanto una teoría general del Estado libre de juicios de valor como una ciencia política libre de juicios fácticos. La primera pretendía ser una consideración científica de validez universal sobre los prin cipales conceptos del derecho político. La segunda, en cambio, pretendía proveer herramientas para la lucha política sin intentar arribar a verdades empíricas. Nuestro autor, en cambio, a la hora de escribir su Teoría delEsta- do, no se propuso solamente establecer una serie de consideraciones teóricas sobre la realidad estatal, sino también fundar un campo disciplinar que au nara el compromiso científico y el compromiso político. En otros términos, se propuso fundar una teoría del Estado que no renuncie a su orientación práctica (Hernández Marcos 1998).

Por otra parte, el vínculo entre juicios fácticos y juicios valorativos refiere a una cuestión estrictamente teórica. Para Heller, la oposición entre hechos y valores se inscribe en una larga línea de pares de opuestos entre los que podemos nombrar, por ejemplo, la oposición entre sujeto y objeto, psíquico y físico, sentido y acto, ser y devenir, entre otros. De acuerdo con nuestro autor, estas estructuras dualistas solo pueden ser comprendidas como oposi ciones dialécticas. Las mismas, a pesar de que no puedan ser referidas las unas a las otras o ambas a una misma raíz común, aparecen como dos afirma ciones “vinculadas en un objeto real, en el que con una siempre se encuentra puesta al mismo tiempo la otra” (1971f: 161). Al pasar del dualismo a una lógica dialéctica, los juicios fácticos y los juicios valorativos en la realidad estatal aparecen imbricados entre sí y no constituyen dos esferas separadas y opuestas.

Esta concepción del vínculo entre hechos y valores surge al calor de sus críticas a las ciencias culturales tal como habían sido desarrolladas por la escuela sudoccidental alemana. En el primer apartado de este artículo, afir mamos que Heller consideraba que estos teóricos perdían de vista el vínculo existente entre sentido y realidad y, por lo tanto, resultaba necesario cons truir la teoría del Estado como una ciencia de la realidad. A pesar de que en algunas ocasiones esta empresa ha sido definida como “la combinación del método «comprensivo» de las llamadas «ciencias del espíritu» con el método «explicativo-causal» de las «ciencias de la naturaleza»” (Hernández Marcos 1998: 76), la misma refiere más bien la restitución de la base sociológica de las formaciones de sentido16. En otros términos, supone la concepción de que los valores nunca pueden existir como una esfera autónoma o una mag nitud lógica. Lo que denominamos el “argumento teórico” weberiano en virtud del cual el investigador debe remitirse a una esfera separada de la realidad para significar esta última como cultura no tiene razón de ser en una teoría del Estado como ciencia de la realidad. Por el contrario, la realidad estatal se presenta siempre como una unidad de hechos y valores.

Por supuesto que esta unidad no existe por sí misma. De afirmar esto, estaríamos cayendo nuevamente en una hipostatización espiritual. En tanto ciencia de la realidad, la teoría del Estado afirma que los valores aparecen siempre a través de tendencias sociales y grupos de voluntad que tienen diferentes aspiraciones y que buscan imponerse para conformar el futuro de la unidad política. Bajo esta concepción, los valores no existen como una esfera separada de la realidad, sino que están al interior de esta, actuando en su seno en busca de conformar el futuro. La realidad estatal, por lo tanto, nunca es estática, sino que se encuentra en permanente devenir. La misma existe y se desarrolla en el tiempo. El investigador que pretenda conocerla, entonces, no puede ignorar este carácter ni la disputa entre tendencias y grupos de voluntad que cobra lugar en su seno.

Por otra parte, la consideración en tanto ciencia de la realidad supone que aquello que se conoce no es algo externo al sujeto que pretende conocer. Por el contrario, no hay una separación entre sujeto y objeto. Aquellas concep ciones teóricas y metodológicas que pretenden que el sujeto suspenda los supuestos culturales en los que existe postulan, en realidad, “un ser fabuloso que pregunta y conoce desde fuera de la realidad social” (1971f: 117). Para Heller, en cambio, el investigador se encuentra existencialmente vinculado con la realidad que pretende conocer: contribuye a su sostenimiento y a su formación y traba relaciones de ser y voluntad con los grupos sociales exis tentes. De este modo, existe una identidad dialéctica entre sujeto y objeto al no existir la posibilidad de que el investigador se sitúe fuera de los propios supuestos culturales en los que vive. Al conocer la realidad estatal el investi gador “se conoce a sí mismo” (1971f: 128).

En virtud de la identidad entre sujeto y objeto se conjuga en primer lugar el vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor. El investigador, como dijimos, no es un sujeto ficticio que se encuentra por fuera de una situación espaciotemporal, sino que, al contrario, se trata de un sujeto real que vive y participa de una cultura. A su vez, esta cultura está conformada por valores y por grupos humanos de voluntad que movilizan fines de cara al futuro. El investigador, al enjuiciar la realidad estatal y política, no puede sustraerse de la propia cultura que lo conforma como sujeto y, con ello, de los valores en los que participa. Por eso es que sus afirmaciones nunca van a estar libres de juicios de valor: al contrario, todas las representaciones que el investigador “de carne y hueso” realiza sobre la realidad están mediadas por valoraciones.

En segundo lugar, el vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor se da en virtud de que el Estado se trata de una estructura que apunta hacia el futuro, esto es, que se encuentra en devenir. Como dijimos, la base socioló gica de la unidad política está compuesta por grupos y tendencias sociales que pretenden imponer su voluntad sobre los otros. Con ello, en la política se juega permanentemente la dimensión del futuro. De aquí resulta que quien pretenda conocer la realidad estatal no puede limitarse a observar el pasado, sino que debe atender las fuerzas y tendencias sociales que se mue ven en el presente de cara al futuro. En otros términos, se encuentra frente a la decisión por “cuál, de entre las distintas tendencias del presente, va a valer como la tendencia formadora del futuro” (1971f: 153). Para esto, sin duda, se requiere un conocimiento fáctico de la realidad política. Sin embargo, dicho pronóstico no puede “seguirse de los hechos” sino que siempre involucra una cuota de la subjetividad del observador. Con esto, el investigador se ve obligado a incurrir en la valoración de la propia realidad que pretende cono cer, al punto de que sus juicios fácticos se asientan sobre juicios de valor relativos al devenir de la realidad política.

El vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor se conjuga entonces en dos tiempos: a través de la participación del investigador en la cultura y mediante la necesidad de establecer valoraciones sobre las tendencias políti cas actuales que van a conformar el futuro de la realidad estatal. Si bien con esto creemos haber demostrado la concepción helleriana por la cual existe una unidad dialéctica entre hechos y valores, no se sigue de aquí las diferen tes “acentuaciones” que pueden tener uno u otro. En otros términos: si bien podemos afirmar el vínculo necesario entre unos y otros, aun no nos halla mos capacitados para señalar su diferencia. La pregunta es entonces: ¿cómo postula Heller la diferencia entre juicios fácticos y juicios de valor?

Un punto de partida es la afirmación que realizamos más arriba, a saber: que Heller, al igual que Weber, considera que existe una diferencia fundamen tal entre un argumento dirigido al intelecto y un argumento dirigido al senti miento o a la voluntad. Esta concepción se ancla en que nuestro autor, en su obra póstuma de 1934, señala que a la base del sujeto se encuentran dos tipos de actitudes fundamentales que solo pueden trabarse entre sí mediante la subordinación de la una a la otra: la voluntad de conocimiento y la voluntad de poder. Mientras que el teórico subordina su voluntad de poder a su volun tad de conocimiento, el político práctico subordina su voluntad de conoci miento a su voluntad de poder. Incluso, las máximas que informan su acción y los fines que persiguen el uno y el otro son diametralmente opuestos. Mientras que el práctico busca ser políticamente efectivo, el teórico pretende ser intelec tualmente honesto. Es justamente a través de esta máxima de la honestidad intelectual que puede establecerse la diferencia entre el científico y el político.

El político, como es de esperarse, busca conquistar o afianzar posiciones de poder. Para ello, utiliza todos los instrumentos que tiene a mano en pos de ser políticamente efectivo en su tarea y se ve en ciertas circunstancias obligado, incluso, a faltar a la verdad empírica. El científico, en cambio, trata de conocer y ordenar teóricamente la realidad. Para ello, debe doblegar su voluntad de poder y renunciar, incluso, a aquellas afirmaciones que constitu yen su deseo político en pos de velar por la honestidad intelectual. Cierta mente, él también cuenta con voluntad de poder e, incluso, el propio cono cimiento de la realidad lo obliga a realizar valoraciones. Ahora bien, estas valoraciones nunca pueden tener sino un carácter hipotético y deben ser constantemente controladas y modificadas: el teórico de la política “no debe pretender demostrar/sostener su «utopía», sino que debe estar listo para de jarse contradecir por la realidad empírica” (1971f: 155).

De este modo, entre el político y el científico existe una diferencia funda mental pues “los argumentos del teórico no deben dirigirse en primer lugar a nuestra capacidad de entusiasmo, a nuestra alegría por la actividad [ Tatfreudigkeit] o a nuestra conciencia moral, sino que deben hablarle prima riamente a nuestro juicio intelectual”, mientras que el político práctico “debe apelar más al sentimiento y la voluntad que al intelecto” (1971f: 154). Cier tamente, resuena en esta frase el eco de Weber al señalar que existe una diferencia fundamental entre un argumento que se dirige al intelecto y uno que se dirige al sentimiento. La hipótesis de que lo esté parafraseando puede ser arriesgada pero no disparatada: por un lado, el texto de Weber de 1904 es citado por Heller en este mismo capítulo y constituye una de sus obras de referencia17; por otro lado, el cotejo entre los originales en alemán presenta algunos términos similares18. En cualquier caso, sí podemos afirmar que Heller al señalar esta diferencia está pensando dentro de los límites que ha bía planteado el propio Weber en su artículo.

De esta manera, el vínculo metodológico entre juicios fácticos y juicios de valor en Teoría del Estado puede clarificarse conceptualmente a través de los dos argumentos weberianos. Por un lado, Heller presenta una contun dente ruptura con el argumento teórico que postulaba la diferencia lógica entre hechos y valores. Para el jurista, la teoría del Estado debe rastrear los valores en tanto magnitudes sociológicas, esto es, comprenderlos no como formaciones de sentido aisladas, sino que cobran existencia únicamente en y a través de grupos sociales que actúan en función de los fines y valores que se representan. Por otra parte, Heller retoma el “argumento práctico” de Weber. A pesar de que no postula una distinción lógica entre juicios fácticos y juicios de valor, este autor considera que hay una diferencia fundamental entre aque llos argumentos que se dirigen al “sentimiento” y que buscan ser política mente efectivos y aquellos argumentos que se dirigen, en cambio, al “intelec to” y que buscan la verdad empírica. La máxima de la honestidad intelectual es un deber que Heller postula para los teóricos del Estado y que incluso él mismo introyecta. Es él quien al finalizar el apartado en que trabaja el víncu lo entre hechos y valores transparenta su propio juicio de valor:

La hipótesis directriz de esta teoría del Estado es la admisión de la insostenibilidad de la estructura de clases del Estado actual y de la validez de las tendencias de desarrollo que se dirigen contra ella.

A raíz de que estas tendencias de desarrollo en la actualidad ponen en cuestión la realidad y unidad del Estado de hoy en día, la cuestión cardinal de la teoría del Estado debe ser: ¿Es posible, y cómo es posi ble, el Estado actual como una unidad que actúa en la realidad social- histórica, como una forma histórico-real? (1971f: 155).

Conclusiones

El propósito de este artículo fue indagar teóricamente el vínculo metodológico que Heller postula entre juicios fácticos y juicios de valor valiéndonos para ello de la obra de Weber. Vamos a dedicar este apartado a señalar los aportes de este artículo y agregar algunas reflexiones e interrogantes que quedan en suspenso.

En primer lugar, nos abocamos a encuadrar el problema al interior de la metodología helleriana. En líneas generales, mostramos cómo Heller en la década del veinte tenía por blanco al neokantismo de Marburgo que preten día identificar el método de las ciencias jurídicas con el de las ciencias natu rales y, para llevar adelante esta disputa, abrazó los conceptos ideales, sus presupuestos epistemológicos y el dualismo resultante de la distinción entre un ámbito de la naturaleza y un ámbito de la cultura. A comienzos de la década del treinta, sin embargo, Heller identifica que, al igual que la escuela de Marburgo, la metodología del sudoccidente alemán incurría en la separa ción entre realidad y sentido, perdiendo el vínculo con aquella y volviéndose igual de peligrosa para la teoría del Estado en virtud del subjetivismo que se seguía de sus presupuestos. Con estos desarrollos podemos reconstruir un triángulo compuesto por (1) la formación conceptual típico-ideal; (2) la postulación de un sujeto de conocimiento aislado de sus condiciones cultu rales que percibe la realidad como carente de sentido y (3) la pérdida de vínculo de los constructos teóricos con la realidad política. Estos tópicos son los principales blancos científicos contra los que Heller combate y que apa recen, en algún caso de forma distinta, en el problema particular que aquí tratamos.

En segundo lugar, indagamos directamente en dos de los principales ensayos metodológicos de Max Weber: “La «objetividad» cognoscitiva de la ciencia social y de la política social” y “El sentido de «no hacer juicios de valor» en la sociología y en la economía”. Tras trabajar sobre algunos de sus principales conceptos, dispusimos la reconstrucción en dos grandes argu mentos: uno de índole teórica referida a la distinción y separación entre una esfera de la realidad y una esfera de los valores; otro de índole práctica relati vo a la necesidad de que el científico se oriente a través de una ética vinculada a la honestidad intelectual. En virtud de ellos, Weber distinguía fundamen talmente entre dos tipos de afirmaciones sobre la política y la ciencia social: unas que se dirigen al intelecto y tienen por objeto dar con la verdad empí rica y otras que se dirigen al sentimiento y tienen por objeto apelar a la voluntad de los hombres.

Por último, volvimos a Heller para trabajar el vínculo que postula entre juicios fácticos y juicios de valor en el capítulo metodológico de Teoría del Estado. De allí extrajimos que el investigador, cuando pretende acercarse a la realidad política y conocerla, se ve obligado a establecer valoraciones en vir tud de (1) el vínculo existencial que tiene con la cultura que pretende cono cer, en la cual participa de su formación y sostenimiento; (2) el carácter de estructura en devenir que tiene el Estado que lo obliga a señalar cuáles de las tendencias sociales que operan en su interior son válidas para conformar el futuro.

Sin embargo, a pesar de no poder establecer una diferencia lógica-formal entre un tipo de juicio y otro, Heller señala que subyace a ambos una actitud completamente diferente por parte del sujeto: la orientación hacia la volun tad de poder y el deseo de ser políticamente efectivo, o bien la orientación hacia la voluntad de conocimiento y la pretensión de ser honesto intelectual mente. De este modo, con el eco de Weber, Heller afirma también que existe una diferencia fundamental entre un argumento que se dirige al intelecto y uno que se dirige al sentimiento.

A lo largo de este artículo, pudimos observar que ambos autores coinci den en la necesidad de introducir una dimensión práctica en la metodología de las ciencias sociales. En el caso de Weber, podemos atribuir esta preocu pación a la desconfianza que tenía respecto de algunos de los presupuestos epistemológicos rickertianos que retoma. Los valores universales y la consi guiente posibilidad de que la ciencia cultural descanse en sus supuestos lógico-formales son desechados por este autor mediante la introducción de la pregunta por la conducta del sujeto y el establecimiento de la honestidad intelectual como deber científico. En el caso de Heller, en cambio, esta di mensión es una necesidad inherente a la lógica dialéctica. Al pasar de la lógica binaria neokantiana a una lógica dialéctica, la antítesis entre sujeto y objeto, hechos y valores o teoría y práctica son leídas como momentos de una unidad. Con ello, la pregunta por la conducta del sujeto es una exigen cia inherente a la lógica dialéctica.

Es significativa también la diferencia entre las concepciones del sujeto de conocimiento sobre las cuales se construyen el resto de los cimientos metodológicos. No demanda mayores esfuerzos el reconstruir la metodolo gía weberiana a partir de la postulación de un sujeto que media entre una realidad carente de orden y una esfera de valores plena de significado. En cambio, para el sujeto de conocimiento helleriano esta separación lógica entre esferas carece de relevancia pues se encuentra todo el tiempo situado en una cultura que cuenta con valores y criterios simbólicos y materiales pro pios que la vuelven inteligible. Si en Weber la significación de la cultura está vinculada por una decisión subjetiva sobre el valor, en Heller, en cambio, está dada por el vínculo existencial entre el sujeto y aquella.

Por último, queremos mencionar que una de las cuestiones que subyace a este artículo es el interrogante por el vínculo entre ciencia y política. Pode mos afirmar, con ambos autores, que existe una diferencia fundamental en tre una y otra a través de la conducta del sujeto. Sin embargo, en nuestra consideración, la lógica dialéctica de Heller permite dar un paso más allá de la mera separación binaria y complejizar la concepción sobre este vínculo. A través de ella es posible afirmar que en ningún momento puede existir una distinción tajante entre ciencia y política ya que todo conocimiento científi co sobre la realidad puede ser subordinado a una práctica concreta orientada por fines políticos. De ser así, el científico es consciente de que sus afirmacio nes pueden ser instrumentalizadas en pos de fines que no se orientan por la honestidad intelectual. Queda abierto el interrogante, entonces, relativo a si Heller de este modo imparte una enseñanza sobre la responsabilidad política de la ciencia.

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1 Algunas consideraciones sobre la metodología de Hermann Heller El vínculo que la teoría del Estado helleriana postula entre juicios fácticos y juicios de valor es, con seguridad, uno de los temas más característicos y controvertidos de su producción. Posiblemente sea este el motivo por el cual ha sido trabajado en numerosas ocasiones por la recepción de su obra (Abignente 1992, Mesas de Román 2003, Henkel y Lembcke 2003, Mar tín 2011, Scheuerman 2015, Slavin 2016, Molina Cano 2017). Sin embar go, son menos los casos en los que se ha reflexionado sobre el problema del vínculo entre juicios fácticos y juicios de valor en lo que hace a sus ribetes estrictamente metodológicos (Robbers 1983, Pomarici 1989, Hernández Marcos 1998, Sampay 2011, Jouanjan 2012, Vita 2015).

2Así lo describe Heller en “La crisis de la teoría del Estado” donde señala que el positivis mo jurídico es la concepción de la teoría del Estado que queda en pie tras la desestima ción de la dimensión sociológica y metafísica de los fenómenos políticos, tal como se produjo con la corriente de la teoría del Estado de Carl Friedrich Gerber, Paul Laband y, por supuesto, Hans Kelsen. Stolleis, en su clásico trabajo sobre la historia del derecho público en Alemania, utiliza esta misma denominación para la “Escuela de Viena”, particularmente, para la teoría pura del derecho kelseniana (Stolleis 1999: 163-164).

3A pesar de que, en 1926, en el texto sobre la crisis de la teoría del Estado, Heller utilizó la expresión “sincretismo metodológico” para acusar polémicamente los trabajos de Richard Schmidt y Hermann Rehm (1971b: 12). Unos años más tarde, en 1929 en el ensayo “Observaciones sobre la problemática actual de la teoría del Estado y del derecho”, Heller afirma que su método consiste, precisamente, en un sincretismo metodológico (Heller 1971c: 278). En los siguientes trabaj os sobre el método de la teoría del Estado, sin embargo, esta caracterización desaparece.

4También denominada corrientemente como “Escuela de Baden” o “neokantismo de Baden”.

5Las traducciones de los artículos son nuestras.

6Como es sabido, la formación de los conceptos típico-ideales estriba en el realce unila teral de uno o varios puntos de vista y en la reunión de una multiplicidad de fenómenos que encajan en aquellos puntos de vista escogidos formando, en su conjunto, un cuadro conceptual unitario. De todos modos, es el propio Heller el que menciona en varias ocasiones el lugar de Weber en el desarrollo de esta formación conceptual (Heller 1971f).

7Aquí Weber sí es mencionado explícitamente y citado a la hora de reflexionar sobre los conceptos típico-ideales. En particular, Hermann Heller maneja una edición de los Gesammelte Aufsdtze zur Wissenchafslehre de 1922 y hace especial énfasis en su escrito de 1904, Die Objetiktivitatsozialwissenchaftlicher und sozialpolitischer Erkenntnis (“La «objetividad» cognoscitiva de la ciencia social y de la política social”).

8Frente a esta comprensión despersonalizada de las ciencias jurídicas surge, por ejemplo, la necesidad de trabaj ar el problema de la soberanía que motoriza su obra de 1927. La disolución de la noción de soberanía es, j ustamente, la afirmación de que la soberanía reside en el orden j urídico y no en una personalidad o en un titular concreto (Heller 1971d).

9También la introducción de Las ideas políticas contemporáneas se orienta a distinguir entre naturaleza y cultura cuando señala que la razón humana, en el terreno de la ciencia natural, ha establecido “una continua cadena causal entre los distintos fenómenos, que despoj a de su carácter divino a las temibles fuerzas naturales” y que a la sociología le corresponde una tarea similar, pero en el ámbito de los fenómenos culturales.

10En su obra Introducción a las ciencias del espíritu Dilthey desarrolla la distinción de estas frente a las ciencias de la naturaleza en virtud de su objeto. Si estas últimas pretendían conocer las realidades físicas, las ciencias del espíritu en cambio se proponían conocer las realidades psíquicas. De este modo, aquellas encontraban su material en los fenómenos físicos que acaecían en el mundo, mientras que las ciencias espirituales se apoyaban en la estructura psíquica y en la vivencia como dato último al que podía acceder el conoci miento espiritual. A su vez, la metodología y el abordaje científico que realizaba el sujeto de conocimiento se seguía de la naturaleza del objeto de investigación. Tal como señala en Mundo histórico, “el objeto y el modo de darse del objeto deciden acerca del método lógico” (Dilthey 2014: 37). De esta manera, el tipo de abordaje lógico resultaba una consideración de segundo orden, siendo la pregunta por el objeto la consideración decisiva para fundar y establecer los límites disciplinares. En síntesis, la diferencia entre ciencias de la naturaleza y ciencias del espíritu estriba, para Dilthey, en el carácter específico del objeto que se pretende conocer.

11La bibliografía acerca del vínculo entre Rickert y Weber es profusa y ha dado lugar a diversas hipótesis y lecturas. En general, todos los autores afirman la influencia y la importancia que tuvo Rickert para la sociología weberiana. Quien realiza una excelente síntesis del estado del arte de este asunto es Bruun (2001). Uno de los pocos comenta ristas que rechaza el alcance de este vínculo es Cohn: “el peso que, según han sustentado la mayoría de los comentaristas, tuvo la obra del filósofo Heinrich Rickert en la elaboración de las ideas fundamentales de Weber, [es una] opinión que no comparto” (1998: 14).

12¿Qué es un valor? En la reflexión rickertiana, la noción de valor no es ontológica, es decir, no es un ente del orden del ser, sino que existe en tanto es válido. Dice el autor: “no puede decirse [sobre los valores] ni que son ni que no son reales, sino solo que valen o no valen” (1945: 48). Si el valor es algo que vale, la pregunta siguiente es: ¿para quién vale? Para ser tomados como tales en una consideración científica, los valores no pueden ser un mero capricho individual o un objeto de deseo. Por el contrario, deben ser recono cidos como generalmente válidos o, al menos, exigidos como válidos a todos los miem bros de una comunidad de cultura. En tercer lugar, la relación a valor implica que sea posible referenciar los objetos y las acciones subjetivas a la esfera de los valores. Los valores, entonces, son aquellas magnitudes que valen universalmente y que pueden vincularse con objetos y sujetos. Para una lectura crítica al respecto, véase Heidegger (2010) y también Schmitt (2010).

13Un claro ejemplo de ello es toda la serie de investigaciones que pretenden dar con la “esencia” de un fenómeno, por ejemplo, el cristianismo. Estas no solo intentan dar con un núcleo fenoménico que permita comprender y explicar esta individualidad históri ca, sino que, de acuerdo a Weber, en la noción de esencia subyace aquello que reviste valor permanente para el investigador.

14Recordemos que el artículo que estamos trabajando fue publicado en el Archiv al momento en que el comité de redacción pasó a manos de Edgar Jaffé, Werner Sombart y el propio Weber.

15Los términos alemanes los tomamos del original alemán (Weber 1904).

16De ningún modo se pretende afirmar aquí que esta “base sociológica” sea algo así como el fundamento real de una “superestructura” de sentido. Por el contrario, sentido y positividad social no incurren en una jerarquía sino en una unidad dialéctica donde ambos términos son necesarios.

17Recordemos que al comienzo de cada capítulo y apartado de Teoría del Estado se citan una serie de obras que funcionan como referencias generales para el desarrollo teórico. En el capítulo que estamos trabaj ando se menciona, justamente, el volumen que reúne los escritos metodológicos de Weber.

18Ambos utilizan los términos Gefuhl y Fahigkeit, es decir, sentimiento y entusiasmo. Para voluntad utilizan términos que comparten su raíz: wollende y Willen. Para intelecto, en cambio, se diferencian: Weber utiliza un término de raíz germánica, Verstand, y Heller uno de raíz latina, Intellekt.

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