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Travesía (San Miguel de Tucumán)

versão On-line ISSN 2314-2707

Travesía (San Miguel de Tucumán) vol.21 no.2 San Miguel de Tucumán dez. 2019

 

ARTÍCULOS ORIGINALES

La mujer y los recursos económicos de los conventos en Bilbao (siglos XVII y XVIII)

Women and the economic resources of the convents in Bilbao (17th and 18th centuries)

 

Nere Jone Intxaustegi Jauregi*

* Universidad de Deusto, Avenida de las Universidades 22 (48007), Bilbao, España. Dirección electrónica: [nere.intxaustegi@deusto.es].

RECIBIDO: 10/06/2019
APROBADO: 18/10/2019

 


RESUMEN

La Edad Moderna supuso el florecimiento conventual en el País Vasco y la villa de Bilbao, como capital económica del norte peninsular, no fue ajena a ese fenómeno. Los siete claustros femeninos que existieron en Bilbao son el máximo exponente de las pautas que se siguieron en el mundo católico, donde las diferencias sociales que existían más allá de los muros monacales se reflejaban también en estos, como, por ejemplo, refleja la dote aportada por las profesas. Asimismo, la economía conventual manifiesta que los juros, los censos y los arrendamientos jugaron un papel esencial en el devenir de las religiosas, circunstancia compartida con la villa de Bilbao. Por lo tanto, este artículo se va a centrar en la economía claustral femenina bilbaína durante los siglos XVII y XVIII, pero sin olvidar las consecuencias sociales que crearon esos elementos económicos.

Palabras clave: Bilbao; Conventos; Economía; Mujeres; Sociedad.

ABSTRACT

In Early Modern Age took place the conventual blooming in the Basque Country, and the city of Bilbao, which in economic terms was the most important city in Northern Spain, was not indifferent to that phenomenon. There were seven female convents in Bilbao and all of them were the example of the rules carried out in Catholic world, where the existing social differences were also repeated inside the nunneries, as the dowries carried by the women reflect. On the other hand, the conventual economy shows the that juros, censos and rents also played an important role not only in the life of the nuns but in the economic evolution of Bilbao. The aim of this paper is therefore to focus on the female conventual economy of Bilbao during the 17th and 18th centuries, but not forgetting the social impact that the economic measures had.

Keywords: Bilbao; Convents; Economy; Society; Women.


 

Introducción

Durante el Antiguo Régimen, Bilbao se nos presenta, en términos económicos, como una villa dinámica y potente. Se trataba del motor económico del norte de la península ibérica, siendo el eje económico comercial. El comercio estaba liderado por el Consulado o Casa de Contratación, fundado en el año 1511 por la reina Juana y que estuvo en vigor hasta el siglo XIX. Este Consulado incrementó la presencia de mercaderes, tanto vizcaínos como los naturales de más allá de esas fronteras, lo que ayudó en el aumento demográfico bilbaíno (Catalán Martínez y Lanza García, 2017: 22). Hablando en términos político-administrativos, la villa de Bilbao estaba localizada en la corona de Castilla; por lo tanto, muchas de las pautas económicas y sociales que se dieron en el territorio castellano también se repitieron en la localidad bilbaína.
Además del protagonismo del comercio, también es necesario subrayar la presencia y el peso que las órdenes religiosas, tanto masculinas como femeninas, tuvieron en esta localidad. Concretamente, hubo siete conventos femeninos (Intxaustegi Jauregi, 2018a: 30): tres de las clarisas (Santa Cruz, Santa Clara y La Concepción), dos de la familia agustina (La Esperanza y Santa Mónica), las mercedarias de San José y las dominicas de La Encarnación. Todas estas comunidades tienen su origen en beaterios (Intxaustegi Jauregi, 2018b: 508-518) y para los siglos XVI-XVII abrazaron la clausura, si bien no todos los hicieron de una forma pacífica. En estos conventos profesaron las hijas de las familias más pudientes de Bilbao, casi todas ellas relacionadas, precisamente, con el comercio.
De esta manera, los claustros se nos presentan como el escenario idóneo para el estudio de la sociedad bilbaína de la época, ya que se trata de un lugar de culto en una época donde la religión cristiana católica imperaba en todos los aspectos de la vida del ser humano. Por otra parte, en los muros conventuales se repetían las diferencias sociales existentes más allá. Finalmente, también es posible ver que las pautas económicas que se vivieron, con el Consulado a la cabeza, tuvieron un equivalente conventual. Por ello, una vez realizada una breve presentación sobre Bilbao, nos centraremos en la vida conventual, el papel de la mujer en el mismo y en las pautas económicas seguidas por las siete comunidades religiosas femeninas. Todo ello con el objetivo de ver el papel que jugaron las distintas prácticas económicas tanto en los claustros como en la sociedad.

La vida conventual

En palabras de Ángela Atienza López (2008: 16): "un convento fue mucho más que un lugar de oración. Un convento fue también un instrumento de poder, un elemento de dominación, una herramienta al servicio de sus intereses. Intereses de poderosos, intereses de dominio social, intereses de prestigio, renombre y reputación". Es decir, debemos mirar el convento como un lugar que abarcaba más que lo religioso. Concretamente, como indica José Luis Sánchez Lora (2005: 131), durante siglos los claustros no fueron, por lo habitual, ni una opción devocional libremente buscada ni una manifestación piadosa de una determinada manera de entender y vivir una creencia religiosa. Con ello no queremos decir que muchas mujeres no profesasen por convencimiento creyente, ya que el fervor cristiano de la época atrajo a varias, sino que, algunos claustros fueron vistos como los lugares idóneos por las familias donde las depositaban, ya que les permitían mantener y gestionarlas, en términos económicos, de un modo satisfactorio para el linaje y, además, gozaban de reconocimiento social (González Fisac, 2010: 154). Claramente estamos ante una actitud muy arraigada entre las familias de clase social más elevada: si la economía doméstica no daba para casar bien a varias hijas, entonces se casaba dignamente a una o dos y el resto se destinaba para el convento. En aquellas centurias donde la fe cristiana abarcaba todos los aspectos personales y sociales, las monjas eran vistas como esposas de Cristo (Sánchez Hernández, 1998: 88), por lo que, además de aliviar la carga económica que suponía una dote matrimonial para las familias, la profesión conventual también otorgaba un estatus social a las estirpes.
Por lo tanto, aspectos sociales y económicos fueron el motor principal de la existencia de cenobios religiosos. Pero, una vez dentro de los claustros, es posible ver la repetición de las pautas del exterior: las diferencias sociales y las prácticas económicas, que se tratarán en el siguiente punto.
De esta manera, si bien existe la idea generalizada de la igualdad dentro del estamento religioso, la documentación refleja que eso no era así. Hemos mencionado el papel que jugó la dote en el destino de muchas mujeres, ya que marcó una vida conyugal o conventual para muchas de ellas. Pero, además, la dote fue el elemento que marcó las diferencias entre las religiosas con un elemento visual y tan distintivo como eran los velos. Así, las familias de las mujeres que profesaban de velo negro abonaban una cifra notable mientras que la dote de las familias menos pudientes era de menor cuantía. Las diferencias no solamente se veían en el color del velo y en la dote aportada, sino que también en las funciones ejercidas por las religiosas, porque las de velo negro eran quienes se ocupaban del gobierno del claustro, mientras que las funciones de las de velo blanco eran las tareas domésticas (Rey Castelao, 2009: 68). Así, al igual que ciertas familias controlaban los cargos políticos y los recursos económicos de Bilbao, los miembros femeninos de esos linajes también estaban al mando de los claustros. Sin lugar a dudas, la repetición de una serie de apellidos, tanto en el exterior como en el interior de los muros conventuales, como eran Leguizamón, Anunçibay, Villela, Basurto o Isasi no deja duda alguna (Intxaustegi Jauregi, 2018c).

Economía conventual

Teniendo en cuenta las investigaciones de Atienza López (2010: 219), está claro que no es sencillo generalizar sobre la economía de los conventos, ya que estamos ante un escenario plagado de contrastes. Cada claustro era una realidad distinta, donde factores varios, como la orden a la que perteneciesen las monjas o el número de las mismas, tuvieron una gran influencia en las finanzas conventuales. Sin embargo, a pesar de esas dificultades, el estudio de los ingresos y gastos monjiles se nos antoja esencial a la hora de estudiar los monasterios porque ambos se relacionan estrechamente tanto con lo material como con lo espiritual de la comunidad religiosa (Gómez Navarro, 2014: 1929).
Como indica Eugenia María Pinedo Gómez (2000: 379), los juros, los arrendamientos, los censos, las dotes y las limosnas eran los medios económicos de las órdenes femeninas. De esta manera, en las siguientes líneas vamos a describir en qué consistía cada uno de estos ingresos y el peso que tuvieron en las economías conventuales de Bilbao. Sin embargo, antes de comenzar este relato económico-social, cabría preguntarse quién se encargó de todas esas gestiones financieras. Como se verá a continuación, uno de los motivos por los que los claustros femeninos se decantaron por acumular títulos de deuda pública fue, precisamente, que las monjas no tenían una gran preparación y por lo que necesitaban de bienes que no requiriesen un conocimiento de gestiones económicas muy complicado. Eso no imposibilitaba la existencia de unos administradores, como nos consta que sucedió, al menos, en las últimas décadas de la Edad Moderna, cuando la comunidad de Santa Cruz contó con la ayuda de Manuel de Egusquiza1 y Tomás de Retes,2 y La Concepción con Juan de Iturburu,3 quienes se encargaban de llevar las cuentas, cobrar los réditos y actividades similares.4

Los juros

Son un tipo de deuda pública de Castilla, es decir, que la corona utilizó ya desde la Baja Edad Media un instrumento similar al actual título de valores a través del cual lograba recursos financieros de particulares. Por lo tanto, fue un medio empleado por la monarquía para adquirir dinero en efectivo: los particulares aportaban una cantidad dineraria mientras que, a cambio, recibían un certificado que les garantizaba el cobro de unos impuestos, que se concretaban en ese mismo certificado; es decir, se recibía dinero en efectivo y este era abonado emitiendo títulos de deuda sobre los ingresos regulares del sistema fiscal (Álvarez Nogal, 2010: 48). La dinastía de los Trastámaras utilizó los juros como recompensa frente a la nobleza, mientras que durante el reinado de los Austrias hay que indicar que el interés de los mismos acrecentó, lo que les convirtió en una renta atractiva (Domínguez Ortiz, 1999: 792). Sin embargo, el siglo XVII significó el desplome de su rentabilidad y fueron perdiendo su reputación de valores seguros (Álvarez Nogal, 2009: 9).
Como recoge Mikel Zabala Montoya (2002: 59-60), los comerciantes de Bilbao fueron usuarios de este tipo de deuda pública. Así, Mateo de Taborga, que además fue alcalde de la villa en el año 1647, poseía un juro sobre las aduanas de Orduña por valor de 24.000 ducados, mientras que su esposa Ana María de Arroyos aportó un juro de 4.000 ducados como parte de la dote matrimonial. Mientras, Luisa de Sarabia llevó consigo un juro de 7.500 ducados sobre las salinas de Poza de Añana cuando contrajo matrimonio con Fernando, hermano del recién mencionado Mateo y titular de la vara de justicia en 1643. Indudablemente, estamos ante tipos de deuda muy utilizados debido a su alta rentabilidad.
Cabe decir que la Iglesia, en términos generales, se especializó en acumular títulos de deuda pública, llegando a constituirse como el primer tenedor de juros del reino (López Martínez, 1992: 434). Pero, en el caso de las monjas, el peso de los juros en la economía conventual femenina fue mayor porque las religiosas, debido a su escasa preparación y la clausura en la que vivían, buscaban bienes con exigua dificultad a la hora de su administración (Barrio Gozalo, 2010: 446). Así, al igual que la iglesia solía comprar juros, las monjas de Bilbao también lo hicieron, como sucedió en el año 1668, cuando la comunidad de La Concepción decidió adquirir uno, ya que, por esas fechas no tenía ningún juro y, además, en el arca conventual había un superávit de maravedíes. De esta manera, una vez lograda la licencia, las monjas otorgaron una carta de poder a Juana María de Ugarte Novia y Abendaño, residente en Madrid, para que comprase un juro por 200.000 maravedíes de renta sobre los diezmos de la mar.5 Por su parte, también podemos mencionar los juros que tenían las agustinas de La Esperanza por un valor de 55.565 maravedíes y 14.000 maravedís, sobre las alcabalas de la ciudad de Sevilla y sobre los diezmos de la mar de Castilla, respectivamente.6
La documentación muestra que las monjas también utilizaron sus propios testamentos o de particulares para adquirir los juros. De esta manera, en 1664, las hermanas Águeda de San Antonio e Isabel Antonia de Lecubarri, monjas en Santa Clara,7 recibieron de su abuela, Antonia de Lezama y Bilbao la Vieja, 1.000 reales de renta vitalicia en un juro 139.642 maravedíes de renta en los millones de la ciudad de Burgos y su provincia, y tras el fallecimiento de ambas el convento fue el beneficiario de ese juro. Mientras que, unos años antes, en 1659, la monja Teresa de Landaverde legó al convento de Santa Cruz una renta anual de 63.007 maravedíes en un juro sobre las alcabalas de Sevilla, el cual había recibido de su padre.8 Por su parte, los conventos también se hacían dueños de juros debido a testamentos de particulares, como fue el caso de Domingo de Gorgolla, quien, a inicios del siglo XVII, redactó el suyo en donde legó dos juros sobre las alcabalas de Alcalá de Henares y Uceda, de 282.500 y 125.000 maravedíes respectivamente, y con unas rentas anuales de 4.841 reales y 2.141 reales y 22 maravedíes.9
No hay que perder de vista que estamos tratando con mujeres que vivían en clausura, por lo que no tenían permitido abandonar los muros conventuales. Por ello, necesitaban de personas en el exterior para el cobro de los juros, por lo que debían de otorgar carta de poder. Así, en el año 1652 las agustinas de La Esperanza otorgaron una carta de poder a Pedro de Solorzano, agente de negocios en Madrid, para que cobrase las rentas de un juro de 55.565 maravedíes que tenían sobre las alcabalas de la ciudad de Sevilla.10 En relación a este punto de cobrar las rentas hay que decir que no fue una tarea nada sencilla, hecho que motivó la venta de los juros. Así, como ejemplo, la comunidad de La Concepción tenía un juro en los servicios de 24 millones en la ciudad de Toro y su provincia, con 294.719 maravedíes de renta, y como les resultaba "más un inconveniente que un beneficio por todo lo que se gasta en su cobranza" lograron permiso del lector jubilado fray Francisco Rodríguez, ministro provincial, permitiendo la venta del juro, siempre que lo ganado se impusiera en algo seguro para el convento.11

Los censos

Similar al actual préstamo hipotecario, se trataba de un contrato por el cual una parte, que podía ser tanto una persona como una institución, prestaba una cantidad de dinero mientras que la otra se obligaba a pagar una cantidad anual gravando una propiedad para ello. Al igual que sucedió con los juros, la iglesia apoyó la imposición de censos, hasta el punto en el que se convirtieron en la base de las rentas en dinero de los conventos peninsulares (Barrio Gozalo, 2002: 82). De hecho, los archivos de los conventos de Bilbao a los que hemos tenido acceso no dejan duda alguna sobre el lugar clave que ocuparon los censos en las economías conventuales.
Al igual que sucedió con los juros, las monjas obtuvieron los censos por varias formas, siendo una de ellas las dotes. En el siguiente apartado se tratará este ingreso, pero, brevemente, se puede indicar que cuando una mujer profesaba en un convento debía de llevar consigo bienes para garantizar su sustento. De esta manera, con frecuencia, esos bienes fueron censos, como sucedió en Santa Cruz en el año 1662 cuando profesó María San Juan de Larragoiti y su padre, Juan de Larragoiti, abonó parte de los 800 ducados de la dote fundando un censo de 400 ducados;12 en el año 1676 Pedro de Hoverlant, en nombre de Francisco de Bandemburg, pagó la dote de 1.000 ducados de la novicia Feliciana de Bandemburg, hija de este último, cuando profesó en el convento de La Concepción, y para ello fundó un censo de 600 ducados.13
Asimismo, en estrecha relación entre los conventos y los censos, cuando una mujer profesaba era habitual que el tutor de la monja le otorgase una renta, que podía ser vitalicia o no, y era frecuente que esa renta tuviese su origen en los réditos anuales que los censos daban. De esta manera, la monja María Ventura de San Vicente Valle, profesa en Santa Cruz, empezó a recibir una renta anual de 10 ducados que provenía de un censo de 400 ducados fundado por su madre, Lorenza de Rosillos.14
Sin embargo, la práctica más habitual en este binomio conventos-censos lo encontramos en la fundación de censos llevada a cabo por las comunidades religiosas a favor de alguna institución. Al comienzo del artículo hemos mencionado al Consulado de Bilbao y la documentación recoge la constante relación que existió entre los mercaderes y las monjas debido a varias relaciones censales que les unió durante el siglo XVIII (Intxaustegi Jauregi, 2014: 685-699). El objetivo principal de esos censos fue posibilitar económicamente al Consulado para que pudiera hacer frente a obras en la Ría, que era clave en el funcionamiento del mismo. Para reflejar tal relación adjuntamos una tabla donde se recogen los censos fundados solamente en la primera década del siglo XVIII (Tabla 1).

Tabla 1. Fundación de censos por los conventos femeninos de Bilbao a favor del Consulado durante la primera década del siglo XVIII.

Fuente: (Intxaustegi Jauregi, 2014: 690-691)

Por su parte, oficiales de Bilbao –y de distintas localidades cercanas– también acudieron a las comunidades bilbaínas para fundar censos y así obtener la liquidez necesaria. La documentación refleja que se fundaron censos para hacer frente al gasto que supuso la construcción de iglesias o partes de las mismas, como la capilla mayor de la iglesia de Erandio, para lo cual se solicitaron 300 ducados a las clarisas de Santa Cruz,15 o para las obras de la nueva iglesia parroquial y la decoración interna en la localidad Górliz, para la cual las religiosas de La Concepción desembolsaron1.000 ducados.16 Por otra parte, hubo construcciones de naturaleza laica, como la de una casa en Derio, para la cual este último convento otorgó 300 ducados,17 o para la casa y taberna llamada Alefandrena en Larrauri, localidad a la cual la comunidad de Santa Cruz concedió también 300 ducados.18 Por su parte, otro ejemplo de construcción laica fue el puerto de Elanchobe, por el que las religiosas de La Concepción llegaron a desembolsar más de 68.000 reales.19 O el caso de las agustinas de Santa Mónica que fundaron un censo de valor de 200 ducados en marzo del año 1738, con Bernardo de Soberrón y Salazar, vecino y síndico de Bilbao, para fabricar muelles y componer la barra y canal del puerto de Bilbao.20
Asimismo, también hubo ocasiones en las que las propias religiosas fueron las beneficiarias de la fundación de los censos, es decir, eran quienes necesitaban la liquidez, como sucedió en 1651 cuando las dominicas de La Encarnación solicitaron un permiso al provincial de los predicadores para tomar un censo de 2.000 ducados para así poder hacer frente a necesidades que tenían.21
No obstante, al igual que sucedió con los juros, el cobro de los réditos anuales de los censos no fue una empresa sencilla, por lo que las religiosas tuvieron que invertir tiempo y recursos en ello. Al vivir en clausura, como ya hemos visto, tuvieron que otorgar varias cartas de poder para que distintas personas del exterior se encargasen de los preceptivos cobros. De esta manera, por ejemplo, las clarisas de Santa Clara tenían muchos censos en la zona de las Encartaciones, pero no recibían los emolumentos pertinentes, por lo que redactaron una carta de poder al vicario para que los cobrase.22 A pesar de ello, fue habitual que los réditos siguiesen sin ser abonados, lo que influyó en que las monjas tuviesen que interponer pleito, como sucedió en el año 1688 cuando las concepcionistas23 mantuvieron un litigio en el tribunal del corregidor, contra Antonio Vicente de Aldama como principal y Francisco de Larrazabal y otros fiadores, sobre el pago de los réditos de un censo de 1.000 ducados de principal.
Finalmente, la relación censal finalizaba cuando se redimía la cantidad prestada y el convento, por su parte, otorgaba la carta de pago y redención.

Las dotes

Como se puede leer en la ley 1 del título 11 de la partida cuarta de la obra las Siete Partidas de Alfonso X, la dote es "el algo que da la mujer al marido por razón de casamiento y es como manera de donacion hecha con entendimiento de mantenerse y ayudar el matrimonio con ella". En el caso a analizar en el presente artículo sería lo que la novicia aportaba cuando iba a profesar en la comunidad. Como indica Enrique Soria Mesa (2003: 440), se ha solido considerar que la iglesia fue un estamento abierto en la España de la época moderna, pero recientes estudios están desestimando esa percepción, ya que la documentación está reflejando la necesidad de realizar una contribución económica para el ingreso en el mundo eclesiástico. En este caso, las dotes eran consideradas un elemento clave en la comunidad monjil; de hecho, desde el Concilio de Trento, el abono de la misma fue obligatorio, ya que, como expresa Ofelia Rey Castelao (2009: 60), las comunidades religiosas anteriores a las desamortizaciones del siglo XIX eran improductivas, por lo que la obligatoriedad dotal era una garantía para el sustento de las religiosas. Sin embargo, no todos los segmentos de la población podían permitirse tal desembolso, por lo que muchos claustros quedaron reservados a grupos pudientes.
Ya hemos indicado el peso que los juros y, especialmente, los censos tuvieron en la economía de las monjas, pero la existencia de estos no impidió que en ocasiones las religiosas pasasen estrechez, por lo que las dotes aportadas, además de donativos y socorros familiares, ayudaron a paliar esos momentos (Barrio Gozalo, 2002: 84). De ahí la obligatoriedad de las dotes a la hora de profesar, si bien hubo excepciones, como las llamadas indotadas, quienes no aportaron directamente una dote, ya que distintas disposiciones, como obras pías, lo hicieron en su lugar (Intxaustegi Jauregi, 2016: 229-239).
Es imposible detallar qué bienes formaban parte de una dote porque no había un formato definitivo y cerrado, aunque ya se ha señalado el peso que tuvieron los censos, que en ocasiones fueron fundados o entregados como dote o parte de ella. Previo al ingreso se realizaban negociaciones entre la comunidad y el tutor de la novicia, y allí se concretaba cada dote; Máximo García Fernández (1993: 346) ha acuñado muy adecuadamente el concepto de "contrato" de ingreso a esas negociaciones. Cabe decir que las dotes reflejaban el valor tanto de la mujer como de su familia (López Millán, 2014: 91), por lo que en una sociedad tan preocupada por las apariencias, como lo fue la del Antiguo Régimen, tales negociaciones no fueron un mero trámite.
Asimismo, hay que decir que en esas contrataciones también se acordaba que la religiosa renunciaba a sus legítimas paterna y materna antes de profesar, circunstancia que seguía las pautas decididas en el Concilio de Trento. Sin embargo, fue habitual que tras esa renuncia las familias estableciesen el cobro de una renta anual y vitalicia para esa religiosa, que cesaría en el momento del fallecimiento de la misma, es decir, que la comunidad no sería beneficiaria de la misma. Así, por ejemplo, en 1722 profesó María Antonia de Vildosola en la comunidad de Santa Cruz y sus padres se comprometieron al abono de una renta de 560 reales, cantidad de la cual su hermana, la también monja María Josefa de San Francisco, ya era beneficiaria.25
Si bien es cierto que no es posible concretar todas las dotes, ya que podían ser censos, propiedades o dinero en efectivo, lo que sí se puede hacer es saber el valor de lo que abonaban, como se puede ver en la Tabla 2.

Tabla 2. Dotes en los conventos femeninos de Bilbao (siglos XVII-XVIII).24

Fuente: Elaboración propia. Datos en: AHPB, Sancho de Zurbano 4323; AFB, JCR1657/067; AHPB, Domingo de Arexmendi 2555; AHPB, Francisco de Unzaga 3831; AHPB, Joan de Larrea 5576; AHPB, Domingo de Retes 4340 ; AFB, JCR0218/063; AHPB, Marcos de Yurrebaso 4016; AHPB, Pedro Francisco Garaitaondo 5243; AHPB, PedroFrancisco Garaitaondo 5245; AHPB, Antonio de la Llana 5215; Andrés de Echevarría 3397; AHPB, AHPB, Antonio de Fano 3585; AHPB, Francisco Antonio de Recondo 4293; AHPB, Bruno de Yurrebaso 4000; AHPB, José María Esnarrizaga 3499. Más datos en Intxaustegi Jauregi (2018d: 81-102).

Con estos datos podemos ver cómo la cantidad a redimir fue ascendiendo hasta situarse en los 1.000 ducados en el siglo XVIII, si bien el abono de esa cifra en esa fecha no fue algo homogéneo, ya que, por ejemplo, las clarisas de Santa Clara solicitaban esa cantidad desde el año 1672, como el caso de la religiosa Francisca de Arriaga refleja. Por otra parte, detrás de ese aumento de la dote se encuentra la inflación que se dio durante esas décadas. Finalmente, a pesar de que estemos frente a cifras considerables, hay que tener en cuenta que las dotes conventuales eran inferiores a las que se entregan a la hora de contraer matrimonio. De hecho, existía una política familiar en torno a ello y muchos linajes pudientes organizaban una estrategia matrimonial y conventual teniendo en cuenta las dotes a acreditar (Evangelisti, 2008: 5), por lo que en ocasiones solo se podía casar a una o dos hijas pero sí había probabilidades de abonar varias dotes conventuales. Claramente, nada mejor que una serie de ejemplos para vislumbrar el fenómeno. De esta manera, en 1776, Sebastián José de Loizaga y Elguezabal realizó una escritura de dote a favor de su hija María Rita de Loizaga y Santa Coloma, que iba a contraer matrimonio con Lorenzo Domingo de Recacoechea y Arriquibar: la dote consistía en una casa o, en su defecto, en 2.500 ducados.26 Claramente, estamos ante una cantidad superior, si bien bastante discreta en comparación con los 16.000 ducados de los siguientes dos ejemplos. Así, gracias a un pleito interpuesto en 1792, sabemos que María Antonia de Arana solicitaba 16.000 ducados por su dote matrimonial,27 mientras que en 1793 se firmó el contrato matrimonial de Vicente de Zumelzu Palacio y María Águeda de Aguirre Aguirre, y los padres de ella, José de Aguirre y Águeda de Aguirre, se comprometieron al abono de 16.000 ducados por la dote.28 Por lo tanto, estos tres ejemplos nos reflejan que las dotes conventuales quedaban a la zaga en comparación con las matrimoniales. No obstante, a pesar de que las dotes conventuales fueron inferiores a las matrimoniales, como indica Maximiliano Barrio Gozalo (2000: 92), supusieron una fuente de riqueza más que reseñable dentro de la vida claustral.

La reorientación económica, los arrendamientos

Ya hemos visto que el peso de los juros y los censos en las economías conventuales decayeron debido, especialmente, a la bajada de intereses y por las dificultades a la hora de afrontar su cobro. Por eso, tras la finalización del Seiscientos y con el comienzo de la nueva centuria, los conventos peninsulares reorientaron su economía hacia los bienes muebles (Atienza López, 2008: 320); de esta manera, de un siglo XVII preeminentemente "censal" pasamos a un XVIII donde el peso específico de los arrendamientos fue superior a los ingresos por acciones de créditos (Negredo del Cerro, 2002: 31).
Un buen reflejo de ese cambio lo vemos en la comunidad de Santa Cruz, donde en el siglo XVIII los censos ya solo representaban el 13,59% de los ingresos, mientras que las rentas por los arrendamientos de casas era del 53,18% (Catalán Martínez, 2000: 157). Esto fue posible gracias a los bienes muebles que las monjas tuvieron en las calles de Somera, Artecalle, Tendería, Sombrerería, Carnicería Vieja, Iturribide y Ascao, pero también en otras localidades, como Begoña, Gámiz o San Miguel de Basauri.29 Con esto no queremos decir que los arrendamientos no fuesen una práctica conocida en los siglos anteriores, ya que la documentación refleja que se llevaban a cabo. Así, en el año 1586 las monjas de Santa Cruz arrendaron un horno al preboste Juan de Bedia durante cuatro años y por 30 ducados anuales,30 mientras que en 1593 las mercedarias alquilaron a Marina de Beraza el entresuelo de unas casas en Barrencalle por cuatro años y 8 ducados de renta anual.31 Por su parte, en el siglo XVII, concretamente en 1644, las agustinas de La Esperanza llevaron a cabo una escritura de arrendamiento a favor de Juan de Espinosa, vecino de Bilbao, de la sala segunda de una casa situada en la calle Sendeja de Bilbao, por 14 ducados anuales durante tres años,32 mientras que esta misma comunidad, pero en 1662, arrendó a María Sáenz de Landeta, viuda vecina de Bilbao, la sala y la bodega de una de las casas que la comunidad claustral poseía en la calle Sendeja por cuatro años y 12 ducados anuales;33 y a San Juan de Larragan, también en 1662, la sala de abajo con su tienda y bodega de una de las casas que poseía el convento en la ya mencionada calle Sendeja, por tiempo de seis años y una renta anual de 12 ducados. Estos arrendamientos fueron posibles gracias a la cantidad de casas, huertas, bodegas o tiendas que el convento de La Esperanza poseía en las calles bilbaínas de, principalmente, Sendeja, Barrencalle, Ronda o Ascao.34
Cabría preguntarse cómo lograron las religiosas amasar esa fortuna en propiedades. Como ya se ha mencionado cuando se ha desarrollado el ingreso de los censos, la persona que llevaba a cabo la relación censal con las monjas debía gravar una o algunas propiedades como garantía de la devolución del dinero prestado. Sin embargo, también se ha indicado que, frecuentemente, esa relación censal se rompía, ya que la parte no abonaba los réditos anuales que debía de pagar por el préstamo monetario, por lo que las religiosas solían iniciar pleito. Si la parte seguía sin abonar lo adeudado, habitualmente por incapacidad económica para ello, es decir, se declaraba insolvente, se iniciaba el procedimiento de reconocimiento de fiadores, quienes de no encargarse tampoco de las rentas adeudadas, los bienes acordados en la escritura fundacional solían ser recibidos por los prestadores. Ya se ha indicado la gran cantidad de censos instituidos con los conventos femeninos, por lo que efectuadas las ejecuciones y remates, los cenobios fueron haciéndose con propiedades que podían ser casas, bodegas, huertos o viñas. Por ejemplo, en 1709, el convento de La Esperanza obtuvo la casa concursada de "Larrasquitu",35 mientras que ante el escribano Matías de Goicoechea se llevó a cabo el concurso de acreedores de los bienes de Domingo de Eguskiaguirre, vecino de Abando, porque al convento de Santa Cruz se le debía un censo de 100 ducados de vellón y los réditos devengados que ascendían a 1.980 reales y tres cuartillos de vellón. Por ello, en el año 1723 al convento se le devolvió lo adeudado en 312 estados de viña situados en Galdácano.36
Cabe decir que los arrendamientos tampoco aseguraron un cobro regular de las rentas, ya que siguieron existiendo problemas a la hora de cobrar los réditos, por lo que lospleitos se volvieron cada vez más frecuentes. Así, en 1704 las mercedarias iniciaron un juicio contra Ignacio de Landabaso por no abonar 108 ducados por las rentas de unas casas de alto abajo situadas en Artecalle y que llevaba arrendando solamente desde abril de 1702.37 Por su parte, las agustinas de Santa Mónica también iniciaron un pleito en 1706 contra Ignacio de Burichaga, porque les debía 24 ducados procedentes de la renta anual de la casa y casería Cruces, situada en Baracaldo. El contrato de arrendamiento lo habían firmado en julio de 1704,38 mientras que las agustinas de La Esperanza también demandaron, en su caso en 1728 contra Domingo de Echebarría y Domingo de Guerra, porque les debían 20 ducados por el alquiler de la casa Lecanda y su bodega.39

A modo de epílogo

Bilbao se nos presenta como una villa donde confluyeron circunstancias que se dieron en otras zonas del mundo cristiano, pero donde también se vivieron situaciones particulares. De esta manera, al igual que en Burgos o Sevilla, en Bilbao también hubo un Consulado, que se convirtió en el motor económico de la sociedad bilbaína. Sus oficiales eran miembros de las familias más pudientes yestas no solo tenían un control sobre este centro de mercaderes sino que, igualmente, copaban los cargos del regimiento. Por otra parte, Bilbao acogió a diversas órdenes religiosas que acabaron fundando conventos dentro de los límites jurisdiccionales de la provincia. Estos claustros acogieron a las hijas de las familias más poderosas, si bien también un porcentaje de descendientes femeninas de familias más humildes pudieron acceder a los cenobios. De esta manera, las diferencias sociales que existían en Bilbao se trasladaron a las comunidades religiosas a través de la figura de las dotes.
Las pautas económicas imperantes en aquellos tiempos también se dieron en las comunidades bilbaínas. Estos conventos urbanos también apostaron fuerte por los juros y los censos, pero, con la desvalorización de estos, los arrendamientos capturaron el protagonismo económico durante el siglo XVIII. Ciertamente, al mencionar juros y censos hemos recogido cantidades reseñables, circunstancia compartida con las dotes. Por ejemplo, en la tabla 1, sobre los censos fundados a favor del Consulado, las cifras recogidas oscilaban en torno los 400 y los 4.000 ducados. Las fechas eran 1705-1710. Mientras que, como se puede ver en la tabla 2, para esas fechas las dotes conventuales solían ser de 1.000 ducados. Pero cabría preguntarse el valor de esas cifras en términos prácticos, es decir, ¿qué se podía obtener en el Antiguo Régimen con esas cantidades? Sabemos que, por esos tiempos, Martín de Orbegozo y su esposa María San Juan de la Llana compraron una yugada de bueyes por 100 ducados,40 Martín de Gauria compró una casa y una casilla por 200 ducados,41 mientras que en 1728 dos novillos fueron vendidos por 20 ducados.42 Claramente, las religiosas no trataron con cifras baladíes y así se puede notar el peso de las cantidades en ducados que representaban los juros, los censos o las dotes.
Finalmente, como características y coyunturas propias podemos al menos mencionar dos particularidades de los cenobios: en primer lugar, el peso de ciertos linajes dentro de los muros conventuales. Los apellidos de las religiosas mencionadas reflejan la unión de éstas con familias de peso en Bilbao. También en ocasiones es posible ver el mismo apellido en quienes se encargaron de las fundaciones de censo entre instituciones y conventos, es decir, entre las abadesas y otros cargos conventuales y el prior y cónsules del Consulado. En segundo lugar, los juros, los censos, las dotes y los arrendamientos nos permiten ver el Bilbao de aquella época como, por ejemplo, descubriéndonos nombres de calles o realizando descripciones urbanas a la hora de describir propiedades.
Se puede subrayar la importancia que tiene el estudio de los conventos en las investigaciones socioeconómicas sobre una ciudad, ya que se aclaran aspectos importantes y variados de la sociedad y los individuos de esas centurias, las prácticas sociales que se llevaban a cabo o los recursos financieros con los que contaban. Visiblemente, aunque existiese un régimen de clausura, podemos observar que se dieron complejas relaciones entre ambos lados de los muros conventuales y con la repetición de pautas en ambos espacios.

NOTAS

1 Archivo del Convento de Santa Cruz de Bilbao (ACSCrB), Cajas 2, 3, 17 y 21.

2 Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (ARChV), Sala de Vizcaya, Caja 1044.0001.

3 Archivo Histórico Provincial de Bizkaia (AHPB), Francisco Javier de Recondo 4363; José María de Esnarrizaga 3496.

4 AHPB, Francisco Javier de Recondo 4363.

5 AHPB, Francisco de Maribi Allende 5123.

6 Archivo Foral de Bizkaia (AFB), JCR 0361/306.

7 AHPB, Felipe de Villalantes y Retes 3791.

8 AHPB, Antonio de la Llana 5191.

9 ACSCrB, Donación de Domingo de Gorgolla.

10 AHPB, Francisco de Unzaga 3831.

11 AHPB, Juan José de Alboniga 2730.2.

12 ACSCr, Caja 6.

13 AHPB, Antonio de la Llana 5215.

14 AHPB, Antonio de la Llana 5215.

15 AHPB, Andrés de Echevarría 3399.

16 AHPB, Francisco Javier de Recondo 4363.

17 AHPB, Juan José de Alboniga 2730.3.

18 AHPB, Juan Gerónimo de Zugasti 3624.

19 AHPB, Francisco Javier de Recondo 4364.

20 AHPB, Baltasar de Santelices 4132.

21 AHPB, Martín de Eizaga 469.

22 AHPB, Domingo de Arexmendi 2563.

23 AHPB, Matías de Goicoechea 5424.

24 Elaboración propia. Datos en: AHPB, Sancho de Zurbano 4323; AFB, JCR1657/067; AHPB, Domingo de Arexmendi 2555; AHPB, Francisco de Unzaga 3831; AHPB, Joan de Larrea 5576; AHPB, Domingo de Retes 4340; AFB, JCR0218/063; AHPB, Marcos de Yurrebaso 4016; AHPB, Pedro Francisco Garaitaondo 5243; AHPB, Pedro Francisco Garaitaondo 5245; AHPB, Antonio de la Llana 5215; Andrés de Echevarría 3397; AHPB, AHPB, Antonio de Fano 3585; AHPB, Francisco Antonio de Recondo 4293; AHPB, Bruno de Yurrebaso 4000; AHPB, José María Esnarrizaga 3499. Más datos en Intxaustegi Jauregi (2018d: 81-102).

25 AHPB, Antonio de Fano 3588.

26 AFB, GORTAZAR 2432/027.

27 AFB, JCR0255/007.

28 AFB, JCR3287/013.

29 ACSCr, Cajas 2 y 17.

30 AFB, N0486/0292.

31 AFB, N0486/0339.

32 AFB, JCR0361/323.

33 AFB, JCR2224/200.

34 AHEB, 4037/001-00.

35 AFB, Villarias 2683/001.

36 AHPB, Antonio de Fano 3588.

37 AFB, JCR0897/007.

38 AFB, JCR1455/003.

39 AFB, JCR3128/011.

40 AFB, JCR0778/014.

41 AFB, JTB0521/082.

42 AFB, N0667/0127.

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Archivos

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Matías de Goicoechea 5424.
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Francisco de Maribi Allende: 5123.
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Francisco Javier de Recondo: 4363, 4364.
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Francisco de Unzaga: 3831.
Felipe de Villalantes y Retes: 3791.
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Juan Gerónimo de Zugasti: 3624.
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