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Prismas

On-line version ISSN 1852-0499

Prismas vol.20 no.1 Bernal June 2016

 

RESEÑAS

Tamar Herzog, Frontiers of Possession: Spain and Portugal in Europe and the Americas, Cambridge, Harvard University Press, 2015, 400 páginas

 

En este estudio sobre las fronteras territoriales el principal objetivo de Tamar Herzog consiste en la deconstrucción del relato historiográfico tradicional sobre los confines nacionales. Analizando cómo España y Portugal han edificado sus respectivos bordes en Europa y América a lo largo de la época moderna, la autora invita a los lectores a liberarse de todas las nociones que han caracterizado tradicionalmente el concepto de frontera: los imperios, los estados, la diplomacia, la naturaleza. En lugar de ser impuestas por los reyes y sus funcionarios, o determinadas naturalmente, las fronteras entre España y Portugal fueron construidas gradualmente a lo largo de varios siglos por una multiplicidad de grupos y de individuos que luchaban para alcanzar sus propios intereses.

Apoyándose en una gran cantidad de fuentes primarias localizadas en una docena de archivos de una y otra parte del Atlántico, Herzog demuestra que las confrontaciones territoriales entre ibéricos tanto en América como en Europa no eran planeadas; había, por el contrario, una continua interacción entre la sociedad y los agentes estatales, un aspecto que la historiografía tradicional, oponiendo centro y periferia, siempre ha descuidado. La frontera aparece entonces como un organismo animado que cambia continuamente gracias a la actividad de grupos e individuos que se establecen en el territorio en disputa.

El libro se divide en dos partes y cada una contiene dos capítulos. Mientras la primera esta dedicada al análisis de los conflictos territoriales en América, la segunda se ocupa de la península ibérica. Revirtiendo los relatos tradicionales que consideran a Europa como la fuente de toda transformación, especialmente en los territorios coloniales, la autora demuestra muy eficazmente cómo los dos espacios, compartiendo una misma cultura jurídica, se reflejan mutuamente dando forma a un único mundo. Mirar a Europa desde América, nos dice la autora, pone en tela de juicio la idea clásica según la cual las fronteras europeas serían naturales, por oposición a las coloniales que, supuestamente, serían artificiales ya que habrían sido impuestas ignorando las realidades locales.

En la primera parte, Defining Imperial Spaces: How South America Became a Contested Territory, la autora argumenta que documentos como las bulas papales o los tratados, a causa del conocimiento muy escaso del territorio, no lograban definir los bordes ibéricos, dando lugar a numerosos e infinitos desacuerdos sobre las demarcaciones y sus interpretaciones. Compartiendo una tradición jurídica común, tanto los portugueses como los españoles pensaban que solo las acciones podían llevar a la adquisición de derechos: tomar posesión de un terreno y dejar trazas de su modificación a través de la agricultura o incluso la ganadería sin que nadie se opusiera eran condiciones suficientes para adquirir su propiedad. Además, estas acciones debían ser realizadas por vasallos o personas autorizadas por el rey. En América, la cuestión de quién era vasallo y de qué país procedía concernía no solo a los europeos sino también a los indígenas; por lo tanto, los preceptos que regulaban las relaciones con los naturales y los mecanismos que los transformaban en vasallos de la corona eran muy importantes. Mientras al principio de la conquista las doctrinas jurídicas reconocieron el derecho de los indígenas a las tierras, en lo sucesivo, y sobre todo a partir del siglo XVIi, algunos juristas empezaron a cuestionar aquellas teorías que separaban el espacio político, inmutable y perpetuo (como expresión de un orden natural establecido por Dios), de la propiedad privada. Elaborando principios que pudieran justificar la emergencia de una economía moderna y de un nuevo orden político, los juristas empezaron a considerar los espacios políticos como expresión de las experiencias y las actividades de los que vivían allí. Estos desarrollos marcaron la llegada de una nueva era, en la que la tierra habría sido la propiedad no de los que la hubieran ocupado primero, sino de los que la hubieran utilizado de una manera mejor. Como resultado, la adhesión indígena a un país o al otro habría podido garantizar el derecho español o portugués a la posesión de la tierra, aunque esto no implicara que los indígenas mismos tuviesen la posesión efectiva.

En la segunda parte, Defining European Spaces: The Making of Spain and Portugal in Iberia, Herzog analiza los conflictos territoriales entre comunidades contiguas entre Alentejo/Andalucía y Minho/ Trás-os-Montes/Galicia. La autora muestra que estos conflictos eran mucho más complejos de lo que normalmente se imagina, y que se desarrollaron a lo largo de muchos siglos. Estas comunidades de frontera se entremezclaban y algunos pueblos tenían una población mixta y jurisdicciones híbridas. Los conflictos territoriales entre ellas consistían a menudo en luchas entre vecinos para los derechos de uso (como el pastoreo o el cultivo) y para la jurisdicción (los impuestos, el reclutamiento o el aprisionamiento de reos). Por lo tanto, la construcción de los bordes entre España y Portugal no debería ser explicada a través del relato del crecimiento de los poderes del Estado en detrimento de los poderes locales, sino como el resultado de determinadas elecciones políticas y comerciales por parte de grupos e individuos.

Además de relacionar la historia europea con América, el libro logra realizar otro objetivo muy importante: la reconstrucción de una historia ibérica que ha sido tradicionalmente negada por las historiografías nacionales de España y Portugal. En las fuentes analizadas por la autora no hay ninguna evidencia de que la separación entre españoles y portugueses fuera significativa tanto en Europa como en América. Las dos entidades -España y Portugal- estaban, en efecto, en construcción cuando sucedían estos conflictos.

Tres son los resultados más originales e importantes del libro. En primer lugar, la autora demuestra que tanto en Europa como en América no solo las partes involucradas, los territorios deseados y las reivindicaciones sobre las tierras cambian con el tiempo, sino que las fronteras se construyen junto con las propiedades y las mismas comunidades. Por lo tanto, existe una fuerte interrelación entre posesión y propiedad, en el sentido de que muchas veces se confunden e interponen. En las sociedades de Antiguo Régimen el título de propiedad no era más que una de las condiciones para detentar un bien y no necesariamente la más sólida. Junto al título había toda una serie de figuras jurídicas que van desde la posesión del bien hasta el usufructo y la familiaridad con la tierra, igualmente importantes. Nos encontramos ante un cuadro de una cultura jurídica que, como bien lo evidencia Herzog, atribuye a la acción una capacidad de creación y de certificación de derechos. Los actos de posesión son un ejemplo elocuente de esta capacidad "certificadora" de las prácticas.

En segundo lugar, el libro muestra que en estas áreas de fronteras, poco controladas por los agentes del Estado, la inestabilidad con respecto a la propiedad implica también una incertidumbre con respecto a la jurisdicción. De ahí la evocación muy frecuente, por parte de la autora, de la imagen de la frontera como un archipiélago constituido por islas ocupadas y un vasto mar vacío. Frente a un control muy escaso del territorio por parte de los agentes del Estado, la relación de vasallaje se volvía fundamental para definir la soberanía. En este relato, entonces, la dimensión voluntarista adquiere mucha más importancia que la tradición o la visión historicista de los derechos sobre la tierra y el territorio.

La fluidez de la propiedad y de la posesión, finalmente, pone en discusión el concepto de los derechos históricos a la tierra. No obstante la importancia política actual de este argumento, este libro demuestra que los derechos a la tierra eran fluidos más que permanentes, condicionales más que absolutos. Esto, por ejemplo, nos ayuda a comprender la debilidad de la referencia al principio del uti posseditis para justificar las fronteras de los estados nacidos de las independencias iberoamericanas, como muestran los múltiples conflictos estatales durante los siglos XIX y XX.

 

Federica Morelli
Universitá di Torino

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