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Revista del Museo de Antropología

versión impresa ISSN 1852-060Xversión On-line ISSN 1852-4826

Rev. Mus. Antropol. vol.11 no.1 Córdoba jul. 2018

 

MUSEOLOGIA

Usos del patrimonio en un área protegida. El caso de Boca de las Sierras, provincia de Buenos Aires, Argentina

Uses of heritage in a protected area. The case of boca de las sierras, province of Buenos Aires, Argentina

Pamela Esther Degele*, María Gabriela Chaparro**, María Luz Endere***

*Becaria Doctoral CONICET. Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Paleontológicas del Cuaternario Pampeano (INCUAPA, Unidad Ejecutora de CONICET-UNICEN). E-mail: pameladegele@gmail.com
**Investigadora del CONICET. INCUAPA (UE. CONICET-UNICEN). Docente Facultad de Ciencias Sociales (FACSO), Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN). E- mail: chaparro@soc.unicen.edu.ar
***Investigadora del CONICET. INCUAPA (UE. CONICET-UNICEN). Docente FACSO, UNICEN. E-mail: mendere@soc.unicen.edu.ar

Recibido 15-06-2017.
Recibido con correcciones 22-09-2017.
Aceptado 30-09-2017

Resumen
Las reservas naturales de la provincia de Buenos Aires son reguladas por la Ley Nº 10.907.  Dicha norma fue creada para promover la conservación del ambiente y sirve como punto de referencia para valorar las prácticas que apoyan a dicho propósito. En este artículo se presenta el caso de la Reserva Natural de Objetivo Mixto Boca de las Sierras, creada en 1999, en el partido de Azul, con el objetivo de contrastar la normativa marco aplicable con los usos sociales de los que es objeto el paisaje y patrimonio protegido por parte de diferentes grupos de interés. A partir de ello y, mediante la realización del estudio cuali-cuantitativo basado en encuestas, entrevistas y registros audiovisuales y escritos, fue posible clasificar los diferentes usos en factores de presión, de riesgo y de oportunidad. Esto constituye un diagnóstico de base que pretende ser de utilidad para orientar una gestión sustentable del área, así como para favorecer la comprensión y estudio de otros casos en la provincia.

Palabras clave: Área protegida; Patrimonio; Legislación; Usos; Sustentabilidad.

Abstract
The natural reserves of Buenos Aires province are regulated by Law Nº 10.907. This rule was created to promote the conservation of the environment and serves as a reference point to evaluate practices that support to that purpose. This article presents the case of the Natural Reserve of Mixed Objective Boca de las Sierras, created in 1999 in the Municipality of Azul, with the aim of contrasting the normative framework with the uses given to the protected landscape and heritage by different interest groups. According to this purpose, and through a qualitativequantitative study based on surveys, interviews, as well as audiovisual and written records, it was possible to classify the different uses into pressure, risk and opportunity factors. This constitutes a basic diagnosis that pretends to be useful to orient a sustainable management of the area, as well as to favor the understanding and study of other cases in the province.

Keywords: Protected area; Heritage; Legislation; Uses; Sustainability.

 

Los usos sociales del patrimonio (sensu García Canclini, 1999) y las tensiones que se generan entre la implementación de metas conservacionistas y la continuidad de actividades tradicionales, así como la cotidianeidad de las comunidades anfitrionas, han sido temas ampliamente discutidos desde la antropología y los estudios de patrimonio (Hewison, 1987; Lowenthal, 1996; Bender, 1998; Ucko, 2000; Endere, 2009; Crespo, 2013; Fabra et al., 2015). Cabe destacar que un área protegida es una figura legal con la capacidad de articular ambos aspectos, ya que limita y organiza las actividades realizadas en su espacio, garantizando así la conservación del patrimonio. Sin embargo, esto no siempre se verifica en la práctica.

La Reserva Boca de las Sierras está localizada en el partido de Azul, provincia de Buenos Aires, Argentina (Figura 1) y fue declarada como Reserva Natural de Objetivo Mixto por la Ley N° 12.781 en 1999, en los términos de la ley provincial relativa reservas y parques naturales N°10.907. La misma declara de interés público la protección y conservación de elementos naturales y culturales con valor científico, económico, estético o educativo.

Esta Reserva se encuentra ubicada en uno de los dos sistemas serranos provinciales, el de Tandilia, que adquiere relevancia ya que, dada la transformación intensiva del territorio causada por la historia productiva agrícolaganadera, sus posibilidades limitadas de explotación permitieron cierto resguardo del ambiente nativo (Raffo, 2009; Kristensen et al. 2014). El área cuenta con una variedad de sitios arqueológicos e históricos, muchos de los cuales están siendo estudiados actualmente (Pedrotta y Duguine, 2013; Messineo y Politis, 2007; Mazzia y Flegenheimer, 2012; Mazzanti et al. 2012; Colombo, 2013; Ramos et al., 2008; entre otros). A ello se suma su importancia paisajística, turística e identitaria, razones por las cuales se justificó su selección como área protegida (Sánchez 2009; Degele 2016).

No obstante, su efectiva implementación bajo la figura de reserva natural nunca llegó a concretarse y su acceso es restringido debido a que el dominio de las tierras es del Ministerio de Defensa. En este marco, el objetivo de este trabajo consiste en evaluar el impacto que tienen en la Reserva Natural Boca de las Sierras, los diferentes usos contemporáneos y contrastarlos con los criterios que establece la propia norma que regula el área protegida, es decir, la Ley N° 10.907. A partir de ello, se propone efectuar un diagnóstico sobre qué actividades suponen un factor de presión, de riesgo o de oportunidad, con la pretensión de generar una información que sirva de base para la elaboración de un plan de gestión que se apoye en el conocimiento, salvaguarda y valorización de los recursos materiales e inmateriales en juego (ver Declaración de la Valeta, punto l, ICOMOS 2011).


Figura 1. Localización del partido de Azul y rutas principales (Vázquez y Zulaica 2013).
Figure 1. Location of the Municipality of Azul and main routes (Vázquez and Zulaica 2013).

Caracterización de la Reserva Natural Boca de las Sierras

Esta área protegida (en adelante la reserva) se encuentra ubicada en el partido de Azul, y se incorpora al trayecto turístico que constituyen 30 km de la Ruta Provincial Nº 80, delimitado en un extremo por la Ruta Nacional Nº 226 y en el otro, por un paraje denominado Pablo Acosta.

Su importancia desde el punto de vista del patrimonio natural, está dada como se mencionó anteriormente, por su ubicación en las sierras de Azul, perteneciente al sistema de Tandilia, en la subregión ecológica de la pampa húmeda (Morello y Solbrig, 1997). Según algunos autores, estas sierras pueden considerarse una ecoregión específica del territorio bonaerense por sus importantes funciones ecológicas y socioculturales regionales (Sánchez y Núñez, 2004). Cabe destacar que este sistema tiene una antigüedad geológica significativa (entre 2200 y 1800 ma) (Teruggi y Kilmurray, 1980), presenta afloramientos de rocas diversas, es cabecera de numerosas cuencas y subcuencas de arroyos y de cursos temporarios (Bonorino et al., 1956), y mantienen una elevada riqueza florística (Requesenz et al., 2004; D´Alfonso et al., 2011). En cuanto a su significación cultural, existe amplia evidencia de que el sistema de Tandilia en general sirvió de reparo y de fuente de materias primas, leña, agua y alimento para grupos de cazadores recolectores. Asimismo en varios sectores del cordón serrano, existen vestigios asociados a aspectos simbólicos de estas poblaciones, como aleros con arte rupestre (Bayón et al., 2006; Mazzanti et al., 2012; Mazzia y Flegenheimer, 2012; Messineo et al., 2014; entre otros). Respecto a las investigaciones para momentos posthispánicos, en el área se han encontrado diversos hallazgos de superficie y estructuras conocidas genéricamente en la región como corrales de piedra que son estructuras de tamaño y formas diversas; la mayoría de origen indígena, construidas aglomerando bloques obtenidos localmente, sin argamasa (técnica conocida como pirca o pirca en seco). Se le atribuyen funciones de corral de ganado mayor y menor, lugares para la captura y/o manejo de caballos y vacas cimarrones, espacios de vivienda, emplazamientos fortificados, puntos de avistaje y de vigilancia del territorio. En general, se encuentran en zonas con óptima disponibilidad de agua, pasturas naturales y afloramientos rocosos, y con un amplio alcance visual del espacio circundante (Slavsky y Ceresole, 1988; Ramos y Néspolo, 1997-98; Pedrotta, 2005, 2009; Ramos et al., 2008; Pedrotta y Duguine, 2013; entre otros). Además de estas evidencias, existe un valioso patrimonio histórico vinculado a la conformación de pueblos y estancias originados gracias al avance del Estado Nacional sobre el territorio indígena en el siglo XIX (Sarramone, 1993; Ratto, 1994; Lanteri, 2002; Ferrer y Pedrotta, 2006).

El área también presenta valores intangibles, como lo demuestra el nombre originario que recibía el lugar, Pullu Callel o Sierras de los Espíritus (Tello, 1946),así como la significación social y el sentido identitario que actualmente tiene Boca de las Sierras para los ciudadanos, principalmente azuleños (Degele, 2015, 2016).

A toda esta riqueza patrimonial se le suman los servicios espirituales (misas, retiros) que brinda el Monasterio Trapense Nuestra Señora de los Ángeles, ubicado sobre la Ruta Provincial Nº 80, que se ha convertido en otro atractivo turístico, sumado a las ofertas que brinda el camping Refugio de la Sierra y el restaurante El Viejo Almacén, antiguo local de ramos generales que hasta la década del sesenta proveía de insumos al paraje Pablo Acosta.

La reserva está próxima a estos lugares y únicamente cinco hectáreas se encuentran habilitadas para el acceso público bajo la denominación Parador Boca de las Sierras, el cual cuenta con servicios básicos (iluminación, baños, salón de usos múltiples, mesas, juegos) y lugares para esparcimiento. El resto de su territorio está en manos del Ejército Argentino, ya que allí se encuentra la fábrica de explosivos denominada Fanazul y el Arsenal Naval Azopardo (Figura 2).


Figura 2. Arriba: (izq.) Fanazul, (der.) Monasterio Trapense. Abajo: (izq.) Parador Boca de las Sierras, (der.) Instalaciones agropecuarias.
Figure 2. Above: (left) Fanazul, (right) Monasterio Trapense. Below: (left) Parador Boca de las Sierras, (right) Agricultural facilities.

Consideraciones teórico-metodológicas

Para la elaboración de este trabajo y la investigación en la que se sustenta, se partió de una concepción amplia e integral del patrimonio que comprende todos los recursos culturales del paisaje, desde los más antiguos a los recientes, incluyendo los valores inmateriales asociados, considerándose prioritaria para su salvaguarda la significación social y la participación comunitaria (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios [ICOMOS], 1990; Hall et al., 1996; Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura [UNESCO] 2003, 2004, 2006; Smith y Akagawa, 2009). Actualmente, se tiene en consideración que existen visiones alternativas del pasado y del patrimonio (Preucel y Hodder, 1996; Hodder, 2008; Jofré, 2010; Gianotti García et al., 2014; Rivolta et al., 2014), entendiéndoselos como una construcción social y dinámica (García Canclini, 1994; Prats, 2007). Por ello, es pertinente estudiar el contexto social en el que se definen los elementos patrimoniales, particularmente los grupos y los respectivos intereses que fueron determinando qué elementos y significados forman parte de ellos (Habu et al., 1998; Hernández Ramírez, 2007; Ayala, 2008). También, se reconoce que el patrimonio cultural no está aislado sino que, muchas veces, se constituye en relación con el medio circundante, surgiendo así la categoría de paisaje, que puede definirse del siguiente modo:
“(…) las obras conjuntas del hombre y la naturaleza. Ilustran la evolución de la sociedad humana y sus asentamientos a lo largo del tiempo, condicionados por las limitaciones y/o oportunidades físicas que presenta su entorno natural y por las sucesivas fuerzas sociales, económicas y culturales, tanto externas como internas” (UNESCO, 2008: 48).
 
Estos enfoques han requerido nuevos abordajes sobre la conservación y salvaguarda que reflejen su complejidad y faciliten una interacción positiva con el contexto social, político y económico que la condicionan. Las áreas protegidas, en tanto espacios normados, diversos, valorados y de confluencia de intereses y usos, constituyen una oportunidad para este tipo de estudios.

En este contexto, recobra importancia la discusión acerca de los usos del patrimonio, entendido como la cualidad que éste tiene en tanto sirve para hacer algo o satisfacer una necesidad (Ballart, 2002). Por ello, estos usos están intrínsecamente relacionados con la valoración social del patrimonio por parte de diferentes grupos de interés, la participación ciudadana y la posibilidad de generar consensos en relación a usos que resulten compatibles con la conservación y sustentabilidad del área protegida. Cabe mencionar que la salvaguardia comprende “los procedimientos necesarios para la protección, conservación, promoción y gestión; y también para su desarrollo coherente y adaptación armoniosa a la vida moderna” (ICOMOS 2011). En este sentido se considera como condición prioritaria la preservación de los grandes equilibrios espaciales, ambientales, sociales, culturales y económicos del área. Es decir que no se niega la posibilidad de cambio sino que se pretende que el mismo sea controlado y compatible con los valores protegidos. La noción de sustentabilidad, a su vez, parte del reconocimiento de que los recursos naturales y culturales son no renovables; por ende, es necesario generar estrategias de desarrollo que sean compatibles con la preservación de dichos recursos a largo plazo. La sustentabilidad se define en términos ambientales, sociales, económicos y políticos (Guimarães, 2003).

Una manera de abordar estas cuestiones es a través del análisis de los diferentes usos del paisaje y de los impactos culturales, ambientales y socioeconómicos que ellos generan. Los clasificamos como factores de presión, de riesgo o de oportunidad, en tanto tiendan o no al deterioro del mismo. Se entiende por deterioro a los procesos que “(…) modifican negativamente aspectos vinculados a la valoración y uso en contexto del recurso patrimonial” (Ladrón de Guevara González y Eliazaga Coulombié, 2009: 70-73). Según estas autoras se consideran como factores de presión a “una situación, un elemento o un proceso externo que, actuando en forma individual o en conjunto, provoca efectos perjudiciales sobre el recurso” (ibid.: 72) y como factores de riesgo a “los elementos o condiciones futuras que poseen un potencial de convertirse en fuentes de presión en el contexto físico ambiental, territorial y sociocultural dado” (ibid.: 73). A ellos adicionamos los factores de oportunidad, como aquellos elementos capaces de potenciar la conservación o evitar el deterioro. De este modo, la conservación y salvaguardia del paisaje actuaría como un mecanismo de retroalimentación entre la valoración social y los usos del patrimonio natural y cultural.

A fin de identificar los diversos usos del patrimonio de la reserva y los impactos que potencialmente lo afectan, se emplearon diferentes estrategias metodológicas. Se efectuó un relevamiento de información bibliográfica y documental (Ritzer, 1993; MacDonald y Tipton, 1995) y se realizaron entrevistas semiestructuradas y cuestionarios estructurados (Korn y Sowd, 1990). En cuanto a las fuentes escritas, se relevaron: a) bibliografía científica; b) cartas y convenciones internacionales; c) diario El Tiempo de Azul; d) documentos varios del archivo de la Dirección de Turismo de Azul; d) documentos públicos del archivo del Concejo Deliberante de Azul y la Cámara de Diputados de Buenos Aires; y e) páginas web relacionadas a la temática. Además, se entrevistaron a referentes de grupos de interés asociados al área (i.e. investigadores, funcionarios, propietarios rurales, vecinos, empresas turísticas, integrantes de pueblos originarios, etc.). También, se encuestaron a 116 visitantes del Parador Boca de las Sierras durante su participación en tres eventos sociales de diferentes características que reúnen a distintos tipos de asistentes, realizados en el área durante el año 2014 y 2015: una caminata social denominada Magalí; una guiada de plantas nativas al Parador Boca de las Sierras y una visita turística al Monasterio Nuestra Señora de los Ángeles. Los resultados obtenidos –que son aquí parcialmente presentados- sirvieron de base para elaborar un diagnóstico general de la reserva que es posteriormente contrastado con los criterios establecidos en la Ley N° 10.907, que regula las reservas y parques naturales de la provincia de Buenos Aires.

Marco normativo de las reservas naturales en la provincia de Buenos Aires

En 1990 la Legislatura de la provincia de Buenos Aires aprobó la Ley Nº10.907 (posteriormente modificada por las leyes Nº 12.459, 12.905 y 13.757) con el propósito de brindar un marco legal a la gestión de las áreas protegidas bonaerenses. En ella, se define a las reservas naturales como:
“aquellas áreas de la superficie y/o del subsuelo terrestre y/o cuerpos de agua existentes en la Provincia que, por razones de interés general, especialmente de orden científico, económico, estético o educativo deban sustraerse de la libre intervención humana a fin de asegurar la existencia a perpetuidad de uno o más elementos naturales o la naturaleza en su conjunto, por lo cual se declara de interés público su protección y conservación” (art. 1).

Esta ley regula las condiciones para declarar las reservas de interés público, establece los mecanismos para crear nuevas áreas e indica las condiciones a las que deberán sujetarse todas las reservas naturales, siendo la autoridad de aplicación el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).

Cabe señalar que entre las condiciones por las cuales se habilita la declaración de reserva natural, está la de poseer o constituir sitios arqueológicos y/o paleontológicos de valor cultural o científico, o presentar sitios de valor histórico asociados con o inmersos en un ambiente natural (art. 4.1 in fine). Podrán ser declaradas, además, las reservas que sean útiles al cumplimiento de los siguientes seis objetivos: a) realización de estudios científicos de los ambientes naturales y sus recursos; b) realización de investigaciones científicas y técnicas, y experimentación de medidas de manejo de comunidades o poblaciones naturales no perturbadas, o bajo regímenes de uso y aprovechamiento estrictamente controladas; c) protección del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas; d) conservar, en el estado más natural posible, ambientes o muestras de sistemas ecológicos y disponer permanentemente patrones de referencia respecto a ambientes modificados por el hombre; e) contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica, asegurar la existencia de reservorios genéticos, mantenimiento de material vivo con potencial para la obtención de beneficios útiles a la humanidad, en el desarrollo de especies domesticables o cultivables o bien para el mejoramiento genético y cruzamiento con especies domésticas o cultivadas; f) repoblación (o reimplantación) de especies autóctonas raras o amenazadas o localmente escasas (art. 4.2). A su vez, se promueven tres tipos de actividades: investigación; educación y cultura, y recreación y turismo (art. 5).

Como contrapartida, se prohíben actividades que se consideran incompatibles con los fines de la reserva, las que son enumeradas en el art. 20 y que son las relacionadas con: a) el uso extractivo de objetos o especies vivas de animales y plantas; b) las alteraciones de elementos y características de especial de relevancia; c) la explotación agrícola, ganadera, forestal, industrial o minera y cualquier otro tipo de aprovechamiento económico (…); d) la pesca, caza y cualquier otro tipo de acción sobre la fauna, salvo cuando valederas razones científicas así lo aconsejaren; e) la introducción de flora y fauna exótica (…); f) la presencia de animales de uso doméstico a excepción de los que se considere indispensables para la administración técnica del área y que no afecten ni perjudiquen el desenvolvimiento de las comunidades naturales; g) la presencia humana que represente alguna perturbación o alteración de sus ambientes y la residencia o radicación de personas con excepción de las necesarias para la administración técnica y funcionamiento del área natural e investigación científica que en ella se realice; h) la enajenación de tierras declaradas reservas provinciales; i) el arrendamiento o concesión de tierras (…); j) la construcción de cualquier tipo de obra, instalaciones, edificios, viviendas, a excepción de las necesarias para su funcionamiento como áreas naturales de conservación; k) la recolección de material para estudios científicos y de exhibición zoológicos, salvo cuando fuere imposible realizar en otra área, o cuando las necesidades de investigación así lo exigieren y fuere expresamente autorizada, y l) cualquier otra acción que pudiere modificar el paisaje natural o el equilibrio biológico, a criterio de la autoridad de aplicación.

Como puede observarse, la norma es muy rigurosa y detallada en la determinación de objetivos, así como de prohibiciones en relación a los usos que no resultan compatibles con los fines de una reserva natural.  

Usos sociales de la Reserva Boca de las Sierras

En base a las fuentes consultadas y al trabajo de campo realizado, se pudieron detectar diversos usos que realizan diferentes grupos de interés involucrados en el área protegida y que afectan el paisaje en general, los cuales se sistematizaron en seis categorías:

1- Uso agrícola- ganadero:
A partir del siglo XIX, con el desplazamiento forzado de los pueblos originarios que habitaron la región (conocidos por ese entonces como “indios amigos” sensu Ratto, 1994), el Estado obtuvo miles de hectáreas que fueron otorgadas a particulares para hacerlas productivas. Así comenzó a conformarse un paisaje acorde a una lógica basada en la explotación agropecuaria mediante el establecimiento de estancias, cría de ganado y agricultura que se sostiene en el tiempo; aunque con fragmentaciones y modificaciones generadas por los cambios en las tecnologías y los tipos productivos (Infesta, 2003; Lanteri, 2005).

Respecto al interior de la reserva, cabe señalar que para el año 2009 un estudio indicaba que “(…) el ganado impacta actualmente en zonas de piedemonte, veras de los arroyos y valles cerca de los asentamientos (vivienda y galpón, vivienda del puestero, dique y ex-casco de La Celina)” (Raffo, 2009: 108). Para el 2015, según las observaciones realizadas en terreno, se verificó que en el área se desarrolla tanto cría de ganado extensiva e intensiva, como producción agrícola en campos pertenecientes al Ministerio de Defensa y probablemente arrendados por este.
 
2- Uso militar:
El uso militar de las tierras comenzó en la década de 1940 con el asentamiento en la zona del Arsenal Naval Azopardo y de una fábrica de explosivos asociada llamada Fanazul. Es dentro de este territorio militar de propiedad nacional en que se delimitaron las 541 hectáreas de la reserva Boca de las Sierras, que fue aprobada por la provincia de Buenos Aires (1999), aún sin estar resuelto el traspaso o administración de las tierras. Hasta el año 2010, algunas de las actividades que se realizaban sin ningún tipo de control eran las pruebas de explosivos, tiro de artillería y maniobras de tanques, las cuales ya habían sido denunciadas en el año 2004 por arqueólogos del área (Pedrotta et al., 2004). Testimonios posteriormente recogidos, indicaban que estas últimas actividades continuaban realizándose de manera más esporádica. Por otro lado, la presencia militar en la zona restringió el libre acceso a la reserva, condición que continúa vigente en la actualidad a excepción de las cinco hectáreas en donde se emplaza el Parador Boca de las Sierras, cuya administración está a cargo del Municipio de Azul. El gobierno local ha realizado varias gestiones para obtener el dominio de un número mayor de tierras, sin éxito1.

3- Uso turístico:
El turismo en Azul se vio favorecido a fines de la década de 1980, cuando el gobierno municipal lo potenció en respuesta a demandas recreativas, económicas y demográficas. El factor turístico fue uno de los pilares sobre el que se fundamentó la creación de la reserva y constituyó el estímulo para construir servicios en el lugar. La primera iniciativa concreta le posibilitó al municipio disponer de tres hectáreas (posteriormente ampliadas a cinco) linderas a la Ruta Provincial Nº 80, formalizada a través de un convenio con Fanazul, y crear un parador turístico al que se denominó Boca de las Sierras. Actualmente, la cuestión turística constituye uno de los principales argumentos de la gestión local para tramitar con el Ministerio de Defensa de la Nación la administración total de gestionar las tierras de la reserva (541 hectáreas).
 
La investigación realizada, indica que las actividades turísticas que hoy se realizan son diversas y se relacionan con los llamados turismo rural, de aventura, religioso, entre otros (Degele, 2016). A partir de las encuestas efectuadas durante el trabajo de campo, se pudo construir un perfil preliminar de los visitantes de la Reserva Boca de las Sierras, quienes son, en su mayoría, habitantes de Azul, de mediana edad y con estudios de medio a superiores. En cuanto a la actividad que desarrollan, son predominantemente empleados, profesionales o estudiantes. Los resultados indican, además, que las visitas están compuestas mayoritariamente por grupos de entre tres a cinco personas, que se acercan tanto espontáneamente como para asistir a eventos especiales, algunas veces al año. Una gran parte de los encuestados manifiesta concurrir a la zona desde hace más de diez años, ya sea por tradición familiar o por sugerencias de conocidos (Degele, 2015).

4- Uso sociocultural, educativo y deportivo:
La mayoría de las actividades socioculturales se promovieron desde la firma del último comodato entre la Municipalidad de Azul y Fanazul, celebrado en 2006, que amplió la administración municipal del área de tres a cinco hectáreas. Estas actividades se incrementaron a partir de la inauguración de obras de infraestructura en 2012 (baños, salón de usos múltiples, mesas y juegos) e incluyen eventos especiales de periodicidad anual (e.g. en abril, una caminata de aproximadamente 40 km denominada Magalí y la caravana de un tradicional motoencuentro; en octubre un festival folklórico llamado Pullu Calel y actividades efectuadas en el marco del Festival Cervantino2) y otros ocasionales, como ferias de artesanías. Paralelamente, el edificio del Parador Boca de las Sierras es utilizado por diferentes instituciones educativas para realizar reuniones, clases o excursiones durante todo el año.

En cuanto al uso deportivo, la zona serrana del partido resulta atractiva para la práctica del ciclismo y el pedestrismo, las cuales se difundieron a partir del año 2000 y se sistematizaron en dos eventos de periodicidad anual, desde el 2008 (Duatlón de las Sierras y el Desafío Boca de las Sierras). A ellas se suman, las prácticas promovidas por agencias de turismo consistente en caminatas, escalada, así como entrenamiento de equipos y deporte casual, en general.

5- Uso científico:
Las Sierras de Azul, incluida el área de la reserva natural, han sido objeto de investigaciones sistemáticas por parte de la Facultad de Agronomía de la UNICEN, con sede en ese partido, desde la década de 1990. Se destacan las llevadas adelante por el Núcleo de Investigación de Recursos Naturales, Ecodiversidad y Agroecología (RENEA) y el Núcleo de Estudios Vegetacionales y Agroecológicos de Azul (NUCEVA). Por otra parte, en las últimas dos décadas, se han realizado investigaciones arqueológicas por parte de distintos profesionales, especialmente del Núcleo Consolidado de Investigaciones Arqueológicas y Paleontológicas del Cuaternario Pampeano (INCUAPA) (actual UE CONICET-UNICEN) y más recientemente, del Instituto Superior de Investigaciones de la Universidad Maimónides. Concretamente en la reserva se han estudiado las estructuras de piedra indígenas (Pedrotta, 2005; Pedrotta et al., 2004, 2011; Pedrotta y Duguine, 2013) y ocasionalmente, se han realizado estudios turísticos, geológicos y ambientales (Piscitelli y Sfeir, 1998; Massabie y Nestiero, 2005; Sánchez, 2009, entre otros).

6- Uso ritual:
En 1958 se instaló en la zona la Orden Cisterciense de la Estricta Observancia, conocida como Orden de la Trapa. Más allá de la donación de las tierras que efectuara un conocido estanciero para el establecimiento del monasterio, la elección del lugar se basó principalmente en que, según testimonios, para la vida monacal se buscan lugares bellos y, a su vez, con buena capacidad productiva, que permitan la vida solitaria. Según los propios relatos de los monjes, se dedican a una vida sencilla, contemplativa y de oración, además de realizar tareas de producción rural y artesanal, tales como la cría de ganado, la fabricación de quesos, dulces, etc. Se vinculan con la sociedad ofreciendo un espacio de oración, con misas y retiros espirituales; realizando primeras comuniones; colaborando periódicamente con las escuelas locales por medio del ofrecimiento de transporte; y realizando intercambios productivos y de servicios con los vecinos de la zona. En la época en que se realizó el trabajo de campo, en el monasterio residían 20 monjes.

Por otro lado, en el Parador Boca de las Sierras se han realizado ceremonias, por parte de una comunidad mapuche originaria de la ciudad de Olavarría (Pillan Manke), la cual declara tener afinidad espiritual con el espacio en coherencia con las connotaciones del nombre originario del lugar (Pullu Calel) que ha sido traducido como Sierra de los Espíritus (Tello, 1946).

Discusión

En los apartados anteriores se enunciaron los usos que permite la normativa para las reservas naturales provinciales y luego, se describieron los que se realizan actualmente en Boca de las Sierras. De modo que en este punto es posible confrontar la información recabada a fin de determinar el grado de cumplimiento de la norma, así como el impacto de las diferentes actividades sobre la conservación del paisaje y el patrimonio protegido.
A tal efecto, se definieron los tipos de impacto de acuerdo a cada actividad y se elaboraron criterios para su evaluación. Los objetivos, permisos y prohibiciones establecidas por la Ley N°10.907 (en adelante la ley) integraron el criterio para evaluar los impactos de los diferentes usos, en tanto signifiquen factores de presión, de riesgo o de oportunidad para el patrimonio protegido (ver síntesis en Tabla 1).

1) Impacto de las actividades agrícola-ganaderas:
Las prácticas de producción agropecuaria son las más antiguas y de mayor continuidad que se vienen desarrollando en la región. La ley establece su prohibición en el art. 20, incisos c), e), i). La reserva se ve afectada tanto por la explotación observada en su interior como por la de las hectáreas circundantes, situación que constituiría un efecto borde, noción que refiere a las interacciones que se producen entre dos ecosistemas lindantes que pueden ser de diferente tipo (abióticos, biológicos, directos e indirectos) (Raffo 2009). Uno de los efectos adversos de las actividades agrícolas-ganaderas es la alteración de la flora y fauna nativa y la modificación del paisaje que trae aparejada. En función de estas consideraciones y dado el efecto acumulativo y extensivo de las prácticas productivas agropecuarias, las mismas fueron clasificadas como un factor de presión.

2) Impacto de las actividades militares:
La ley establece expresamente la prohibición de realizar actividades industriales y “alteraciones de elementos y características de especial relevancia” (art. 20). Además, impide la construcción de obras, a excepción de las estrictamente necesarias para el funcionamiento de la reserva y prohíbe la residencia de personas no relacionadas a su administración. El impacto de forma directa que generan las actividades militares en el área de la reserva se vinculan con dos aspectos principales:

a) Restricción del acceso a los visitantes: En los dos convenios formalizados entre Fanazul y la Municipalidad de Azul, para constituir el Parador Boca de las Sierras, se especificó que el predio debía cercarse para impedir el acceso de personas a la zona de actividades del Ejército Argentino. Este tema también se reitera en las entrevistas, indicando un temor socialmente instalado respecto a la detonación inesperada de bombas.
b) Efecto destructivo de las prácticas: Este hecho es denunciado expresamente por Pedrotta et al. (2004: 488), quienes resaltan que:
“(…) extensos sectores del área están sufriendo un constante proceso de deterioro, ya que a lo largo de varias décadas ha sido un lugar afectado a prácticas de carácter militar (principalmente la detonación de explosivos). Lo anterior redunda, obviamente, en la destrucción tanto de los recursos naturales y culturales de los sectores afectados en forma directa como también de las zonas circundantes”.

La temática fue, además, fundamento de un proyecto de declaración presentado a la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires mediante el cual se solicitaba el cese de las prácticas militares y maniobras en la reserva por afectar la tranquilidad de los visitantes, la destrucción de flora y fauna autóctona y el recupero de restos antropológicos, el cual fue aprobado. Sin embargo, en la práctica dicho cumplimento no se controla y testimonios aseveran que, aunque sin carácter sistemático, las actividades continúan. Por todo lo mencionado, las prácticas ligadas al uso militar, en adición al efecto acumulativo y extensivo de las mismas, se clasificaron como factor de presión3.

3) Impacto de las actividades turísticas:
Como se mencionó antes, la ley establece en su art. 5 que dentro de las reservas naturales será permitido y promovido el turismo. Una manera de conocer su impacto real es mediante el análisis de su capacidad de carga, entendida como:
“(…) el máximo uso que se puede obtener de él, sin que se causen efectos negativos sobre sus propios recursos biológicos, sin reducir la satisfacción de los visitantes, o sin que se produzca un efecto adverso sobre la sociedad receptora, la economía o la cultura del área” (Organización Mundial del Turismo [OMT], 1998: 262).

Si bien no es objetivo de este trabajo hacer un estudio exhaustivo de la capacidad de carga del área, puede aproximarse que el número de visitas que recibe el Parador Boca de las Sierras, única zona de la reserva actualmente habilitada para el uso público, no alcanzaría los valores máximos posibles para los sectores recreativos de áreas naturales según la OMT (60-200 personas diarias por hectárea). Sin embargo, la inexistencia de un plan de gestión y la ausencia de controles sobre el acceso (requeridos para la reserva conforme al art. 18) constituyen variables a tener en cuenta en un futuro cercano, especialmente en consideración a la tendencia creciente de visitantes (Araya y Sacomani, 2014) y a la existencia de un proyecto de desarrollo del área gestado desde el Municipio.

Conforme al análisis realizado, la promoción del turismo puede tener un efecto ambivalente de acuerdo a la planificación sustentable del área bajo estudio, pudiendo constituirse en un factor de riesgo, tanto como de oportunidad. En este sentido, es relevante tener en cuenta la postura de los prestadores turísticos del lugar, quienes manifiestan estar comprometidos con la conservación del lugar.

4) Impacto de las actividades científicas:
La realización de estudios científicos es un objetivo de la ley (art. 4) y, además, se encuentra dentro de las actividades que deben ser permitidas y promovidas (art. 5). Sin embargo, se establece también que dichas actividades deben ceñirse a reglamentación y control y se prevé la prohibición de “recolección de material para estudios científicos y de exhibición zoológica, salvo cuando fuere imposible realizar en otra área, o cuando las necesidades de investigación así lo exigieren y fuera expresamente autorizada” (art. 20).

Teniendo en cuenta el número reducido de estudios que se realiza actualmente y del compromiso de los especialistas en la conservación de la reserva, se considera a la actividad científica como un factor de oportunidad. Sin embargo, hasta tanto no esté debidamente reglamentada esta actividad, el respeto por lo previsto en la ley dependerá sólo de la buena voluntad de los investigadores.

5) Impacto de las actividades deportivas, socioculturales y educativas:
Las actividades relacionadas a la educación, la cultura y la recreación deben ser permitidas y promovidas en las áreas protegidas (art. 5). Sin embargo, a pesar de que la mayoría de los eventos de esta índole son esporádicos y no superan las cincuenta personas, ciertas actividades anuales como el festival folklórico Pullu Calel, el Duatlón de las Sierras, el Desafío de las Sierras y la Caminata Magalí, movilizan más de cien personas y pueden generar alteraciones (riesgo de incendios, perturbación de flora y fauna, derrumbes de estructuras arqueológicas, etc.) si no se gestionan correctamente. No obstante, se destaca como positiva la valoración del paisaje que realizan los organizadores y la naturaleza de algunas actividades que promueven la educación ambiental (e.g. la observación de aves). Por lo dicho, se decide clasificar estos eventos primariamente como de oportunidad y secundariamente como de riesgo, atendiendo a la ausencia del plan de gestión reglamentario.

6) Impacto de las actividades rituales:
En relación con este tipo de actividades, es importante observar que cuestiones hoy trascendentes en relación al patrimonio, sus componentes intangibles y la interculturalidad, no están previstas específicamente en la Ley N°10.907. En este sentido, la actividad contemplativa y religiosa del monasterio trapense o el valor espiritual que podría tener Boca de las Sierras para los grupos originarios, exceden la normativa referida, pero se considera que pueden representar un factor de oportunidad para la conservación en tanto incrementan la significación cultural del paisaje, fortaleciendo los fundamentos para la implementación efectiva de la reserva.

Tabla 1. Síntesis de los usos e impactos en la Reserva Natural Boca de las Sierras.
Table 1. Synthesis of the uses and impacts in the Boca de las Sierras Nature Reserve.

Comentarios finales

En relación a lo expuesto precedentemente, puede concluirse que aquellos usos que clasificamos como factores de presión (actividades agrícola-ganaderas y militares) son los que mayor superficie (en cantidad de hectáreas) afectan, y se corresponden con los actores sociales con más antigüedad en el área y mayor peso político y económico. Esto explica, en gran parte, la dificultad de aplicar la normativa general, a la vez que vuelve urgente la reglamentación de la reserva para detener el ritmo del deterioro. Además, según lo analizado, cualquier actividad que se realice en el área, aún cuando se presente como oportunidad, conlleva un factor de riesgo inherente en la medida de que no se ejecute un plan de gestión que zonifique y reglamente el uso del espacio.

Cabe mencionar que la ley prevé una serie de herramientas como las evaluaciones de impacto ambiental (art. 21), el desmantelamiento de obras existentes (art. 22) o, en última instancia, la evaluación de áreas alternativas para el montaje de la reserva, que resultarían herramientas útiles para la conservación efectiva del paisaje. También hay un punto previsto en la ley que promueve las intervenciones educativas para la creación de una consciencia proteccionista y conservacionista de las áreas protegidas (art. 17). Esta cuestión no está siendo atendida en la actualidad, pero sería una alternativa a implementar en tanto se avanzan con las restantes medidas. También es interesante destacar el art. 19, que habilita la interacción y cooperación entre diferentes actores para la implementación de programas de investigación, fomento, extensión y conservación, cuya consideración podría dar lugar a procesos participativos para consensuar medidas tendientes a conciliar la diversidad de interés sobre el paisaje, en la medida que sean compatibles con los fines de la reserva. Esto es coherente con los enfoques teóricosmetodológicos que se orientan hacia la interpretación del patrimonio y su gestión sobre una base participativa (Pearson y Sullivan, 1995; Hall y McArthur, 1996; Avrami et al., 2000; UNESCO, 2014).

Finalmente, la ley no prevé la intervención de las comunidades indígenas, ni especifica la protección del patrimonio cultural intangible, ya que estos elementos comenzaron a ser considerados en la normativa nacional e internacional más recientemente. Tampoco están mencionados temas sobre desarrollo local y regional, pese a que su incidencia es evidente, por ejemplo, en la promoción del turismo. Estos factores pueden ser vistos como una oportunidad, en tanto sugieren una actualización legal y fortalecen los fundamentos por los cuales se creó la reserva.

En suma, la integridad, defensa y mantenimiento de los ambientes naturales y sus recursos (naturales y culturales) se funda en el interés público que revisten (art. 2 de la ley Nº10.907, en igual sentido Carta de ICOMOS de 1990), por lo que es obligación del Estado provincial “proveer a su preservación” conforme lo establece el art. 41 de la Constitución Nacional, debiendo disponer de “medidas de protección, conservación, administración y uso de dichos ambientes y sus partes” (art. 2 Ley 10.907). Sin duda la tarea del Estado provincial respecto de la Reserva Boca de las Sierras es una asignatura pendiente.

Olavarría, 14 de junio de 2017

Agradecimientos
Este trabajo fue realizado en el marco de las investigaciones desarrolladas por PATRIMONIA (Programa Interdisciplinario de Estudios del Patrimonio), INCUAPA (U.E. CONICET – UNICEN), financiado a través de los proyectos PIP 106/15 CONICET y PICT 0551/16, ambos dirigidos por María Luz Endere y codirigidos por María Gabriela Chaparro. Se presentan además resultados parciales de la investigación de grado de Pamela E. Degele (2015) denominada “Los dilemas del patrimonio en áreas protegidas provinciales: usos, percepciones sociales y tensiones políticas en la Reserva Natural Boca de las Sierras (Azul, provincia de Buenos Aires)”. Facultad de Ciencias Sociales de la UNICEN.

Notas
1. En febrero de 2018 Fabricaciones Militares confirmó el cierre definitivo de Fanazul y en abril comenzó su desmantelamiento.
2. Festival cultural que se realiza en el marco de la declaración de Azul como Ciudad Cervantina de la Argentina por la UNESCO en el año 2007, lo cual impulsó a los recursos culturales como un eje del desarrollo local (Pedrotta et al., 2013).
3. Este factor de presión se ha morigerado en 2018 con el cierre de Fanazul.

Bibliografía

1. Araya, J.M.J. y Sacomani, M. (2014). Turismo, marca e identidad. En J.M.J. Araya (Comp.), Políticas públicas de desarrollo local. La gestión internacional de los municipios intermedios (pp. 65-94). Tandil: CEIPIL.         [ Links ]

2. Avrami, E; Mason, R. y De la Torre, M. (Eds.). (2000). Values and Heritage Conservation. Research Report. Los Angeles: The Getty Conservation Institute.         [ Links ]

3. Ayala, P. (2008). Políticas del Pasado: indígenas, arqueólogos y Estado en Atacama. Santiago de Chile: Línea Editorial IIAM.         [ Links ]

4. Ballart, J. (2002). El patrimonio arqueológico: valor y uso. Barcelona: Ariel.         [ Links ]

5. Bayón, C., Flegenheimer, N. y Pupio, A. (2006). Planes sociales en el abastecimiento y traslado de roca en la pampa bonaerense en el Holoceno temprano y tardío. Relaciones de la Sociedad Argentina de Antropología, 31, 19-45.         [ Links ]

6. Bender, B. (Ed.). (1998). Stonehenge. Making Space. Oxford y Nueva York: Berg.         [ Links ]

7. Bonorino, F. G., Zardini, R., Figueroa, M. y Limousin, T. (1956). Estudio Geológico de las Sierras de Olavarría y Azul (Provincia de Buenos Aires). Publicaciones del Laboratorio de Ensayo de Materiales e Investigaciones Tecnológicas, 2(63), 5-22.         [ Links ]

8. Cifuentes, M., Mesquita, C.A., Méndez, J., Morales, M.E., Aguilar, N., Cancino, D., Gallo, M., Jolón, M. Ramírez, C., Ribeiro, N., Sandoval, E. y Turcios, M. (1999). Capacidad de carga turística de las áreas de uso público del Monumento Nacional Guayabo, Costa Rica. Costa Rica: WWF Centroamérica, CATIE, Turrialba.         [ Links ]

9. Colombo, M. (2013). Los cazadores-recolectores pampeanos y sus rocas. La obtención de materias primas lítica vista desde las canteras arqueológicas del centro de Tandilia. (Tesis inédita doctoral). Facultad de Ciencias Naturales y Museo, Universidad Nacional de La Plata. Crespo, C. (Comp.). (2013). Tramas de la diversidad. Patrimonio y Pueblos Originarios. Buenos Aires: Editorial Antropofagia.         [ Links ]

10. DÁlfonso, C.O; Scaramuzzino, R. y Farina, E. (2011). Actualización del catálogo de la flora medicinal de las sierras de Azul (sistema de Tandilia), provincia de Buenos Aires, Argentina. Rojasiana, 10(1), 29-53.         [ Links ]

11. Degele, P.E. (2015). Los dilemas del patrimonio en áreas protegidas provinciales: usos, percepciones sociales y tensiones políticas en la Reserva Natural Boca de las Sierras, provincia de Buenos Aires. (Tesis inédita de licenciatura). Facultad de Ciencias Sociales, UNICEN, Olavarría.         [ Links ]

12. Degele, P. E. (2016). Patrimonio, política y áreas protegidas: el aporte de la arqueología pública al desarrollo regional (provincia de Buenos Aires, Argentina). La Zaranda ideas. Revista de Jóvenes Investigadores en Arqueología, 14(2), 93-110.         [ Links ]

13. Endere, M.L. (2009). Algunas reflexiones acerca del patrimonio. En M. Endere y J. Prado (Eds.), Patrimonio, ciencia y comunidad. Su abordaje en los partidos de Azul, Olavarría y Tandil (pp. 19-48). Olavarría: UNICEN.         [ Links ]

14. Fabra, M., Montenegro, M. y Zabala, M. (Comps.). (2015). La Arqueología Pública en Argentina: Historias, tendencias y desafíos en la construcción de un campo disciplinar. Jujuy: EdiUnju.         [ Links ]

15. Ferrer, A. F. y Pedrotta, V. y (2006).  Los corrales de piedra. Comercio y asentamientos aborígenes en las sierras de Tandil, Azul y Olavarría. Tandil: Crecer Ediciones.         [ Links ]                                    García Canclini, N. (1994). Culturas híbridas. Buenos Aires: Sudamericana.

16. García Canclini, N. (1999). Los usos sociales del patrimonio cultural. En. E. Aguilar Criado, Patrimonio Etnológico. Nuevas perspectivas de estudio (pp. 16-33). Andalucía: Consejería de Cultura, Junta de Andalucía.   

17. Gianotti García, C., Barreiro Martínez, D. y Vienni Baptista, B. (Coord.). (2014). Patrimonio y Multivocalidad. Teoría, práctica y experiencias en torno a la construcción del conocimiento en Patrimonio. Montevideo: Ediciones Universitarias (UCUR).

18. Guimarães, R. (2003). Tierra de sombras: desafíos de la sustentabilidad y del desarrollo territorial y local ante la globalización corporativa., Serie Medio Ambiente, División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos Nº 67. Santiago de Chile: CEPAL.

19. Habu, J., Fawcett, C. y Matsunaga, J. (Eds.). (2008). Evaluating Multiple Narratives Beyond Nationalist, Colonialist, Imperialist Archaeologies. Nueva York: Springer.

20. Hall, M., Hammon, C. y McArthur, S. (1996). European culture and the built of environment. An introduction. En M. Hall y S. McArthur (Eds.), Heritage management in Australia and New Zeland. The Human Dimension (pp. 250-252). Oxford: Oxford University Press.

21. Hall, M. y McArthur, S. (Eds.). (1996). Heritage Management in New Zealand and Australia. The Human Dimension. Oxford: Oxford University Press.

22. Hernández Ramírez, J. (2007). El patrimonio activado. Patrimonialización y movimientos sociales en Andalucía y la ciudad de México. Dimensión Antropológica, 14(41), 7-44.

23. Hewison, R. (1987). The heritage industry: Britain in a climate of decline. London: Methuen.

24. Hodder, I. (2008). Multivocality and Social Archaeology. En Habu, C., Fawcett y J. Matsunaga (Eds.), Evaluating Multiple Narratives Beyond Nationalist, Colonialist, Imperialist Archaeologies (pp. 196-200). Nueva York: Springer.

25. ICOMOS. (1990). Carta internacional para la gestión del patrimonio arqueológico.  http://www.icomos.org/en/ charters-and-texts

26. ICOMOS. (2011). Principios de La Valeta para la salvaguardia y gestión de las poblaciones y áreas urbanas históricas. http://www.icomos.org/en/charters-and-texts

27. Infesta, M. E. (1993). La enfiteusis en Buenos Aires. 1820-1850. En M. Bonaudo y A. Pucciarelli (Comp.), La problemática agraria. Nuevas aproximaciones (Vol.1, pp. 93-120). Buenos Aires: CEAL.

28. Jofré, I. C. (Coord.). (2010). El regreso de los muertos y las promesas del oro. Patrimonio arqueológico en conflicto. Córdoba: Encuentro Grupo Editor, Editorial Brujas.

29. Korn, R. y Sowd, L. (1990). Visitor Surveys: A User´s Manual. American Association of Museums. Washington, D.C: Resourse Report.

30. Kristensen, M. J., Lavornia, J., Leber, V., Pose, M. P., Dellapé, P., Saile, A., Braccalente, L., Giarratano M. y Higuera, M. (2014). Estudios para la conservación de la Pampa Austral. Diagnóstico de la biodiversidad local. Revista de Estudios Ambientales, 2(1), 106-118.

31. Ladrón de Guevara González, B. y Elizaga Coulombié, J. (2009). Diagnóstico para la conservación de patrimonios culturales en uso activo: propuesta metodológica. Conserva, 13, 61-79.

32. Lanteri, S. (2000). Poder, poblamiento y relaciones interétnicas en el sur bonaerense. Las donaciones de tierra en el Arroyo Azul en la primera mitad del siglo XIX. (Tesis de licenciatura inédita). Universidad Nacional de Mar del Plata, Mar del Plata.

33. Lanteri, S. (2005). Estado Tierra y poblamiento en la campaña sur de Buenos aires durante la época de rosas. La frontera del arroyo azul. Anuario de estudios Americanos, 62(2), 251- 283.

34. Ley Nº 10.907 (posteriormente modificada por las leyes Nº 12.459, 12.905 y 13.757). Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.

35. Lowenthal, D. (1996). Possessed by the past: the heritage crusade and the spoils of history. Nueva York: Free Press.

36. MacDonald, K. y Tipton, C. (1995). Using documents. En Gilbert, N. (Ed.), Researching social life. Londres: Sage.

37. Massabie, A.C. y Nestiero, O.E. (2005). La estructura del Grupo Sierras Bayas en el sector norte de las Sierras Septentrionales de Buenos Aires. Revista de la Asociación Geológica Argentina, 60(1), 135-146.

38. Mazzanti, D. L, Martínez, G. y Quintana, C. (2012). Early Settlements in Eastern Tandilia, Buenos Aires Province, Argentina: Archaeological Contexts and Site-Formation Processes. En L. Miotti, M. Salemme, N. Flegenheimer y T. Goebel (Eds.), Late Pleistocene Peopling of Latin America (pp. 99-103). Texas: Texas University.

39. Mazzia, N. y Flegenheimer, N. (2012). Early Settlers and their Places in the Tandilia range (Pampean region, Argentina). En L. Miotti, M. Salemme, N. Flegenheimer y T. Goebel (Eds). Late Pleistocene peopling of Latin America (pp. 121-126). Texas: Texas University.

40. Messineo, P. G. y Politis, G. G. (2007). El sitio Calera. Un depósito ritual en las Sierras Bayas (sector noroccidental de Tandilia). En C. Bayón, A. Pupio, M. I. González, N. Flegenheimer y M. Frere (Eds.), Arqueología en las Pampas (Tomo II, pp. 697- 720). Buenos Aires: Sociedad Argentina de Antropología.

41. Messineo, P. G., Kaufmann, C. A., Steffan, P. G., Dubois, C. F. y Pal, N. (2014). Ocupaciones humanas en un valle intraserrano del sector noroccidental de Tandilia: sitio el Puente (partido de Olavarría, Buenos Aires). Relaciones Sociedad Argentina de Antropología, 2, 435-462.

42. Morello, J. y Solbrig, O.T. (1997). Argentina Granero del Mundo. ¿Hasta cuándo? Buenos Aires: Orientación Gráfica Editora.

43. OMT. (1998). Introducción al turismo. Madrid: OMT. 
 
44. Pearson, M y Sullivan, S. (1995). Looking after heritage places. The basics of heritage planning for managers, landowners and administrators. Melbourne: Melbourne University Press.

45. Pedrotta, V. (2005). Las sociedades indígenas del centro de la provincia de Buenos Aires entre los siglos XVI y XIX. (Tesis doctoral inédita). Facultad de Ciencias Naturales y Museo, Universidad Nacional de La Plata.

46. Pedrotta, V. (2009). Algunas consideraciones en torno al valor patrimonial y a la preservación de las construcciones de piedra del Sistema de Tandilia. En M. L. Endere y J. L. Prado (Eds.), Patrimonio, ciencia y comunidad. Su abordaje en los partidos de Tandil, Olavarría y Azul (pp. 205-230). INCUAPA-UNICEN, Olavarría. 

47. Pedrotta, V., Tancredi, M. y Grosman, N. (2004). Reserva Natural Boca de la Sierra (Azul, pcia. de Buenos Aires): Desafíos para la investigación, conservación y puesta en valor de su patrimonio arqueológico. En G. Martínez, M. A. Gutierrez, R. Curtoni, M. Berón y P. Madrid (Eds.), Aproximaciones Contemporáneas a la Arqueología Pampeana (pp. 479-491). Olavarría: UNCPBA.

48. Pedrotta, V., Bagaloni, V., Duguine, L. y Carrascosa Estenoz, L. (2011). In estigaciones  arqueológicas  en  los  ´corrales  de  piedra` el  Sistema  de  Tandilia  (Región  Pampeana,  Argentina). En M. Ramos y O. Hernández de Lara (Eds.), Arqueología Histórica en América Latina. Perspectivas desde Argentina y Cuba (pp.111-127). Luján: Universidad Nacional de Luján.

49. Pedrotta, V. y Duguine, L. (2013). ¿Muros o Muralla? Evaluando hipótesis acerca de las construcciones de piedra de las Sierras del Azul (Región Pampeana argentina). En M. Rodríguez Leirado y D. Schávelzon (Eds.), V Congreso Nacional de Arqueología Histórica Argentina (pp. 87110). Buenos Aires: Editorial Académica Española.
 
50. Pedrotta, V., Tancredi, M., Mariano, M., Endere, M.L. (2013). Tejiendo saberes. Patrimonio intangible, identidad y valoración social: el caso de Ercilia Cestac. Runa XXXIV(1), 91-112.

51. Piscitelli, M.M. y Sfeir, A.J. (1998). Hidrología, montes y mejoras de la Reserva Provincial Boca de las Sierras. MS.

52. Prats, Ll.  (2007). Antropología y patrimonio. Barcelona: Ariel.

53. Preucel, R. y Hodder, I. (1996). Constructing Identities. En R. Preucel y I. Hodder, Contemporary Archaeology in Theory. A Reader (pp. 601-614). Oxford: Blackwell.

54. Raffo, L. (2009). Conservación del patrimonio natural de los partidos de Azul, Olavarría y Tandil. En M. Endere y J. Prado (Eds.), Patrimonio, Ciencia y Comunidad. Su abordaje en los Partidos de Azul, Tandil y Olavarría. Olavarría: INCUAPA- UNICEN.

55. Ramos, M. y Néspolo, E. (1997/98). Tandilia: la evidencia arqueológica e histórica. Paleoetnológica, 9, 49-72.

56. Ramos, M.; Bognanni, F., Lanza, M., Helfer, V., Salatino, P., Quiroga, C., Aguirre, D. y Pau, D. (2008). Corrales de Indios (Lithic Structures) in Tandilia, Argentina: A Global Study. International Journal of Historical Archaeology, 12(3), 209-247.

57. Ratto, S. (1994). Indios amigos e indios aliados. Orígenes del `negocio pacífico´ en la provincia de Buenos Aires (1829-1832). Cuadernos del Instituto Ravignani, 5, 34.

58. Requesenz, E., Farina, E., DÁlfonso, C., Scaramuzzino, R. y Orfila, E. (2004). Riqueza y potencialidades de la flora serrana y periserrana de Azul (Provincia de Buenos Aires). II Foro sobre Desarrollo Sustentable: biodiversidad, soberanía alimentaria y energética. Facultad de Ciencias Agrarias, Universidad Nacional De Córdoba.

59. Ritzer, G. (1993). Teoría sociológica contemporánea. Madrid: Mc Graw Hill.

60. Rivolta, M. C., Montenegro, M.; Menezes Ferreira, L. y Nastri, J. (Eds.). (2014). Multivocalidad y activaciones patrimoniales en arqueología: perspectivas desde Sudamérica. Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Fundación de Historia Natural Félix de Azara.

61. Sánchez, J.L. (2009). Reserva Natural Boca de las Sierras: potencialidades para su desarrollo turístico en el Partido de Azul. (Tesis de licenciatura inédita). UNLP.

62. Sánchez, R.O. y Nuñez, M.V. (2004). El sistema de Tandilia: una aproximación a la definición de su espacialidad y compartimentación territorial.  Segundo Congreso de la Ciencia Cartográfica y IX Semana Nacional de Cartografía. Buenos Aires.
 
63. Sarramone, A. (1993). Catriel y los pampas de Buenos Aires. Azul: Biblos. 278 pp.

64. Slavsky, L. y Ceresole, G. (1988). Los corrales de piedra de Tandil. Antropología 4, 43-51.

65. Smith, L. y Akagawa, N. (2009). Intangible Heritage. Londres: Routledge.

66. Tello, E.A. (1946). Toponimia Indígena Bonaerense. Buenos Aires: Horizontes.

67. Teruggi, M.E. y Kilmurray, J.O. (1980). Sierras Septentrionales de la Provincia de Buenos Aires. En Geología Regional Argentina (Vol. 2, pp. 919-956). Córdoba: Academia Nacional de Ciencias.

68. Ucko, P.J. (2000). Enlivening a “dead” past. Conservation and Management of Archaeological Sites, 4, 69-72.

69. UNESCO. (2003). Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.

70. UNESCO. (2004).  Declaración de Buenos Aires del Forum.

71. UNESCO. (2006). Textos básicos de la convención del patrimonio mundial de 1972. París.

72. UNESCO. (2008). Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial.

73. UNESCO. (2014). Gestión del Patrimonio Mundial Cultural.

74. Vázquez, P. y Zulaica, L. (2013). Intensificación agrícola y pérdida de servicios ambientales en el Partido de Azul (Provincia de Buenos Aires) entre 2002 y 2011. Revista Sociedade & Natureza, Uberlândia, 3 (25), 543-556.

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