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SaberEs

Print version ISSN 1852-4418On-line version ISSN 1852-4222

SaberEs vol.2 no.2 Rosario Dec. 2010

 

NOTAS

Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera en Argentina: responsabilidad de la universidad en la formación de los futuros contadores.

 

Oscar Martín*
María Susana Nannini*
Claudia Mónica Vázquez*

Facultad de Ciencias Económicas y Estadísticas
Universidad Nacional de Rosario

* Docentes-Investigadores. Integrantes del Instituto de Investigaciones Teóricas y Aplicadas de la Escuela de Contabilidad. Oscar Daniel Martín es Vicedecano de la Facultad. María Susana Nannini y Claudia Mónica Vázquez son Directora y Secretaria Técnica de la Escuela de Contabilidad respectivamente.
Contacto: omartin@fcecon.unr.edu.ar

 


 

1.  Introducción

Los vertiginosos cambios que se vienen suscitando en todos los aspectos relacionados con la incumbencia profesional del Contador Público generan importantes desafíos a enfrentar. La Contabilidad no escapa a este proceso y en los últimos tiempos las normas contables para la preparación de información financiera han estado sujetas a permanentes revisiones con el fin de lograr reportes de mayor calidad, transparencia y confiabilidad, requisitos que garantizan la utilidad de estos informes para sus usuarios.

2.   El contexto internacional

Los procesos de globalización de la economía y mundialización de la cultura han tenido una clara incidencia en la forma de realizar los negocios y, consecuentemente, en la necesidad de un lenguaje común para elaborar e interpretar la información financiera de los entes que participan en dichos negocios.

Existe consenso en que un mercado de capitales integrado hace necesario que las empresas cotizantes publiquen sus estados financieros a partir de un cuerpo de normas uniformes, de aceptable calidad técnica, que faciliten la transparencia y comparabilidad de la información que suministran a los inversores, incrementando así la eficiencia de los mercados y reduciendo el costo del capital.

Con la finalidad de mejorar la calidad de las normas, dando participación activa a distintos actores interesados en la información financiera, el International Accounting Standards Committee (IASC) modificó su estructura adoptando la denominación de International Accounting Standards Board (IASB). Este organismo es el encargado de la emisión de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o International Financial Reporting Standards (IFRS) y sus interpretaciones las que, conjuntamente con las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) emitidas por el IASC y sus interpretaciones, conforman el cuerpo normativo vigente.

Actualmente más de cien países requieren o permiten la aplicación de las NIIF o están en proceso de convergencia hacia ellas.

Por otra parte, luego de un proceso iniciado en 2004, el 9 de julio de 2009 el IASB emitió un juego de normas diferenciadas para pequeñas y medianas empresas (NIIF para PyMES) totalmente autónomo de las NIIF completas, para ser utilizado por las entidades que no tengan responsabilidad pública y que deban publicar estados financieros de propósito general para usuarios externos. Al efecto, se considera que una entidad tiene responsabilidad pública si sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian públicamente o es una institución financiera u otra entidad que, como parte de su negocio principal, tiene y administra recursos financieros que les son confiados por sus clientes. Es decir, la caracterización se basa fundamentalmente en el interés público y no en la utilidad pública o en el tamaño de la empresa. Cabe resaltar que recae en los organismos responsables de la regulación contable de cada país la especificación de los criterios de elegibilidad, pudiendo incluirse algunos basados en variables cuantitativas o cualitativas.

3.   El contexto argentino.

Históricamente, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), organismo responsable de la emisión de normas contables, sostuvo el criterio de mantener normas propias de aplicación uniforme en el país.

En 1995 la FACPCE se integró a la International Federation or Accountants (IFAC) convirtiéndose en miembro del IASC - denominación del organismo a esa fecha -. Esta circunstancia implicó para esta entidad profesional nacional asumir la obligación de difundir en el país las normas internacionales y propender a su aplicación en búsqueda de una convergencia normativa.

Como consecuencia de ello, en 1998 la FACPCE inició un proceso de armonización de las normas contables profesionales argentinas con las normas contables internacionales, que culminó en diciembre de 2000 con la aprobación de un nuevo cuerpo normativo (Resoluciones Técnicas 16, 17, 18 y 19) aún en vigencia. En esa ocasión, se decidió la elaboración de normas propias que permitieran cumplir con las exigencias mundiales, desechando la posibilidad de adopción literal de las internacionales. Esta autonomía normativa permitió que se contemplaran las necesidades particulares de los llamados "entes pequeños" y los requerimientos informativos de sus usuarios incluyéndose un anexo con ciertas dispensas para ellos.

A pesar de la decisión adoptada, el compromiso de la FACPCE como miembro de la IFAC, la recomendación de la International Organization of Securities Commissions (IOSCO) para la adopción de las normas internacionales por parte de las entidades autorizadas para hacer oferta pública de sus valores negociables y la imposibilidad de mantener un cuerpo de normas propias constantemente armonizado con las NIIF, dio lugar, en Argentina, al inicio de un plan de trabajo conjunto con la Comisión Nacional de Valores (CNV) que culminó, en marzo de 2009, con la aprobación de la Resolución Técnica N° 26 de la FACPCE y la emisión de la Resolución N° 526/09 de la CNV en diciembre del mismo año.

Este cambio normativo implica la adopción en forma obligatoria de las NIIF completas del IASB y sus modificatorias para las empresas incluidas en el régimen de oferta pública, con excepción de las empresas que estén autorizadas por la CNV a mantener los criterios contables de otro organismo regulador como las entidades financieras, compañías de seguros, cooperativas y asociaciones civiles. La citada Resolución Técnica admite, específicamente, la aplicación opcional de las normas internacionales por parte de todos aquellos entes no obligados o exceptuados en ella. Como consecuencia de esta apertura, estos entes tendrán la opción de aplicar las NIIF completas, las NIIF para PYMES o las normas contables profesionales emitidas por la FACPCE o que emita en el futuro. En Argentina, el ejercicio de esta elección será posible al aprobarse el proyecto de modificación de la RT 26, actualmente en periodo de consulta.

Cabe agregar que la FACPCE se encuentra trabajando en la elaboración de un Proyecto de Resolución Técnica sobre normas contables aplicables a entidades no obligadas a utilizar las NIIF, de menor grado de complejidad pero no menor calidad, que contemplan el alcance, las pautas de reconocimiento inicial, las mediciones periódicas y un glosario. Este proyecto aún no se ha difundido para su discusión.

En razón de lo expuesto precedentemente, las empresas argentinas se hallan inmersas en un nuevo escenario que presenta una amplia gama de normas entre las que pueden escoger, pero no combinar entre sí.

4.   El rol de la universidad en la formación de los Contadores Públicos.

Como ya se expresó, el escenario económico internacional en la actualidad muestra la globalización de los negocios. Esto ubica al Contador Público como un profesional internacional, en una profesión regulada y que debe actualizar y acrecentar permanentemente sus conocimientos para ejercer su actividad con éxito.

Las Universidades, en cumplimiento de su objetivo fundacional, son responsables naturales de la formación y posterior capacitación de los profesionales. En Argentina, además, entregan títulos habilitantes para el ejercicio de cada profesión. El estatuto de la Universidad Nacional de Rosario establece en su título I, artículo 2 que corresponde a la Universidad "c) Ejercer - junto con las demás Universidades del país - la atribución de otorgar certificados habilitantes para el ejercicio profesional, expidiendo los títulos correspondientes a los estudios cursados en sus Facultades". Su compromiso académico, por lo tanto, debe tender a la elevación científica y técnica de los futuros contadores, fomentando el aprendizaje activo y reflexivo, el pensamiento crítico e independiente y el trabajo en equipos interdisciplinarios. En particular, para el Contador Público, esa formación debe habilitarlo para desempeñarse con independencia y objetividad en interés de su profesión y de la sociedad. Cabe preguntarse entonces cómo debe ser la formación de estos profesionales.

Una de las discusiones habituales es determinar si se debe enseñar teoría contable o normas contables. Una posición es que en la disciplina contable se debe abordar solamente la teoría, haciendo referencia no sólo al "cómo" sino también al "por qué" de los principios y conceptos. Desde otro lugar se insta a enseñar también las normas contables vigentes, explicando por qué sus emisores han elegido esas opciones entre todas las posibles. Teniendo en cuenta que el titulo expedido por las universidades es habilitante para el ejercicio profesional, se considera necesario que la formación contemple el marco normativo de las distintas disciplinas involucradas en la carrera. Esto significa claramente que ya no podrán existir contadores con conocimientos limitados a las normas nacionales. Si su actuación será en un ámbito internacionalizado, deberá reunir los conocimientos y habilidades necesarios para desempeñarse con los niveles de calidad adecuados para ese contexto.

Por lo tanto, la educación de grado debe fortalecerse en la enseñanza sistemática de las normas internacionales, aunque sin relegar los aspectos referidos a las características y demandas del país y de la región. Citando nuevamente el estatuto de la Universidad Nacional de Rosario, en su título I, artículo 2, también corresponde a la Universidad "d) Ofrecer carreras, que por su nivel y contenido, satisfagan reales necesidades emergentes de las demandas sociales, económicas y culturales de la región, del país y de los proyectos y políticas de desarrollo y crecimiento que se promuevan".

La tarea debe comenzar por capacitar a los capacitadores, camino que ya se ha iniciado. Una sólida formación de los docentes que tienen a su cargo el dictado de las asignaturas que incluyen en sus contenidos las normas internacionales es indispensable para acompañar este proceso de trascendentes cambios normativos. Además se requiere la revisión permanente de los contenidos programáticos, así como también de las técnicas y prácticas de enseñanza.

Sin embargo, la obtención del título de grado no es la única meta a alcanzar. La rapidez con que se producen los cambios requiere de una formación continua y permanente posterior para mantenerse en condiciones de actuar en una economía dinámica. Por ello es necesario motivar a los graduados para que continúen capacitándose en cursos o carreras de posgrado y en este aspecto el papel de la Universidad es fundamental. A esto se debe agregar la importancia de la comunión con los organismos profesionales para trabajar en forma conjunta y armoniosa en pos de este objetivo común.

El desafío está planteado. La gran tarea de la Universidad como formadora de profesionales, en el nuevo contexto global, ha comenzado. Es responsabilidad de sus autoridades y docentes llevarla a cabo con éxito.

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