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Revista de historia del derecho

versión On-line ISSN 1853-1784

Rev. hist. derecho  no.45 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jun. 2013

 

RESEÑAS DE LIBROS

Susana R. Frías y Sebastián Terraneo (Editores), Sínodo de Buenos Aires de 1655. Edición Crítica, notas y estudio histórico– canónico, Junín, Ediciones De las Tres Lagunas, 2012, 200 pp. (ISBN 978-987-656-173-0).

 

El penoso, largo e inmerecido letargo en que se ha sumido hasta no hace mucho el estudio del derecho canónico indiano, es decir tal como se elaboró, reglamentó y aplicó en los territorios de los Reinos de Indias, va cediendo merced al impulso de una nueva generación de canonistas e historiadores del derecho que ha descubierto las arcas plenas de tesoros que se acumularon en los siglos pasados. El libro cuya recensión se nos ha encomendado se enrola en esa tarea tan meritoria como ciclópea. Un hecho indiscutido agrega a la obra un valor extraordinario, el rescate de un acontecimiento altamente relevante para la historia de la Iglesia en Buenos Aires, cuyos archivos se han perdido en modo irremediablemente criminal, limitándonos a la conformación con quienes tuvieron contacto con ellos, con quienes los han reconstruido a partir de los existentes ultramar o los que ha conservado el Estado.

Resultan ser numerosas las circunstancias científicas que atañen a esta rama de la canonística indiana que se encuentran en plena etapa de formación, esencialmente porque sus instituciones principales van apareciendo lenta, pero constantemente en el contexto y ámbito de los estudiosos. Esta realidad se plasma en la publicación conjunta de la Profesora Susana Frías y del Dr. Sebastián Terráneo. En efecto, la primera, especialista en historia rioplatense, ha preparado un Estudio Histórico Preliminar comenzando por realizar una exégesis del documento y situando a continuación, al Obispo y su obra en el contexto histórico en que se desarrolló la actividad sinodal. Detalla la autora desde el inicio, que se servirá para aquella finalidad de documentación del Archivo de Indias y del General de la Nación, el acervo archivístico ha sido ricamente complementado con una pieza inédita relativa al expolio de los bienes del Obispo Mancha, quien rigiera los destinos de la Iglesia en el ámbito de la diócesis bonaerense durante la celebración del sínodo que nos ocupa y cuyo aporte se considera fundamental. El análisis del documento corresponde al segundo ítem del Estudio Histórico. Allí, destaca la Profesora Frías la importancia del Sínodo de 1655, dado que resulta ser el único que se ha realizado y cuyo texto ha llegado hasta nosotros debido a la genial intuición de Benito de la Mata Linares que tuvo a bien copiarlo. Hizo lo propio el canónigo Saturnino Segurola, comparándose en el trabajo ambos textos al tiempo que se señalan las temáticas abordadas por cada constitución y se repasan en lo pertinente algunos de los autores más significativos tales como George Salvaire y Cayetano Bruno.

El Obispo y su época es el tercer apartado de la parte histórica del trabajo. Se trata de una biografía del Obispo Cristóbal de Mancha, o mejor del tiempo en que estuvo al frente de la extensa diócesis bonaerense –veintisiete años- en la que se destaca la gestión respecto de las misiones, el vínculo con las autoridades civiles y la relación con los regulares de la Compañía de Jesús, siempre en el contexto de los hechos conforme fueron sucediendo.

A través del estudio pormenorizado de los consultores del Sínodo, punto cuarto, la estudiosa avanza sutil e indirectamente en la descripción de la figura del Obispo de Mancha. De soslayo toca un tema central, la relación no siempre pacífica y cordial entre el diocesano y el cabildo, lo que se ha convertido en un tópico frecuente de la historia eclesiástica hispanoamericana. Se puntualiza el desconocimiento de la realidad social porteña que afectó al Obispo ya que había nacido en Lima, esta situación influyó decididamente en los asistentes al sínodo, particularmente avanza sobre los clérigos, sus vinculaciones familiares e intereses, clave de bóveda que permite comprender las relaciones eclesiásticas en la diócesis de Buenos Aires. Finaliza este apartado recorriendo las particularidades de las representaciones civiles que participaron de la asamblea.

Siempre centrándose en la figura de Mancha y Velasco, artífice principal del Sínodo de Buenos Aires, la Profesora Frías continúa delineando su figura en el quinto ítem en el que trata "Su vida y su casa". Nos muestra aquí la última etapa de la vida y pontificado del Obispo, comentando las disposiciones con que se preparó para el juicio de Dios y sus memorias. Allí se destaca haber otorgado la libertad a los esclavos domésticos que tenía y donado su copiosa biblioteca de ochenta volúmenes al convento de Santo Domingo.

Concluye el estudio histórico con los ítems sexto y séptimo que reseñan la obra de Mancha y Velasco y la valoración final. Se ha destacado el gobierno episcopal estudiado por el orden que estableció en cada uno de los aspectos propios de la administración eclesiástica correlato de un celo notable por la aplicación del Concilio de Trento. En tal mérito ordenó los libros parroquiales y los del capítulo catedral. Cerrando su intervención nuestra autora enumera los objetivos que dice haberse fijado al iniciar el trabajo, los que por cierto parece haber agotado cumplidamente. Señala asimismo una serie de desafíos a emprender con el objeto de llegar a un conocimiento más cabal e integral de la religiosidad, de las relaciones entre los diocesanos y los gobernadores civiles y finalmente la historia de las comunidades religiosas que confluyeron en el antiguo y vasto territorio de la diócesis de Buenos Aires.

Con todo ese bagaje de información que constituye un espléndido e imprescindible contexto al hecho que se estudia principalmente, la publicación nos presenta la segunda parte de la obra bajo el título "Estudio Canónico" el que es abordado por el Pbro. Dr. Sebastián Terráneo. En una sólida introducción nos propone el autor recorrer los orígenes de la temática sinodal recurriendo incluso a la cita de uno de los más celebres padres del derecho canónico, el Hostiense. En la misma línea ofrece un desarrollo histórico para llegar en el punto siguiente a tratar la "Estructura de los sínodos" donde explica en modo sintético el proceso sinodal desde la convocatoria hasta la publicación de las constituciones, pasando a señalar las características particulares que la institución reconoció en Indias. Sobre ellas se enanca para pasar al tercer punto que, me anticipo a decirlo, resulta ser la columna vertebral de la etapa introductoria: "Los sínodos americanos". La actividad sinodal en Indias fue profusa y su estudio aun merece destacarse en el ámbito de la historia del derecho canónico, destacándose en ellas el tratamiento y la preocupación por los naturales, lo que les ha dado unas características del todo particulares. Señala el autor que la tarea conciliar americana comenzó aun antes de que el Concilio de Trento le diera un impulso decisivo y que fue una respuesta a la multiplicidad de cuestiones novedosas que se abrían a cada momento signadas por la realidad indiana: protección de los derechos de los naturales, su incorporación a la fe, la disciplina del clero, a lo que ha de sumarse el ámbito geográfico señalado por distancias inmensas y los ámbitos hostiles. La legislación emanada de los sínodos es para el Dr. Terráneo original y rica dado su apego a la realidad expresada en normas particulares que abordaban cuestiones prácticas. Finaliza esta cuestión indicando la matriz de influencia que puede verificarse en cada uno de los concilios y sínodos que se celebraron en la América Hispana.

Abierto el camino con los elementos históricos – canónicos – indianos esenciales mediante la introducción antes comentada, nos encontramos ante el segundo parágrafo: "Algunos aspectos canónicos del Sínodo de Buenos Aires", que a su vez subdivide el autor con el objeto de ofrecer la información en modo más ordenado y centrado en la temática correspondiente. Indica desde el principio que la particularidad del sínodo se encuentra en el conflicto entre el Obispo que lo convocara Fray Cristóbal de Mancha y Velazco y la Compañía de Jesús, reflejo de la relación casi siempre borrascosa entre el episcopado americano y las órdenes religiosas. En este particular encuentra el Dr. Terráneo el carácter judicial de algunas normas sinodales, que si bien se han verificado abandonadas en la práctica eclesiástica hacia el siglo XIII, será reclutada en América como consecuencia de las comentadas controversias.

En un primer apartado trata nuestro autor el "Conflicto entre el episcopado y los religiosos", temática verdaderamente esencial para nuestra ciencia. Enfoca el tratamiento en una cuestión central tal como es la de los privilegios que copiosamente había concedido la Santa Sede a los regulares. Las órdenes se encontraron en virtud de aquella normativa pontificia, exentas de la jurisdicción episcopal, trazándose así las líneas directrices de un, por momentos, muy severo y generalizado conflicto cuyos casos principales se repasan y estudian acertadamente. Seguidamente, se trata la influencia del Concilio de Trento sobre el particular y se recuerdan varias bulas desde san Pío V hasta Benedicto XIV.

El punto 2.1.1 nos introduce en el marco de la controversia que se verificó entre el Obispo de Mancha y la Compañía de Jesús. El edicto de convocación hacía mención a la visita canónica comenzada en 1648, situación que aprovecha el autor para señalar que ella siempre precedía a la celebración de un sínodo, el que partía entonces de bases sólidas. La diócesis bonaerense comprendía las ciudades de Buenos Aires, Corrientes y Santa Fe, dieciocho reducciones jesuíticas y tres a cargo de franciscanos. De las correspondientes a los jesuitas, el Obispo convirtió diecisiete en Doctrinas –es decir que las sustrajo de esa atención pastoral, poniéndolas bajo su propia y directa jurisdicción. Así, cuestiones vinculadas al Patronato, a diversos documentos pontificios y a la aplicación del Concilio de Trento campean en el texto. Los jesuitas no permanecieron pasivos y generaron una defensa tendiente a proteger los que consideraron sus derechos. No asistieron al sínodo.

El siguiente apartado en que el Autor ha dividido su exposición, está consagrado a "Otros asuntos tratados por el Sínodo". Aquí se nos alerta de que sin perjuicio de la importancia que revistió la controversia con la Compañía, la reunión sinodal bonaerense, a la par que replicó los términos de los Concilios Limenses de 1550 -1551; 1567 – 1568 y 1582 – 1583, abordó otros temas tales como la preferencia de la lengua española en las misiones, la consecuente prohibición de referirse a los indios en su propio idioma respecto de varios vocablos. También se hacía una profesión de fe respecto de la aplicación y extensión de la enseñanza a todos los habitantes del Concilio de Trento. El central tema del Real Patronato también fue objeto de una constitución sinodal. Paralelamente aparece la legislación bonaerense respecto de los temas patrimoniales: diezmos, primicias, su obligatoriedad y exenciones tanto a españoles como a naturales, bulas de la Santa Cruzada, propiedades de los indios, etc. También aparecen normas de policía eclesiástica plasmadas en prohibiciones de vender alcohol los días festivos, bajo pena de excomunión, etc. Otro clásico de la literatura jurídico – canónico universal e indiana: los casos reservados. En todo este extracto que el Autor expone centrándose en los intereses históricos y legales, pivotea el interés que el Obispo de Mancha quiso imprimir a la cuestión de los naturales y su particular protección por medio de la entonces poderosa arquitectura sinodal con su consabido correlato canónico y secular.

El Dr. Terráneo ofrece finalmente al ávido lector unas conclusiones que lejos de pretender cerrar el tema brillantemente expuesto, incita a la investigación de los aspectos laterales vinculados al Sínodo de Buenos Aires de 1655.

A partir de la página 81 la publicación que se reseña ofrece el texto íntegro del Sínodo tal como se ha recabado del archivo Mata Linares. Utilizando las luces que nos conceden ambos expertos en los textos introductorios, adentrarse en la historia de la diócesis de Buenos Aires, resulta un ejercicio fascinante e imprescindible del que no puede privarse quien pretenda navegar por estas aguas procelosas y mayormente inexploradas. Si su lectura resulta, entonces, obligatoria a este segmento de la ciencia, su mensaje no puede pasar inadvertido: un trabajo arduo y dedicado nos espera y congrega. Finalmente, un reconocimiento particular para la Profesora Frías y el Pbro. Dr. Terráneo que desde el inicio de su obra recuerdan la particular intuición que en ella ha desplegado el siempre recordado campeón de estas lides, el Pbro. Dr. Nelson Dellaferrera.

Fernando González

Universidad Católica Argentina

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