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Temas y Debates

versión On-line ISSN 1853-984X

Temas debates (En línea)  no.40 supl.1 Rosario dic. 2020

 

ARTÍCULOS

Seguridad y violencia institucional en el contexto de la pandemia por Covid-19

Security and Police Violence in the Context of the Covid-19 Pandemic

 

Juan Cruz Simonetta

Juan Cruz Simonetta es adscripto en la Escuela de Ciencia Política, Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, Universidad Nacional de Rosario, Argentina. E-mail: juancruzsimonetta@gmail.com


resumen

El presente artículo tiene por objeto abordar la situación securitaria y la violencia institucional ejercida por parte de las fuerzas de seguridad en la Argentina, en el contexto de pandemia por Covid-19, con la puesta en práctica del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio por parte del Gobierno Nacional. Se considera que, si bien se generaron condiciones favorables para el incremento de las situaciones de violencia, son prácticas y rutinas cotidianas de las fuerzas de seguridad, y constituyen una deuda pendiente de la democracia.

palabras clave: Violencia institucional; Covid-19; Argentina

summary

The purpose of this article is to address the security situation and police violence exerted by the security forces in Argentina in the context of the Covid-19 pandemic with the implementation of Social, Preventive and Mandatory Isolation by the National Government. It is considered that notwithstanding favorable conditions were generated for the increase in situations of violence, they are daily practices and routines of the security forces, constituting a pending debt of democracy.

keywords: Police violence; Covid-19; Argentina


1-Introducción

En diciembre del año 2019, la Comisión Municipal de Salud de la ciudad de Wuhan (Provincia de Hubei, República Popular China) notificó un conglomerado de casos de neumonía, que luego fueron identificados como una nueva cepa de coronavirus, denominado SARS-CoV-2. El 11 de marzo de 2020, con la propagación del Covid-19 al resto de las regiones del mundo, la Organización Mundial de la Salud caracterizó la situación como pandemia.1 En Argentina, el primer caso confirmado fue el 3 de marzo2 y, a los pocos días, el 7 de marzo, fue anunciada la primera muerte relacionada al virus.3
El Presidente Alberto Fernández decretó lo que informalmente se llamó la cuarentena en todo el territorio nacional a partir del 20 de marzo. Mediante la puesta en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 297/2020, se estableció la medida del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) para todas las personas que habitaban el país o se encontraban de manera temporaria, por un lapso de once (11) días, con la opción de prorrogar dicho plazo en caso de considerarse necesario, de acuerdo con la situación epidemiológica del país. Durante su vigencia, las personas debían permanecer en la residencia en la que se encontraban a las 00:00hs del día 20 de marzo, abstenerse de concurrir a los lugares de trabajo y se prohibió el desplazamiento por rutas, vías y espacios públicos, con excepción de aquellos movimientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. Por su parte, quedaron exceptuados servicios y actividades declarados esenciales en la emergencia.
Es menester destacar que se facultó al Ministerio de Seguridad de la Nación y a sus pares provinciales a disponer de controles permanentes en lugares estratégicos y procedimientos de fiscalización para garantizar el cumplimiento de la medida.4 Esto tuvo como consecuencia una gran consolidación de la presencia y el despliegue policial en las calles, como así también la ampliación del campo de sus intervenciones.

2- Seguridad y violencia institucional en el contexto de la pandemia

La situación de aislamiento social generó las condiciones necesarias para una fuerte reducción de los índices de criminalidad, debido a la restricción de la circulación y el considerable aumento de la presencia policial en el territorio. Según los datos preliminares que brindó la Ministra nacional de Seguridad, Sabina Frederic, se estima que entre enero y mayo del corriente año se registró un 26% menos de robos y una reducción del 5% en los homicidios con respecto al mismo período del año 2019. En cuanto a lo estrictamente relacionado con el control policial en el contexto de la pandemia, hasta el 15 de julio se habían realizado casi 17 millones de controles a personas y más de 12 millones de controles a vehículos, y se contabilizaban 106 mil personas infractoras5, lo que evidencia el aumento superlativo de la presencia e intervención de las fuerzas de seguridad en el territorio.
Sin embargo, la crisis económica y la agravación de los índices socio-económicos fueron una consecuencia directa de la medida tomada para evitar la propagación del virus, y se constituyeron en elementos que trajeron como correlato un aumento de la criminalidad a partir del mes de julio. Al respecto, el Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Sergio Berni, aseguró que comenzaban a detener gente con su historial limpio y que se trataban de delitos de supervivencia6, mientras que los intendentes del conurbano bonaerense también se mostraban preocupados por el aumento de la actividad delictiva.7
A su vez, se originó un terreno fértil para el incremento de las situaciones violentas en la sociedad. Las personas que viven en situación de vulnerabilidad, en condiciones de pobreza, marginalidad, sin hogar, inmigrantes, integrantes del colectivo travesti-trans, o de pueblos originarios, entre otros, han sido testigos del agravamiento de sus condiciones sociales y económicas, lo que generalmente ha desembocado en un mayor padecimiento de este tipo de casos. Dentro de estas situaciones, en las que la violencia ha penetrado las relaciones sociales, es precisamente donde se inscribe también la violencia institucional.
De acuerdo con Tiscornia (2016), se puede comprender la violencia institucional como un tipo de violencia ejercida por las fuerzas de seguridad que se configura como una forma cotidiana de hostigamiento a determinados grupos sociales. Es decir, no forma parte de un plan sistematizado y centralizado por el Estado, sino que son prácticas y rutinas que el personal policial desarrolla en el cumplimiento de sus funciones. Sin embargo, se debe tomar en cuenta que dichas prácticas de violación de derechos se han tornado estructurales en las instituciones de la seguridad pública y en el comportamiento de muchos de sus funcionarios.     
Las consecuencias de la violencia institucional toman mayor visibilidad cuando ocurre un caso que conmociona a la opinión pública. Cuando trascienden, se da inicio a una discusión que pone al Estado y a quienes conducen los resortes de los gobiernos como principal foco de responsabilidad. Estos últimos son vistos como aquellos que tienen la obligación de realizar las acciones correspondientes para acabar con este flagelo.
Las políticas de seguridad, en las últimas décadas, han ido habilitando un campo en el que las medidas administrativas reemplazan gradualmente la ley. Como plantea Tiscornia (2004), estos procedimientos administrativos de control policial suelen ser aceptados y demandados en nombre del combate a la inseguridad, y terminan por fomentar la saturación policial de las calles y la detención de personas en forma continua. En este sentido, dichas medidas, que deberían considerarse de excepción, dejan de serlo, debido a que se naturalizan y se aceptan como un método válido de prevención del delito. Este control arbitrario y aparentemente exhaustivo termina siendo más importante, y cercena el derecho de las personas.
En el mes de abril, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos había expresado su grave preocupación por la multiplicación de casos de asesinatos provocados por la policía y otros actos de violencia dentro del contexto de las medidas de emergencia por el Covid-19, y le recordaron a los gobiernos que el uso de la fuerza está regido por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y precaución.8 Por otro lado, Amnistía Internacional también emitió un comunicado en el cual advertía que, a pesar de la necesidad de adoptar medidas para extremar los cuidados, las acciones para mantener el orden y la seguridad no pueden contraponerse con los Derechos Humanos.9
En Argentina, en este contexto, se sucedieron casos de violencia institucional que han estremecido a la sociedad y han movilizado numerosos reclamos por parte de sectores políticos y agrupaciones de Derechos Humanos. En la Provincia de Tucumán, agentes de la policía provincial asesinaron a Luis Espinoza e intentaron esconder su cuerpo arrojándolo a un barranco de la vecina provincia de Catamarca.10 En Chaco, un grupo de efectivos de la ciudad de Fontana irrumpió en una casa de la comunidad Qom, sin orden judicial y por la madrugada, y golpearon salvajemente a sus moradores, además de detenerlos sin justificación. La brutalidad e ilegalidad con la que se desempeñó la policía, registrada en un video por una de las mujeres que se encontraba dentro del domicilio, motivó la reacción del Presidente de la Nación, quien aseguró que dichas imágenes eran “inaceptables” y llamó a “trabajar más profundamente en una problemática que es una deuda de la democracia”.11 En la Provincia de Buenos Aires, la desaparición de Facundo Astudillo Castro tras ser retenido, en el mes de abril, por la policía bonaerense, en el acceso a la localidad de Mayor Buratovich, es uno de los casos emblemáticos de los excesos policiales. Pasados dos meses del hecho, apareció una foto de Astudillo Castro esposado junto a un oficial y una camioneta de la policía.12 Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, declaró que era un desaparecido en democracia, y que estos actos “son coletazos de vieja época que todavía existen en nuestro país”.13 Incluso, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) solicitó una estrategia integral de búsqueda, en la que se incorpore a la familia de la víctima y sus representantes.14
Estos tres casos mencionados fueron los que generaron mayor atención mediática y repudio por parte de vastos sectores de la política y la sociedad. Sin embargo, no fueron los únicos que se sucedieron a lo largo del año.

3- Situación y desafíos en la Provincia de Santa Fe

En Santa Fe, en el período comprendido entre el 21 de marzo y el 26 de mayo de 2020, durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), se recibieron 200 denuncias sobre irregularidades en el desempeño de la fuerza policial santafesina. La mayoría de ellas se localizaron en la Unidad Regional II, departamento Rosario, con 96 denuncias, y en la Unidad Regional I, departamento La Capital, con 61, mientras que las restantes 43 se distribuyeron en el resto de las Unidades Regionales.15 Al respecto, el Ministro de Seguridad provincial, Marcelo Sain, consideró que las prácticas abusivas y delictivas del personal policial son un problema que se debe afrontar en democracia, y que lo importante es que no haya tapadera oficial de estos hechos, puesto que se entiende que deben tratarse en todos los niveles para prevenir futuros acontecimientos.16
En este marco, si bien el contexto pudo coadyuvar en el incremento de los casos de violencia y abuso policial, en realidad estas prácticas y rutinas están institucionalizadas en la Policía de Santa Fe. Marcelo Sain, en una conferencia virtual que brindó en la Universidad Nacional del Litoral, explicó que “las prácticas ilegales de la policía han signado la vida institucional de la misma”.17 La decisión política de no encubrir los casos de violencia institucional, así como la clara intención de intervenir sobre las prácticas que llevan a ella, son pasos importantes en el abordaje del fenómeno en la provincia. En este sentido, el Gobierno santafesino tiene, en el ámbito de la seguridad, numerosos desafíos por delante. La conducción del Ministerio de Seguridad provincial comprende como de vital importancia modificar las prácticas policiales, y enfocarse en cuatro grandes núcleos. Estos son la lucha contra la violencia institucional, la corrupción institucional, las vinculaciones de agentes con sectores del crimen, y la violencia de género.
Los dispositivos existentes de control de aquellas inconductas o malas prácticas policiales tienen considerables deficiencias institucionales, que, en el peor de los casos, terminan por garantizar la impunidad de los efectivos policiales. Por ello, la conducción del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe ha redactado un proyecto de Ley de Control Policial.18 Allí se establece un nuevo modelo, con el fin de optimizar capacidades institucionales para la investigación y sanción de las faltas, detección e investigación de irregularidades y actividades ilegales, y la evaluación del desempeño de dependencias y unidades del sistema policial provincial. Dicho proyecto se circunscribe a la idea de consolidar una conducción política de los asuntos securitarios como forma de observar el accionar policial y poder avanzar contra la violencia institucional.

4- A modo de reflexión

Si bien el contexto de pandemia por Covid-19 y la medida del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, como se ha mencionado anteriormente, generaron condiciones que podrían desembocar en casos de violencia institucional por parte de las fuerzas de seguridad, se debe comprender que dichas situaciones son cotidianas y usuales en la práctica policial. En este sentido, la gran mayoría de las cuestiones que ocurrieron en la llamada cuarentena obligatoria también solían ocurrir anteriormente: los casos de Luciano Arruga19, Santiago Maldonado20, Rafael Nahuel21 o Franco Casco22, por citar algunos ejemplos, dan cuenta de que este problema lejos estuvo de originarse con la pandemia de Covid-19.       
El Estado, ya sea por acción u omisión, es un actor responsable en este ámbito. La decisión política de aquellos con responsabilidad de gestión es crucial pero, sin embargo, la dimensión de la problemática impone la necesidad de la participación y compromiso de todo el arco político, organizaciones sociales, de Derechos Humanos, entre otros, puesto que su abordaje es demasiado complejo para ser dejado, únicamente, en manos de quien gobierna.
La lucha contra la violencia institucional supone un gran esfuerzo por desterrar ideas, prácticas y rutinas de las instituciones, como así también de sus miembros. El rol que las fuerzas de seguridad cumplieron en las dictaduras militares ha consolidado sus rasgos autoritarios, y supone un duro desafío desarticular estas prácticas enquistadas en su funcionamiento cotidiano. La Ministra nacional de Seguridad, Sabina Frederic, en una exposición en la Cámara de Diputados, dejó en claro que el control de la violencia institucional “es un eslabón fundamental en la construcción de un modelo de seguridad democrática y de una sociedad más justa y segura”.23
Se debe destacar el firme rechazo que la mayoría de estos acontecimientos ha despertado por parte de los gobernantes. El anuncio del Presidente Fernández sobre el comienzo del trabajo de la Secretaría de Derechos Humanos en la confección de un proyecto de ley contra la Violencia Institucional24 supone un interesante punto de partida que debe ser tomado por todos los actores responsables e interesados en la problemática, con el fin de formular normativas y diseñar políticas públicas que permitan hacerle frente a uno de los desafíos más importantes en la esfera de la seguridad pública que tenemos en democracia.

Referencias

1 Ver “Cronología de la respuesta de la OMS a la COVID-19‎”, en portal de internet de la Organización Mundial de la Salud, 29/07/2020. Disponible en: https://www.who.int/es/news-room/detail/29-06-2020-covidtimeline.

2 Ver “Confirmaron el primer caso de coronavirus en Argentina: trasladaron el paciente a otra clínica”, en Clarín, 03/03/2020. Disponible en: https://www.clarin.com/sociedad/coronavirus-confirmaron-primer-caso-argentina-espera-conferencia-gobierno_0_awnywhZX.html.

3 Ver “Confirman el primer muerto por coronavirus en la Argentina: un hombre de 64 años que estuvo en Francia”, en La Nación, 07/03/2020. Disponible en: https://www.lanacion.com.ar/sociedad/confirman-primer-muerto-coronavirus-argentina-hombre-63-nid2341027.

4 Ver “Decreto 297/2020: Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, en Boletín Oficial de la República Argentina, 19/03/2020. Disponible en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227042/20200320.

5 Ver “Frederic dijo que bajó el índice delictivo gracias a la cuarentena”, en Télam, 16/07/2020. Disponible en: https://www.telam.com.ar/notas/202007/490506-ministra--seguridad-bajo-numero-delitos-gracias-cuarentena.html.

6 Ver “Sergio Berni y el aumento de los delitos: Detenemos gente sin antecedentes que sale a robar para sobrevivir”, en Clarín, 02/07/2020. Disponible en: https://www.clarin.com/politica/sergio-berni-aumento-delitos-detenemos-gente-antecedentes-sale-robar-sobrevivir-_0_eLpFR62L0.html.

7 Ver “Los intendentes, alarmados por el aumento de los delitos”, en La Nación, 09/08/2020. Disponible en: https://www.lanacion.com.ar/politica/los-intendentes-alarmados-por-el-aumento-de-los-delitos-nid2416160.

8 Ver “Las medidas de seguridad por la COVID-19 no son excusa para un uso excesivo de la fuerza, afirman Relatores Especiales de las Naciones Unidas”, en ACNUDH, 17/04/2020. Disponible en: https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25802&LangID=S.

9 Amnistía Internacional Argentina (2020). El uso de la fuerza en el contexto de Covid-19. La violencia como respuesta del Estado. Recuperado de: https://amnistia.org.ar/wp-content/uploads/delightful-downloads/2020/08/Informe-Violencia_Policial_final_00-modificado.pdf

10 Ver “Crimen de Luis Espinoza: esto es lo que sabemos”, en Cenital, 30/05/2020. Disponible en: https://www.cenital.com/crimen-de-luis-espinoza-esto-es-lo-que-sabemos/.

11 Ver “Brutal ataque de la policía de Chaco a una familia Qom”, en Tiempo Argentino, 02/06/2020. Disponible en: https://www.tiempoar.com.ar/nota/brutal-ataque-de-la-policia-de-chaco-a-una-familia-qom.

12 Ver “La última foto de Facundo Astudillo Castro: esposado por la policía bonaerense”, en Ámbito Financiero, 10/07/2020. Disponible en: https://www.ambito.com/informacion-general/facundo-astudillo-castro/la-ultima-foto-esposado-la-policia-bonaerense-n5116273.

13 Ver “Estela de Carlotto, sobre Facundo Astudillo Castro: Es un desaparecido en democracia", en La Nación, 16/07/2020. Disponible en: https://www.lanacion.com.ar/seguridad/facundo-astudillo-castro-desaparecido-democracia-estela-carlotto-nid2398619.

14 Ver “La ONU reclamó al Estado una "estrategia integral" para hallar a Facundo Castro”, en Página/12, 11/07/2020. Disponible en: https://www.pagina12.com.ar/277965-la-onu-reclamo-al-estado-una-estrategia-integral-para-hallar.

15 Al respecto, para mayor información, ver: https://twitter.com/marcelo_sain/status/1272135490272100352.

16 Ver “Malos tratos, golpes, vejaciones y robos: 200 denuncias contra policías que controlan cuarentena”, en El Ciudadano, 15/06/2020. Disponible en: https://www.elciudadanoweb.com/malos-tratos-golpes-vejaciones-y-robos-200-denuncias-contra-policias-que-controlan-cuarentena/.

17 Al respecto, para mayor información, ver: https://www.santafe.gob.ar/noticias/noticia/268088/

18 Para mayor información sobre el proyecto de Ley de Control del Sistema Policial de la Provincia de Santa Fe, ver: https://www.marcelosainblog.com/single-post/2020/06/14/Ley-de-Control-del-Sistema-Policial-de-la-Provincia-de-Santa-Fe.

19Al respecto, para mayor información, ver: https://www.perfil.com/noticias/sociedad/11-anos-desaparicion-luciano-arruga%20.phtml

20 Al respecto, para mayor información, ver: https://elpais.com/internacional/2017/10/17/argentina/1508271705_970362.html

21 Al respecto, para mayor información, ver: https://www.pagina12.com.ar/232989-a-dos-anos-del-asesinato-de-rafael-nahuel

22 Al respecto, para mayor información, ver: https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2019/12/13/rosario-19-policias-a-juicio-por-la-desaparicion-forzada-de-franco-casco/

23 Ver “Diputados comenzó debatir una ley contra la violencia institucional”, en Página/12, 08/08/2020. Disponible en: https://www.pagina12.com.ar/283708-diputados-comenzo-debatir-una-ley-contra-la-violencia-instit.

24 Ver “Alberto Fernández habla sobre el caso de Facundo Castro”, en Página/12, 19/07/2020. Disponible en: https://www.pagina12.com.ar/279469-alberto-fernandez-habla-sobre-el-caso-de-facundo-castro.

Bibliografía

1. Tiscornia, S. (2004). Entre el imperio del Estado de policía y los límites del derecho. Seguridad ciudadana y policía en Argentina. Nueva Sociedad, No. 191, 78-89. Caracas, Venezuela.         [ Links ]

2. Tiscornia, S. (2016). Algunas reflexiones sobre la violencia institucional como cuestión de derechos humanos. Disertación presentada en el cierre de las II Jornadas de la Red de Estudios de Represión, 22 de abril de 2016.         [ Links ]

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