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Revista de historia americana y argentina

versión On-line ISSN 2314-1549

Rev. hist. am. argent. vol.50 no.1 Mendoza jul. 2015

 

INVESTIGADOR INVITADO

LAS TRES CASAS REINANTES DE CUYO1

 

Jorge Comadrán Ruiz (+)

Universidad Nacional de Cuyo

 

Pero no es esto lo peor, Señor, y así lo será el que una ciudad y Provincia se halle gobernada sólo por vecinos y parientes en primeros grados, de modo que cura, Corregidor, Oficial Real y de positivo todos los Alcaldes, no salen del grado de suegros y cuñados…, Ya años hace que a estos les llaman las tres casas reinantes2.

I.- INTRODUCCIÓN

Uno de los aspectos tal vez más descuidados de nuestros estudios históricos, es el que se refiere a la constitución social de las ciudades que se extendían a lo largo del actual territorio argentino en la época de dominación hispánica. Conocer los grupos raciales que predominaban; la relación que existía entre las distintas capas sociales; el poder político y económico de cada sector de población; las alianzas o luchas familiares o de grupos que existían en cada una de las pequeñas ciudades perdidas en el inmenso territorio del Río de la Plata, del Tucumán y de Cuyo; la reacción favorable o desfavorable de la oligarquía criolla frente al arribo de un español europeo, etc., etc.; ayudaría enormemente a entender una serie de problemas que plantea nuestra historia y que hasta ahora, o no han sido resueltos, o lo han sido sólo parcial y a veces erróneamente. Nuestro deseo es ofrecer al estudioso argentino ese panorama a que nos hemos referido en lo que a Cuyo en general, y a Mendoza en especial, se refiere. Una tarea de investigación que nos permita reconstruir esa realidad, venimos realizando desde hace tiempo en nuestros archivos. Esperamos no transcurra mucho tiempo antes de que podamos darlo a conocer. Pero ya que nos es imposible por ahora cumplir con nuestro deseo, nos ha parecido conveniente ofrecer, a modo de ejemplo y adelanto, lo que podríamos llamar una “instantánea” de la sociedad mendocina, tomada en el momento histórico en que Cuyo pasó a integrar el Virreinato del Río de la Plata. Claro está que, como ocurre con toda toma fotográfica, habrá muchos aspectos que escapen al objetivo, pero creemos que, como ejemplo, nuestra instantánea puede resultar ilustrativa.

LA POBLACIÓN DE CUYO AL CREARSE EL VIRREINATO

Una Real Orden de Carlos III3, dispuso la realización de un censo general de la población de América y Filipinas, matrícula esta que debía actualizarse anualmente. En el Virreinato del Río de la Plata, creado casi contemporáneamente a dicha Real Orden, los padrones se confeccionaron en diversas fechas -según el territorio y el Obispado del cual dependía cada uno- entre los años 1777 y 78. En el caso de la región de Cuyo, la matrícula la hicieron los párrocos de cada curato en que estaba dividida la zona, y la remitieron a Santiago de Chile, cabecera del Obispado del cual dependían todavía4. El censo de la región se hizo a fines de 1777, y arrojó un total de 23.411 habitantes. De dicha cantidad, 17.303 vivían en las ciudades de Mendoza, San Juan y San Luis; y 6.108 en los curatos de la campaña5. La población de cada una de las tres ciudades principales de la región, era la siguiente: Mendoza 7.4786; San Juan: 6.1417; y San Luis: 3.688.

CONSTITUCIÓN RACIAL DE LA POBLACIÓN DE CUYO HACIA 1777

Si ahora descomponemos las cifras antes enunciadas desde el punto de vista racial, obtendremos algunos elementos dignos de destacarse en nuestro bosquejo. Conocido por demás, resulta el hecho de que la población colonial estaba compuesta en la América española por los siguientes grupos raciales: 1 Blancos -españoles europeos, españoles americanos o criollos, y algunos extranjeros-; 2 Indios -vasallos libres de la corona, aún cuando sujetos a un régimen especial en razón de su infidelidad y del derecho de conquista-; 3 Mestizos -también libres por ser hijos de blancos e indios, ambos vasallos libres-; y 4 Negros; mulatos, zambos, y demás castas que pueden derivar de la unión entre sí o con los demás grupos raciales ya enumerados y, que pueden ser esclavos o libres, según las circunstancias. Pues bien, en el caso de Cuyo, los siguientes cuadros comparativos, nos darán una idea clara de la distribución de su población y de su composición racial9 (tabla 1; tabla 2; tabla 3):

Tabla 1

Tabla 2

Tabla 3

De los cuadros que anteceden, obtenemos la inmediata evidencia de que el elemento blanco constituía una minoría dentro de Catamarca 6.441; San Juan 6.141; Salta 4.305; Tucumán la composición racial del actual territorio cuyano. Ello no es una excepción, pues igual fenómeno ofrece el censo mencionado en lo que respecta al resto del actual territorio argentino11. Así, si calculamos los porcentajes correspondientes, veremos que del primer cuadro surge que el elemento blanco constituía apenas un 19% de la población total del Corregimiento y, visto por jurisdicción, un 53% de la actual Provincia de San Juan; un 51% de la de Mendoza -apenas un leve predominio en estos dos casos-; y sólo un 21% de la de San Juan. En cuanto a las ciudades capitales -segundo cuadro-, nos encontramos con que el blanco predomina también levemente en Mendoza y en San Juan -58% y 52%, respectivamente-, pero está en minoría en San Juan, donde sólo hay un 26%. Del tercer cuadro se desprende que únicamente en la jurisdicción de San Luis había una pequeña mayoría blanca – 58% sobre el total-, pero que, en Mendoza y San Juan, en cambio, la situación era muy distinta, pues en ellas sólo había un 11 y un 3%, respectivamente, de blancos.
Esbozado a grandes trazos ya el panorama general del Corregimiento, nos interesa ahora reducir nuestro objetivo y enfocarlo exclusivamente sobre la población de la ciudad de Mendoza y su constitución racial.

POBLACIÓN, RAZA Y SOCIEDAD

Ya hemos visto que el censo a que nos venimos refiriendo, nos da para Mendoza una población de 7.478 almas. Esta cifra, que ahora nos puede parecer insignificante -y que de hecho lo es-, colocaba sin embargo a nuestra capital en el primer lugar a este respecto entre las ciudades del interior del actual territorio argentino. En efecto, de acuerdo con dicho censo, sólo le aventajaba Buenos Aires, con sus 24.205 habitantes. Córdoba seguía a Mendoza con 7.283 habitantes, y detrás de aquella venían, por orden: Catamarca 6.441; San Juan 6.141; Salta 4.305; Tucumán 4.087; San Luis 3.684; La Rioja 2.172; Santiago del Estero 1.776; y, finalmente, Jujuy 1.707.
Hemos visto también12, como se reparte entre blancos, indígenas, mestizos, negros, mulatos, etc., la cifra indicada para la ciudad de Mendoza. Para aclarar aún más ese cuadro, diremos que ello significaba que nuestra población estaba constituida por un 51% de blancos; un 16% de indígenas; 24% de negros, mulatos, etc.; y 9% de mestizos. Ahora bien, aún cuando en cantidad el elemento blanco está casi a la par del elemento de color reunido, resulta indiscutible -desde el punto de vista social, económico, cultural y político-, el predominio del grupo constituido por españoles americanos, españoles europeos y algunos -muy pocos- extranjeros. La vida de la pequeña ciudad colonial giraba en su torno, y los otros ingredientes, especialmente el constituido por negros, mulatos, zambos, etc. -esclavos o no-, sólo servía para afianzar su poder.
Otro dato de interés debemos agregar: la población blanca estaba integrada, a su vez -de acuerdo con su estado civil-, por: 1.287 casados; 251 viudos; 1.687 solteros y 1.159 párvulos. Desgraciadamente, el censo no hace diferencia de sexos; pero podemos calcular que el número de casados y viudos estaría constituido aproximadamente por un 50% de cada sexo, de donde podríamos concluir que, en ese momento, había en Mendoza alrededor de 750 familias constituidas dentro del elemento a que nos estamos refiriendo. El dato deberá ser tenido en cuenta cuando, en próximos apartados, hagamos referencia al poder político y al predominio económico de algunas de esas familias.
Hubiese sido provechoso que, al confeccionar los padrones, se hubiese indicado por separado a españoles americanos y españoles europeos. De haber ocurrido así, hubiese sido posible analizar algunos aspectos todavía mal estudiados y -tal vez- destruir algunos lugares comunes de nuestra historia. Sin embargo, con los pocos datos que sobre el particular hemos podido reunir, casi nos atreveríamos a afirmar que por lo menos el 70% de la población blanca era ya -hacia 1777- criolla, y que esa proporción va en aumento en forma acelerada a medida que se avanza hacia 1810. Sobre este aspecto, Hernández y Sánchez Barba sostiene que: “...puede afirmarse que en el siglo XVIII -a fines del siglo, agregaríamos nosotros- la población blanca estaba copada por los criollos en un mínimo de 95 por 100”13. Un dato de interés sobre el particular -dato que, por cierto, corrobora lo afirmado por el autor citado- nos lo ofrece el censo realizado en Mendoza en 1812. En este caso se hizo la discriminación y sus cifras nos dicen que los españoles europeos no alcanzaban entonces a ser el criollos en un mínimo de 95 por 100”14.

Cabría preguntarse ahora, a qué estamento o estamentos sociales pertenecía la población blanca que venimos estudiando. Al respecto podemos afirmar: 1° No había en Mendoza nobleza de sangre, aún cuando algunos genealogistas encuentren algunas gotas -unas veces más abundantes y otras menos- de ella en los jefes de varias familias destacadas de Mendoza, pero lo cierto es que título de nobleza no encontramos ninguno; y que, de hecho, no parece grupo alguno en esta ciudad -pequeño o grande-, que por sus características pueda decirse que constituyese dicho estamento. 2° Existía sí, una burguesía comercial, industrial y terrateniente, muy extendida. 3° Dentro de esta burguesía se destacaba un grupo pequeño -no pasaba entonces de unas 20 familias-, al cual podríamos llamar de la alta burguesía. El mismo estaba compuesto, en su mayor parte, por descendientes de los fundadores o primeros pobladores de la zona. A ello se agregaban otros españoles americanos de menos generaciones en la tierra, y españoles europeos que –los unos y los otros-, ingresaban a los viejos troncos por vía de alianzas matrimoniales, después de haber probado –generalmente- su empuje en el comercio y la industria, y su capacidad para afianzar la situación económica y política de la familia y del grupo. De hecho este núcleo era el más importante, y constituía, desde el punto de vista económico y político, una oligarquía perfecta. 4° El resto de la burguesía, ocupaba un lugar de mayor o menor importancia, según su fortuna, y la relación de dependencia que supiese mantener con el grupo dominante. 5° Desde el punto de vista social, el funcionario español que llegaba a Mendoza -muy pocos por cierto, dado que en general casi todos los cargos, en no pocos casos aún los de Corregidor, eran desempeñados en esta época por hijos de la región, especialmente por los hijos de la oligarquía a que nos hemos referido-, desempeñaba un rol de mayor o menor importancia, según se aviniese o se opusiese a los planes del grupo dominante.

ECONOMÍA Y SOCIEDAD EN LA SEGUNDA MITAD DE SIGLO XVIII

Para completar el cuadro que venimos trazando, nos faltaría hablar de la actividad o las actividades económicas a que se dedicaba la población de Mendoza en la época en estudio. Conocido por demás es el hecho de que la actividad principal que se desarrollaba en Mendoza, era la derivada del cultivo de la vid y otros frutales. Un jesuita mendocino expatriado, nos da, en 1787, las siguientes noticias sobre la riqueza de la zona15:

La manzana abunda… Esta fruta conservada viene más gustosa en la estación del invierno; y de algunos años a esta parte ha comenzado a ser un renglón no despreciable de comercio, principalmente en Mendoza, de donde bien acomodada en cajones se conducen a otras provincias que carecen de ellas. La ciruela, la guinda, el albaricoque, vienen en Cuyo con excelente perfección” pág. 27. Y más adelante: “La higuera y el olivo parece haber hallado en Cuyo su propia patria... De esta fruta o pasa de higos, se hace un comercio bastante considerable con las vecinas provincias donde, o no abunda, o falta del todo este frutal” pág. 28… “El trigo, de que ha proveído la naturaleza al hombre para su ordinario sustento, viene en Cuyo perfecto y abundante” pág. 40… “Para el maíz parece con particularidad destinado todo el territorio de esta provincia. En toda ella se cultiva y en toda ella viene con excelente perfección y sorprendente abundancia” pág. 42. Pero, afirma: “El vegetal que ha ocupado la principal atención y que se ha llevado todas las miras de los habitantes de esta provincia, es la vid. En el plantío de viñas está empleada gran parte del terreno de San Juan y Mendoza... Así han llegado a multiplicarse las viñas y por consiguiente sus frutos, de modo que ellas solas hacen el principal fondo de su comercio… Con algún mayor cuidado y esmero de cultivo esta planta en Mendoza que en San Juan... El producto, que en una y otra ciudad rinden las viñas es muy sorprendente… Por tanto se puede con bastante probabilidad creer que el total producto de las viñas en ambas ciudades llegue al presente a quinientas mil arrobas de mosto al año… La calidad y perfección de los vinos de esta provincia es excelente, tanto por la fortaleza, vigor, espíritu y fuerza que tienen, cuanto por el color, claridad y esquisito gusto que adquieren después que han terminado la fermentación necesaria… Además del ventajoso, y puede decirse, principal comercio, que se hace en esta provincia del fruto de las viñas, dan éstas otro producto… se hacen de ella la pasa, tan estimable en los reinos confinantes...” pág. 43/48.

El Marqués de Sobremonte -primer Gobernador Intendente de Córdoba del Tucumán- nos da, en 1788, los siguientes datos sobre esta región16:

“Las labranzas, cultivos, frutos y especies que hacen el ordinario alimento de sus habitantes, son: el trigo, maíz, y en las ciudades del partido de Cuyo, las frutas de que abundan sus chacras y huertas, señaladamente: brevas, higos, duraznos, uvas, peras… El cultivo de viñas es el principal empleo de los habitantes de estas dos ciudades -Mendoza y San Juan-. En la de San Juan se hace vino muy bueno, pero es más propia la uva para aguardientes, que llevan a todas las ciudades de la provincia, a la de Buenos Aires y Salta, y aún al Perú. En Mendoza la mayor cosecha es la de vino, que tiene el mismo giro”.

Y don Eusebio Videla, Diputado de Comercio de Mendoza, nos resume así la actividad económica de esta ciudad, en su “Descripción…” publicada en el Telégrafo Mercantil…, en 1802:

su… “…vecindario -incluidos los curatos de Guanacache, Corocorto y Valle de Uco- se compone de 17 a 18 mil almas, cuya mayor parte se emplea en la agricultura, criansa de ganados, y en el giro de carretas y arrias que conducen el comercio que se trafica para el Virreynato de Buenos Aires y para el Reino de Santiago de Chile, de quien esta ciudad es paso presiso”17.

Así, el poderío económico -y el político que de este derivaba aquella burguesía y en especial del grupo dirigente al cual nos hemos referido-, fincaba especialmente en la posesión de la tierra, el cultivo de la vid, la elaboración de caldos, la preparación de frutas secas y su comercialización en Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, etc. Emparentados entre sí; con proles generalmente numerosas; poseían grandes extensiones de tierra, viñas, bodegas, y tropas de carretas para transportar sus caldos y frutas secas hasta los centros de comercio. Por todo ello, eran los amos indiscutidos de la zona, y se turnaban en el gobierno de la ciudad desde los puestos del Cabildo, cuando no como corregidores, subdelegados de real hacienda, oficiales Reales, etc., cargos estos últimos, que no pocas veces desempeñaron los criollos, pese a creerse generalmente reservados para españoles europeos. Uno o dos hijos sacerdotes, alguna hija monja -sobre todo a partir del momento de la creación del Monasterio de la Buena Enseñanza en Mendoza, allá por 1781 u 82- otro a estudiar en Santiago o Córdoba, y el resto a seguir con la tradición familiar -que, por otra parte, ninguno en realidad abandonaba pese a ser cura o doctor- del cultivo de la vid, la elaboración de vinos, aguardientes y frutas secas. Ya en un padrón de Mendoza de 1793 encontramos datos de sumo interés sobre el particular18. A modo de ejemplo mencionamos los siguientes de dicho padrón: El Maestre de Campo don Francisco Correas tenía dos viñas, casas, bodegas y 14 esclavos; el Maestre de Campo don Juan de Godoy; una viña de 9.000 plantas, casas, bodega, huerta de árboles, un horno de botijas, dos molinos y 20 esclavos. Don Clemente de Godoy; casas en la ciudad, chacra con viña, estancia y 20 esclavos. Don Juan de la Cruz del Castillo: casas en la ciudad, tres viñas, estancia, bodegas, 10 carretas y 24 esclavos. Don Juan de Corvalán: casas en la ciudad, chacra con viña nueva, tienda de mercancía corriente, 6 esclavos y 8 carretas con aperos. Don Angelo Francisco de Mayorga: las casas de su morada, dos viñas, una de estas nueva y 8 esclavos. Juan Gregorio de Molina: casas en la ciudad, chacra con viña y esclavos. Don Ignacio Zapata: casas en la ciudad, viña con doce mil plantas, estancia poblada de todo ganado y dos esclavos, etc.
Son 150 vecinos propietarios de Mendoza con bienes muebles e inmuebles avaluados entre 200 y 32.000 pesos fuertes, los que figuran en el padrón mencionado y ninguno de ellos deja de tener por lo menos una viña o chacra con árboles frutales. Muchos más ejemplos podríamos dar sobre el particular, extraídos de los juicios sucesorios de estas familias principales, que se conservan en el Archivo Histórico de Mendoza, pero no creemos necesario insistir en ello. Al referirnos en próximos apartados a las “Tres casas reinantes”, tendremos ocasión de ejemplificar en lo que a las mismas se refiere.
Dentro de esa población; de esa sociedad, y de esa situación económica, que a grandes rasgos hemos tratado de describir, podemos introducir ahora a nuestros personajes.

II.-LAS TRES CASAS REINANTES

UNA DENUNCIA: SUS ANTECEDENTES

El 17 de enero de 1778 don Francisco de Serra y Canals19, eleva una extensa representación al entonces Virrey del Río de la Plata, don Pedro de Cevallos. En ella se hace una serie de consideraciones con respecto a los males que -a juicio de su autor- aquejan a los vecinos de Mendoza. Uno de ellos deriva del hecho de que dicha jurisdicción se halle gobernada desde varios años atrás –“…más de ocho…”- por Corregidores interinos que sólo tratan de sacar utilidades. Pero no es esto lo peor, a juicio de nuestro personaje:

“…y si lo será el que una ciudad y provincia se halle gobernada, de modo que cura, Corregidor, Oficial Real y de positivo todos los Alcaldes, no salen del grado de suegros y cuñados; siendo éstos una clase de sujetos, que se dejarán caer un ojo, a fin de que los demás vecinos queden ciegos. Ya años hace –continúa- que a éstos les llaman las tres casas reinantes, por la protección que siempre han recibido de sus propicios, los señores de Salas, y cuando pensábamos salir de este cautiverio, nos hallamos que, por medio de estos influjos, nos cargan de más opresiones con entablar su buena opinión, para que de este modo reciban ascensos los perturbadores del Real Servicio, de lo que se sigue que los desvalidos padecen y padecerán el menos precio de aquella unidad de las cabezas de justicia, sin que los pobres se atrevan a formar recurso ni queja, a fin de no experimentar a su costa mayores vejaciones. No sin experiencia y necesidad se restablecieron las leyes, y en particular las que prohíben que los vecinos oriundos del lugar no puedan ser justicias mayores; y en nuestro caso nos acompaña cédula expresa de S. M. que Dios guarde del año pasado de 1760, con la que prohíbe la elección de Corregidor en vecino de la ciudad de Mendoza, por los desórdenes que hubo cuando lo fue de ella un Videla y Aguiar”20.

La representación prosigue con la enumeración de algunos de los abusos que -siempre en la opinión de Serra- han cometido los miembros de las “tres casas reinantes” bajo la protección de los ‘'Señores de Salas”. Surge enseguida el apellido de una de las tres casas que tanto preocupan a Serra. Es la que tiene como jefe a don Juan Martínez de Rozas. Para no “…molestar mucho la atención de V. E….”, sólo expone tres “operaciones” realizadas por este “condecorado sujeto”, son ellas: 1 En tiempos pasados el superior gobierno libró al mencionado Rozas cinco mil pesos para hacer una Capilla en la reducción de las Lagunas y según opinión común, no se gastaron en la construcción de la mencionada capilla -sólo una especie de rancho- quinientos pesos, por ser “…todo trabajado por los mismos indios”; 2 En 1769 se emprendió la obra de fortificar el cauce del zanjón que bordea a la ciudad; esta estuvo también a cargo del mismo, quién se benefició con la cuenta de siete mil pesos que al efecto se formó, sin que la obra se llevara a buen fin, y; 3 Cuando se construyó el fuerte de San Carlos la obra estuvo también a cargo de Martínez de Rozas, quien, de consorcio con el Corregidor don Juan Manuel Ruiz, gastó miles de pesos del erario en dicha obra que -a juicio de Serra- estuvo mal realizada, pues -con el sólo fin de dar valor y guardar el ingreso a la estancia que, en dicho paraje, tiene Martínez de Rozas-, se erigió en un sitio desde el cual no puede cumplir con su cometido de defender del ataque enemigo el camino de ingreso al Valle y a la misma ciudad de Mendoza. Esto ha originado muchas pérdidas de vidas que pudieron evitarse.
El informe continúa:

“…luego un espíritu semejante, colocado de Oficial Real -este cargo, como veremos luego, lo tuvo efectivamente Martínez de Rozas- teniendo éste todas las justicias tan propicias, y un Corregidor a quien no le cabe más obligación que saber las reglas necesarias para domar una mula ejercicio en que se ha criado, sólo se puede esperar el mayor desorden no teniendo una justicia mayor que lo contenga”.

Esa referencia un tanto despectiva al Corregidor, nos interesa porque en ella aparece, aún sin hacer nombres, la figura del jefe de otra de las “tres casas reinantes”. En efecto, ocupaba entonces el cargo de Corregidor don José Sebastián de Sotomayor, cabeza de una poderosa familia emparentada con los Martínez de Rozas, a la cual veremos participar activamente en la vida política y económica de la ciudad.
La denuncia reseña luego otras irregularidades, cuya responsabilidad corresponde a la trenza familiar aludida, y a las cuales no creemos necesario referirnos ahora, pues no hacen sino insistir sobre lo ya expuesto. Lo importante será comprobar o no la real gravedad de lo afirmado por Serra; y dicha gravedad surgirá si los hechos responden a lo expuesto por éste en el párrafo que sirve de epígrafe a este trabajo; y, se manifestará con mayor fuerza aún, si podemos concluir que el poder de la trenza familiar aludida -si esta realmente existió-, derivaba de la protección de los “Señores de Salas”, ya que el personaje concretamente aludido con dicha frase un tanto equívoca, no es sino don José Perfecto de Salas, rico e ilustrado criollo que había llegado a ocupar elevadas funciones dentro de la justicia y la administración del Rey en Chile y Perú. Se vería así cuan sabias eran aquellas disposiciones de la monarquía española que trataban de impedir -y aún prohibían- que los altos funcionarios de la administración y la justicia imperial, fuesen oriundas del lugar donde actuaban, o, sin serlo, emparentasen con las familias residentes en la jurisdicción de su mando.
La representación que venimos analizando nos descubre casi al final el móvil que pudo haber provocado las denuncias que contiene: Serra y Canals aspiraba al cargo de Corregidor de Cuyo, y para lograr esta aspiración había creído contar con el apoyo de Salas y de las “tres casas reinantes”, y había luego descubierto que tal apoyo era fingido y que “…bajo la apariencia de la mayor amistad estas gentes, me están causando la más grande infelicidad, sin más mérito que sus fines particulares”21. ¿No serían acaso el resentimiento y el ansia de desquite de Serra ante el fracaso de sus aspiraciones, los gestores de la denuncia?
Una nueva representación de Serra, esta vez dirigida a don José de Gálvez, insiste en algunos aspectos de la denuncia expuesta y especialmente centra su ataque en la figura de Salas. De él dice que ya en otra oportunidad ha manifestado en parte:

“…el daño que nos causa la mansión que hace en esta ciudad Buenos Aires don José Perfecto Salas; como que todos los días experimentamos vejaciones maquinadas por este duende; de modo que ni los expedientes radicados ante Asesor y Fiscal, se logra sigan su regular curso, porque cuando menos se piensa aparecen unas providencias en las que se conoce que la justificación del Jefe ignora la materia, al paso que se descubre el espíritu que las agita”22.

Es tanto el poder y la vinculación de Salas en Buenos Aires -a esta estadía de don José Perfecto de Salas en Buenos Aires haremos referencia más adelante-, que incluso ha llegado a sus manos el texto de la denuncia elevada por Serra al Virrey, en enero de 1778. En efecto:

“…con motivo de haberse pasado a manos de dicho señor Salas el citado manifiesto, no satisfecho éste de participar de aquella confianza, sacó copias para mejor conspirar contra mí, de lo que nada recelo a causa de haber procedido en esto con la mayor verdad. Yo espero del celo de V. E. -concluye Serra- la más severa providencia para que este Ministro imperfecto nos deje en paz en esta América, y yo tenga ocasiones de dedicarme al Real Servicio, como lo necesita la Provincia de Cuyo, adonde espero labrar gran mérito, siempre que la piedad del Rey Nuestro Señor se digne confiar de mi persona el mando de aquella jurisdicción; asunto de que se halla bien impuesto el Excmo, señor don Victorio de Navia, de quien siendo V. E. servido podrá informarse”23.

Cabe preguntarse ahora por la filiación de la tercera de las “tres casas reinantes”. Efectivamente, hasta el momento sólo hemos mencionado a dos de ellas: los Martínez de Rozas y los Sotomayor. La familia aludida es, tal vez, la más importante, pues es precisamente la que sirve de nexo de unión entre las “tres casas” y don José Perfecto de Salas. Se trata de la que tenía como Jefe al Maestre de campo, don Juan Luis Corvalán y Castilla, con una de cuyas hijas había contraído enlace don José Perfecto de Salas, Fiscal de la Audiencia de Chile.

DON JOSÉ PERFECTO DE SALAS Y LAS “TRES CASAS REINANTES”

No creemos sea necesario extendernos demasiado en perfilar la figura de don José Perfecto de Salas, Fiscal de la Audiencia de Chile, Asesor del Virrey Amat, y Fiscal provisto de la Audiencia de Cádiz, ya que su personalidad ha sido dibujada con maestría por Amunátegui Solar, en sus conocidos estudios sobre Personajes de la Colonia24. Recordaremos, sin embargo, algunos datos que pueden resultar de interés para nuestro trabajo. Don José Francisco Perfecto de Salas había nacido en Buenos Aires, en los primeros días de agosto del año 1714, y era hijo legítimo del Capitán don Francisco Antonio Martínez de Salas y de doña Ana de los Ríos25. En agosto de 1737 obtuvo su grado de licenciado en leyes por la universidad de San Marcos, en Lima. Pronto se destaca por su inteligencia e ilustración, y en diciembre de 1747 fue designado Fiscal de la Real Audiencia de Santiago de Chile. Durante el mandato de don Manuel Amat como Gobernador y Capitán General del Reino de Chile, Salas fue su Asesor y le acompañó con el mismo cargo a Lima, cuando aquél fue designado, en 1761, Virrey del Perú26.
En 1774, al ser reemplazado don Manuel de Amat en el Virreinato del Perú por don Manuel Guirior, Salas reasumió su plaza de Fiscal de la Audiencia de Chile. Tal es, a grandes rasgos, la carrera jurídico administrativa de este interesante personaje. Veremos luego los últimos pasos de la misma.
En enero de 1750, ya en posesión de su elevado cargo de Fiscal de la Audiencia de Santiago, don José Perfecto de Salas contrajo enlace en Mendoza con doña María Josefa Corvalán, natural de esta ciudad, e hija legítima del Maestre de Campo don Juan de Corvalán de Castilla, y de doña Ángela Chirinos de Posada27. Si el matrimonio era ventajoso para la familia Corvalán, que emparentaba con un alto funcionario de la Capitanía General de la cual dependía el Corregimiento de Cuyo, no lo era menos para don José Perfecto, ya que la familia Corvalán era una de las más ricas e influyentes en el Corregimiento; don Juan Luis, su suegro, era natural de Mendoza, e hijo de don Antonio Corvalán de Castilla y Rocha, natural de Buenos Aires. Don Antonio, Capitán y encomendero, habíase establecido en Mendoza, donde contrajo matrimonio con doña Magdalena Arias Molina Videla, nacida en Mendoza en 1670, e hija del Maestre de Campo Luis Arias de Molina del Castillo, natural de Santiago de Chile, y de doña Ana de Videla Núñez de Villoldo. Los Corvalán, descendían de don Domingo García Corvalán y Reges, Regidor de Las Palmas, cuyo bisabuelo había sido conquistador de las Islas Canarias –al lado de don Alonso Fernández de Lugo, ascendiente de su esposa doña Inés de Castilla y Rivero-, y Alcalde Mayor y Corregidor de Las Palmas. Los Corvalán estaban establecidos en Mendoza desde mediados del siglo XVII,época en la cual don Juan Corvalán de Castilla Navarro, nacido en Santiago de Chile, pasa a esta ciudad con su esposa doña Isabel de la Rocha Barboza, natural de Buenos Aires28. En lo que respecta a doña Angela Chirinos de Posada –suegra de Salas-, era nieta del Maestre de Campo don Francisco Chirinos de Posadas, peruano que había sido gobernador del Fuerte de Valdivia y luego Corregidor de Cuyo en dos oportunidades -1671/72 y 1676/77-29.
En lo que ha fortuna se refiere, ya en el padrón de Mendoza de 1739 figura el Maestre de Campo don Juan de Corvalán en un lugar destacado. En efecto, el censo nos informa que don Juan posee casas en la ciudad, chacra con viña nueva, tienda con mercancía corriente, 6 esclavos y 8 carretas con sus aperos. Sólo cuatro o cinco familias tienen entonces posesiones más valiosas que las suyas30. En 1778, en el juicio sucesorio iniciado por su esposa e hijos, encontramos un inventario en el cual figuran, entre otros bienes: casa paterna; varios terrenos con árboles frutales en la ciudad; 15 esclavos y esclavas de diversas edades; bodega, huerta y viña con 10.979 cepas de uva negra en la campaña; otra viña con 1.315 cepas; 216 arrobas de vino bueno; joyas, cabezas de ganado, etc.31. Según nos informa el mismo inventario, doña María Josefa Corvalán, su hija, llevó como dote al contraer matrimonio con Salas, la cantidad de 7.231 pesos fuertes, fortuna considerable para la época. No menos destacada es la situación social y económica que ocupan en la ciudad y en Chile los siete hermanos y hermanas de don Juan, quienes han contraído matrimonio con miembros de familias notables como los Villanueva, Chirinos de Posadas, Tobar, Puebla, Escalante, Alvarez, Moyano, etc.32.
Además de María Josefa –esposa de don José Perfecto de Salas- don Juan Corvalán de Castilla fue padre de nueve hijos –seis mujeres y tres varones-: Magdalena contrajo matrimonio con el Maestre de Campo don Pedro Nolasco de Larrea, miembro de una poderosa familia establecida en Mendoza desde fines del siglo XVII, y cuñado del Maestre de Campo don Juan Martínez de Rozas, esposo de su hermana María Prudencia; Nicolasa casó con don Juan Antonio de Molina Coria; Andrea contrajo matrimonio con don José Javier de Santander y Coria; Francisca de Borja lo hizo con don Manuel José de Godoy y Rozas; Juana con don Matías de Godoy, Lima y Melo; y Luisa, nacida en 1736, falleció soltera en 1803. De sus hijos: Clemente Nicolás, fue abogado, Presbítero, Cura Rector, Comisario de la Santa Cruzada y Vicario Foráneo de Mendoza; Domingo Rege tuvo por esposa a María Manuela de Sotomayor Videla, Hija del Maestre de Campo don Sebastián de Sotomayor –jefe de una de las “tres casas reinantes”-  y de doña Isabela Videla Zalazar; y Francisco desposó a doña Carmen Martínez de Rozas y Correas, hija de don Juan Martínez de Rozas y de María Prudencia Correas de Larrea33.

LA FAMILIA DEL MAESTRE DE CAMPO DON JOSÉ SEBASTIÁN SOTOMAYOR

Hijo de don José de Sotomayor y Dávila, y de doña María Villafañe y Tejeda, don Sebastián había nacido en La Rioja del Tucumán, posiblemente en los últimos años del primer cuarto del siglo XVIII, o en los primeros del segundo. Establecido en Mendoza, en fecha que no hemos podido determinar, contrae matrimonio en 1744 con doña Isabel Videla y Zalazar34. Su esposa era hija legítima del Capitán don Alonso de Videla y de doña Sebastiana Zalazar. Su suegro, don Alonso, descendía por línea directa del capitán don Andrés de Videla, vecino encomendero de San Luis de Loyola y de Mendoza desde principios del siglo XVII. El padre de don Andrés –el capitán don Alonso de Videla-, era natural de Murcia y había pasado a Chile a las órdenes del mariscal don Francisco de Villagra en 1552 para auxiliar a don Pedro de Valdivia en su empresa conquistadora. Cuando en 1562 fue enviado a Cuyo el General Juan Jufré para proseguir la obra colonizadora iniciada por Pedro del Castillo, el Capitán Alonso de Videla figuró en su hueste y recibió en premio de sus servicios un solar en Mendoza y encomienda de indios en el Valle de Uco35. La alianza, pues, colocó a don Sebastián de Sotomayor en el seno de una de las familias más destacadas y antiguas de Mendoza.
Del matrimonio de don Sebastián con doña Isabel Videla, nacieron cinco hijas y dos hijos: Juana contrajo matrimonio con don Félix Correas, hijo del Maestre de Campo don Francisco Correas y de doña Catalina Chirinos de Posadas; y nieto del Maestre de Campo Pedro Correas de Larrea, natural de Huesca, quién, fue teniente de Corregidor y Justicia Mayor de Mendoza en la última década del siglo XVII36. Manuela casó con don Domingo Corvalán, como ya hemos indicado en párrafo anterior; Ventura lo hizo en primeras nupcias con Manuel Fernández de Aranda y en segundas con don José Clemente Benegas; Petronila con Isidro Sainz de la Maza y Josefa con Francisco Javier de Molina37. De los hijos varones: Martín fue sacerdote y José Agustín contrajo matrimonio con Josefa Corvalán, hija del Capitán Francisco de Borja Corvalán y nieta del Maestre de Campo Juan Corvalán de Castilla38.
En el padrón de Mendoza de 1739, al cual hemos hecho referencia anteriormente, no figura don José Sebastián de Sotomayor, lo cual nos hace pensar que aún permanecía en su ciudad natal. Su arribo a Mendoza debió de producirse entonces después de 1739 y antes de 1744, año en que contrae matrimonio con Isabel Videla. En el censo efectuado en 1777, en cambio, sí aparece, y este padrón nos da un dato de interés en el cual puede deducirse la próspera situación económica de nuestro personaje. En efecto, consta  en el mismo que don Sebastián tenía 39 esclavos –negros y mulatos- de diversa edad y sexo39. En el mismo censo se establece que don Domingo Corvalán, su yerno, tenía entonces 4 esclavos y esclavas; 4 también tenía su hijo político don José Clemente Benegas; y 3 don Xavier Molina, casado con su hija Josefa40. No hemos podido encontrar en nuestros archivos el inventario de los bienes que al fallecer, en marzo de 1788, debió dejar Sotomayor, pero unos apuntes que preparó para que su hijo José Agustín siguiera al ordenar su testamento, traen los siguientes datos que pueden dar una idea de su fortuna41. Consta en dichos apuntes que: su hija Juana tenía recibido a cuenta de herencia: 1 par de zarcillos avaluados en 300 pesos fuertes; una cruz de diamantes; una sortija de siete diamantes; un rosario de oro; otro par de zarcillos; polizones de oro; media onza de perlas y tres esclavos. Su hija Buenaventura había recibido una casa; dos esclavos; diez cuadras de tierra; una sortija; otra sortija con topacio; un rosario de oro; media onza de perlas; polizones de oro, etc. Manuela tres esclavos, una sortija; y zarcillos de perlas y diamantes. Josefa tenía a su haber dos esclavas; Petronila, 2 mulatillas, un par de zarcillos, dos sortijas y otras joyas de menor valor; y Martín había recibido un negro, una sortija con un diamante grande avaluado en 800 pesos fuertes y dinero en efectivo, según lo asentado en libro de caja. La enumeración que antecede es, a nuestro entender, bastante ilustrativa.

LA FAMILIA DE DON JUAN MARTÍNEZ DE ROZAS

Don Juan Martínez de Soto y Rozas nace en Regules –Valle de Soba- de las Montañas de Burgos, donde residían sus mayores desde varios siglos atrás. Lo encontramos en Mendoza en 1746, año en el cual contrae matrimonio con doña María Prudencia Correas de Larrea y Villegas42. Posiblemente residiese en la misma desde algunos años antes. Casi contemporáneamente –sino junto a él- debió llegar a Cuyo su primo y medio hermano Fernando, quien va a dar origen a otra rama de los Martínez de Rozas en este Corregimiento43.
El enlace de don Juan con María Prudencia Correas le situó en un lugar destacado de la sociedad mendocina. Su esposa era hija del General don José Correas y de doña Tomasa Ruiz de Villegas. Don José había sido teniente de Corregidor y Justicia Mayor en Mendoza en 1736, cargo este que también había sido desempeñado por su padre, el Maestre de Campo don Pedro Correas de Larrea44.
María Prudencia dio a nuestro personaje seis hijos y tres hijas. De los primeros: Francisco Javier contrajo matrimonio con su prima hermana, doña Mercedes Correas Corvalán; Tomás Ramón casó con doña Francisca de Borja Salas y Corvalán, hija de don José Perfecto de Salas –el protector de las “tres casas reinantes”-, y de María Josefa Corvalán de Castilla y Chirinos; Juan Agustín, Esteban Domingo y Félix Inocencio fallecieron solteros; José María, abogado y presbítero, fue Cura Vicario de la Ciudad de San Juan; Pedro Ignacio contrajo matrimonio con Agustina de Torres; y Juan Inocencio, prócer de la revolución chilena, se estableció desde joven en Santiago de Chile, donde contrajo matrimonio con doña María de las Nieves de Urrutia y Mendiburo45. María del Carmen, la mayor de sus hijas, unió a su familia con la Corvalán, al tomar por esposo a don Francisco de Borja Corvalán de Castilla y Chirinos; Juana María, por su parte, casó con Miguel Telles Meneses; y María Isabel, finalmente, con don Tomás de Lima y Melo46
Tampoco hemos tenido la suerte de encontrar en nuestros archivos el juicio sucesorio e inventario de bienes de don Juan, fallecido en 1778. Sin embargo, algunos datos que hemos podido recoger, servirán para dar una idea aproximada de la desahogada situación económica de la tercera de las familias reales de Cuyo. El censo levantado en 1777, nos informa que don Juan Martínez de Rozas tenía entonces 29 esclavos, negros y mulatos47. En 1778 María Prudencia, recibe la herencia paterna y materna. Entre otros bienes, le corresponden los siguientes: ocho cuadras de tierra con árboles frutales, un terreno en la ciudad, 154 marcos de plata labrada, 3 hilos de perlas, manillas de perlas, 8 negros y mulatos esclavos –de ambos sexos y diversas edades-, cuatro cuadas de tierra con viña nueva, 4,834 pesos de plata sellada, 5.500 pesos fuertes en efectivo, una estancia –llamada “Capibajo de los Linderos”- con 117 caballos mansos, 488 vacas, 25 caballos redomones, 271 yeguas; 33 mulas chúcaras, etc.48. Todo esto no es, a nuestro juicio, sino un pálido reflejo de la fortuna familiar que los Martínez de Rozas poseían en Mendoza al iniciarse el último cuarto del siglo XVIII.

EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA Y “LAS TRES CASAS REINANTES”

Lo dicho hasta el momento no hace sino mostrarnos el poder económico, la situación social y el predominio que debían ejercer en Mendoza los grupos familiares a que nos venimos refiriendo. Pero, ¿era cierto que su poder se proyectaba sobre todas las posiciones políticas, religiosas, de justicia, etc., de Mendoza?
Veamos quiénes ejercían los distintos cargos en esta ciudad de 1777 y 1778, años a los cuales hace referencia Serra y Canals en su presentación.
Corregidor: Desde mayo de 1773 ocupaba el cargo de Corregidor y Justicia Mayor de Cuyo el General don Jacobo Badarán, natural de Logroño, quien no llegó a completar el cuarto año de su mandato, pues el 25 de enero de 1777 se hizo presente ante el Cabildo mendocino el Maestre de Campo don José Sebastián de Sotomayor y pidió se le reconociese como Corregidor, Justicia Mayor, Teniente de Alcalde Mayor de Minas, Teniente de Capitán General y Gobernador de Armas del Corregimiento de Cuyo. A tal efecto, presentó los títulos correspondientes, otorgados por el Gobernador y Capitán General del Reino de Chile, don Agustín de Jáuregui y fechados en Santiago el 11 de enero de ese mismo año49. En el acta de la reunión de Cabildo, celebrada en la fecha antes indicada, consta que ese mismo día el Corregidor saliente le tomó juramento y le puso en posesión de sus empleos. Sotomayor fue el último de los Corregidores de Cuyo designado por autoridad residente en Santiago. Desde el 1° de agosto de 1776 y en virtud de la Real Cédula por la cual se creó el Virreinato del Río de la Plata pasa a depender de Buenos Aires. Así, el 22 de agosto de 1778 se hizo presente ante el Cabildo el Teniente de Caballería de los Reales Ejércitos don Jacinto de Camargo y Loayza, y exhibió títulos de Corregidor, Justicia Mayor y Tte. De Capitán General, otorgados a su favor el 3  de junio de ese año por el Virrey del Río de La Plata don Pedro de Cevallos. El Ayuntamiento lo recibe en tal calidad, y decide que, mientras el Virrey no disponga otra cosa, don José Sebastián de Sotomayor tendrá en sus manos los cargos de Alcalde Mayor de Minas y Presidente de la Junta de Temporalidades, que venía ejerciendo50
Alcaldes: En las elecciones realizadas por el Cabildo el 1° de enero de 1777 para designar Alcaldes de 1° y 2° voto, resultaron electos don Agustín Gómez Pacheco y el Dr. Francisco Xavier Martínez de Rozas, respectivamente51. Dichos cargos quedaron en depósito en manos de don Jacinto Anzorena –Regidor Depositario General- y de don Francisco de Borja Corvalán, -alcalde de 2° voto saliente- hasta el día 25 de enero, fecha en la cual el Cabildo recibió la confirmación de las elecciones realizadas52.
El 1° de enero de 1778 la elección para los mismos cargos recayó en don Juan Antonio Molina y don Nicolás Corvalán53. El 1° de enero de 1779 fueron electos, el Dr. Don Ramón Martínez de Rozas y don Joseph Marcos Aragón54. En 1780 la elección favoreció a don Francisco Javier Santander y a don Francisco Segura, pero como transcurrió el año sin que llegase la correspondiente aprobación del Virrey, dichos cargos quedaron en depósito en manos del Dr. Don Ramón Martínez de Rozas y de don Bernardo Ortiz, Regidor Decano Fiel Ejecutor, hasta enero de 178155.
Oficial Real: El 29 de noviembre de 1777 se hizo presente ante el Cabildo el Maestre de Campo don Juan Martínez de Rozas, y solicitó se le reconociese como Oficial Real de la Provincia, en virtud de título conferido por el Virrey don Pedro de Cevallos56. El 27 de enero siguiente se efectúa el inventario de la Real Caja y el Teniente de Oficial Real que ha cesado en sus funciones, hace entrega de la misma a Martínez de Rozas57. No pudo, sin embrago, gozar por mucho tiempo de su nuevo e importante destino, pues la muerte le sorprendió pocos meses después en el desempeño del mismo58.
No obstante, las “tres casa reinantes” siguieron relacionadas con el manejo de las reales Cajas, pues en febrero de 1778 había sido designado Teniente de Oficial Real don Francisco de Borja Corvalán, quien desempeñará dicho cargo durante varios años59.
Cura Párroco y Vicario de la Provincia de Cuyo: El Presbítero don José A. Verdaguer nos informa que desde 1746 y hasta enero de 1776, fecha en que falleció, fue cura párroco de Mendoza y Vicario foráneo de la Provincia de Cuyo, el Presbítero Doctor don Francisco Correa de Saa. A la muerte de éste, le sucedió interinamente el Presbítero don Martín Ladrón de Guevara, pero en el mismo año tomó posesión de la Parroquia de la ciudad de Mendoza el Cura propietario, Doctor don Clemente Corvalán y Chirinos de Posadas, quien ejerció también el cargo de Vicario foráneo de la provincia de Cuyo. El Presbítero Corvalán desempeño sus funciones hasta el 2 de septiembre de 1778, fecha en la que falleció60.
Las funciones de Promotor Fiscal, Comisario del Santo Oficio, sumadas a las de Visitador Eclesiástico de San Luis de Loyola y Renca, las desempeño –desde 1774 hasta 1779- Fray Martín de Sotomayor61.

OTROS CARGOS, DIGNIDADES Y FUNCIONES

En la reunión del Cabildo de Mendoza, efectuada el 29 de abril de 1775,  se presenta ante el mismo testimonio del remate que, a nombre de don Domingo Corvalán, había hecho en Santiago el Dr. Don Ramón Martínez de Rozas, de las alcabalas de Mendoza por el término de tres años. El 11 de noviembre del mismo año se reconoce al mencionado Maestre de Campo don Domingo Corvalán por recaudador de Alcabalas por tres años, y se le fija asignación anual de $35062.
El 25 de octubre de 1777, a poco de tenerse conocimiento de que el Corregimiento de Cuyo había pasado a formar parte del nuevo Virreinato del Río de La Plata, el Cabildo decide enviar un delegado con categoría de embajador a Buenos Aires para que “…cumpla la obligación y política que corresponde al nuevo gobierno”. Para tan destacada misión, resulta electo el Dr. Don Xavier Martínez de Rozas63.
Diputado de la Junta de Temporalidades –en reemplazo de don Pedro Ortiz, quien se encontraba enfermo de gravedad- es nombrado por el Cabildo el 1° de agosto de 1778, don Nicolás Corvalán, Alcalde de 2° voto en el mismo64.
En la reunión del Cabildo, efectuada el 27 de junio de 1778, se decide nombrar a don Francisco Corvalán para que lleve, según instrucciones enviadas por el Tribunal de Cuentas de Buenos Aires, las cuentas de la ciudad de Mendoza, y corra con la recaudación de las mismas65.
Tenía, pues, razón Serra y Canals al denunciar a la Corona que todos los puestos políticos, económicos y religiosos más importantes de Mendoza se encontraban en manos de las “tres casas reinantes”. Los datos expuestos en los párrafos anteriores comprueban dicho aserto. Si resumimos la situación, veremos que en 1777 los cargos de Corregidor; Cura Párroco y Vicario Foráneo; Alcalde de segundo voto; Recaudador de Alcabalas; Fiscal de la Vicaría Foránea de Cuyo, Comisario Interino del Santo Oficio, etc.; eran ejercidos por miembros de las familias mencionadas, de suerte que, como bien dice Serra, la ciudad se hallaba gobernada “… sólo por vecinos y parientes en primeros grados…”66. Por si ello fuese poco, ese mismo año, cuando Mendoza cree conveniente enviar un embajador especial para cumplimentar al nuevo Virrey del Río de La Plata, el elegido será –como hemos visto- el Dr. Xavier Martínez de Rozas, miembro destacado de una de las “tres casas…”67. Si tenemos en cuenta que en ese momento se encontraba en Buenos Aires –por razones que luego veremos-, el Dr. don José Perfecto de Salas y que éste –como tendremos ocasión de probar-, gozaba del favor del Virrey, no parece que pequemos de suspicaces si sospechamos que, junto con las gestiones en favor de Mendoza, el embajador debió aprovechar el viaje para realizarlas también en favor de su familia.
En 1778 –año de la denuncia de Serra-, el poder de “…las tres casas” se afianza aún más, pues a los cargos antes enumerados, debemos añadir los siguientes, que pasan también a sus manos: Alcalde de primer voto; Teniente de Oficial Real; Contador de la Ciudad; y Diputado de la Junta de Temporalidades68.
La situación familiar aludida llega a su culminación en 1778 y es el resultado de un proceso cuya gestación podemos seguir a través de varios años. Así, si nos remontamos atrás en el tiempo, veremos que el cargo de Alcalde de primer voto ha sido desempeñado por miembros de “…las tres casas reinantes…” en 1760, 1761, 1763, 1766, 1768, 1769, 1770, 1771, 1772, 1773 y 177569. El de Alcalde de segundo voto, en: 1761, 1762, 1764, 1765, 1766, 1768, 1769, 1773, 1775 y 177670. El de Procurador General de la Ciudad en 1760, 1773 y 177471. Si tenemos presente que la legislación vigente prohibía la reelección en los cargos concejiles y que se eligiesen entre sí, mutuamente, personas de una cierta relación familiar, podemos pensar que, efectivamente, las familias que nos ocupan tenían algún poderoso protector en el Virreinato –¿don José Perfecto de Salas?-, de cuyo superior gobierno dependía la aprobación de las elecciones para estos cargos72.
Además de los cargos mencionados en el párrafo anterior, otros de mayor o menor importancia habían estado también en sus manos: en 1764 don Juan Martínez de Rozas es Corregidor Interino; en 1767 el mismo es Delegado en Mendoza para la expulsión de los Jesuitas73; en 1769 don Juan Corvalán y Castilla, es nombrado Juez de Residencia del Corregidor Villalobos74, etc.

LA CORONA Y LAS “… TRES CASAS REINANTES…”

Páginas atrás hemos dejado a don Perfecto de Salas –el protector de nuestras “tres casas reinantes…”- en su puesto de Asesor del Virrey Amat. En virtud de una Real Orden de 4 de agosto de 1774 y en razón de haber sido reemplazado Amat por don Manuel Guirior, se autorizó a don José Perfecto de Salas a ocupar nuevamente su plaza de Fiscal en la Audiencia de Chile. Desde abril de 1775, lo encontramos, pues, de nuevo en Santiago75. Poco más de un año va a desempeñarse don José Perfecto en sus antiguas funciones, dado que por Real Despacho expedido en Madrid en julio de 1776, Carlos III dispuso la promoción de nuestro personaje a la Audiencia de la Casa de Contrataciones de Cádiz. Sobre este ascenso don Domingo Amunátegui Solar, comenta: “Mientras don José Perfecto de Salas trabajaba en Chile por el adelanto de la instrucción pública, sus enemigos, de los cuales el principal era, sin duda, don Manuel de Amat, continuaban minando su reputación en España. En el año 1776, el Ministro de Carlos III, don José de Gálvez, creyó conveniente alejar a Salas de América, i le nombró fiscal de la Casa de Contrataciones de Cádiz”76. ¿Encubre el mencionando ascenso realmente una sanción? De ello no puede dudarse. Por lo menos no puede dudarse de que, aún sin el deseo de entorpecer su carrera, dado que, por el contrario, se le asciende a un puesto de importancia, desde el cual podría con cierta facilidad aspirar a conseguir nuevos y más destacados destinos en la administración española; el Rey quería alejarlo de la región en donde tan destacada actuación había tenido y en la cual-además de poseer una importante fortuna- gozaba de prestigio e influencia.
El oficio que firma don José de Gálvez, en Madrid a 13 de julio de 1776, y en el cual remite a don Agustín de Jáuregui el despacho con la designación de Salas, así lo prueba. En dicho oficio leemos: “Promovido a la Audiencia de Contratación de Cádiz el fiscal de ésa don José Perfecto de Salas…, me manda su Majestad prevenirle reservadamente que, luego que lo reciba el despacho, disponga cese en el ejercicio de la fiscalía, precisándole a que en primera ocasión venga a estos reinos con toda su familia…, bien entendido que será del mayor agrado del rei proceda así al cumplimiento de esta resolución por los medios más eficaces, y hasta el esterno de no admitirle escusa alguna, por convenir así a su real servicio…”77.
Ni don Miguel Luis Amunátegui, ni don Domingo Amutátegui Solar, han documentado de forma tal que resulte realmente indiscutible su tesis, de que la medida adoptada por el Rey no fue sino el resultado de una intriga tejida por los enemigos de don José Perfecto, y en especial de don Manuel Amat. No dudamos de que nuestro personaje, que había llegado a ocupar tan elevadas posiciones, tuviese muchos enemigos en Lima, en Santiago y en España. Muchos españoles –peninsulares o americanos- tenían motivos suficientes como para sentirse celosos de quien había realizado tan brillante carrera. Pero, ¿podría asegurarse –que aparte de celos y enemistades- no tenía la Corona otros motivos para desear el alejamiento de Salas del Reino de Chile? Lo cierto es que don José Perfecto –unas veces con autorización del Rey y otras sin ella- había pasado por encima de varias prohibiciones expresas de la legislación indiana. ¿Acaso el Fiscal de la Audacia de Chile no había contraído enlace con la hija de una de las familias más caracterizadas del Corregimiento de Cuyo, el cual dependía de aquella Audiencia? ¿Acaso el Fiscal de la Audiencia de Chile, el Asesor del Gobernador y del Virrey Amat no había adquirido extensas posesiones en el Perú y en el Reino de Chile durante el desempeño de sus cargos? ¿Acaso no había amasado durante el mismo tiempo una enorme fortuna? ¿Acaso, entre otros cultivos prohibidos, no se hacían en sus posesiones los de la vid, y se comercializaba el producto de los mismos? ¿Y no tramitaba el enlace de sus hijos e hijas con familias acomodadas de Chile y Mendoza? Y, ¿podríamos acaso no sospechar que usaría de su influencia para favorecer económica y políticamente a sus familiares y amigos? ¿Cuántas denuncias similares a las de Serra y Canals habrán llegado, por uno u otro conducto a conocimiento del Rey o de sus Ministros? Un estudio biográfico completo de la personalidad de don José Perfecto de Salas deberá esclarecer estos interrogantes en torno al momento crítico de su carrera. Ello escapa al propósito de este trabajo.
Nos interesa, en cambio, por estar relacionado con nuestro estudio, analizar las consecuencias del traslado de Salas, y las medidas que siguieron por parte de la Corona en relación con el mismo Salas y su familia. En cumplimiento del Real Despacho y de las instrucciones dadas a Jáuregui, don José Perfecto dejó Santiago el 29 de marzo de 1777 en compañía de uno de sus hijos. El 1° de enero de ese mismo año había partido para Madrid su hijo Manuel, con el fin de obtener del Monarca se dejara sin efecto el traslado del Fiscal y la Real Orden por la cual se disponía que él y sus familiares debían abandonar Chile. El Presidente de Chile, entretanto, exige a doña María Josefa Corvalán de Salas y a sus hijas que abandonen Santiago, y éstas así lo hacen poco después de la partida del jefe de la familia. Tras penoso viaje, se instalan en Mendoza en la casa paterna de doña María Josefa78. Salas, por su parte, sigue viaje a Buenos Aires, en donde lo encontramos ya a fines de junio o principios de julio79.

Se inicia entonces “…la mansión que hace en esta ciudad don José Perfecto de Salas…”, y de la cual se queja Serra en su representación80. Un año y medio durará la estadía de nuestro personaje en Buenos Aires; desde junio o julio de 1777 hasta diciembre de 1778. Durante ese período el Rey, a través de sus Ministros, no dejó de insistir en la conveniencia de que el Oidor provisto de Cádiz pasara a la Península, pero el ingenio de éste, primero, y la falta de salud más tarde, fueron dando largas al viaje. Buenos Aires se encontraba entonces en plena efervescencia, como consecuencia de su transformación en capital del Virreinato recientemente creado; el triunfo del nuevo Virrey sobre los portugueses; la llegada del mismo a su sede, etc. Cevallos había iniciado ya su tarea de gobierno y estaba en marcha su plan de reorganización de las antiguas provincias del Río de la Plata. Lógico resulta pensar que un criollo de la personalidad de Salas: ex Fiscal de la Audiencia de Santiago; ex asesor del Presidente Amat en Chile; ex Asesor del mismo Amat en el Virreinato de Lima; y provisto Oidor de una de las Audiencias más importantes del Imperio, sin duda la más importante en lo que a América se refiere, pronto debía de hacerse notar en ese ambiente de grandes cambios y reformas. Si sus antecedentes hubiesen sido insuficientes -que no lo eran—, no podemos dudar de que la inteligencia, la cultura y los conocimientos sobre asuntos de gobierno y de justicia que Salas poseía, hubiesen sido por sí solos capaces de sacarlo del anonimato.
Ambos factores coincidieron, sin duda, y don José Perfecto pronto fue hombre de consulta de Cevallos y pudo meter mano en los asuntos de justicia y de gobierno, que, a diario, llegaban a la flamante capital. ¿Existía acaso en el Buenos Aires de 1777 y 78 persona más capaz que Salas para encauzar tales menesteres? ¿Podía acaso un buen gobernante, como evidentemente lo fue Cevallos, prescindir de tal colaboración que la fortuna había puesto a su alcance? Naturalmente que no. Y, naturalmente también, tal participación no debió agradar en lo más mínimo a sus enemigos. Ya Serra, como hemos visto, habla de “...el daño...” que causa a los mendocinos la “…mansión que hace...” Salas en la capital; y de las vejaciones maquinadas por este duende; de modo que ni los expedientes radicados ante Asesor y Fiscal se logra sigan su regular curso, porque cuando menos se piensa aparecen unas providencias en las que se conoce que la justificación del jefe ignora la materia, al paso que se descubre el espíritu que las agita”81.
El mismo Serra se queja de que la ingerencia que se ha dado a Salas en todos los asuntos del Virreinato, incluso ha permitido que llegase a sus manos el manifiesto que él hizo anteriormente al Virrey, sobre la situación de Mendoza y el dominio que sobre la misma ejercían las “tres casas reinantes”; y demuestra su desaprobación de tal situación cuando se atreve a pedir: “Yo espero del celo de V. E. la más severa providencia para que este Ministro imperfecto nos deje en paz en esta América…”.
Los datos que tenemos del asesoramiento que Salas prestaba a Cevallos, no nos vienen solo a través de Serra y Canals. Sobre el mismo aspecto insiste don Jacobo Badarán -ex Corregidor de Cuyo- en un alegato que presenta el 1° de febrero de 1780 en un pleito que mantenía contra don Javier Martínez de Rozas. Badarán dice sobre este particular:

Para esta supuesta queja, se aprovecharon de la ocasión de marchar para aquella capital el expresado don Javier de Rozas, como Diputado de este Cabildo a cumplimentar a dicho Excelentísimo en su ingreso a este Virreynato; y lo segundo de la importuna oportunidad de hallarse en aquella, y con algún manejo en el despacho el Oidor Salas provisto para Cádiz, quien comunicaba por dicho Rozas el nuevo incidente, tomó a su cargo la dirección de él, con aquel empeño y genial estilo que siempre mantuvo de ensangrentar la pluma contra los hombres de ilustre nacimiento, y conocidas circunstancias, pues desviándose totalmente de lo sustancial del asunto, sólo tuvo todo su conato en extender un papelón de aquéllos a que estuvo habituado siempre su dicacidad y genio insultante, sostenido de su prepotencia, y millones peruanos".
Y agrega, luego de repetir algunos errores que, según él, tiene el dictamen hecho por Salas: “…esta es toda la sabiduría que tuvo este non plus ultra literato del vulgo americano: pero me dejó, con su mismo hecho clandestino, su orgulloso genio la satisfacción de acreditar que tuvo recelo a mi limitado talento82.

Pero si aún cupiese duda sobre la prédica que había logrado Salas ante Cevallos, la misma desaparecería al conocer el contenido de un oficio del Virrey de Buenos Aires a Gálvez, fechado en Buenos Aires el 26 de enero de 1778. Es el mismo Cevallos -quien ya ha recibido severas instrucciones del Rey, en el sentido de que Salas debe pasar sin dilación alguna a Cádiz- que expresa las dificultades que tiene para organizar la Audiencia de Buenos Aires por falta de gente capacitada, y se atreve a desafiar la ira real cuando propone a don José Perfecto de Salas “…en quien concurren todas las experiencias y conocimientos…”, como Regente de la Audiencia en formación. No sólo argumenta para obtener tal designación que Salas no podrá resistir el viaje a Cádiz, sino que incluso no trepida en discutir la decisión del monarca, al afirmar que Salas hace más falta en Buenos Aires que en Cádiz. No cree, por fin, que exista algún inconveniente en razón de la residencia que se le sigue por su desempeño como Asesor del Virrey Amat, ya que: “...dejó Salas fianza de 50.000 pesos y es apreciado por todos”83.
La respuesta a tan atrevida solicitud no se dejó esperar: una Real Orden, fechada en Aranjuez a 5 de junio de 1778, dá instrucciones precisas a Cevallos en el sentido de que haga ir a don José Perfecto a España “...sin admitir más excusas”.
El Virrey responde el 4 de septiembre del mismo año, diciendo que Salas partirá rumbo a Cádiz apenas mejore su salud84. El viaje, pues, está ya dispuesto por el Rey, por Gálvez y por Cevallos; sólo una Real Orden emanada de autoridad superior a la del Rey, puede evitarlo. Y tal ocurre: el 30 de noviembre de 1778 Cevallos informa que Salas aún no ha podido embarcarse por razones de salud, y certifica su delicado estado; Gálvez contesta el 10 de marzo de 1779 y ordena que el viaje se realice apenas el Oidor de Cádiz se reponga; pero este oficio de Gálvez se cruza en medio del Océano con otro de don José de Vertiz -el nuevo Virrey del Río de la Plata-, en el cual informa que don José Perfecto de Salas ha fallecido en Buenos Aires el 25 de diciembre de 177885.
Doña María Josefa y sus hijas habían quedado —como ya tenemos dicho-, en la casa paterna de Mendoza. Una Real Orden dada en San Ildefonso a 12 de septiembre de 1777, la había autorizado a permanecer dos años en dicha ciudad a los efectos de arreglar sus negocios y bienes86. El fallecimiento de su esposo, hizo pensar a doña María Josefa que quedaba liberada no sólo de su obligación de trasladarse a España, sino también de aquella que le prohibía seguir viviendo en Santiago. Sin embargo, para mayor tranquilidad, pidió autorización al Rey para cumplir con ese deseo. Esta solicitud dio origen a un expediente cuyos momentos principales son los siguientes: el Rey, antes de decidir, creyó conveniente pedir la opinión del Virrey y el Intendente de Buenos Aires; Vértiz contestó -haciendo incapié en la opinión vertida por el Presidente de Chile en otro informe-, que “…no hallaba reparo en que esta viuda volviese a Chile con sus hijas solteras y el hijo menor; pero que los otros dos mayores que están en España -don Judas y don Manuel-, no lo practiquen por ahora, y que a éstos podría, por sus buenos talentos, empleárseles en algo". El informe elevado por don Manuel Ignacio Fernández -Intendente General de Ejército y Real Hacienda- en oficio reservado de fecha 8 de octubre de 1779, trae una serie de consideraciones que interesa reproducir, dado que arrojan bastante luz sobre la opinión, que, en las altas esferas gubernativas, se tenía de la familia Salas. Dice así Fernández:

Es bien notorio que don José Perfecto de Salas ha adquirido un caudal asombroso en los trece años que fue Asesor del Virreinato del Perú; que así en distintas ocasiones como cuando se le mandó separar del lado del Virrey don Manuel de Amat, envió su caudal y alhajas a Santiago de Chile, de cuya Audiencia era Fiscal; que la mayor parte de sus intereses los ha empleado en haciendas de campo y con particularidad en viñas, cuya tolerancia la considero muy perjudicial al comercio de frutos de nuestra Península; y que además, tiene varias fincas dentro del mismo pueblo, con las cuales podrían muy bien subsistir con la mayor brillantez y decencia seis familias de las más distinguidas de Europa. Bien sea por esto, o porque aún existe en el corazón de aquellos naturales la memoria del gran valimiento que su marido ha tenido, en el tiempo que fue absoluto en el mando del Reino del Perú, se hallan los de Santiago y Mendoza con tal adhesión o subordinación a la familia y parientes de don José Perfecto de Salas y su viuda, que no estoy muy distante de creer causen con el tiempo algunos disgustos al Presidente de Chile y al Virrey de Buenos Aires, por lo que sería yo de dictamen que, desde luego, se cortase el vuelo que esta gente va tomando, como que son los más poderosos del Reino del Perú. No deja de ser menos público -termina Fernández- el ultraje con que la familia del difunto don José Perfecto de Salas trata a los vecinos de Mendoza, porque toman partido en las elecciones de los oficios de República, y en todo lo que suele ofrecerse entre los magnates de aquellos pueblos, cuyo sistema lo considero también perjudicial, y que si no se ataja el cuerpo que va tomando la parcialidad de esta gente, serán muchos los cuidados que se proporcionarán a los jefes encargados de la quietud y buen orden de estos Reynos”87.

Como consecuencia de lo expuesto, Fernández aconseja se prohíba a doña María Josefa establecerse en Chile, y, por el contrario, se le ordene resida en Buenos Aires junto con su yerno don José Antonio de Rojas, y el resto de la familia. A la vista de los jefes de este Virreinato –concluye-, “…no les sería fácil excitar su poder ni valimiento”.
Pasado el expediente a la consideración del Ministro Porlier, éste hace una serie de consideraciones más favorables a la familia Salas, y que consideramos bastante atinadas. No tenemos el texto completo de dicho informe, pero sí figura en el expediente un resumen bastante completo del mismo, cuyos párrafos principales conviene conocer. Encuentra Porlier que:

“…algunas de las reflexiones del Intendente son muy sólidas, pero que no todo lo que opina debe adoptarse por no haber justa causa para ello... está ya tomada y aún remitida la residencia del Virrey Amat, de quien fue Asesor el difunto Salas… de este juicio podrá resultar alguna responsabilidad contra él, por cuyo motivo sería irregular el no atender a la conservación de las haciendas que dejó, con perjuicio de los que puedan ser interesados en las resultas del juicio, y aún de los dueños contra quienes no consta que sea injusta su adquisición. A esto se agrega que, apareciendo desde luego ser cinco los hijos y herederos de Salas, y considerándose los derechos que corresponden a la viuda, es preciso que, no estando ya hecha, haya de ejecutarse la respectiva desmembración y adjudicación del cuerpo de bienes, y por lo mismo, parece que su existencia no es de la que pueda graduarse perjudicial en lo sucesivo, después de una división tan numerosa, según se vayan poniendo en estado los hijos, sino la unión y residencia de sus poseedores en un mismo pueblo que, efectivamente, pudiera atraer, como dice el Intendente, los ánimos de los naturales y ocasionar los disgustos que se recela. AI mismo tiempo -continúa Porlier-, no se presenta justa causa para que la privación de trasladarse a Chile haya de ser perpetua, pues todos los inconvenientes previstos en esto no pasan de la clase de contingencias, y lo serian menos después de verificada alguna desmembración del caudal o por la separación de sus hijos, o, acaso, por las indicadas resultas del juicio de la residencia. De radicarse toda esta familia en Buenos Aires, como pretende el Intendente, se daría en el escollo de perpetuar la unión de personas y caudales y… verificándose algunos enlaces con otras familias allí, se aumentarían los cuidados de los jefes del Virreinato, cuyos ánimos tal vez se unirían a los de los interesados, y ser mayor el riesgo que debe evitarse, sin tocar tampoco en el extremo de privar a los vecinos de Mendoza, que en lo común son pobres, de las ventajas y fomento que les puede proporcionar esta familia”.

Por estas razones Porlier opina que:

“…el medio más adecuado para evitar los inconvenientes que se enuncian, es prevenir a la viuda que por ahora, y en el interin se finaliza el juicio de residencia, continue residiendo en Mendoza, con su hijo e hijas menores, cuidando y recaudando sus haciendas y caudales existentes en Chile por medio de sus apoderados como lo ha hecho hasta aquí; cuya residencia respecto de ser en su Patria, no le puede ser odiosa, así como no le fue cuando se le concedió a solicitud suya; amonestándosele que no impida a aquellos vecinos su libertad, ni tome partidos en las elecciones y demás asuntos del pueblo, mirando con su misma opulencia por el beneficio común de aquellos naturales. Que don José Antonio de Rojas se traslade con su mujer a Buenos Aires con la misma calidad de por ahora, y porque conviene; con lo que se consigue la separación de personas y caudales, se evita su manejo en Mendoza, y en Chile, donde pudiera ser mayor como su Patria; y no se le causa perjuicio, respecto de tener conocido el país de Buenos Aires, y disfrutar de crecidos fondos para sostenerse con el mayor lucimiento, los que puede girar y adelantar, y se logra que los principales Jefes del Virreinato puedan con facilidad cortar cualquier exceso en su valimiento, lo que igualmente deberán procurar en cuanto a las operaciones de la viuda, y demás familia en Mendoza, a cuyo fin podrá prevenir el Virrey de Buenos Aires al Presidente de Chile, y al Corregidor de Mendoza, tomen las debidas precauciones y le den los avisos necesarios. Y, últimamente -dice Porlier-, que hallándose en España los otros dos hijos don Judas y don Manuel, sean atendidos a proporción de sus circunstancias, como expone el Presidente de Chile, pero siempre en distintos parajes en los que resida la demás familia.

El consejo de Porlier es en definitiva aceptado por el Rey, quien el 2 de agosto de 1780 ordena se haga: “Como parece a este Ministro”. Una nota que dice: “Fecho en 4 del mismo”, nos indica que la Real Orden salió en esta fecha según la mencionada opinión.
Doña María Josefa continúa, pues, en su ciudad natal junto con sus hijas María Mercedes, Francisca de Borja y su hijo José Sebastián. La primera de las hijas nombradas, contrae matrimonio en Mendoza el 9 de abril de 1779 con don José Antonio de Rojas88. Francisca de Borja lo hará -como ya tenemos indicado- pocos meses después, el 1° de noviembre de ese mismo año, con el Dr. don Ramón Martínez de Rozas89. No descuidó doña María Josefa la administración de sus cuantiosos bienes y así, tal cual lo había sugerido Porlier en su informe, dio poderes amplios a personas de su confianza para que los administrasen en su ausencia. La amplitud de estos poderes, y las ciudades donde deben actuar sus representantes -Madrid, Buenos Aires, Lima y Santiago de Chile-, hace pensar en la magnitud de los intereses por defender. El 3 de febrero de 1779 otorga en Mendoza el primero de sus poderes a favor de don Manuel de Basavilbaso. Administrador General de la Real Renta de Correos, Postas y Estafetas para que actúe en su nombre en Buenos Aires; el 11 de mayo del mismo año otorga tres nuevos poderes: uno a favor del señor Marqués de la Zelada de la Fuente, don Felipe Colmenares, para que la represente en Lima; otro a nombre de don Antonio de la Lastra, para que lo haga en Santiago de Chile; y un tercero a nombre de sus hijos don Judas José y don Manuel, por ese orden, para que defiendan sus intereses en Madrid. El 25 de octubre del mismo año de 1779, otorga un segundo poder con destino a Madrid. En previsión de que sus hijos Judas José y Manuel emprendan pronto el regreso a América, dá nuevamente poder a los mismos en primer lugar, pero agrega en segundo a don Tomás Pérez de Arroyo y en tercero a don Santiago Sainz “…residentes en la Villa y Corte de Madrid”90.

Aún cuando no hemos encontrado el documento correspondiente, parece evidente que la amonestación aconsejada por el Ministro Porlier, en el sentido de que la familia Salas no debía impedir a los vecinos de Mendoza su libertad, ni tomar partido en las elecciones y demás asuntos del pueblo, debió hacerse, pues doña María Josefa se presenta el 27 de abril de 1781 ante don Jacinto de Camargo y Loayza -Corregidor de Cuyo-, y dice:

Señor Corregidor: Doña María Josefa Corvalán, viuda del Dr. don José Perfecto de Salas, fiscal que fue de la Real Audiencia de Chile, y Oidor Provisto de la Casa de Contratación de Cádiz e Indias, como más haya lugar paresco ante Ud. Y digo que la notoria justificación y piedad del Excelentísimo Señor Virrey de estas Provincias me ha franqueado el paso de instruir el Real ánimo de su Majestad sobre mi conducta en los asuntos públicos de esta ciudad durante el tiempo de mi residencia en ella, prometiéndome la superior dignación de su Excelencia concurrir a este esclarecimiento, como a todo lo demás que pueda en mi alivio por cuantos medios les sean facultativos, según parece de la carta de esa Excelencia, fecha en treinta del pasado, que tengo a Ud. manifestada y porque los mejores testigos en este particular lo serán siempre los individuos de este ilustre Cabildo, con todos los demás que han sido jueces ordinarios en dicho tiempo de mi residencia; se ha de servir Ud. mandar que los susodichos Regidores y Jueces comparezcan y bajo el juramento, conforme a la ley y sola pena de ella, declaren al tenor de las preguntas siguientes: Primeramente digan si es verdad que para ninguna de las elecciones de Alcaldes, que se han hecho en principio en cada uno de los cuatro años que ha que de orden de Su Majestad resido en esta ciudad, he hablado por mí a alguno de los vocales en ellas, interesándome para que haya sido elegido alguna persona y digan y declaren cada uno especialmente, por lo que así toca en este particular; Item: Digan si es verdad que tampoco he intervenido en estos negocios solicitando en dichas elecciones los sufragios por medio de otros que los pidiesen a mi nombre. Y en el caso de expresarse algún hecho de esta naturaleza, digan quien fue el que hizo estas solicitudes; Item: Digan si es verdad que procediendo de la misma manera en todo otro asunto público, no me he mezclado en algunos sino ha sido en promoverla celebridad de las noticias de la salud del Rey, algunos prósperos sucesos de promover la celebridad de las Armas, y la devoción en varias funciones de las Iglesias de este pueblo; Item: Digan de público y notorio es. – A Ud. pido y suplico se sirva admitirme la información referida, y fecha, mandar se me devuelva original, con los testimonios que pido que es justicia, y juro lo necesario.- Otro sí digo, que los sujetos que han sido regidores y Jueces en el término sobre dicho, y que pido comparezcan a declarar, son los Maestres de Campo don Jacinto Anzorena, don Fernando Guiraldes, don Bernardo Ortiz, don Sebastián Sotomayor, don Agustín Gómez, don Francisco Xavier de Rozas, don Juan Antonio Molina, don Nicolás Corvalán, el Dr. don Ramón de Rozas y don José Marcos Aragón. Y por que de éstos don Agustín Gómez, y don Francisco Xavier de Rozas se hallan ausentes, en la capital de Chile éste, y aquel en la de Buenos Aires, se ha de servir Ud. mandar que en el fin de esta diligencia se certifique de notoriedad, por el presente escribano, la ausencia de dichos vecinos y se extienda esta diligencia hasta hacer constar por su medio, que en el sobredicho tiempo no ha habido otros Regidores algunos, y Alcaldes que los que quedan expresados, pido justicia, ut Supra. Fdo.. María Josefa Corvalán firma y rúbrica91.

En la misma fecha indicada el Corregidor hace lugar a la presentación, y ordena se haga como pide doña María Josefa. Entre el 28 de abril y el 2 de mayo prestan declaración bajo juramento los Regidores y Alcaldes mencionados en la nota transcripta. Todos coinciden en afirmar que no tienen conocimiento que la señora Corvalán haya “…hablado por sí misma ni por otra persona alguna sobre las elecciones de Alcaldes Ordinarios...”; que “...jamás se ha mezclado en los asuntos del público y sí…”, en los que la misma afirma; que "...dicha señora es de vida ejemplar, y recogida en su casa, apartada de todo trato y comunicación…”, etc. Don Nicolás Corvalán agrega que a él nunca le habló, a pesar de tener parentesco inmediato con ella; y don Ramón de Rozas, después de repetir las mismas afirmaciones, aclara que concurren “…entre él y dicha señora las relaciones que son notorias…”. Vienen luego una serie de certificaciones, y se ordena se le extienda a la solicitante copia testimonial ante escribano. Tal se hace el 4 de mayo de 178192.
El valor del documento -como prueba de prescindencia de doña María Josefa en el manejo de los asuntos del pueblo de Mendoza- es bastante relativo. Difícilmente un Regidor o un Alcalde admitiese, aún cuando ello hubiese ocurrido, que había sido influenciado por otra persona para admitir su voto en las elecciones para cargos concejiles. Por otro lado, dos de los siete testigos confiesan tener una íntima relación familiar con doña María Josefa y mal podían declarar en su contra. Otro de los testigos, don Juan Antonio Molina, olvida aclarar que él también tiene una estrecha relación familiar con la peticionante93.  Y don José Sebastián de Sotomayor, tampoco hace notar que su hija Manuela es cuñada de doña María Josefa94. Interesante hubiese sido que en la información hubiese figurado la opinión de otros vecinos, ajenos por completo al Cabildo, sobre la forma en que se realizaban las elecciones dentro del mismo. ¿Cuál hubiese sido la respuesta dada a las preguntas propuestas por doña María Josefa, por aquellos vecinos que -a pesar de reunir las condiciones necesarias- no habían resultado electos Alcaldes o Regidores?
Ignoramos cual fue el resultado efectivo de la información solicitada por doña María Josefa. Evidentemente, lo que ésta deseaba era poder pasar a Chile, en donde se encontraba la mayor parte de su fortuna, junto con algunos de sus hijos. No creemos que el documento estudiado le abriese el camino para cumplir ese deseo. En cambio, sí pudo hacerlo sin inconvenientes a partir de principios de 1783, año en el que parece se resolvió favorablemente para don José Perfecto de Salas el juicio de residencia que se le seguía en Madrid95. Recordemos que la Real Orden de fecha 4 de agosto de 1780, sólo la obligaba a seguir residiendo en Mendoza “…por ahora, y en el interín se finaliza el juicio de residencia…”
Por lo demás, la Real Orden aludida, no se cumplió rigurosamente en todas sus partes. Don Manuel de Salas y Corvalán, quién, de acuerdo a lo ordenado en dicha Real Cédula, debía fijar su residencia en España, obtuvo autorización para regresar a Chile a poco de resolverse favorablemente el juicio de su padre. Según don Miguel Luis Amunátegui, “Don Manuel de Salas continuó en la Península hasta que fue llamado a Chile por su madre, que había perdido a su marido y dos hijos i casi todos sus recursos, i que le necesitaba para que viniese a atender a los pocos bienes que a ella le quedaban”96. En lo que respecta a don José Antonio de Rojas y a su esposa, a quienes se ordenaba establecerse en Buenos Aires, tampoco se cumplió en definitiva la providencia. En el expediente, a que hemos hecho referencia anteriormente97, consta que el Virrey Vertiz acusó recibo de la Real Orden el 20 de febrero de 1782, y avisó, al mismo tiempo, que -en lo que a él correspondía-, la Real Orden se había cumplido en todas sus partes. Pero, agrega,

“… habiendo escrito al Presidente de Chile, lo correspondiente para que auxiliase la providencia de don José Antonio de Rojas con su mujer doña María Mercedes de Salas, fuese a vivir en Buenos Aires, le ha contestado en los términos que expresa la copia de su respuesta, que incluye, de 4 de diciembre de 1781”.

Y a continuación, el resumen de la contestación aludida de don Ambrosio Benavides:

En ella dice el Presidente de Chile, que habiendo comunicado a don José Antonio de Rojas la citada providencia, le expuso éste su resignación a los reales mandatos, pero que con documentos correspondientes que se acompañan, le hizo presente las graves dificultades, y aún física imposibilidad que tenía para no ponerse en marcha.
El Presidente dice, le es constante por práctico conocimiento y especulación que este sujeto tiene en el día a su cargo la testamentaría de su padre, y la tutela de sus hermanos pupilos. Que con motivo de estar ésta reducida a créditos activos sostiene multitud de pleitos para su recaudación, y aún contra los Albaceas que lo fueron en su ausencia. Que con su suegra doña María Josefa Corvalán tiene también pendiente juicio, en razón de particiones o de la legítima que corresponde a su mujer, de que dice no ha recibido cantidad alguna. Que por esta circunstancia se halla reducido a una mísera escasez y estrechado a vivir contra su familia en el retiro del campo, en una hacienda corta que posee en comunidad de los hermanos, compareciendo actualmente en aquella ciudad por llamamiento de la Real Audiencia para la contestación de las causas que agita. Que a más de éstos acaba de convalecer de un grave accidente; que su mujer doña Mercedes de Salas se halla en mucho peor estado de salud, y, por último, que de haber de pasar a vivir en Buenos Aíres no podrán subsistir.
De esta inteligencia le ha parecido al Presidente conviene suspender dicha providencia, persuadido de que la piedad del Rey mirará a estos vasallos con caridad. A esto se agrega el que el citado don José Antonio de Rojas, se ha persuadido que a él se lo habrá tenido con equivocación por don Ramón de Rozas, marido de doña Francisca de Salas, hija también del mismo Ministro don José Perfecto de Salas, porque tiene el antecedente de que siendo Alcalde ordinario parece que hubo varias quejas, y recursos que llegaron hasta el Ministerio, pero no hay duda de que la Real Orden, y todos sus antecedentes han hablado siempre de don José Antonio de Rojas98.

Que la “piedad” del Rey miraba efectivamente con caridad a sus vasallos, se puso nuevamente en evidencia, pues, el expediente que venimos analizando termina con el siguiente párrafo: “Enterado S. M. conviene en que Benavides suspendiese la ejecución de la orden por los motivos que expuso, y que así se le ha respondido al informe que directamente hizo en el asunto”99. La familia de don José Antonio de Rojas, no se movió, pues, de Chile, pese a la severa Real Orden del 4 de agosto de 1780.

III.- CONCLUSIONES

En los anteriores apartados hemos tratado de reflejar un momento de la situación político-social de Cuyo en la segunda mitad del siglo XVIII, y sus relaciones con las autoridades superiores de Chile, Buenos Aires y Madrid. El panorama bosquejado creemos que no hace sino demostrar, una vez más, el predominio, cada día mayor, que iba cobrando en el gobierno de las ciudades americanas la burguesía criolla –comercial industrial y terrateniente-. Sus relaciones con las altas esferas administrativas -desempeñadas muchas veces también por criollos instruidos- le va asegurando poco a poco una participación cada vez más activa -y ambiciosa- en la administración de las ciudades, corregimientos, gobernaciones, virreinatos. etc. La actitud vigilante de la Corona se hace notar, como hemos visto en el caso de la familia de don José Perfecto de Salas, pero sus medidas, que en un primer momento parecen tremendas y definitivas, a poco andar se relajan porque la “piedad” del Rey -que en el caso de un Carlos III está a la cabeza del movimiento renovador que lleva al poder a esa burguesía- “mira con caridad” a sus vasallos y busca el beneficio común de los mismos. En el caso estudiado, poco cambió la situación en Mendoza como consecuencia de la intervención real. Es cierto que las “tres casas reinantes” dejaron de tener un poderoso protector en Chile y en el Virreinato del Perú -protector que, por otra parte, poco faltó para que pasara a desempeñar las mismas funciones desde Buenos Aires, capital del nuevo Virreinato, al cual había sido incorporado el Corregimiento cuyano-. Pero como, en definitiva, el origen del predominio de las “tres casas” estaba dado fundamentalmente por su poder económico; por la alianza de intereses comunes –que muchas veces se concretó también en alianzas matrimoniales-; por su prestigio intelectual; y por el movimiento general de ascenso de la burguesía al poder; la activa participación de los Corvalán, Sotomayor y Martínez de Rozas en el gobierno de la República siguió siendo un hecho. Otras familias y otros personajes van a incorporarse, poco a poco, a la vida política del Corregimiento, pero todos ellos pertenecerán al mismo grupo social y las alianzas matrimoniales dentro del mismo darán origen a nuevas "trenzas”, de las cuales no siempre estuvieron al margen los miembros de nuestras ‘'tres casas reinantes”.
Así, en los años siguientes “las tres casas reinantes” no dejaron de estar presentes en las funciones de gobierno. Francisco de Borja Corvalán será Teniente de Oficial Real hasta su fallecimiento; don Ramón Martínez de Rozas será Alcalde de primer voto en 1779 y en 1780; Nicolás Corvalán será nombrado en 1780 diputado por el Cabildo de Mendoza para realizar gestiones en Buenos Aires en pro de la industria y el comercio cuyano y, él mismo, obtendrá en 1781 el cargo de Alférez Real por remate, cargo este último que desempeñará hasta su fallecimiento100. Don Antonio Moyano será Alcalde de primer voto en 1781 y en el mismo año se desempeñará como Corregidor interino desde julio hasta noviembre; Francisco Javier de Molina será Regidor Alcalde Provincial, por remate, desde enero de 1781 hasta su muerte101. En 1783 don Francisco Javier de Rozas es electo Alcalde de primer voto; y, en el mismo año, don Juan Marros de Mayorga lo es de Alcalde de segundo roto102. El año siguiente la elección de Alcalde de primer voto recae en don Ignacio Corvalán103. En 1785 la votación para Alcalde de segundo voto favorece al Dr. don Juan Martínez de Rozas104. En 1787 don Francisco de Borja González es elegido Procurador General de la ciudad; y en 1789 el mismo cargo será ejercido por don José Agustín Sotomayor105. En 1800 don Domingo Corvalán es Alcalde de segundo voto, y se desempeñará como Alcalde de primer voto en 1801106. En 1808 donFrancisco de Borja Corvalán y Rozas será elegido Alcalde de Hermandad107... Los ejemplos consignados, que podrían multiplicarse son suficientes como para comprobar la permanencia de “las tres casas reinantes” en las funciones concejiles de la ciudad.
En 1784, al aplicarse el Régimen de Intendencias, el Marqués de Sobremonte -Gobernador Intendente de Córdoba del Tucumán-, bajo cuya dependencia se encuentra el antiguo Corregimiento de Cuyo, designa como primer Subdelegado de Real Hacienda a nuestro viejo conocido don José Sebastián de Sotomayor, quien desempeñará este cargo hasta su fallecimiento, en 1788108.
Por fin, las “tres casa reinantes” no estarán ausentes de los sucesos producidos en 1810 en Mendoza. La misión de traer a Cuyo  los pliegos en los cuales se comunica  lo ocurrido en Buenos Aires, en mayo de ese año, y de pedir el reconocimiento de la Junta del 25 de Mayo, será confiada al Comandante Fronteras don Manuel Corvalán109 . Producido el cambio de gobierno en Mendoza, el Cabildo designa Comandante de Armas  -en reemplazo de don Faustino Ansay- al Comandante don Francisco Javier Martínez de Rozas110. La Junta de Gobierno de Buenos Aires, por su parte, designará a don José Agustín de Sotomayor, el 22 de agosto de 1810, por su Ministro Tesorero de Real Hacienda en Mendoza111. Y, al constituirse, en 1811, la Junta Subalterna de Mendoza, esta será presidida por el “Teniente Coronel de los Reales Ejércitos“, don Francisco Javier Martínez de Rozas112.
El “reinado” de nuestras “tres casas”, no terminó, pues, con las “severas” medidas que en su contra dictó Carlos III en la segunda mitad del siglo XVIII. Por el contrario, fue la política de este monarca, la que permitió su permanencia en el gobierno de la República, y preparó el camino para su participación en los sucesos revolucionarios de 1810.

 

NOTAS

1 Inés Sanjurjo y Gloria López han realizado la transcripción fidedigna del artículo publicado en la Revista Chilena de Historia y Geografía Nº 156 de 1956.

2 De una presentación efectuada por don Francisco de Serra y Canals ante el Virrey del Río de la Plata don Pedro de Cevallos, con fecha 17/1/1778. Original en Archivo General de Indias, Audiencia de Buenos Aires, Legajo 308.

3 Es de fecha 10 de noviembre de 1776 y dice: “El Rey quiere saber con puntualidad y certeza el número de vasallos y habitantes que tiene en todos sus vastos Dominios de América y Filipinas, a cuyo fin ha resuelto que todos los Virreyes y Gobernadores de Indias, y de dichas Islas, hagan exactos Padrones con la debida distinción de clases, estados y castas de todas las personas de ambos sexos, sin excluir los párbulos. De Orden de S. M. lo participo a V. S. para que expida los correspondientes, a fin de que todos los Gobernadores y personas a quien corresponda de su jurisdicción formen, desde luego, los mencionados padrones, y repitan todos los años la operación, remitiéndolos a fin de cada uno por mano de V. S., con la prevención de que han de anotar en cada estado anual el aumento o disminución que resultare, respecto del anterior. Y para su puntual cumplimiento, manda S. M. encargue muy estrechamente a V. S. que cuide de que no haya en ello la menor omisión´; que remita a su tiempo por esta vía reservada de Indias los referidos padrones y que me dé aviso de quedar en esta inteligencia. Dios Guarde a V. E. muchos años. San Lorenzo, 10 de noviembre de 1776. Joseph de Gálvez”. En: Documentos para la Historia de la Nación Argentina. T. X, Facultad de Filosofía y Letras. Universidad Nacional de Buenos Aires 1920-1955, pág. 71.

4 El Obispo de Santiago remitió los padrones de los curatos de su jurisdicción -entre los cuales se encontraba el de Mendoza- y un resumen de los mismos en marzo de 1779. En octubre envió duplicado de los mismos. De estos duplicados hemos tomado los datos que manejamos. Nota de remisión y resumen duplicados en: A. G. Ind. Gen. Leg. 1527.

5 En el resumen en nuestro poder hay algunos errores de suma. Hechas las correcciones, el mismo arroja las cantidades indicadas Don José Torre Revello, en su trabajo “La población de Cuyo a comienzos del virreinato y principios de la iniciación del período independiente 1777 1812”. publicado en Boletín del Instituto de Investigaciones de la Universidad de Buenos Aires. T. XXIII. Buenos Aires, 1939, págs. 77/84, trabaja con un resumen igual al nuestro y en el mismo hace también las correcciones a que aludimos. Según indica el autor, el resumen que transcribimos se encuentra en: A. G. I. -Aud. Chile-Leg. 177. Debe tratarse sin duda del remitido por el Obispo de Santiago en marzo de 1779.

6 2.170 casados; 421 viudos; 2.916 solteros y 1.971 párvulos.

7 2.182 casados; 323 viudos; 1.877 solteros y 1.759 párvulos.

8 7.014 casados; 133 viudos; 1.460 solteros y 1.077 párvulos.

9 Los cuadros que siguen han sido preparados sobre la base de los datos que figuran en el resumen aludido.

10 La población de la campaña estaba agrupada en los siguientes curatos: Uco y Corocorto, en el actual territorio de Mendoza; Vallefértil y Jachal en el de San Juan; y Renca en el de San Luis.

11 En la ciudad de Salta, el elemento blanco era sólo el 44% del total; en la de Córdoba el 34%; en la de Tucumán el 32%; en Santiago del Estero el 27%; en La Rioja el 26%; en Jujuy el 24% y en Catamarca el 16%. El más alto porcentaje lo tenía la ciudad de Buenos Aires, con un 65% de blancos.

12 Ver cuadro Nº 3, en página 80.

13 En: “La población hispano-americana y su distribución social en el siglo XVIII”, En Revista de Estudios Políticos. Nº 78. Madrid, 1954, pág. 136.

14 Torre Revello: “La población de Cuyo...''. Cit. Resumen correspondiente a la población en 1812.

15 En: Fuente Americana de la Historia Argentina. Biblioteca de la Junta de Estudios Históricos de Mendoza, vol. III, Mendoza, 1940.

16 “Noticias sobre la Intendencia de Córdoba del Tucumán”. En Revista de Buenos Aires. Vol. VI, pág. 477/79. Buenos Aires, 1865.

17 “Descripción de la ciudad de Mendoza, remitida por su Diputado de Comercio don Eusevio Videla”. En Telégrafo Mercantil, Rural, Político, económico e historiógrafo del Río de la Plata. T. III, Nº 5, Buenos Aires, 1802, fol. 68/9. Reproducción facsimilar de la Junta de Historia y Numismática Americana. Buenos Aires, 1915.

18 “Padrón de Mendoza de 1739”, por Juan Luis Espejo. En: Revista de la Junta de Estudios Históricos de Mendoza. T. II, pág. 259 y siguientes.

19 Algunas noticias sobre este interesante personaje -sobre el cual tenemos en preparación un trabajo más completo-, las hemos adelantado en nuestro artículo: “En torno al problema del Indio en el Río de la Plata”, publicado en: Anuario de Estudios Americanos. T. XII, Sevilla, 1955, pág. 39/74.

20 Representación cit. al Virrey del Río de la Plata, fol. I y 1 vta.

21 Representación cit., fol. 3.

22 Representación de Serra y Canals dirigida a don José de Gálvez, fechada en Buenos Aires a 1° de abril de 1778, fol. 1. En A. G. I. Aud. Buenos Aires. Leg. 308. En el margen de esta representación se ha agregado la siguiente nota: “Está mandado venir Salas a su empleo en la Audiencia de Cádiz, y con esta providencia logrará el suplicante su quietud”.

23 Representación cit. A Gálvez, fol. 1 vta.

24 Domingo Amunátegui Solar: Personajes de la Colonia. Santiago, 1925, pág. 185-272.

25 Así consta en la partida de bautismo, que transcribe Amunátegui Solar en las pág. 196/7 del trabajo citado.

26 Todos estos datos en el trabajo citado de Amunátegui Solar.

27 El acta de matrimonio la reproduce Amunátegui Solar en la obra cit., pág., 209/10. De este matrimonio nacieron cinco hijos; dos mujeres: María Mercedes y Francisca de Borja; y tres varones: Judas José, Manuel Silverio y José Sebastián. María Josefa Corvalán había nacido en Mendoza el 10 de octubre de 1725. En su partida de bautismo en Archivo Eclesiástico –Parroquia de San Nicolás-, libro 4° de bautismos, fol. 15 vta., consta que fue bautizada el 12 de octubre de 1725 –tenía entonces tres días- y que fueron sus padrinos el Maestre de Campo don Manuel Zapata y doña Cecilia Pinto.

28 Ver: Carlos Calvo: Nobiliario del antiguo Virreyinato del Río de la Plata. La Facultad, Buenos Aires, 1941, 5 ts.; t. V, págs. 173 y sgs. También: Fernando Morales Guiñazú: Genealogías de Cuyo. Best. Hnos. Mendoza, 1939, 2ª ed., págs. 82 y sgs.

29 Morales Guiñazú: Los Corregidores y Subdelegados de Cuyo 1561-1810. Ed. Inst. Inv. Hist. Fac. Fil. y Letras Univ. de Buenos Aires, 1936, págs. 70/1. Don Juan Luis Corvalán y doña Angela Francisca Chirinos de Posadas habían contraído matrimonio el 21 de julio de 1721. Fueron padrinos el Capitán don Francisco Correas y doña Ana Chirinos de Posada. Consta allí que doña Angela era hija del Sargento Mayor don Luis Chirinos de Posada, y de doña Luisa Lemus Barroso, ambos vecinos de Mendoza. Acta correspondiente en: Archivo Eclesiástico, Parroquia de San Nicolás, Libro b, de matrimonios, fol. 91.

30 Padrón cit. Ver nota Nº 17.

31 En A. H. M. Carpeta Nº 9-C-Testamentaría.

32 Fueron ellos: Francisco, Andrés, Pedro Pablo, Domingo, Tomasa, María Josefa y Francisca. Tanto ellos como sus cónyuges e hijos, ocuparán cargos de importancia en el gobierno de la ciudad en íntima relación con don Juan Corvalán y Castilla y sus hijos. Para más datos sobre los mismos: Morales Guiñazú, op. cit. y Carlos Calvo, op. cit.

33 Magdalena Estefanía: Fue bautizada el 28 de diciembre de 1733. Fueron sus padrinos don Gregorio Bachiller y Tomasa Corvalán. Arch. Ecl. Libro 4° de bautismos, fol. 89.
Nicolasa de Bari: Fue bautizada el 13 de diciembre de 1729. Había nacido tres días antes y fueron sus padrinos, el Sargento Mayor don Domingo de Lemos y Francisca Garini. Arch. Ecl. Libro Nº 4 de bautismos, fol. 52. Andrea Javiera: Fue bautizada el 1° de diciembre de 1731. Había nacido dos días antes y fueron padrinos don Pedro Gamboa y Magdalena Arias de Molina. Arch. Ecl. Libro 4° de bautismos, fol. 67. Luisa Teodora: Fue bautizada, de once días, el 29 de abril de 1736. Fueron padrinos don Francisco Correa y Ana Chirinos de Posada. Arch. Ecl. Libro 4° de bautismos, folio 117 vta.Clemente Nicolás: Fue bautizado, de tres días, el 25 de noviembre de 1723. Fueron padrinos el Capitán don Antonio Corvalán y Melchora de Lemus. Arch. Ecl. Libro 4° de bautismos, folio 3. Más datos sobre la familia Corvalán en: Morales Guiñazú: Genealogías… cit., págs. 83 y sgs., y en Calvo: Nobiliario… T.V, págs. 175 y sgs.

34 Morales Guiñazú: Los corregidores... cit., pág. 109; y Genealogías de Cuyo, cit., pág. 321.

35 Morales Guiñazú: Genealogías… cit., pág. 303 y sgs.

36 Su matrimonio con Félix Correas se realizó en 1758. Arch. Ecl. Mza. Libro de Inf. Matrimoniales, fol. 29. Datos sobre la familia Correas en Morales Guiñazú: Genealogías… cit. págs. 69 y sgs.; y Corregidores… cit., pág. 78.

37 Manuela: Fue bautizada, de dos días, el 11 de enero de 1752. Fueron sus padrinos el Maestre de Campo don Juan Martínez de Rozas y Narcisa Correas. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, 202 vta. Rosa Ventura: Fue bautizada el 18 de julio de 1745. Tenía entonces seis días y fueron sus padrinos don Francisco Escalante y Petronila de Videla. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 90. Petronila: Fue bautizada el día 31 de mayo de 1757. Tenía entonces dos días y fueron sus padrinos don Francisco González y Rita Corvalán. Arch. Ecl. Libro 6° de bautismos, fol. 24 vta. El matrimonio se celebró el 1° de diciembre de 1779. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 62. María Josefa: Fue bautizada, de tres días, el 25 de marzo de 1753. Fueron padrinos el Maestre de Campo don Pedro Escalante y Agustina Rosa Díaz. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 223. Además el matrimonio Sotomayor tuvo otra hija; Melchora, melliza de Manuela. Melchora fue bautizada también el 11 de enero de 1752. Fueron sus padrinos el Maestre de Campo don Francisco Videla y Aguiar y Petrona Correa de Saa. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 202 vta. Melchora falleció soltera.

38 Pbro. Aníbal Verdaguer: Historia Eclesiástica de Cuyo. Scuola Tipográfica Salesiana. Milán, 1931, 2 ts.; t. I, págs. 583/5. Morales Guiñazú: Genealogías... cit., págs. 93/4. Sebastián Martín Sotomayor fue bautizado el día 7 de febrero de 1750. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 168; José Agustín lo fue el 3 de agosto de 1760. Arch. Ecl. Mza. Libro 5° de bautismos, fol. 79 vta. Su matrimonio tuvo lugar el día 15 de diciembre de 1788. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 184.

39 Padrón de la ciudad de Mendoza -1777-. Legajo en A. H. M. Carp. Nº 22, folio 1 vta.

40 Padrón citado, fol. 2.

41 A. J. Libro 120. Protocolos del Escribano Público, de Real Hacienda, Minas y Registro, don Pedro Simón de Videla. Fol. 37 a 39 vta.

42 Calvo: op. cit. T. IV, págs. 109 y sgs.; Morales Guiñazú: Genealogías… cit., pág. 283 y sgs.; Roa y Urzúa: El Reino de Chile 1635-1810. Cons. Inv. Científicas. Inst. Jerónimo Zurita. Valladolid, 1945, pág. 893. María Prudencia Correas había nacido el 13 de agosto de 1726 y bautizada el 16 del mismo mes. Fueron sus padrinos el Capitán Juan de Villegas y Clementina Villegas. Arch. Ecl. Mza. Libro 4° de Bautismo, folio 24. El día 14 de diciembre de 1746 don Juan Martínez de Soto y Rozas, hijo legítimo de Marcos Martínez de Soto y Rozas y Francisca López de Liñero y Torres, naturales de Regules, solicita contraer matrimonio con María Prudencia Correas. Se levanta la correspondiente información matrimonial, con intervención del Notario Público don Andrés Cabello de Oropesa. El mismo día, después de recibir los testimonios de Juan de Xijarro, natural de las Montañas de Burgos; y de Francisco Alonso, natural de Cigales, Obispado de Valladolid, se autoriza el matrimonio y se conceden las dispensas de las admoniciones que ha solicitado el interesado. El matrimonio debió, pues, realizarse inmediatamente. Es posible que tuviese lugar el 15 o 16 de diciembre. Arch. Ecl. Mza. Libro Inf. Matr. Año 1746, folio 4. La fecha dada por Roa y Urzúa, 10/IV/1746, es entonces errónea.

43 Fernando Martínez de Rozas y era hijo de doña Francisca López de Liñero y Torres –madre también de don Juan, como hemos visto en nota Nº 41-, y de don Francisco Martínez de Soto y Rozas. Doña Francisca, viuda de Marcos, había contraído matrimonio con su ex cuñado Francisco. Ver Calvo: op. cit. T. IV. Pág. 114. Morales Guiñazú: Genealogías… cit., pág. 283, comete un error al afirmar que Fernando era también hijo de Marcos Martínez de Soto y Rozas. Esta situación familiar queda perfectamente aclarada en los testamentos de Juan y de Fernando. El primero declara ser hijo de Marcos –declara lo mismo en la Inf. Matrimonial en nota Nº 41-; y el segundo de Francisco. A. J. Libro Nº 103. Protocolo del Escribano Público don Francisco de Videla. Año 1778, folio 33 vta. A 35 vta., encontramos con fecha 20 de febrero de 1778, el testamento poder de don Juan Martínez de Rozas, por el cual autoriza a su esposa a ordenar su testamento. Fernando, por su parte, otorga también poder a su esposa para ordenar su testamento con fecha 28 de noviembre de 1789; A. J. Libro Nº 114. Protocolo del Escribano Público don Pedro Pablo Videla, fol. 155 a 156 vta.

44 Morales Guñazú: Corregidores… cit., págs. 78 y 95.

45 Francisco Javier, fue bautizado el 8 de septiembre de 1747; tenia entonces cinco días. Según consta en acta, puso óleo y crisma el Ilustrísimo Señor Obispo de Santiago Dr. Juan González Melgarejo. Fueron padrinos don Pedro Correas de Larrea, y Prudencia Correas de Larrea. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, folio 127. Su matrimonio con Mercedes Correas Corvalán, se celebró el 6 de mayo de 1787. Por superior despacho de 13/3/87 el Ilustrísimo Obispo dispensó el impedimento de consanguinidad en segundo grado puro, y las proclamas. Fueron padrinos don Tomás de Lima y Melo e Isabel de Rozas. Ofició el R. P. Ambrosio José de Ochoa. El contrayente tenía entonces el grado de Sargento Mayor de las milicias de Mendoza. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 164.
Tomás Ramón Pedro Nolasco, fue bautizado por el Cura Párroco de Mendoza don Francisco Correa de Saa el 1° de enero de 1750. Tenía entonces tres días, y fueron sus padrinos el Comendador del Convento de Ntra. Sra. de la Merced, y doña Agustina Rosa Díaz. Arch. Ecl. Libro 5 de bautismos, fol. 166. Su matrimonio con doña Francisca de Borja Salas y Corvalán tuvo lugar en Mendoza el 1° de noviembre de 1779. El Obispo de Santiago dispensó las tres moniciones canónicas. Fueron padrinos el Gral. don José Sebastián Sotomayor y doña María Prudencia Correa. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 59 y 59 vta.
Juan Agustín, fue bautizado por el R. P. Simón de Lima y Melo, el 11 de enero de 1753. Tenía entonces tres días, y fueron sus padrinos don Eusebio de Lima y Melo -entonces Corregidor de Cuyo- y doña Petrona Jofré. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 119 vta.
Esteban Domingo Nolasco, fue bautizado el 6 de agosto de 1756. Tenía entonces tres días y fueron sus padrinos don Clemente Corvalán y doña Magdalena Corvalán. Arch. Ecl. Libro 6°, folio 13.
Félix Inocencio Javier Santiago, fue bautizado el 21 de noviembre de 1757, tenía entonces dos días y fueron sus padrinos don Pedro Ortiz y doña Francisca Gamboa. Arch. Ecl. Libro 6°, folio 33.
José, fue bautizado el 13 de enero de 1755. Tenía entonces tres días y fueron sus padrinos don Pedro Correas Villegas y doña Tomasa Villegas. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismo, folio 257. Datos sobre su carrera eclesiástica en Pbro. Aníbal Verdaguer: op. cit., T. I.; pág. 589.
Pedro Ignacio, fue bautizado el 2 de mayo de 1760. Tenía entonces tres días y fueron sus padrinos don Juan Corvalán y doña Angela Chirinos. Arch. Ecl. Libro 6° de bautismo, fol. 74.
Juan Inocencio, fue bautizado el 28 de diciembre de 1758. Puso óleo y crisma el Padre don Jacinto Argüello, de la Compañía de Jesús. Fueron sus padrinos don Pedro Nolasco Correas y Magdalena Corvalán. Arch. Ecl. Libro 6° de bautismo, fol. 52. Más datos en: Amunátegui Solar: Noticias inéditas sobre don Juan Martínez de Rozas. Imp. Cervantes, Santiago de Chile, 1910.

46 María del Carmen Cecilia, fue bautizada el 23 de noviembre de 1748. Fueron padrinos el Padre Rector don José Valdivia y Tomasa Villegas. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 147.
Juana María, fue bautizada el 16 de julio de 1751. Tenía entonces tres días, y fueron sus padrinos don Angelo Francisco Mayorga y Tomasa Sosa. Arch. Ecl. Libro 5° de bautismos, fol. 193. Su matrimonio tuvo lugar el 28 de diciembre de 1786. Ofició el R. P. José de Rozas, su hermano. Fueron padrinos don Pedro Ozcaris y doña María del Carmen Rozas. Su esposo, de origen portugués, era Sargento Mayor de las milicias de Mendoza. Arch. Ecl. Libro II de Matrimonios, fol. 162.
María Isabel Petrona, fue bautizada el 5 de julio de 1761. Fueron sus padrinos el R. P. Antonio Guillén S. J. y doña Tomasa Ruiz de Villegas. Arch. Ecl. Libro 6° de bautismos, fol. 101. Su matrimonio tuvo lugar el 16 de noviembre de 1780. Ofició el R. P. Simón de Lima y Melo, Cura y Vicario de San Juan. El Ilustrísimo Obispo de Santiago dispensó las proclamas y el impedimento de consanguinidad en tercer grado mixto con segundo. Fueron padrinos el Maestre de Campo don Francisco de Borja Corvalán y doña María del Carmen Rozas. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 80 vta.

47 Matrícula cit., fol. 8.

48 A. J. Libro Nº 103. Protocolo del Escribano Público don Francisco de Videla. Año 1778, fol. 2 vta. a 15 vta.          

49 Morales Guiñazú: Los Corregidores... cit., pág.108/10. A. H. M. Carp. N° 8. Leg. N° 116. Actas Cabildo 1777: Acta de la reunión del 25/1/1777. El día anterior se había presentado ante el Cabildo el Maestre de Campo don Juan Gregorio Molina y se había constituido como fiador de Sotomayor.

50 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1778. Leg. 117. Un oficio firmado por el nuevo Virrey don José de Vertiz, confirma a Loayza el 9 de septiembre de 1778. Ver además: Morales Guiñazú: Los Corregidores… cit., pág. 109.

51 A. H, M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1777. Leg. 116. Reunión 1° de enero. El Alcalde de 2° voto era, como sabemos, hijo de don Juan Martínez de Rozas. Ver nota Nº 44.

52 Ibidem. Acta del 25/1/1777. Francisco de Borja Corvalán era hijo de don Juan Luis Corvalán y Castilla. Ver pág. 17.

53 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1778. Leg. 117. Reunión del 1º/I/1778. Juan Antonio Molina era yerno de don Juan Luis Corvalán y Castilla ver pág. 16; y don Nicolás Corvalán era sobrino del mismo.

54 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1779. Leg. 118. Acta 1°/I/ 1779. El Dr. Ramón Martínez de Rozas era hijo de don Juan. En 1779 contraerá enlace con doña Francisca de Borja Salas y Corvalán. Ver notas Nos 44 y 86.

55 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1780. Leg. 119. Actas Cabildo 1781. Leg. 120. Don Francisco Javier Santander era yerno de don Juan Luis Corvalán y Castilla. Ver pág. 16/17.

56 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1777. Acta 29/11/77. El título expedido por Cevallos lleva fecha 6/11/1777.

57 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1778. Leg. Nº 116. Reunión 27/1. A la representación citada -ver nota Nº 1-. de Serra y Canals. Se agrega nota firmada por don Juan de Gamboa. Oficial Real saliente, la cual dice: "Señor don Francisco de Serra y Canals. Muy señor mío: Recibí de la V. M. con la que se sirvió consolarme en el hecho de haberme despojado de estas Reales Cajas, para proveer en ellas a don Juan Martínez de Rozas. Yo no puedo ocultar a Ud. lo que observo por acá; las tres casas reinantes hacen pifias de las idea, gubernativas de Ud. Estos sujetos penden de quienes usted tal vez se fía en ésa y sírvale a Ud. de gobierno para lo sucesivo. Dios le guarde dilatados años. Mendoza 10 de diciembre de 1777. Etc.”.

58 Don Juan Martínez de Rozas otorga testamento poder el 20 de febrero de 1778 ver nota Nº 42. En la reunión de Cabildo del 30/4/1778, se recibe como Oficial Real don Francisco de Bargas, designado en reemplazo de Martínez de Rozas. A. H. M. Actas Cabildo cit.

59 A. H. M. Carp. Nº 94. Hacienda. 1763/83. El 30/4/1778 don Francisco de Borja Corvalán figura como Oficial Real al hacer el inventario de las Reales Cajas aludido. El 21/6/79, figura también en un nuevo inventario de las mismas Cajas, en razón de haber fallecido don Francisco de Bargas. Don Francisco de Borja Corvalán era hijo de Juan Luis Corvalán y Castilla.

60 Pbro. José Aníbal Verdaguer, op. cit. T. I., pág. 396. En la reunión de Cabildo efectuada el 6/12/77, se presenta título por el cual se designa al R. P. Dr. don Clemente Corvalán -Cura y Vicario Foráneo de Cuyo-, por Comisario subdelegado de Cruzada. El nombramiento es firmado por el Dr. don Estanislao Andia e Irrazazal, Comisario General de la Santa Cruzada en Santiago de Chile, y lleva fecha 11/12/1776. A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1777. Leg. 117.

61 Verdaguer, op. cit. T. I, pág. 583.

62 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1775. Leg. 114. Don Domingo Corvalán era hijo de don Juan Luis Corvalán y Castilla.

63 A. H. M. Actas Cabildo 1777 cit. El Dr. don Javier Martínez de Rozas era hijo de don Juan Martínez de Rozas. En la misma reunión se decide que, para hacer frente a los gastos de la embajada, se cobre un impuesto de medio real a cada botija, odre o barril que salga de Mendoza para Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba. Se nombra recolector a don Pedro Espínola.

64 A. H. M. Actas Cabildo 1778 cit.

65 A. H. M. Actas Cabildo 1778 cit. Don Francisco Corvalán era hermano de don Juan Luis Corvalán y Castilla.

66 Repres. cit. en nota Nº 1, fol. 2.

67 Ver nota Nº 62.

68 Ver notas Nos 52-63 y 64.

69 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas de Cabildo correspondientes a los años comprendidos entre 1760 y 1775. Reuniones del 1° de enero de cada año.

70 Ibidem.

71 Ibidem.

72 Recopilación de Leyes de Indias. Ley 13. Lib. 4°. Tít. 9 y Ley 5. Lib. 4°. Tít. 10. La segunda de las Leyes citadas dice textualmente: “Mandamos a las Justicias, Cabildos y Regimientos, que no consientan, ni den lugar, que en las elecciones de oficios se elijan, ni nombre padres a hijos, ni hijos a padres, ni hermanos a hermanos, ni suegros a yernos, ni yernos a suegros, ni cuñados a cuñados, ni los casados con dos hermanas, que así es nuestra voluntad”.

73 Morales Guiñazú: Los Corregidores… cit. y Genealogías… cit., Calvo, op. cit.

74 Morales Guiñazú, op. cit. También: José María de la Peña y de la Cámara: A List of Spanish Residencias in the Archives of the Indies 1516-1775. The Library of Congress, Washington, 1955, pág. 62.

75 Ver cartas de don José Antonio de Rojas desde Madrid, en párrafos citados por Miguel Luis Amunátegui: La Crónica de 1810. T. II. Santiago de Chile, 1911, pág. 59/60.

76 Domingo Amunátegui Solar: op. cit., pág. 226. La enemistad entre el Virrey don Manuel Amat y su Asesor de tantos años en Santiago y en Lima, que dá por sentada el autor citado, no está documentada en su trabajo. Tampoco lo hace don Miguel Luis Amunátegui, op. cit., quien insiste en dicha enemistad.

77 Citada por Miguel Luis Amunátegui, op. cit. pág. 73/4.

78 Estos datos en instancia de fecha 22 de agosto de 1777, presentada en Madrid por don Manuel de Salas y Corvalán a nombre de su madre doña María Josefa Corvalán y Chirinos. En dicha instancia, después de hacer referencia a los antecedentes familiares, cargos que ha ocupado don José Perfecto de Salas, etc., se expresa en resumen: Cuando salió Salas de Lima y de la Asesoría, nadie tuvo una queja contra él.
Volvió a su cargo en la Audiencia de Chile creyendo que encontraría ya el descanso. Pero el Presidente le sorprendió el 25 de noviembre de 1776, al comunicarle que había sido designado por S. M. Oidor de la Audiencia de la Contratación de Cádiz y que cesaba en la fiscalía el mismo día. Por un lado se le premiaba con un ascenso y por otro parecía colocársele como un vasallo rebelde, pues, no era costumbre cesar así de golpe en los honores y sueldo. Después de salir Salas de Chile, el Presidente ha obligado a la solicitante y a sus hijas a partir. Han debido hacer un penoso viaje y acogerse en Mendoza en la casa de sus padres. La suplicante no se cree obligada a seguir a su marido a un país desconocido. Las leyes la protegen en este caso. Más aún cuando el mismo Salas no lo pretende. Cree que todo es una mala interpretación del Presidente de Chile, pues, esa no puede ser la voluntad de S. M., pues, no hay mérito para ello. Expresa luego la dificultad del viaje; que Salas es un hombre de edad, y que ella y sus hijas se encontrarían desamparadas si éste falleciera en España. Además éstas están capituladas para casarse. Pide se le permita permanecer en América por lo menos en Mendoza, su ciudad natal, si hay inconveniente para que pueda continuar a Chile. Su marido y tres hijos varones pasarían a España. A. G. I. Aud. Bs. As. Leg. 308. Instancias original.

79 El Virrey Cevallos, en oficio fechado en la Colonia de Sacramento a 4 de julio de 1777, avisa a José de Gálvez que don José Perfecto de Salas, “…promovido a La Plaza de Oidor de la Contratación de Cádiz…”, ha llegado a Bs. As. Pide instrucciones sobre qué debe hacer. Salas le ha pedido autorización para quedarse en Bs. As. hasta que recaiga providencia en instancia que tiene hecha -seguramente la misión encargada a su hijo Manuel- para que se revoque la providencia para que pase a España a establecerse. Al pie de la nota de Cevallos se hace constar que por Real Orden dada en San Lorenzo a 22 de octubre de 1777, se ordena a Cevallos que en la primera ocasión haga embarcar a Salas para España. Documento original en: A. G. I. Aud. de Bs. As. Leg. 308.

80 Representación citada, de fecha 1° de abril de 1778.

81 Ibidem.

82 A. H. M. Carpeta Nº B-11. Judicial Civil. “Jacobo Baradán contra don Javier de Rozas por agravios”. 45 fs., fol. 2 y sgs.

83 A. G. I. Aud. Bs. As. Leg. 308. Original del Oficio dirigido por Cevallos a don José de Gálvez desde Bs. As. a 26 de enero de 1778.

84 Real Orden y Oficio de Cevallos en A. G. I. Aud. Bs. As. Ley. 308.

85 Correspondencia en A. G. I. Leg. cit. El oficio de Vértiz lleva fecha 5 de febrero de 1779. El Pbro. don Juan Baltasar Maciel había comunicado la noticia del fallecimiento de Salas a doña María Josefa, en nota fechada en Bs. As., a 10 de enero de 1779. Esta carta la transcribe don Domingo Amunátegui Solar en Personajes de la Colonia. cit. págs. 229/30. En sus primeros párrafos dice: “Mui señora mía: No sería yo capaz de comunicarle la infausta noticia de la muerte de mi amado pariente, el señor don José, su esposo, sino pudiera, al mismo tiempo, darle el consuelo de las circunstancias que deben mitigar su dolor. Tales son la cristiana resignación con que se dispuso a tan funesto golpe, i el haberle descargado en el mismo día del nacimiento de nuestro Redentor, en que apareció para todos la gracia de la salud eterna…”.

86 Esta Real Cédula fue el resultado de la instancia presentada por don Manuel de Salas en Madrid el 22/8/1777, y a la cual hemos hecho referencia en nota Nº 77. La Real Orden se dirigió a Cevallos desde San Ildefonso a 14 de septiembre de 1777. En ella se niega la solicitud, y sólo se le concede que permanezca en Mendoza por dos años para arreglar sus negocios y bienes. Al término, deberá embarcar sin demora a España. Cevallos acusa recibo de la Real Orden en oficio del 26/1/1778 dirigido a Gálvez, y dice que lo hará cumplir en todas sus partes. A. G. I. Aud. Bs. As. Leg. 308.

87 El Expediente lleva como carátula: “Expte. relativo a las órdenes expedidas a los Virreyes de Buenos Aires, para que a don José Perfecto de Salas, Fiscal que fue de la Audiencia de Chile, y electo Oidor de la de la Contratación, le hicieren venir con su familia a estos Reinos a servir su nuevo destino; fallecimiento de este Ministro en Buenos Aires. Providencias para que su viuda, doña María Josefa Corvalán, continúe residiendo en Mendoza con sus dos hijos menores; y para que desde Chile se traslade a Buenos Aires su yerno don José Antonio de Rojas; Derogación de esta disposición; orden para el pago de los sueldos devengados por Salas, y solicitudes de su viuda para su regreso a Chile”. El mismo contiene un resumen de todas las actuaciones e informes. A. I. G. de Buenos Aires. Leg. 308. En el mismo legajo el informe original del Intendente Fernández.

88 El acta de matrimonio dice: “En la ciudad de Mendoza, en nueve días del mes de abril de mil setecientos setenta y nueve años: Yo el Maestro don Martín Ladrón de Guevara, cura y Vicario interino de esta dicha ciudad, desposé por palabra de presente en esta Parroquial, habiéndoles tomado sus consentimientos y dispensado S. Señoría Ilustrísima el Obispo mi Señor las tres moniciones canónicas dispuestas por derecho por carta misiva fecha en veinte y nueve de enero del presente año, a don José Antonio de Roxas y Ortuguren, natural de la ciudad de Santiago de Chile entre renglones “y regidor perpetuo de su Ilustre Cabildo”, hijo legítimo del Maestre de Campo don Andrés de Roxas y la Madrid, y de doña María de Mercedes Ortuguren y Calderón de la Barca, natural de dicha ciudad, con doña María Mercedes Salas y Corvalán, natural de la expresada ciudad, hija legitima del señor Dr. don José Perfecto de Salas entre líneas: “y de los Ríos” Fiscal de la Real Audiencia de Chile, natural de la ciudad de Buenos Aires, y de la señora doña María Josefa de Corvalán entre líneas “y Chirinos”, natural de esta ciudad de Mendoza. Fueron padrinos el Maestre de Campo don Francisco Xavier de Sotomayor y doña Angela Chirinos. Y para que conste lo firma. Maestro Martín Ladrón de Guevara firma y rúbrica. Nota al margen: “Los veló con licencia mía el R. P. Dr. Vicente Morales del Orden de San Agustín hoy día 20 de mayo de 1779. Fueron padrinos los mismos”. Arch. Ecl. Libro II de matrimonios, fol. 47.

89 Ver nota Nº 44.

90 Estos poderes en: Arch. Jud. Protocolo del Escribano Público don Pedro Pablo Videla -Libro Nº 106-, años 1779/1781, fols. 44/45; 63/vta., 65; 65/66; 66/67 y 79 vta., 80/vta.

91A. H. M. Carp. Nº C-17 –Judicial- Doc. Nº 402.(En original no figura en número de nota al finalizar el texto de la cita).

92 Ibidem. Don Nicolás Corvalán era primo hermano de doña María Josefa; don Ramón de Rozas, como ya hemos indicado, su yerno.

93 Era cuñado de doña María Josefa, por haber contraído enlace con su hermana Nicolasa.

94 Ver página 17, Domingo Rege Corvalán, hermano de doña María Josefa, era casado con doña María Manuela Sotomayor.

95 Miguel Luis Amunátegui, op. cit., pág. 106, transcribe un trozo de una carta escrita por don José Antonio de Rojas a su cuñado Manuel de Salas, con fecha 19 de agosto de 1783, en donde se dice: “Manifiesto a usted el gusto con que he sabido que se concluyó con honor la residencia secreta, i que el padre de usted i mío fue absuelto del único cargo que se le hacía”. Esto indica que la residencia se finalizó a fines de 1782 o en los primeros meses de 1783.

96 Miguel Luis Amunátegui, op. cit. pág. 348.

97 Ver nota Nº 86.

98 Expte. citado, fol. 8 vta./10 vta.

99 Ibidem., fol. 10 vta.

100 Ver nota Nº 58; también notas 53 y 54. Nicolás Corvalán era sobrino de don Juan Luis Corvalán y Castilla; su designación como diputado de Mendoza a Buenos Aires consta en la reunión de Cabildo de fecha 8/7/1780 A. H. M. Carp. Nº 8. Actas Cabildo 1780. Leg. 119. En el cargo de Regidor Alférez Real se le recibe en reunión de Cabildo de fecha 8/1/1781; a ese fin presenta oficio de Vértiz, fechado en Buenos Aires el 12/12/1780. A. H. M. Carp. 8. Actas 1781. Leg. 120.

101 Don Andrés Antonio Moyano es sobrino de don Juan Luis Corvalán: su elección consta en acta de Cabildo realizada el 1°/1/1781. A. H. M. Carp. y Leg. cit. En las mismas actas de 1781 consta su actuación como Corregidor Interino. Ver también: Morales Guiñazú: Los Corregidores… cit., pág. 111. A don Francisco Javier de Molina se le recibe como Alcalde Provincial en la reunión de cabildo de 27/1/1781. A tal fin presenta autorización fechada en Buenos Aires el 10/1/1781.

102 Acta Cabildo 1°/1/1783. A. M. Carp. Nº 8. leg. 123. Juan Marcos de Mayorga es cuñado de Nicolás Corvalán. Francisco Javier Martínez de Rozas, es hijo de don Juan Martínez de Rozas.

103 Ignacio Corvalán era sobrino de don Juan Luis Corvalán y Castilla. La elección consta en el acta de Cabildo celebrada el 1° de enero de 1784. A. H. M. Carp. Nº 8. Leg. 124

104 La elección consta en el acta de Cabildo celebrada el 1°/1/1785. A. H. M. Carp. 8. Leg. Leg. 124. El Dr. don Juan Martínez de Rozas, no ocupa, en definitiva, dicho cargo, pues se excusa en nota dirigida al Gobernador Intendente Marqués de Sobremonte. En efecto, en la reunión del Cabildo del 5/4/1785, se da lectura a un oficio de Sobremonte fechado en Córdoba a 7/3/1785, en el cual informa que por nota de fecha 31/1/1785 el Dr. don Juan Martínez de Rozas -vecino de Mendoza-, ha representado desde Santiago de Chile serle imposible aceptar el empleo de Alcalde de 2° voto. Funda su renuncia en el hecho de que está sirviendo la Cátedra de Pasantía de Leyes en el Real Colegio de San Carlos. Además, está a cargo de los negocios de abogado y relator de aquella superioridad y, por consiguiente, al cuidado de todo lo que corresponde a la Secretaría de la Academia de Leyes y Práctica Forense. En virtud de ello, el Gobernador Intendente hace lugar al pedido, y ordena se haga nueva elección. La misma se efectúa el 5/4/1785, y es elegido don Tomás de Lima y Melo, quien también está relacionado políticamente con “las tres casas reinantes”.

105 A. H. M. Carp. Nº 8. Leg. 127 y 128. Dichas elecciones constan de las actas de Cabildo celebradas el 1°/1/1787 y 1°/1/1788.

106 A. H. M. Carp. N: 10. Legs. 147 y 148. Domingo Corvalán es hermano de don Juan Luis Corvalán de Castilla.

107 Don Francisco de Borja Corvalán y Rozas es nieto de don Juan Luis Corvalán de Castilla, y de don Juan Martínez de Rozas. La elección consta en acta de Cabildo del 15/10/1807. A. H. M. Carp. 10. Leg. 154.

108 En la reunión de Cabildo del 23/2/1784, don José Sebastián de Sotomayor presenta título expedido por el Marqués de Sobremonte, con fecha 24 de enero de ese año, y en virtud del cual se le designa Subdelegado en lo contencioso en las Causas de Hacienda y Guerra según lo establecido en el art. 73 de la Ordenanza de Intendentes. El Cabildo lo recibe como tal en la misma fecha y le da posesión de su cargo. A.H.M. Car p. Nº 8, Leg. 123. Hacemos constar que Morales Guiñazú, en su obra Los Corregidores de Cuyo, ha pasado por alto a don Juan Sebastián de Sotomayor. Cuando afirma pág. 112 que: “ En este año de 1782 se suprimieron los corregimientos, pero se resolvió que Giménez Castellanos –el último Corregidor de Cuyo- integrara el período de cinco años para el cual había sido nombrado, lo que así se hizo, ejerciendo estas funciones hasta el año 1787, en que terminó aquél, siendo asumido el cargo en esa fecha por el gobernador Intendente de Córdoba, el que nombró para cada una de las ciudades de Mendoza, San Juan y San Luis, un delegado que asumía en su representación esa autoridad… a raíz de la terminación del período por el que fuera designado el último Corregidor de Cuyo, don Pedro Ximénez  Castellanos, el Gobernador Intendente de Córdoba, nombró para que lo representase en la ciudad de Mendoza y su jurisdicción en carácter de subdelegado, a don José Clemente Benegas, quien desempeñó ese cargo desde 1787 hasta 1799”, comete Morales Guiñazú un error. En efecto Ximénez Castellanos cesó en Mendoza el 23/2/1784, cuando se hizo cargo de su Subdelegación Sotomayor. Este ejerció su mandato desde la fecha indicada hasta marzo de 1788, en que falleció. En ese momento se encontraba en Mendoza, efectuando su visita de reglamento, el Marqués de Sobremonte, quien proveyó inmediatamente el cargo por oficio dirigido al Cabildo, cuyo texto dice: “Habiendo fallecido en esta ciudad mi Subdelegado don José Sebastián de Sotomayor, he conferido este empleo a don José Clemente Benegas, librándole para ello el correspondiente título, de lo que doy aviso para que ínterin lo sirva se le guarde las excepciones que corresponde. Dios guarde…Mendoza, 14 de marzo de 1788”. A.H.M. Carp. Nº 31. Gobierno. 1788/89. 

109 Don Manuel Corvalán era hijo de don Domingo Corvalán -hijo, a su vez de don Juan Luis Corvalán y Castilla – y de doña Manuela Sotomayor. Más datos sobre su personalidad y actuación en: Morales Guiñazú: Genealogías … cit., pág. 86/7.

110 Francisco Javier Martínez de Rozas había nacido el 5 de septiembre de 1747 ver nota Nº 44 y era hijo de don Juan Martínez de Soto y Rozas. Su designación consta en el acta de Cabildo celebrada el 17/7/1810. En dicha acta se indica la posibilidad de que sus “habituales achaques“ le impidan ejercer el cargo. Sin embargo lo acepta. A.H.M. Carp. Nº 10. Libro de Actas 1810, fs. 25/27.

111 El acta de Cabildo, en la cual debe constar la recepción del Dr. Don José Agustín Sotomayor como Ministro Tesorero de Real Hacienda, no se encuentra en el Archivo Histórico, dado que faltan desde septiembre de 1810. La designación consta en el Archivo Judicial, pues el 22 de agosto de 1810 se presentan ante escribano don Domingo Corvalán, Xavier Soloaga, Melchor Molina y Pedro Molina y ofrecen $1.500 de fianza cada uno para que el mencionado Sotomayor pueda ocupar interinamente el cargo de Ministro Tesorero de la Real Hacienda, en el cual ha sido designado. A. J. Libro Nº 162. Protocolo del Escribano Público, Real Hacienda, Minas y Registros don José Porto y Mariño. Año 1810, fol. 83vta./84 vta.

112 El acta de Cabildo, en la cual debe constar la elección de los miembros de la Junta Subalterna, tampoco se encuentra en el Archivo Histórico. Sin embargo la constitución de la Junta, que estaba integrada por: “Don Francisco Javier de Rozas, Teniente Coronel de los Reales Ejércitos, don Clemente Godoy y don Antonio Moyano, Presidente y Vocales, etc…” consta en los documentos de dicha Junta que se encuentran en : A.H.M. Carp. Nº 4. Época Independiente.

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