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Revista SAAP

versión On-line ISSN 1853-1970

Revista SAAP vol.8 no.1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires jun. 2014

 

ARTICULOS

Una apoteosis de la democracia: María de los Ángeles Yannuzzi y su interpretación del Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983) y de la modernización neoconservadora (1989-1999)*

 

Benjamín García Holgado
Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, Argentina
Universidad Nacional de San Martín, Argentina
Universidad Torcuato Di Tella, Argentina
benjamingarciaholgado@yahoo.com.ar


 

Abstract
This paper analyzes how María de los Ángeles Yannuzzi explained and interpreted Argentine political history through rigorous application of modern political theory concepts and political science theories. In particular, we study her contributions to the research agendas regarding the "Proceso de Reorganización Nacional" (1976-1983) and the Menem administration (1989-1999). At first, we study her theoretical and methodological contributions by the application of political theory concepts to the interpretation of political history and, specifically, to conceptualizing the last military dictatorship and the dynamics of the political system during the Menem presidency. In the second section, we show the superb way in which Yannuzzi described and explained Argentine political history from a political science point of view. In conclusion, she analyzed normatively relevant problems in a very original way, combining political science explanations with a political theory interpretation about the meaning and dynamics of authoritarianism and democracy in contemporary Argentina.

Key words
María de los Ángeles Yannuzzi; Carl Schmitt; Democracy; Authoritarianism; Political theory

Palabras clave
María de los Ángeles Yannuzzi; Carl Schmitt; Democracia; Autoritarismo; Teoría política


 

Este trabajo analiza de qué forma María de los Ángeles Yannuzzi realizó una explicación e interpretación de la historia política argentina mediante la aplicación rigurosa de conceptos de la teoría política moderna y teorías de la ciencia política. Se toman en cuenta sus contribuciones a las agendas de investigación sobre el "Proceso de Reorganización Nacional" (1976-1983) y la "modernización neoconservadora" (1989-1999). En la primera sección, se estudian sus aportes metodológicos a la aplicación de conceptos de la teoría política para interpretar la historia política y conceptualizar la última dictadura militar y el sistema político argentino durante el menemismo. En la segunda sección, se muestra como Yannuzzi explicó la historia política desde la ciencia política. En conclusión, su análisis de problemas normativamente relevantes fue muy original, combinando una explicación politológica con una interpretación de teoría política sobre el sentido y la dinámica del autoritarismo y la democracia en la Argentina contemporánea.

 

I. Yannuzzi como teórica política: autoritarismo, democracia y legitimidad en Argentina

I.1. El Proceso de Reorganización Nacional como una dictadura soberana ¿legítima?           

Yannuzzi interpreta el golpe de Estado de 1976 como la transferencia de la soberanía desde el sujeto del poder constituyente popular hacia las Fuerzas Armadas: "los partidos políticos pierden su razón de ser, ya que la política se convierte en patrimonio de las Fuerzas Armadas. Al producirse un golpe militar, la decisión política, entonces, al ser un atributo del soberano, queda exclusivamente en manos de aquellas" (Yannuzzi, 1991: 10) . Ese golpe produjo un cambio en el sujeto de la soberanía: "un corrimiento en la figura del soberano, ya que dicha figura se trasladó, en el caso concreto que nos ocupa, del gobierno civil a las Fuerzas Armadas, al ser reconocidas éstas implícitamente como las únicas capaces de garantizar la seguridad individual de los ciudadanos" (Yannuzzi, 1996a: 33-34). A partir de la interpretación de Yannuzzi, creo que se pueden plantear tres interrogantes sobre ese período histórico y el pensamiento de Carl Schmitt: ¿cómo denominar conceptualmente al Proceso de Reorganización Nacional? ¿Existe la posibilidad de definir y establecer a priori quién es el sujeto de la soberanía? ¿El Proceso puede ser considerado como una dictadura legítima?
En primer lugar, ¿qué tipo de dictadura fue el Proceso de Reorganización Nacional? Según Schmitt (1985: 173-198), "dictador soberano" es aquel agente que tiene el poder suficiente para crear un nuevo orden constitucional ex nihilo, violando los límites legales vigentes. Es decir, es el poder constituyente ya que tiene la capacidad fáctica de tomar la decisión política fundante respecto de la existencia misma de la forma política del Estado. En cambio, la "dictadura comisarial" es aquella que, bajo ciertas situaciones excepcionales muy específicas, es habilitada, por un poder constituido y bajo un marco normativo preexistente, para eliminar una amenaza que atenta contra el orden jurídico vigente, que busca proteger: "si la existencia de la constitución está amenazada, debe asegurarse mediante la suspensión temporal de la misma. La dictadura protege una determinada constitución contra un ataque que amenaza echar abajo esa constitución" (Schmitt, 1985: 182). Entonces, el dictador comisarial forma parte de los poderes constituidos y, por ende, está sujeto a limitaciones de jure y de facto: "el dictador no puede modificar las leyes existentes, no puede derogar la constitución ni la organización de los poderes públicos, ni hacer leyes nuevas" (Schmitt, 1985: 37).
Por medio del análisis de fuentes primarias y secundarias, Yannuzzi considera que el Proceso fue una dictadura soberana ya que no solo instauró un nuevo régimen político y sistema jurídico violando todos los procedimientos establecidos, sino que también tuvo una motivación refundacional para "poner fin a la situación de ingobernabilidad", "reordenar a la sociedad" y lograr el "reordenamiento ideológico del país" (Yannuzzi, 1996a: 30-37). La Junta Militar se constituyó en el nuevo sujeto del poder constituyente y declaró la existencia de un "estado de excepción", definiéndolo como "el caos económico y social", "el peligro de la subversión terrorista" y "la anarquía y disolución de la Nación". Para garantizar una nueva situación de normalidad, erradicando el caos y asegurando el orden, tomó las medidas que consideró necesarias. En términos jurídicos, el hecho de que la Junta subordinara la Constitución Nacional a su Estatuto, es evidencia de que se constituyó en soberana (Yannuzzi, 1996a: 36) . Sin embargo, Jorge Dotti (2000: 757) cuestiona que Yannuzzi "presupone que el espíritu que animaba a los militares era el de una dictadura soberana" y sostiene que se podría afirmar que los militares habían pensado su intervención bajo la forma de una dictadura comisarial, provisoria, "hasta que pudiera entrar nuevamente en vigencia, una vez normalizada la situación, la constitución también momentáneamente suspendida para protegerla". Sin embargo, en mi opinión, Dotti no tiene en cuenta que una característica necesaria del concepto de dictadura comisaria consiste en que sea autorizada y regulada normativamente por poderes constituidos, algo que no sucedió en 1976.
¿Cómo interpretar la relación entre poder, legalidad y legitimidad durante el Proceso? ¿Qué significa que "el gobierno militar se convierte en fuente de juridicidad" y que las normas jurídicas que emanaban de ella eran legales y "se colocan por encima de la legalidad constitucional" (Yannuzzi, 1991: 11)? En mi opinión, la Junta Militar, que se arrogó el poder constituyente, instituyó nuevos poderes constituidos que sancionaron un sinnúmero de normas jurídicas válidas (en un sentido estrictamente kelseniano). Su Estatuto, expresión jurídica última de la voluntad del nuevo poder constituyente, suspendió todos los artículos constitucionales y debería ser denominado "Estatuto-Constitución de 1976" ya que organizó y reguló el funcionamiento de los poderes constituidos. Este Estatuto, donde se reconoció explícitamente a la Junta Militar como el sujeto del poder constituyente, solo podía ser reformado por ese mismo órgano supremo que lo sancionó.
Por otra parte, en tanto poder constituyente y soberano, la Junta tenía poderes ilimitados y, por ende, no era una dictadura comisarial restringida y limitada por la constitución existente. Sin embargo, no designó como máximo poder constituido al presidente, sino a un cuerpo colegiado de gobierno (integrado por los comandantes en jefe) que sesionaba de manera permanente (García Holgado, 2011: 21-31). En conclusión, a partir del estudio de las motivaciones de los militares y del análisis de las relaciones entre las normas jurídicas del régimen autoritario y el accionar de los poderes constituidos, sostengo que Yannuzzi está en lo cierto y que el Proceso fue una dictadura soberana dado que asumió poderes ilimitados para constituir un nuevo sistema político sin estar autorizada por una constitución u otro poder. Es decir, no fue una dictadura comisarial, cuya legitimidad depende de un poder constituyente: "el dictador comisarial es el comisario de acción condicionado de un pouvoir constitué; la dictadura soberana es la comisión de acción incondicionada de un pouvoir constituant" (Schmitt, 1985: 193).
En segundo lugar, ¿existe la posibilidad de definir y establecer a priori quién es el soberano? Respecto del concepto de soberanía y estado de excepción, la autora afirma: "en términos schmittianos, soberano es aquel que, en las situaciones extraordinarias, toma la decisión. Y ¿quién determina que se trata de una situación de este tipo? Quien sea realmente el soberano" (Yannuzzi, 1991: 11) . Se podría afirmar que no resulta claro si, para Schmitt, "el soberano es aquel que de hecho decide sobre el estado de excepción" o si, en cambio, "el soberano, en virtud de su status de soberano, es aquel que decide sobre el estado de excepción" (Dyzenhaus, 1999: 43). Sin embargo, en mi opinión, no existe tal ambigüedad. Schmitt sostendría que el soberano es aquel que, de hecho, decide sobre el comienzo y fin del estado de excepción y, como consecuencia de tener una voluntad normalizadora, constituye un nuevo régimen político cuyo principal objetivo es asegurar el orden y la seguridad. Ante las preguntas fundamentales de la filosofía política "¿quién debe decidir?" y "¿quién tiene la legitimidad para sancionar disposiciones obligatorias para los miembros de una comunidad política?", Schmitt respondería, como fiel seguidor de Hobbes: autoritas, non veritas, facit legem. Definir al sujeto de la soberanía es algo concreto y existencial, ya que depende de la subordinación de los sujetos al poder de un actor.
Supongamos que en T1 una comunidad política tiene una crisis política y jurídica y A1 decide eliminar ese orden por la fuerza y fundar un nuevo régimen político, organizándolo mediante una nueva constitución. Si logra que sus órdenes sean obedecidas con eficacia y asegura la paz interna, se constituye a sí mismo como soberano del nuevo orden jurídico y político. El éxito del ejercicio del poder constituyente depende de su capacidad de garantizar que la constitución sea estable y que los poderes constituidos se desempeñen satisfactoriamente. Para que en T2 suceda una transferencia del sujeto de la soberanía se deben cumplir al menos tres condiciones: (a) una multiplicidad de conflictos entre distintos actores producen una crisis del orden jurídico donde los poderes constituidos no pueden solucionar las tensiones internas; (b) A2 decide soberanamente que esto constituye un nuevo estado de excepción y cambia el régimen político vigente por otro; (c) se consolida una nueva situación de normalidad, orden y seguridad.
No obstante, el cambio del sujeto de la soberanía no contradice el concepto de soberanía absoluta e indivisible ya que "es soberano aquel que decide de manera definitiva si este estado de normalidad realmente está dado (...) El soberano crea y garantiza la situación en su conjunto. Es decir, ejerce el monopolio de la decisión última" (Schmitt, 2004: 28). Nuestra interpretación coincide con Yannuzzi (1991: 11) ya que a Schmitt le importa menos quién es el sujeto de la soberanía, mientras que este adquiera las características propias del soberano: "domine al estado de excepción, domina con ello al Estado, porque decide cuándo existe este Estado y qué es lo que la situación de las cosas exige" (Schmitt, 1985: 49). En conclusión, no es posible determinar el sujeto de la soberanía ni a priori ni ex ante (es decir, independientemente de la experiencia fenoménica, sin que se produzca un estado de excepción).
En tercer lugar, la última pregunta teórica se refiere a la posibilidad de que un régimen político autoritario sea legítimo: ¿el Proceso de Reorganización Nacional puede ser considerado legítimo? ¿Cuáles son las implicancias normativas de que "ante la ineficacia de los poderes civiles y de la clase política en general, tan solo queda apelar al único 'reaseguro moral posible', a la única institución todavía eficaz, es decir, a la institución militar" (Yannuzzi, 1991: 6)? Sin dudas, según Yannuzzi, como consecuencia de su concepción arendtiana y habermasiana de la política (Dotti, 2000: 763-772), es imposible darle un valor normativo positivo a un soberano que "clausuró la política", buscó instituir una "instancia totalizadora y abstracta de la Nación", propuso una "unidad sin diferencias", "centralizando autoritariamente la decisión política", "excluyendo al hombre común de lo público" y "eliminado a todo aquel que se presentara como disidente", siendo el terrorismo de Estado el instrumento privilegiado de su accionar. Para Yannuzzi, la legitimidad del soberano depende de que sus decisiones se deriven exclusivamente del consenso producido por la deliberación racional entre los miembros del ágora: "Veritas, non autoritas facit legem está inscripto en el frontispicio de este peculiar espacio público" (Dotti, 2000: 769). De hecho, Yannuzzi critica "el principio de que la autoridad, no la verdad, hace la ley (...) este lugar trascendental de la decisión como momento jurídico por excelencia está ocupado por las actividades deliberativas en el mercado doxológico, donde las partes enfrentadas se concilian sin graves contratiempos" (Dotti, 2000: 771). Para Yannuzzi, la schmittiana concepción decisionista de lo político, como la capacidad del soberano de decidir entre los amigos y los enemigos públicos, significa negar tanto la convivencia y la deseabilidad del diálogo entre posiciones diferentes en el espacio público como la necesidad del debate público para legitimar la democracia liberal. Elimina el espacio público, ya que el debate es un elemento disolvente del orden público: "todo lo verdadero y lo justo está determinado por el soberano" (Yannuzzi, 1995a: 206). La decisión política es monopolio del soberano y cualquier oposición es calificada como "enemiga", expulsándola del espacio público.
Si bien mi posición normativa personal coincide completamente con la de Yannuzzi, creo que es teóricamente relevante discutir la siguiente pregunta: ¿un soberano autoritario, desde una perspectiva normativa schmittiana, puede ser legítimo? Según mi interpretación, el concepto de legitimidad para Schmitt consistiría en que el soberano y sus órdenes logren un nivel de eficacia y de reconocimiento público por parte de un conjunto específico de personas: "la legitimidad es esencialmente una cuestión de poder" (Scheuerman, 1996: 308). La validez y legitimidad de una constitución depende del poder fáctico, la autoridad y legitimidad del poder constituyente que la fundó, es decir, del nivel de reconocimiento que logra el soberano por parte de los súbditos:

La decisión política alcanzada respecto del tipo y forma de la existencia del Estado, que constituye la sustancia de la constitución, es válida como consecuencia de que el sujeto del poder constituyente puede determinar el tipo y forma de su existencia. La decisión no requiere una justificación a través de una norma ética o jurídica. En cambio, tiene sentido en términos de la existencia política (Schmitt, 2008: 136).

La legalidad es una condición meramente formal cuyo significado y contenido se subordina a una estructura ontológicamente anterior de legitimidad política. Esta legitimidad se obtiene solo a través de la representación de la voluntad unificada o de la existencia política de un Estado y esto está en el origen de cualquier constitución positiva. Lo político es lo que constituye al derecho y si bien la decisión funda el orden jurídico, también forma parte de él (Schmitt, 2004).
Según mi interpretación, para Schmitt la legitimidad de un poder constituyente depende de la capacidad del soberano para tomar (y sostener en el tiempo) la decisión política fundamental: distinguir entre amigos y enemigos. La distinción amigo-enemigo permite intensificar el proceso de asociación (como contraparte de un proceso de disociación) donde un "nosotros" va constituyendo su propia identidad comunitaria que establece qué es lo más racional para sí mismo: "La distinción política específica respecto de la cual todas las acciones y motivos pueden ser reducidos es aquella entre amigo y enemigo" (Schmitt, 1996: 26). Lo político es una relación pública entre pueblos, marcada por un nivel específico de asociación y disociación. Entonces, lo político es un criterio formal que implica distinguir y diferenciar entre grupos. El nivel de intensidad que implica lo político es el más alto posible ya que, por un lado, concentra, asocia y agrupa identidades, y por otro disocia a los diferentes. Además, esta distinción, la distinción política fundamental, es independiente de cualquier otro criterio o antítesis. Ninguno de los criterios que establecen las distinciones constitutivas de otros ámbitos (la economía, la ética o la estética) jamás podrán crear un paralelo cualitativamente semejante, en términos del nivel densidad existencial, que produce lo político.
Su concepto de enemigo tiene un sentido real, existencial, donde siempre está presente la posibilidad del combate y de la muerte: "Los conceptos de amigo, enemigo y combate reciben su sentido real precisamente cuando se refieren a la posibilidad efectiva de la muerte física. La guerra es consecuencia de la enemistad. Es la consecuencia más extrema de la enemistad" (Schmitt, 1996: 33). Por eso, lo político es el antagonismo más intenso y extremo. Si dos comunidades políticas son enemigas implica que se niegan mutuamente la una a la otra: ambas representan la negación total, de tipo existencial, de la forma de vida de su opuesto. Lo político constituye un proceso de diferenciación y homogenización. Por un lado, de asociación entre los semejantes ("hacia adentro"), logrando un mínimo de homogeneidad que permita un nivel de densidad que asegure la unión. Por otro lado, de disociación de los diferentes ("hacia afuera") donde se identifique a un otro como un enemigo. La política se refiere a la relación entre comunidades públicas, donde genera un nivel de antagonismo (disociación) que permite un nivel interno mínimo de homogeneidad. Los enemigos siempre son públicos, es decir, del conjunto de la colectividad.
En definitiva, la legitimidad del poder constituyente depende de cuán exitoso ha sido él mismo (y todos los poderes constituidos a partir de su voluntad) para generar una densidad política lo suficientemente condensada para consolidar un nivel sostenible de orden interno. Entonces, la legitimidad de un soberano es directamente proporcional a la capacidad fáctica que tiene el Leviathan para garantizar la hobbesiana relación entre obediencia, por parte del ciudadano, y protección, por parte del Estado:

Ninguna forma de orden, ningún tipo de legitimidad o legalidad razonables pueden existir sin la protección y la obediencia. El protego ergo obligo es el cogito ergo sum del Estado (...) Hobbes designó a esta relación como el propósito verdadero del Leviatán, inculcar nuevamente en el hombre la relación mutua entre protección y obediencia; tanto la naturaleza humana como el derecho divino exigen su vigilancia inviolable (Schmitt, 1996: 52).

A medida que se cumpla y profundice esta relación entre protección y obediencia, aumenta la fuente de legitimidad propia de todo poder constituyente que funda un nuevo orden jurídico. Entonces, la legitimidad de un soberano que utiliza el terrorismo de Estado como herramienta para imponer su concepción de la paz y del orden, solo dependería del nivel de eficacia, de que los poderes constituidos cumplan y profundicen esta relación de protección y obediencia, evitando la guerra civil. Siempre ante el adelgazamiento del nivel de homogeneidad y la pérdida de la asociación hacia adentro, se hará presente el soberano para restaurar el orden y volver a generar el nivel de cohesión y homogeneidad propio de un Estado. En el caso del Proceso, Yannuzzi demuestra que la concepción decisionista y absoluta de la soberanía que tenían los militares se sustentaba en una definición de lo político schmittiana. Ellos distinguían a los "verdaderamente argentinos" de los enemigos públicos, es decir, de los "subversivos", definidos como aquellos que atentaban contra el "verdadero modo de vida argentino" y amenazaban la constitución misma de la comunidad política.
En conclusión, afirmar la legitimidad de un tipo de régimen político, de Estado, de sujeto de la soberanía o de una estructura socioeconómica, depende del paradigma normativo por medio del cual se decida juzgarlos. Las conclusiones e implicancias contrapuestas de autores como Thomas Hobbes y John Locke, Carl Schmitt y Hannah Arendt, John Rawls y Robert Nozick se derivan de las premisas normativas que sostienen sus argumentos axiológicos respecto de la deseabilidad de un cierto estado de cosas, que resulta intrínsecamente mejor que otro. Sin embargo, si bien todo argumento en teoría política debería presentar interpretaciones normativas que se deriven claramente de ciertas premisas, no es posible asegurar y definir teóricamente cuál es el marco normativo más justo o correcto para conceptualizar la legitimidad de cierta entidad política:

El rasgo más chocante de las expresiones morales contemporáneas es que gran parte de ellas se utilizan para expresar desacuerdos; y el rasgo más sorprendente de los debates donde esos desacuerdos son expresados es su carácter interminable. Con esto no solo me refiero a que dichos debates continúan y continúan -aunque eso también ocurre-, sino que también ellos aparentemente no pueden encontrar un final. Parece que no hay un modo racional de alcanzar un acuerdo moral en nuestra cultura (MacIntyre, 2007: 6).

 I.2. Neoconservadurismo y decisionismo político: la negación de la democracia liberal

Yannuzzi afirma que el menemismo fue un "momento particularmente schmittiano", ya que "cada vez que un conflicto amenazaba con cuestionar el lugar de poder del presidente, se tendía a explicitar la situación en términos de amigo-enemigo" (Yannuzzi, 1995a: 200, 206). Considera que la crisis de 1989 fue un estado de excepción ya que afectó la "constitución misma de la sociedad" y la capacidad del sujeto del poder constituyente para mantener los conflictos sociales con un bajo nivel de intensidad (poniendo en cuestión, por ende, su legitimidad) (Yannuzzi, 1992b: 13-14). Esto legitimó que el nuevo gobierno peronista hiciera lo que fuese necesario para "evitar la disolución del Estado". Si Menem pudo acotar el disenso y la deliberación democrática fue como consecuencia de la autorización que decía haber recibido para "reconstituir el Estado", "poner fin al desorden social" y "acabar con la hiperinflación" (Yannuzzi, 1995a: 201-203). Por ende, la política democrática fue neutralizada y se subordinó a las necesidades económicas: "el programa económico, que claramente se explicitó como estabilidad y ajuste, se impuso por encima de todo" (Yannuzzi, 1992a: 18). En ese contexto, Menem tuvo mucha discrecionalidad para actuar contra la legalidad establecida ya que su legitimidad se fundó "en la creencia del carácter extraordinario del gobernante, acentuando, así, una faceta decisionista" (Yannuzzi, 1992b: 14). La figura presidencial se convirtió en "la última fuente de la legalidad y el último fundamento de la legitimidad" ya que se sostenía en "la razón de estado" (Yannuzzi, 1992b: 14). Entonces, el presidente era el "soberano real, es decir, aquel al que se le habían reconocido las capacidades necesarias para restituir las condiciones de gobernabilidad del sistema" (Yannuzzi, 1995a: 206). Ese "nuevo modelo de estado conservador" tenía una concepción ontológica de lo político "decisionista" (Yannuzzi, 1995a: 199-211).
El modelo neoconservador utilizó simultáneamente tanto el principio de la "soberanía popular" como el de la razón de Estado para legitimarse como la única alternativa para superar la crisis (Yannuzzi, 1992b: 7-14; 1992d: 12). El requisito de la elección periódica era una instancia legitimadora necesaria para sostener los profundos cambios generados por la política económica: "era necesario que apareciera una forma explícita y masiva de mostrar el consenso" (Yannuzzi, 1992b: 9). Sin embargo, dado que la función exclusiva de las elecciones era "plebiscitar al nuevo soberano" (Yannuzzi, 1995a: 204), se produjo el abandono del principio sustantivo de la soberanía popular, subordinándolo al principio de la razón de Estado (Yannuzzi, 1992d: 12-13). Por eso, considera que el sujeto del poder constituyente se vio transferido desde el pueblo hacia Menem: "El sujeto de la soberanía se había desplazado, así, desde el pueblo a la cabeza del estado, reduciendo con ello el rol atribuido al primero en el contexto de un estado democrático" (Yannuzzi, 1995a: 204).
¿Por qué este cambio en el sujeto de la soberanía "neutralizó un aspecto importante del principio de la soberanía popular" (Yannuzzi, 1995a: 204)? Por un lado, las políticas públicas que defendía el presidente no tenían ninguna semejanza con las promesas de su campaña ya que el "estado de excepción" justificaba cualquier decisión que considerase como necesaria para volver a la normalidad: "¿o acaso el presidente no ha sido autorizado para gobernar como él (o ella) lo estime conveniente?" (O'Donnell, 2009: 12). Considera que Menem no estaba realmente subordinado a los ciudadanos ya que nadie podía "demandarlo" por incumplimiento del "pacto electoral": "Es ella [la persona del gobernante] la que se erige en el verdadero y único soberano" (Yannuzzi, 1995a: 205). El menemismo neutralizó la soberanía popular ya que negó la constitución de un "plano de horizontalidad" que se superpusiese al nexo vertical de "mando y obediencia" (Yannuzzi, 1995a: 119-220). Por lo tanto, el nuevo régimen no era sustantivamente democrático ya que se violó la soberanía popular donde los representantes son responsables ante el pueblo por sus actos (Yannuzzi, 1995a: 205), que es el "principio constitutivo básico del estado democrático".
Según Yannuzzi, si bien es cierto que todo sistema político establece criterios de exclusión e inclusión que determinan el tipo de régimen político (Yannuzzi, 1994b: 1, 9; 1997: 57), la diferencia crucial entre el autoritarismo y la democracia consiste tanto en los procedimientos por medio de los cuales se formulan e implementan esos criterios como en su contenido sustantivo: "[es a partir del] tipo de exclusión que se opere que podemos definir a un determinado régimen como democrático o autoritario" (Yannuzzi, 1995b: 172). Asimismo, la relación entre los momentos de unidad y diferencia condiciona la formulación y contenido de los criterios de inclusión y exclusión: "es a partir del tipo de conciliación que se produzca o que se pretenda lograr de estos dos momentos, que cada sociedad determina las fronteras por las cuales pasa la exclusión o inclusión de sus miembros, definiendo así la marginalidad política que se pueda producir" (Yannuzzi, 1992c: 3-4). Los momentos de la unidad y la diferencia del sistema político determinan, por un lado, las características del espacio público (Yannuzzi, 1992c: 3) y, por el otro, el tipo de vínculo social entre los individuos (Yannuzzi, 1995b: 163-164). Los criterios de inclusión construyen una identidad común, un "nosotros" se define por oposición a un "otro" (Yannuzzi, 1994b: 6).
En el caso del menemismo, el surgimiento del régimen político no sustantivamente democrático fue consecuencia de que el nuevo soberano articuló los momentos de "unidad" y "diferencia" con los criterios de "inclusión" y "exclusión" (Yannuzzi, 1992c; 1994b; 1995b; 1997) rechazando la incorporación de la diferencia como algo "co-constitutivo" de lo político. De esta forma, identificó a la política con la capacidad del soberano para lograr tanto la exclusión de todo aquel que lo cuestionase, como la indiferenciación y unanimidad interna, creando una identidad como frontera de exclusión de la diferencia (Yannuzzi, 1994b: 3; 1995b: 165; 1997: 59). Por eso, generó la exclusión de numerosos actores a partir de la conformación de la "unidad de los idénticos" y no de la "unidad de los distintos" (Yannuzzi, 1995b: 165: 1997: 60), para constituir una "unidad indiferenciada": "con ello se conformaría una sociedad política unificada ideológicamente, para lo cual previamente requiere la exclusión de aquellos que potencialmente puedan constituirse en voz disonante" (Yannuzzi, 1995b: 171). Sin embargo, este intento de construir una "unidad indiferenciada" en el espacio público fue limitado por la propia lógica del mercado que generó "un mecanismo de expulsión e integración de los individuos que es ajena a toda voluntad específica (...) el mercado no reconoce ninguna forma política que pueda servir de correctivo a la tendencia atomizante de las relaciones sociales" (Yannuzzi, 1995b: 169). La exclusión social, que generó la proliferación de espacios de "la diferencia" que rechazaban la modernización capitalista y la concentración del poder, limitó la capacidad del Estado de "unificar ideológicamente el espacio público" (Yannuzzi, 1995b: 165-167; 1997: 60).
Esta "unidad indiferenciada" se produjo mediante mecanismos de marginación que conformaron los criterios de exclusión del menemismo (Yannuzzi, 1994b: 7-8; 1994b: 7-8; 1995b: 170; 1997: 65-66). El proceso de transformación capitalista fue excluyente en dos sentidos: "en lo social porque margina a partir del mercado y en lo político porque tiende a excluir la diferencia, es decir, el conflicto, el disenso" (Yannuzzi, 1994b: 12). Respecto del proceso de exclusión social: "al quebrarse el diálogo como instancia pacífica de reconocimiento y de interacción a partir de la cual se amplían las inclusiones y ya sin el Estado como articulador final del interés común, se da espacio a una trágica igualación del hombre a partir de la exclusión, del hambre y la guerra" (Yannuzzi, 1995b: 171). Respecto del proceso de exclusión política, el adversario carecía de legitimidad ya que era identificado con las causas que habían llevado al quiebre del modelo de acumulación capitalista previo (Yannuzzi, 1997: 65). Por ende, la deliberación con los distintos era una amenaza y fue negada la "inclusión del disenso, es decir, del conflicto" (Yannuzzi, 1995 b: 170). En conclusión, esta forma de articular los momentos de la unidad y la diferencia, por medio de los criterios de inclusión y exclusión tanto políticos como sociales, constituyó un tipo de régimen político no democrático ya que la democracia tiene como principio normativo regulador la "inclusión de la diversidad como condición misma de posibilidad" (Yannuzzi, 1995 b: 175).
En cambio, la verdadera y sustantiva democracia requiere tanto del momento de la diferencia (del conflicto permanente producto de las diferencias sociales y los intereses contrapuestos) como del momento de la unidad (donde se produce cierta igualación, que permite constituir lo común, el espacio público). Pero esta igualdad no es la "igualdad social" o "material" ya que ellas "han conducido en realidad a formas sin libertad, que terminan escondiendo la inserción de jerarquías estratificadas que mantienen el orden político" (Yannuzzi, 1992c: 6). De esta forma, Yannuzzi no concibe la democracia sin su dimensión liberal ya que los criterios generales para la convivencia democrática deben cumplir dos condiciones. Por un lado, respetar las diferencias y especificidades individuales y, por el otro, establecer las mediaciones y articulaciones entre diversos intereses contrapuestos que fracturan a la sociedad y producen el conflicto (Yannuzzi, 1992c: 7). El Estado debe ser promotor de la "unidad en la diferencia", de la conciliación dentro del espacio público, asegurando tanto que las particularidades no se disuelvan como que una particularidad no se imponga sobre el resto. En cambio, el menemismo consistió en que un grupo social dominara al conjunto: "este Estado se presenta cada vez más como el representante de la fracción más poderosa de la sociedad, que, a través de una figura presidencial plebiscitada, pretende universalizarse" (Yannuzzi, 1992a: 19).
No obstante, el momento de la diferencia debe tener límites muy precisos para evitar la atomización social. Por eso, si la política es la instancia donde se formula la unidad desde la cual los individuos se reconocen como iguales, integrándose a un proyecto común (Yannuzzi, 1992c: 11), la democracia no requiere otorgar derechos diferenciales según las características específicas de las minorías, sino plantear cómo las diferencias sociales que se encuentran excluidas pueden incorporarse al momento de la unidad, sin negar la conciliación de las diferencias en un todo unificado pero plural (Yannuzzi, 1992c: 12). El momento de la unidad se produce por medio de la conciliación de la diversidad, garantizando la participación de todos, en un espacio público plural donde los intereses contrapuestos se concilian y resuelven "asuntos que preocupan a todos y que hacen al mismo vivir en sociedad" (Yannuzzi, 1992c: 5).
No sólo existe oposición entre las concepciones de la política de Yannuzzi y Schmitt, sino también entre sus conceptos de democracia. Según la reconstrucción que realiza Schmitt del pensamiento liberal decimonónico (en particular el de John Stuart Mill y Francois Guizot), los principios filosóficos que sustentan al parlamentarismo son la discusión y la transparencia de las decisiones públicas (Schmitt, 1996: 1-50). La discusión pública produce un intercambio dialéctico de opiniones e ideas a partir del cual emerge la voluntad general de los ciudadanos. La libertad de opinión y de prensa son necesarias para la búsqueda de la verdad, que es producto de una conversación, donde si la fuerza y la coerción están ausentes, la razón y la persuasión prevalecen. En ese caso, el conflicto político se transforma en una oposición de opiniones divergentes que arribarán necesariamente a un consenso. Cuanto más informado y educado esté el público, más fácilmente se acercará a la verdad. El funcionamiento del parlamento, mediante el debate, formula una visión consensuada sobre lo verdadero por sobre las opiniones dispersas.
Según Schmitt (1996: 33-50), estos dos principios del parlamentarismo son utópicos ya que el funcionamiento del parlamento está dominado por partidos que actúan dominados por intereses sectoriales y facciones. No existe ni la discusión ni la deliberación. Los partidos de masas están dominados por elites que representan a clases sociales e intereses corporativos. El funcionamiento de la "democracia de partidos", convirtió a ambos principios en una "fachada sin sentido". Cada partido desarrolló preferencias programáticas muy definidas y el parlamento era una "antesala" donde se enfrentaban intereses sociales y corporativos. Desde la perspectiva de Schmitt, la concepción de la democracia y de la política de Yannuzzi como diálogo y consenso presupone que no existen enfrentamientos inconciliables a través del diálogo dado que tiene una concepción de la antropología humana optimista: "plantear la política como diálogo tiene sentido si y solo si se supone la inexistencia de la crisis" (Dotti, 2000: 766).
Por otro lado, según Schmitt, la democracia se vincula con el concepto de pueblo, no del ciudadano (Schmitt, 2008: 239-279). En este sentido, la lógica democrática no tiene nada que ver con la tradición liberal ya que consiste en la identidad de los que gobiernan y los que son gobernados: si el pueblo es representado es imposible que exista la democracia. Schmitt sostiene, siguiendo a Rousseau, que la concepción de la homogeneidad democrática se refiere a la voluntad política unificada del pueblo que se expresa por medio de la aclamación y no del voto individual y secreto (esto último, de hecho, impide la expresión del pueblo en tanto pueblo) (Schmitt, 2008: 272-273). El principio democrático fundamental consiste en solamente tratar igual a los iguales. Esta igualdad democrática es un principio filosófico que tiene sentido en tanto y en cuanto posea una sustancia cuya definición depende de la decisión del soberano en un momento histórico concreto: "el concepto democrático de la igualdad es un concepto político (...) incluye la posibilidad de una distinción. La democracia política (...) depende de (...) la calidad de la pertenencia a un pueblo específico" (Schmitt, 2008: 258). Dado que siempre existe un otro que atenta contra la igualdad de los semejantes, la democracia requiere rechazar a aquellos que atenten contra su homogeneidad. Tanto la homogeneidad y la erradicación de la heterogeneidad como la coincidencia unánime de todo el pueblo implicarían, en términos de Yannuzzi, que el momento de unidad niega al principio de la diferencia.
Según estas concepciones schmittianas de lo político y de la democracia, el soberano determina "lo verdadero y lo justo". Lo que el gobierno de la mayoría determine como verdadero será justo, excluyendo cualquier tipo de disenso (Yannuzzi, 1995a: 206). De esta manera, el momento de la "decisión política" hegemoniza a lo político, excluyendo el momento de la "deliberación política". Según esta concepción de lo político, la deliberación cuestiona la legitimidad del soberano como el monopolizador de la verdad y la justicia ya que deliberar presupone que no es posible a priori establecer el contenido de lo verdadero y justo. El soberano le niega a cualquier oponente, que pueda amenazar la "seguridad del Estado" o la "constitución del pueblo", el derecho a opinar, es decir, a integrar el espacio público: "la voz del disidente es mera doxa privada y, por consiguiente, no es tenida en cuenta en el momento de la decisión política" (Yannuzzi, 1992d: 20). Según la visión de Yannuzzi, el concepto de lo político "decisionista" produce violencia, intolerancia y un régimen político autoritario: lo político termina reducido a la guerra mediante la concentración del poder en un Estado cada vez más coactivo (Yannuzzi, 1995a: 207, 231; 1995b: 175).
En cambio, Yannuzzi (1994c: 2; 1995a: 220) propone una definición diferente de la democracia, cuyas dimensiones necesarias son (1) la sucesión periódica en el poder mediante elecciones; (2) reglas que aseguren la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones; (3) existencia de instancias organizativas que limiten el poder del Estado, resguardando la autonomía de la sociedad; (4) presencia de formas de mediación entre Estado y sociedad que canalicen las demandas sociales; (5) defensa del pluralismo ideológico asentado en el derecho a disentir en el espacio público y (6) la transparencia de los actos de gobierno, para asegurar al ciudadano la información necesaria para tomar la decisión. En nuestra opinión, el paradigma normativo que subyace a su concepto de democracia es el de la democracia deliberativa (Benhabib, 1996; Cohen, 2001) que sostiene que la autoridad ejercida por un gobierno depende de consensuar un "criterio racional" entre todos los miembros de la comunidad política antes de que se tome cualquier decisión (Yannuzzi, 1994c: 7). La democracia como deliberación racional requiere de un debate público de ideas donde existe la posibilidad de la equivocación y rectificación: "una concepción decisionista del poder lleva implícita necesariamente la atribución al Soberano del lugar de la Verdad, ya que se presupone, por el contrario, que no hay espacio para el error" (Yannuzzi, 1995a: 207). El "espacio público" se constituye por medio del intercambio de opiniones entre iguales, que divergen en sus perspectivas: "dicho espacio desaparece en el momento mismo en que dejase de tener sentido el intercambio, debido a que todos tuviesen la misma opinión" (Yannuzzi, 1995a: 108).
En conclusión, un régimen democrático requiere que la decisión se tome en el mismo momento de la deliberación donde, por medio del debate, racionalmente se concilien las diferencias entre los sectores sociales: "a partir del intercambio de ideas la política deja de ser mera imposición por parte de la minoría, para convertirse en argumentación" (Yannuzzi, 1995a: 191). La legitimidad de la decisión soberana depende de un momento constitutivo previo de tipo deliberativo. Por eso, el criterio cuantitativo de la mayoría no es suficiente para legitimar una decisión democrática del soberano ya que las mayorías pueden negar las diferencias, clausurando un espacio público común que sea pluralista y deliberativo (Yannuzzi, 1992c: 9-10; 1994c: 7). En cambio, desde la visión schmittiana, la relación de mando y obediencia no queda subordinada a la posibilidad de conciliar dialógicamente entre los adversarios, donde el consenso lleva a la "Verdad", ya que siempre el soberano determina lo verdadero por ser el soberano (Dotti, 2000: 769). La concepción decisionista produce una "simbiosis entre poder y saber" a diferencia del "relativismo liberal" (Dotti, 2000: 761), que no conoce ni define, sino que delibera (Yannuzzi, 1995a: 208-209).

II. Yannuzzi como politóloga: las causas del quiebre y la inestabilidad del régimen político democrático en Argentina

 II.1. La crisis de legitimidad como causa del quiebre de la democracia (1974-1976)
           
Yannuzzi señala como un causa del quiebre de la democracia en 1976 a la ausencia de legitimidad del régimen político entre los distintos actores . En este sentido, coincide con la explicación de Linz (1978) ya que la legitimidad del régimen democrático es considerada como una variable independiente que explica la supervivencia de la democracia: "A mayor compromiso con la legitimidad del régimen, mayor es su capacidad para sobrevivir serias crisis de eficacia y efectividad cuando se enfrenta a problemas de difícil solución. Debiendo resolver problemas de iguales dimensiones, un régimen con un mayor compromiso con su legitimidad tiene una mayor probabilidad de sobrevivir que un régimen sin ese compromiso" (Linz, 1978: 45). En términos de Scott Mainwaring y Aníbal Pérez Liñán (2013), la legitimidad de un régimen significa que los actores tienen una preferencia normativa a favor de la democracia. Es decir, la defienden a pesar de los costos que les generan las políticas públicas implementadas por un gobierno legítimamente constituido. Entonces, si los actores más relevantes, en términos de recursos, tienen un compromiso normativo a favor de la democracia, se reduce la probabilidad de su quiebre como consecuencia de que estos actores están dispuestos a sostener al régimen a pesar de los costos que éste les pueda ocasionar. Un compromiso normativo a favor del régimen puede aumentar su supervivencia a pesar de un bajo nivel de eficacia y eficiencia del gobierno para implementar políticas públicas: los actores pueden valorar normativamente un régimen político independientemente de los resultados de políticas públicas. Si un actor tiene una preferencia normativa a favor de la democracia significa que considera que ella es intrínsecamente deseable.
Según Yannuzzi, una de las principales causas del quiebre de la democracia fue la ausencia de actores con preferencias normativas a favor de ese régimen político. En particular, analiza la inexistente lealtad de los partidos políticos al régimen democrático y la desilusión de todos los sectores sociales con "el régimen constitucional en su conjunto" (Yannuzzi, 1991: 5, 8). En este contexto, los partidos políticos fueron incapaces de articular consensos a favor del régimen político democrático: "esa crisis de representatividad [de los partidos] pone en evidencia lo que, en principio, llamaremos una falta de lealtad al régimen político democrático" (Yannuzzi, 1991: 14). Es decir, las acciones de los partidos no fueron un "elemento convocante del consenso social" y perdieron su rol de "mediadores y transmisores" de demandas desde la sociedad civil hacia el Estado: "si el golpe militar se había producido era porque ningún partido había podido consolidar las expectativas sociales tras de sí" (Yannuzzi, 1996a: 39). Esto fue consecuencia de que los políticos negaron la concepción de la política como "conciliación de las diferencias", equiparando la política a la guerra (Yannuzzi, 1999: 239). El régimen autoritario, que surgió como consecuencia a esta crisis de representatividad de los partidos políticos, negó lo político ya que las Fuerzas Armadas se instituyeron como "árbitro último de la politicidad" (Yannuzzi, 1992d: 9).
Su explicación sobre el proceso de quiebre democrático enfatiza la responsabilidad de todos los actores en la gestación de una "crisis de gobernabilidad" donde, como dijo Balbín, nadie tenía soluciones (Yannuzzi, 1991: 6). En particular, los partidos renunciaron a su rol de canalizadores de las demandas sociales frente al Estado en el momento del golpe de 1976:

Los partidos políticos pierden su razón de ser, ya que la política se convierte en patrimonio de las Fuerzas Armadas. Al producirse un golpe militar, la decisión política, entonces, al ser un atributo del soberano, queda exclusivamente en manos de aquellas. La pregunta sería, por lo tanto, por qué se les reconoce ese monopolio, especialmente por parte de quienes, en principio, deberían ser los primeros interesados en no hacerlo (Yannuzzi, 1991: 10).

Ante los condicionamientos que las Fuerzas Armadas le impusieron al gobierno, "la dirigencia partidaria en general ni siquiera cuestionó el rol 'soberano' que se arrogaban las Fuerzas Armadas" (Yannuzzi, 1991: 11). Los partidos políticos reaccionaron aceptando el golpe de Estado con la intención de "contribuir a la pacificación" (Yannuzzi, 1996a: 38).
Esta "crisis de representación", que contribuyó al fin de la democracia, "no solamente afectó al partido gobernante sino que se instaló en el conjunto del sistema" (Yannuzzi, 1999: 243; ver también Yannuzzi, 1996a: 39; 1992d: 9). Entonces, la crisis de legitimidad fue de tal magnitud que no solamente afectó a los partidos políticos, al gobierno y al régimen político, sino también al Estado (Yannuzzi, 1991: 5). Se produjo un debilitamiento de las "mediaciones" o "referentes" del Estado, que permiten transformar la relación de fuerza y dominación que el Estado ejerce sobre la sociedad civil, en una donde defiende y promueve el bien de la comunidad nacional y protege los derechos e intereses de todos los individuos, especialmente, de los más desaventajados (O'Donnell, 2010: 105-131). Según O'Donnell, para que la dominación estatal capitalista perdure en el tiempo, las tres mediaciones (nación, ciudadanía y pueblo) evitan serios problemas de legitimidad: "todo régimen político, como bien sabemos, incluso los más represivos, consolidan su poder en base a la articulación de cuotas de coerción y consenso. La mera fuerza no constituye jamás un recurso fundamental por el cual un gobierno se sostiene" (Yannuzzi, 1991: 9). En conclusión, la existencia de "múltiples crisis de legitimidad" produjeron una "incapacidad de las instituciones por consolidarse en el marco de un estado de derecho y de la imposibilidad del gobierno nacional de garantizar mínimamente la seguridad de los ciudadanos" (Yannuzzi, 1991: 8).
En el proceso de transición al autoritarismo, la baja efectividad de las políticas públicas del gobierno constitucional, la pérdida del monopolio de la violencia y la imposibilidad de protección de la seguridad individual por parte del Estado también tuvieron un rol importante (Yannuzzi, 1991: 8). En algún sentido, su explicación testea las hipótesis de Linz cuando él afirma que para fortalecer la autoridad de los regímenes democráticos (Linz, 1978: 23), es necesario que el gobierno, por un lado, mantenga el orden público y, por el otro, evite la existencia de "problemas insolubles": "el quiebre es el resultado de un proceso iniciado por la incapacidad del gobierno de resolver problemas respecto de los cuales las oposiciones desleales se ofrecen como una solución" (Linz, 1978: 50). En el caso argentino, los principales "problemas insolubles" (Yannuzzi, 1991: 5) fueron el agotamiento del "modelo global de desarrollo" (Yannuzzi, 1991: 82) y la imposibilidad de contener la espiral de violencia entre facciones de izquierda y derecha dentro del peronismo (Yannuzzi, 1991: 16). Si caracterizamos al golpe de Estado como un estado de excepción típicamente schmittiano, la razón de Estado fue el criterio legitimador esgrimido por las Fuerzas Armadas al cuestionar la capacidad de todos los partidos para gobernar eficientemente. Las acciones legitimadas a través de este principio suelen "justificar la quiebra del orden constitucional" y "negar los espacios de libertad de la sociedad" (Yannuzzi, 1992b: 10-11). De hecho, la ausencia de propuestas de los políticos también permitió que el avance militar sobre el Estado fuese muy considerable (Yannuzzi, 1991: 6).
De esta forma, tal como sugiere Linz, como consecuencia de la pérdida de eficacia y eficiencia del gobierno ante "problemas insolubles", se produjo el fortalecimiento de las "oposiciones desleales" y "semileales" (Linz, 1978: 27-38). Yannuzzi analiza el impacto de estas oposiciones, cuyas acciones cuestionaban normativamente la existencia de la democracia y promovían un cambio de régimen. En particular, las Fuerzas Armadas, principal "oposición desleal", dejaron de estar subordinadas al poder civil, constituyéndose en el árbitro último: "el sistema político que se había conformado en los hechos presuponía la existencia de Fuerzas Armadas convertidas en reaseguro último de la gobernabilidad" (Yannuzzi, 1991: 7). De hecho, el último gobierno peronista reconoció, en el "Operativo Independencia", su ineficiencia e ineficacia para controlar la situación de violencia y mantener el orden (Yannuzzi, 1996a: 33), afirmando que solamente la represión militar ilegal, llevada a cabo por Fuerzas Armadas autónomas y sin control civil, podía erradicar la subversión: "las Fuerzas Armadas adquirieron una mayor autonomía de la necesaria en un estado de derecho (...) desvirtuando todo tipo de control específicamente político" (Yannuzzi, 1996a: 32). La reacción del gobierno peronista frente a la violencia de grupos armados fue el "fundamento legitimador del golpe militar" (Yannuzzi, 1991: 7). Es decir, como consecuencia de que ni el poder ejecutivo ni legislativo ejercían control político sobre las Fuerzas Armadas, se reconoció de facto la incapacidad de los poderes civiles para controlar la situación de violencia política: "Con esto, en los hechos, se trasladó la figura del soberano del gobierno civil a las Fuerzas Armadas al ser estas las únicas capaces de garantizar la seguridad individual de los ciudadanos" (Yannuzzi, 1991: 7). La decisión del gobierno peronista de convertir a la represión desde 1975 en clandestina e ilegal, a cargo de las Fuerzas Armadas, deslegitimó su reclamo del monopolio de la violencia: "el gobierno constitucional había contribuido a carcomer sus propias bases de sustentación al no poder controlar por sí mismo la violencia de distinto signo que se había instalado en la sociedad" (Yannuzzi, 1991: 8).
El "consenso expectante" generado en la sociedad civil ante el golpe de Estado (Yannuzzi 1991: 9) fue consecuencia de la crisis de legitimidad de la dominación estatal: "las Fuerzas Armadas parecían brindar con su sola presencia las condiciones de seguridad individual que no había podido garantizar el derrocado gobierno peronista en su lucha contra la guerrilla" (Yannuzzi, 1999: 240). La situación previa a 1976 era "de corte hobbesiano" (Yannuzzi, 1991: 6), donde los sectores sociales privilegiaron la intervención de las Fuerzas Armadas para que garantizaran un nuevo orden con reglas de juego estables (Yannuzzi, 1996a: 23). A medida que la crisis política, económica y social precedente a un golpe es mayor (mayor nivel de "amenaza previa"), el nivel de percepción de la amenaza al "orden socioeconómico" aumenta, quedando en evidencia la polarización social y los conflictos de clase: "esto, a su vez, tiende a producir una cohesión mayor entre las clases dominantes, a promover una subordinación mayor de los sectores de la clase media a ellos y a provocar una derrota drástica de los sectores populares y sus aliados" (O'Donnell, 1978: 7). La alta percepción de amenaza al orden social y la posible desintegración del sistema económico generó un "consenso expectante" sobre la necesidad de una nueva intervención de las Fuerzas Armadas: "la existencia de una situación francamente hobbesiana llevó a la mayoría a aceptar un intento por articular autoritariamente un nuevo modelo político, en el que el valor de la seguridad individual pasó a ocupar un lugar preponderante" (Yannuzzi, 1991: 9). Se cedió el "rol decisorio" a un grupo minoritario para que terminara con la conflictividad existente, transfiriéndose el sujeto de la soberanía a las Fuerzas Armadas con el objetivo de "recomponer el Estado" (Yannuzzi, 1991: 8).

II.2. La génesis y dinámica de la "democracia delegativa" como condición necesaria de la "modernización neoconservadora" en Argentina (1989-1999)

Yannuzzi afirma que a fines de la década de 1980 las reformas de libre mercado requirieron modificaciones en la estructura económica y social y cambios en el régimen político (Yannuzzi, 1995a: 1; 1992d: 7-8). La descripción y explicación que propone sobre las modificaciones del sistema político argentino durante la década de 1990 parten de una premisa teórica: "todo modelo de desarrollo económico requiere necesariamente para su ejecución un modelo político-institucional a partir del cual el primero pueda llevarse adelante" (Yannuzzi, 1995a: 10). No obstante, las decisiones políticas tuvieron la autonomía suficiente para transformar la estructura socioeconómica (Yannuzzi, 1995a: 18; 1994d: 99). Es decir, las transformaciones generadas por la modernización neoconservadora se produjeron desde la política hacia la economía:

 ...lejos de ser el ámbito exclusivo de la economía (...) el lugar privilegiado de la transformación, esta modernización entendida en términos exclusivamente económicos no podría realizarse si no se produjeran previamente cambios sustanciales en los criterios que articulan el orden político (...) la instrumentación de un nuevo modelo de desarrollo no constituye, a pesar de sus apariencias, un problema exclusivamente económico, sino que, por el contrario, se trata de una cuestión eminentemente política" (Yannuzzi, 1995a: 4, 11).

Las modificaciones del sistema político requeridas para la implementación de la modernización neoconservadora consistieron en "la articulación de un andamiaje socio-político-institucional propio que le de contención" (Yannuzzi, 1992a: 17), cuyo valor central fuera la "exclusión del disenso": "la única forma de asegurar el poder para una fracción determinada sin exponerla a los avatares de la oposición, es justamente cerrar el espacio público de forma de garantizar la no inclusión del disenso" (Yannuzzi, 1995b: 171). Asimismo, esta transformación debía plasmarse en una nueva constitución nacional: "el modelo neoconservador requiere, desde el punto de vista del orden político, una sanción constitucional. Ella permitiría darle forma plena, incorporando aquellas modificaciones dentro de la estructura política que permitan marcar definitivamente la sociedad" (Yannuzzi, 1995a: 199; ver también Yannuzzi, 1994c: 9-10).
Respecto de las causas de la instauración de un modelo neoconservador, el "quiebre del modelo del Estado social" fue una variable explicativa fundamental ya que se cuestionó al rol del Estado como "articulador entre política y economía", como "defensor del espacio común" y promotor de la equidad social (Yannuzzi, 1992d: 7-8). Por otro lado, la "crisis de representación" de los partidos políticos también contribuyó a legitimar "la reconversión capitalista" (Yannuzzi, 1992a: 19; 1992d: 8-9), cuestionando la política (como instancia de resolución de conflictos por medio de la argumentación racional de las partes, del diálogo y la tolerancia) por ser "ineficiente" e "ineficaz", dando lugar a la despolitización de la sociedad.
¿Cómo denominar a ese nuevo régimen político necesario para la implementación de numerosos cambios en la estructura económica y social? A partir del análisis de Yannuzzi, creemos adecuado conceptualizarlo como "democracia delegativa", que es un "subtipo disminuido" de democracia representativa (O'Donnell, 2009; 2011). Según Yannuzzi, el proceso de establecimiento de la democracia delegativa fue producto de la crisis económica y social:

La crisis hiperinflacionaria (...) permitió que el discurso fuertemente nacional-populista (...) fuera inmediatamente abandonado bajo la justificación de las condiciones extraordinarias en las cuales debió asumir el poder sin que se llegara a deslegitimar totalmente el nuevo gobierno (...) le permitió captar un consenso en principio difuso en el conjunto de la sociedad" (Yannuzzi, 1994d: 101-102).

Esta crisis fue la condición antecedente que justificó la concentración del poder decisorio en la presidencia para establecer un nuevo vínculo entre el modelo de desarrollo económico y el sistema político (Yannuzzi, 1995a: 21). Esta situación produjo demandas por un líder que "salve al país", al costo que sea necesario:

...una crisis como esa genera una intensa sensación de urgencia y proporciona un terreno fértil para liberar las tendencias delegativas (...) los presidentes llegan a ser elegidos mediante la promesa de ser fuertes y valerosos, por estar sobre los partidos y los intereses, y por ser "machos", salvarán al país (O'Donnell, 2009: 18).

Entonces, la democracia delegativa fue consecuencia de una fuerte crisis nacional percibida como amenazante por los actores (O'Donnell, 2010: 23-25). Simbólicamente la crisis fue utilizada para legitimar las políticas de reforma de mercado, estableciendo criterios de exclusión que definían a todo aquel que no apoyara al presidente como "enemigo", que quería retornar a la situación previa de ingobernabilidad.
Entonces, la hiperinflación y el fracaso del alfonsinismo obligaron a redefinir, desde el Estado, el modelo de acumulación capitalista (Yannuzzi, 1994d: 95). Las modificaciones en la estructura socioeconómica que se debían implementar para abandonar el modelo de acumulación "Estado-céntrico", requerían transformar el régimen democrático liberal en "democrático-delegativo". El presidente tenía que neutralizar el disenso y los controles institucionales desde los poderes legislativo y judicial (O'Donnell, 2009: 21). En particular, para que el modelo neoconservador se instituyese, se debían eliminar todos los límites característicos de cualquier democracia representativa:

...las instituciones -por ejemplo, los tribunales de justicia y el poder legislativo- constituyen estorbos que acompañan a las ventajas a nivel nacional e internacional de ser un presidente democráticamente elegido. La rendición de cuentas a dichas instituciones aparece como un mero obstáculo a la plena autoridad que le ha sido delegada al presidente (O'Donnell, 2009: 12).

Por un lado, el Congreso quedó muy desprestigiado como una institución inoperante que impedía tomar decisiones rápidas (Yannuzzi, 1992d: 13; 1995a: 188; 1999: 246). El menemismo produjo una "transformación en la estructura misma del Estado", promoviendo una imagen degradada del Congreso, negando su rol democrático de control de decisiones del ejecutivo (Yannuzzi, 1995a: 190). Frente a la eficiencia del presidente, era un "obstáculo", una "espina", que impedía salir rápidamente de la crisis: "El Congreso, que es el órgano de composición más democrática del Estado, deja de cumplir una de sus funciones básicas en la estructuración del Estado moderno, que es la de contralor final de los otros dos órganos de gobierno" (Yannuzzi, 1995a: 197). Como consecuencia de su concepción de la política, Yannuzzi define al poder legislativo como el "órgano que, en el contexto de un régimen democrático-liberal, tiene un peso político sustancial por ser el órgano representativo por excelencia" (Yannuzzi 1995a: 188). Por otro lado, Menem evitó que la Corte Suprema de Justicia limitase su poder:

...la supresión en los hechos de la división de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo se completó con la modificación en el número de miembros de la Corte Suprema (...) Se altera la división horizontal de poderes al producirse prácticamente una simbiosis entre Poder Ejecutivo y Poder Judicial, sino que, además, se tiende a anular la división vertical, que es la que reconoce los resguardos de la sociedad frente al Estado (Yannuzzi, 1995a: 194-196).

Entonces, la democracia delegativa implicó la anulación de la división horizontal y vertical del poder (Yannuzzi, 1995a: 211), otorgándole al presidente la ventaja de no tener prácticamente rendición de cuentas horizontal y permitir una elaboración de políticas públicas rápida (O'Donnell, 2009: 12). Esto permitió que el poder ejecutivo se convirtiese en un órgano jerárquicamente superior, donde se concentraba el "espacio real de decisión" (Yannuzzi, 1992a: 20; 1995a: 197). Esta ausencia de accountability constituye una diferencia fundamental entre la democracia representativa y la delegativa (O'Donnell, 2009: 14; Yannuzzi, 1995: 194, 204, 205). Para O'Donnell, la democracia delegativa es "más democrática que liberal", ya que su única fuente de legitimación proviene de "elecciones limpias y competitivas" que "autorizan" a que el presidente se considere "encarnación e intérprete de los altos intereses de la nación". De hecho, la participación ciudadana se produce solamente en las elecciones presidenciales: "después de la elección, los votantes (quienes delegan) deben convertirse en una audiencia pasiva, pero que vitoree lo que el presidente haga" (O'Donnell, 2009: 13). Los votantes solo tienen derecho a elegir al individuo que consideren más apropiado para salir de la crisis: "los candidatos presidenciales ganadores se sitúan a sí mismos tanto sobre los partidos políticos como sobre los intereses organizados" (O'Donnell, 2009: 12). Este "déficit republicano" también es reconocido por Yannuzzi cuando sostiene que la anulación del principio de división de poderes pone en peligro los derechos individuales (Yannuzzi, 1994c: 8).
En cambio, en el caso de la democracia liberal, la representación implica necesariamente rendición de cuentas efectiva: "la rendición de cuentas funciona no solo de manera vertical, de forma que los funcionarios elegidos sean responsables frente al electorado, sino también en forma horizontal; a través de una red de poderes relativamente autónomos" (O'Donnell, 2009: 14). Sin embargo, O'Donnell no es tan crítico del menemismo como Yannuzzi ya que, si bien en la democracia delegativa se anula el accountability horizontal, el accountability vertical permanece ya que este régimen surge y se sostiene mediante elecciones limpias y competitivas y, además, están vigentes ciertas libertades básicas (O'Donnell, 2010: 19-22). En cambio, Yannuzzi realiza un cuestionamiento completo a este nuevo régimen que no considera que sea democrático ya que, aunque existieron elecciones, se anularon todos los tipos de accountability. Además de eliminar la división de poderes, el menemismo dejó al ciudadano sin representación verdadera y sin protección frente al Estado (Yannuzzi, 1995a: 211). Además, si bien las elecciones eran un procedimiento decisorio formalmente democrático, no eran sustantivamente democráticas ya que no existían opciones alternativas a la modernización conservadora: "el vaciamiento del espacio público anuló las opciones reales, y con ellas, la posibilidad misma de que la soberanía radicara verdaderamente en el pueblo" (Yannuzzi, 1995a: 222).
A diferencia de O'Donnell, Yannuzzi afirma que la neutralización del espacio público y de la política no se produjo por medio de prohibiciones o proscripciones explícitas, sino que fue consecuencia de que las elecciones no permitían el verdadero ejercicio de la soberanía popular. La única opción para los ciudadanos era validar el modelo neoconservador, contribuyendo a generar un "consenso masivo explícito pero pasivo" con el objetivo de legitimar plebiscitariamente los cambios económicos (Yannuzzi, 1992a: 20; 1992b: 9-10; 1995a: 222-224). Por ende, toda oposición quedaba eliminada: "la posibilidad misma de insertar alternativas nuevas en el espacio político se ve totalmente cercenada ya que el discurso tiende a hacerse efectista y no lógico" (Yannuzzi, 1992d: 18). Estas "elecciones sin opciones" impidieron que la soberanía se radicara en el pueblo:

...el modelo neoconservador conduce inexorablemente a que la instancia electoral se convierta en una mera forma sin sustancia. Ella deja de ser así, el lugar en que los ciudadanos toman la decisión política fundamental, para convertirse en una simple parodia a partir de la cual se pretende lograr plebiscitar al soberano schmittiano (Yannuzzi, 1994c: 4).

El modelo neoconservador utilizó el criterio de legitimidad de la soberanía popular para que la sociedad rechazase cualquier alternativa política e ideológica: "su exclusión a partir de las elecciones sería la manera de convalidar democráticamente la clausura del disenso" (Yannuzzi, 1992d: 18). De esta forma, la consolidación de una clase política ideológicamente homogénea significó ratificar al modelo neoconservador como la única forma realista de organizar la sociedad y la economía , vaciando de contenido sustantivo el principio de la soberanía popular. En este sentido, Yannuzzi afirma que la democracia, como régimen político, es el único que puede ser destruido a partir de su propio funcionamiento interno: "la democracia es el único orden político que puede llegar a desvirtuarse a partir de su propia lógica interna formal" (Yannuzzi, 1994c: 1). En este sentido, la democracia es un régimen de equilibrio inestable, capaz de generar en su seno el germen de su propia destrucción (Yannuzzi, 1995a: 218).
La ausencia de la dimensión liberal y republicana de ese régimen político, que suspendió todos los tipos de accountability, consistió en la restricción de la ciudadanía que consistió en la ausencia de protección de los derechos de los ciudadanos, ante posibles abusos desde el Estado, por medio del poder judicial: "Un Poder Judicial que carece de autonomía frente al Ejecutivo coloca al ciudadano en un potencial estado de indefensión" (Yannuzzi, 1995a: 194). La democracia delegativa no les garantizaba a los ciudadanos protección jurídica de sus derechos para que pudiesen tener espacios de oposición al Estado y al gobierno (Yannuzzi, 1995a: 215). Aunque el modelo neoconservador impuso una imagen de un "Estado mínimo", el régimen político concentró todo el poder en el presidente: "El Estado, lejos de ocuparse de ciertas funciones básicas en la sociedad, tiende a convertirse en un aparato con una alta capacidad represiva sin que el hombre común pueda poner límites al poder estatal" (Yannuzzi, 1992d: 16). Por último, este régimen político negó la igualdad abstracta e igualdad formal entre los ciudadanos ya que se introdujo el criterio de "jerarquía social", donde algunos grupos tenían "derechos superiores", produciéndose un reconocimiento explícito de "derechos completamente diferenciales para unos y otros" (Yannuzzi, 1995a: 85-102).
Para constituir una democracia liberal y evitar el surgimiento de la democracia delegativa, la autora sostiene, siguiendo a Tocqueville, que la manera más efectiva de limitar el poder del Estado consiste en aumentar la densidad de la sociedad civil, para crear mecanismos de accountability vertical social (Yannuzzi, 1995a: 215-216). Esto se vincula con su concepción de lo político como participación activa en el espacio público, donde los ciudadanos debaten y confrontan proyectos divergentes que, mediante la discusión racional, convergen y controlan al que circunstancialmente detenta el poder del gobierno: "la garantía para evitar la absolutización del poder en pocas manos -y, por ende, la garantía para su funcionamiento democrático de la sociedad en su conjunto- radica únicamente en aquella [en la sociedad civil]" (Yannuzzi, 1995a: 216).
Por último, Yannuzzi también analiza el bajo nivel de "consolidación democrática" en Argentina, tópico muy debatido en ciencia política. Anticipándose a la literatura politológica sobre "regímenes híbridos" (Diamond, 2002) y "autoritarismos competitivos" (Levitsky y Way, 2010), la autora reconoce que la democracia, como régimen político, puede desaparecer no solamente por medio de transiciones abruptas, por situaciones de facto que interrumpen el ciclo constitucional, sino por medio de un ejercicio del poder abusivo, ilimitado y hegemónico (Yannuzzi, 1994c: 1-2). La democracia tiene tanto una dimensión de "acceso al poder" (se accede al gobierno mediante elecciones libres y competitivas), como también una de "ejercicio del poder" (el gobierno debe respetar los derechos y libertades individuales, ejerciendo el poder de forma limitada y controlada) (Mazzuca, 2010). Según la autora, la primera es condición necesaria pero no suficiente para la existencia de la democracia: "para designar a un gobierno como democrático, además de su legitimidad de origen, debe mostrar su capacidad para resguardar la libertad política" (Yannuzzi, 1994c: 5, ver también 1995a: 219-220). En el caso del menemismo, la democracia no se encontraba consolidada no solo como consecuencia de que el tipo de ejercicio del poder del gobierno negó la dimensión liberal y republicana, sino también ya que desnaturalizó sustantivamente la dimensión de acceso al poder mediante elecciones. La consolidación democrática depende de evitar que se unifiquen en la misma persona "el poder, la ley y el conocimiento", es decir, que no se produzca el cambio del sujeto del poder constituyente (Yannuzzi, 1994c: 8).
En conclusión, el modelo neoconservador y la democracia delegativa produjeron la neutralización de la política y el vaciamiento del espacio público, marginando a la sociedad de la decisión política. En cambio, la democracia requiere de un espacio común, público, constituido por el intercambio dialéctico de opiniones entre iguales, donde todas las posiciones son legítimas y los ciudadanos son libres de participar en la decisión política (Yannuzzi, 1992c: 10). En definitiva, la democracia no estaba consolidada por la concentración del poder en el presidente, la anulación de mediaciones institucionales entre el Estado y la sociedad civil y el vaciamiento del espacio público (Yannuzzi, 1994c: 5). La sociedad se despolitizó ante la manifiesta intención de producir "univocidad" de opiniones: "el poder -y, por ende, la decisión- se concentra necesariamente en la cúspide del Estado sin que se encuentren formas efectivas para limitarlo. Como contrapartida de la reducción del espacio público se acentúa en el Ejecutivo el sesgo decisionista ya que el debate se hace innecesario" (Yannuzzi, 1994a: 7). Se "erradicó el disenso" y se anularon los "espacios de libertad", profundizando las crisis de legitimidad de las decisiones estatales y de representación: "al cercenarse el debate político, al cuestionarse la representación del ciudadano, las mediaciones entre estado y sociedad tienden a diluirse peligrosamente" (Yannuzzi, 1995a: 198).

 

III. Conclusión: defensa y justificación normativa de la democracia liberal

Cuando explicó e interpretó diversos fenómenos del Proceso de Reorganización Nacional y la modernización conservadora , Yannuzzi siempre estuvo motivada por una preocupación normativa fundamental: ¿cómo lograr la consolidación de la democracia asegurando tanto la igualdad como la libertad de los ciudadanos? ¿Cómo fortalecer el espacio público necesario para que la política se pueda desarrollar con plenitud? En sus investigaciones contrapuso la concepción schmittiana de lo político con su "paradigma dialoguista", donde la política se equipara a un "mercado doxológico", donde el diálogo es el procedimiento para acceder a la "verdad" y a la "justicia" (Yannuzzi, 1995a: 77). Esta es una concepción "conciliacionista" de las divergencias sociales: "la política entendida como el espacio específico en el cual se dirimen racionalmente los conflictos" (Yannuzzi, 1994a: 6). La política es la actividad específicamente humana, que produce la unidad de los diferentes por medio de la argumentación, donde los actores deliberan públicamente mediante la razón judicativa. La política disuelve todo enfrentamiento y concilia los intereses, suprime la crisis y los conflictos radicalizados (Dotti, 2000: 764-765). El Estado es el árbitro que media entre las visiones contrapuestas, fomentando el debate y el diálogo de todas las partes, armonizando las diferencias y logrando que lo general y lo particular encuentren un lugar de resolución (Yannuzzi, 1995a: 238).
En su paradigma normativo, el concepto de "espacio público", como ámbito donde se produce la política, es fundamental en tanto lugar de encuentro de las diferencias que conforman una unidad, donde ellas no se borran, sino que acuerdan un modo de vida en común. Por medio del debate pluralista, se establecen deliberativamente los criterios de inclusión y exclusión de la polis "que establecen los límites por donde pasa el momento de integración" (Yannuzzi, 1995a: 77, 230). De hecho, la política implica justamente la conciliación de las diferencias de los adversarios en el espacio público mediante la exposición racional de sus argumentos. En definitiva, para Yannuzzi, no es posible pensar la existencia de la política por fuera de un régimen democrático.
En su obra se conjugan distintas explicaciones de ciencia política por medio del análisis de fuentes primarias y secundarias con una discusión normativa que permite comprender e interpretar sucesos empíricos de la historia política desde la teoría política. Los aportes de María de los Ángeles Yannuzzi consistieron en construir una metodología innovadora para combinar explicaciones politológicas con interpretaciones desde la teoría política para mostrar los presupuestos ontológicos de lo político presentes en distintos momentos de la historia política argentina. En conclusión, su principal legado para las nuevas generaciones de politólogos consiste en realizar investigaciones que pongan teoría y método al servicio de preguntas de investigación normativamente relevantes.

Notas

* Una versión preliminar de este trabajo ganó el Premio de Teoría Política "María de los Ángeles Yannuzzi" otorgado por la SAAP. El autor agradece enormemente la lectura rigurosa, los comentarios y sugerencias de Gerardo Aboy Carlés, Julián Melo, Isabel Pineda y Rogelio Rodrigo. Por otro lado, este trabajo no se podría haber realizado sin la invaluable ayuda recibida por Diego Guevara y Soledad Nívoli. Ambos facilitaron numerosas ponencias y publicaciones de María de los Ángeles Yannuzzi que son de difícil acceso.

Tal como lo aclara la autora (Yannuzzi, 1996a: 13-14), su libro de 1991 (donde estudia el período 1976-1978) es un primer avance del proyecto de investigación concluido cinco años más tarde. Por ende, Yannuzzi incorpora en el libro de 1996 lo que escribió en 1991. No obstante, dado que realiza algunas modificaciones en la versión de 1996 al libro de 1991, se ha decidido consultar ambas fuentes.

Yannuzzi (1991: 11) cita a Schmitt: "No suspende una constitución existente valiéndose de un derecho fundamentado en ella y, por lo tanto, constituyente, sino que aspira a crear una situación que haga posible una constitución, a la que considera como la constitución verdadera. En consecuencia, no apela a una constitución existente, sino a una constitución que va a implantar" (Schmitt, 1985: 182-183).

Define al soberano como aquel que tiene la capacidad de "ordenar la vida en sociedad" (Yannuzzi, 1995a: 204).

Yannuzzi también realiza una hermenéutica de la misma cita de Schmitt para interpretar el sujeto de la soberanía durante el menemismo (Yannuzzi, 1995a: 207).

Define la legitimidad como "la creencia generalizada en que una determinada forma de poder es la pertinente para organizar la vida en sociedad" (Yannuzzi, 1992b: 2). La autora sostiene que la legitimidad de un régimen político le confiere estabilidad en el tiempo. Esta definición es muy semejante a la de Linz: "La legitimidad es la creencia de que a pesar de los problemas y los fracasos, las instituciones políticas que existen son mejores que cualquier otra que pudiera establecerse (...) la legitimidad democrática se basa en la creencia de que para un país determinado, en esa coyuntura histórica particular, ningún otro tipo de régimen podría asegurar conseguir con mayor éxito los objetivos colectivos" (Linz, 1978: 16, 18).

O'Donnell (2009) en su primer texto sobre la democracia delegativa aún no había conceptualizado la diferencia entre accountability vertical de tipo electoral y el de tipo social. En ese texto, accountability vertical era sinónimo de lo que posteriormente denominaría accountability vertical electoral.

O'Donnell (2011) reconoce la existencia de dos tipos de accountability vertical: el electoral y el social. El accountability vertical social, que es un tipo de control social sobre los funcionarios de gobierno ejercido a través de distintas asociaciones de la sociedad civil, es aquel que Yannuzzi menciona como inexistente durante la "modernización conservadora", ya que la concentración del poder en la presidencia produce una despolitización de la sociedad civil e impide la efectiva organización de agrupaciones que limiten el poder del gobierno.

Yannuzzi recuerda que la primera respuesta ante el agotamiento del modelo de desarrollo iniciado en 1945, fue la política económica neoliberal del Proceso. Algunas facciones "politicistas" dentro del Proceso, lideradas por Videla, Viola y también Massera, intentaron constituir un régimen autoritario con elecciones y participación popular limitada, donde solo existiesen opciones electorales que fuesen variantes del mismo proyecto autoritario. Sin embargo, al aplicar sin límites la coerción y careciendo de verdaderas mediaciones institucionales y de cualquier principio de legitimación popular sustantivo, esos proyectos estuvieron condenados al fracaso. En conclusión, el tipo de régimen burocrático-autoritario impidió la generación de los consensos sociales necesarios para legitimar esa transición ya que carecía del principio legitimador de la soberanía popular (Yannuzzi, 1994b: 9; 1994d: 98-100; 1995b: 171-172; 1997: 66-67).

De los cinco autores que Jorge Dotti estudia como cientistas sociales que utilizan conceptos de Carl Schmitt para el análisis del Proceso de Reorganización Nacional y del menemismo, Yannuzzi es la única que forma parte de ambas agendas de investigación (Dotti, 2000: 751-785). Asimismo, Hugo Quiroga (2004) también ha analizado en profundidad muchos de problemas teóricos que Yannuzzi ha tratado en sus libros.

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