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Mora (Buenos Aires)

On-line version ISSN 1853-001X

Mora (B. Aires) vol.21 no.1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires June 2015

 

DEBATE

El Nuevo Código Civil en Perspectiva de Género

Presentación

 

Cristiana Schettini

CONICET/IIEGE - IDAES/UNSAM

La idea de incluir en esta sección los recientes e intensos intercambios de ideas en torno al proyecto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación surgió cuando este proceso estaba aún en pleno desarrollo. Mientras la preparábamos, el Código fue sancionado y promulgado (en octubre de 2014). A partir de agosto del corriente año entrará en vigencia e incidirá en dimensiones cruciales de la vida social argentina.

            Es notorio el profundo cambio en las relaciones sociales, y en particular en las de género, durante este siglo y medio en el que vivimos bajo el Código Vélez Sarsfield. Por eso, resulta significativa la amplia movilización social en torno al actual debate. Muchos observadores destacan el surgimiento de nuevos sujetos e intereses en pugna, pero pocos se detienen a reflexionar sobre ellos en su historicidad. Las innovaciones adoptadas sobre relaciones familiares (adopción, concepción, reproducción, matrimonio, divorcio) han sido, a lo largo de este siglo y seguramente lo seguirán siendo, objeto de una detenida reflexión desde el feminismo. Otras dimensiones, como el estatus jurídico de la iglesia católica, el derecho humano al agua y la función social de la propiedad, ciertamente ganarían mucho a partir de una reflexión en esta clave. En todo caso, lo cierto es que los debates de los últimos años transforman el campo del derecho en un ámbito privilegiado para el análisis social e histórico del accionar político de nuevos grupos organizados y, en una clave más general, de los cambios y las continuidades en las relaciones sociales en Argentina. 

            Menos ambicioso que esta agenda, el conjunto de breves intervenciones aquí reunidas tiene como objetivo sugerir cuánto es lo que los estudios de género, con el elemento multidisciplinario que lo constituye como campo, pueden aportar a un análisis del derecho como parte de la vida social y, por lo tanto, como lugar de contestaciones y de conflictos, cargados de historias. Esta perspectiva, familiar a muchas de nosotras, tiene la ventaja de privilegiar los sentidos de la ley para diversos sujetos por sobre sus dimensiones formales y las intenciones del legislador. Desde la historia, la antropología y el propio derecho, las autoras aquí reunidas parten de la pregunta sobre cómo el nuevo Código expresa, reformula o reacciona a las presiones de los actores sociales organizados en movimientos o en sus vidas cotidianas. Lejos de una visión evolutiva en la que nos vamos alejando de un marco desigual y jerárquico hacia un reconocimiento progresivo de derechos, las perspectivas aquí adoptadas se interesan por los usos imprevistos y por la indeterminación histórica del derecho. En otras palabras, las tipificaciones y categorizaciones jurídicas son miradas con desconfianza, en sus tensiones y ambigüedades. Sin embargo, las autoras no las descartan por su lejanía de la experiencia social de sujetos insertos en relaciones de desigualdad en las que el género juega un rol primordial. Por el contrario, las categorías jurídicas son consideradas en su dimensión productiva.

            Desde la historia, Verónica Giordano acompaña algunos intentos de reforma del Código Civil durante el siglo XX. Las coyunturas políticas circundantes a los debates sobre temas cruciales como el matrimonio y la maternidad se vuelven fundamentales para la comprensión de esta historia de sucesivos fracasos. A su vez, las tensiones en torno a la conceptualización de las "niñas y niños como sujetos de derechos" ganan el centro del aporte de la antropóloga Carla Villalta. El impacto normativo del reconocimiento de sujetos de derechos (en el lugar del sujeto dependiente) no es lineal, sino que puede llegar a ser acompañado por la restricción del reconocimiento de ciertos vínculos familiares. Finalmente, la abogada Cecilia Hopp se centra en el notorio problema de la definición del comienzo de la existencia de la persona humana. Su contribución aborda una de las novedades más destacables del nuevo Código, que se refiere al reconocimiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del principio constitucional de la igualdad como fuentes del Derecho Civil. En el caso de la definición acerca de la concepción, como en tantos otros nudos en los que ciertos grupos de presión dificultan el acceso amplio al derecho, es la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que viene a respaldar los derechos elementales de las mujeres.

            Pensados en el cruce entre la premura del momento y el pensamiento crítico informado por la ciencia social y la historia, los breves textos que siguen a continuación apuestan por futuras reflexiones más detenidas en torno a la potencialidad del feminismo para pensar el derecho como parte de la vida social.