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Revista de historia del derecho

versão On-line ISSN 1853-1784

Rev. hist. derecho  no.40 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jul./dez. 2010

 

RESEÑAS DE LIBROS

Grau, Luis (ed.), Orígenes del constitucionalismo americano: Corpus documental bilingüe/Selected Documents Illustrative of the American Constitutionalism: bilingual edition, Editorial Dykinson, Universidad Carlos III de Madrid, Madrid, 2009, Tomos I, II y III.

"La presente obra es una colección de documentos producidos durante los siglos XVII y XVIII. Los cien documentos que forman el corpus comparten determinadas características comunes: desde su aspecto temporal, todos se produjeron con anterioridad a la redacción de la Constitución de los Estados Unidos de 1787".

Así comienza Luis Grau la "Introducción" de 20 páginas que precede su monumental compilación Orígenes del constitucionalismo americano. Las 1800 páginas siguientes, repartidas en tres volúmenes, no son ni más ¡ni menos! que eso: una compilación de documentos fechados entre 1606 y 1787. Es decir, esos centenares de páginas no contienen pensamientos originales, aunque sí numerosas (y cuidadosas) anotaciones e intercalaciones parentéticas del editor, por demás interesantes. La aclaración tiene por finalidad aventar expectativas equivocadas; no, en cambio, desmerecer el trabajo publicado. Al contrario: por varias razones el esfuerzo del editor es encomiable. La obra es de una gran utilidad para el Derecho Constitucional porque, como el mismo Grau apunta en la "Introducción", todos los documentos recopilados tienen, en sentido amplio, carácter constitucional. Y, como él sostiene, la Constitución federal de 1787 no se produjo en un vacío jurídico. Antes bien, cuando esta constitución fue sancionada preexistían numerosos documentos constitucionales, que deberían ser un punto de referencia importante para la interpretación de la Constitución federal. Entre ellos se destacan las constituciones de algunos de los estados, como ha mostrado de un modo sobresaliente F.J. Stimson en su The Law of the Federal and State Constitutions of the United States (Boston Book Company, Boston, 1908). De hecho, uno de los principales problemas de la convención constituyente federal fue el respeto de lo que entonces se llamaba la "policía interna" de los estados: ese poder residual y plenario que aquellos se negaron a delegar al nuevo gobierno central y que se encontraba ya plasmado, explícita o implícitamente, en sus cartas organizativas locales. Cfr. Stark, Vincent, "Public Morality as a Police Power after Lawrence v. Texas and Gonzales v. Carhart", The Georgetown Journal of Gender and the Law, Vol. X, p. 170, nota 30 (2009). Esta idea, por cierto, fue recogida más tarde, en 1789, en la Enmienda X de la Constitución de Estados Unidos, que dice: "Los poderes no delegados a los Estados Unidos por la Constitución ni prohibidos por esta a los Estados, quedan reservados respectivamente a los Estados o al pueblo". Todos los documentos se presentan tanto en su versión original inglesa, como también en versión traducida al castellano por el propio Grau. Esta última circunstancia ve acrecentada su relevancia si se tiene en cuenta que, de los cien documentos, solo una decena se encontraba disponible anteriormente en español. Y, además, nos habla a las claras del ingente trabajo de traducción que supuso la obra reseñada. Si bien es cierto que hoy en día la gente que está en condiciones de leer en inglés se ha multiplicado exponencialmente, no lo es menos que Londres está inundada de universitarios hispanohablantes trabajando en restaurantes de comida chatarra, con la principal finalidad de aprender lo básico de la lengua de Shakespeare. Quizás les lleve un buen tiempo a esos jóvenes poder leer de corrido textos ingleses de la aridez y obsolescencia de los recopilados por Grau. Y qué decir de los no tan jóvenes para quienes el tren del inglés ya pasó o pasa demasiado rápido. Bienvenida sea pues esta traducción, que permite al más avezado cotejar el original y sacar sus propias conclusiones sobre la aplicación a cada caso del célebre refrán: Traduttore, traditore.

Si esta obra no contuviera las traducciones que acompañan los originales tal vez podría cuestionarse su sentido o, al menos, tornarse sospechoso. Pues, ¿por qué habría de editarse en España, en inglés, una compilación de semejantes documentos norteamericanos? ¿Acaso no están en Estados Unidos las fuentes relevantes y acaso no deberían ser los propios estadounidenses los primeros interesados en acometer esta tarea? De hecho, Grau reconoce la existencia de diversas recopilaciones de este tipo, oriundas del país del norte de América y elogia el rigor y la exhaustividad de varias de ellas -a pesar de que, con cierto atrevimiento, entiende que la suya, por una razón o por otra, viene a completarlas, corregirlas o mejorarlas a todas; y a pesar de que, con cierta ironía, no deja sin criticar el famoso proyecto Avalon, llevado adelante nada menos que por la Universidad de Yale-. La realidad es que las fuentes manejadas por el editor, la versatilidad con que las maneja, la estructura organizativa del trabajo y su rigor metodológico, tornan difícil, en todo caso, cualquier descalificación rápida fundada en razones nacionalistas. La obra de Luis Grau lo dejará a él, sin duda, en la posición de afortunado acreedor de todos aquellos que en el futuro incursionen en la historia constitucional de los Estados Unidos de América.

Santiago Legarre
Universidad Católica Argentina/CONICET

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