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Historia de la educación - anuario

versión On-line ISSN 2313-9277

Hist. educ. anu. vol.16 no.1 Ciudad autonoma de Buenos Aires. jun. 2015

 

DOSSIER

Jujuy 1884: La confrontación Estado civil e Iglesia. La sanción de la ley 1.420 y la rebelión anti-laicista del obispo Rizo Patrón1

 

Daniel Yépez2

Universidad Nacional de Tucumán
danyepez@arnet.com.ar

2 Licenciado en Pedagogía; Magíster en Ciencias Sociales, Orientación Historia; Doctor en Ciencias Sociales, Orientación Historia de la Educación; Docente-Investigador de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Tucumán y de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy. Profesor del Nivel Terciario de Formación Docente, Escuela Normal Superior Juan B. Alberdi, San Miguel de Tucumán.

1 Este artículo es una versión actualizada de Yépez, Daniel (2003): La mano avara y el cristo caído. Orígenes de la Instrucción Pública en Jujuy a fines del siglo XIX. Córdoba: Alción Editora.


Resumen

Al igual que en la Nación, 1884 fue de suma importancia para la Instrucción Pública de Jujuy. Luego de la sanción de la ley 1.420 en julio, el conflicto con la Iglesia comenzó a corporizarse. En septiembre, representantes del clero jujeño dependiente del obispado de Salta y Jujuy, iniciaron una virulenta campaña contra la normativa en púlpitos y pueblos, produciendo una crisis política en el grupo dirigente local y entre los integrantes de la Comisión Provincial de Escuelas. Ésta, recientemente conformada, se fracturó en dos sectores. Uno de ellos, identificado con el autonomismo roquista, pretendía imponer la neutralidad religiosa, mientras que el opuesto bregaba por la sanción de una legislación que integrase la enseñanza religiosa al currículum escolar. Más allá de estas discrepancias, el conflicto con la Iglesia se desbordó, producto de la sostenida campaña anti-laicista que el Nuncio Apostólico Monseñor Mattera desarrollaba en todo el país, llamando a ignorar las decisiones políticas del Estado Nacional en materia educativa. Prédica que encontró eco favorable en el obispo de Jujuy, Buenaventura Rizo Patrón, quien públicamente manifestó su desacato, al tiempo que convocaba a la feligresía a no mandar sus hijos a las escuelas "sin Dios".

Palabras Clave: Noroeste; Jujuy; Educación; Escuelas; Rebelión; Anti-laicista.

Abstract

As in the nation, 1884 was important for the Education of Jujuy. After the enactment of Law 1420 in July, the conflict with the Church began corporizarse. In September, representatives of Jujuy dependent clergy of the Diocese of Salta and Jujuy, launched a virulent campaign against the legislation in pulpits and towns, causing a political crisis in the local and among members of the Provincial Commission for Schools ruling group. This newly formed, broke into two sectors. One of them, identified with the roquista autonomist tried to impose religious neutrality, while the opposite was struggling for the enactment of a law that would integrate religious education into the school curriculum. Beyond these discrepancies, the conflict with the Church, due to the sustained anti-secularist campaign that the Apostolic Nuncio, Monsignor Mattera, developed throughout the country, calling ignore the political decisions of the Federal Government in education overflowed. Preaching that found favorable echo in the Bishop of Jujuy, Buenaventura Rizo Patron, who publicly expressed his contempt, while summoning the faithful to not send their children to school "without God".

Keywords: Northwest; Jujuy; Education; Schools; Rebellion; Anti-secularist.


 

Secularización Social y Crisis Eclesiástica

El presente trabajo narra la controversia generada entre los poderes conjuntos del Estado Nacional roquista y del gobierno jujeño, con la jerarquía provincial de la Iglesia Católica representada por la Diócesis de Salta y Jujuy, luego de la sanción de la ley 1.420 en Julio de 1884. Si bien el conflicto local estalló dos meses más tarde, esta crisis venía gestándose desde los años posteriores a la presidencia de Mitre (1862-1868) y explícitamente se instaló en la sociedad argentina cuando -en 1875- rompieron lanzas católicos y liberales en las sesiones previas a la sanción de la primera Ley de Educación Común de la provincia de Buenos Aires. El segundo eslabón de la controversia fue el debate parlamentario que contextualizó la sanción de la ley 934 de Libertad de Enseñanza, en 1878. Discrepancias que volverían a manifestarse durante las sesiones del Primer Congreso Pedagógico Sudamericano, en el otoño de 1882. Más allá de su nutrida agenda, esta reunión (Recalde, 1987) fue el escenario recurrente para que se promoviera un nuevo enfrentamiento entre liberales laicos, representados por la figura de Eduardo Wilde (Yépez, 2013), Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública de la Nación y la fracción de liberales católicos cuyo referente era José Manuel Estrada.
Dada la presencia de importantes personalidades de la educación continental, Wilde mocionó que el Congreso "declare eliminada de sus debates la cuestión de la enseñanza laica y de la enseñanza religiosa, así como cualesquiera otras que tengan igual significado y alcance". (Recalde, 1987) La misma se aprobó por aclamación. Sin embargo, en la octava sesión del 1º de Mayo, al considerase la ponencia del Dr. Enrique Harold "¿Cuál será el mejor programa para nuestras Escuelas Comunes?", un incidente empañaría el encuentro. Encabezados por Estrada, diecinueve de 250 congresales se retiraron disconformes de las sesiones, aduciendo la no inclusión de la enseñanza religiosa entre los contenidos obligatorios de la educación primaria. Aunque gran parte de los presentes no comprendieron el significado de este desaire, ya que se presentaba una ponencia individual y no oficial, en realidad esta actitud se relacionaba con el rumbo adoptado por el Congreso, cuyas extensas resoluciones prefiguraron el futuro texto de la ley 1.420. Visto en perspectiva, el conjunto de resoluciones condensó un programa educativo que a corto plazo legitimaría la ley 1.420. Secuencia lógica de lo que había anticipado el primer Ministro de Instrucción Pública de Roca, Manuel D. Pizarro, en su relevante Memoria (1881) leída en el parlamento en Abril de 1881. La misma contenía lo que podría denominarse el discurso fundacional de la moderna educación argentina y sentó las bases del proyecto político-pedagógico que el roquismo desplegó en este congreso. Promediando sus sesiones, los sectores católicos percibieron el giro desfavorable de los acontecimientos para su causa, razón por la cual dieron el portazo, auto-excluyéndose. Ello no suponía que resignaban la lucha. El parlamento fue el segundo escenario de la controversia. Durante 1883 y el primer semestre de 1884 la discusión -que fracturó gravemente a la sociedad argentina y creó una de sus antinomias más perdurables- nuevamente circuló alrededor del contenido de la normativa legitimadora del futuro educativo de la nación. El resultado de estos debates memorables (Weinberg, 1984) mostraron un pronunciado retroceso de las posturas conservadoras y dogmáticas, correlato de la amarga derrota política sufrida por los agrupamientos católicos y antecedente necesario para promover la sanción de la normativa escolar descrita, la cual en su polémico Artículo 8° excluyó la enseñanza religiosa del currículum escolar.
Para la Iglesia y los grupos ultra-confesionales fue una afrenta insoportable e inmediatamente iniciaron una feroz campaña de desobediencia civil, incitando a sus fieles a ignorar la obligatoriedad escolar. Desacato que generó una enérgica respuesta del poder del Estado, procediendo el gobierno de Roca (1880-1886) a separar inmediatamente de sus cargos a Obispos, Arzobispos, Vicarios y curas responsables del movimiento sedicioso. La disputa alcanzó su punto más álgido cuando el Nuncio Apostólico, monseñor Luis Mattera, fue expulsado del país a fines de octubre, incidente que significó la ruptura de las relaciones diplomáticas con el Vaticano durante 15 años (1884-1899). Para dimensionar la gravedad del conflicto, revisemos el siguiente texto:

Ha circulado hoy en el Congreso y en varios centros sociales, la noticia de que el señor Mattera, Nuncio de su Santidad, ha dirigido una nota insolente al Ministro de Relaciones Exteriores, pidiendo satisfacción al Gobierno por artículos publicados en este diario, relativos a los procederes del Nuncio en estas tierras. En esos artículos, si mal no recordamos, se decía: que desde que Mattera había venido habían nacido cuestiones religiosas, se habían fundado diarios fanáticos de combate, se había predicado en los templos contra el Gobierno, y por fin, se habían lanzado pastorales incitando a la rebelión y desconocimiento de las leyes. Por lo tanto, decíase también, en esos artículos, juzgando al Sr. Mattera como autor de esas perturbaciones, que es deber del Gobierno dar al Sr. Mattera sus pasaportes. Esto mismo habían dicho en todos los tonos los diarios de la República y esto mismo dicen y piensan los habitantes de ella con ligerísimas excepciones. En efecto, la opinión es unánime respecto a la necesidad de que el Sr. Mattera deje este país, y el instinto público que jamás se equivoca tiene en la presente ocasión sobradas apariencias para ratificar sus afirmaciones e insistir en su pedido. Monseñor Mattera es señalado como el instigador de cuanto pasa. Nada ni nadie puede destruir este hecho! El ha venido aquí como ministro diplomático, y sin embargo, lo pasa en viajes al Interior, al Litoral, a todas partes, y tras de cada viaje alguna mina revienta. Desde que ha venido Mattera tenemos los respectos a la enseñanza, soportados con una paciencia de santo por el ministro del Culto, que pudo poner en su lugar al señor Nuncio y decirle que fuera a entenderse con el Ministro de Relacione Exteriores. Desde que vino Mattera tenemos las puebladas del bello sexo para impedir a los legisladores que cumplan con su deber; tenemos el Congreso católico, las pastorales, los sermones, la anarquía en las familias, el malestar en la sociedad, la disolución de escuelas que estaban funcionando desde más de diez años, y tenemos por fin, las conferencias ridículas de un ministro extranjero con empleados públicos subalternos (mujeres por añadidura), las proposiciones irritantes y ofensivas a la dignidad de la Nación, y para colmo de atrevimiento, falta de respeto e insolencia en las notas increíbles al gobierno, pidiéndole explicaciones perentorias sobre artículos de diario, antes de dar la satisfacción debidamente exigida por su conducta intolerable en el incidente con la maestra de escuela, satisfacción que debió dar inmediatamente para excusarse de su intromisión abusiva en asuntos internos de la Nación.
Necesario es confesar que, o el Sr. Mattera no tiene el menor conocimiento de sus deberes ante una nación soberana o que desprecia profundamente sus instituciones, sus leyes y sus autoridades. Ningún agente diplomático ha sido tratado jamás en este país con tantas consideraciones como el Sr. Mattera. El ha sido objeto de las mayores deferencias de parte de la sociedad y del gobierno. El Señor Presidente ha sido su padrino; se ha hecho de su consagración una solemne fiesta; se le ha adulado, se le ha mimado casi; se le ha tolerado diariamente que se entrometa en lo que no le correspondía, se le ha cedido particularmente en todo. Confidencialmente el Presidente y los ministros han arreglado o tratado de arreglar con él puntos en los cuales nada tenía que hacer -ejemplo- el juramento de Tissera; -otro ejemplo- el del artículo famoso de la ley de enseñanza primaria que si no pasó en el Congreso fue por la resistencia que opusieron los clericales sus aliados. A todas estas muestras de aprecio ha respondido Mattera revolviendo el país como si obedeciera a una consigna, incitando con su actitud a un partido político ultramontano, produciendo conflictos en los establecimientos de enseñanza, en la sociedad y en las familias. Si, el señor Mattera no puede negarlo.
Antes que él, monseñor Aneiros, con esa falta de tino que lo caracteriza, había tratado de entrometerse, a nombre de la religión, en la enseñanza. Sus pretensiones fueron contestadas debidamente y todo quedó en silencio. Pero vino Mattera a tomar cartas en el asunto con motivo de las maestras normales venidas al país en muchas condiciones que muchas otras que tenían la enseñanza a su cargo desde hacía años, y entonces comenzó a desenfrenarse la prensa ultramontana y a ser los púlpitos cátedras de difamación contra el Gobierno, y las pastorales de los obispos, pasquines contra las leyes y las autoridades. Nieguen los hechos los defensores de este intruso, que muñido de una consigna y abusando de la tolerancia del país ha venido a anarquizarnos y a provocar las cuestiones más odiosas y perjudiciales en un pueblo que sólo se ocupa de trabajar y de arreglar su administración. Y cuando todo esto, que bastaría para su proceso y expulsión, añade la ofensa de sus proposiciones denigrantes a empleados subalternos y sus notas insolentes al gobierno, francamente las cosas tocan ya a su término y cumple a las autoridades de país, encargadas de velar por su dignidad, no dejarse ultrajar por un ministro de una Potencia imaginaria que falta a todas las conveniencias y a todos los respetos debidos. (Wilde, E: 170)

Este enfrentamiento se enmarcó alrededor de uno de los objetivos fundamentales de la Generación del ’80: la creación de un Sistema Educativo Nacional, centralizado, público y estatal que posibilitase el desarrollo de una oferta de educación común en el territorio nacional. La organización del mismo en todos los órdenes de la sociedad civil, no fue un proceso lineal y uniforme en la extensa geografía de un país culturalmente heterogéneo, pluri-étnico y pluri-lingüístico. Sobre todo cuando, además de transitar la conmoción social y demográfica que significó la inmigración ultramarina, fomentaba migraciones endógenas coactivas, provenientes de países limítrofes y planes de integración forzada de grupos étnicos sobrevivientes a los emergentes mercados de trabajo regionales. De acuerdo a esta compleja realidad, la función social, ideológica y homogeneizante de la escuela pública en la sociedad argentina de las últimas décadas del siglo XIX, fue delineada por los intelectuales autonomistas con objetivos claros y distintos: primero, alfabetizar e integrar a criollos, aborígenes e inmigrantes a la cultura nacional dominante. Segundo, formar cívicamente al ciudadano. Tercero, homogeneizar los aprendizajes cognitivos y actitudinales de los sujetos pedagógicos. Cuarto, frente al proceso de heterógenesis social generado por la doble corriente aluvional, era fundamental prescribir las conductas socialmente necesarias que debían aprehender los hijos de las masas populares para su disciplinamiento colectivo. Quinto, formar a corto plazo proletarios básicamente alfabetizados (arrenderos, aparceros, chacareros, domadores, capataces, peones rurales, trabajadores estacionales y también obreros industriales urbanos), mano de obra y soporte fundamental para el despegue del capitalismo agro-exportador pampeano y de sus economías regionales conexas. Sexto, imponer como discurso pedagógico dominante y excluyente las concepciones filosóficas y epistemológicas deducidas del positivismo clásico. En un plano ideológico más profundo, el debate se situó en las nuevas concepciones de escuela, pregonadas y derivadas de los temas debatidos en dicho congreso y de las corrientes pedagógicas contemporáneas, sintetizadas en el paradigma de la Instrucción Públicapara ciudadanos libres e iguales. Matriz educativa emergente de la fusión de dos líneas ideológicas: el liberalismo revolucionario francés de rasgos jacobinos, laicistas y condorcetianos y las categorías de análisis epistemológicas desarrolladas por el empirismo agnóstico de neto corte darwinista, comtiano y spenceriano. Construcciones intelectuales execradas y tildadas de ateas y anticristianas por el clero y de ninguna manera compartida por los referentes locales de conservadurismo católico (Recalde, 1987).
A pesar de ellos, los intelectuales más lúcidos del roquismo concibieron la Escuela como una institución popular, abierta e igualitaria, alejada -en lo posible- de discriminaciones raciales, ideológicas, religiosas, lingüísticas o culturales. Rescatando la tradición liberal gala, materializada en los códigos napoleónicos de 1804, pensaron una escuela pública que operase como factor decisivo en la construcción del Estado- Nación y se identificara con la coyuntura histórica de profundas transformaciones sociales, generada por las migraciones endógenas y exógenas. Escuela abierta capaz de albergar las diversas razas y culturas que arribaban y habitaban nuestro territorio y de promover -en su interioridad- la circulación de saberes o disciplinas científicas, despojadas de dogmatismos y creencias. A su vez, debía romper definitivamente la tradición catequística colonial, estigmatizada por la máxima "la letra con sangre entra", sustituyéndola por una praxis organizada alrededor de otra enseñanza, basada en la didáctica normalista y en la explicación-verificación científica del conocimiento. De ahí la fuerte identidad positivista del discurso organizador de los saberes escolares.
Asimismo, las enconadas e inflexibles posturas expresadas en este plano por las mentalidades reaccionarias, pusieron en evidencia una cuestión crucial: se respiraban aires de fin de época (Halperín Donghi, 1980) y el advenimiento de un nuevo proceso de secularización social de las costumbres, más profundo y conmovedor que los gestados por la modernidad cismática y la razón ilustrada, era inexorable.

La Rebelión Anti-laicista de Rizo Patrón

Al igual que en el contexto nacional, 1884 fue de suma importancia para la educación jujeña. Una de las primeras actividades encaradas por la Comisión Provincial de Escuelas fue elevar el anteproyecto de la Ley de Educación Común a la Legislatura. En realidad, durante la mayor parte del año se ocupó del cometido, pues desde el 17 de febrero de 1884 consta un acta del Ejecutivo Provincial encomendándole dicha misión. Pero no todo funcionaba regularmente en dicho cuerpo colegiado. Un problema irresoluble era la carencia de fondos que la inmovilizaba.3 En consonancia a las sucesivas demoras para elevar el anteproyecto de legislación educativa jurisdiccional, se corporizaba el conflicto con la Curia. A partir de Setiembre, el clero organizado en el Obispado de la Diócesis de Salta (de la que Jujuy dependía administrativamente), inició una virulenta campaña contra la ley 1.420.4 La rebelión anti-laicista generó una crisis interna en la Comisión. Por una parte, uno de sus cinco miembros proponía incorporar la enseñanza laica, según los recientes ecos y postulados nacionales de esta ley. Por otro lado, los restantes bregaban por la sanción de una normativa escolar que integrase la enseñanza religiosa al currículum escolar, manera inequívoca de evitar conflictos con la Diócesis. A tal punto el debate interno tornó hacia posturas irreductibles, que el disidente amenazó con renunciar si se excluía la laicidad de la ley educativa provincial, pues se estaban ignorando resoluciones del poder central. A pesar de estas preocupaciones, la confrontación con la Iglesia se había desbordado y adquirió una virulencia inusitada, fruto de la prédica del Nuncio Apostólico. Intolerancia que -como ya vimos- obligó al gobierno a expulsarlo a fines de 1884.
En el caso del Noroeste la situación se agravó por la actitud asumida por el Obispo de Salta y Jujuy, Buenaventura Rizo Patrón, que no estaba dispuesto a acatar de ningún modo la recientemente sancionada ley 1.420. Lo demuestra la Carta Pastoral que publicó en Salta. Su texto es el siguiente:

Nos Fr .Buenaventura Rizo Patrón, por gracia de Dios y de la Santa Sede, Obispo Diocesano de Salta, etc. Al venerable clero y fieles católicos de nuestra Diócesis, Salud y Paz en Nuestro Seños Jesucristo: Meses ha que deseábamos dirijiros la palabra sobre un asunto de gran interés para seguridad de las conciencias católicas, descargo de la nuestra y que sirviese de norma a nuestros cooperadores en el pastoral ministerio. Desde que se inició en el país la creación de escuelas encoméndadose su dirección y enseñanza á los que no pertenecen á la Relijión Católica ó quizas á ninguna, no para educar los hijos de los que no tienen la felicidad de profesarla, sino los hijos de los católicos, previmos que años más años menos, se fundarían también en la comprensión de nuestra Diócesis, y que llegando al caso, el hecho influiría noscivamente en las creencias relijiosas, debilitando la fé católica, si no oponíamos remedio oportuno en defensa de nuestra amada grei. Nada habría sido tan oportuno como atajar el mal en su principio, pero la convicción profunda de que en cualquier tentativa de nuestra parte habría sido ineficaz para impedir la introducción de disidentes del estranjero, pesó en nuestro ánimo para no pedir que en cambio de estos se trajesen católicos, pues no se nos ocultaba y ahora está de manifiesto la existencia de un propósito deliberado cuyos fines son la paulatina descatolización del pueblo sin renunciarse por cierto á medios violentos cuando el caso se presente propicio. Nuestra convicción tenía sus fundamentos, y de justificarla se encargó mui luego el reclamo que, á efecto que se trajesen pedagogos católicos en lugar de protestantes elevara el Rmo. Metropolitano el 11 de Mayo de 1882, posteriormente el clamor general de los pueblos en el año pasado por el proyecto de escuela laica, convertida en ley en contra de su expresa voluntad y finalmente en estos días la reunión de un Congreso Católico, fiel interprete y representante jenuino del sentimiento nacional, para combatir esa escuela, fomentar las católicas y adoptar los medios de común defensa.
Pero á parte de la conciencia que los pueblos se han formado de su situación, aleccionado por los hechos -nuestras previsiones están cumplidas-. Según informes fehacientes existen ya en algunas ciudades de la Diócesis escuelas cuya dirección y cuerpo docente están a cargo de protestantes ó que la enseñanza relijiosa no está comprendida en sus programas ó que de hecho por lo menos no se enseña el catecismo de la doctrina cristiana. También sabemos que mucho a gefes de familia, sin dejarse llevar de alhagos, seducciones y con renuncia de ventajas económicas, rehúsan, obedeciendo á la voz de su conciencia, á las leyes de la Iglesia y prohibiciones terminantes de los Soberanos Pontífices, colocar loa suyos en esas escuelas, pues ven el peligro inminente para la Fe y la moralidad de sus hijos. Pero si estas noticias nos consuelan, sabemos que otros no han imitado tan laudable ejemplo, fundándose, en lo general, en que la autoridad diocesana no ha hablado al respecto, ó porque algunos eclesiásticos, sin duda con recia intención, asistían a dichos establecimientos á suplir la enseñanza relijiosa. Tales son los hechos que nos refieren. Ahora bien: omitiendo la causa que nos ha imposibilitado hasta ahora para hablaros de esta asunto, por ser conocida de casi todos nuestros diocesanos, declaramos que la prohibición de colocar los hijos católicos en estas escuelas es un hecho evidente y si hubo algunos que lo ignorasen, después de los ruidosos acontecimientos que han impresionado el país con motivo de las Pastorales del Señor Vicario Capitular de Córdoba ¿quién dudará de esa prohibición del Vicario de Jesucristo en la tierra de las penas espirituales á que quedan sometidos los infractores? En esta virtud pues, juzgamos innecesario vindicar la doctrina sentada y defendida en esas doctísimas Pastorales; pero agregaremos aquí para pocos que no lo sepan que ese mando prohibitivo es universal que lo que haga a los católicos de Córdoba obtiene la misma fuerza á los de la Diócesis de Salta y del mundo todo. Entiendan bien los padres y penétrense bien las madres de esta gravísima obligación, de la responsabilidad de que se harán reos ante el Juez Supremo por la ruina espiritual de sus hijos y que a los que hubieren colocados en calidad de internos ó de externos en las mencionadas escuelas, ya sean estas dirijidas por herejes cualquiera que fuese su denominación y aunque fuesen tenidos por católicos, con tal que la escuela sea laica, ó que de hecho esté escluída la enseñanza del catecismo; están en el deber de retirarlos a la brevedad posible, so pena de grave culpa y de ser privados de Sacramentos. El lleno de este deber no lo creemos difícil puesto que existen escuelas y colejios que sin el menoscabo de la enseñanza científica dan una educación esmeradamente cristiana.
Parte de la precedente declaración y de las instrucciones verbales que ya teníamos dadas á varios sacerdotes que nos habían consultado sobre esta materia, para mayor descargo de nuestra conciencia y cumplimiento de nuestros deberes pastorales (ilegible) ningún eclesiástico secular, ni regular, ni los que tengan curas de almas concurran á dichas escuelas á dar enseñanza relijiosa. Respecto a los demás fieles, acabamos de mostrarles sus obligaciones y les rogamos por la causa del Corazón de Jesús, que mediten en la presencia de Dios, que por causa de no pocos católicos sufre hoy la Iglesia entre nosotros, cuya libertad y divina independencia se pretende sacrificar en obsequio de una secta tenebrosa recientemente desenmascarada por nuestro Smo. Pontífice León XIII, en su admirable Encíclica Humanum Genus; de una secta que tiene a su servicio elementos poderosísimos de sedución, fuerza material, y para afrenta nuestra, el dinero de los católicos, para retribuir con munificiencia rejia á los demoledores del edificio de nuestras veneradas creencias y patrias instituciones, que han jurado no darse descanso hasta dar en tierra la cruz de la última Iglesia, proponiéndose como dilijencias previas para sus fines ulteriores, el destierro de cristo por medio de la escuela laica, del corazón de la infancia y del seno de la sociedad. Sí, mediten nuestros diocesanos y dígannos ¿Cómo se explica que un pueblo católico en su mayoría inmensa se deje esclavizar por un enemigo relativamente reducido en número y sin significación moral por el desprestijio de sus paradojas y deletereas doctrinas?
Este raro fenómeno no tendría explicación racional sin la complicidad de muchos católicos. ¿Habría sido posible la instalación de una sola de las escuelas de que nos ocupamos sin esa complicidad, sin ese concurso del embío (sic) de sus hijos é hijas á tales establecimientos?. Es evidente que nó, la escuela sin Dios no existiría entre nosotros, vivirían en paz, y los católicos no nos veríamos ahora obligados a un doble desembolso para sostener la escuela laica que repudiamos y la escuela relijiosa que tendremos que crear en todos los pueblos para preservar la juventud del ateísmo y sus horrores! Cuando abrirán sus ojos esos católicos para conocer su tristísimo papel, su actitud bochornosa y culpables condescendencias! Quisiéramos ofreceros algunas reflexiones sobre este punto de vital interés, pero las fuerzas nos faltan. Sin embargo, al terminar séanos permitido recomendaros encarecidamente las resoluciones que sobre escuelas acaba de adoptar el Congreso Católico que, como sabéis, ha merecido la bendición de N. Santísimo Padre el Romano Pontífice y la de nuestros venerables Hermanos los Rmos. Obispos argentinos, pues confiamos en la divina Providencia que si ellas como las demás resoluciones tomadas son secundadas por los pueblos el mal será conjurado en tiempo más o menos remoto. Circúlese impresa para que se publique en los templos en la forma acostumbrada. Dada en nuestro Palacio Episcopal el 13 de septiembre de 1884, aniversario centésimo nonagésimo segundo de la liberación de la ciudad de Salta por el Señor del Milagro.
Fr. Buenaventura Rizo Patrón, obispo de Salta.5

La publicación de esta durísima Carta Pastoral, llamando a la desobediencia civil, amenazando con la supresión de los sacramentos e incluso con la excomunión de aquellos fieles que enviasen sus hijos a las Escuelas sin Dios, sirvió de antecedente para que el Vicario Foráneo de Jujuy editase un Manifiesto y lo distribuyera en todos los templos de la capital y del territorio provincial. Dicho documento decía:

MANIFIESTO:
AL CLERO Y FIELES DE ESTA CAPITAL Y PROVINCIA.
Habiendo agotado por nuestra parte todos los medios de prudencia en orden á dar cumplimiento á la Carta Pastoral de nuestro Altísimo. Prelado, sin obtener ningún éxito favorable, antes bien contrario; y habiendo consultado últimamente al mismo Prelado Diocesano; cumplimos con el deber de declarar, como declaramos á los padres y madres de familia, que la Carta Pastoral está en perfecta vijencia. Por consiguiente está en la estricta obligación de retirar inmediatamente á sus hijos é hijas de las escuelas á que se refiere la Pastoral: previniéndoles que por nuestra parte estamos dispuestos á hacer efectivas las penas allí aplicadas, á todas aquellas personas que no acaten las órdenes de nuestro Altísimo Prelado.
Para cuyo efecto, los padres y madres de familia que estén dispuestos á acatar lo prescripto, mandarán un aviso firmado, o se apersonarán á esta Vicaría, o al Rvdo. Padre Superior del Convento; en el concepto que serán tenidas por refractarias y sujetas á las penas mencionadas las personas que así no lo hicieren. Dado en esta Vicaría Foránea de Jujuy, á dias 22 del mes de Octubre de mil ochocientos ochenta y cuatro.
Firmado: Demetrio Cau

Ante semejante acto de rebeldía y desacato, el Gobernador José Eugenio Tello informó perentoriamente al Ejecutivo Nacional las preocupantes novedades. Redactó una nota dirigida al Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública, Eduardo Wilde, del siguiente tenor:

Nota enviada por el Gobernador Tello, al Ministro de Culto de la Nación, Eduardo Wilde.
Jujuy, Octubre 23 de 1884.
Exmo. Ministro de Culto. Buenos Aires.
Oficial: El Vicario Foráneo de esta Iglesia Matriz ha publicado ayer bajo de su firma en hoja impresa el siguiente manifiesto: (sigue la transcripción textual del texto).
Manifiesto a Ud. que en esta Provincia hay una Ley de la Legislatura declarando obligatoria la Instrucción Primaria de los niños, y que es deber de este Gobierno hacerla cumplir en la medida de sus facultades.
Saludo a V.E.
Eugenio Tello, Gobernador.

La misma fue enviada cablegráficamente. La respuesta del Ministro no se hizo esperar y se produjo a través de dos telegramas: luego de haber recibido el Manifiesto publicado por el Vicario Cau.

Telegrama 1: Telégrafo Nacional. República Argentina. Original 1602, Nº 98, con 6 palabras en Domicilio y 50 en el texto. Enviado desde Buenos Aires a las 8.15 hs. del 25 de Octubre de 1884, fechado el 24/10 a las 5.20 a.m. y con destino al despacho del Gobernador Tello
Oficial: Agradesco (sic) su telegrama comunicando el manifiesto de Vicario Cau. Será tenido en cuenta, me felicito que en su provincia haya una ley de Instrucción obligatoria, es la mejor arma contra el fanatismo insensato, y tenga la seguridad de que VE la cumplirá bien.
Saludos a V.E.

Firmado: E. Wilde.

Telegrama 2: Telégrafo Nacional. República Argentina. Original 1154, con 10 palabras en Domicilio y 58 en el texto. Enviado desde Buenos Aires a las 11. 50 hs. del 28 de Octubre de 1884, fechado el 27/10 a las 4.45 hs. y con destino al despacho del Gobernador Tello.
Oficial: Todas las medidas que Ud. tome dentro de sus atribuciones para reprimir atentados de funcionarios eclesiásticos contra la soberanía nacional á las leyes vigentes en esa Provincia serán aprobadas por todo el país y sostenidas por el gobierno de la Nación en la parte que le corresponde.
Saludo a V.E.

Firmado: E. Wilde.

Dice Bidondo (1980) en su conocido trabajo:

En nuestra ciudad, ocurrieron desordenes religiosos, y en uno de ellos, varias personas derribaron la cruz del Convento de San Francisco, la que estaba instalada en una esquina, sobre el muro que circundaba el atrio. La intervención del Vicario de Salta, Pablo Padilla y Bárcena, que había nacido en Jujuy, impidió que las cosas pasaran a mayores y el conflicto se solucionó (p. 407).

En realidad el conflicto estaba lejos de solucionarse. Diría que recién comenzaba. No olvidemos que el prelado ordenó a la feligresía no asistir a las escuelas públicas, de cuyo horario de clases se suprimiría el dictado de Catecismo Cristiano. A su vez, el Gobernador debió pronunciarse públicamente respondiendo a la proclama de Rizo Patrón. Para redactar el comunicado utilizó el reverso del Telegrama enviado a Wilde, dando forma a un decreto provincial, con fecha 28 de octubre de 1884, dirigido a los Comisarios de Tilcara, Humahuaca, Yavi y Santa Catalina. El texto decía:

Oficial: Prestará Ud. el más decidido auxilio a los jueces de Paz y á la Municipalidad a fin de hacer cumplir la Ley Provincial que hace obligatoria la Instrucción Primaria. A pezar (sic) de la Pastoral del Sr. Obispo aquí concurren todos los niños á las Escuelas.
Aconseje Ud. a los maestros de Escuela que enseñan á los niños, el Catecismo de la Doctrina Cristiana á los que voluntariamente quieran aprender. Agote los medios consiliatorios (sic), para que el Sr. Cura no entorpezca esta órden respecto a la asistencia de los niños. Salúdolo, esperando me avise, el resultado. Eugenio Tello. Gobernador. Es copia
M. Belisario Arce. Ofl. Mar6

El prudente pronunciamiento de Tello reflejaba una situación política compleja. En primera instancia y sin intención de confrontar, buscó consensuar posturas conciliatorias con el clero provincial, a fin de amortiguar el impacto de la Carta Pastoral y el Manifiesto de Cau. Para dar crédito a su táctica, rápidamente impartió a los Comisarios una orden expresa: no suprimir la enseñanza de catecismo a los niños que voluntariamente deseen recibirla. Similar actitud habían adoptado algunos ejecutivos provinciales de la región, como Santiago del Estero, Catamarca y Tucumán. Las convicciones religiosas de Tello (Sánchez de Bustamante, 1957), le hicieron creer que estas medidas restañarían, en parte, la herida abierta en la jerarquía eclesiástica y aislaría a los grupos ultraconfesionales que apoyaban a Rizo Patrón. En segundo lugar, sin descuidar su condición de mandatario provincial, referente del poder civil y teniendo presente su adhesión al autonomismo roquista, intentaba relativizar el efecto de ambos documentos en el pueblo jujeño. Por lo mismo, declaró que las actividades educativas eran normales y "aquí concurren todos los niños á las escuelas".
Pero no todo corría sobre rieles. El conflicto con la Curia puso en evidencia, una vez más, la debilidad política y administrativa del Ejecutivo local para imponer taxativamente la cuestionada legislación. Debilidad real que obligó al mandatario a utilizar un lenguaje conciliatorio con los curas de pueblos y parroquias del interior provincial, a fin de que no opusiesen reparos o boicot, a las nuevas orientaciones pedagógicas. Como se puede apreciar, no era sencillo hacer cumplir -por decreto- una ley nacional en todos los órdenes del distrito. Ahora bien, su actitud política fue paradigmática: sentó un precedente conciliatorio muy significativo para en la sociedad jujeña y marcó un punto de inflexión que abrió paso a una legislación provincial ecléctica cuyo texto omitiría abiertamente el espinoso artículo VIII (de laicidad educativa), de la ley 1.420.
Retornando a las particularidades del conflicto, prestemos atención a las declaraciones de la Comisión Provincial de Educación. Tomando como referencia las afirmaciones de Tello, se pronunció públicamente dirigiendo la siguiente nota al Ministro de Gobierno:

La Comisión que tengo el honor de presidir, me ha encargado dirigirme a Ud. con el objeto de pedirle recomiende a los Jueces de Paz y auxiliares de toda la Provincia, en los Distritos que hay escuelas, el fiel cumplimiento de la Ley que hace obligatoria la instrucción de la juventud; pues cada dia tienen quejas de los preceptores que pasan cada mes la lista de las inasistencias, y no consiguen de las autoridades la aplicación de la multa establecida.
Hoy con mayor razón se hace necesario adoptar medidas para contrarestar (sic) la prédica que se viene haciendo contra las escuelas que costea el erario de la provincia y la Comisión espera que el Exmo. Gobierno (haya) tomado las medidas que crea convenientes para contrarestar (sic) esa propaganda é impedir que las únicas escuelas existentes tengan que cerrarse por falta de alumnos. Saludo al Sr. Ministro con mi consideración y respeto. 24 de Octubre de 1884.
Firman: Mariano Tezanos Pinto (Presidente) e Ismael Carrillo (Secretario)

Al pie de página una providencia del gobernador dice:

Jujuy, Octubre 28 de 1884.
El Poder Ejecutivo de la Provincia Ante los Jueces de Paz, Municipalidades, Comisarios, Circúlese la Ley de la Provincia que prescribe la Instrucción obligatoria de los niños, recordándoles el deber de darle estricto cumplimiento. Contéstese i archívese.
Firmado: Tello y Manuel Padilla.

A pesar de mantener la enseñanza de catequesis en las escuelas, de ninguna manera el conflicto se disipó. Al contrario, las duras sanciones por parte de los poderes públicos de la Nación no se hicieron esperar. En noviembre fueron remitidas a Jujuy las siguientes resoluciones del Ejecutivo Nacional:

Resolución nº 237 del Presidente de la Nación y del Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública de la Nación Argentina.
Buenos Aires- Noviembre 3 de 1884.
Considerando:
Que el Obispo de la Diócesis de Salta Fray Buenaventura Rizo Patrón ha publicado una Pastoral atentativa á las instituciones y á la leyes de la Nación, incitando á desconocerlas, con menoscabo de su soberanía y detrimento de sus autoridades, produciendo conflictos en la sociedad y la familia, perturbando la Conciencia pública y estableciendo incompatibilidades entre el cumplimiento de los deberes de los ciudadanos en su calidad de tales y el de los fieles como pertenecientes a la comunión Católica.
Que el Obispo mencionado ha hecho uso indebido de sus facultades como Gobernador de la Diócesis, abusando de su autoridad espiritual para contrariar los mas legítimos propósitos de los poderes del Estado é imponiendo penas tales como la privación de sacramentos, cuya gravedad no puede ser desconocida, por lo cual deben ser consideradas como medios coercitivos para producir actos de verdadera rebelión.
Que tales procederes son manifiestamente contrarios á la tranquilidad y al orden de la República.
Que en falta análoga han incurrido los Vicarios foráneos de Santiago y de Jujui Don Rainiero J. Lugones y Don Demetrio Cau:
Atento lo dictaminado por el Procurador General de la Nación.

EL PRESIDENTE DE LA NACION RESUELVE:

(…)

Buenos Aires, noviembre 3 de 1884.
Al Exmo. Señor Gobernador de la Provincia de Jujuy- Cumplo en llevar á conocimiento de V.E. una copia legalizada del Acuerdo General de Ministros dictado en esta propia fecha, por el que se suspende en la administración y jurisdicción del Obispado á que esa Provincia pertenece á S. S. J. Fray Buenaventura Rizo Patrón y se separa del puesto que desempeña al Vicario Foráneo Don Demetrio Cau.
Debo esperar que V.E. se sirva darme inmediato aviso de todo acto jurisdiccional ó administrativo que se produzca en esa Provincia, siempre que él implique un desconocimiento ó una desobediencia á las disposiciones adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional.
Ofrezco á V.E. las seguridades de mi alta consideración.
E. Wilde

En el reverso del documento, El Ejecutivo Provincial acusa recibo:

Jujui Noviembre 14 de 1884 El P. Ejecutivo de la Provincia. Contésteles lo acordado, publíquese con el decreto de su referencia i archívese.
Firmado: Padilla

Durante el conflicto se profundizaron las disensiones internas en la Comisión de Escuelas y el miembro que en minoría defendía la ley 1420 sin recortes ni omisiones,7 elevó su renuncia. Manifestaba su desacuerdo con lo que presuponía un objetivo difícil de lograr: incorporar la laicidad a la educación elemental jujeña. A pesar de las sanciones recaídas sobre el clero, el llamamiento de Rizo Patrón en consonancia con la actitud conciliatoria de Tello, fueron precedentes importantes para neutralizarla, dando pie para que -por omisión- el credo oficial perdurase entre los saberes escolares. Tras arduos debates en el seno de la Comisión, el renunciante entendía que la actitud tomada por la mayoría de sus miembros colisionaba con uno de los postulados fundamentales de la normativa nacional. Quizás no dimensionaba el enorme peso de la tradición eclesiástica-colonial, largamente sedimentada en el imaginario colectivo de las provincias noroestinas, elemento que, a la postre, se constituiría en el factor determinante para neutralizar la laicidad.

La Desobediencia de Juanita

Hacia mediados de siglo la escuela más importante para educación de la mujer fue privada y confesional. Esta fue La Casa de Educandas de Dolores. Nombre propuesto por su fundador, Don Escolástico Zegada, en homenaje a la esposa del Presidente de la Confederación, don Justo J. de Urquiza, madrina del establecimiento. En 1858, año de su creación, el gobierno jujeño aportó un subsidio de $B800 (pesos bolivianos, ochocientos). Para recibir dicho emolumento La Casadebía aceptar, en calidad de pupila y becaria, a una niña de cada departamento provincial. Con un plantel de 25 alumnas inició sus actividades. El plan de estudios contenía tres materias: Catecismo (cuyo autor fue Zegada), Economía Doméstica y Artes Decorativas. Las alumnas debían someterse a un riguroso Reglamento Moral y las egresadas con calificaciones sobresalientes se incorporaban a trabajar, como auxiliares a sueldo de la Directora (Barros, 1946). En la actualidad es el Colegio Nuestra Señora del Huerto, y desde siempre se dedicó a instruir niñas. La congregación de las Hermanas San Vicente de Paul se ocupó del cometido hasta 1871, continuando hasta el presente las Hermanas del Huerto.
Si a estos elementos de análisis, queremos aportar otro dato histórico significativo, detengamos por un instante la mirada en la recientemente fundada Escuela Normal Juan Ignacio de Gorriti, concebida como templo del magisterio positivista. Desde el comienzo de su gestión (julio 1884) su rectora neoyorkina y católica, se empeñó en contradecir esta suposición y se dedicó a tramitar autorización para que en los horarios de clases se dictara catecismo. Recordemos las palabras que
fundamentaron dicho pedido: "Según el criterio de la época, la sola instrucción sin frenos morales era peligrosa" (AAVV, 1984: 34). Rubén Alejo Barros (1934: 89), señala que:

La Señorita Stevens, poseedora de una gran formación moral y religiosa sobrepuso a toda otra consideración su vocación de educadora y forjadora de voluntades. Todos los días, durante cinco minutos previos a la entrada a clases reunía en el patio a sus alumnas para hacerles algunas observaciones y reproches, las aconsejaba e instruía en el credo católico, esforzándose por ganarles el corazón; apoyada en razones de origen étnico y otras, obtuvo por persuasión que el Superior Gobierno la autorizara a incluir una hora de religión (herejía liberal!) en los programas....

Sus convicciones la impulsaron a viajar en 1890 a Capital Federal para solicitar apoyo a los legisladores nacionales de Jujuy. Si la petición era denegada tenía previsto renunciar y retirarse del establecimiento, ya que no concebía una Educación Moral sin fundamentos, ni preceptos religiosos:

En caso contrario, daremos a los educandos un arma de dos filos: una contra sí mismos y otra contra sus semejantes. (Barros, 1934: 90)

Logró su objetivo. Y si observamos el horario semanal, se puede advertir que desde su fundación, los martes y jueves en las dos primeras horas de la tarde (a partir de las 14), se enseñaba catecismo cristiano. No todos valoraron positivamente sus logros. En 1900, el nuevo Inspector Nacional de Escuelas designado en Jujuy, José Salinas (Barros, op. cit.: 35), la criticó públicamente, descalificando esta vertiente confesional del plan de estudios. Entredicho que puso en tela de juicio su gestión, operando como precedente para que en 1903 renunciara al cargo. Fue sustituida por el Prof. Pablo Arroyo, uno de los primeros jujeños egresado de la Escuela Normal de Paraná. Con relación al incidente, Barros (op. cit.: 90), agrega lo suyo:

Dicha concesión debía costarle un grande disgusto, más su renuncia que le fue aceptada designándose en su reemplazo al Prof. Don Pablo Arroyo. (…) El Poeta Don Leopoldo Lugones, mientras ejercía en 1903 la Inspección General de Escuelas, enterado de esta singularidad, la criticó públicamente y sin ambajes; la Señorita Stevens se sintió lesionada y presentó su renuncia inmediatamente, retirándose a la vida privada. Murió en nuestra ciudad en 1929, rodeada del afecto general.

Esta breve reseña aporta mayores elementos de juicio para determinar hasta que punto no fue sencilla la decisión de imponer en la provincia una educación laicizada, despojada de su pasado, de sus raíces culturales y de sus tradiciones. Por otra parte, a pesar de las fuertes identidades positivistas del normalismo, tampoco fue posible incorporar el laicismo a los primeros planes de Formación Docente de la Escuela Normal de Jujuy. En dicha modalidad del naciente sistema educativo, por el contrario, Juanita Stevens promovió una enseñanza marcadamente confesional, contradiciendo abiertamente las prescripciones curriculares de Paraná. Como se puede observar, no sólo la curia se pronunció contra el laicismo. Contó, inesperadamente, con un aliado valioso: la figura emblemática del normalismo jujeño. Si a estos factores poderosos se suma la política conciliadora del gobierno y la debilidad política del Estado Provincial, sin dificultades podremos comprender porque la laicidad fue un objetivo inviable para la escuela pública jujeña.

Raíces Histórico-Culturales de la Inviabilidad

Sería inconducente reducir este conflicto solamente a cuestiones políticas o religiosas. La imposibilidad de conformar la escuela laicizada en Jujuy tiene raíces más profundas. Desde un comienzo, los incidentes superaron los marcos pedagógicos y confesionales para trascender hacia aspectos históricos-culturales, fundamentales en una provincia signada por la tradición hispano-colonial. El fuerte arraigo de un imaginario colectivo donde la religiosidad popular se mixturó y pervivía, a través de un interesante sincretismo mítico y místico, mezclada con creencias precolombinas y con el discurso de la pedagogía de la evangelización, fue un obstáculo insalvable. Simbiosis de enorme peso en el imaginario colectivo de los pueblos del noroeste argentino y de Indo-América en general que, a la hora de excluir la religión de la escuela, resultó imposible obviar. Así, a la irreductible presencia del dogma, fantasma permanentemente entronizado en los hábitos, prácticas y valores de las sociedades de la región mediante una escolaridad matizada con sangre y penitencia ("la letra con sangre entra"), se sumó el disciplinamiento y la sumisión de las masas nativas, a través de la indignidad de la mita, la encomienda servil y el látigo; eficaz combinación para determinar persuasivamente donde estaba Dios, quiénes mandaban y quienes eran los indiscutidos patrones de minas y haciendas (Todorov, 1995; Yépez, 2006).
En función de lo precedente, recordemos que aunque habían transcurrido setenta años desde la ruptura con España, en provincias como Jujuy pervivían resabios muy arraigados del arcaico modelo educativo eclesiástico-colonial. Por lo mismo, fue escenario contradictorio de una de micro-historia pedagógica que si bien testimonió el fin de época,8 punto de arranque del proceso de disolución inexorable de dicho modelo, esto de ninguna manera significaba que, mecánicamente, emergería un nuevo paradigma sustituto en estado puro. Por el contrario, lo a-histórico e irreal hubiera sido concebir su irrupción, despojado de las contradicciones y de las múltiples formas de la relación entre educación y sociedad que entrelazaron al mismo. De ahí que el diseño de la educación primaria jujeña haya sido el producto cultural de una sociedad que, con el rostro de Jano, navegaba el remolino de corrientes contradictorias. Por un lado, la modernidad liberal impuesta desde el poder central por el roquismo, que, en el marco de la unidad nacional la integraba al mercado capitalista pampeano. Por otro, se enfrentaba a la tenaz persistencia de añejos valores y concepciones culturales de fuerte raigambre hispano-colonial -ligadas al antiguo eje Potosí y Charcas-, que se negaban a morir.
Frente al inexorable avance del dominante modelo económico agro-exportador pampeano y sus economías regionales, el resultado de dicha confrontación era previsible. Y ante la imposibilidad de torcer la historia y las consecuencias económicas y culturales de la segunda revolución industrial y de la división internacional del trabajo en las sociedades periféricas, el fruto pedagógico engendrado en esta lejana provincia fue imperfecto y adquirió la forma ecléctica de una educación primaria en la que interactuaron las nuevas orientaciones educativas de la modernidad liberal, con arcaicas raíces pedagógicas, propias de su pasado colonial. Metafóricamente podría decir que, el Cristo caído, (Yépez, 2003) tumbado por los jóvenes decentes y liberales del autonomismo jujeño, en el atrio de la Iglesia San Francisco, tambaleante volvió a erguirse y la escuela pública laicizada -uno de los productos más fieles del paradigma educativo comeniano, de la Ilustración condorcetiana y de las revoluciones burguesas del siglo XVIII europeo-, en Jujuy no
pudo ser. No por ello cerró sus puertas a la modernización de los '80 y a la introducción de una praxis pedagógica superadora de la escuela colonial.

Conclusiones para debatir

Acercando una primera conclusión a este problema, diré que si en la zona del litoral pampeano y en particular en Buenos Aires se impuso una concepción laica-liberal de la educación primaria, ello fue consecuencia -necesaria y previsible- de una extensa y sostenida tradición y subordinación ideológico-cultural de la ciudad-puerto a sus socios comerciales europeos no españoles. Como rezaba un viejo adagio, las clases burguesas y oligárquicas del Plata consumían en inglés, pensaban en francés y al castellano sólo lo utilizaban para denominar las cosas. Situación que no se reprodujo en Jujuy. Allí estuvo ausente dicha tradición y las conservadoras élites jujeñas, a finales del siglo XIX, aún mantenían incólume sus tradiciones culturales andaluzas y potosinas. Era una sociedad que preservaba un sistema de haciendas y latifundios con expoliada mano de obra indígena, en la que el martirio de la encomienda y el señorío de sus clases privilegiadas le imprimieron un reaccionario conservatismo. Lo señalado nos indica porqué el producto educativo emergente fue un bien cultural ecléctico, producto de un pacto no escrito entre las partes contendientes. Mientras lo contextual neutralizaba el discurso laicista en la escuela, los preceptos confesionales naturalmente se integraron a sus saberes formales, pues se manifestaban como parte indisoluble de la sociedad misma. Una segunda conclusión, sería reconocer el desarrollo desigual y combinado de los sistemas educacionales en un Estado-Nación asimétricamente conformado. Tal como lo señaló Puiggrós (1993), el Estado conformado en el `80 se articuló a partir de sus regiones, que pre-existieron con anterioridad a la construcción de éste. En dicho proceso, el noroeste y sus jurisdicciones trataron de preservar algunos aspectos esenciales de su perfil axiológico y cultural, ya que en el plano político y material no tuvieron más opciones que integrarse al modelo de país que -sin objeciones- impuso la república agro-exportadora. En ese sentido, la mixtura pedagógica que expresó la educación primaria jujeña fue una síntesis singular entre una propuesta educativa exógena, que con aire modernizante llegaba desde el sur a imponerse; mientras los valores pedagógicos endógenos, desde el norte profundo, intentaron resguardar la fisonomía, la historia y la tradición de un lejano distrito que, si no tenía más remedio que integrarse sometiéndose, lo haría llevando algo de sí en sus alforjas.
Por último, una tercera conclusión sugiere que las enconadas e inflexibles posturas expresadas en ese momento histórico por las mentalidades reaccionarias y los grupos ultramontanos e integristas, subordinados al dogmático ecumenismo romano, pusieron en evidencia una cuestión crucial: se respiraban aires de fin de época, en consonancia con el inexorable advenimiento de un nuevo proceso de secularización social de las costumbres, más profundo y conmovedor que los gestados por los ilustrados europeos. Las antiguas Provincias Unidas ingresaban resueltamente, aunque de manera desigual y heterogénea, a una nueva época histórica y a otro clima de ideas. Ocaso de un tiempo largo que al desintegrarse, cedió paso a la impronta de un período fértil en alumbramientos (de nuevas prácticas pedagógicas y epistemológicas); de conmociones (de lo dogmático y estatuido) y de mutaciones (históricas, económicas, sociales y culturales), propias del inexorable proceso de transformación estructural que transitaba la sociedad argentina de ese tiempo.

Notas

3 Situación constatada por la nota remitida al mandatario, el 8 de octubre de 1884 que dice: "La Comisión que tengo el honor de presidir me ha encargado me dirija a Ud. con el objeto de hacerle presente que sus recursos están agotados y sin poderle abonar los sueldos de los preceptores desde agosto, razón por la cual no se pueden tampoco remitir a la Comisión Nacional de Educación las cuentas y comprobantes del 2º cuatrimestre para el pago de la Subvención nacional. Estos entorpecimientos se salvarían si el Exmo. Gobernador nos autorizara para abrir en la Sucursal del Banco nacional en esta ciudad, una cuenta corriente, hasta la cantidad de tres mil pesos nacionales, que se irán saldando con los fondos propios de escuelas que deben depositarse allí. Esta Comisión no duda que el Exmo. Gobernador, que tanto interés ha manifestado por el adelanto de la educación común acordará esta autorización... ". Mariano T. Pinto. Archivo Histórico de Jujuy (en adelante AHJ), Sección Histórica, Documentos Manuscritos, Caja Nº 2, Segundo Semestre de 1884.

4 Cfr., Rizo Patrón, Buenaventura., "Carta Pastoral", en La Esperanza, periódico católico quincenal, publicado en Salta, Año I, Número 63, del 18 de Setiembre de 1884, AHJ, Sección Histórica, Documentos Manuscritos, Caja Nº 2, segundo semestre de 1884.

5 En la primera página del Periódico "La Esperanza", también se publican las Resoluciones de la 1º Asamblea Nacional de los Católicos Argentinos, que transcribimos: "1) La Asamblea Nacional de los Católicos Argentinos reconoce la obligación de acatar plenamente el Syllabus, y le adopta como base indispensable y necesaria para restaurar el reinado social de Jesu Cristo (sic). 2) Las Asociaciones Católicas de la República deben promover la instrucción de sus miembros en la doctrina del Syllabus, y la propagación de ella por medio de lecturas, conferencias y comentarios destinados a ese objeto. 3) La Asamblea exita el celo de los católicos, que por cualquiera circunstancia estén en actitud de ejercer influencias en la sociedad y en el gobierno, para que se esfuercen por restablecer la autoridad que en el régimen de la enseñanza pública corresponde, según la doctrina del Syllabus, á la Iglesia en las Naciones cristiana. 4) La Asamblea igualmente incita á las personas de buena voluntad de la República á poner en ejercicio todos los resortes adecuados para asegurar á los católicos, con garantías suficientes y en toda su legítima estención, la libertad de la enseñanza secundaria y superior y á fundar una Universidad Católica investida con el poder de conferir grados académicos en todas las facultades, y en la cual se enseñe la doctrina católica en toda su integridad". Lejos de circunscribirse a la escuela primaria, la batalla estaba planteada en todos los niveles de la educación.

6 AHJ, Sección Histórica, Documentos Manuscritos, Caja Nº 2, segundo semestre de 1884. De este repositorio se seleccionaron: El periódico La Esperanza, donde esta publicada La Pastoralde Rizo Patrón, El Manifiesto de Cau, los Telegramas de Wilde y las Notas de Tello.

7 A partir de la documentación relevada puede tratarse de José Cuñado, quien fuera reemplazado por Pablo Blas en febrero de 1885. Al respecto, disponemos de una nota de éste, dirigida al Gobernador en la que acusa recibo del "Decreto por el que se me nombra Vocal Propietario (?) de la Comisión de Educación en reemplazo de Don José Cuñado. Aunque la concurrencia al local donde funciona la Comisión de Educación pueda ser incompatible con mis funciones de Juez, procuraré allanar esta dificultad en lo posible, pues tengo por regla de conducta el no rehusar mis servicios cuando ellos son honoríficos y en beneficio de la educación común; así que acepto temporariamente el puesto que se me confía en la referida Comisión...". AHJ, Sección Histórica, Documentos Manuscritos, Caja nº 1, primer Semestre de 1885. Dije que examinaría las consecuencias de designar miembros plenos de la Comisión Provincial de Escuelas ad-honorem. Las tareas eran demasiadas y la carencia de una retribución desanimaron a una serie de personajes notables de la historia jujeña. Para citar una referencia basta recordar la siguiente cita: "Hasta 1894 se encuentran las actas de la Comisión de Educación, y a partir del 5 de enero de 1895 aparece como Consejo General de Educación sin aclaración alguna, ni autorización del Poder Ejecutivo, o al menos, mención de ellas. Su constitución es la misma: presidente y dos vocales, más el Inspector Nacional, con carácter de vocal también. Esta es la constitución que sigue en vigencia, a pesar de las modificaciones introducidas en las obligaciones y atribuciones de los vocales. A partir de este año de 1896 los cargos en el Consejo son rentados...". Gómez Rubio, D. (1977) Síntesis de la Historia Cultural de Jujuy 1870-1970. Jujuy: Imprenta Gobierno Provincial, pp. 18 y 19. No opina igual Barros (1946) que dice: "A partir de 1888, según ley provincial del 4 de marzo del año anterior, los cargos de la Comisión fueron rentados. Pese al elogio absoluto que hace Helguera Sánchez, de los miembros de la comisión, la gestión de ésta hasta 1888 no se distinguió ni por su empuje ni por medidas de trascendencia educacional; ese año se posesiona de la Presidencia del Consejo General de Educación (así comenzó a denominársele) Don Emilio Silvetti, designado por el Gobernador Don Pedro Álvarez Prado; aunque  tucumano de origen, no tardó mucho en penetrar el complejo educacional del momento y demostrar sus dotes de organizador...". Barros, R. A. (1946) Cien Años de Educación Pública en Jujuy (1810-1910), sin pie de imprenta, Biblioteca Popular de Jujuy, p. 40.

8 En este proceso histórico Jujuy y las demás provincias del Noroeste durante más de cien años vivieron intensamente la transición de una sociedad a otra. Fueron testigos privilegiadas de la disolución del orden colonial y protagonistas del alumbramiento de una comunidad independiente. En el plano económico, fue punto neurálgico de un rico y poderoso intercambio comercial con el espacio altoperuano, el cual comenzó a languidecer a partir de la constitución del Virreinato del Río de la Plata, hasta su ocaso definitivo con la llegada del Ferrocarril a San Salvador en 1891, soldando y subordinando su economía al modelo de país diseñado desde el Plata. En el plano cultural la transición se inició con el desarrollo de la Ilustración en el NOA, a fines del Siglo XVIII, escenario de la decadencia paulatina de las formas arquetípicas de educación colonial en la región. Aunque no por ello las expresiones confesionales en la escuela se suprimirían. Recordemos que durante más de tres siglos la acción educativa y la evangelización estuvieron -mayormente- en manos de las órdenes religiosas. Luego de la independencia y a pesar mismo de la Ilustración, la escuela siguió amarrada al culto. Para demostrarlo basta con recordar -por ejemplo- el Reglamento Belgraniano, el cual puntualiza en el Art. 5 que "Se enseñará en todas las escuelas a leer, escribir y conocer la gramática castellana, los fundamentos de nuestra Sagrada Religión, la Doctrina Cristiana y el Catecismo de Astete..."; o lo que dice el Art. 7. "En los domingos de renovación o en los días de rogaciones los jóvenes asistirán a la Iglesia presididos por su maestro...". Vid. Busquets, Enriqueta., y Babot, Judith (1991), La Ilustración y Tucumán a Comienzos del Siglo XIX. Tucumán: Facultad de Filosofía y Letras, UNT; Chiaramonte, José. C. (1982), La Crítica Ilustrada de la Realidad. Economía y Sociedad en el Pensamiento Argentino e Iberoamericano del Siglo XVIII. Buenos Aires: Capítulo-CEAL, y (1989) La Ilustración en el Río de la Plata. Cultura Eclesiástica y Cultura Laica durante el Virreinato. Buenos Aires: Puntosur Editores.

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Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, Documentos Manuscritos, Cajas 1 y 2

Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, del primer y segundo semestre del año 1884. Documentos Manuscritos, Cajas 1 y 2

Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, del primer y segundo semestre del año 1885. Documentos Manuscritos, Cajas 1 y 2

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Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, del primer y segundo semestre del año 1887.

Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, Mensajes de los Señores Gobernadores de la Provincia de Jujuy a la Honorable Legislatura (1834–1909), sin pie de imprenta.

Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, Educación Común de la Capital, Provincias y Territorios Nacionales. Informes Anuales, VIII Tomos, desde 1880 a1890, Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública de la República Argentina, Librería, Imprenta y Encuadernación de G. Kraft, S. Martín 150, Buenos Aires

Archivo Histórico de Jujuy, Sección Histórica, Censo Escolar Nacional. Correspondiente a Fines de 1883 y Principios de 1884. Levantado por la Superintendencia Administrativa de la Comisión Nacional de Educación y Compilado bajo la Dirección de Francisco Latzina. Tomo I, Población Escolar, Talleres de la Tribuna Nacional, Bolívar 38, Buenos Aires, 1885

Archivo Histórico de Jujuy, Jujuy en sus Documentos, Tomos I, II, II y IV, recopilación del Archivo Capitular de Ricardo Rojas, Imprenta López, Buenos Aires, 1912, 1913, 1941 y 1944.

Archivo Histórico de Jujuy, Descripción de la Provincia de Jujuy. Informes, Objetos y Datos que se presentan al Comisionado Provincial, Senador Don Eugenio Tello, a la Exposición Universal de 1889 en París, Imprenta de José Petruzzelli, San Salvador de Jujuy, 1888.

Archivo Histórico de Jujuy, Homenaje a la Fundadora y Primera Directora de la Escuela Normal de Jujuy, Sta. Juana Stevens, en el Cincuentenario de los Primeros Diplomas Otorgados en esta Escuela (1889-1939), Imprenta López, Buenos Aires, 1939.

Biblioteca Popular de Jujuy, Colección de Diarios Provinciales del Siglo XIX (1858– 1900), Sección Autores Jujeños.

Biblioteca Popular de Jujuy, Compilación Anónima, Memorias y Mensajes del Pasado Jujeño, sin pie de imprenta, Libro Nº 215, Sección Autores Jujeños.

Biblioteca Popular de Jujuy, Memorias Anuales del Consejo Nacional de Educación (1882–1890), Colección de VIII Volúmenes. Buenos Aires, Imprenta de la Tribuna Nacional.

Biblioteca Popular de Jujuy, Zorrilla, B. Informe sobre la Educación Común en la Capital, Provincias y Territorios Federales. Año 1886. Informe presentado al Ministerio de Instrucción Pública por el Presidente del Consejo Nacional de Educación, Tomo II, Buenos Aires 3782, Imprenta de la "Tribuna Nacional", Calle Bolívar 38, 1887.

Biblioteca Popular de Jujuy, Helguera Sánchez, A. Informe sobre las Escuelas de la Provincia de Jujuy, presentado el 30 de abril de 1887 al Presidente del Consejo Nacional de Educación, Dr. Benjamín Zorrilla, sin pie de imprenta.

Biblioteca de la Escuela Normal de Jujuy "Juan I. de Gorriti", Memoria de 1886–1887. Informe presentado por Juanita Stevens al Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública de la Nación. Sin pie de imprenta.

Biblioteca Sarmiento, Tucumán, Pizarro, M. D., Memoria. Sesiones Ordinarias Congreso Nacional, abril 1881. Imprenta de la Presidencia Nacional, Buenos Aires, 1881.

Recibido el 5 de noviembre de 2015.
Aceptado el 4 de diciembre de 2015.

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