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Revista de historia del derecho

versión On-line ISSN 1853-1784

Rev. hist. derecho  no.56 Ciudad Autónoma de Buenos Aires dic. 2018

 

Reseñas de libros

¿El peor momento para comerciar en Cádiz?

Sobre Bartolomei, Arnaud (2017), Les marchands français de Cadix et la crise de la Carrera de Indias, 1778-1828. Madrid, España: Casa de Velázquez.1

Carlos Petit* 

1* Catedrático de Derecho Comparado Departamento Teodor Mommsen Facultad de Derecho - Universidad de Huelva (España) Dirección postal: Campus El Carmen Avda. Tres de Marzo s/n (21007) Huelva (España) E-mail: cpetitcalvo@gmail.com

Una buena tesis de Letras, dedicada a la colonia francesa del comercio gaditano.2 Desde luego el libro de Bartolomei merece esta rápida descripción, sumándose al catálogo, no muy extenso pero riguroso, de estudios históricos sobre la participación de súbditos extranjeros en el tráfico con las Indias: Girard (1932), Blanc (1970), von den Driesch (1972), Zylberberg (1999), Lario de Oñate (2000), Weber (2004) han dejado trabajos que documentan con toda solvencia esa participación. Lo específico de las páginas que leemos estriba en su acotación cronológica. A Bartolomei interesan los comerciantes franceses asentados en Cádiz entre dos momentos de crisis: 1778, año del decreto llamado de Libre Comercio que puso -aparentemente- fin al monopolio del gran puerto atlántico (pp.22 y ss.);3 1828, cuando se había consumado la independencia de las Indias -salvo los enclaves antillanos y el archipiélago filipino- y una España amputada encaró un discreto siglo XIX. De una a otra fecha, la guerra de la Convención, la alianza franco-española contra Inglaterra, el apoyo de esta nación al bando español en la famosa guerra de la Independencia -mejor si expresado a la catalana: la “guerra del Francés”- marcó el destino de los comerciantes de origen galo hasta el fallecimiento del último de ellos en pleno reinado de Isabel II.

Desde luego, ni las circunstancias comerciales ni los confusos avatares de la política internacional favorecieron la presencia francesa en la ciudad atlántica, mantenida con notable continuidad. La respuesta a esta realidad desconcertante la encuentra Bartolemi en las trayectorias personales de los comerciantes franco-gaditanos. Algunos, unas pocas decenas, eran solamente franceses de origen; arraigados y naturalizados en España, constituyeron el “nouyau dur” de la colonia. No fueron muchos más los franceses “de passage”: jóvenes aprendices o empleados de los anteriores, hijos de colegas en busca de experiencia profesional. Pero hubo también muchos comerciantes franceses sin propósito de asimilación. ¿Por qué permanecieron muchos, a veces en las coyunturas más adversas? (Tan adversas como lo fueron los ecos del 2 de mayo en la capital andaluza, con asalto al consulado de Francia y otros episodios violentos, o la hasta ahora desconocida detención de unos centenares de civiles en pontones, auténticos campos de concentración flotantes donde acabaron cuantos no salieron a tiempo de la ciudad). Bartolomei propone dos hipótesis que explican esa rara actitud. Los franceses, en primer lugar, nunca fueron del todo conscientes de una situación que los superaba, tanto el declive comercial iniciado hacia 1790 -ni siquiera la derrota de Trafalgar quebró su fe en la vieja ruta de Indias- como la inestable política de Napoleón. Tampoco fue fácil, en segundo lugar, volver a Francia; la pérdida de capital (también de capital inmaterial: amistad, crédito, relaciones) resultaba demasiado alta y aconsejó a muchos continuar en Cádiz. Dos sentidas dificultades que no pueden explicarse desde una razón abstracta. “L’homme n’est en rien conforme à cet agent économique rationnel mû par le seul appât du gain” (p.306), concluye con acierto Bartolomei, “qu’a érigé en paradigme la science économique contemporaine, et il peut aussi se laisser dominer par d’autres passions et d’autres affectes, susceptibles de lui dicter sa destinée, y compris à l’encontre de tout bon sens économique” (p.306). Sin duda. Mas por eso hubiera sido útil conocer la literatura a uso de comerciantes (los tratados de science des négociants) con el objetivo de trazar un marco teórico que diese cuenta de la vida ordinaria.

Otra línea de razonamiento apoya la precedente conclusión. Me refiero a la oportunísima cuestión que lanza el autor al comienzo de su estudio, esto es: ¿por qué confiaba un judío de Liorna o un italiano en Lisboa en las remesas que prometía un hindú católico de Goa?4 ¿Qué llevaba a aceptar y pagar el efecto librado por un colega desconocido, residente en una localidad lejana? Una rápida alusión a “les configurations institutionnelles et sociales au sein desquelles se déroulaient les échanges” (p.4) parece advertencia tan acertada como insuficiente. De la mano de aquella literatura mercantil,5 unas cuantas páginas sobre la confianza y el crédito como patrones de conducta de los comerciantes tal vez hubieran sido oportunas para concebir mejor el objeto mismo de la investigación. Pues la difícil posición de los franceses, súbditos de nación enemiga aunque compañeros en el comercio gaditano, tuvo mucho que ver con solidaridades y ritos corporativos. Que luego viniera a menos -hasta quebrarse en los tiempos más duros- la doble pertenencia a la clase y la nación, en beneficio de esta última, sería el anuncio de una nueva época.

Al público de esta Revista interesa, sin duda, conocer el peso del derecho y de las instituciones en la impecable investigación de Bartolomei. Volcado en la prosopografía histórica el espacio reservado al derecho en Les marchands français de Cadix ha sido bastante reducido. Nada se avanza, por ejemplo, sobre los trámites de naturalización del extranjero, antes y después de la Constitución de Cádiz -la gran ausente, por cierto, de este relato-. Otras veces las instituciones mercantiles hacen aparición al describir el papel del puerto gaditano como plaza asegurativa de importancia en el concierto europeo, gracias al acopio de capitales que logró canalizar la práctica de las sociedades por acciones; pero ni conocemos las características y los pactos con que eran concertadas estas compañías -¿las ‘acciones’ eran títulos o cuotas de participación? ¿El capital era efectivamente desembolsado o, como supongo, los socios tomaban un interés y abonaban la parte comprometida de producirse el evento?- ni tampoco las cláusulas de las pólizas; un asunto complejo cuando una porción -no menor- de este negocio consistió en invertir en seguros concluidos en países extranjeros. Se objetará que los objetivos del autor no cubren este catálogo de asuntos, que quedan para el historiador del derecho, pero cabe observar que la presencia extranjera acaso conllevó la penetración local de usos franceses -según comprobé, hace ahora demasiados años, cuando estudié las sociedades comanditarias en Bilbao-6 para convertirse así en factor de prestigio y estima profesional.

Además, el decisivo medio siglo que documenta Arnaud Bartolomei inició la desaparición del ius mercatorum corporativo y su progresiva sustitución por el derecho mercantil del Estado. De la universitas al nuevo sujeto político -de la pluralidad jurisdiccional a la sumisión absoluta al ente soberano- se explicaría la crisis de la antigua cultura profesional y el triunfo del vínculo nacional. Fue además el efecto directo del modo moderno de establecer derecho. Apenas se inició en París la tramitación del Code de commerce (1807) cuando el Correo Mercantil de España y sus Indias tradujo los discursos pronunciados ante las cámaras imperiales; unas “discusiones excelentemente trabajadas sobre las cuestiones mas importantes de la jurisprudencia mercantil” (Gazeta de Madrid, 24 de mayo de 1808, p.495)7 que difundían el lenguaje inédito del derecho codificado. Y no tardó en salir de la imprenta -el fatal mes de mayo de 1808, precisamente- el Código de comercio de Francia con los discursos de los oradores del Consejo de Estado y del Tribunado, obra presentada de “utilidad general (…) á nuestros comerciantes y aun á nuestros jurisconsultos (…) pues en él hallarán unos y otros reunidos las mejores reglas que aseguran la buena fe, el crédito y la prosperidad del comercio… absolutamente necesario para nuestros comerciantes que tienen giro y comercio con los franceses” (Gazeta de Madrid, 24 de mayo de 1808, p.495).

La intervención del anónimo traductor fue especialmente intensa, pero eso no nos concierne.8 Puede tal vez servir como indicio del mestizaje franco-español que provocó el ejercicio en Cádiz de la profesión común. Y esto sería, en definitiva, la aportación central del libro revisado. “Fréquenter les assemblées de la nation, la Casa de Camorra ou le paseo de l’Alameda, les séances de la Bourse de la calle Nueva et les cafés qui la bordent, avoir une loge au théâtre ou ses entrées dans les tertulias organisées chez les «amis» ou dans leur casa de recreo à Chiclana de la Frontera ou sur la Isla de León, constituent autant de pratiques par lesquelles un négociant pouvait consolider sa position dans la société marchande local et augmenter ainsi son crédit ou, pour citer Pierre Tanto, son «opinión mercantil». Connaître le consul, un administrateur de la douane, le gouverneur de la ville, un notaire et des courtiers sont d’autres atouts qui facilitent toujours tô ou tard la pratique du négoce” (p.301). De acuerdo. Por eso, reconocida la excelencia indudable del trabajo realizado -el cálculo laborioso de los flujos comerciales en Cádiz, los sucesos que vivió la nación francesa- hay que lamentar, finalmente, la corta atención hacia las formas jurídicas en el marco de una cultura profesional en declive que tuvo sus propias, poco a poco perdidas, razones.

Referencias:

1 Préface de Gérard Chastagneret. 2 Bartolomei, Arnaud (2007). La Bourse et la vie. Destin collectif et trajectoires individuelles des marchands français de Cadix, de l’instauration du comercio libre à las disparition de l’Empire espagnol (1778-1824) (Tesis doctoral). Université de Provence, Francia 3 Pero sobre la posición privilegiada de Cádiz en el comercio atlántico en los años Ochenta y Noventa no se aclaran las razones de un monopolio fáctico. 4 La referencia es Trivellato, F. (2003). Juifs de Livourne, Italiens de Lisbonne, Hindous de Goa. Réseaux marchands et échanges interculturels à l’époque moderne. Annales. Histoire, sciences sociales, 3, pp. 583-603. 5 O de la misma tradición francesa, difundida en Europa, del drame bourgois: piezas escénicas a caballo entre lo cómico y lo trágico, pensadas para educar el espíritu público mediante historias de personajes virtuosos del tercer estado; el vencimiento de una letra o el pago de efectos por honor podían ser -en las antípodas de Racine- los elementos desencadenantes de la trama. Le Philosophe sans le savoir, de Michel-Jean Sedaine, el mayor éxito de la Comedie française en 1765, creó escuela. 6 Petit, Carlos (2016). Historia del Derecho Mercantil, Madrid, España: Marcial Pons. 7 Recuperado de http://www.cervantesvirtual.com/obra/gazeta-de-madrid-49/ 8 Cf. Código de comercio… Traducido al castellano con varias notas relativas á nuestra legislacion y usos mercantiles, y un plan de una escuela de comercio. Madrid en la imprenta de la calle de la Grecha, 1808. 416 + xxviii págs. Los discursos en cuestión (Regnaud de Saint-Jean-de-Angely, Jard-Pauvilliers, Duveyrier…) ocupan las pp. 1-210; sigue el Code, con artículos numerados por libros (I, arts. 1-189; II, arts. 1-247; III, arts. 1-178; IV, arts. 1-34); las notas de derecho español remiten, por lo común, a las Ordenanzas bilbaínas. El Plan (i-xxviii) es obra de uno de los responsables técnicos del código (se trata de Vital Roux, negociante de Lyon y fundador de la célebre École Spéciale de Commerce et d’Industrie, 1819). Ni siquiera con el auxilio de la amiga Catherine Fillon (Université Jean Moulin, Lyon-III) he podido determinar cuál fue la edición de referencia, tal vez inexistente si, como sospecho, esta versión es un compositum del traductor español. Resulta además singular abrir por libros cuatro series autónomas de artículos; una solución de técnica legislativa revolucionaria que nunca siguieron los cuerpos legales napoleónicos. [ Links ]

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