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Temas y Debates

versión On-line ISSN 1853-984X

Temas debates (En línea)  no.35 Rosario jun. 2018

 

ARTÍCULOS

La Otra Institucionalización y la vida cotidiana: posibilidades analíticas desde una concepción pragmática

Other institutionalization and everyday life: analytical possibilities from a pragmatic conception

 

Cristian Furfaro

Cristian Furfaro es docente en la Universidad Nacional de La Plata, Argentina. E-mail: cfurfaro@hotmail.com


resumen

El presente artículo tiene por objetivo reflexionar sobre las posibilidades analíticas que la noción de “institucionalización” nos brinda, indagando si es posible abrir nuevas perspectivas que –situándose en una concepción pragmática– nos permitan orientarnos hacia otros usos del concepto de institucionalización. En la primera parte, presentaremos una experiencia que, emergiendo en uno de los casos trabajados en nuestra tesis doctoral en curso, constituyó el disparador desde el cual nos preguntamos y reflexionamos sobre las posibilidades analíticas que nos brinda la noción de “institucionalización”. En la segunda parte, expondremos la noción de institucionalización que elabora O’Donnell (1996) y propondremos su complementación –e interpretación– con los aportes teóricos de Wittgenstein, Giddens y Nun. En la tercera parte, trazaremos algunos puntos de contacto entre el constructo teórico elaborado y la experiencia que obró como disparador, utilizando el caso como ejemplo de referencia. Finalmente, reflexionaremos sobre las potencialidades del análisis propuesto.

palabras clave: Institucionalización; Vida cotidiana; Lenguaje; Pragmática

summary

The objective of this article is to reflect about the analytical possibilities that the notion of “institutionalization” gives us, inquiring if possible to open up new perspectives that –being in a pragmatic conception– allow us to orient ourselves other uses of the concept of institutionalization. In the first part, we will present an experience that, emerging in one of the cases worked in our doctoral thesis in progress, it constituted the shot from which we ask and reflect on the analytical possibilities that gives us the notion of “institutionalization”. In the second part, we will expose the notion of institutionalization made by O'Donnell (1996) and propose its complementation –and interpretation– with the theoretical contributions of Wittgenstein, Giddens and Nun. In the third part, we draw some points of contact between the theoretical construct elaborated and the experience that worked as a shot, using the case as an example of reference. Finally, we'll reflect on the potential of the proposed analysis.

keywords: Institutionalization; Everyday life; Language; Pragmatic


“La primera tarea, las más profunda y urgente, es romper el silencio que rodea a los problemas de la vida cotidiana”
(León Trotsky, Pravda, 17 de agosto de 1923)1

Introducción

El presente artículo se enmarca en el proceso de escritura de la tesis doctoral que hemos titulado “Extensión y ¿Emancipación? Construcción de discursos en procesos de articulación entre programas de extensión universitaria en derecho y organizaciones sociales”, cuyo objetivo es analizar los discursos –como sistemas de prácticas con sentido– que construyen programas de extensión universitaria de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJyS) de la Universidad Nacional de La Plata (Argentina) y organizaciones sociales para intervenir en problemáticas sociales específicas.
En este marco general, el objetivo específico del presente trabajo es reflexionar sobre las posibilidades analíticas que la noción de “institucionalización” nos brinda, indagando respecto si es posible abrir nuevas perspectivas que –situándose en una concepción pragmática– nos permitan orientarnos hacia otros usos del concepto de institucionalización. En la primera parte, presentaremos una experiencia que, emergiendo en uno de los casos trabajados en la tesis doctoral, constituyó el disparador desde el cual nos preguntamos y reflexionamos sobre las posibilidades analíticas que nos brinda la noción de “institucionalización”. En la segunda parte, expondremos la noción de institucionalización que elabora O’Donnell (1996) y propondremos su complementación –e interpretación– con los aportes teóricos de Wittgenstein, Giddens y Nun.2 En la tercera parte, trazaremos algunos puntos de contacto entre el constructo teórico elaborado y la experiencia que obró como disparador, utilizando el caso como ejemplo de referencia. Finalmente, reflexionaremos sobre las potencialidades del análisis propuesto.

El caso como disparador  

Como mencionamos anteriormente, nuestro trabajo de tesis doctoral pretende analizar los sistemas de prácticas con sentido que construyen programas de extensión universitaria de la FCJyS y organizaciones sociales para intervenir en problemáticas sociales específicas. Con esta finalidad seleccionamos tres procesos de articulación que se constituyeron en nuestros casos de estudio: Programa de Niñez, Derechos Humanos y Políticas Públicas – Olla Popular de Plaza San Martín; Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAV) – Movimiento Popular Patria Grande; y, Centro de Atención Jurídica Gratuita para Productores Agropecuarios Familiares (CAJGPAF) – Cooperativa Bartolina Sisa.
En cada uno de los casos analizamos los documentos que construyen los programas y organizaciones –durante los procesos de articulación3– con la finalidad de utilizarlos como herramientas para abordar problemáticas sociales específicas, concretas y territorialmente situadas.4 Mediante estas herramientas se pretende establecer un procedimiento –como un sistema de prácticas– que proteja los derechos establecidos por la normativa vigente, contemplando los posibles obstáculos institucionales y territoriales que se les presentan concretamente a quienes buscan ejercer y/o proteger sus derechos. De esta manera, las herramientas analizadas pretenden complementar, modificar y/o reemplazar –según el caso– el procedimiento que las instituciones estatales establecen en los barrios, promoviendo así la transformación de las pautas de acción.
En el marco general de la situación descripta, se encuentra la experiencia del Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAV) de la FCJyS y el Movimiento Popular Patria Grande, caso que obró como disparador para las reflexiones teóricas expuestas en el presente artículo.5
A mediados del año 2015, una militante de Patria Grande se acerca al CAV movilizada por una situación de violencia sufrida por una mujer que vivía en uno de los barrios donde la organización trabajaba. Inicialmente la organización solicitó al CAV el desarrollo de un espacio formativo para conocer el marco jurídico, las herramientas legales y los recursos disponibles, y pensarlos en el marco de estrategias de intervención ante casos de violencia de género (Fernández Michelli, Segura y Talamonti, 2016).
Considerando la situación ocurrida y el pedido realizado, el CAV y Patria Grande acuerdan desarrollar un taller de dos encuentros que sirviera a la organización como insumo para problematizar sus modalidades de intervención en situaciones de violencia de género. Como resultado del taller, el CAV elabora un documento que titula “Propuesta del CAV para pensar una estrategia de intervención territorial ante situaciones de violencia de género” –en adelante La Propuesta– cuyo objetivo era promover la construcción de una estrategia de intervención en el territorio a partir del recorrido de la organización en el acompañamiento de las víctimas de violencia. Este documento fue llevado por la organización a los territorios donde se trabajaba la problemática, lo que derivó, hacia finales de 2015, en la realización de un nuevo encuentro entre el CAV y Patria Grande que tuvo como objetivo central analizar la puesta en práctica de La Propuesta, debatiéndose sobre las acciones concretas que desarrollaron los equipos de intervención en los territorios.
El documento –de circulación interna en el programa y la organización– se estructuró en cuatro apartados: 1) Identificación de la tarea, 2) Identificación de los derechos en juego, 3) Diagnóstico institucional y comunitario del barrio, y 4) Organización grupal. En estos apartados se busca que la organización se caracterice a si misma, al barrio en el cual trabaja, y que reflexione sobre sus propias definiciones de violencia, considerando los grados diferenciales en que ésta se presenta y las estrategias de abordaje que requiere. Se propone la lectura crítica y el uso estratégico del conjunto normativo, considerando los recursos institucionales y comunitarios disponibles y su “amigabilidad”.6
Uno de los aspectos centrales contemplados en La Propuesta es la construcción de un protocolo de actuación territorialmente situado, una estrategia de difusión y espacios de autocuidado y acompañamiento. El protocolo de actuación, que debe ser elaborado considerando las posibilidades y obstáculos de los diferentes sujetos que habitan y transitan el territorio, tiene por finalidad planificar la intervención de la organización frente a un conjunto de situaciones posibles, requiriendo un trabajo permanente de construcción de criterios comunes y de revisión de prácticas. Asimismo, se prevé el establecimiento de momentos centrales referentes a la recolección de la información, la evaluación de la situación de riesgo, la identificación de acompañantes, el establecimiento de una estrategia de intervención, la identificación de roles, la determinación del final de la intervención, y las estrategias de seguridad y autocuidado.
La Propuesta cuestiona los procedimientos seguidos a partir de las normas establecidas por el derecho positivo vigente, en tanto no responden a las posibilidades reales que brinda el territorio, y propone actuar conforme a reglas que consideran las particularidades del territorio y de las instituciones allí presentes.
A partir de esta experiencia, y del trabajo que venía desarrollando Mala Junta  –colectiva feminista de Patria Grande7– la organización elabora propuestas que lleva a los distintos espacios territoriales donde estaba participando. En la Mesa Barrial de Villa Argüello, por ejemplo, la organización propone a los diferentes actores trabajar la problemática de la violencia considerando las particularidades territoriales y las instituciones y organizaciones que habitaban el barrio –como lo establecía la Propuesta– de manera tal que se pueda construir una respuesta y/o procedimiento contextualizado territorialmente.8 De acuerdo a lo expresado por integrantes de Patria Grande, desde la Mesa Barrial se mostraron interesados en la propuesta, al mismo tiempo que los trabajadores de las instituciones estatales que se encontraban trabajando en el barrio tomarían como referencia al sistema de prácticas formulado y a la organización como referente y colaborador para la resolución concreta de las situaciones de violencia que se presentaran (entrevista a integrantes de Patria Grande,  29 de noviembre de 2016).
De esta manera, el sistema de prácticas construido por el programa de extensión universitaria y la organización social es compartido, “puesto en juego” e “implementado” en un contexto institucional formalizado, específicamente a partir de la decisión de la Mesa Barrial. Esta situación –que obró como disparador de preguntas, reflexiones y construcciones– nos llevó a pensar y repensar la noción de institucionalización, más específicamente, en las posibilidades analíticas de una noción pragmática de institucionalización y en los aspectos de la problemática que esta noción nos permitiría abordar.

Conceptualizando la Institucionalización  

En el texto “Otra Institucionalización” O’Donnell discute con la literatura contemporánea la cuestión de las “nuevas democracias” –o poliarquías, según la elección conceptual del autor– y su pretensa falta de institucionalización. Allí sostiene que el problema radica en la forma en que esa literatura piensa las instituciones, y más precisamente, en cuales son las instituciones cuya presencia nos permitiría hablar de democracia y cuales no. En este esquema de análisis, que fija la línea demarcatoria entre aquellas instituciones cuya presencia nos permitiría hablar de democracia y aquellas que no, la literatura contemporánea deja afuera las llamadas democracias reales o poliarquías que se encuentran institucionalizadas informalmente. Para esta literatura las instituciones de las “nuevas” poliarquías no son, o no funcionan, como las instituciones de las “antiguas” poliarquías, razón por la cual sostiene que muchas de las nuevas poliarquías no consolidadas no están, o están pobremente, institucionalizadas (O’Donnell, 1996: 219-220).
O’Donnell se manifiesta en desacuerdo con esta literatura, y considera que estas otras instituciones, que no son las preferidas o reconocidas por la literatura especializada, también contribuirían con la consolidación democrática (1996). Ante la “insuficiencia” teórica de la propuesta contemporánea, el politólogo argentino considera necesario proponer conceptos alternativos que permitan pensar una línea demarcatoria diferente entre aquellos casos que constituirían democracias y aquellos que no. En este punto, nos resulta particularmente interesante la potencialidad de considerar estas otras instituciones de las nuevas poliarquías, que existiendo en las democracias “no consolidadas”, también contribuirían con su consolidación, abriendo así el juego a la reflexión sobre esas otras instituciones, a la inclusión “teórica” de estas “nuevas” “otras” instituciones en los procesos de consolidación democrática, y principalmente, a otros tipos de análisis.
En este esquema de pensamiento, y con la intencionalidad explicitada, O’Donnell define a la institución como la “pauta regularizada de interacción conocida, practicada y aceptada (si bien no necesariamente aprobada) por actores cuya expectativa es seguir actuando de acuerdo con las reglas sancionadas y sostenidas por ellas” (1996: 224). En razón de ello, las instituciones son naturalizadas por los sujetos, quienes no cuestionan su existencia ni continuidad, llegando a ser complejas organizaciones: “se supone que operan bajo reglas realmente formalizadas y explícitas, y se materializan en edificios, rituales e individuos autorizados a hablar en su nombre” (O’Donnell, 1996: 225). Esta definición de tipo sociológica de institución permite pensarla como sistemas de prácticas rutinizadas que encuentran su fuerza aglutinante en la historia, indican su naturalización tanto de sus normas como de los comportamientos permitidos. La institucionalización constituye así un proceso de generación y cristalización de pautas (Natalucci y Pagliarone, 2013).
De acuerdo a la definición de institución, los sujetos rigen sus comportamientos y expectativas por reglas, en consecuencia, describir el comportamiento de los sujetos y especificar las reglas que los guían, nos permitirá aproximarnos a la racionalidad de los actores. En este sentido, debemos recordar que para la perspectiva pragmática posee una importancia central el análisis de aquellos escenarios donde las reglas informales son ampliamente compartidas y están profundamente arraigadas, en razón que son estas reglas informales las que están profundamente institucionalizadas, y no las reglas formales (O’Donnell, 1996: 232). De esta manera, la conceptualización de aquello que entendemos por reglas es fundamental para construir nuestra noción de institucionalización.
Giddens sostiene que las reglas de la vida social se constituyen “como técnicas o procedimientos generalizables que se aplican a la escenificación / reproducción de prácticas sociales” ([1984] 2003: 57). Las reglas, en tanto criterios de conducta, parten del uso concreto del lenguaje, desde el cual se marcan los límites de una práctica, estableciendo lo que esta incluido/permitido y lo que esta excluido/prohibido. Wittgenstein considera que las reglas “son simplificaciones de prácticas que funcionan como «un indicador de caminos», una dirección en que debo ir, el sentido en el cual debo seguir, pero que, en algunas ocasiones, pueden funcionar también como una cadena cerrada de indicaciones o rayas de tiza que dejan a veces una duda abierta y otras veces no” ([1958] 1999, I: §39). Las reglas se caracterizan por ser aplicadas repetidamente, en un número indefinido de casos (Wittgenstein, 1968: 131).
En las interacciones que se estructuran por reglas informales, la mayor parte del saber que los sujetos ponen en juego es de carácter práctico, constituyendo un saber que es inherente a la capacidad de los sujetos de “ser con” en las rutinas de la vida social. En este sentido, debe destacarse que este saber de carácter práctico que poseen los sujetos sobre las reglas, no permitiría especificar y enfrentar todas las situaciones con las se puede encontrar un sujeto, sino que “solo” le proporcionaría la aptitud generalizada para responder a un espectro indeterminado de circunstancias. Ello se debe a que los sujetos poseen un doble registro, por un lado, el registro del fluir de sus actividades –y las expectativas de que otros hagan lo mismo–, y, por otro lado, el registro de los aspectos sociales y físicos de los contextos en los cuales los sujetos se mueven (Giddens, [1984] 2003).
En este punto, se torna esencial referirnos a la noción de convencionalidad de las prácticas sociales, para dilucidar que significaría y como se logra un “acuerdo” sobre las prácticas sociales comunes. Desde la perspectiva pragmática, los sujetos tienen un conocimiento práctico que les permite actuar a partir de la idea de saber como “ser con”, de este modo, las pautas regularizadas de interacción conocida, practicada y aceptada suponen una convencionalidad –tácita, implícita– que se produciría como resultado de la interacción continuada y sostenida de los sujetos, y no como parte de acuerdos deliberados. Esta convencionalidad implícita en el uso, sería el resultado del paso del tiempo, de los múltiples contextos en que fueron desarrolladas las prácticas y de los múltiples usos que se hicieron de ellas.
El paso del tiempo, y la consiguiente modificación de las prácticas sociales, nos permite pensar que la convencionalidad se conforma mediante acuerdos implícitos –que denominamos convenciones– pero también por acuerdos explícitos, que llamaremos meramente acuerdos. La enunciación de una regla en un momento determinado y específico supone una instancia de uso que se conforma a partir de convenciones –acuerdos implícitos– pero también de acuerdos explícitos, anteriores –que en el ahora se significan como tradiciones, y posiblemente como convenciones– y actuales, construyendo así significados acumulados. El sentido de una regla se relaciona así al uso actual, pero también con los significados establecidos por convenciones y/o acuerdos anteriores.
Esta “adaptación” de la noción de convencionalidad nos permite pensar en aquellas situaciones en las cuales una regla, que no necesita ser explicitada para los habitantes de un territorio, debe ser acordada explícitamente con quienes trabajan o transitan un territorio, en tanto estos sujetos suelen “encontrarse” con prácticas que les resultan difíciles de comprender, pero que, en el contexto en que se desarrollan, transitan los carriles de la “normalidad”.
La idea de la convencionalidad implícita en el uso le ha valido a Wittgenstein el mote de conservador, ello en tanto este respeto y cumplimiento de pautas de acción comunes, donde el sujeto debe aprehender a “ser con”, se constituiría en un círculo “cerrado” que no permitiría el cambio (Muñoz, 2004). Sin embargo, debemos recordar que para el filósofo austríaco “un significado de una palabra es una forma de utilizarla. Porque es lo que aprendemos cuando la palabra se incorpora a nuestro lenguaje por primera vez. Por ello existe una correspondencia entre los conceptos de «significado» y de «regla». Si imaginamos los hechos distintos de cómo son, ciertos juegos de lenguaje pierden su importancia mientras que otros se convierten en importantes. Así se transforma, poco a poco, el uso de los términos de un lenguaje. Cuando cambian los juegos de lenguaje cambian los conceptos y, con estos, los significados de las palabras” (Wittgenstein 1969: § 61-65).
De esta manera, Wittgenstein explicita que el respeto y cumplimiento de pautas de acción comunes no supone necesariamente que las prácticas sociales no puedan cambiar, no supone que un sujeto no pueda promover/producir, a partir de pequeñas modificaciones en los usos del lenguaje y en sus acciones, procesos de cambio de las pautas de acción comunes.
En el mismo sentido, profundiza –y nos aclara esta idea– Giacaglia:
“El uso implica los deslizamientos de sentido y las ambigüedades propias del comportamiento humano. El lenguaje ordinario es abierto y dinámico, en él no es posible definir sino sólo encontrar algunos parecidos de familia. Las semejanzas o parecidos de familia no se estructuran como esencias fijas compartidas por los individuos o las cosas semejantes. Hay rasgos similares pero no son lo mismo, y en la repetición es donde aparece la huella de la diferencia. Son semejantes y, por eso mismo, diferentes. Ningún límite es definitivo, permanentemente surgen nuevos juegos mientras otros se sedimentan y el hombre los comprende y usa dentro de las formas de vida en las que está inserto. Por tanto la certeza es siempre subjetiva y los acuerdos mera conjetura” (2004: 129). 
Los usos del discurso, suponen procesos de apropiación por parte de los sujetos, procesos en los cuales se produce la “actualización” del discurso, dando forma así al efecto de la performatividad del discurso. Es el uso concreto del lenguaje que hacen los sujetos el espacio donde se gesta la posibilidad del cambio, en tanto esos “nuevos usos”, esas nuevas acciones –que muchas veces significan pequeñas transformaciones y/o modificaciones de pequeñas prácticas– son incluidos y/o aceptados implícita o explícitamente por el resto de los sujetos. La enunciación o formulación de una regla es una interpretación de ella, que altera en sí y por sí la forma de su aplicación, dando lugar a su “reconstrucción”.
En este sentido, y pensando en la noción de “aplicación de una regla”, es interesante lo planteado por Ernesto Laclau, quien –desde una perspectiva teórica diferente a la de Wittgenstein, y la mayoría de los autores citados– se manifiesta en un sentido similar a lo anteriormente explicitado. Laclau sostiene que la idea de “aplicar una regla” presupondría una rígida división entre la regla como tal y la instancia de su aplicación, por lo cual, en realidad, la regla no sería aplicada, sino que es construida y reconstruida. “Entre una regla abstracta y la instancia de su uso en un contexto particular no hay una relación de aplicación sino de articulación” ([1990] 2000: 218); la regla es constantemente construida y reconstruida.  
Esta aplicación/reconstrucción de la regla puede ser producto de “procesos de filtrado de información selectivos”, en los cuales actores estratégicamente situados buscan regular reflexivamente las condiciones generales de una acción, sea para mantener las cosas tal como son, sea para cambiarlas (Giddens, [1984] 2003). En el curso de la interacción, los sujetos utilizan y reproducen los recursos que poseen para ejercer distintas formas de poder. El poder, en sistemas sociales que disfrutan de cierta continuidad en tiempo y espacio, presupone relaciones regularizadas de autonomía y dependencia entre actores y/o colectividades en contextos de interacción social. De esta manera, las formas de dependencia ofrecen recursos a los sujetos para influir sobre las actividades de otros sujetos, lo que sumado a los “procesos de filtrado de información selectivo”, puede producir cambios, transformaciones y rupturas.
En esta situación, los juegos de lenguaje “normales” pueden dejar de serlo, y perder vigencia al cambiar de modo fundamental las “circunstancias corrientes” en que ocurren. Esto sucede porque un juego de lenguaje “es el conjunto que consiste en el lenguaje y en las acciones a que se vincula" (Nun, 1986: 8). Esta noción de juego de lenguaje posee un “parecido de familia” con el modo en que Laclau conceptualiza el discurso: “El conjunto de las reglas, más las acciones que las implementan/distorsionan/subvierten es lo que nosotros llamamos discurso” (2003: 284). Laclau reconoce explícitamente los puntos de contacto con Wittgenstein: “Nuestra noción de discurso –cercana a los juegos del lenguaje de Wittgenstein– implica la articulación de las palabras y las acciones, de manera que la función de fijación nodal nunca es una mera operación verbal, sino que está inserta en prácticas materiales que pueden adquirir fijeza institucional” (2005: 138).
El lenguaje, en tanto articulador de palabras y acciones, se constituye en un instrumento de poder y de lucha, mediante el cual se disputa la forma en que son nombradas las prácticas y, en consecuencia, lo que esas prácticas incluyen y excluyen. En consecuencia, la lucha contra la dominación debe librarse en el interior de las formas discursivas prevalecientes (Nun, 1986). Los distintos colectivos sociales irrumpen en la disputa sobre las formas discursivas prevalecientes a partir de su presencia en el lenguaje cotidiano y las formas de la vida cotidiana, espacios donde emerge “lo político” y desde los cuales pueden dar la disputa en el magma de lo público.9
La convencionalidad basada en el saber práctico de la vida cotidiana “no excluye que existan «suburbios» diferenciados del lenguaje, discursos especializados que nunca abandonan del todo el lenguaje ordinario, aunque tiendan continuamente a estructurar «regiones» o «estratos» de un particular «estilo lógico», con «juegos de lenguaje» que les son propios, tan convencionales y eliminadores de dudas como cualesquiera otros”. Los discursos especializados, para ser eficaces, deben partir obligadamente del lenguaje ordinario para volver luego a él, procurando cambiar las reglas de sus juegos e incluir en ellos nuevos temas: sólo así pueden aspirar a redefinir los campos de relevancias de los razonamientos de sentido común, agregando intereses particulares diversos y potenciándolos con elementos expresivos, afectivos, etcétera (Nun, 1986: 9-12). En este punto, toma importancia la cuestión de la traducibilidad, la idea de que lo dicho en una región del lenguaje puede ser comunicado a otra e incorporado por ésta. “Wittgenstein no aborda el asunto en forma directa; pero inspirándose en él, Gintis desarrolla la idea de «mediación orgánica y auténtica» entre tipos diversos de discurso y anota: «Entiendo por autenticidad en la transición de una forma de discurso a otra que es aplicable a una esfera diferente de la vida social, una transición que preserva las relaciones subyacentes expresadas en el original al tiempo que vuelve relevante el discurso para la situación social de la nueva esfera»” (Nun, 1986: 9).
En este sentido nos preguntamos: ¿Cuál es la relación que tejemos entre el lenguaje cotidiano y el lenguaje técnico? ¿Qué lugar le damos a cada uno de ellos? Y más específicamente, si la práctica cotidiana es institucionalizada, ¿qué lugar ocupa el lenguaje técnico?, ¿y el lenguaje cotidiano?
Si consideramos que “tanto los juegos de lenguaje como las piezas que estos movilizan no son neutros respecto a las prácticas sociales a que están ligados sino que contribuyen a constituirlas y a regular sus condiciones de variabilidad” (Nun, [1984] 2015: 80), podemos entender que para Nun el mundo de la vida cotidiana de los oprimidos no es el mero espacio de la reproducción sino que se halla atravesado por múltiples puntos de ruptura con el orden dominante y estos puntos –contradictorios y parciales– hacen a la lógica íntima y permanente de la lucha social ([1984] 2015: 82). De esta manera –como manifiesta Nun– es una decisión estratégica la recuperación de la práctica cotidiana para entenderla y potenciarla, y a partir de allí, analizar si esas prácticas cotidianas poseen la potencialidad de constituirse en constructoras de nuevas institucionalidades.

Algunas posibilidades analíticas

Nuestra noción de Institucionalización tiene como punto de partida el concepto de institución elaborado por O’Donnell, el cual es construido a partir de las especificidades indicadas respecto a la conceptualización de las reglas, la convencionalidad y la aplicación/reconstrucción de las reglas. El aspecto central de la noción es, sin embargo, su intención analítica: pretende el análisis y la reflexión de esas otras instituciones, aquellas instituciones que exceden –o que no están incluidas en– la concepción tradicional de institución y que se encuentran por fuera de sus alcances analíticos.
En el presente apartado, ejemplificaremos algunas posibilidades analíticas que la noción de Institucionalización construida y los elementos individualizados nos permiten realizar, utilizando como referencia ejemplificativa el caso presentado como disparador. De esta manera, reflexionaremos sobre las reglas, el saber práctico y el contexto, las convenciones y los acuerdos, el lenguaje técnico y el lenguaje cotidiano, las interpretaciones y el poder, estableciendo puntos de contacto entre la teoría y la experiencia del CAV / Patria Grande oportunamente presentada.
En el esquema de La Propuesta descripto en las primeras páginas, puede observarse la construcción de un sistema de prácticas que establece pautas amplias de acción, reglas, fijándose como prioridad la caracterización de la problemática y del contexto donde ocurre. En este sentido, los primeros tres apartados proponen identificar la tarea, los derechos en juego y elaborar un diagnóstico institucional y comunitario del barrio. Conocer los comportamientos y las expectativas de los sujetos, permite entender su racionalidad y, a partir de allí, pensar en las posibilidades que el territorio y la cotidianeidad del barrio ofrecen para construir respuestas posibles ante una situación de violencia de género. Un ejemplo de ello, es el protocolo de actuación, que se construye en forma posterior a la realización de los diagnósticos institucionales, comunitarios y de la organización, los que nos permitirán conocer cuáles son las reglas que rigen el comportamiento de los sujetos, y más específicamente, cuáles son las reglas informales que se encuentran institucionalizadas. De este modo, se intenta comprender acerca de los saberes prácticos que los sujetos ponen en juego en el fluir de sus actividades, en pos de la protección de los derechos de las víctimas de violencia. El saber práctico del sujeto supone el registro reflexivo de sus acciones y del contexto en que esas acciones se desarrollan. En la experiencia seleccionada, la propuesta de intervención territorial no dice concretamente cómo actuar –eso lo hará el protocolo de actuación elaborado en cada uno de los territorios– sino que establece el marco de acción y los aspectos que los sujetos deben tener en cuenta a la hora de actuar. Contrariamente, en el pensamiento jurídico tradicional, “entender” el mundo jurídico supone un registro reflexivo de la acción del sujeto que no incluye el escenario de la interacción, en tanto para el Derecho el escenario no tiene incidencia en su aplicación, ya que el Derecho debe abordarse y aplicarse de igual manera en todas las situaciones.
En lo que respecta a la convencionalidad, la existencia de sujetos con diferente grado de vinculación con el territorio –el programa, la organización, las instituciones del Estado, los habitantes del barrio– nos obligaron a pensar en aquello que anteriormente denominamos la “adaptación” de la noción de convencionalidad, adaptación que nos permitía reflexionar sobre aquellas situaciones en las cuales una regla, que no necesita ser explicitada para los habitantes de un territorio, debe ser acordada explícitamente con quienes trabajan o transitan el territorio. De esta manera, en el caso disparador toma protagonismo la idea de acuerdo –en tanto convencionalidad explícita o explicitada– en desmedro de esa convencionalidad tácita que surgiría espontáneamente del solo actuar de los sujetos. Sin embargo, debemos contextualizar esta primera aproximación. En tanto la propuesta de intervención se compone de reglas que incorporan el saber práctico y contextualizado de los sujetos, al participar del proceso de construcción de la estrategia, la convencionalidad explícita, el acuerdo, es requerido respecto a los sujetos que no habitan el territorio, los sujetos que trabajan en el territorio, aquellos sujetos que su modo de actuación es –por lo menos en un primer momento– ajeno al contexto territorial. Un ejemplo de ello, puede encontrarse en la situación referida anteriormente respecto a la Mesa Barrial de Villa Argüello, donde fue necesario el acuerdo explícito entre todos los sujetos que conforman la Mesa respecto a la utilidad de la propuesta de intervención (entrevista a integrantes de Patria Grande,  29 de noviembre de 2016). Este acuerdo explícito fue necesario porque ese modo de actuar no era conocido o no estaba legitimado por otros sujetos –los trabajadores de las instituciones estatales– que trabajaban en el territorio y que guiaban sus acciones por las reglas establecidas en los procedimientos legales –sean administrativos o judiciales– que fija el Estado –establecidos para la generalidad de los territorios– o que, a partir de la falta de procedimientos estatales formales, aplican los propios sujetos a partir de una legalidad de sentido común –su propio sentido común– que no distingue sujetos ni territorios.
En este sentido, se tornó –y torna– necesario establecer acuerdos explícitos entre los sujetos territoriales que habitan y viven el territorio, y los sujetos que trabajan en el territorio. La propuesta de intervención, que es la base de constitución del sistema de prácticas que será asumido por la Mesa Barrial, requirió explicitar aquellas pautas de acción que siendo cotidianamente desarrolladas en el territorio no eran contempladas en el accionar de las instituciones estatales que abordan la problemática. De esta manera, el acuerdo podría considerarse tácito para los sujetos territoriales –porque actúan como saben, saben como “ser con”– pero debe ser explícito respecto a los sujetos estatales que rigen su accionar –generalmente– por las reglas jurídicas formales.
En lo que respecta a las posibles vinculaciones entre el lenguaje técnico y el lenguaje cotidiano, identificamos en la propuesta un punto de partida wittgensteniano, en tanto se pone el acento en el carácter social y práctico de los criterios de uso de las palabras, su significado es su uso en el lenguaje cotidiano. En el caso disparador, la identificación de los derechos en juego se elabora pensando una definición operativa de violencia de género que tiene su anclaje en el territorio, en la forma en que sucede en el territorio, sin perder de vista las situaciones que la ley protege. El lenguaje técnico y el lenguaje cotidiano conviven en el transcurso de la vida en el barrio, el lenguaje técnico busca adaptarse e incorporar al lenguaje cotidiano, al tiempo, que es traducido e interpretado de acuerdo al contexto territorial. En este punto, se torna observable la idea de que la semántica de una palabra no es separable del modo en que ésta ocurre en un juego de lenguaje determinado. Un juego de lenguaje es “normal” en tanto se corresponde con el contexto de uso y contempla las condiciones donde las acciones se desarrollan. La propuesta intenta darle prioridad al lenguaje de la vida cotidiana a partir de las condiciones que la territorialidad impone. Al momento de construir una definición operativa de violencia de género, los militantes de Patria Grande ponen en consideración algunas situaciones que enmarcan la problemática en el contexto concreto: “las mujeres participan en distintos espacios –asambleas, talleres– hasta que aparecen los maridos, y ellas dicen que se tienen que ir a cocinar”, “los vecinos toman como interlocutores válidos solo a los compañeros varones, deslegitimando a las militantes mujeres” (extractos del documento “Construcción colectiva de la definición operativa de Violencia de Género”). De esta manera, la definición operativa de violencia de género deberá considerar los espacios que habitan las mujeres, las reacciones ante la aparición de sus maridos y quienes son señalados entre los militantes como interlocutores válidos; hablar de violencia en el barrio –en principio para los militantes y las mujeres– incluirá todas estas situaciones, y las respuestas posibles deberán considerarlas. Son los sujetos interesados, y los nuevos sujetos especializados, quienes proponen un cambio / modificación / transformación en los lenguajes y sus usos, para regular reflexivamente las acciones desarrolladas, la forma en que aplican los recursos y las consecuencias que ello tiene sobre la vida de los sujetos.

Algunas reflexiones a modo de conclusión

El objetivo del presente artículo es reflexionar sobre las posibilidades analíticas que la noción de “otra institucionalización” nos permite explorar, objetivo que nos obliga a preguntarnos si es posible construir nuevas perspectivas que –situándose en una concepción pragmática– nos permitan trabajar sobre y desde otros usos de la noción de institucionalización.
En este sentido, y con la finalidad indicada, hemos utilizado el caso de la articulación entre el CAV y Patria Grande sólo como disparador y como referencia ejemplificativa para hipotetizar e ilustrar respecto a las potencialidades analíticas de la noción trabajada, aun cuando por tratarse de una experiencia muy reciente sólo es posible pensar en ella como un proceso de institucionalización y/o transformación de pautas de acción en sentido potencial. No es el objetivo de este artículo “comprobar” si la experiencia en cuestión logra la transformación de pautas de acción o la institucionalización de las prácticas promovidas.
En el caso seleccionado, los sujetos involucrados –los programas de extensión, las organizaciones sociales y los sujetos que habitaban el territorio– construyen un procedimiento de actuación que pretende lograr un acuerdo territorial sobre cuáles son las pautas de acción posibles para enfrentar una situación de violencia de género en un contexto concreto. Desde el caso como referencia, nos propusimos pensar cuáles deberían ser los elementos o aspectos que sería necesario incluir y/o abordar para construir una noción de institucionalización cuya centralidad se conforma a partir de las reglas informales, y no de las reglas formales.
El objetivo que nos proponemos es posible, en tanto nuestro punto de partida se construye desde una posición epistemológica que toma como guía la Sociología de las Emergencias de Sousa Santos. Este enfoque propone amplificar los rasgos de las luchas y elaborarlos de manera tal que se torne visible y creíble el potencial de –en nuestro caso– “incipientes” discursos jurídicos contrahegemónicos. “La extensión simbólica realizada por la sociología de las emergencias se dirige a analizar las tendencias o posibilidades inscritas en una determinada práctica, experiencia o forma de conocimiento […] Este enfoque nos permite identificar cualidades y entidades emergentes en un momento y en un contexto en el cual pueden ser fácilmente rechazadas como si no tuvieran ninguna cualidad de existencia futura, como si fueran insignificantes o, efectivamente, como si estuvieran orientadas al pasado” (Sousa Santos, 2009: 574). El caso en cuestión es una experiencia en la cual se busca institucionalizar formalmente lo que está informalmente institucionalizado para los habitantes del barrio, pero que por ahora sólo constituye un intento, una potencialidad.
La riqueza de la Sociología de las Emergencias radica en que interpreta de manera expansiva las iniciativas, movimientos u organizaciones que, resistiendo la exclusión social, construyen y ofrecen alternativas, constituyéndose así en una sociología jurídica de la esperanza. Esta manera expansiva, que es utilizada para pensar las potencialidades del caso, es la misma que proponemos para pensar la Institucionalización –y que creemos compatible con la perspectiva de O’Donnell– ello en tanto se incluye a las reglas informales que son muchas veces las que se encuentran institucionalizadas en lugar de las reglas formales. La Sociología de las Emergencias nos permite ver el caso desde la lupa potenciadora de una nueva idea de institucionalización, que se ocupa de las otras reglas, de las reglas informales, para analizar esas otras institucionalizaciones que todavía no son, pero pueden ser. El presente artículo propone un ejercicio de suma abstracción, que creemos contribuye con la construcción de una noción de institucionalización que permite comprender cuales son las reglas que efectivamente dominan la racionalidad y el campo de acción de los sujetos. Este es nuestro punto de partida.
Formuladas estas aclaraciones y entendiendo que, sin estar de acuerdo necesariamente, el lector comprende nuestro punto de partida, consideramos que el presente trabajo puede constituirse en un disparador para abordajes más profundos que permitan construir respuestas para algunas de las preguntas que sobrevuelan estas pocas páginas. ¿Es posible pensar una Otra Institucionalización? ¿Cómo funcionaría? ¿Qué elementos comprendería? ¿Cuál sería el lugar de la vida cotidiana en esta Otra Institucionalización? En estas pocas páginas solo hemos enumerado algunos lugares hacia donde mirar.
El concepto de Institución propuesto por O´Donnell podría ser adjetivado a simple vista como un concepto neutro, avalorativo. Sin embargo, la carga que adiciona el pronombre Otra a la idea de Institucionalización, y el uso del concepto de institución en esa otra idea de Institucionalización, modifican radicalmente esta primera impresión y nos obliga a focalizarnos en la intención analítica con la cual la noción de “Otra Institucionalización” es abordada y reconstruida.
Esa intención analítica pretende visibilizar las pautas regularizadas de interacción que siendo conocidas, practicadas y aceptadas tienen la potencialidad de “materializa(rse) en edificios, rituales e individuos” (O’Donnell, 1996: 225), pero que no son las reglas formales, las “legales”, sino las reglas informales, aquellas que son negadas, invisibilizadas, oprimidas, declaradas “ilegales”, “no legales” o “por fuera de la ley”, y que son consideradas –generalmente– propias de los sectores vulnerables, y los contextos en los cuales ellos habitan.
En este sentido, la Otra Institucionalización nos permite analizar una propuesta desde la cual se piensa posible la participación de los sectores más vulnerables en la construcción de las normas y procedimientos a través de los cuales se abordarán territorialmente las problemáticas que el Derecho, generalmente, regula abstracta y descontextualizadamente. Al mismo tiempo, nos permite visibilizar esas experiencias y sus puntos de transformación como algo posible, como algo necesario, como algo “nuevo” frente a aquellas cuestiones que, creemos, deben ser transformadas. Y en este sentido, y con la idea de poder ver la potencialidad de experiencias que no son pero serán, creemos que es muy valioso pensar en la Otra Institucionalización, en la resignificación del concepto de Institucionalización, para ver qué hacen las organizaciones sociales, los programas de extensión y los habitantes de los territorios en esos otros lugares, aquellos que no son los imaginados por quienes crean y aplican las leyes.
En el análisis propuesto, las categorías wittgenstenianas son “como metáforas en tanto conceptos sensibilizadores, que no indican qué ver sino hacia dónde mirar: y, por eso mismo, se abren hacia tratamientos que les puedan ir dando contenidos específicos en contextos particulares” (Nun, 1986: 9). Esta idea de llave, es también el valor de la Otra Institucionalización, en tanto establece hacia dónde mirar, hacia dónde buscar y cómo analizar esos otros tipos de institucionalidades. La incorporación de las prácticas sociales de rutina parte de una visión del último Wittgenstein, que pensaba que hasta las relaciones semióticas más complicadas tienen su raíz en las propiedades semánticas que son generadas por las propiedades de actividades diarias gobernadas según reglas.
Tenemos la hipótesis de que los programas de extensión universitaria y las organizaciones sociales se constituyen –en los casos seleccionados– como intermediarios entre el mundo del lenguaje técnico jurídico y el mundo jurídico de la vida cotidiana de los sujetos que habitan y transitan los territorios, construyendo así un sistema de prácticas que está abierto a ambos mundos, y que, potencialmente, cobra sentido en ambos mundos. De esta manera, coincidimos con Giddens y su idea de que la estructura jurídica no existe como una abstracción sino como una presencia espacio-temporal en sus actualizaciones en esas prácticas y como huellas mnémicas que orientan la conducta de agentes humanos entendidos ([1984] 2003).
En consecuencia, lo social –y por ende lo jurídico– no se estructura en forma transparente, sino que, por el contrario, la opacidad lo cubre todo. Nun sostiene que no hubo ni habrá transparencia y que sólo importa tomar conciencia de los modos variables en que se estructura la opacidad de lo social. Considera que las teorías sociales, las ideologías políticas y los razonamientos de sentido común producen interpretaciones de la realidad que se interrelacionan pero que son lógicamente distintas –e incompatibles– y tienden a estar referidas a problemas y a criterios no directamente conmensurables. Sin embargo, son comparables, lo que abre la perspectiva de idear “transiciones auténticas” que hagan posible la traducción y la comunicación, permitiendo que las opciones se fundan en la deliberación democrática, quedando excluida de antemano la comparación literal, aunque se hable la misma lengua. El significado de una expresión nunca es disociable de su uso en contextos determinados (Nun, 1986).
Las diversas formas de institucionalización de la política han coincidido en una desvalorización sistemática de los componentes de sentido común de la voluntad popular. Al mismo tiempo, la falta de información y el posible escaso interés por la política del ciudadano medio son esgrimidos como justificación de los propios mecanismos que en gran medida los provocan (Nun, 1986). Todo ello es considerado como prueba de la inviabilidad de una democracia genuinamente participatoria; nosotros, sin embargo, nos permitimos diferir. En sociedades tan complejas y diferenciadas como las actuales, los diferentes tipos de democracia deben combinar necesariamente modos de participación directa y formas representativas a todos los niveles; la libertad debe ser organizada con grandes dosis de realismo, en caso contrario, se vuelve inalcanzable. Nun considera necesario repensar las relaciones entre las teorías sociales, las ideologías políticas y el sentido común popular en pos de una búsqueda de alternativas institucionales que, al darles una materialidad respetuosa de su autonomía relativa, faciliten “transiciones auténticas” que permitan su comunicación y su confrontación.
“La política, como el amor, se construye siempre sobre una idea; y hablo aquí de revisar esa idea de la racionalidad única que ha venido gobernando los discursos dominantes de la democracia liberal y de la democracia socialista. Para empezar, no es poco; aunque, desde luego, no basta. La creación (o la potenciación) de aquellas alternativas institucionales es una de las mayores tareas de una participación democrática cimentada en una lógica de las diferencias; pero no resulta posible imaginarla en abstracto pues sólo puede adquirir sentido en el interior de la trama particular de relaciones de sociedades históricamente determinadas. Hay algo de circular en este argumento; y es inevitable que así sea desde que se trata de la transformación de prácticas que hoy tienden a constituir otros significados. Creo, sin embargo, que el problema no es el círculo mismo sino la manera en que se ingresa a él porque de ella depende la salida. Por eso la única aspiración de este epílogo es abrirse ahora hacia entradas concretas” (Nun, 1986: 15).
Nuestra objetivo en este artículo es promover y contribuir con la ampliación del espectro terminológico de la noción de institucionalización, de modo tal que visibilicemos estos sistemas de prácticas alternativas como procesos de modificación y/o transformación de pautas de acción que buscan su institucionalización. 
La institucionalización de un sistema de prácticas que contempla los objetivos fijados por la ley, pero también los recursos institucionales existentes y las particularidades territoriales, promueve “sortear” la abstracción característica de la normativa legal. En este sentido, es posible considerar que los sujetos pretenden transformar las pautas de acción que orientan el abordaje de las problemáticas sociales específicas en el contexto territorial en el cual habitan y/o trabajan, creando alternativas institucionales que amplían el espectro de la participación democrática. En razón de ello, nos situamos junto a quienes sostienen que las organizaciones sociales son “un espacio de experimentación democrática, cuya potencialidad no se reduce a cuestionar el orden social vigente sino también a la posibilidad de crear nuevas institucionalidades” (Natalucci y Pagliarone, 2013: 77), habilitando la creación de pautas de acción que permitan el trastocamiento de las vigentes (Natalucci y Pagliorone, 2013: 80).
La vida cotidiana de los sectores vulnerables, de los oprimidos, tiene la potencialidad de constituirse como un punto de ruptura y emergencia de nuevas institucionalidades desde las cuales se construyan respuestas para los problemas que afectan sus condiciones materiales y simbólicas de existencia. Si perdemos ese horizonte, nada nos queda por hacer.

Referencias

1 Reproducido en Trotsky (1978: 157).

2 Inicialmente –durante el proceso de elaboración de la idea que pretendemos desarrollar en el presente artículo– tuvimos muchas dudas respecto a la coherencia que podríamos darle a un texto que propone articular los aportes de Wittgenstein, O´Donnell y Nun, considerando que estos autores se ubican en diferentes niveles epistemológicos. Sin embargo, luego comprendimos que estas diferencias presentaban más ventajas que desventajas a la hora de articular sus aportes, ello en tanto sus diferentes intenciones a la hora de construir teoría, nos permitieron –y permiten– amalgamar sus constructos, hacerlos dialogar, complementarlos en pos de reflexionar sobre las posibilidades analíticas que la noción de institucionalización nos brinda y la posibilidad de abrir nuevas perspectivas que –situándose en una concepción pragmática– nos permitan construir otros usos del concepto de institucionalización.  

3 La noción de articulación es utilizada aquí en referencia a los procesos o vínculos de articulación entre programas de extensión y organizaciones sociales. En este sentido, se alude al vínculo que conforman la organización y el programa para trabajar sobre una problemática concreta, y que, de acuerdo al lenguaje nativo, suele denominarse “la articulación”.

4 En el caso del Programa de Niñez y la Olla analizamos los tres protocolos de actuación que han sido publicados en el año 2015 por la FCJyS bajo el titulo “Niñez y Derechos Humanos. Herramientas para un abordaje integral”. En el caso del CAJGPAF y la Cooperativa Bartolina Sisa analizamos el anteproyecto de ordenanza que promovió la Declaración de Interés Público Municipal –Resolución Nº 689/16 del Concejo Deliberante de San Vicente– de la actividad productiva de Agricultura Familiar que realiza la Cooperativa. Por último, en el caso del CAV y Patria Grande analizamos el documento de circulación interna titulado “Propuesta del CAV para pensar una estrategia de intervención territorial ante situaciones de violencia de género”.

5 Las referencias ejemplificativas incluidas en el presente artículo emergen a partir de la lectura del documento “Propuesta del CAV para pensar una estrategia de intervención territorial ante situaciones de violencia de género” y se complementan con referencias al documento de circulación interna titulado “Construcción colectiva de la definición operativa de Violencia de Género” –fruto del registro del primer taller del CAV con Patria Grande del día 12 de agosto de 2015– y conversaciones extraídas de tres entrevistas realizadas a integrantes del CAV (5 de mayo, 14 de junio y 13 de diciembre de 2016) y dos entrevistas realizadas a integrantes de Patria Grande (29 de noviembre y 15 de diciembre de 2016).    

6 La “amigabilidad” de un recurso supone la mayor disposición que muestra una determinada institución o dependencia estatal para atender a quienes solicitan ayuda.

7 En ese momento –segundo semestre de 2016– Mala Junta se encontraba desarrollando un protocolo nacional interno para Patria Grande y protocolos provinciales y municipales para abordar la problemática en forma territorial hacia el exterior de la organización.

8 Villa Argüello es un barrio de la localidad de Berisso, partido de Berisso, parte del llamado Gran La Plata. La Mesa Barrial de Villa Argüello emerge a partir de la propuesta que realiza el Centro Regional de Extensión Universitaria de la UNLP en Berisso a los diferentes actores territoriales, con la finalidad de conformar un espacio donde puedan discutirse las problemáticas que ocurren en el barrio.

9 Arditi sostiene que la distinción entre el adjetivo político y el sustantivo política es conceptual. La «política» tiene su propio espacio o locus público, constituido por el terreno de intercambios entre partidos políticos, de actividades legislativas y gubernamentales de elecciones y representación territorial y, en general, del tipo de actividades, prácticas y procedimientos que se desarrollan en el entramado institucional del sistema o régimen político. Lo «político» es un tipo de relacionamiento que se puede desarrollar en cualquier espacio, independientemente de si permanece o no dentro del terreno institucional de la «política». Incluye la política pero la rebasa, es, el movimiento vivo, el magma de voluntades contrapuestas (1995: 342-349).

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Recibido: 20/12/2017.
Aceptado: 31/12/2017.

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