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Revista de historia del derecho

versão On-line ISSN 1853-1784

Rev. hist. derecho  no.41 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jan./jun. 2011

 

RESEÑAS DE LIBROS

Abelardo Levaggi, Francisco Manuel de Herrera, fiscal de la Audiencia de Buenos Aires (1789-1799). Derecho, asuntos indígenas, religión, administración, economía, Departamento de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, 2008, 314 págs. y CD.

 

Esta obra de Abelardo Levaggi sobre el fiscal Francisco Manuel de Herrera es una excelente introducción al mundo jurídico virreinal. Quienes deseen acercarse a la cultura jurídica de este período encontrarán temas muy sugerentes: Derecho, asuntos indígenas, religión, administración y economía. Con esta obra, el autor completa una trilogía dedicada a los fiscales de la segunda Audiencia de Buenos Aires, que se inició con Manuel Genaro de Villota (1981) y prosiguió con José Márquez de la Plata (1988). Los alegatos jurídicos de letrados y juristas en las causas judiciales constituyen fuentes imprescindibles para el conocimiento de la Historia del Derecho Argentino.

Levaggi dice en la presentación que para realizar este libro fueron necesarios varios años de trabajo de acumular y seleccionar escritos: "Dar con ellos me demandó la paciente compulsa de miles de expedientes, la gran mayoría en el Archivo General de la Nación Argentina y el Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, y sólo algunos en el Archivo Histórico de Córdoba y el Archivo General de Indias en Sevilla. Salvo las vistas insignificantes o de mero trámite, todo el material que logré acopiar está reproducido, con la información complementaria indispensable para su cabal apreciación, en la Segunda Parte del libro".

"Transcribo los documentos siguiendo las reglas de la ortografía y la puntuación modernas, y desarrollando las abreviaturas. Mantengo los apellidos tal como aparecen. Sólo me aparto de ese criterio para adoptar la forma consagrada por la historiografía, cuando se trata de personajes notorios" (p. [121]).

El libro, está dividido en dos partes. La primera parte contiene: Vida y pensamiento de Francisco Manuel de Herrera; Nacimiento, familia y educación; Nombramiento como fiscal del crimen en Buenos Aires; Incorporación a la Audiencia de Buenos Aires, Trabajos; Personalidad. Relación con autoridades y litigantes; Sus observaciones y comentarios sobre otros personajes y hechos; Fiscal de la Audiencia de Santiago de Chile; Fiscal del crimen de la Audiencia de Lima. Promoción a la regencia del Tribunal de Santafé de Bogotá; Ejercicio de la regencia bogotana; Padecimiento y muerte; La biblioteca; Carácter. Creencias. Doctrina. a) Idea del Derecho, b) Asuntos indígenas, c) Ideas económicas, d) Funcionarios reales, e) Administración de justicia, f) Doctrina penal; Colofón; Apéndice Documental. Asimismo contiene cuatro índices: temático, onomástico, geográfico y legislativo (pp. [123]-314).

La segunda parte inserta en un CD incluye los escritos del fiscal Herrera, con documentación complementaria y notas aclaratorias, presentados en 850 expedientes. Se agrupan en diez documentos programa Microsoft Office Word con el siguiente contenido: 1) Año 1790: Documentos 1 a 105 (pp. 1-135); 2) Año 1791: Documentos 106 a 172 (pp. 137-220); 3) Año 1792: Documentos 173 a 266 (pp. 221-332); 4) Año 1793: Documentos 267 a 384 (pp. 333-476); 5) Año 1794: Documentos 385 a 477 (pp. 477-568); 6) Año 1795: Documentos 478 a 569 (pp. 569-672); 7) Año 1796: Documentos 570 a 690 (pp. 673-809); 8) Año 1797: Documentos 691 a 776 (pp. 810-929); 9) Año 1798: Documentos 777 a 841 (pp. 930-1004) y 10) Año 1799: Documentos 842 a 850 (pp. 1005-1011).

Entre los diversos temas se destacan: criminales, hurtos, armas prohibidas, homicidios, riñas, heridas, fugas de cárcel, raptos de mozas, vagos y malentretenidos, ebriedad, abigeato, reincidencias, bigamia, abusos sexuales, indultos, perdón de la parte ofendida, visitas de cárceles, prisiones, apremios ilegales, tormentos, abuso de autoridad, usurpación de autoridad, condenas a funcionarios, cuestiones de contrabando, embargo de cueros, cuestiones procesales, jueces competentes, pruebas, testigos, testimonios, sobreseimientos en los procedimientos, sentencias en consulta a la Audiencia, recursos de apelación al rey, recursos de fuerza, recursos de queja, cuestiones de Real Hacienda, cuestiones eclesiásticas, excesos de religiosos, asilo en sagrado, diezmos, cuestiones de disensos matrimoniales, adulterios, alimentos, esponsales, cuestiones de indios, costumbre, tierras de indígenas, sublevación de Oruro, caciques, reducciones, expulsiones de aborígenes, tributos, protector de naturales, esclavos, fuero militar, delitos militares.

Herrera en su desempeño fue moderado, sin dejar de lado el espíritu combativo que tuvo, tanto con personas privadas como funcionarios. Testimonio que ha quedado reflejado en sus escritos, donde dejó constancia de las dificultades que afrontó. Así, calificó un asunto de "generalidad vaga y oscura de desvaríos", y anotó, respecto de otra causa, que "por su volumen y falta de arreglo en la colocación de los escritos y providencias le ha dado bastante trabajo en su lectura" (p. 130).

Destaca Levaggi: "Se le conoce alguna colisión con el regente: el no siempre imparcial Benito de la Mata Linares. Éste, cuando se empeñaba en favorecer a alguno, no trepidaba en dirigirse a la Corte y descalificar ante ella a quien se interponía en el camino de sus planes. Lo hizo con el fiscal José Márquez de la Plata y también con Herrera (p. 131).

Antonio José de Escalada, uno de los vecinos más caracterizados de Buenos Aires, se quejó al rey, por medio de su apoderado en Madrid, Jacinto Sánchez Tirado, de la actuación del fiscal en el juicio que sostenía con Manuel Antonio Warnes. Al respecto dice Levaggi: "Le imputó haber tolerado los escritos insolentes de éste, que "con la vehemencia que escribió su respuesta [...] dictó algunas voces que, examinadas después a sangre fría, fue forzoso enmendarlas". La conclusión era que no se podía confiar en que el fiscal obrara con "entera imparcialidad". Pero la Audiencia compartía la opinión de Herrera, mientras que el virrey Arredondo apoyaba la opinión de Escalada. Finalmente, el Consejo de Indias, el 4 de octubre de 1795, confirmó lo obrado por la Audiencia y el fiscal (p. 138).

Cabe destacar que, dentro del tema indígena, Herrera sobresalió por sus dictámenes a favor de los naturales. Señala Levaggi: "No escatimó esfuerzo para defenderlos en todas las ocasiones, contenciosas y no contenciosas, civiles y criminales, en que fue necesario, desplegando para ello todos los recursos de su retórica" (p. 160).

En sus numerosos escritos como acusador y defensor se extraen párrafos de valor doctrinal que lo ubican como un exponente del humanismo penal de la época. Herrera definió al delito como "el hecho o hechos que contra leyes divinas o humanas y en perjuicio de tercero se hizo". Para el procedimiento penal, el fiscal sostuvo la necesidad de restringir y aun prohibir las pesquisas generales, pues eran "odiosas y gravosas" para el público, y fácilmente abusaban de ellas los magistrados "poco cautos, inadvertidos o maliciosos".

Si bien para la punición no era menester que el hecho estuviera tipificado como delito, sí era fundamental para la preexistencia de un juicio legal, que incluyera la audiencia del reo. Expuso estar "persuadido a que su ministerio no está precisamente creado ni ligado para inclinar siempre la balanza de la justicia a la parte del rigor, y mucho menos para que escudándose con los derechos inviolables de su majestad y de la vindicta pública se traspasen las más justas sanciones del Derecho natural, de gentes, del común de los romanos y del positivo del reino" (pp. 166-167).

Publicaciones como la presente contribuyen, sin ninguna duda, al conocimiento de la praxis jurídica en la época colonial y significan un verdadero aporte a la ciencia historiográfica.

Sandro Olaza Pallero
Universidad de Buenos Aires

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