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Revista de la Facultad

versión impresa ISSN 1850-9371versión On-line ISSN 2314-3061

Rev. Fac. vol.8 no.2 Cordoba dic. 2017

 

HOMENAJE AL PROFESOR ERNESTO GARZÓN VALDÉS

PRESENTACIÓN. ERNESTO GARZÓN VALDÉS. Derecho, ética y política

PRESENTATION. ERNESTO GARZÓN VALDÉS. Law, ethics and politics

 

Jorge F. Malem Seña**

* Todos los trabajos de esta sección "homenaje" fueron recibidos el 12 de septiembre de 2017 y terminaron de ser aprobados para su publicación el 10 de octubre del mismo año.
** Abogado (Universidad Nacional de Córdoba-Argentina/UNC), Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona - España/UAB. Doctor en Derecho (UAB). Catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona - España). Director de la colección Biblioteca Yale de Estudios Jurídicos, Editorial Gedisa, Barcelona. Co-director (junto a Ernesto Garzón Valdés) de la colección Derecho/Filosofía del derecho, Editorial Gedisa, Barcelona.


Resumen: El trabajo realiza una presentación de la vida, obra y personalidad de Ernesto Garzón Valdés desde su nacimiento hasta 2017, en que ha cumplido fructíferos 90 años. Se detiene en temas centrales de sus estudios como las nociones de validez, eficacia y existencia de las normas, así como la de sistema jurídico y sus diferencias conceptuales. Recorre la extensa obra de Garzón Valdés y sus más destacados aportes, sin dejar de lado las vivencias personales.

palabras-clave: Ernesto Garzón Valdés - Filosofía - Ética - Política.

Abstract: The work carries out an exposition of the life, work and personality of Ernesto Garzón Valdés from his birth until 2017, in which he has fulfilled fruitful 90 years. It focuses on central themes of its studies such as the notions of validity, effectiveness and exis-tence of norms, as well as that of the legal system and its conceptual differences. It goes through the extensive work of Garzón Valdés and his most outstanding contributions, without leaving aside the personal experiences.

Keywords: Ernesto Garzón Valdés - Philosophy - Ethics - Politics.


 

Ernesto Garzón Valdés nació en Córdoba (República Argentina) el 17 de febrero de 1927 en el seno de una familia vinculada a la historia política y universitaria de esa ciudad (1). En 1918, su padre, siendo estudiante de ingeniería, fue uno de los dirigentes de la llamada "Reforma universitaria", que tendría una enorme significación en el mundo académico y político en América Latina. En 1965, Garzón Valdés publicó un trabajo sobre este acontecimiento político estudiantil, Die Universitätsreform von Córdoba (2).

En su Universidad Nacional estudió derecho graduándose como abogado en 1950. En 1949 viajó por primera vez a Europa donde estudió, en el semestre de verano, Sociología e Historia del Arte en las Universidades de Lovaina y en la Libre de Bruselas, respectivamente. Estos estudios mostraron desde el comienzo su andadura intelectual, que sus intereses no se circunscribían solo al ámbito jurídico. Su amplísima formación cultural se advierte fácilmente a través de la lectura de sus trabajos. Siempre pensó que invocar a la literatura, y al arte en general, pueden alumbrar o ejemplificar cuestiones jurídico-flosóficas importantes. Su posterior traslado a Madrid le permitió concluir la versión definitiva de su trabajo de tesis doctoral que nunca defendió debido a su regreso a Argentina, por razones económicas y familiares, titulada El concepto de nación en Francia en el siglo XIX. Una vez en Córdoba, su éxito en el ejercicio de la profesión liberal fue más que dudoso. Pero eso no significó su desatención hacia las cuestiones jurídicas, objeto de preocupación de buena parte de sus trabajos.

En 1953 viaja a Alemania. Aprendió el idioma de Goethe subido sobre andamios de obras de la construcción. Nunca dejó de trabajar, tampoco lo hace ahora, ya jubilado y a sus noventa años, se aplica con ahínco, perseverancia y gran honestidad, rasgos todos ellos de su carácter. En 1960 traduce Qué es la justicia de Hans Kelsen y funda en la Universidad Nacional de Córdoba, con ese libro, la Biblioteca de Filosofía del Derecho y Sociología. Fue su primer emprendimiento editorial, pero no el último.

Durante su estadía en Alemania fundó en compañía de Rafael Gutiérrez Girardot, Héctor Murena y Victoria Ocampo la colección de Estudios Alemanes. Junto a Jorge A. Bacqué, Eugenio Bulygin y Genaro Carrió creó en 1968, en Buenos Aires, la colección Filosofía y Derecho, y en México, con Rodolfo Vázquez, la colección Ética, Filosofía del Derecho y Política. En Alemania funda en 1985 junto a A. Boeckh, G. Kohlhepp, D. Nohlen, H., W. Tobler y P. Waldmann, la colección Forschungenzu Lateinamerika y, en ese mismo país, en 1988, con H. Kliemt, L. Kuhlen y R. Zimmerling, la colección Rechts-und Sozialwissenschaften.

En Barcelona, dirige junto a Jorge Malem la colección de Filosofía y Derecho, y en Madrid la colección del Coloquio Jurídico Europeo. Su preocupación por dar a conocer autores de distintos orígenes nacionales, culturales o ideológicos no se ciñe solo a la creación de colecciones editoriales. Su intención por acercar personas y pensamientos para un debate sereno y abierto, sin vetos ni cortapisas de ningún tipo, sobre las distintas concepciones éticas, jurídicas y políticas se puede advertir también en libros como Lateinamerikanische Studien zur Rechtsphilosophie (3), Derecho y Filosofía (4), con Eugenio Bulygin: Argentinische Rechtstheorie und Rechtsphilosophie heute (5), Spanische Studien zur Rechtsphilosophie (6), con Werner Krawietz, Georg H. von Wright y Ruth Zimmerling: Normative Systems in Legal and Moral Teory. Festschrift für Carlos E. Alchourrón and Eugenio Bulygin (7), con Francisco Laporta: Derecho y Justicia (8), con Aulis Aarnio y Jyrki Uusitalo: La normatividad del Derecho (9), con Werner Krawietz y Agustín Squella: Politische Herrschafsstrukturen und neuer Konstitutionalismus - Ibe-roamerika und Europa in theorievergleichender Perspektive, Rechtstheorie (10). Bastan estos títulos para mostrar, además, las vastas áreas de infuencia de Ernesto Garzón Valdés, desde Finlandia a la República Argentina, desde Alemania a México.

En 1967 se doctora en la Universidad Nacional de Córdoba con un trabajo sobre El derecho y la naturaleza de las cosas (11), doctrina iusflosófica esta última que había tenido gran predicamento en la Alemania Federal después de la Segunda Guerra Mundial. ¿Era el positivismo jurídico el culpable ideológico de la desventura nazi? Fue una de sus preguntas. Rotundamente no, su respuesta. Autores como Gustav Radbruch, Hans Welzel, Erich Fechner o Werner Maihofer, entre otros, fueron sometidos a su examen crítico poniendo de manifesto que no es aceptable la invocación de "la naturaleza de las cosas" como fuente del derecho, ni es posible su utilización por la ciencia del derecho. El análisis de un conspicuo iusnaturalista y ferviente partidario del Tercer Reich, Hans Helmuth Dietze, le sirvió para señalar que esa milenaria doctrina jurídica había sido útil también a regímenes como el nazi o el fascista. Su oposición primera al iusnaturalismo no era solo teórica, también lo era política. En América Latina, en general, y en Argentina, en particular, la mayoría de sus defensores eran conservadores decimonónicos y apologetas, en muchos casos, de las peores dictaduras militares del continente. Y aunque su adhesión al positivismo jurídico fuera luego ligeramente matizada, pero nunca abandonada, el impacto de ese trabajo no pasó inadvertido.

Las nociones de validez, eficacia y existencia de las normas, así como la de sistema jurídico y el análisis de sus diferencias conceptuales, ocuparon una parte importante de sus estudios acerca del derecho. Tal vez convencido de que las tesis hartianas sobre la regla de reconocimiento como un instrumento para determinar la validez de las normas o del valor del modelo de cadena de validez propuesto por Georg von Wright son superadoras ambas de las posiciones sustentadas por el iusnaturalismo clásico o por Hans Kelsen, por ejemplo, escribió trabajos como Acerca de las nociones de validez, eficacia y existencia en H. L. A. Hart (12), Derecho natural e ideología (13), Algunos modelos de validez normativa (14), Modelle normativer Geltung (15) o Hermann Heller y John Austin. Un intento de comparación (16). En estos estudios Reflexiona sobre el derecho legislado, señalando las ambigüedades que afectan a la idea de membrecía o de pertenencia de normas a un sistema jurídico o a la comprensión de la noción misma de existencia de normas. Ya aquí se observa también su aceptación del abismo lógico entre ser y deber ser, su escepticismo moral y su manifesto rechazo del positivismo ideológico.

Su análisis comparativo de las tesis de Hermann Heller y de John Austin, más allá de su valor en sí mismo, lo conduce más tarde a indagar sobre las posibles limitaciones jurídicas al soberano legal, esto es, a la autoridad jurídica suprema. Distingue en esta tarea entre soberano0 y soberano1, distinción utilizada luego por muchos autores. El primero es el legislador originario del sistema. Una vez establecido el orden estatal, se denomina soberano1 a la última autoridad que regula la conducta dentro del Estado. Estos análisis tienen clara implicancias en consideraciones jurídico-políticas, como es el caso de la distinción entre poder constituyente y poder constituido en materia constitucional. Las limitaciones legales al soberano no sería una contradicción en los términos, como históricamente se había sostenido, si se aplicara al soberano1, aunque sí lo sería respecto del soberano0. De ese modo, si se mantiene esta división, no pocas controversias teóricas quedan reducidas solo a malentendidos verbales. Comprender la naturaleza del soberano1, además, supone poder distinguir entre legalidad y golpe de Estado o revolución, según este cumpla o incumpla con lo establecido por el sobe-rano0 (17).

Cuestiones vinculadas al lenguaje jurídico y a la interpretación de los textos legales no pueden pasar desapercibidas para alguien que se dedique a la Filosofía del Derecho. Ernesto Garzón Valdés prestó atención a estas cuestiones en muchas obras (18), pero especialmente en Las palabras de la ley y su interpretación. Alguna tesis de Francisco Suárez (19). Asume, en concordancia con Suárez, una visión con-vencionalista acerca del significado de las palabras. Analiza, además, las propiedades del lenguaje ordinario, señalando, a su vez, que la tarea del jurista-intérprete no deja de tener matices creativos. Buen conocedor de la historia del pensamiento jurídico, ético y político, no escribió, sin embargo, muchos trabajos específicamente históricos. Los autores del pasado son de su interés no como un fin en sí mismo sino porque arrojan alguna luz sobre problemas del presente. En este sentido, sus innumerables remisiones al pasado histórico y a sus autores no solo muestran su amplia cultura, sino también el don de la oportunidad. No provee citas estériles, ni las utiliza como un mecanismo de autocomplacencia.

Su prosa, fina y elegante, siempre huyó de las afrmaciones vacuas o dogmáticas. Dispuesto a rectificar allí donde reconoce haberse equivocado, su estilo literario constituye una llamada a un diálogo intelectual amplio, honesto y leal. Evita en todo momento las frases ampulosas, prefriendo la claridad a la ostentación. La claridad, suele afrmar, nunca implica trivialidad. Incluso si alguien se equivoca debe hacerlo claramente, gusta decir hartianamente. Nunca confunde oscuridad con profundidad.

En todo ello se advierte su formación y práctica flosófica de corte analítico. Y aunque hoy sea difícil establecer con claridad qué se entiende por flosofía analítica, quienes son sus practicantes tienen un cierto "aire de familia" que permite agruparlos más o menos discrecionalmente si adoptan en sus trabajos las siguientes características (20).

El respeto por las reglas de la lógica y la preocupación por la flosofía del lenguaje. Cierta deferencia hacia el conocimiento científico y formación en flosofía de las ciencias, sin caer por ello en los postulados del positivismo lógico. Esto les permite a los flósofos analíticos cumplir funciones críticas o ejecutar funciones "terapéuticas", eliminando falsos problemas o deshaciendo entuertos verbales. Ernesto Garzón Valdés emplea esas herramientas quirúrgicas con fruición. Es difícil sustraerse a su visión crítica. Pero con lo importante que es ejecutar ese cometido analítico, su pensamiento no se congela en ese punto. Siempre ha intentado realizar análisis conceptual. Esto es, teje madejas conceptuales compatibles con nuestro acervo cognoscitivo tratando de reducir la complejidad de ciertos conceptos a otros más simples, más claros y más operativos desde el punto de vista teórico. Su búsqueda por el rigor es inasequible al desaliento. Esto no debe llevar a pensar que sus trabajos se centran únicamente en los aspectos más formales de los problemas analizados, por el contrario, nada amerita decir que sus análisis resultan incompatibles con el examen de cuestiones materiales o sustantivas. No es de extrañar, pues, que siendo un pensador analítico haya dedicado buena parte de su obra a tratar asuntos con profundas implicaciones políticas y morales.

Y respecto de la perspectiva que un flósofo latinoamericano del derecho, de la moral y de la política debería abordar, sostiene que no es "aventurado sugerir que la tarea de un flósofo latinoamericano tiene que asumir una tarea doblemente complicada: por una parte, no puede dejar de tomar en cuenta, entre otros, los problemas universales de esta disciplina; por la otra, tiene que tratar de desgarrar el velo de la retórica y esquivar la trampa de la ciega imitación de modas flosóficas. Contamos ya con buenos ejemplos al respecto, pero no es poco lo que queda por hacer. Moraleja: no hay que propiciar el rechazo cerril del pensamiento ajeno ni estimular su frívola recepción acrítica" (21).

Ernesto Garzón Valdés ha ido modificando su posición metaética a lo largo de su desarrollo intelectual. Si en sus comienzos se vislumbraba como un relativista prescrip-tivista que pensaba que los problemas morales eran seudoproblemas teóricos, ahora puede ser definido como un objetivista moral que afronta genuinas preguntas éticas, ya que supone que es posible fundar racionalmente criterios de corrección moral. Con esta evolución no parecen insólitas sus críticas al relativismo moral. Lo hace con su perspicaz sentido del humor aludiendo a cinco trampas relativistas: lingüística, jurídica, de la asimetría, del etnocentrismo y del objetivismo (22). En esta segunda etapa, de fuertes convicciones kantianas, en él infuyó de un modo decisivo, como en tantos otros, la obra de John Rawls, aunque no sea su ciego seguidor.

En contra del papel de la voluntad como generadora o fundamentadora de normas morales escribió: "Nunca intenté –afrma– formular grandes sistemas en el campo del derecho, la ética y la politología. Especialmente en el ámbito de la ética es peligroso pretender originalidad. Hans Kelsen acuñó la expresión ‘sistema estático’ para referirse al sistema de la ética. Tenía razón: la tarea del flósofo de la moral consiste primariamente en inferir racionalmente consecuencias normativas a partir de un reducido número de axiomas. Aquí no caben intervenciones de la voluntad humana como en el caso de la legislación y de la actividad judicial o política. Por ello no tiene tampoco cabida el historicismo en la moral y hay que andar con cuidado cuando se quiere establecer restricciones histórico-geográficas a los derechos humanos… Me gusta la comparación del flósofo de la moral con el geómetra. Ella estimula la modestia y nos advierte frente al peligro de imponer el dominio de la voluntad sobre la razón, que tanto temía Leibniz. Moraleja: en cuestiones de flosofía moral conviene no sucumbir a la tentación del despotismo de una supuesta voluntad creadora" (23).

De I. Kant asume la idea central de dignidad humana, que torna nuclear en toda su concepción ética. La considera una propiedad distintiva del ser humano vivo. En su concepción, el concepto de dignidad tiene una propiedad adscriptiva positiva. En ese sentido, afrmar que se es un ser humano vivo y que se carece de dignidad es una contradicción en los términos. Por esa razón, la defensa de la propia dignidad, de la propia humanidad, es un deber moral (24). También con Kant sostiene que todos los seres humanos constituyen fines en sí mismos y no pueden ser medios para satisfacer los fines de otros. Pero esto no le impide reconocer que, en ciertas circunstancias dilemáticas, el sacrificio de una persona para salvar a un número muy elevado de personas podría ser excusado, o incluso estar justificado, sobre todo si se cuenta con la aprobación del sacrificado (25).

Su alistamiento en las flas kantianas, por otra parte, le hace rechazar concepciones éticas basadas en el consenso fáctico o en el hipotético. Sus razones son claras. El primero porque puede llevar a conclusiones morales inaceptables, el segundo porque suele ser una dramatización inútil. El primero conduce al positivismo ideológico y al peligro de la indoctrinación. El segundo, en el mejor de los casos, a una petición de principios (26). Esto le hace distinguir entre dos conceptos no siempre bien diferenciados. El de legitimidad y el de legitimación. Una institución posee legitimidad si está justificada, una institución tiene legitimación si cuenta con el apoyo total o mayoritario de los individuos o de los ciudadanos. La legitimidad es apta para evaluar la moralidad o justicia de las instituciones y de las acciones que tienen lugar dentro de ellas, la legitimación es importante para la estabilidad de las mismas (27). Por estas y otras razones, también rechaza la posición de uno de sus grandes amigos, Javier Muguerza, quien afrma que el disenso es una propiedad superior al consenso como mecanismo para otorgar legitimidad (28).

La idea de legitimidad está emparentada con otra idea básica de Ernesto Garzón Valdés. Su noción de "coto vedado", cuyo nombre toma prestado de la obra de Juan Goytisolo, y que hace referencia a aquel núcleo de bienes básicos o necesidades básicas que no se puede violar. Este "coto" funge pues como escudo protector de los derechos de los individuos frente a los ataques de sus conciudadanos o del Estado, incluido el democrático. Y se erige también en una fuente de reclamos legítimos si no son satisfechos (29). No suena extraño, pues, que suponga la existencia de deberes positivos generales en el sentido de que una persona está obligada a realizar un sacrifico trivial si con ello evita o contribuye a paliar un daño de un tercero, sin que medie, incluso, relación alguna entre ambos (30).

Su universalismo moral motiva a que rechace de plano las tesis propugnadas por el multiculturalismo o que las fronteras, sean éstas políticas o culturales, jueguen un papel discriminatorio legítimo frente a las exigencias de igualdad y solidaridad (31). Esto no lo vuelve insensible a situaciones de minorías desaventajadas, por razones étnicas, política-religiosas o culturales. Pero enmarca su papel legítimo y la reivindicación de sus posibles derechos siempre con el límite del respeto a lo que constituye el "coto vedado" (32).

Todo esto es compatible con dos cuestiones de fuertes implicancias morales y que Ernesto Garzón Valdés ha abordado en sendos y seminales trabajos: el paternalismo y la tolerancia. En ellos se sostiene que si la dignidad es el rasgo identificativo del ser humano como tal, la autonomía personal es una de sus propiedades relevantes. Por ese motivo, el respeto por la autonomía de las personas es básico en cualquier evaluación moral. Esto indica que un individuo es libre para conformar su propio plan de vida. Sin embargo, el respeto por la autonomía del otro no es incondicionado y puede ser superado por otras razones que, una vez considerados todos los elementos relevantes del caso, adquieren mayor fuerza justificante. Esto es así porque un individuo no siempre conoce mejor sus propios intereses. Y puede llegar a ser, en algunos casos, incompetente básico, esto es, incapaz de gobernar su propia vida cualesquiera que sean los planes de vida escogidos. Un individuo padece de incompetencia básica, por ejemplo, si ignora los elementos contextuales relevantes ante la toma de decisiones, si su fuerza de voluntad está absolutamente mermada, sus facultades mentales están debilitadas en grado sumo o es absolutamente irracional. En estos casos, sería legítimo tomar medidas de carácter paternalista para evitar que ese tipo de individuos se dañen a sí mismos. Esta intervención paternalista se debe ejercer hasta el momento en que se supere la incompetencia mencionada. Esta forma de paternalismo justificado es distinguida del perfeccionismo moral, que daría lugar a intervenciones coartadoras de la autonomía de las personas, siempre inaceptables (33).

Ernesto Garzón Valdés prestó atención también a la cuestión de la tolerancia. Según piensa, la tolerancia no está vinculada con el relativismo moral ni con la aceptación de otras formas de vida solo por ser diferentes. Rechaza confundir punto de vista moral con punto de vista cultural. Y discrimina entre la tolerancia boba o insensata –se está dispuesto a aceptar cualquier cosa– de la tolerancia sensata o justificada. Para que se pueda expresar la acción de tolerar –dice– es necesario que el agente tolerante tenga competencia para interferir en la acción tolerada, tienda a prohibirla y la tolere en virtud de otros valores más apremiantes. La tolerancia supone, así, necesariamente, el conficto entre diversos principios o valores en lisa. Una vez que este conficto queda superado en favor de lo tolerado convendría hablar de permitir en lugar de tolerar. Practicar la tolerancia tiene más sentido en ámbitos íntimos o privados, o en sistemas políticos no democráticos. En una democracia un ciudadano reclama por el respeto de sus derechos, no por una mayor tolerancia (34).

Qué acciones pertenecen a los ámbitos de lo íntimo, lo privado y lo público tiene importancia no solo por lo que respecta a la tolerancia. Discriminar entre esta tríada también es útil y necesario para comprender mejor derechos como el de la intimidad o del libre desarrollo de la personalidad. En opinión de Ernesto Garzón Valdés, lo íntimo se relaciona con los propios pensamientos no formulados y con aquellas acciones que no requieren la interacción con terceros ni les afecta, como la realización de funciones fsiológicas. Nada amerita que pueda interferirse justificadamente en el reino de lo íntimo.

Las acciones privadas, por otra parte, expresan los deseos y las preferencias individuales. Que exista un contexto donde este tipo de acciones puedan ser realizadas constituye, al decir de Ernesto Garzón Valdés, una condición necesaria para que el ejercicio de la libertad individual sea posible. Lo público se caracteriza, por oposición a lo íntimo y a lo privado, por la libre accesibilidad de las personas al conocimiento de las acciones de los demás. Y la cuestión se complica un poco si se piensa que acciones que en un momento son consideradas privadas pueden más tarde recibir la calificación de públicas o íntimas, y viceversa (35).

A pesar de estas complicaciones conceptuales e históricas, Ernesto Garzón Val-dés ha intentado siempre no apropiarse indebidamente de lo público invadiéndolo con comportamientos reservados al ámbito de lo íntimo o de lo privado. Según sus propias palabras, "Me ha ayudado a vivir el interés elemental por el arte, la pintura, la arquitectura y la música. No es necesario pensar, como el uruguayo José Enrique Rodó, que la estética está a mitad de camino de la ética para, al menos, sentir que la música, por ejemplo, nos hace más felices y que no todo da lo mismo. El gusto por el arte se convierte así en una especie de muleta de la felicidad. Estoy convencido que se camina más feliz si uno sabe utilizar esos bastones que se llaman Bach, Beethoven o Schubert y que le hacen pensar a uno que no es verdad que la evolución no da saltos o hasta creer, como Einstein después de escuchar al joven Jehudi Menuhin en el Berlín de los años veinte, que Dios existe.

Justamente porque el arte me ha reconfortado, he rechazado siempre la vulgar estridencia y la irrupción irrespetuosa de lo privado en lo público. Saber que no estamos solos en el mundo y que no debemos mortificar al prójimo con la satisfacción incontrolada de nuestros deseos y preferencias es un principio elemental de convivencia" (36).

No son estos los únicos temas sobre aspectos morales abordados por Ernesto Garzón Valdés a lo largo de su prolífera obra. También asuntos de bioética han sido objeto de su curiosidad intelectual (37), o los derechos de los niños (38), o la guerra (39).

En todos estos trabajos subyace la idea de responsabilidad, cuyo concepto resulta fundamental en cualquier evaluación moral o jurídica. Para su análisis se vale de lo que denomina un enunciado de responsabilidad. Este enunciado, sea retrospectivo o prospectivo, condenatorio o laudatorio, genera la necesidad de una respuesta por parte de su destinario hacia quien lo formula. Y, por cierto –agrega– requiere una doble presunción: la de la causalidad y la del indeterminismo. Estas presunciones son necesarias dadas nuestras estructuras mentales y nuestros sentimientos morales. Solo así podrían ser operables nuestros juicios adscriptivos de responsabilidad (40).

La relación entre la ética y la política también se ha situado en el centro de las ocupaciones intelectuales de Ernesto Garzón Valdés. Discute en primer lugar la llamada tesis de la separación entre la ética y la política, que tendría dos formulaciones distintas según se refera a los niveles descriptivos y prescriptivos. A nivel descriptivo se plantean dos afrmaciones:

1.   La ética no juega ningún papel en la política.

2.   La moral positiva no juega ningún papel en la política.

A nivel prescriptivo se plantean otras dos afrmaciones:

3.   La ética no debe jugar ningún papel en la política.

4.   La moral positiva no debe jugar ningún papel en la política.

Según Garzón Valdés, la afrmación 1 es falsa, ya que sugiere que ninguna acción o sistema político puede ser legítimo, aunque sea verdad que hay algunas acciones o sistemas políticos que carecen de toda legitimidad. La versión 2 es siempre falsa, ya que para la existencia de todo orden jurídico-político es necesario que los principales funcionarios de ese sistema adopten lo que Hart llama el punto de vista interno, es decir, que acepten las normas básicas del sistema por sus propios méritos, y esto supone que tales reglas son conformes a la moral positiva de quienes al menos detentan el poder.

En opinión de Garzón Valdés, la tesis 3 admite tres formulaciones diferentes según se la identifque con la "tesis de la satanización", la "tesis de la disfuncionalidad" o la "tesis de la dualidad". Según la "tesis de la satanización" quien actúa en política frma un pacto con el diablo, se ensucia las manos y se debe alejar, por lo tanto, de las exigencias éticas. Esta afrmación es rechazable porque en caso de aceptarla implicaría la imposibilidad de legitimar cualquier institución jurídico-social. Conforme a la "tesis de la disfuncionalidad", comportarse de acuerdo a parámetros morales es técnicamente desaconsejable porque conspira contra el mantenimiento del poder o contra la estabilidad de los sistemas políticos. Habría una regla técnica que establecería que, si se desea tener, mantener o acrecentar el poder político no hay que prestar atención a las normas morales. Sin embargo, no parece que la inmoralidad de las acciones políticas sea una condición necesaria ni suficiente para la estabilidad de los sistemas políticos. La "tesis de la dualidad" supone que hay dos tipos de moral: la natural u ordinaria y la profesional. La ética política se correspondería con una moral profesional. Esta última es una moral adquirida, solo aplicable a quienes ocupan un cargo o desempeñan una función determinada. Y en caso de que sus mandatos contradigan lo impuesto por la moral natural, gozan de un estatus de superioridad, que obliga a apartarse de esta última. Pero aun cuando las "tesis de la dualidad" tengan muchos seguidores, y no solo respecto de la política, en opinión de Garzón Valdés las éticas profesionales no son sino los propios mandatos de la moral ordinaria aplicados a determinados destinatarios. Por estas razones, y otras que explicita, habría que rechazar por incorrecta la afrmación 3 en cualquiera de sus formulaciones.

Respecto de la afrmación 4, según Garzón Valdés, cabrían dos aclaraciones adicionales. Si con ella se quiere decir que hay morales positivas que son éticamente rechazables y que, por lo tanto, no deberían jugar ningún papel en la política, es una aseveración aceptable. Si en cambio se sostiene, como ya se señaló, que la imposición de la moral positiva de los detentadores del poder es una condición necesaria para la existencia y estabilidad de un orden jurídico-político, la afrmación 4 no resulta aceptable. Nuevamente aquí se observa la fertilidad de la triple distinción que establece Garzón Valdés entre legitimidad, legitimación y estabilidad de los sistemas políticos (41).

El estudio de la política es otra de las pasiones especulativas de Ernesto Garzón Valdés. Pero no la analiza como un fenómeno aislado de la moral y del derecho. Piensa, por el contrario, que hay una conexión necesaria entre dignidad de la persona, respeto por los derechos humanos y democracia. Si la dignidad es el ancla de su concepción moral, los derechos humanos constituirían su desarrollo y, en su caso, su positivización jurídica, mientras la democracia es el único sistema compatible con su honra. Hace referencia a la democracia en su forma representativa y sostiene que solo está justificada si excluye de su negociación y deliberación a los bienes y necesidades básicos que componen el "coto vedado". Asume así las tesis kelsenianas que afrman que la democracia se sustenta en el principio de mayoría y no únicamente sobre la regla de la mayoría. Esto es, asume que su fundamentación no puede ser puramente procedimental, porque las mayorías pueden tomar decisiones que afecten a los derechos humanos dañando de un modo irreversible la dignidad de los individuos (42).

Las prevenciones de Ernesto Garzón Valdés contra la actuación de una mayoría que no respete el coto vedado, o de un mercado que solo pueda aspirar a consensos fácticos, lo obliga a pensar que tanto la democracia como el mercado son instituciones suicidas. Estas dos instituciones, que parecen diseñadas para proteger los derechos de los ciudadanos, dejadas a su arbitrio conducen a su autodestrucción. En un trabajo delicioso propone cómo restricciones éticas pueden ser límites adecuados a la sus respectivos autoaniquilamientos (43).

El derecho tal vez sea la institución social más importante, o una de las más importantes, sin duda alguna, de la vida política de un Estado. Mucho se ha escrito sobre las condiciones sobre las cuales se puede desobedecer al derecho. Pero si hay razones morales que ameritan la desobediencia al derecho también debería haber las que jus-tifquen su obediencia. Bajo el supuesto de que el Estado y el derecho son instituciones que se constituyen en beneficio de todos, Ernesto Garzón Valdés sostiene que hay buenas razones para su obediencia si el derecho respeta el contenido del coto vedado, y la regla de la mayoría respecto de aquello que es decidible o negociable. Dadas estas restricciones colaterales, abre las puertas a desobediencias justificadas a la ley. Tal es el caso de la desobediencia civil, que entiende como aquella desobediencia a la ley que es pública, abierta, no violenta, que se comete con el fin de llamar la atención de la autoridad competente para que modifque la ley violada u otra contra la que se protesta, un programa de gobierno o un estado de cosas injusto. En un Estado democrático la desobediencia civil exigiría que fuera un último recurso político. Bajo estas condiciones su práctica podría ser compatible con una democracia avanzada (44).

Si la desobediencia civil es una violación a la ley que puede contribuir a la erradicación de al menos algunas injusticias, la corrupción, siendo también una violación a ley, conduce a producirlas o a perpetuarlas. Ernesto Garzón Valdés propone que entendamos la corrupción como la violación de un deber institucional cometida con el objeto de obtener un beneficio no permitido por las reglas del sistema y realizada en un contexto de discreción o de ocultación. Cuando la corrupción es política pone de manifesto, además, la evidente deslealtad hacia las instituciones democráticas violadas. Y propone entender la corrupción como una herramienta o un medio adecuado para conseguir los fines propuestos por los corruptos y que de otra manera sería difícil o más caro alcanzar. Pero como toda herramienta su eficacia es contextual. Por ese motivo, la corrupción, a pesar de ser un fenómeno universal, es más eficaz en un contexto que en otro. Afrma también que en esta práctica social hay ganadores y perdedores. Y que el impacto de la corrupción produce auténticas calamidades desde el punto de vista económico, político, ético y social.

En el quehacer social, existen acontecimientos que dañan efectivamente tanto a individuos como a instituciones. Reconoce Garzón Valdés que algunos tienen su etiología en eventos naturales, un tsunami o un terremoto, por ejemplo. Otros, en cambio, tienen su causa en hechos humanos. Los primeros son inevitables, los segundos no, ya que dependen de acciones humanas. A los primeros los denomina catástrofes, a los segundos calamidades. La corrupción, como el terrorismo y la guerra, entre otras, son auténticas calamidades humanas y dependen por completo de nuestras acciones (45).

El terrorismo puede ser estatal o puede ser no institucional. Garzón Valdés define el terrorismo estatal como aquellas acciones impuestas por quienes detentan el poder del Estado, quienes a su vez suponen la existencia de enemigos –reales o imaginarios– dentro del mismo. Estas medidas coercitivas se aplican a individuos independientemente de los comportamientos que hayan podido realizar. Por eso, los hechos perseguidos están poco delimitados mientras se busca la eliminación del proceso judicial como instancia imparcial para establecer la posible culpabilidad de los acusados. En este contexto, se imponen además medidas coactivas por parte del Estado que violan el sistema jurídico vigente, como la tortura y el asesinato. Y todo ello con el fin de provocar un temor generalizado en la población. Esto es, que nadie se sienta a salvo de las medidas estatales descriptas. Después de un análisis crítico de las distintas razones que se ofrecen para justificar el terrorismo de Estado, como son la eficacia, la simetría de los medios utilizados por el Estado y sus enemigos o la inevitabilidad de los daños colaterales, entre otras, Ernesto Garzón Valdés declara su inaceptabilidad y ofrece buenos argumentos de la ilegitimidad de cualquier acción de este tipo de terrorismo (46).

El terrorismo no institucional se caracterizaría también por ser una forma de acción o un método para causar intencionalmente daños a terceros, con el objetivo de infundir un temor generalizado. Dicho temor se supone funcional para la obtención de los beneficios y objetivos perseguidos. Que los actos terroristas no sean predecibles, en el sentido de que no se puede adivinar cuándo ocurrirán, hace que sea difícil su combate y lo torna aún más complicado que las potenciales víctimas sean indeterminadas (47).

Estas dos formas de terrorismo, junto a otros acontecimientos dramáticos de nuestra historia como el Holocausto, motivaron a que Ernesto Garzón Valdés analizara lo que considera el ejercicio de una violencia extraordinaria. Para hacerlo sostiene que la maldad humana siempre puede superar lo ya vivido, que el olvido y la impunidad son éticamente inaceptables y que las sanciones punitivas deben abarcar a todos los perpetradores. Y sazona sus afrmaciones con innumerables y muy ilustrativos ejemplos (48). Sus Reflexiones no carecen de importancia para analizar, entender y diseñar los llamados procesos de justicia transicional (49).

Para una persona que se siente tan argentino y latinoamericano como es Ernesto Garzón Valdés, resulta casi un imperativo meditar sobre lo que sucede políticamente en esos ámbitos geográficos que, por otra parte, conoce tan bien. Son innumerables los trabajos dedicados al examen de problemas comunes a los países latinoamericanos o a cuestiones específicas de algunos de ellos. Uno de los temas recurrentes en sus observaciones es la falta de dignidad con la que son tratados los miembros de comunidades indígenas y siempre los pobres en América Latina. La nula o escasa posibilidad que tienen para ejercer de pleno su autonomía personal es también permanentemente denunciado en sus trabajos, sin caer en multiculturalismos vacuos o confusos.

Propugna como parte de la solución a estos problemas que la sociedad tienda a homogeneizarse en el sentido de que todos los miembros de la sociedad, independientemente de su etnia, religión o cultura, gocen de los mismos derechos que les permitan satisfacer sus necesidades básicas. Por esa razón, los Estados deberían tener un "deber de homogenización". Y deberían tener también un "deber de dinamización" para remover todos los obstáculos que supongan relaciones de inferioridad o sometimiento entre las personas, que permiten que existan fuertes externalidades sociales, positivas y negativas, por la mera pertenencia a un grupo social u a otro. El cumplimiento de ambos deberes traería aparejado costos de ejecución que debería sufragar el propio Estado, al menos hasta que se hayan alcanzado los objetivos previstos. Esto conduce, obviamente, a sostener un Estado social de derecho (50).

Naturalmente, la situación de oprobio que padecen los pobres en América Latina, sean o no indígenas o mestizos, no puede asociarse sin más, según Ernesto Garzón Valdés, a la llamada conquista del nuevo mundo por parte de los españoles. Tratar de explicar los infortunios y las injusticias del presente por lo que aconteció en un pasado muy lejano resulta simplemente imposible, ya que habría que incluir en esa explicación todas las acciones que las distintas generaciones pudieron haber realizado y no hicieron. De ese modo, es imposible saber qué puede ser imputado al acto original de injusticia y qué a los actos propios en cada una de las generaciones sucesivas. Por eso, ante la situación actual de pobreza, marginación y discriminación que padecen los pueblos originarios, carecen de sentido los reclamos que los indigenistas formulan a España por los supuestos daños ocasionados por sus nacionales en el pasado remoto y que causan el menoscabo presente. E igualmente carece de sentido el sentimiento vivido de ofensa de los españoles actuales cuando se les recuerda lo que sus connacionales hicieron en el pasado lejano (51).

Ernesto Garzón Valdés busca encontrar la explicación de la situación actual de Latinoamérica en el proceder de sus propias gentes y en el diseño institucional por ellas desarrollado. Por eso formula cinco tesis acerca del comportamiento de sus élites. Primera: las élites latinoamericanas han establecido sistemas políticos de-ficitariamente democráticos. Segunda: han establecido reglas de juego que daban estabilidad a esos sistemas políticos impidiendo superar la heterogeneidad social. Tercera: las élites cooptan a sus miembros entre las clases medias y ejercen un control manipulador sobre las clases populares y bajas. Cuarta: las élites han ejercido su poder de un modo más o menos ilegal, más o menos violento. Es decir, han ejercido el poder violando el derecho que ellas mismas habían creado. Quinta: el proceso de globalización ha reforzado la heterogeneidad social y el distanciamiento entre las élites y la masa contribuyendo a reducir la confanza en la democracia.

En este contexto, la afrmación de la preminencia o vigencia de la Rule of Law le parece una inadecuada exageración. América Latina es una mezcla de democracia formal, pobreza y desigualdad. Y mientras no logre desarrollar cierta homogeneidad social, en el sentido antes mencionado, no habrá posibilidad para la implantación de sistemas jurídico-políticos éticamente aceptables, esto es, una democracia representativa en un Estado social de derecho. El desarrollo y el quehacer de las élites y su relación con la masa permiten adivinar que ese objetivo no será fácilmente alcanzable. De ahí su racional pesimismo (52).

Y de ahí también las características que posee el derecho en América Latina y las funciones que cumple o deja de cumplir. Entre ellas, Ernesto Garzón Valdés señala, por ejemplo, que el derecho no satisface las expectativas de otorgar seguridad jurídica, y no solo porque regula acciones con dudosa claridad sin especificar con nitidez su estatus deóntico de permitido, prohibido u ordenado, sino también porque la eficacia de sus normas es limitada. Eficacia que es consustancial a un sistema democrático avanzado. Tal vez por esa razón, entre otras, el orden constitucional no ha sido fuente de legitimidad de los actos del poder político y no únicamente durante los repetidos gobiernos de facto. La reiteración de golpes de Estado con sus consiguientes interrupciones de la vida institucional hace que la modificación de las leyes en lugar de seguir la regulación constitucional se vea salpicada por normas irregulares. Todo esto no debe conducir a pensar que las reformas que necesita América Latina deberían colapsar en el llamado Estado mínimo. Por el contrario, son necesarias intervenciones del Estado más justas y que regulen mejor la vida social, tendientes a la construcción de un eficaz Estado social de derecho (53).

Si Ernesto Garzón Valdés es crítico con la situación imperante en Hispanoamérica y cauto sobre su posible futuro venturoso, todavía lo es más con la ilusión de un porvenir afortunado para su país de origen. Su racional pesimismo a este respecto puede ser calificado, sin exageración alguna, de radical. Argentina, que a principios del siglo XX ocupaba un punto de partida similar a países como Canadá o Australia, se ve sumida en una pendiente descendente que parece no tener fin. Varias son las causas que aduce para este desmoronamiento que le permite afrmar que Argentina es una sociedad indecente, esto es, que humilla a parte de sus ciudadanos y que no remueve los obstáculos que pretenden justificar dicha humillación. Solo a título ilustrativo se puede mencionar que, en su opinión, los grupos dominantes han creado un sistema político cuyas reglas para el éxito nada tienen que ver con las promesas propuestas por un régimen democrático. La corrupción rampante y la impunidad juegan aquí un papel devastador. Los efectos negativos de la distorsión producida en la estructura social imperante bajo estas condiciones no necesitan ser subrayados. Además, Argentina se ha transformado en una sociedad expelente que tolera e incluso propugna que parte de sus ciudadanos, generalmente los mejor capacitados, emigren. En lugar de ser un país incluyente da la impresión de ser un país donde sobra gente, a pesar de estar fuertemente despoblado. Es un país donde la pobreza alcanza límites alarmantes, donde no existen procesos de industrialización basados en consideraciones científicas y técnicas, con exclusión de la educación media y superior de amplios sectores de la población, etc. Por eso no duda en calificar a la República Argentina como un triste ejemplo de una sociedad Neandertal. Esto es, una sociedad que se destruye a sí misma debido a acciones y omisiones propias motivadas por diversas ilusiones deformantes que le impiden adaptarse a la realidad (54).

No son estos todos los temas tratados por Ernesto Garzón Valdés en sus catorce libros, trece libros compilados y más de doscientos diez artículos publicados en diversas lenguas. He intentado presentar tan solo algunos de sus aspectos más relevantes y únicamente de un modo esquemático cuya posible utilidad sea la de constituir una guía de lectura para todo aquel que se quiera acercar a su obra. Una muestra adicional de su vastísimo universo intelectual puede rastrearse en más de los cien libros que ha traducido del alemán, inglés, francés o italiano al castellano.

Este somero repaso por la obra de Ernesto Garzón Valdés quedaría inconcluso si no se dijera que además de su tarea como investigador es un excelente docente. Quienes hemos sido –y somos– sus alumnos lo podemos atestiguar sin reserva alguna. Su disponibilidad, dedicación, seriedad y una enorme generosidad intelectual hacen que haya "garzonianos" tanto en América como en Europa y que sus trabajos hayan sido discutidos aquí y allá por los autores más representativos de la flosofía del derecho, de la moral y de la política. Dotado de una gran capacidad pedagógica y de un fino sentido del humor, sus disertaciones son siempre claras, precisas, plenas de sentido, sin concesiones a la verborrea inútil. Sin atisbo alguno de dogmatismo o autoritarismo, nunca deja de responder a una pregunta, una inquietud o una observación, incluso de los más jóvenes o novatos de la clase o del seminario. Mantiene siempre un cierto escepticismo epistémico hacia sus propias posiciones, dispuesto a revisar sus tesis o someterlas a una tan sana como necesaria crítica. Carece, en ese sentido, de la seguridad que muchas veces acompaña a los petulantes seudosabios. Hay que tomar en serio al otro, repite una y otra vez, por respeto moral y por actitud teórica; recordando que la verdad de un enunciado nunca depende de la persona que lo formula.

El respeto hacia los jóvenes es una de sus señas de identidad. Muy generoso con su tiempo, está dispuesto al diálogo incluso más allá de lo debido. Jamás tiene un no por respuesta a la solicitud de lectura de un artículo, a la orientación de una tesis, al pedido de auxilio para una publicación. Y no da para que los otros den, nunca pide nada a cambio. En las relaciones universitarias, como en los demás ámbitos de su vida, no hace cálculos de utilidad, su modo de comportarse no es estratégico. Tal vez sea una de las razones del porqué sus alumnos se entregan a su magisterio con la confanza del que tiene un interlocutor atento, con admiración primero, con sosiego después y, sobre todas las cosas, con afecto.

Por todo ello quienes tuvimos el privilegio de beneficiarnos con su docencia sabemos que practica sin reservas el decálogo que propuso para la vida universitaria y algunas estrategias acerca de cómo cumplirlo. Algunas de estas reglas son: no confundir oscuridad con profundidad. No ceder a la tentación de formular profecías en las ciencias sociales. No sucumbir a la tentación de la retórica. No creer en la fecundidad de las tautologías y en el carácter inofensivo de las contradicciones. No utilizar la cátedra para la indoctrinación. No cultivar el dogmatismo, ni hacer un uso autoritario de la cátedra. No creer en el principio de que todo da lo mismo y no caer en el solipsismo. No creer en el carácter nacional de la ciencia (55).

Desde joven ocupó diversos cargos en toda la escala de la carrera docente en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, donde llegó a ser responsable de la cátedra de Filosofía del Derecho a partir de 1969. A partir de 1965 fue profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Y en 1969 fue nombrado catedrático interino de Introducción al Derecho en la Universidad de La Plata. Es decir, simultaneaba su trabajo docente no solo en cuatro universidades diferentes –también fue profesor en la Universidad del Salvador, a ella me referiré más adelante–, sino también en tres ciudades distintas, distantes dos de ellas a 750 km. Eso da una idea de su dedicación y su capacidad de trabajo. En 1971, fue profesor visitante en el Instituto de Investigaciones Filosóficas de la Universidad Nacional Autónoma de México. Entre los años 1974-1981 fue designado encargado de docencia en Filosofía del Derecho en la Universidad de Bonn; y en los años 1975-1976 profesor visitante en la Universidad de Colonia, Alemania. Entre 1976-1980 fue encargado de docencia en el Instituto de Ciencias Políticas de la Universidad de Maguncia, Alemania. Y desde 1981 y hasta su jubilación fue profesor en ese mismo Instituto. La larga estancia en universidades alemanas se explica, como ya se verá, por el exilio provocado primero por el gobierno derechista de Isabel Martínez de Perón y luego continuado por la dictadura militar encabezada por el ex general Jorge Rafael Videla.

Ha sido profesor visitante y ha dictado cursos y conferencias en innumerables universidades europeas y americanas y ha ocupado el cargo de profesor en distintas cátedras reservadas a personas de reconocido prestigio, tales como la Cátedra Extraordinaria José Gaos en el Instituto de Investigaciones Filosóficas de la Universidad Nacional Autónoma de México en 1987, la Cátedra Fundación Cañada Blanch en Valencia en 2002, la Cátedra Fueyo en la Universidad Diego Portales en Santiago de Chile en 2003; y en ese mismo año se crea en México D.F. por la Escuela Libre de Derecho, el Instituto Tecnológico Autónomo de México, la Universidad Autónoma Metropolitana y el Instituto Nacional de Ciencias Penales, la "Cátedra Ernesto Garzón Valdés".

Su tarea docente no se ha circunscrito a los temas ya señalados. Siempre atento a los acontecimientos de su país, pensaba –y piensa– que no es posible ningún desarrollo sostenido, económico, político o social, al margen de la investigación y aplicación de la ciencia y de la técnica. No llama la atención, pues, que en 1973 ocupara el cargo de catedrático de Ciencia y Tecnología en las Relaciones Internacionales en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad del Salvador y que publicara trabajos al respecto (56).

Por su trayectoria docente e investigadora le han sido concedidos nueve doctorados honoris causa en distintas zonas del planeta. Desde Finlandia a la República Argentina; desde España a Chile (57). Y además ha recibido numerosos galardones académicos como la Medalla Goethe del Instituto Goethe (Múnich-1986), Premio de Cooperación Científica Internacional Dr. Luis Federico Leloir (1992), Premio Konex de platino en el área de Teoría General y Filosofía del Derecho (2006).

A pesar de su aquilatado prestigio, inmediatamente producido el último y cruento golpe de Estado padecido en Argentina, fue expulsado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba en 1976 por orden de un tal mayor Luján de las fuerzas aéreas cuya formación académica era la de bioquímico. Comparte así el destino de la mayoría de profesores universitarios argentinos –dice–, que al menos una vez en su vida sufrieron la expulsión de los claustros universitarios. A la extrema derecha golpista argentina no le debía resultar adecuado –ni a ciertos seudoprogresistas actuales– que en sus aulas se enseñaran los textos de Hans Kelsen, Herbert Hart, Alf Ross, Norberto Bobbio o Georg von Wright. En ese afán por prohibir, los militares hasta vetaron la enseñanza de las matemáticas modernas y la teoría de conjuntos. No solo fue expulsado Ernesto Garzón Valdés, lo fueron todos sus colaboradores docentes y hasta la secretaria del Instituto de Filosofía del Derecho. Su magnífica biblioteca construida pacientemente, en parte con libros comprados directamente por Ernesto Garzón Valdés en sus periplos por Europa y Estados Unidos cumpliendo funciones diplomáticas, fue eliminada. Parte de sus fondos fueron diseminados por bibliotecas de la universidad, buena parte de sus libros fueron destruidos o robados. Es reincorporado a la Universidad de Córdoba en 1984 con el advenimiento de la democracia, pero debe resignar su nombramiento por sus obligaciones docentes e investigadoras en Maguncia. Algunos de sus discípulos han ocupado y ocupan cargos en lo que fue su cátedra.

Ernesto Garzón Valdés fue también un diplomático de carrera. Ingresó en el Servicio Diplomático Argentino como Agregado de Embajada y se trasladó a la Embajada Argentina en Bonn como Agregado Cultural en 1958. Permanecería allí cuatro años y establecería estrechos contactos académicos con Hans Welzel, Ulrich Klug y Teodor Vieweg. Pronto comenzó una prolífica tarea de fundaciones de institutos y bibliotecas argentinas en el mundo. Por ejemplo, en 1964 funda el Instituto de Cultura Argentina en Bonn, cuya biblioteca llegó a poseer 15.000 volúmenes. No sería el único. En el período 1970-1973 es nombrado director del Departamento de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Y funda centros de cooperación cultural y científico-técnica en Asunción, La Paz, San José de Costa Rica, Caracas, México, Washington, París y Bonn. La preocupación por la difusión de la cultura argentina en el exterior siempre fue eje de las acciones del Ernesto Garzón Valdés diplomático. Hasta el momento de su expulsión de ese cargo había fundado 15 bibliotecas argentinas en el exterior y, como director de Relaciones Culturales, creado 6 museos de arte contemporáneo argentino en capitales latinoamericanas. En 1970 crea la Comisión de Cooperación Científico-Tecnológica en el Ministerio de Relaciones Exteriores y

causa de la Universidad de Valparaíso (Chile); año 2008, Dr. honoris causa de la Universidad de Alicante (España); año 2009, Dr. honoris causa de la Universidad de Palermo (Buenos Aires); año 2009, Dr. honoris causa de la Universidad de Buenos Aires; año 2011, Dr. honoris causa por la Universitat Pompeu Fabra, Barcelona.

Culto y frma convenios de cooperación científica con Brasil, Estados Unidos, Francia, República Federal de Alemania y Venezuela.

En 1973, fue designado interinamente director de Política de la Cancillería por el gobierno constitucional del presidente Héctor Cámpora y tuvo a su cargo la reiniciación de las relaciones diplomáticas entre Argentina y Cuba y el establecimiento de relaciones diplomáticas con Corea del Norte y la República Democrática Alemana. Cuando el presidente chileno Salvador Allende viajó a Buenos Aires con motivo de la asunción de la presidencia de Cámpora, Ernesto Garzón Valdés fue su edecán civil. No le costó realizar estos cometidos, ni como diplomático de carrera, ni como persona comprometida con las libertades y la democracia.

El 27 de marzo de 1974 es expulsado del Servicio Diplomático argentino por resolución del ministro Alberto J. Vignes y comienza su exilio en la República Federal de Alemania. Vignes, un claro representante del autoritarismo de derechas del peronismo, era miembro conspicuo de la logia masónica Propaganda 2 -P 2-, cuyas ramificaciones en Europa y en América Latina no podían ocultar su claro designio delictivo. Y cuando me refero a delictivo no lo digo solo respecto de actuaciones políticas vedadas por la ley, sino a comunes delitos económicos. Da la impresión de que su afición por el delito no comenzó por esa época, existían sospechas más que sobradas de que el Ministro Vignes había vendido documentos de identidad argentinos a jerarcas nazis para que viajaran al Cono Sur. Su afán por expulsar a quienes no participaban de sus pintorescos y siempre muy peligrosos sesgos ideológicos no tenía límite. Bastaba su acusación de "tercermundista", "izquierdista", "extremista". Ernesto Garzón Valdés fue una víctima entre tantos perseguidos con irracional saña (58).

Vignes compartía su ideología y la pertenencia a P 2, entre otros, con José López Rega (alias: El Brujo), a la sazón ministro de Bienestar Social del gobierno de la ex presidente María Estela Martínez de Perón –Isabelita–. Este último había creado y dirigido la Triple A, Alianza Anticomunista Argentina, iniciadora de una política de terrorismo de Estado, que fue descrita y denunciada por Ernesto Garzón Valdés en trabajos ya mencionados, y que alcanzó su máximo paroxismo con el golpe militar de marzo de 1976. La Triple A causó alrededor de 700 víctimas entre desaparecidos y asesinados.

Días después de su expulsión, buena parte de la intelectualidad argentina protestó vivamente y frmó un manifesto publicado en el diario La Nación titulado Prescindir de los mejores. Entre sus frmantes figuraban Jorge Luis Borges, Ernesto Sábato, Victoria Ocampo, Genaro Carrió, Eugenio Bulygin, Carlos Nino, entre otros. El exilio explica buena parte de su vida y también de su obra.

En 1985, Ernesto Garzón Valdés es reintegrado al Servicio Exterior argentino, por el gobierno democrático, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario. Y en 1987 pide el retiro del Servicio Diplomático Argentino por disconformidad con la política de derechos humanos del presidente Raúl Alfonsín. Pensaba –piensa– que la política implementada por Alfonsín respecto de los responsables de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura militar carecía de la contundencia necesaria, tanto desde el punto de vista político como moral. Su tarea en defensa de los derechos humanos no solo queda refejada en estas acciones y en sus trabajos teóricos. En 1994, por ejemplo, es designado Miembro del Tribunal Permanente de los Pueblos de la Fundación Internacional Lelio Basso en Roma.

Puede advertirse que la obra de Ernesto Garzón Valdés es amplia, diversificada y siempre profunda. Ha preferido escribir artículos a libros porque una vez desenmarañadas las cuestiones conceptuales y justificativas, poca importancia adquieren para él los aluviones de datos con que algunos autores pretender ilustrar sus trabajos. Cree más en la constancia que en la imaginación, más en el trabajo de las hormigas que en la grandilocuencia del trabajo de los elefantes. Sin embargo, a pesar de esta amplitud y diversidad, se puede rastrear un sutil hilo conductor en sus escritos. Que el exilio le haya obligado a cambiar, aunque solo sea en parte, sus objetivos académicos al pasar de las facultades de derecho a un instituto de ciencias políticas, no significó el abandono de sus perspectivas intelectuales. Como prueba basta mencionar que utilizó la regla de reconocimiento hartiana como núcleo para la explicación de un concepto básico en la ciencia política como es el de estabilidad de los sistemas políticos.

Sus análisis teóricos muestran también su ideología liberal, en el sentido primigenio de la palabra, como corriente que defende los derechos individuales de las personas, nunca como neoconservadurismo partidario del libre mercado. Lo era ya cuando fundara, tal como fue mencionado, la colección de Estudios Alemanes. En sus propias palabras: "Por lo que respecta a la vocación política de la colección, pienso que lo correcto es afrmar, por lo pronto, el rechazo de toda orientación radical de derecha o de izquierda. Éramos liberales de centro-izquierda, muy lejos de todo populismo y de esa violenta mezcla de peronismo e izquierdismo como así también, desde luego, del terrorismo encaramado en las instituciones del Estado que provocaran las tragedias de los años 70…" (59). No extraña que propugne la democracia dentro de un Estado social de derecho.

La fuerza de su pensamiento y su infuencia personal ha ido en aumento. Ya se han hecho tesis doctorales sobre su obra en España y en México. Y no son pocos los trabajos de otros autores también prestigiosos donde se le suele utilizar como guía para el análisis o para comentar o criticar sus argumentos. Es en ese sentido, un punto de referencia, y no únicamente para el mundo latino, aunque sobre todo para ese ámbito, de la Reflexión sobre flosofía del derecho, moral y política. Ya es uno de "nuestros clásicos".

(1) Para una autobiografía, junto a un análisis político de Argentina, véase, Ernesto GARZÓN VALDÉS. El velo de la ilusión. Apuntes sobre una vida argentina y su realidad política. Buenos Aires: Editorial Sudamericana, 2000. También puede consultarse, Jorge F. Malem Seña, "Ernesto Garzón Valdés. Apuntes biográficos y reseña bibliográfica", DOXA, nº 4, 1987.

(2) Véase, STEGER, H. A. (comp.). Grundzüge des lateinamerikanischen Hochschulwesens, Nomos, Baden-Baden, 1965.

(3) Neuwied, 1965.

(4) Alfa, Barcelona, 1985; Fontamara, México, 1989.

(5)  Duncker & Humblot, Berlín, 1987.

(6)  Duncker & Humblot, Berlín, 1990.

(7) Duncker & Humblot, Berlín, 1997.

(8) Volumen de la Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía, Trotta, Madrid, 1996.

(9) Gedisa, Barcelona, 1997.

(10) Beiheft 13, 2001.

(11) El derecho y "la naturaleza de las cosas". Análisis de una nueva versión del Derecho Natural en el pensamiento jurídico alemán contemporáneo, Universidad Nacional de Córdoba - Argentina, 1971.

(12) Notas de Filosofía del Derecho, Buenos Aires, núm. 4, 1967.

(13) Revista de Derecho Penal y Criminología, Buenos Aires, mayo 1968.

(14) Revista Latinoamericana de Filosofía III, marzo 1977.

(15) Rechtstheorie, núm. 8, 1977.

(16) Sistema, núm. 57, septiembre 1983.

(17) "Las limitaciones jurídicas al soberano", en su obra Derecho, ética y política, CEC, Madrid, 1993. Los trabajos anteriormente mencionados también en esta compilación.

(18) Véase, por ejemplo, "Some Remarks on Bulygin’s Cognition and Interpretation of Law", en GIAN-FORMAGGIO, Letizia y PAULSON, Stanley I. (eds.). Cognition and Interpretation of Law, G. Giappichelli, Turín, 1995. Sus preocupaciones por la teoría del lenguaje y de la acción también pueden consultarse en Lenguaje y acción humana (con Norberto Spolansky, Carlos S. Nino y María E. Urquijo), Ad-Hoc, Buenos Aires, 2007.

(19) Derecho, ética y política, ob. cit.

(20)  El propio Ernesto Garzón Valdés es consciente de la dificultad de definir la flosofía analítica, corriente a la que sin duda pertenece. En sus palabras: "Sé muy bien que no es fácil definir con precisión qué ha de entenderse por ‘flosofía analítica’". Georg Henrik von Wright hablaba ya a comienzos de la década de los noventa del siglo pasado de una "confusa heterogeneidad" y Richard Rorty había afrmado diez años antes: "No creo que exista ya algo identificable como ‘flosofía analítica’", en "30 minutos de flosofía del derecho. Viejos y nuevos problemas", DOXA, núm. 30, 2007, p. 230.

(21) GARZÓN VALDÉS, Ernesto. Moraleja de una vida intelectual, NEXOS, septiembre 2008.

(22) Una advertencia benévola acerca de cinco trampas tendidas por malvados relativistas y que hay que evitar si se quiere justificar la validez universal de los derechos humanos. Una modesta propuesta de su fundamentación. Facultad de Derecho. Universidad de Chile, 2005.

(23)  GARZÓN VALDÉS, Ernesto. "Moralejas de una vida intelectual", ob. cit.

(24) Véase, "¿Cuál es la relevancia moral del principio de la dignidad humana?", en COPPOLA, Patricia. Derechos fundamentales y derecho penal, Advocatus, Córdoba, 2006; o del autor: Tolerancia, dignidad y democracia, Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Lima, 2006.

(25) "¿Cuentan los números en las decisiones morales?", Claves de Razón Práctica, núm. 192, mayo 2009.

(26) Para estas cuestiones puede consultarse, GARZÓN VALDÉS, Ernesto. "Consenso, racionalidad y legitimidad", "El concepto de legitimidad en Niklas Luhmann", "Ética, economía y criterios de legitimidad", todos ellos en su obra ya citada: Derecho, ética y política.

(27) Véase su libro, El concepto de estabilidad de los sistemas políticos, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1987. Reeditado en México: Fontamara 1992. Existe versión alemana: Die Stabilität politischer Systeme. Analyse des Begrifs mit Fallbeispielen aus Lateinamerika, Alber, Munich/ Friburgo, 1988.

(28) "La alternativa del disenso. La propuesta de Javier Muguerza", en Derecho, ética y política, ob. cit.

(29) Véase, por ejemplo, "Representación y democracia" y "Algo más acerca del ‘coto vedado’", DOXA, número 6, 1989; "Algunas consideraciones sobre la posibilidad de asegurar la vigencia del ‘coto vedado’ a nivel internacional", en Fernando Serrano Migallón y Rodolfo Vázquez (coordinadores), Ciencia jurídica y Constitución. Ensayos en homenaje a Rolando Tamayo y Salmorán, Porrúa, México, 2008.

(30) "Los deberes positivos generales y su fundamentación", en Derecho, ética y política, ob. cit.

(31) Estas cuestiones pueden consultarse en algunos de los siguientes trabajos –mención no exhaustiva–: "Algunas confusiones acerca de los problemas morales de la diversidad cultural", en León Olivé/Luis Villoro (eds.), Filosofía moral, educación e historia. Homenaje a Fernando Salmerón, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1996; "Cinco confusiones acerca de la relevancia moral de la diversidad cultural", Claves de razón práctica, núm. 74, julio/agosto 1997; "A propósito del multiculturalismo", Cuadernos Americanos, núm. 73, 1999; "Derechos humanos y diversidad cultural", en Forum Deusto (ed.). Los derechos Humanos en un mundo dividido, Universidad de Deusto, Bilbao, 1999.

(32) Véase, por ejemplo, "Acerca de la legitimidad democrática y el papel de las minorías", en Julio Labastida Martín del Campo y Antonio Camou (eds.). Globalización, identidad y democracia. México y América Latina, Siglo XXI, México, 2001; "Pluralismo, diferencia y desigualdad", Estudios de Filosofía. III Congreso Iberoamericano de Filosofía. Memorias. Universidad de Antioquia, Medellín, 2008; "El problema ético de las minorías étnicas", en León Olivé (comp.). Ética y diversidad cultural, UNAM/ Fondo de Cultura Económica, México, 1993. Publicado también en Miguel CARBONELL, Juan A. Cruz PARCERO y Rodolfo VÁZQUEZ. Derechos sociales y derechos de las minorías, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2000.

(33) "¿Es éticamente justificable el paternalismo jurídico?", Derecho, ética y política, ob. cit.; "Sigamos discutiendo sobre el paternalismo", DOXA, núm. 5, 1988; "Intervencionismo y paternalismo", Revista Latinoamericana de Filosofía, vol. XVI, marzo 1990.

(34) "No pongas tus sucias manos sobre Mozart. Algunas consideraciones sobre el concepto de tolerancia", Derecho, ética y política, ob. cit. Nuevamente aquí Ernesto Garzón Valdés hace referencia a la literatura para ilustrar su trabajo. Esta vez menciona el título del excelente cuento de Manuel Vicent, No pongas tus sucias manos sobre Mozart. También puede consultarse "El sentido actual de la tolerancia", en su Tolerancia, dignidad y democracia, ob. cit.

(35) "Privacidad y publicidad", Revista Jurídica de la Universidad de Palermo, Buenos Aires, 1999; "Lo íntimo, lo privado y lo público", Claves de razón práctica, núm. 137, noviembre de 2003. Reimpresión en: Miguel CARBONELL (comp.). Problemas contemporáneos de la libertad de expresión, Porrúa/ Comisión Nacional de Derechos Humanos México, 2004; y en GARZÓN VALDÉS, Ernesto. Tolerancia, dignidad y democracia, Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Lima, 2006. Reimpreso como Lo íntimo, lo privado y lo público, Cuadernos de Transparencia, Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, núm. 6, México, 2005.

(36) "¡Todavía aquí! Al llegar a los 80", NEXOS, agosto 2007.

(37) Véase, por ejemplo, "¿Qué puede ofrecer la ética a la medicina?", en Rodolfo VÁZQUEZ (ed.). Bioética y derecho. Fundamentos y problemas actuales, ITAM/ Fondo de Cultura Económica, México, 1999; "Algunas consideraciones éticas sobre el trasplante de órganos", Isonomía, núm. 1, octubre 1994.

(38) "Desde la ‘Modesta propuesta’ de J. Swift hasta las ‘Casas de engorde’. Algunas consideraciones acerca de los derechos de los niños", DOXA, núm. 15-16, 1994.

(39) "La paz republicana", Derecho, ética y política, ob. cit.; "Guerra y derechos humanos", Revista Mexicana de Derecho Público, núm. 3, abril 2002.

(40) "El enunciado de responsabilidad", DOXA, núm. 19, 1996.

(41) Para las relaciones entre moral y política puede consultarse: "Moral y política"; "Acerca de la tesis de la separación entre moral y política", ambos trabajos en Derecho, ética y política, ob. cit.

(42) Puede consultarse: "Representación y democracia", ob. cit.; Consenso, legitimidad y democracia, Fontamara, México, 2013.

(43) Instituciones suicidas. Estudios de ética y política, Paidós, México, 2000; "Mercado y justicia", Isonomía, núm. 2, 1995.

(44) "El problema de la desobediencia civil", Derecho, ética y política, ob. cit.

(45) Véase, Calamidades, Gedisa, Barcelona, 2004.

(46) "El terrorismo de Estado", Calamidades, ob. cit.

(47) "El terrorismo no institucional", Calamidades, ob. cit.

(48) "Respuesta a la violencia extraordinaria", en GARZÓN VALDÉS, Ernesto. Propuestas, Editorial Trotta, Madrid, 2011; "La calamidad moral del Holocausto", Nexos (México D. F.), marzo 2008. Reimpreso en Estudios en homenaje al profesor Gregorio Peces-Barba, Dykinson, Madrid, 2008, vol. I V.

(49) "Dictadura y castigo: una réplica a Scanlon y Teitel", en Harold Hongju Koh y Ronald C. Slye (eds.). Democracia deliberativa y Derechos humanos, Gedisa, Barcelona, 2004; "Algunos comentarios al ensayo de Jaime Malamud ‘Los dilemas morales de juzgar a Pinochet en España’", en Jaime MALAMUD GOTI. Los dilemas morales de la Justicia Internacional. El caso Pinochet, Miño y Dávila, Madrid/Buenos Aires, 2003.

(50) "Pluralidad étnica y unidad nacional: Consideraciones ético-políticas sobre el caso de México", Derecho, ética y política, ob. cit.

(51)  "La polémica sobre la justificación ética de la conquista", Derecho, ética y política, ob. cit.

(52) "Las élites latinoamericanas. Su papel en la gestación y afanzamiento de una peculiar cultura política", en Ernesto GARZÓN VALDÉS, Javier MUGUERZA y Tony R. MURPHY (comps.). Democracia y cultura política, Fundación Mapfre Guanarteme, Las Palmas de Gran Canaria, 2009; "Derecho y democracia en América Latina", Isonomía, núm. 14, abril 2001.

(53) "Las funciones del derecho en América Latina", Derecho, ética y política, ob. cit.

(54) "La crisis argentina", Iberoamericana II, núm. 6, 2002. También puede consultarse: "La democracia argentina actual: problemas ético-políticos de la transición"; "La democracia argentina actual"; "El Estado argentino actual", todos ellos en Derecho, ética y política. Asimismo, puede verse: "Cinco tesis sobre la situación argentina", Claves de razón práctica, núm. 122, mayo de 2002; "Memoria de la represión en Argentina", Tribuna americana, Madrid, núm. 6, 2006. Reimpreso en Peter BIERLE, Detlef NOLTE, Harmut SANGMEISTER (eds.). Demokratie und Entwicklung in Lateinamerika, Für Klaus Bodemer zum 65. Geburtstag, Vervuert Verlag, Fráncfort del Meno, 2006; (con Manfred Mols y Arnold Spitta): La democracia argentina actual, Sudamericana, Buenos Aires, 1988; (con Peter Waldmann): El poder militar en la Argentina (1976-1981), Vervuert Verlag, Francfort del Meno, 1982, Galerna, Buenos Aires, 1983.

(55) GARZÓN VALDÉS, Ernesto. Por qué estoy aquí. Tres justificaciones y una excusa, Universidad Nacional de La Rioja, La Rioja - Argentina, 2005; "Diez mandamientos para la vida universitaria", Isonomía, núm. 9, octubre 1998.

(56) "Algunas tesis acerca de la relación entre ciencia moderna y ética", en UNESCO (ed.), Enseñanza del derecho internacional, Buenos Aires, 1972.

(57) Año 1992, Dr. honoris causa de la Universidad Nacional de Córdoba; año 1997, Dr. honoris causa de la Universidad de Valencia (España); año 2000, Dr. honoris causa de la Universidad de Helsinki; año 2001, Dr. honoris causa de la Universidad Nacional del Litoral (Santa Fe, Argentina); año 2006, Dr. honoris

(58) El velo de la ilusión, ob. cit., p. 129 y ss.

(59) GARCÍA GARCÍA, Luis Ignacio. "La Escuela de Frankfurt en Sur. Condiciones y derivaciones de un incidente editorial", en Modernidad, cultura y crítica. La Escuela de Frankfurt en Argentina (1936-1983), Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba, 2014.

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