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Mora (Buenos Aires)

versão On-line ISSN 1853-001X

Mora (B. Aires) vol.22 no.1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jun. 2016

 

RESEÑAS

Lerussi, Romina. La retórica de la domesticidad. Política feminista, derecho y empleo doméstico en la Argentina, Buenos Aires, Universidad Nacional de La Plata, 2014, pp. 266.

 

Malena Costa

Las corrientes que confluyen en la conformación del pensamiento feminista son, por definición, dinámicas y heterogéneas. Desde los feminismos se producen epistemologías tan contundentes como discordantes. Estas discrepancias –a veces antagónicas– nos impiden olvidar que feminismo se dice de muchas maneras. Se trata de un movimiento con todas las letras, el cual asume como uno de sus postulados más ineludibles el del conocimiento –en tanto praxis– como la indisoluble relación entre teoría y práctica, pensamiento y acción. Y es con esa convicción que se impone el trabajo de Romina Lerussi: La retórica de la domesticidad. Política feminista, derecho y empleo doméstico en la Argentina, el cual es presentado ya desde su inicio como "una manera de intervenir y por lo tanto de actuar políticamente en tanto que feministas" (p. 24).

Advierte que esa acción política de su trabajo irrumpe "a pesar de tratarse de un escrito de carácter teórico en un encuadre académico" (p. 24). Aclaración, por cierto, nada inocente ni ociosa. En efecto, al plantear la tesis del conocimiento en tanto praxis, los feminismos ponen en jaque los supuestos objetivistas que permean la tradición del saber académico. Una tradición que se nutre muchas veces de la negación de sus condiciones de posibilidad. Y es ese gesto de negación e invisibilización el que Lerussi detecta, señala, observa y desmenuza con brillante minuciosidad en su libro.

La retórica de la domesticidad […] ofrece un análisis preciso de un tema opaco y cotidiano, desentendido en su habitual familiaridad, como es el empleo doméstico. El propósito de este análisis se articula en un doble objetivo. Por un lado, rastrea los mecanismos que articulan la trama discursiva del empleo doméstico para así, por otro lado, percibe e introduce matices novedosos que posibiliten desestabilizar aquellos discursos. La tarea de vislumbrar el articulado de concepciones instituidas sobre el empleo doméstico se asienta en la intención explícita de transformar las "políticas de interpretación" (p. 196) que producen  aquella labor como efecto de una trama de subordinación.

En este original estudio sobre el empleo doméstico, Romina Lerussi se concentra en su particular naturaleza jurídica, la cual, para la normativa argentina, se constituye por tres notas distintivas: 1) el lugar de trabajo, ubicado en casas particulares; 2) la finalidad o destinataria de este trabajo, que es la familia o la vida familiar ajena a la trabajadora doméstica; y 3) la falta de lucro o beneficio económico de la parte contratante.

Según la dilucidación de Laura Pautassi en el prólogo del libro, la regulación jurídica del trabajo doméstico remunerado se destaca por la discriminación. La imprecisión respecto de las tareas, la dimensión de la jornada de trabajo y la remuneración salarial se corresponden con la definición de discriminación contenida en el artículo 1º de la Convención Contra Todas las Formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW/1979). Más aún, a nivel internacional, el empleo doméstico es uno de los sectores con mayor informalidad e invisibilidad. En América Latina y el Caribe, la amplia mayoría de quienes trabajan en tareas domésticas y de cuidado de forma remunerada son mujeres, en un empleo que "tiene raíces coloniales en base a relaciones de servidumbre que en la región adquirieron progresivamente y hasta nuestros días marcas etnorraciales, de clase y de estatus migratorio" (p. 18).

Hasta hace pocos años, en nuestro país el empleo doméstico estaba regulado a través de un Decreto-ley del año 1956. Es recién en 2013 cuando se sanciona una ley que establece el "Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares", el cual determina ciertas regulaciones (licencia por maternidad, vacaciones pagas, una jornada laboral de ocho horas, entre otras) que lo equiparan con las condiciones de quienes trabajan bajo la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744/1976). No obstante, la regulación actual del empleo doméstico –singular, específica y sustraída aún de la Ley 20.744– se enmarca en una continuidad estructural con la legislación previa. En efecto, Lerussi advierte que los tres componentes de la naturaleza jurídica de este tipo de empleo –mencionados más arriba– persisten y convergen para otorgarle su especial estatuto de excepcionalidad. En este sentido, La retórica de la domesticidad […] guía sus búsquedas y dilucidaciones a través de la pregunta por "los fundamentos que sostienen las operaciones de exclusión del empleo doméstico de la norma común" (p. 16).

A partir de aquel interrogante, se propone un abordaje localizado y situado en la Argentina del siglo XXI. Dicho abordaje asume la historicidad y contingencia de todo conocimiento, concebido, además, en tanto praxis. Es decir, la producción de conocimiento es comprendida como una acción condicionada siempre por ciertos intereses y tomas de postura en relación con determinados conflictos y disputas. La autora se inscribe y abona así al área de los feminismos jurídicos, la cual surge como resultado de una serie de intervenciones feministas en el campo del derecho, y que en nuestro país se encuentra en pujante crecimiento desde la década de 1990. En esa línea, concibe al derecho como un discurso social cuya particularidad más destacable reside en su fuerza productiva. El discurso jurídico "define qué y quiénes deben ser precisamente tenidos en cuenta" (p. 22); aún más, convierte (o no) a los seres humanos en sujetos de derecho, es decir, "el derecho hace ser sujetos del derecho" (p. 21) y se erige, además, como el legítimo discurso del orden: "estabiliza lo inestable, cierra lo necesariamente abierto […] normaliza y clausura lo cuestionado, vuelve […] neutral lo axiológico" (p. 22). En consecuencia, define la operatoria del derecho como una "retórica-ideológica".
Por lo demás, el dominio jurídico se presenta como complejo, opaco y exclusivo en función de la pertenencia al campo institucionalizado de este poder-saber. No obstante, desde los presupuestos de la multi/inter/transdiciplinariedad, el área feminista jurídica cuestiona dicha clausura. Al hacer explícita la vinculación del derecho con los intereses particulares de quienes lo construyen y aplican, los feminismos dan cuenta de la concurrencia de diversos discursos –políticos, sociales, culturales, estéticos– para la institución de la trama jurídica en su conjunto. En ese sentido, Lerussi señala que el derecho, en tanto discurso social, "también se hace y opera a través de lo que la gente hace y hace ser con la norma" (p. 22). Por lo tanto, el derecho es, en simultáneo, tanto un discurso para la regulación y conservación del orden como un instrumento de cambio y transformación "que puede abrirse a multiplicidad de voces e impulsar procesos jurídicos sociales-políticos-retóricos en diferentes e ilimitadas direcciones" (p. 22). En efecto, la regulación jurídica del empleo doméstico solo se comprende a partir de la maleabilidad e hibridez del derecho: "En la vida laboral de este empleo existe otro tipo de normas que son articuladas en los usos y las costumbres en tanto que fuentes del derecho" (p. 18).

La autora avanza sobre los postulados feministas respecto del derecho y sugiere una embestida que atienda a otras juridicidades allende el más estricto discurso jurídico-legal. Para ello, propone un marco epistémico novedoso que articula a través de la apropiación y resignificación de diversos conceptos de perspectivas políticas posfundacionales y feministas (en el que confluyen Armstrong, Butler, Foucault, Fraser, Rich, Spivak y Wittig, por nombrar acaso a las más invocadas). Dicho marco se asienta en el presupuesto del carácter discursivo y por lo tanto contingente de los fundamentos. Así, la pregunta por los fundamentos de la naturaleza jurídica del empleo doméstico deriva en la afirmación de una retórica de la domesticidad en tanto trama discursiva que articula dicho empleo como efecto de una cadena de significantes: privado-hogar-familia-individualidad doméstica-no económico-reproductivo-femenino-heternormativo-mujeres-cuerpos precarizados. Esta trama se configura a partir de la lógica dicotómica ("dicotomías fundacionales", según la denominación de la autora) que rige de manera predominante al pensamiento occidental en su conjunto, y que ordena todos los ámbitos de la vida en términos de pares binarios organizados jerárquica y genéricamente; para el objeto bajo análisis: público/privado-doméstico, productivo/reproductivo-improductivo, varón/mujer. La retórica de la domesticidad […], como componente de los grandes relatos de la historia y la política, produce y consolida modalidades laborales basadas en "la explotación y la subordinación de y entre mujeres […], confirmando la creencia de que la responsabilidad por los quehaceres domésticos es algo naturalmente femenino, en donde lo femenino es subvalorado y, dentro de la matriz heterosexual, equivale a mujeres" (p. 25).

Si el trabajo doméstico se constituye en el desprestigio, la invisibilización y la subvaloración social, política, económica y jurídica (p. 25), el sujeto doméstico, producido por Laretórica de la domesticidad […], se ubica en los márgenes constitutivos de lo que denomina matriz (hétero)jurídica. La autora compone esta categoría para dar cuenta de una operación ideológica por la cual se constituye y legitima al empleo doméstico en la periferia del régimen común de trabajo, reunido en la Ley 20.744. El empleo doméstico es comprendido de esta manera en su singular concentración de dilemas sobre la regulación del trabajo y en tanto corroboración de la persistencia de los modos de las antiguas servidumbres, repuestos ahora en una renovada explotación feminizada.

A lo largo de los cinco capítulos que componen el libro, Romina Lerussi reconstruye las investigaciones más relevantes y los debates feministas respecto del trabajo doméstico y los cuidados, articula las categorías de retórica de la domesticidad y matriz (hétero)jurídica –centrales en la línea argumentativa del libro– y presenta también una serie de fuentes empíricas jurisprudenciales que le permiten abordar conceptualmente la naturaleza del empleo doméstico y proponer nuevos aspectos para desplazar sus tres notas características. En esa búsqueda atenta y original se alberga el deseo de transformar las dinámicas de hiperexplotación y servidumbre actuales, es decir, de intervenir radicalmente sobre "el sistema capitalista (hetero) liberal" (p. 196) y hacer estallar sus incompatibilidades con el principio del cuidado recíproco entre las personas.

El derecho al sufragio y la garantía de la participación en la política, así como el acceso a la educación superior y al mundo del trabajo por parte de las mujeres son derechos conquistados sobre discriminaciones históricas. No obstante, el ejercicio de esos derechos se sostiene aún sobre cuerpos femeninos y feminizados (concebidos como mano de obra barata), mientras ciertos privilegios de clase-sexo-género, quedan intactos. Desde esa cruel paradoja, el libro ofrece un riguroso articulado analítico y constituye una interpelación ineludible para el debate feminista.

La retórica de la domesticidad. Política feminista, derecho y empleo doméstico en la Argentina abre, tal como Lerussi lo advierte, un espacio de invención aventurado y arriesgado (p. 23). Aventurado, sin dudas, puesto que se sumerge en las tumultuosas aguas de la creación conceptual, allí donde la hibridez teórica desemboca en la intersección de fronteras disciplinares para generar corrimientos y confusiones iluminadoras, para traspasar los límites epistémicos instituidos y conmover las barreras de los saberes institucionalizados. Arriesgado también, ya que propone un compromiso político irrechazable sobre el tiempo, el espacio y sus delimitaciones políticas. Y porque conduce a la reflexión, es decir, a preguntar-se; ese gesto feminista tan particular que obliga a poner sobre la mesa y a sacar de debajo de la alfombra.

A través del análisis de este empleo de frontera, la autora nos invita, con firme cordialidad e irresistible lucidez, a asumir los efectos de una trama de producción de límites (de clase, sexuales, genéricos, étnicos) y de demarcación (política, epistémica), nos impele a re-pensar y actuar para provocar cambios sobre "la vida en nuestras comunidades" (p. 196), resquebrajar las barreras de lo personal y ampliar las fronteras de lo político.

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