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Revista de historia del derecho

versión On-line ISSN 1853-1784

Rev. hist. derecho  no.54 Ciudad Autónoma de Buenos Aires dic. 2017

 

RESEÑAS

La historia del derecho frente al reto del giro espacio-temporal
Massimo Meccarelli y María Julia Solla Sastre (Eds.), Spatial and Temporal Dimensions for Legal History. Research Experiences and Itineraries, Collection Global Perspectives on Legal History vol. 6, Max Planck Institute for European Legal History Open Access Publication, Frankfurt am Main, 2016, 300 págs. Disponible en (http://www.rg.mpg.de/gplh_volume_6). DOI: http://dx.doi.org/10.12946/gplh6

 

 

¿Hacia dónde se dirige la historia del derecho hoy? Esta pregunta marca el inicio de la introducción al volumen sobre Dimensiones espacio-temporales en la historia del derecho. Los coordinadores responden listando iniciativas científicas recientes que ponen el acento en las cuestiones metodológicas y resaltan la importancia de la renovación constante de la disciplina. Así, mencionan el encuentro que tuvo lugar con motivo de los 40 años de los Quaderni Fiorentini o las iniciativas del Instituto Max Planck de Historia del Derecho de Frankfurt y, concretamente, el proyecto que se desarrolla bajo el título "Global legal history".

El libro que nos ocupa, coordinado por Julia Solla y Massimo Meccarelli y con ocho contribuciones, aportan al debate sobre la historia del derecho, su método y su relación con otras disciplinas como la geografía, la filosofía, la sociología o el derecho internacional. Los autores, de orígenes geográficos y ámbitos temáticos muy diversos, buscan provocar una reflexión que en la historiografía y en la geografía había tenido ya lugar: la de la construcción social y política de las categorías tiempo y espacio, consideradas en muchos ámbitos como absolutas y objetivas. Este grupo de iushistoriadores proponen, pues, reescribir parcelas de la historia del derecho teniendo en cuenta esta no tan nueva forma de observar el tiempo y el espacio.

Se trata, en definitiva, de abordar desde la historia del derecho el "geographical and temporal turn" ya desarrollado en otros ámbitos. Así también, como sostitene Marta Lorente en su aportación, de dar el "historiographical turn" a la historia del derecho. Este giro era necesario si tenemos en cuenta las producciones de la Global history y de la Global legal history: si se trata de escribir o reescribir fenómenos de legal transfer, legal reception, legal transplant o de estudiar la multinormatividad, es necesario reflexionar y tematizar las categorías en las que se dan estos fenómenos: el tiempo y el espacio.

Esta es la propuesta de los coordinadores, expresada quizás de forma algo compleja. La idea no es novedosa: Marie Theres Fögen había abierto el debate en 2006 al proponer la transición "Del espacio al tiempo" en la revista Rechtsgeshichte del instituto de Frankfurt [1] , pero poco se había reflexionado desde entonces sobre estas categorías.

El resultado de la apuesta de Meccarelli y Solla es una obra plural, llena de sugerencias y preguntas que interpelan a los cultivadores de todas las ramas de la disciplina, sean medievalistas, modernistas, estudiosos de la historia del derecho internacional o del llamado derecho indiano. La obra es heterogénea: se abordan temas diversos desde perspectivas variadas. Algunas contribuciones responden abiertamente al reto metodológico y proponen vías de exploración interesantes. Otras lo hacen indirectamente y en algún caso cuesta determinar el vínculo con este giro espacio-temporal, lo que no quita calidad ni a la contribución ni al libro.

Ya en la introducción los coordinadores señalan esta diversidad y marcan algunas de las líneas que inspiran los trabajos: el espacio como campo de acción del derecho, el espacio como factor determinante del derecho, el dinamismo del tiempo y del estado o la no correspondencia entre espacio y estatalidad o estado, la extensión del espacio o la perduración de formas jurídicas en el tiempo.

El ensayo de Pietro Costa es el primero tras la introducción. El italiano realiza una magistral revisión de la literatura de ciencias sociales que ha tematizado la categoría del espacio: de Emile Durkheim y Marcel Mauss a Fernand Braudel, David Harvey, Michel Foucault o Reinhart Koselleck demostrando que la reflexión sobre la categoría espacio y la crítica a la concepción cartesiana y newtoniana del mismo no es nueva en el pensamiento occidental. Tampoco lo es en la historia del derecho, como demuestra el recorrido que hace Costa por obras de historiadores que habían reflexionado anteriormente sobre la cuestión como Paolo Grossi, António Hespanha o Jesús Vallejo. Resulta interesante la idea de Costa sobre la relación entre construcción social del espacio y stado, fronteras y, sobretodo, colonialismo.

Costa había escrito con anterioridad sobre la función de la imaginación en el derecho y aquí aborda la importancia de los espacios imaginados en la construcción de la nación y también en la construcción de un "nosotros" occidental y de un "otros" oriental. Los espacios imaginados, concluye Costa, "son tan "reales" como los "espacios vividos", porque ambos están concretamente involucrados en la dialéctica del poder y de la resistencia" (p. 56).

La colaboración de Javier Barrientos, de corte más tradicional, aborda la relación entre el status de las personas y el espacio en los textos del derecho común desde la Edad Eedia hasta las elaboraciones de Pufendorf y Heineccius, en las que ya se anuncia la importancia que tendrá en la Edad Contemporánea el espacio como criterio diferenciador de las personas. Estas construcciones jurídicas interesaron a la Corona española en el siglo XVIII y fueron reelaboradas por los juristas españoles y latinoamericanos del XIX. En el XVIII reciben las ideas de Heineccius y Pufendorf a la hora de construir una doctrina sobre el estatus de la persona a lo largo del tiempo y dependiendo del espacio en el que nace o vive. Así, acuñan la diferencia entre naturales, peregrinos y extranjeros o entre vecinos y transeúntes. Andrés Bello y García Goyena, por citar solo dos de los autores estudiados por Barrientos, codifican en lenguaje jurídico contemporáneo esas elaboraciones de juristas dieciochescos basadas en el Ius Commune

En su breve estudio, Alejandro Agüero enmarca su propuesta metodológica en la misma línea que presentan los coordinadores: la superación del estatalismo y del legalismo y la de investigar la interacción entre derecho real y derecho local a partir de la idea de localización del derecho. Se trata de una forma de analizar el derecho local que no parte de la proyección en el pasado de la idea del presente de jerarquía normativa. Agüero plantea a la comunidad de historiadores del derecho tomar conciencia de "las condiciones particulares y el trasfondo cultural" en el que operan las normas jurídicas y no solo de su apariencia formal (p. 100). De esta manera se evita el riesgo de "caer en el anacronismo de conectar un concepto estático del derecho local con nuestra comprensión actual del orden jurídico como esquema piramidal jerárquico" (p. 123). Es una propuesta sugerente y a tener en cuenta y que ya había presentado el autor argentino en otros trabajos.

Marta Lorente parte de los conflictos actuales en el mar del Sur de la China para hacer un repaso de la historia del derecho internacional. La historia del territorio juega, según la autora, una función muy importante en las actuales disputas territoriales. Para mostrar la importancia de la construcción del espacio y su evolución a lo largo del tiempo y en diferentes latitudes echa mano de las teorías del "uti possidetis" en la América colonial para mostrar cómo la concepción del espacio es flexible. De esta manera Marta Lorente consigue señalar la necesaria reflexión sobre el espacio y el tiempo entre otras categorías para la historia del derecho internacional: "el "giro historiográfico en derecho internacional" no conoce el "giro historiográfico en la historia del derecho" (p. 141).

Paolo Cappellini analiza la noción de gran espacio en el pensamiento de Carl Schmitt, abordando discusiones previas sobre la razón de ese uso de esa expresión ligada a la geopolítica. Se trata, además, de un concepto que pasó a formar parte de la cultura nacionalsocialista de la que participó Carl Schmitt. Se pregunta Cappellini si esta noción de Grossraum y las elaboraciones anteriores a 1939 pudieron influir en el entramado discursivo post-1945 sobre la construcción europea. Esta es sin duda una idea "inoportuna" como señala Cappellini (p. 191) pero que merece ser estudiada.

Contextualización de estas discusiones que transitan el imperialismo de los siglos XIX y XX, las dictaduras y sus pretensiones expansionistas y, finalmente, la construcción europea y el equilibrio entre bloques. La concepción del espacio no es impermeable a estas transformaciones y, por tanto, debe tenerse en cuenta su evolución a la hora de estudiar estos discursos. 

En su texto Laura Beck Varela hace una interesante propuesta metodológica: hacer converger la historia del derecho y la historia del libro. Con estas herramientas además aborda un tema fundamental en la "global legal history": lo que se denomina recepción, transplante y/o traducción jurídica. Son fenómenos en los que el tiempo y los espacios juegan una función importantísima pero sobre las conexiones entre estas categorías y los textos no se ha reflexionado. Su estudio debe tener en cuenta la historia del libro: la de los autores y también la historia material, la de editores y comerciantes, vendedores y compradores, la del viaje del libro como objeto de un lugar a otro. Beck Varela señala en este sentido la importancia de los índices de libros prohibidos, las listas de libros importados o exportados o los documentos de los censores. La reflexión final, con una analogía entre los cambios culturales que trae internet y los que provocó la invención de la imprenta, merece tenerse en cuenta.

Floriana Colao hace una interesante y detallada descripción de la evolución del proceso penal en Italia desde el punto de vista doctrinal, legislativo y político para explicar la permanencia a lo largo del tiempo de ideas del pasado. Se trata de un excelente estudio aunque la relación con la línea maestra del libro no esté lo suficientemente explicada.

Giacomo Pace Gravina recupera el motto de la obra colectiva para analizar la polisemia de los términos Sicilia y Sicilias y el carácter flexible de las fronteras en esta parte de Italia. Y es que si bien las islas están delimitadas por la línea del litoral, los límites políticos de Sicilia han variado en el tiempo, extendiéndose tras la conquista aragonesa al otro lado del estrecho de Messina. Este espacio de mar fue convertido en río en textos del XIX para resaltar la unión entre Sicilia insular y la continental y evitar así justificar el separatismo siciliano (insular se entiende). El autor explica como diferentes autores sicilianos, no solamente juristas, han intentado definir Sicilia siempre influidos por su "sicilianidad" (p. 285).

Este trabajo colectivo bien merece la lectura, el debate y la discusión. Sirve para conocer ámbitos de la historia del derecho y también para reflexionar sobre el propio trabajo pasado y futuro. Algunas contribuciones son útiles para entender dinámicas políticas del derecho y su evolución que muchas veces oculta la historiografía y que es importantísimo tener en cuenta. Me consta que el libro ha sido objeto de debate y que ha provocado más de un seminario. El artículo de Andreas Thier en Rechtsgeschichte de este año [2] , seminarios realizados en Frankfurt y a realizar en París y en otros lugares dan buena prueba de ello. La decisión de publicar la obra en acceso abierto facilita y facilitará el intercambio y la circulación de las ideas en el tiempo y en el espacio.

El éxito que está teniendo este debate demuestra el acierto de los coordinadores a la hora de lanzar esta propuesta a los historiadores del trabajo. La variedad de textos del libro da cuenta de la riqueza de la disciplina pero también de la necesaria puesta al día de la metodología en todos los ámbitos de la historia del derecho. Es imprescindible este tipo de reflexiones para actualizar constantemente una ciencia jurídica que tiene mucho que decir en el análisis del derecho del pasado y en su evolución en el presente.

 

Alfons Aragoneses
Law Department

Universitat Pompeu Fabra Barcelona (España)

[1] Marie Theres Fgen, "Vom Raum zur Zeit", en Rechtsgeschichte - Legal History, Rg 8, Frankfurt am Main, Max-Planck-Instituts fr europische Rechtsgeschichte,  2006, pp. 12-13.

[2] Andreas Their, "Time, Law, and Legal History. Some Observations and Considerations", en Rechtsgeschichte - Legal History, Rg 25, Frankfurt am Main, Max-Planck-Instituts für europäische Rechtsgeschichte,  2017, pp. 20-44.

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