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Apuntes de investigación del CECYP

versão On-line ISSN 1851-9814

Apunt. investig. CECYP  no.29 Buenos Aires jun. 2017

 

Lecturas en debate

Un secreto a voces. Detenidos políticos y rumor carcelario

A secret out loud. Political prisoners and prision rumor

 

Isabel Antonieta Morayta1

1. Universidad de Buenos Aires – Universidad Nacional de San Martín.


Resumen

El artículo analiza La bemba, de Emilio de Ípola, resaltando el enfoque teórico con que el autor aborda el estudio del rumor carcelario y de las relaciones de poder al interior de la cárcel política, aunque también se concentra en el modo en que de Ípola –en su doble condición de observador y par-ticipante– construye e indaga el objeto de análisis. Así, la reseña destaca ciertos aspectos de la obra que la hacen un texto imprescindible e ilustrativo de la renovación que se iniciara, de la mano de Foucault, en el campo intelectual latinoamericano de la década del 80.

Bemba; rumor carcelario; prisión política; renovación del marxismo latinoamericano.

Abstract

This article analyzes La bemba, by Emilio de Ípola, highlighting the theoretical approach with which the author addresses the study of prison rumor and power relations around the political prison. It also focuses on the way in which de Ipola –as an observer and a prisioner– constructs his analytical object. The review highlights certain aspects of the work that make it an essential and illustrative book of the renewal of the Latin American inte-llectual feld of the 1980s, through the writings of Michel Foucault.

Bemba; prision rumor; political prision; renewal of Latin American Marxism.


 

En octubre de 1815 salió en libertad: había entrado al presidio en 1796 por haber roto un vidrio y haber tomado un pan. Jean Valjean entró al presidio sollozando y tembloroso; salió impasible. Entró desesperado; salió taciturno. ¿Qué había pasado en su alma? (Víctor Hugo, Los Miserables).

Al leer La bemba (de Ípola 2005) se tiene la sensación de estar frente a una investigación de las que integran, sin lugar a dudas, la lista de los imprescindibles sociológicos. Lecturas posteriores no hacen más que confrmar esa percepción primigenia. Equivalente a El suicidio, La ética protestante…, El sentido social del gusto… y a Estudios sobre los orígenes del peronismo…, o Estado y alianzas de clases en Argentina…, es un relato impecable que conjuga la potencia política de la denuncia, la precisión científica y la exquisitez literaria.

Precisamente, esta última es la que genera un irresistible atractivo sobre todo por la simpleza. Pero un análisis más profundo sugiere que la sencillez de la forma, en realidad, no es más que la fsonomía de lenguaje justa para una práctica sociológica, creativa, comprensible y metodológicamente compleja, pero bien hilvanada.

Escrito luego de su liberación en 1977, y ya en el exilio mexicano en el contexto de la llamada “crisis del marxismo” en la que el armazón categorial de esa gran tradición política era puesta en cuestión, Foucault se convirtió en uno de los instrumentos privilegiados con los que se tramitó ese abandono por parte de muchos intelectuales que cerraban así la tradición de los años sesenta.

Dejando de lado los análisis que privilegiaban la lucha de clases y al Estado como el centro de gravedad del poder social, Foucault trocó ese vehículo por excelencia para enfocar las cuestiones del poder y la dominación social por una mirada que hace del poder una trama que recorre todo el sistema. En ese clima de ideas que recurría a otras perspectivas teóricas y abandonaba progresivamente las que remitían al marxismo soviético, el llamado posestructuralismo y posmarxismo, se abrió paso para renovar el campo intelectual argentino y latinoamericano. En este contexto, de Ípola construyó una mirada sobre su experiencia personal que mostraba con claridad el estado del campo intelectual en pleno proceso de renovación.

Cárcel política y bemba: la construcción de un objeto “privilegiado”

El 7 de noviembre de 1974, mediante el decreto 1368, María. E. Martínez de Perón declaró el estado de sitio y con ello quedó establecida la suspensión de las garantías constitucionales, afectando particularmente a las reconocidas mediante el artículo 18 de la Constitución Nacional respecto del debido proceso judicial. Tiempo después, en 1975, en carácter de presidente provisional del Senado Ítalo Lúder, a través del decreto 2717, prorrogó el estado de sitio por tiempo indeterminado, que solo con el advenimiento de la democracia se daría formalmente por finalizado en octubre de 1983, un día antes de que Raúl Alfonsín fuera consagrado en elecciones libres presidente democrático de la República. Así es como los presos políticos, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional durante la vigencia del estado de sitio, son los productores, transmisores y receptores de lo que de Ípola denomina “bembas”.

El autor define al objeto intuitivamente tal y como lo hacen sus hacedores: la bemba es un rumor. Pero no es un rumor cualquiera, de esos que habitualmente circulan por las calles, las instituciones o cualquier ámbito social. Más bien al contrario, en cuanto rumor, es un fenómeno discursivo que solo cobra existencia si es producido, puesto en circulación y recibido por sujetos particulares en un tiempo y espacio también determinado: los presos políticos bajo el régimen carcelario de máxima seguridad.

Indudablemente, coincidimos con el autor en que la bemba es un objeto interesante y privilegiado. Interesante porque revela el funcionamiento entero del sistema carcelario para los presos políticos: las relaciones, las jerarquías, las expectativas de la acción y por qué no las “psicologías” tanto de las autoridades como de los detenidos. A su vez, nos descubre fragmentos de la vida cotidiana al interior de la cárcel política en tiempos de dictadura, el “día a día” para los “puestos a disposición” del Poder Ejecutivo Nacional, bajo una precaria pero mínima legalidad. Por esto mismo, el objeto es un “privilegio” porque solo la condición de detenido político permite descubrir el interés de analizarlo (en su dinámica binaria de opresión/resistencia) y “realizar el trabajo de campo”. El texto deviene así, además, en testimonio. La riqueza del libro, no obstante, no se agota en esa cuidadosa fusión de límites imprecisos, pero límites al fin, entre sujeto y objeto, porque metodológicamente la bemba es a La bemba, lo que la mercancía a El capital. O mejor dicho, la bemba es a la cárcel política, lo que la mercancía al capitalismo. En efecto, este trozo de discurso es la unidad más pequeña e irreductible que contiene en sí el conjunto de relaciones y caracteres que hacen al régimen de máxima seguridad para los presos políticos. En otras palabras, encierra –literalmente y valga el juego de palabras para la ocasión– la totalidad de la cárcel política. Esto supone que el análisis logra jugar con y conjugar la tensión entre “lo general” y “lo particular”, o como diría Perry Anderson –a propósito de su estudio sobre el tránsito del Estado absolutista al Estado capitalista– se sitúa tanto en las estructuras puras que definen una categoría histórica (en este caso las instituciones totales) como en las variantes impuras que presentan los casos concretos (la cárcel política durante la dictadura cívico militar argentina 1976-1983).

Efectivamente, de Ípola desmenuza la bemba (lo particular) y con ello desentraña las características de un tipo de institución total, tanto desde el punto de vista material (las relaciones concretas que se dan al interior, la violencia sobre el cuerpo), como desde el simbólico (la violencia de la desinformación e incertidumbre). Pero también y fundamentalmente apunta la especificidad de la prisión política y sus diferencias con la cárcel común.

El texto no solo analiza el objeto como un campo dinámico y contradictorio de permanente puja entre los extremos de lógicas binarias: resistencia/ opresión, violencia física/violencia simbólica, cárcel común/cárcel política; sino que él mismo es expresión de relaciones contradictorias y confictivas: sujeto/objeto, ensayo/metodología, denuncia/objetividad, crítica/ciencia. Y en eso, indudablemente, también es marxista. Porque la contradicción en La bemba no es una fórmula epistemológica. Es la forma y el contenido que constituye-expresa la incipiente renovación del marxismo en el campo intelectual de las ciencias sociales.

Hija de la cárcel (política) y cautiva de la incertidumbre: saber, poder y resistencia en los pabellones de máxima seguridad

Pero no solo el cuerpo del texto de La bemba… tiene los méritos que señalamos, las citas son otro elemento extremadamente valioso, puesto que allí se encuentran los pasajes que le agregan al análisis empírico una fértil reflexión teórica. En esas líneas se ponen al descubierto las discusiones en las que se inscribe, subsidiariamente, el autor. Así una de las sugerencias fundamentales que realiza de Ípola, apunta a señalar las diferencias profundas que existen entre la cárcel común, como la expresión del sistema carcelario que analiza Foucault, y la cárcel política. En efecto, al estudiar el surgimiento de la forma prisión como mecanismo sistemático y extendido –universal– de castigo entre los siglos XVIII y XIX, Foucault revela que la cárcel constituye una más de las instituciones en que se distribuyen y clasifican los individuos para la educación de su cuerpo y la modelación de su comportamiento. Así se tornan dóciles y útiles a los fines del cuerpo social, principalmente, para la producción. La prisión es una forma universal de castigo porque se generaliza al conjunto de las sociedades, pero lo es también tanto porque la sociedad entera asume la función de castigar y la ejerce por igual sobre cada uno de sus miembros, como porque solo puede privar de algo que efectivamente tengan todos: la libertad. Así, administra la pena cuantificando el tiempo privado de libertad en relación al delito cometido. Pero como también la cárcel aparece como espacio de reparación, el Leviatán utiliza ese tiempo para transformar al individuo, corregirlo, modelarlo y devolverlo a su seno como “hombre de provecho”. La prisión “no se confunde jamás con la simple privación de la libertad” (Foucault 1976: 213), pues, debe ocuparse de “todos los aspectos del individuo, de su educación física, de su aptitud para el trabajo, de su conducta cotidiana, de su actitud moral, de sus disposiciones” (Foucault 1976: 216) y lo hace mediante la imposición de una dinámica de vida metódica, uniforme que, a fuerza de repetición ininterrumpida, regula la conducta.

En cambio, y más allá de compartir el espacio y el tiempo, así como las lógicas de modelación física y violencia contra el cuerpo, la prisión política no puede por definición proponerse la normalización del preso, es decir, someterlo a un proceso de educación que “corrija” sus ideas desviadas y le permita “volver” a la sociedad reformado. Ciertamente, esta “reforma” integral del pensamiento supondría jugar un juego cuyas reglas el detenido conoce y ceder un espacio para que ponga en funcionamiento su saber, lo que a su vez podría, hipotéticamente, accionar sobre las relaciones de fuerza para alterarlas. En consecuencia, en la prisión política “las disciplinas corporales no persiguen otro fin que el de humillar a los detenidos” (p. 28). Así, el estudio de la bemba permite a de Ípola observar un fenómeno al que el esquema analítico de Foucault no se ajusta del todo. Sin embargo, la novedad y el aporte no se detienen allí, puesto que el trabajo en cierta forma complementa el análisis foucaultiano al explorar un tipo de ilegalismo di-ferente:2 el político. Continúa así indagando en una dirección que, como el propio de Ípola afirma, el francés ya sugería. Este tipo de ilegalidad desvirtúa la “utilidad” de la disciplina sobre el cuerpo porque no es por esa vía por la que se conseguirá “corregir” al detenido político. Por ello, para de Ípola la cárcel política supone una regresión al estilo penal anterior puesto que, en realidad, el castigo devenido en venganza anula toda funcionalidad positiva3 (la de “regenerarse”, por ejemplo).4 Pero también, nos parece, porque el desconocimiento o incertidumbre por parte del detenido sobre su estado y su futuro son elementos constitutivos y funcionales de su condición. De manera análoga sucedía en el pasado con la figura del acusado, pues “en el orden de la justicia penal, el saber era privilegio absoluto de la instrucción del proceso” (Foucault 1976: 34).

Lo expuesto se relaciona con la desconfianza por parte de nuestro autor respecto de la figura arquitectónica del Panóptico de Bentham como herramienta útil a la hora de explicar el funcionamiento de la cárcel política. En efecto, esta disposición física pretende disuadir la trasgresión de las normas mediante una vigilancia estratégicamente ubicada, donde el que vigila, además de vigilar, tiene sobre los vigilados un saber específico respecto de qué es normal y qué no, qué se debe o no hacer y verifica al mismo tiempo, si estos se conducen como deben, si cumplen con las reglas (Foucault 1996). En la prisión política, al contrario, lo que precisamente se estimula es el quebrantamiento de las normas para justificar la imposición de castigos. La vigilancia –aunque de excesivos y múltiples vigilantes– se torna así intencionalmente “artesanal”, nos dirá de Ípola.

Y la adjetivación, diremos, es provocadoramente ilustrativa, pues, parece aludir –por contraste– a la noción foucaultiana de “tecnología del poder”, entendida como aplicación técnica de conocimientos para disciplinar el cuerpo en instituciones como la escuela, el reformatorio, el hospital psiquiátrico, la prisión o el ejército.5 Efectivamente, en este caso, la aplicación de tales técnicas de disciplinamiento enfocadas en la normalización mediante el cuerpo, se presentan deliberadamente más relajadas o inútiles. Y aquí volvemos a pensar la relación cárcel política/cuerpo, porque aunque este sea el depositario del castigo, no es el camino por el cual pueden corregirse los prisioneros políticos. El saber surgido de la práctica social de la observación de los individuos, de sus cuerpos, no contribuye a la elaboración de nuevas normas para el “tratamiento” de este tipo de “patología”.

Así, sin dejar de reflexionar a partir de Foucault, consideramos que la prisión política se agota en la exclusión del individuo y no alcanza a cumplir con la finalidad fundamental de este tipo de instituciones: fijar al individuo a un aparato de normalización (Foucault 1996).

Asimismo, este razonamiento nos lleva al énfiasis depositado en el silencio, en la prohibición y el control extremo sobre la comunicación, así como también en la incertidumbre, el desconocimiento y la desinformación permanentes en que se encuentran los presos políticos. Estas son las condiciones que abonan el ámbito propicio para el nacimiento y circulación de las bembas, tanto en lo que respecta al rumor mismo y su significación, como al desarrollo de capacidades sensoriales o hermenéuticas de los detenidos.

En efecto, el Panóptico en tanto “método de formación y transformación de los individuos en función de ciertas normas” (Foucault 1996: 107) no se ajusta a la cárcel política porque no puede proponerse –y de hecho no lo hace– la “reforma” de los presos. La mera observación de los detenidos políticos no provee los insumos para elaborar ese saber sobre ellos, del que se derivan nuevas normas y mecanismos de control. Pues “eso” que habría que corregir se encuentra en el interior de los individuos y allí debe permanecer. El régimen estricto respecto de la comunicación apunta en esa dirección pero, simultáneamente, genera una práctica social que trasciende silencios, rejas, muros y se erige en una forma elemental de resistencia interna reforzando los lazos de solidaridad entre los detenidos políticos.

En consecuencia, la cárcel política, a diferencia de la cárcel común, es mera reclusión como simple apartamiento del “anormal” de la sociedad. Al tiempo que siguiendo con los razonamientos expresados, no cumple con las cuatro finalidades expuestas por Foucault para las instituciones totales o de secuestro: disposición del tiempo del detenido; disposición del cuerpo –para su modelación-; creación de un nuevo poder –el de los carceleros y directores respecto de las decisiones, normas, reglas dentro del presidio–; y el poder de extraer conocimiento de los internos para la creación de nuevas normas o el mejoramiento de los sistemas de control, o sea, un saber tecnológico. Ciertamente, dispone del tiempo del detenido y de su cuerpo, pero solo para castigarlo. Las otras funcionalidades quedan truncas por la calidad propia de la ilegalidad que los hace estar ahí y la imposibilidad de “corregirlos”, sin alterar las relaciones de poder/saber al interior del penal de máxima seguridad.

Así, una obra de este calibre, a pesar de su aparente simpleza y de su brevedad, –o quizá por eso mismo– se encuentra siempre abierta a refrescar su lectura en diversas claves. Es indudable, y esperamos se perciba a lo largo de estas líneas, la riqueza de esta práctica sociológica empírica que discute hábilmente con la teoría y abre el campo de interpretación al proponer nuevas perspectivas analíticas y de investigación. Pero, fundamentalmente, cabe destacar que el autor se inserta en el debate de su tiempo, en forma disruptiva, para incorporar elementos a una tradición demasiado fructífera a la hora de interpretar los fenómenos sociales como para agotar la explicación en meros refejos de la estructura económica o en el Estado como el centro del poder social y del cambio social. La discusión es intelectual y política. En plena crisis del marxismo, de Ípola no solo lo reivindica metodológicamente, sino que focaliza en un problema que podríamos denominar microsociológico –aunque con perspectivas de cuestionar por entero “poder”, “dominación” y “subjetividad” en la sociedad occidental– que bajo los parámetros del marxismo “canónico” ni siquiera cabría imaginar en calidad de tal. Y eso, asimismo, por su doble condición de preso político y gran sociólogo.

 

Notas

2. Para Foucault la prisión, en particular, y los castigos, en general, no suprimen las infracciones (ni están para ello), sino que las distinguen y las distribuyen. La penalidad no reprime los actos ilegales, más bien al contrario, los diferencia para administrarlos en una economía general. La prisión produce, así, delincuentes como sujetos patologizados y tipifica una delincuencia en un ilegalismo cerrado, localizable, controlable (por la otra cara de la misma moneda, la vigilancia policial).

3. Cabe aquí mencionar, y solo para tener en cuenta la digresión, que Norberto Bobbio entiende al sistema carcelario como un ejemplo de funcionalidad negativa del derecho, pues, termina por cumplir fines contradictorios con los propuestos. En efecto, señala Cárcova (1987) si bien las cárceles son convocadas para reeducar a los desviados y devolver a la sociedad individuos útiles y “despatologizados”, en realidad a todas luces fracasan. ¿Pero realmente fracasan? O como demuestra Foucault, ciertas instituciones cumplen una finalidad diferente de la que pretenden y habitualmente se clasifican las funciones del derecho sobre la base de lo manifesto y no de lo latente (Cárcova 1987).

4.  Concretamente para de Ípola (2005) en la cárcel política se evidencia “la incapacidad de la autoridad político-militar de funcionalizar positivamente la ilegalidad política. A consecuencia de lo cual, la cárcel política se agota casi enteramente en funcionalidades ´negativas´” (p. 28).

5. “(…) fue en el nivel de toda una serie de ejercicios de poder, en esas pequeñas técnicas que estos nuevos mecanismos pudieron investir; pudieron operar. Lo que pasó en el ejército y en los colegios puede ser visto igualmente en las oficinas a lo largo del siglo XIX. Y es lo que llamaré tecnología individualizante de poder. Es una tecnología que enfoca a los individuos hasta en sus cuerpos, en sus comportamientos (…)” (Foucault 1981/82).

Bibliografía

Anderson, Perry. 1998. El Estado absolutista en Occidente. México: Siglo XXI.         [ Links ]

Cárcova, Carlos María. 1987. Acerca de las funciones del derecho. Ponencia presentada en el Coloquio Internacional sobre Teoría Jurídica contemporánea, Universidad Autónoma de Puebla.         [ Links ]

De Ípola, Emilio. 2005. La bemba. Acerca del rumor carcelario y otros ensayos. Buenos Aires: Siglo XXI.         [ Links ]

Foucault, Michel. 1976. Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión. Buenos Aires: Siglo XXI.         [ Links ]

Foucault, Michel . 1981/1982. Las redes del poder. Conferencia pronunciada en Brasil 1976. Revista Barbarie 4-5.         [ Links ]

Foucault, Michel . 1996. La verdad y las formas jurídicas. Barcelona: Gedisa.         [ Links ]

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