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Estudios de historia de España

versión On-line ISSN 2469-0961

Estud. hist. Esp. vol.20 no.1 CABA jul. 2018

 

ARTÍCULOS

Las doncellas de dote matrimoniales por lazos familiares y afectivos en tres hospitales sevillanos en el Antiguo Régimen.*

 

The matrimonial maidens of downry for familiar and affective bows in three sevillian hospitals in the Old Regime.

As moças de dote matrimonial por laços familiares e afetivas em três hospitais de sevilha no Velho Regime

 

Paula Ermila Rivasplata Varillas**
Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Lima-Perú

*Fecha de recepción: 17/07/2017. Fecha de aceptación: 13/06/2018
** Miembro del Comité Científico de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Profesora universitaria. Dirección postal: Calle Bilbao 119, Urbanización San Bernardo, Pueblo Libre, Lima, Perú, e-mail: rivasplatavarillas@gmail.com

                                                                        


Resumen
Las familias hidalgas protegieron al excedente femenino de sus linajes, destinando a ese fin voluntades testamentarias, algunas de las cuales se mantuvieron por siglos. Sin embargo, también acogieron a otras hidalgas en condición de desamparo cuyas familias había caído en desgracia y a otras personas cercanas a ellos, me refiero a sus criadas y esclavas.  En la capital hispalense, los hospitales de la Misericordia, de las Cinco Llagas y de San Hermenegildo fueron gestoras de estas voluntades y en este artículo se descubrirá cómo administraban estas dotes afectivas y consanguíneas.

Palabras claves: Hospitales; Dote; Matrimonio; Hidalgas; Sevilla; Antiguo Régimen

Summary
The noble families protected the female surplus from their lineages, destining to this end testamentary wills, some of which were kept per centuries. Nevertheless not only they tried to protect to their own lineage, but to elite women which families had fallen down in misfortune. They tried to protect the lineage of the people they loved as maids and slaves.  In the Sevillian capital, the hospitals of the Mercy, of Five Sores and of San Hermenegildo were managers of these wills and in this article discover how administrated those effective and consanguineous dowries.

Key words: Hospitals; Dowry; Marriage; Hidalgas; Sevilla; Old Regime

Resumo
As famílias nobres protegem o excedente feminino de suas linhagens, atribuindo para esse fim as vontades, algumas das quais mantidas por séculos. No entanto, eles também receberam outras hidalgas em perigo cujas famílias caíram em desgraça e outras pessoas próximas a elas, quero dizer, criadas e escravas. Na capital de Sevilha, os hospitais de Mercy, Five Wounds e San Hermenegildo eram gerentes dessas vontades e este artigo descobriria como eles administraram esses presentes afetivos e consangüíneos.

Palavras-chave: Hospitais; Dote; Casamento; Hidalgas; Sevilha; Antigo regime


                                                                                                                        

En el Antiguo Régimen se entregaron dotes pías por lazos familiares para mantener el anquilosamiento o perpetuidad estamental, pero también dotes por motivos afectivos, destinadas a criadas y esclavas.  En el caso de este artículo, los donantes trataron de ayudar a estas mujeres con dotes simbólicas para casarse, administrados por los hospitales.1 En este contexto se tratara de estudiar cómo los hospitales administraron estas voluntades testamentarias, así como los problemas y dudas a las que se enfrentaron y superaron con relativo éxito, al durar los patronatos creados varios siglos a pesar de los vaivenes económicos, sociales y culturales.  Esta investigación fue realizada consultando los fondos de los hospitales de la Misericordia, de las Cinco Llagas y del Hermenegildo de la ciudad de Sevilla, depositados el primero de los cuales en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla (AHPS) y los dos últimos en el Archivo de la Diputación Provincial de Sevilla (ADPS). También se consultó el Fondo Antiguo de la Universidad de Sevilla.

La Casa Pía de Misericordia de Sevilla, conocido popularmente como "hospital" de la Misericordia recibía donaciones testamentarias, destinadas a dotar a jóvenes pobres para matrimonio.2 Muchas de esas dotaciones estaban reservadas a mujeres del linaje de los donadores y la casa pía se encargaba de administrar estos bienes legados. Asimismo, en los hospitales de las Cinco Llagas y de San Hermenegildo, además de dotar a mujeres que trabajaban en sus dependencias como lavanderas, cocineras, enfermeras, panaderas…3 también entregaban dotes a linajes determinados, según voluntad testamentaria. Así, en el hospital de las Cinco Llagas de Sevilla, las hidalgas Juana y Ana Núñez Pérez ampararon a sus criadas de confianza y sus descendencias, otorgándoles dotes para matrimonio durante más de dos siglos. Igualmente, el hospital de San Hermenegildo sirvió de medio para que  uno de sus administradores,  don Gonzalo Millán, instituyera un patronato para dotar a su descendencia femenina familiar  para tomar estado de religiosa o matrimonio. En caso que  sus parientes no se presentaran, el legado podría utilizarse para dotar a doncellas pobres que trabajaban en el hospital, lo que muy pocas veces sucedió en el trascurso de tres siglos, porque siempre se presentaron descendientes del mencionado administrador. También creó dotes de prebendas de estudios para descendientes varones de su familia.4

De esta manera se observa como a través de las voluntades testamentarias, se podía superar rígidas convenciones sociales, como entregar dotes a criadas e incluso a esclavas, asegurando un futuro a la línea femenina de sus seres queridos consanguíneos o afectivos, convirtiéndose el objetivo de estas dotes en una necesidad urgente de "redimirlas" o asegurarles un futuro un poco más diáfano.5

El matrimonio, dote y honor en el Antiguo Régimen

El tipo de organización familiar predominante en Occidente en el Antiguo Régimen fue la familia patriarcal, que afianzó la subordinación de los hijos y la mujer al cabeza de familia6 , como respuesta al clima religioso de convulsiones y reacciones religiosas de la época. Si bien, la familia nuclear dominaba ya desde la Edad Media en una gran parte de Europa (noroeste de Europa), estaba menos extendida en Europa meridional, donde existían diferentes formas de organización y de distribución de la autoridad, a través de la familia troncal, nuclear, extensa y múltiple. Por ejemplo, durante la transición del medioevo a la modernidad, en España se estaba diluyendo la familia extensa, tan propia de la Alta Edad Media, para dar paso al agnatismo o linaje que otorgaba derechos de herencia significativos a los parientes masculinos por línea paterna, pero, además, existía una variedad que daba cabida al parentesco cognaticia o natural, constituido por vínculos de sangre, en un contexto socioeconómico que favorecía a la familia conyugal o nuclear.7

En cuanto al matrimonio, la religión se implicó en el tema de la unión de las parejas, ya que se había convertido en un objetivo de las altas esferas eclesiásticas acabar con las tradiciones que consideraban provenientes de los bárbaros, como el concubinato, el adulterio, el incesto y la poligamia. La respuesta a este desgobierno y descontrol por parte de la Iglesia fue el matrimonio como institución que contribuiría a imponer el orden social esperado.8

En el Antiguo Régimen, era común que los matrimonios se realizaran entre iguales socialmente para poder transmitir íntegros los patrimonios.9 En las familias hidalgas o infanzonas generalmente sólo la heredera se casaba y las demás hijas se quedaban solteras o entraban en convento para evitar las dotes elevadas si se casaban, que podrían empobrecer la casa principal y provocar la división del patrimonio familiar. Los padres pactaban matrimonios endogámicos, teniendo que pagar costosas dispensas papales con el fin de asegurar y mantener indiviso el patrimonio familiar.10 El matrimonio representaba la posibilidad de ventilar una serie de intereses familiares y realizar alianzas que pudieran favorecer mutuamente a los grupos de parentesco implicados en la unión; mientras más intereses se encontraran en juego, más importante resultaba la elección del cónyuge y por lo tanto se ejercía más control por parte de los padres.

El matrimonio, rito eclesiástico, era considerado un acto público que requería de testigos. La calidad sacramental del matrimonio se le confirió en 1438, en el Concilio de Florencia, pasando a formar parte de la doctrina oficial de la Iglesia.  Sin embargo, en los siglos anteriores, los padres y teólogos de la Iglesia de la antigüedad y el medievo ya lo consideraban sacramental, mientras otros pusieron en entredicho aquella naturaleza, como Erasmo de Rotterdam, quien indicaba que se debería replantear esta idea en la Iglesia Católica. La firme convicción de que el matrimonio tenía rango sacramental hizo que la Iglesia se inmiscuyera en disputas de contratos, anulaciones y separaciones.

El matrimonio había sido practicado en familia en una ceremonia íntima, pero con el Concilio de Trento (1545-1563), se obligó a hacerse público y notorio (obligación de las publicaciones) y que se celebraran en la iglesia parroquial y ante autoridad eclesiástica, estableciéndose los impedimentos para contraer matrimonio la consanguinidad hasta el cuarto grado y el parentesco espiritual en primer grado (padrinos y bautizados). Cada obispo veló cuidadosamente su exacto cumplimiento donde se reafirmó que el fin del matrimonio era el nacimiento de los hijos.11 Este sacramento tridentino tuvo sobre la sociedad católica efectos profundos, sociales y culturales, sobre todo en la barraganía, sexualidad prematrimonial y extramatrimonial, tan difundidas entre los estratos más pobres. En esto jugaron un papel importantísimo las instituciones católicas que fomentaron el matrimonio a través de la dotación de doncellas, exigiendo el casamiento y velación para la entrega de dotes. La sociedad laica, sobre todo, la elite participó activamente otorgando dotes a mujeres empobrecidas que administraban diversas instituciones eclesiásticas.

Las reformas de Trento influyeron en la sociedad castellana del siglo XVI hasta fines del XVIII. Periodo en el cual apareció un tipo de literatura de apoyo a la difusión de las ideas tridentinas, orientada a la mujer casada y sobre todo dirigida a la madre, para educar a sus hijos hacia el matrimonio y la maternidad. Un libro que sin duda influyó al menos en los hidalgos, que fue reflejo y guía fue "La Perfecta casada" de fray Luis de León12 . En este libro se exigía la subordinación a la esposa y la conservación de la castidad y la virtud que eran los elementos determinantes del modelo de mujer que se proponía, un modelo que tenía como referencia a María. En los estratos más bajos era casi exclusivamente la única opción, pues no se tomaba en cuenta el que tomase estado de monja, salvo contadísimas ocasiones, que se podrían considerar rarezas dentro de la generalidad.

Si bien el matrimonio tenía un carácter eminentemente religioso, era también una institución pública que sustentaba la estabilidad del orden social.13 Se requería del escribano público para certificar el hecho, para realizar trámites como otorgamiento de dotes.

Las mujeres pobres al casarse lo hacían según tradición, con dotes y ajuar, pues eran formas de demostrar públicamente el lugar que cada uno ocupaba en la sociedad y otorgaba honor a la mujer.14 La dote en dinero permitía instituir y recuperar honores perdidos o nunca habidos y tener otra oportunidad para construirse un futuro. Las mujeres buscaban honra y un proyecto de vida en matrimonio. Es sabido como la ley instaba a los que no respetaban el acuerdo nupcial o a los violadores  con penas de entrega de dotes a sus víctimas. De ahí que donadores legaran testamentariamente dotes a sus criadas, hijas naturales, esclavas para aligerar la visión que tuviesen de ellas la sociedad que las cobijaba.15   En este marco se encuadra el presente artículo que trata de dotes otorgadas por lazos familiares y afectivos a hidalgas empobrecidas o no y a criadas y esclavas como ayuda para contraer matrimonio al considerarse la institución ideal para proporcionar socorro y apoyo al hombre como a la mujer y a los hijos por venir.16 En este contexto, este trabajo trata sobre todo la manera como tres hospitales sevillanos en el Antiguo Régimen Español administraron los legados testamentarios para la obra pía de dotación de doncellas por lazos familiares y afectivos.

Las dotes por vínculos familiares y afectivos del "hospital" o Casa Pía de la Misericordia de Sevilla

La cofradía para casar doncellas pobres y huérfanas la fundó Antón Ruiz junto a otros cofrades en la capital hispalense en 1476. Su objetivo primordial fue dotar para casamiento a doncellas pobres y/o huérfanas desamparadas de todo tipo de estamento, incluidas las hidalgas empobrecidas. Algunas de estas dotes provenían de voluntades testamentarias destinadas a parientes fundamentalmente para tomar estado de casada. La idea era que el dinero facilitara conseguir un marido. Los miembros de esta cofradía se llamaban a sí mismos "hermanos", los que cumplían diferentes funciones, como elegir a las dotadas si eran varias, realizar las visitas de corroboración, asistir al acto matrimonial, entregar documentos al secretario y contador del hospital e informar a las dotadas de sus deberes y obligaciones.

La casa hospital de la Misericordia entregaba ajuar y/o dotes de 50 ducados que dejaron algunos de sus fundadores a doncellas huérfanas naturales de la ciudad de Sevilla sin señalamiento de parroquias y otros que determinadamente las indicaron. El estilo y costumbre que había tenido la casa de la Misericordia para nombrar las referidas dotes era que la contaduría informara el caudal que tenían las dotaciones para ello, las dotes que cabían y las características de cada una. Una vez tenida la relación de dotaciones disponibles, era repartida entre los hermanos o cofrades, los que hacían los nombramientos. Sin embargo, esta casa, también, entregaba dotes que los fundadores dejaron para dotar a sus parientas: unos determinando hasta el cuarto grado, y otros sin determinarlo, sino convocando libremente a sus parientas; y otros dejando su dotación para cualquier joven, que la documentación conocía como "extrañas", con la salvedad de que si hubiera parientas suyas fuesen preferidas a las anteriores. El número de dotes de parientes que era entregado, dependía del caudal existente en las rentas de los patronatos fundados para tal fin, a través de las voluntades testamentarias. Estas son las dotes que nos ocuparemos en este artículo

La Casa de Misericordia de Sevilla recibía testamentos de personas que dejaban dinero a mujeres de su linaje y tenía una larga lista de personas que habían donado rentas vitalicias para este fin.17 Se trataba de una obra social conocida por la sociedad hispalense por lo que las mismas jóvenes, sobre todo, si eran huérfanas pedían el dinero legado como dote.18 Muchos miembros de esta hermandad legaban dinero para dotar a casamiento a miembros femeninos de su linaje. Por ejemplo, Inés de Morales parienta de la esposa del hermano de la Misericordia Juan de Server pidió una dote de la renta que había dejado el mencionado para que anualmente fuesen entregados 12.000 maravedíes a cualquier doncella de su linaje y de su mujer Inés Gómez de Cervantes en 1566.19 Asimismo, otros hermanos de la Misericordia dejaron limosnas para casar doncellas de su linaje o de su mujer y si no hubiese, entonces se prefiriese a otras personas.20 No solo hermanos de la hermandad de la Misericordia dotaban a su linaje sino también mercaderes, artesanos, como fueron el caso del curtidor Miguel Martin que había dejado dotes de parentesco.21

El proceso para conseguir una dote de parentesco empezaba con la petición que era una solicitud de ser considerada como una "hija de dote" del hospital.

"Petición de Elvira Sánchez. En este cabildo se leyó una petición de Elvira Sánchez doncella hija de Juan Sánchez y de Isabel de Espinosa, difuntos, en que dice es parienta y descendiente del linaje de Jerónimo de Monegro, difunto, bienhechor de esta casa y una información hecha ante la justicia de esta ciudad y se acordó que la dicha petición e información se remita al sr. Licenciado Gonzalo Montiel Maldonado, hermano y letrado de los negocios del cabildo de esta casa, para que de su parecer y vuelva a la comisión de hacienda con el testamento del dicho Jerónimo de Monegro y el estado de la dicha dotación". 22

También la solicitud podía ser realizada por el marido de la dotada:

"Petición de Francisco Machado. En este cabildo se vio una petición de Francisco Machado como marido y conjunta persona de doña Ana Carbajal Condilejo en que pide se le dé la renta que González Candilejo difunto bienhechor de esta casa dejó a parienta de su linaje y una información que presenta sobre ello y acordaron que la dicha petición y recaudos se lleven al sr. licenciado Gonzalo Montiel Maldonado secretario y letrado de los negocios del cabildo de esta casa para que los  vea y de su parecer y con él y el testamento del dicho Ruiz González Candilejo y el estado de la cuenta de la dotación se lleve a la comisión". 23

Los abogados de la Misericordia tenían que informase si tales dotaciones existían, si tenía liquidez. Las descendientes de fundadores de patronazgos y pretendientes a las dotes tenían que sacar información de la justicia de la ciudad para comprobar su filiación.

"Petición de Juana Bautista llévesele al sr. licenciado Montiel Maldonado. En este cabildo se leyó una petición de Juana Bautista doncella vecina de esta ciudad en que pretende ser llamada al patronazgo que en esta casa dejó don Pedro Pérez de Guzmán, difunto, bienhechor de ella por llamar en su testamento expresado que se casasen las doncellas descendientes de Sebastián de la Torre, abuelo de la dicha Juana bautista, y presentó una información ante la justicia de esta dicha ciudad. Y se acordó que el Sr. Licenciado Gonzalo Montiel Maldonado secretario y letrado de los negocios del cabildo de esta casa vea la dicha petición y lo que por ella pide la susodicha y la información que presentó y con su parecer y el testamento del dicho don Pedro Pérez de Guzmán se vuelva a la comisión de hacienda".24

El abogado de la Misericordia verificaba la validez de los documentos entregados por las aspirantes a una de las dotes y hacía seguimiento para comprobar si era en verdad descendiente y finalmente si la tal doncella era honesta, de buena vida y fama.25 Es decir,  el letrado comprobaba si la información y la documentación entregadas fuesen verídicas para que ingresara a la comisión de hacienda de la institución. El letrado del hospital examinaba cada solicitud y era dotada la pariente más cercana, como el que legara Luís Ruiz Corredor para las parientes de sus dos esposas que resultó en este caso ser, en 1636, Isabel García, hija de Alonso de Escobar y Ana de Vergara, vecina de Sanlúcar, a la cual se mandó visitar y asentar  en los libros de esta dotación.26

Una vez corroborada la información proporcionada al letrado, entonces, la joven era asentaba en los libros de la casa. Hay que tener presente que no todas las dotaciones eran sustentables en el tiempo y algunas ya no podían cumplir las voluntades de dotar doncellas. El hospital podía asumir la responsabilidad por un tiempo, pero terminaban por desaparecer.27

La Misericordia no sólo recibía dotaciones grandes sino pequeñas destinadas a determinadas personas y seguían el mismo procedimiento que las doncellas anónimas28 . Las doncellas parientas recibían muchas de ellas 50 ducados como cualquier limosna entregada por el hospital a las  jóvenes pobres.29 Esa cantidad se mantuvo por siglos.

"Petición de Isabel Ruiz doncella pariente de Julián Lozano. Recibida en dote de 50 ducados. En esta comisión se vido y leyó una petición de Beatriz Muñoz y como tía que dijo ser de Isabel Ruíz doncella hija de Marcos Lozano y Ana de Cieza parienta que dice ser de Juan Lorenzo de Cueva bienhechor de esta casa en que pide la reciban en uno de las dotes que dejó el dicho Juan Lorenzo para casar sus parientes y presentó probanza del dicho parentesco la cual  petición  vino remitida del cabildo de catorce de junio de 1619 y se vido una certificación de la contaduría de esta casa del estado de la dicha dotación y con parecer del sr. dr. Urbano Pérez letrado del cabildo"30 .

Una doncella podía recibir dos dotes de diferentes testadores parientes. Como fue el caso de Leonisa Cantalapiedra que tenía parentesco con Fernán García Polaino y Melchor Morillo que fue examinado por el escribano y letrado del hospital y concluyó que le correspondían ambos ajuares. Por lo que se mandó visitarla, asentarla en el libro de doncellas y casándose conforme a regla le darían los ajuares.31

El hospital dotaba según las condiciones indicadas en los testamentos, incluso si iba contra lo estipulado por la institución, pues se seguía las exigencias del donador. Esas dotes serían las denominadas dotes afectivas, dirigidas muchas veces a esclavas e hijas naturales de los donadores. Por ejemplo, Catalina Riquelme mandó a través de su testamento, leído el 3 de noviembre de 1552, que a su esclava Lucrecia le diesen una dote de las tres que dejaba al hospital y que se la prefiriese a las demás que estuviesen nombradas. La esclava recibiría la dote después de casarse sin necesidad de que fuese visitada por representante alguno del hospital para investigar sobre su vida. El padre mayor y los diputados aceptaron esta voluntad. Otro caso ocurrió en 1561, cuando la esclava negra Marta Hernández que había sido del licenciado Juan Carillo quien en su testamento dejó libres a ella y a sus hijas y pidió les diesen carta de alhorría "por donde puedan hacer de sus personas lo que quisieren".32 El amo mandó al hospital el sustento de las ex esclavas, pero estas denunciaron que no les cumplían, por lo que el cabildo del hospital mandó a su contador que viese lo que se les debía para que les pagara el mayordomo y, también, les otorgase la escritura de libertad, insertada en la cláusula del testamento.33 Algunos amos dejaban pensión mensual a sus esclavas en sus testamentos, como el caso de la esclava negra Catalina perteneciente a Diego de Robleda. Estos casos eran la excepción a la regla, pues generalmente, las esclavas eran vendidas por voluntad testamentaria. Así, en 1597, el cabildo del hospital preparó los títulos para vender a una esclava negra.34   De esta manera, las condiciones de cada testador se debían respetar. En 1568, las jóvenes dotadas por manda testamentaria del burgalés Andrés Gutiérrez tenían que haber nacido en Sevilla, siendo un requisito presentar fe de bautismo. El letrado de la Misericordia era consultado ante cualquier duda.35

La Misericordia tenía que cumplir con las voluntades testamentarias si no podía incurrir en faltas y penas monetarias si era demandado por alguno de los beneficiarios. En la primera mitad del siglo XVI, una criada planteó pleito ante la justicia a la Misericordia como depositario del testamento y bienes de su amo Gerónimo de Medina Ferragud.  La casa fue condenada a pagarle 42 ducados. Se ordenó que don Lucas Pinelo los pagara, recibiendo carta de pago en el que incluyera el desistimiento de pleito.36

En 1634, la Misericordia reguló el procedimiento de entrega de dotes de parientes de la siguiente manera. A fin de cada año, se abría comisión para examinar todas las oposiciones a dotes de parientas, los testamentos y disposiciones de testadores. Después de cumplir con la voluntad de los testadores y si quedaba algún residuo se destinaba a repartirla entre los hermanos como se procedía con las dotaciones libres. Todas las peticiones se presentaban al secretario del cabildo de esta casa antes de hacerse la comisión general. El letrado del cabildo daba su parecer de los documentos presentados por las candidatas. El secretario las recogía y las guardaba en legajos con distinción de cada dotación para el día de la comisión general. El secretario mandaba colocar en lugares y partes convenientes de la ciudad edictos de llamamiento a jóvenes que correspondiesen a las dotaciones que aquel año tenían rentas para convertirlas en dotes y ajuares37 . Este procedimiento era anotado en el Libro de acuerdos de gobierno de la Misericordia.

En 1635, el oidor de la Real Audiencia de Sevilla Don Antonio Torres y Camargo, Dr. Urban Pérez de Vivero y el licenciado Don García de Sotomayor examinaron la forma que se había de realizar las oposiciones de doncellas dotadas como parientes. El dinero podía ser proveniente del principal del legado testamentario o del residuo de la misma.  El padre mayor y los hermanos de la casa de la Misericordia de Sevilla administraban diversos patronazgos de casamiento de doncellas. Entre ellos, unos dotadores dispusieron que de la renta de la hacienda que dejaron se dotara y casara una doncella parienta cada año, señalando la cantidad que se le había de dar y prefiriendo grado de consanguinidad. Otros dotadores dispusieron que del residuo de la renta de la hacienda que quedara en cada año se dotaran y casaran doncellas, prefiriendo a sus parientas. Los unos y otros dispusieron ya sea dinero derivado de la renta o residuo de ella, que no habiendo parientas a quienes dar las dotes, el padre mayor y hermanos nombrasen a las doncellas que les parecieren.

Muchas doncellas eran nombradas a dote, pero había pocas rentas para cumplir con las voluntades testamentarias. Surgieron dudas entre los hermanos de la Casa Pía de la Misericordia de cómo resolver diversos problemas que fueron surgiendo en el devenir del cumplimiento de las voluntades testamentarias. Estas dudas podían ser teóricas o prácticas en cuanto a las dotes, resolviéndose en el cabildo de la institución a través de debates y deliberaciones en el que cada hermano hacia uso de su voto. Por ejemplo, el padre mayor y los hermanos tuvieron dudas en cuanto a las dotadas por parientes que la regla, no absolvía.

Se preguntaban sobre lo siguiente:

1. Si los hermanos podían  nombrar a doncellas externas, denominadas "extrañas"  en la renta que hubiese en las dotaciones, en el caso que no se presentara parienta alguna, después de haber realizado el llamamiento por edictos.

2. Una vez admitida la parienta o parientas los hermanos dudaban si debían esperar que pasara un año completo para admitir a otras, o debían esperar que se presentaran cuantas quisieran y recién elegir a las afortunadas.

3. No sabían si las parientas que se casaban adquirían el derecho a la dote o sólo las que se habían presentado para ella y si se entregaría según orden de llegada.

Estas dudas fueron absueltas y los resultados fueron los siguientes: si la parienta doncella se presentaba ante el secretario del cabildo y habiendo probado su parentesco y si se quería casar lo podía hacer, previa licencia, y permiso de la Misericordia. Si se casaba sin licencia, a pesar de ser parienta, perdería el derecho de dote porque conforme a la fundación estaba destinada a doncellas y no a casadas.

Una vez absuelto todo tipo de dudas, a fin de cada año, se realizaba una lista en el que se establecía el orden en el que se debía pagar a las dotadas.  Una vez realizado esto si se presentaban otras opositoras no atentarían el orden de pago ya establecido, pues no sería admitida ninguna otra candidata aunque tuviese mayor derecho por su parentesco al testador, teniendo  que esperar una nueva convocatoria o llamamiento público. Asimismo, las que no entraron por falta de renta de la hacienda de tal dotación, cumpliendo con los requisititos impuestos, entrarían en la convocatoria del año siguiente y se les guardaría su derecho y si se quisieran casar lo podían hacer previa licencia.38

El número de dotes entregado en el siglo XVII se mantuvo,  pero disminuyó abruptamente desde 1695, tal como se puede apreciar en el gráfico 1 adjunto. Los  patronatos entregaban dotes anuales, si sus rentas lo permitían, según tabla 1.

Gráfico 1. Número de dotes en dinero a parientes de 1664 a 1706

Número de dotes en dinero

 

Tabla 1



La Misericordia estaba ubicada en 1646 en la colación de San Andrés de Sevilla, era administrada por 30 hermanos, gente principal, y estaba a su cargo el  cumplimiento de las obras pías que los testadores habían dejado a la Misericordia: capellanías, fiestas y misas perpetuas, redención de cautivos, ropa y limosna para los pobres, casamiento de doncellas huérfanas y otros. Muchas de las dotaciones de casamientos de doncellas huérfanas eran de parientas, conforme a la voluntad de los fundadores. Existía la denuncia de algunas mujeres que pretendían ser huérfanas y parientas para que se les diesen las mencionadas dotaciones, incluso se valían de los jueces y escribanos de la ciudad de Sevilla, de sus parientes y paniaguados para hacer sus informaciones. Las mencionadas fundaciones eran muy antiguas y algunas doncellas pobres gastaban "muchas cantidades de maravedíes" en realizar informaciones reales o falsas.39 Algunas recurrían a testigos supuestos, reclamando dotes que no les pertenecían, defraudando  a los que legítimamente les podía pertenecer.

Los hermanos de la Misericordia se dedicaban a la administración como al cumplimiento de las obras pías y se ocupaban también del buen gobierno y de su puntualidad, dando buen ejemplo para que otras personas imitasen a los fundadores y dejaran sus haciendas para convertirlos en limosnas.40  En Sevilla, la Misericordia y sus hermanos habían ganado crédito y fama en su buen manejo, sin embargo últimamente  había  recelado y no sin fundamento que para adquirir las dotes que estaban señalados para casamientos de doncellas, muchas se hacían huérfanas y parientas de los fundadores sin que lo fuesen, valiéndose de informaciones  que hacían ante la justicia ordinaria con testigos que justificaban a su modo.

La solución estaba en la concesión de la jurisdicción a la Misericordia para que por medio de sus hermanos hiciesen las informaciones de todas las opositoras que hubiesen a las dotaciones. De esta manera, las opositoras a dote de parientes  reducirían los gastos al no tener que recurrir a las justicias y  escribanías. La Misericordia realizaría a través de sus hermanos las averiguaciones de todas las opositoras que hubiesen a las dotaciones con la justificación que se requería.  Para ello, al principio de cada año se elegían y nombraban por suerte dos hermanos que  recibiesen a las jóvenes ante escribano y que no se admitiesen  otras informaciones sino las que se hiciesen en aquella forma para obtener la justificación debida y evitar que las verdaderas destinatarias a tales dotes se viesen perjudicadas.

El hospital encontró en el Real Consejo de la Villa de Madrid un árbitro que absolvió el problema, al grado que otorgó libertades administrativas a la institución a mediados del siglo XVII.  Así, por auto o resolución que proveyeron los del Consejo la Villa de Madrid en 14 de abril de 1646 mandaron que a inicios de cada año, el cabildo de la Misericordia se reuniera para elegir y nombrar por suerte a dos hermanos, los cuales ante escribano hicieran las diligencias y probanzas a todas las opositoras que hubiere a las dotaciones y las que de otra manera se presentaren no fuesen admitidas. Para ello, el Real Consejo dio poder a través de una carta que llevaba su sello de lacre, en Madrid, el 24 de abril de 1646. El Real  Consejo estuvo conformado por  Juan Chumacero y Carillo,  Pedro  Pacheco, Lorenzo Martínez de Prado,  Francisco  de Robles y Villafañe, Bernardo de Herrera y el escribano de cámara del rey, Pedro Fernández de Herran.

Este documento, la provisión real del rey, llegó a la Casa pía de la Misericordia en Sevilla el 17 de mayo de 1646, y se leyó en presencia del gobernador y oidores de audiencia del rey. El gobernador de la Real Audiencia y caballero del hábito de Santiago del Consejo del rey, Don Juan de Sante Lices y Guevara, la tomó en sus manos, la beso y puso sobre su cabeza. Todas las personas presentes dijeron que la obedecían con el acatamiento que debían y mandaron que se cumpliese y ejecutara lo que el rey mandaba a través de la mencionada real provisión y se notificara e hiciese saber lo contenido en ella a los jueces de aquella ciudad y escribanos de ella.41

De esta manera, la Real Provisión permitió realizar sus propias investigaciones de verificación documental de pretendientes a dotes a la Misericordia. El cabildo nombraba a dos caballeros diputados entre los hermanos del hospital para la ejecución de la cédula del rey en cuanto a las informaciones de parentesco y demás cualidades que habían de  tener las que pretendiesen acceder a las dotes de los patronazgos que la Misericordia administraba.42 Estos diputados de las informaciones de doncellas del hospital tenían potestad de manejar los datos con total libertad. Sin embargo, el problema radicaba en cuanto a las informaciones que se hubieran de hacer en los lugares fuera de la ciudad de Sevilla donde no pudiesen ir personalmente los diputados a examinar a los testigos. La duda radicaba en que si podían encomendar esta tarea a personas de aquellos  lugares o lo tendrían que hacer los mismos diputados o sería menester que los nombrara el cabildo. La información obtenida era muy importante para evitar fraudes que se habían experimentado anteriormente, por lo que  se determinó que para evitar molestias y costos a las partes ordenarían que los testigos viniesen a Sevilla para que los diputados los examinaran personalmente. En el caso que estuviese en lugares muy lejanos delegarían esta misión a terceras personas de confianza para que obtuviese información judicial y extrajudicial. Finalmente, las informaciones de parientas de patronazgos eran entregadas por los diputados, al secretario de la casa de la Misericordia.

El cabildo ordenó que se enviara la cédula real a distintos lugares para notificarla a las justicias, escribanías, así como a los escribanos para que no admitiesen realizar  informaciones  sobre la Misericordia, excusando  gastos a las partes, pues serían nulas y no se habían de admitir.  Las notificaciones y requerimientos que se hicieren se traerían a la contaduría.

Este trabajo de difusión de la Provisión Real se entregó al hermano Francisco de Ocaña  quien recibió las copias necesarias del documento para que las mandara notificar a otros lugares. En cuanto a las informaciones que se habían traído hechas ante la justicia ordinaria de los lugares fuera de la ciudad de Sevilla antes que se difundiera la Provisión Real a los escribanos y justicias,  la comisión acordó que las entregarían  a los diputados para que las viesen, estudiaran y resolviesen si pasaban o se volvían hacer.43

Los resultados de esta nueva forma de operar dieron sus resultados al cabo de dos meses y medio, pues los diputados lograron detectar falsedades que impidieron la entrega de dotes a pretendientes que no les correspondía recibir ninguna.  Así, en 1647, el control de los legados testamentarios a parientes fue más exigente y el cabildo rechazó varias solicitudes porque no cumplían con las condiciones mínimas exigidas. Las revisiones de las solicitudes concluyó que sólo una dote fuese entregada por patronazgo: Así, en la dotación de Jerónimo de Monegro sólo se admitió a una joven, otra en la dotación de Rodrigo González, una en la de Alonso de Rodríguez y se excluyeron a las demás porque no tenían las cualidades que indicaba el acuerdo. La dotación de Fernando Polaino, la de Álvaro de Mendoza y Juana de Tebar, la de Alonso Días de Villegas, la de Gonzalo Tello  y la de Catalina Arias recibieron una dotada cada una.  Dos patronazgos dotaron a dos jóvenes cada una, que fueron las siguientes: la dotación de Catalina de Carranza admitió a dos, la de Francisco de Mendoza recibió dos y las demás fueron excluidas.

Dos dotaciones no entregaron dotes, se trató de la de Juan Delgado que no se admitió a ninguna, por no haber tomado estado, y así como la dotación de Melchor Morcillo. Mientras tanto dos dotaciones fueron convocadas a través de edictos. Se trataba de la dotación de Martín Muñoz en el Viso y Mairena y la dotación de Diego Martínez de Cárdenas en Gerena. En la dotación de Finesa de la Barrera no se presentaron parientes y el hospital como heredero los repartió en dotaciones de cincuenta ducados en dotaciones libres.44 Igual sucedió con la dotación de Miguel Jerónimo de Monegro cuya renta se destinó para el repartimiento general, por no haberse presentando  personas a las que les correspondiese esta dotación. La dotación de Lorenzo de Vera se mandó ajustar por no tener renta y la de doña Catalina Bermúdez quedó pendiente.45

Observamos que al cabo de un año, la comisión de hermanos encargada de averiguar sobre las pretendientes de dote no realizaba tal trabajo, sino que la delegaba a un escribano público llamado Luis Álvarez, que trabajaba para la Misericordia. Este letrado se encargaba de buscar información de las doncellas que solicitaban las dotes.  Por las informaciones de las dotes que había  hecho los años de 1646 y 1647, conforme a la cédula del rey se le pagaría a razón de 16 reales cada una. También, se le pagaría por la realización de cartas de pago a cautivos.46 En 1648, había más control y ya no se admitían con facilidad cualquier documentación presentada.

Sin embargo, veinte años más tarde, después de la gran peste de 1649 que causó la muerte de miles de habitantes en Sevilla, alcanzando a muchos hermanos de esta casa pía y provocando desequilibrios en su sistema, la Misericordia tuvo que volver a depender, a veces, de otras instituciones como justicias y notarias para el seguimiento de su documentación. Así, en 1669, la Misericordia dependía de la justicia ordinaria, como se observa en el siguiente caso, en el que Antonia de Algarin Polaino estaba admitida por parienta en la dotación de Fernán García Polaino. La Misericordia le avisó para que cobrara su dote, pero había muerto y dejado cuatro hijos. El padre de los niños no tenía dinero para notificarlo ante la justicia y pidió ser admitido sólo con la información de los diputados, tal como estaba estipulado. El cabildo indicó que era necesario traer información de lo indicado, realizado ante la justicia ordinaria, avalado con dos testigos.47

Sin embargo, se observa que en 1656, la casa pía ya realizaba sus propias investigaciones para comprobar la veracidad de parentesco cuando Francisco Adalid, pariente del curtidor Miguel Martin, que tenía tres hijas legitimas - María, Luisa y Francisca Romero - habidas con su mujer Isabel de Montoya, pidió información de parentesco. Este pariente de un testador pedía al cabildo mandar realizar información a la ciudad de Carmona  sobre su parentesco. La Misericordia accedió según costumbre y conforme a las cédulas reales.48

Para volver a realizar nuevos nombramientos, en la comisión del 23 de febrero de 1657, se acordó hacer diligencias y repartir entre los hermanos para que averiguaran si estaban vivas las doncellas nombradas en el patronato de Pedro Pérez de Guzmán desde 1630 hasta 1655. Las nombradas hasta el año 1630 fueron consideradas muertas. Previamente, una comisión analizó el testamento de Pedro Pérez de Guzmán para concordar si no iban contra su voluntad, consultando a la contaduría para que diesen su parecer.49

En 1686, muchas mujeres postulaban a las dotes de parientas y, la mayor parte tenía aprobada sus informaciones. Sin embargo, los caudales de las rentas de las dotaciones de parientes estaban  muy reducidos con que en algunos no se podían dar más que uno o dos dotes al año. Se mandó revisar las informaciones de los patronatos de parientas o naturales de diferentes lugares a la junta de hacienda con asistencia del Arcediano don Luis Federiqui y  don Juan de Molina. También, revisarían la relación de la contaduría de las opuestas y recibidas en la dotación y el caudal de ellas. La junta consultaría al cabildo lo que conviniese hacer para mayor crédito y bien gobierno de la Misericordia.50

Algunas dotadas no recibían su dote por falta de rentas en los patronatos, fue el caso de Julián Bautista, marido de doña María Josepha Chavarría, indicó  que su mujer estaba nombrada en una dote de ajuar de la dotación de Juan Antonio Sotorriga con la que se había casado hacía tres años. Él había ido varias veces a la contaduría para su paga y había recibido como respuesta que el dinero provenía de  un juro en la ciudad de Jaén y no se había cobrado. El marido solicitó hacer el mismo la diligencia. El cabildo pidió a la contaduría que ajustara el estado de esta dotación e informara a la junta de hacienda.51

Antes de la admisión de parientas, la contaduría averiguaba el estado de liquidez de las diferentes dotaciones para la paga de las dotes a parientes de los fundadores y a naturales de algunos lugares, después de realizada la visita a las jóvenes se admitían y mandaban pagar dotes.52 En 1743, una petición de Inés María, huérfana, natural de la villa de Huevar que fue hija de Jospeh González y Catalina Romera, indicó que a principio del mes de febrero de 1743 se puso en la contaduría por mano del administrador de los niños expósitos el certificado o la fe de bautismo y orfandad para la pretensión de una de las dotes de la dotación don Gonzalo y Garci Tello de Guzman. Esta joven había  tomado estado de casada con Luis Roldan  y acudió con la fe de casada a la contaduría.53 En 1700, la Misericordia entregó 21 dotes, previa entrega de las cartas de pago.54       

En el siglo XVIII, surgieron problemas en el proceso de entrega de dotes de parientes en la institución. La Misericordia había estilado que en las dotes de parientas en el que no estuviese señalado específicamente hasta qué grado fuesen admitidas recibiera a cuantas pudiesen ser parientas, siendo este número muy elevado en algunos de los patronatos y su renta cada día menor por la crisis económica. Con los ajustes realizados, generalmente  cada uno de los patronatos solo podía dar un máximo de dos dotes anuales. Las que se admitían solían pasar de 20, provocando como resultado el concurso numeroso de opositoras, al punto que  para pagar una dote en alguno de los patronatos había sido menester que hubiesen pasado 20, 24 y 30 años después de haberse casado con que la mayoría de las parientes admitidas no los cobraban sino sus hijos herederos y no se lograba alcanzar el objetivo por la cual dejaron las  dotes.

Las jóvenes nombradas podían esperar muchos años, llamándolas públicamente para que se presentaran a recoger sus dotes. La Misericordia detectó a una mujer que se había casado hacia 43 años en 1700 y la convocó para entregarle su dote, en caso contrario la perdería".55 La Misericordia lamentaba el perjuicio que recibían las jóvenes que se casaron a título de la dote y no llegaban a recibirlo, "sufriendo grandes necesidades que ocasionaban intrincados lamentos y disensiones entre marido y mujer por la falta de cobranza". La demora era dilatada por la falta de renta de las dotaciones, lo que los afectados ignoraban, culpando de todo al administrador del hospital. La razón de admitir a cuanta pariente se presentara era por respeto al derecho que tenían a una dote como parientas de los fundadores. Ante esta situación en el cabildo se preguntaron las siguientes dudas:

-Si  se debía continuar como hasta entonces en admitir todas las parientas que acudieran porque al ser muchas, se atrasaba la paga muchos años.
-Si las dotes a parientes debían nombrarse sólo a las que cabían con el dinero cobrado de cada dotación, tal como se hacía con las dotes de huérfanas naturales de Sevilla. 
-Si se hubiere de ejecutar así, que se debía hacer con las parientas ya admitidas o nombradas, casadas a título de las dotes y otras que habían dado las informaciones después de casadas. Hasta entonces, las dotes que se pagaban correspondían a la relación de las dotadas que habían sido nombradas, respetando su fecha de ingreso.
-La demora en entregar dotes podía alcanzar 20 a 30 años y esto perjudicaba a las siguientes generaciones de pretendientes de dotes de un linaje, es decir, a hijas y nietas. Se preguntaban cuanto tiempo era el tiempo para considerar heredera a una doncella de dote sin que perjudicara a las siguientes generaciones de dotes de linaje.
 

A comienzos del siglo XVIII, los escogidos por la Casa pía de la Misericordia para responder algunos interrogantes sobre dotación de parientes recayeron en los religiosos del colegio de la Compañía de Jesús de San Hermenegildo de Sevilla, entre los que estaba Alonso Juan de Gámiz, el prefecto de los estudios mayores, Baltazar de Alcázar, maestro de escritura, Juan Vicente Ramos, maestro de Prima, Fernando Cancino, maestro de Vísperas. Pedro de Contreras, maestro de Moral y los jurisconsultos Juan López y Diego Pérez y Jasón.

A la primera duda, los religiosos que evaluaron el problema distinguieron dos perjuicios. Uno era la multitud de parientas, acreedoras o interesadas que se presentaban a una dotación de cortas rentas. Otro el que podía resultar del modo y forma de admisión y repartimiento de la dotes. El primer perjuicio no podía evitarlo la Misericordia porque no dependía de ella que se presentaran más o menos parientas y no se pudiese satisfacer a todas por las pocas dotes ofrecidas por sus pocas renta y por las fatalidades y reducciones que les había dado el tiempo. El segundo perjuicio era el que debía evitar la Misericordia y estaba a su cargo controlar. El principio máximo sería evitar ir contra la voluntad e intención del fundador, pues "la voluntad del fundador (como la del testador) sea ley perpetua e inviolable siempre que sin contravenir a ley divina ni pública se pudiere cumplir. Siempre debemos defender la voluntad  de los que mueren". Sin duda, el atraso de las cobranza de las dotes era contrario a la intención y voluntad del fundador porque

"La voluntad expresa del fundador fue que estas dotes sirviese para que sus parientas pudiesen tomar el estado de casada y hallasen marido, llevando con que aliviar los gastos y cargas del matrimonio. Por esta razón los que se querían casar con dichas parientas solicitan estos nombramientos y se consolaban con ellos, pareciéndoles que allí tienen socorro para las nuevas obligaciones en que entran nada de esto se consigue nombrando tantas que en muchos años no alcanzan la cobranza de la dote o quizá no la consigan en toda su vida..."56

Otro problema que detectaron es que existían patronatos que tenían más parientas que las que podían dotar, permaneciendo en condición de espera indefinida.

Por lo tanto, era obligatorio innovar  la forma de admisión o nombramiento a una dote pues de la forma que se estaba haciendo no se podía cumplir con la voluntad del fundador.

En caso de cambiar la forma de nombrar a parientes, la siguiente duda estaba en si se debería aplicar lo mismo que se hacía en el caso de las dotes de extrañas de parroquias determinadas, nombrando a todas las que se presentaran. Si no alcanzara la renta entonces  ponerlas en lista de espera hasta cuando hubiese renta para pagarles como se hacía con las dotes a doncellas o huérfanas.

No se debían admitir las que después de haberse casado alegaren que se casaron a título de esa dote de parentesco, tampoco las que no tenían edad para casarse. El llamamiento de parientas en común, no determinó persona particular, ni dio derecho a una parienta sobre otra. El fundador dejó su hacienda para repartirse entre parientas para que se casasen o se facilitase el tomar estado de matrimonio, pues supuso que el nombramiento y esperanza de la dote, había de servir para el ajuste o facilidad del casamiento que o no se haría o se dificultaría mucho sin ese socorro. El objetivo era casar parientas y no ayudar económicamente a través de limosnas a parientes ya casadas.

Los religiosos que analizaron las dudas indicaron que solo se dotarían a las parientes que no se habían casado aún. Y que si "la cláusula de la fundación no dijere para casar doncellas parientas sino solamente para dotes o para dotar parientas se podrá dar a las ya casadas, si fue el casamiento sin dote, o con poca dote". Este dote servía para facilitar el casamiento, de aquí se sigue que las que se casaron sin haber dado noticia de ello a la Misericordia, no debían ser admitidas, ni nombradas y  nunca podrían justamente quejarse de la casa, pues ellas y sus maridos tenían la culpa.

Las personas tenían que probar con documentos que eran las pretendientes a dotes de parientes. Pero la Misericordia no debía tomar a su cargo esas informaciones mientras no hubiera parienta doncella en edad proporcionada que casarse y dote próxima que poderle dar.

En cuando a lo qué se debe hacer con las ya admitidas o nombradas de las cuales la mayoría estaban casadas a  título de la dote o nombramiento.57 Probado el parentesco y concurriendo en grado y antigüedad y no alcanzando la renta; quedaba a arbitrio de la casa nombrar las que debían llevar la dote. Si porfiasen en que se les admitiera la probanza del parentesco, se les debía dar a entender que no por eso juzgaran que quedaban nombradas para la dote, ni "engañaran" a los maridos con falsa esperanza de lo que acaso no habrían de cobrar en su vida.

La fundación prefería a las que estuviere en grado más cercano o fuere parienta más cercana .Y en caso de igualdad se podrá regular por la antigüedad de casamiento. 

Cuarta pregunta:

Si las hijas o nietas de las que estaban asentadas para parientas recibían perjuicio en cualquier nombramiento que se ejecutara respecto de que se debían considerar por herederas aunque tuviesen la demora de 20 u 24 años. En cuanto a la dote que se ofreció a la madre o abuela la heredaba la nieta. Aquel derecho que su madre o abuela adquirió a la dote por el nombramiento y para cobrar esta dote (no habiendo cobrado su madre) no era necesario que las hijas o nietas se casaran como no era menester esta circunstancia para heredar cualquier otros bienes o derecho de su madre.

En resumen los acuerdos tomados en el cabildo de la Casa Pía de la Misericordia el 5 de abril de 1707 y que pasaron a la contaduría para que a se ejecutaran, fueron los siguientes:

1. Que se debía cambiar el estilo y costumbre antiguos

2. El modo más apropiado era usar con las parientas el mismo estilo que se seguía con las dotes llamadas de parroquia o lugar determinado.

3. Las parientas ya admitidas o nombradas que se hubieren casado después de su admisión, y en virtud de ella, se les pagara por su antigüedad de casamiento y si ellas hubieren faltado a sus hijos o herederos. Es decir pagar según lista de espera.

4. No admitir más comprobaciones de parentesco y repartir las dotes que hubiera con las ya nombradas hasta terminar con  las ya admitidas y nombradas y casadas a este título, no admitiéndose otras  salvo excepciones. 58

El hospital estaba cubriendo las deudas en cuanto a entrega de dotes entre sus diferentes dotaciones, quedando pendiente la deuda. Esta práctica era considerada adecuada para cumplir con las voluntades testamentarias.59 Las cuentas de  1704  hasta 1713 fueron ajustadas, reconociéndose haber dado en aquellos 10 años más dotes que los que habían cabido en la renta de aquel periodo. Se entregaron 250 dotes, dinero sacado  del arca corriente de todas las dotaciones y por consiguiente aquella cantidad se debía a otras dotaciones.  Se sacaba de una para darla a otra y si la primera lo necesitaba se le retornaba.

La Misericordia tenía fama de cumplir con la entrega de sus obras pías por más mala situación económica que hubiese, distribuyendo las obras según los tiempos y últimas voluntades de los fundadores. Su lema era:

"Hoy por ti mañana por mi…esto es que hoy se toma del arca para suplir dicha obra pía y mañana para suplir otra…"60

Sin embargo a pesar del esfuerzo no había dinero suficiente como para cubrir todos los déficits por lo que se decidió reducir el número de dotes entregadas. En 1717, se dudaba si las pagas se efectuarían según antigüedad de sus casamientos como se hacía o por la mayor cercanía de parentesco como indicaba la fundación. Hasta entonces se habían admitido a muchas mujeres y las nuevas debían esperar  hasta que las primeras cobraran sus dotes. Pero en adelante sería preciso no admitir otras hasta tanto que las anteriores estuviesen pagadas y cuando llegara este caso no debían hacer diferencia entre las admitidas según la antigüedad de sus casamientos  con las  admitidas antes de casarse.61 Sin embargo, la última voluntad lo daba el cabildo.

Tabla 2



Ya en 1751, el cabildo determinó que no se pagaran dotes de la dotación de Fernando de Cepea a las que pidieran estando casadas.62 Pues las dotes de matrimonio tenían ese objetivo que era conseguir que se casaran.

Las dotes de parientes no se entregaban todos los años sino cuando hubiese suficientes rentas para hacerlo, mientras tanto iban comprobando la veracidad de la documentación presentada y nombrado a futuras dotes. En 1787, la admisión de parientes de fundadores era pagada  en Semana Santa

Las rentas de las dotes fueron disminuyendo paulatinamente a lo largo de los siglos y por lo tanto el número de dotes. El golpe de gracia lo dio el rey Carlos IV y su ministro Manuel Godoy quienes alegaron mal funcionamiento de las Casas de Misericordia, Reclusión y Expósitos, Hospitales, Hospicios, Cofradías, Memorias, Obras Pías y Patronatos legos, por lo que pusieron en marcha una desamortización. En septiembre de 1789, el rey firmó un decreto en el que mandaba se enajenasen todos los bienes raíces pertenecientes a Hospitales, Hospicios, Casas de Misericordia, Reclusión y Expósitos, Cofradías, Memorias, Obras Pías y Patronatos legos, poniéndose los productos de estas, así como los capitales de censos que se redimiesen, bajo interés de tres por ciento.63 Así, en 1789, se dieron solo doce dotes de ajuar.64 Por lo que ya en 1828, se entregaban solo dotes a parientes, las comunes ya no constan en la documentación.

Patronato de hidalgas de Gonzalo Millán del Hospital San Hermenegildo

El primer patronato de dote de doncellas de este hospital fue de don Gonzalo Millán, sepultado en la cripta de la iglesia del hospital, había sido administrador del hospital San Hermenegildo.65 Otorgó testamento cerrado ante Mateo de Almonacid el 19 de marzo de 1567 y su codicilo el 2 de junio de 1573. En la presencia judicial de apertura del testamento, se halló la fundación de un patronato que beneficiaba a sus parientes, con diversas memorias que instituyó por su alma. Había acumulado un gran capital y la destinó en parte para dotaciones y prebendas. El administrador había de normar y pagar las dotes a las parientas y satisfacer los legados para estudios a sus descendientes.

Es interesante observar la mentalidad de la época en este patronato: las mujeres hidalgas podían elegir casarse o ser monjas, mientras que a los hombres se les daba educación de diferente grado, siendo el máximo peldaño a alcanzar el sacerdocio, que se destinaba a la persona que más se esmerase en los estudios, que se premiaba asignándole la capellanía del fundador. Es decir se pagaba los estudios de un individuo por doce años  para formar al capellán de este patronato. Destinó 500 ducados para tomar estado de casada o de religiosa a las descendientes femeninas de su familia, específicamente, proveniente de sus tres hermanos. Otorgó dotes cada tres años, destinadas a doncellas que procedieran de Juan Millán, Antón Millán y María de la Pila, dando preferencia al hermano mayor, y sobre todo a la más pobre. Si no se presentaba descendiente troncal a reclamar pasados los tres años, el hospital podía entregarla a una pariente transversal del fundador. Y si uno u otro faltasen, entonces los patronos podían destinar la dote para casar a tres doncellas cualesquiera, que correspondiese a la voluntad de cada uno de los tres patronos. Cincuenta ducados por dote y lo restante del dinero pasarían a las arcas del hospital. Es decir determinó la entrega de tres dotes para doncellas pobres en caso que no se presentasen sus parientes.

Estas dotes se entregaron porque "...el testador quiso remediar66 doncellas parientas suyas, y que por falta de dote no dejasen de casarse y de entrar en religión, y (la que) está ya casada, esta remediada, y es bien que se acuda a otras por ventura sin dote no hallaran marido".67

Generalmente, el hospital convocaba a través de edictos en la ciudad de Llerena, según voluntad del testador, cuando una aspirante solicitaba una dote en el hospital. Sin embargo, a veces elegían a las doncellas a través de las solicitudes que enviaban al hospital, sin mediar llamamiento general por edictos "para que parezcan las personas que pretendieren tener derecho a las dotes", presentasen la documentación necesaria para la elección a la descendiente más cercana a la voluntad del testador, que tenía lugar en la visita que realizaban los patronos en mayo. Acto seguido se hacía una visita a las doncellas seleccionadas y posteriormente se nombraba. Se llegaron a entregar hasta dos dotes a doncellas del tronco familiar cada año.

Había dudas en cuanto al número de doncellas a dotar de este patronato que los abogados del hospital se encargaron de aclarar el 7 de abril de 1582. Quinientos ducados, según cláusula del testamento, se habían de destinar para dotar cada tres años a una doncella parienta suya, descendiente de las tres cabezas, a falta de la cual a una pariente colateral con doscientos ducados para el dicho efecto; si no hubiere parienta ninguna, entonces se podían entregar cincuenta ducados a una doncella, elegida por cada uno de los patronos visitadores, y lo demás que restara, se quedaba para el hospital.

En 1586, los "señores visitadores nombraron dos doncellas de descendientes de las cabezas que nombra el doctor Millán en su testamento, para que cuando se hayan casado, o sean monjas profesas se les den las dotes conforme a lo que el dicho testamento se ordena"68 .Para acceder a una de estas dotes, la doncella tenía que ser nombrada y acto seguido profesar religión o casarse para obtener la dote efectiva y evitar que "sus padres o deudos se la consuman".69

Estas dotes fueron entregadas a las parientas de Gonzalo Millán en los siglos XVI al XVII, ya en el XVIII, al disminuir descendientes, empezaron a entregarse cincuenta ducados a "extrañas", según voluntad del testador. Se entregaron de forma más fluida dotes en el siglo XVI; desde 1602 ya no se entregaron tan fácilmente las dotes, ya que se empezaron a rechazar las solicitudes. En 1605, al no presentarse descendientes directas del fundador se determinó nombrar a seis doncellas los patrones, con dotes de cincuenta ducados70 . Se nombraron sólo a tres de las seis.

Estas dotes crearon conflicto y rencillas entre los miembros de la familia Millán. En 1607, se solicitó dote para la hija de Juan de Millán, Leonor, bisnieta del fundador, quien impugnó que se diera una dote a su pariente María de Millán. Se abrió pleito. En 1608, el esposo de María Millán, dotada a quinientos ducados, Jerónimo de Miranda, exigió el pago y que "con ella estaba casado a título de la dicha dote que se le mandasen pagar". Los patronos contestaron que "por haber movido pleito y estar pendiente, no había lugar a lo que pide", un pleito sobre orden de privilegio para acceder a la dote.71 De nuevo la dote actuaba como estrategia para conseguir marido.

La impugnación que se presentó en 1783 por un descendiente de Gonzalo Millán, Pedro José Millán, sacó a la luz que el hospital estaba entregando dotes a hijos naturales de la descendencia de María de las Pilas, hermana del fundador, porque el hospital consideraba a naturales y legítimos con los mismos derechos ya que esta manda era una obra pía y debía actuar como tal: " las doncellas descendientes naturales de María de la Pila, una de las dichas tres cabezas, suceden igualmente con las legítimas a las colaterales de la dicha María de las Pila en derecho común y del Reino y que el testador en este caso, igualó a las descendientes de la María de la Pila, con las descendientes de las otras dos cabezas, y a los unos no dio más derecho que a los otros, con que parece que para que se dé entre ellos igualdad es menester fuerza, que así como las doncellas naturales descendientes de María de la Pila se admitan, también, las naturales descendientes de las otras dos cabezas". De esta manera el llamamiento de doncellas para las dotes se comprenden no solamente las legítimas sino las naturales. Sin embargo, se preferiría siempre a la legítima si se trataba de elegir, por eso se destinaron doscientos ducados a las parientes colaterales cuando no se presentase una descendiente directa de los tres hermanos. No se entregarían dotes a las que ya se habían casado sin previa licencia del administrador.

El testamento de Gonzalo Millán no fue redactado claramente y esto creo muchas dudas entre los abogados del hospital. Por ejemplo, el 12 de octubre de 1778, se consultó al jurisconsulto del patronato Millán, si los patronos podían dar orden para casar a doncellas pobres como dejó dispuesto el fundador para en caso de faltar parientes que lo solicitaran. Por eso, sólo tres o cuatro veces en tres siglos se dio a doncellas pobres pues casi siempre se presentaron parientes directas o indirectas de Gonzalo Millán72 y porque entre ellos se entablaban pleitos por las dotes. Una de esas pocas veces fue en 1755: se dieron dotes de cincuenta ducados a doncellas pobres que  no necesariamente trabajasen en el hospital, una por patrón, trayendo carta de pago ante escribano público, otra de las cuales correspondió a una novicia con certificación de su prelada.

En 1713 hubo un problema de adulteración de datos de pseudo parientes de Millán en Extremadura, por eso los patronos dieron orden de controlar y ser más exigentes con la documentación: fe de bautismo, fe de casamiento, testamentos, capitulaciones matrimoniales y particiones donde justificaban de grado en grado, la procedencia, de padres y abuelos hasta llegar al tronco que eran los hermanos del Dr. Millán y que los testigos habían de venir a Sevilla a testificar.73

Estas dotes se dejaron de cumplir en 1787; sin embargo, en 1836, año de la extinción de este hospital, se ha encontrado un reclamo de María Ascensión de la Guardia, descendiente de Gonzalo Millán, el Viejo -como ya era llamado en aquel entonces- a la Junta de Beneficencia de Sevilla para que se le abonase la dote a la que fue nombrada, a pesar que ya se había efectuado la venta y liquidación de los bienes del hospital. Continuó este pleito hasta 1855 que la Junta de Beneficencia se vio obligada a revisar el caso ante la insistencia de la pretendiente. El dictamen fue pagarle la dote, resultando de esta manera la última del patronato de Gonzalo Millán.

Patronato  de  hidalgas de las hermanas  Juana  y  Ana Núñez  Pérez  del    Hospital de las Cinco Llagas

Juana Núñez Pérez fundó un patronato en el hospital de las Cinco Llagas de Sevilla y añadió a su hermana ya difunta Ana, como fundadora en 1622. Este patronato fue creado principalmente para dotar a monjas hidalgas,  entregaba dotes para matrimonio a criadas  y a doncellas pobres que trabajaban en el hospital.74   Dejó por patronos a los padres priores y al administrador del hospital. Dotaba a doncellas, descendientes de los sirvientes de las hermanas, Juana y Ana. Si no había descendientes de sus criados entonces se destinaban a doncellas en edad casadera pertenecientes a la collación de la Magdalena de Sevilla. Como última instancia, la fundadora dejó a arbitrio de los patronos la dotación de doncellas pobres que servían en el hospital. El patronato Núñez contaba para pagar las dotes de rentas provenientes del almojarifazgo mayor y de Indias, y alcabalas a través de cartas de pago de los juros que el dicho patronato tenía en Sevilla que se entregaban al secretario del hospital, el que lo hacía efectivo75 . Existía un escribano del hospital en los almojarifazgos.

Se entregaron dotes de matrimonio por 175 años a descendientes de sus criadas. En 1779, Mariana Jiménez, tercera nieta de Blas de Santa María y de Francisca Veles, criados de las fundadoras, fue nombrada a dote de casada, respondieron al llamamiento de los edictos pegados en la parroquia de la Magdalena

Documentos presentados para el nombramiento de dote:

- Certificado de fe de bautismo del cura de Santa Ana de Triana.

- Fe de casamiento de Mariana de Jiménez.- Fe de casamiento de su madre Isabel de Morilla.- Fe de casamiento de su abuela Antonia Josepha Beltrán.

- Fe de casamiento de su bisabuela Juan de Santa María hija de Blas de Santa María y de Francisco Vélez que fue el primer matrimonio.

La presentación de toda esta documentación permitió que se le entregase fe de nombramiento de dote.

Documentos presentados para la entrega de la dote efectiva:

- Fe de nombramiento de dote.

- Carta de pago otorgada por su marido a favor de las arcas del Patronato y del administrador.

Las dotes para casadas eran dos dotes de cien ducados cada una  para tomar estado de casadas, destinadas a doncellas virtuosas desde dieciséis años, procedentes de legítimo matrimonio, por lo que tenían que presentar fe de bautismo. Estas dotes estaban destinadas a descendientes de las personas que sirvieron a las hermanas Núñez. Se les daba la dote siempre y cuando el marido otorgase carta de pago a favor de este patronazgo que era, a la vez, carta de dote a favor de su mujer, después que se hubiesen casado y velado, según lo mandaba y dispuso la testadora.

Este patronato entregaba dos dotes cada tres años a las descendientes de unas criadas suyas.76 El trienio que no hubiera descendientes entonces los doscientos ducados se destinaban a extrañas, o bien, a liberar cautivos. El orden de preferencia fue la siguiente:

- Descendientes de Juan Martín y de Luisa de Carmona, su legítima mujer.

- No habiendo descendencia de la anterior pareja, se destinaban a los de Juana de Santa María y de Francisco Vélez.

- Descendientes de legítimo matrimonio de Isabel Márquez si se casaba.

- Descendientes de legítimo matrimonio de María Jiménez si se casaba.

- Si no habían descendientes de los sirvientes de las hermanas Núñez entonces se juntaban los doscientos ducados a los ochocientos ducados que se daban a las doncellas "extrañas" para la dote de religiosa arriba referida.

El proceso empezaba por el "llamamiento" realizado por el hospital o por una petición de dote de cualquier persona que se sintiese merecedora o con derecho a una de las dotes del patronato Núñez. Cada dote formaba un expediente compuesto por todas las pruebas documentales que las aspirantes a una dote aportaban para acreditar el parentesco con las criadas de la fundadora: partidas de bautismo, cuadros genealógicos, certificaciones matrimoniales, informaciones de testigos, etc. En cuanto a las elegidas para dote de matrimonio era un requisito imprescindible que impusieron las fundadoras del patronazgo, que los patrones tenían que nombrar a una persona para que asistiese a los desposorios y fuese testigo del acto. Los nombramientos tenían que elegirse para el año en curso, nunca en forma anticipada.

Se empezaron a entregar dotes desde 1645, a partir de una solicitud de nombramiento a una dote de casamiento por Juana de Santa María, hija de una de las criadas de las fundadoras. A partir de este memorial, se tuvo que hacer extensiva y pública las dotes del patronato Núñez Pérez a través de edictos. Los patronos del hospital exigieron a la solicitante que legitimase su persona, es decir, que lo compruebe para acceder a uno de los nombramientos de dote77 .

Asimismo, le dieron cien ducados a Antonio Beltrán, marido de Juana de Santa María, hija de Francisca Vélez una dote de casada, por ser una de las descendientes de las criadas de las fundadoras78 . La otra dote de criada de cien ducados para tomar estado de casada, se entregó en 1648 a Ana de Carmona, mujer legítima de Francisco Moreno e hija legitima de Juan Martín y de Luisa de Carmona, criada que fue de la patrona.

La mala situación económica en Castilla repercutió en Sevilla producto de la inflación de los reales de vellón y las sequías que asolaron la ciudad desde 1680. Las consecuencias fueron advertidas rápidamente en el hospital y en los fondos y rentas del patronato Núñez, las que se estaban reduciéndose, constituyendo la primera voz de alarma. Esta situación llegó a su clímax en 1687, cuando se reconoció la falta de rentas y alcances en la que se hallaba, por la quiebra de los juros del patronato hermanas Núñez. El cobro de las rentas estaba suspenso y no había dinero para la ejecución de las obras pías. Los patronos ordenaron al secretario ajustar las rentas y se cumpliesen las obras pías que cupiesen pero no más, y si se tuviere que cubrir gastos entonces el hospital con ayuda de las otras obras pías lo haría. Incluso se abrió un libro de quiebras de deudas litigiosas de esta obra pía.79 Fue tanta la emergencia del patronato que no se concedieron dotes de 1689 a 1765, ni siquiera a descendientes directos favorecidos por las fundadoras, aunque si nombramiento de las mismas, así que se fueron acumulando las promesas de dote del patronato.

En 1779 se destinó 200  ducados para dotes de casadas. Las descendientes de las criadas de las hermanas Núñez Pérez, todas fueron denegadas desde fines del siglo XVII por la falta de caudal con que se hallaba el patronazgo por la quiebra de los juros y rentas.80 Desde 1783, fue necesario para determinar el parentesco de las pretendientes a las dotes, especialmente de las descendientes de las criadas de las fundadoras, que sus memoriales se llevasen al abogado para su conocimiento y justificado parentesco.81 A pesar de todo se denunció una probable estafa en la línea de las descendientes de la criada Francisca Vélez en 1799. El abogado del hospital indicó en un memorial que de las cuatro criadas cuyas descendientes eran merecedoras de dotes de casadas. Desde 1779, sólo se presentaban las de Francisca Vélez, las que se multiplicaban en cantidad. El abogado indicó que le llamaba la atención que desde el 22 de mayo de 1620, en que se otorgó el testamento de Juan Núñez Pérez no hubiera habido descendiente de la criada mencionada que pretendiera dote hasta pasado siglo y medio. Según el abogado, se otorgaron las dotes sin la averiguación correspondiente, indicó que podían estar adulterados los documentos de fe de bautismo. Recomendó que el administrador del hospital o persona de confianza sacase de los originales copias autorizadas de las partidas de bautismos y casamientos, cerciorándose por sí mismo que en los originales se encontraba algún signo de adulteración o suplantación. Todo lo cual se hacía a fin de que quedasen perpetuamente conservadas en la secretaria del hospital. La sospecha del abogado provenía que se presentaban expedientes con partidas que no concordaban con la de otros expedientes, lo cual delataba negligencia de los copiadores, falsedad o adulteración.82

Nueva crisis del patronato en el siglo XIX. Se empezaron a nombrar pero no a pagar dotes. Desde 1645 a 1657 se nombraron a dote a siete parientes de criadas. Desde 1658 a 1683 se nombró sólo a una. No hubo dotes de casadas de criadas de fundadoras por un siglo, desde 1679 a 1779. El repunte económico permitió nombrar diez dotes desde 1779 a 1802.

A modo de conclusión se indica que este artículo trata de hospitales sevillanos que fueron utilizados para destinar dotes matrimoniales por lazos familiares y afectivos, a través de voluntades testamentarias. Una estrategia que utilizaron algunos para proteger a sus parientas y seres queridos de las reglas de juego impuestas por la  sociedad patriarcal. Estas instituciones trataron de seguir fielmente las voluntades testamentarias, pero la caída de las rentas a finales del siglo XVII, obligó a estas instituciones a tomar decisiones consensuadas en sus cabildos, previa consulta con autoridades eclesiásticas. De estas tres  instituciones, la casa pía de la Misericordia se convirtió en el principal intermediario sevillano para proteger a la descendencia femenina de muchas familias sevillanas. En el hospital de las Cinco Llagas de Sevilla, las hidalgas Juana y Ana Núñez Pérez crearon un patronato para dotar doncellas pobres que trabajaban en el mencionado hospital, también ampararon a las descendientes de sus criadas de confianza, otorgándoles dotes para matrimonio durante más de dos siglos. Asimismo, el hospital de San Hermenegildo sirvió de intermediario para ubicar a la descendencia femenina de uno de los administradores de este hospital  don Gonzalo Millán, quien instituyó un patronato para dotación de jóvenes hidalgas para tomar estado de religiosa o matrimonio,  y si no se presentaban sus parientes podía utilizarse para dotar a doncellas pobres que trabajaban en el hospital, lo que muy pocas veces sucedió en el trascurso de tres siglos, porque siempre se presentaron descendientes del mencionado administrador. El objetivo era remediar o amparar al ascendente femenino familiar o afectivo dentro de la institución matrimonial  que se consideraba el destino más seguro para las mujeres en el Antiguo Régimen Español. Estas instituciones tuvieron muchas dificultades en administraron estos bienes, pero lograron entregar dotes en forma consecutivas durante siglos, lo que demostraría su relativo éxito en cumplir las voluntades testamentarias legados a estos hospitales castellanos.

Notas

1. M. D'AMELIA. "Economia familiare e sussidi dotali. La política della Confraternitá dell'Annunziata a Roma (secoli XVII-XVIII)", La donna nell' economía secc. XIII-XVIII, Florencia, Le Monnier, Istituto Internazionale de Storia Economica "F. Datini", 1990, pp. 195-215.         [ Links ] Costumbre practicada no sólo por hospitales sino también por cofradías y casas pías en distintas partes de Europa, como Italia.

2. M.C. GARCÍA HERRERO, Las Mujeres en Zaragoza en el siglo XV, Zaragoza, Ayuntamiento de Zaragoza, II, 1990, pp.100-102.         [ Links ] Una obra pía común era maridar huérfanas en la Baja Edad Media

3. P.E. RIVASPLATA VARILLAS, "Dotes de doncellas pobres sevillanas y su influencia en la ciudad de Lima",  Revista de Indias, LXXV, 264 (2015), pp. 351-388.         [ Links ]

4. J. CASEY, "Iglesia y familia en la España del Antiguo Régimen", Chronica Nova, 19 (1991), p 74.         [ Links ]

5. I. CHABOT, La dette des familles. Femmes, lignages et patrimoine  a Florence aux XIV et XV siecles,  Rome, École francaise de Rome, 2011, p.44.         [ Links ] El testamento es un arma formidable en las manos de las mujeres que en la muerte pueden emancipar de la tutela familiar un patrimonio que quizá controlasen poco en vida.

6. M. ORTEGA LÓPEZ, "El periodo barroco (1565-1700)", Historia de las Mujeres en España, Madrid, Editorial Síntesis, 1997, pp. 249-344.         [ Links ] Desde el siglo XVI se percibió una reafirmación de la autoridad del padre en toda Europa.

7. J. GOODY, La evolución de la familia y del matrimonio en Europa, Barcelona, Editorial Herder, 2009, p. 32.         [ Links ]

8. M. RUIZ SASTRE, "Vidas unidas contra el discurso tridentino. El matrimonio clandestino en la Sevilla del seiscientos",  Las Mujeres y el honor en la Europa Moderna, Huelva, Universidad de Huelva, 2014, pp. 244 y 245.         [ Links ] También controlar los matrimonios clandestinos, pues se consideraban validos los matrimonios contraídos sin ninguna solemnidad y sin bendición nupcial, solo con el consentimiento de ambos contrayentes, al ser un contrato consensual

9. S. M. PÉREZ GONZÁLEZ, La mujer en la Sevilla de finales de la Edad Media. Solteras, casadas y vírgenes consagrada., Sevilla,Ateneo de Sevilla, Universidad de Sevilla, 2005, pp. 22-24;         [ Links ] L. M. RUBIO PÉREZ, "Control social y endogamia familiar durante el Antiguo Régimen: El modelo de la comunidad maragata en el Marco de la Corona de Castilla", Comportamentos demográficos, família e património. Porto, Centro de Investigação Transdisciplinar Cultura, Espaço e Memória, Dezembro, 2011, pp. 303-327.         [ Links ]

10. M. GÓMEZ DE VALENZUELA  y A. NAVARRO SOTO, Capitulaciones matrimoniales y firmas de dote en el valle de Tena (1426-1803). Zaragoza: Colección y edición El Justicia de Aragón, 2da edición, 2003, pp. 60-64;         [ Links ] GOODY, op.cit., p. 146. El Cuarto Concilio de Letrán redujo los grados prohibidos de parentesco de siete a cuatro en 1215, aunque sabemos que a la nobleza apenas le preocupaban esas limitaciones, pues obtenía dispensas siempre que le era necesario.

11. ORTEGA LÓPEZ, op.cit., p. 267.

12. P. TENORIO GÓMEZ, Realidad social y situación femenina en la Madrid del siglo XVII, Madrid, Universidad Complutense de Madrid, 2005, p.190.         [ Links ] La vida de la mujer iba dirigida al matrimonio, pero hasta que llegara a este estado, tenía que reunir una serie de "requisitos" para ser preciada y digna que lo determinaban los moralistas de la época, los eclesiásticos.

13. B. MORELL PEGUERO, Mercaderes y artesanos en el Sevilla del descubrimiento, Sevilla, Diputación Provincial, 1986, p. 150.         [ Links ] El matrimonio constituye la máxima expresión de relación social puesto que sus consecuencias tienen un alcance más profundo que las demás forma de interacción. De ahí que todas las sociedades tiendan, en mayor o menor grado, a favorecer el matrimonio entre iguales y a desaprobar los enlaces entre personas de estratos diferentes, al mismo tiempo que a entorpecer las relaciones sociales entre ellas que puedan conducir al casamiento.

14. RIVASPLATA VARILLAS, op.cit., p. 354; J. A. MARAVALL, Poder, honor y elites en el siglo XVII, Madrid, siglo XXI, 1984, p. 33.         [ Links ] "Honor es el premio de responder, por lo que socialmente se es".

15. M. L. CANDAU CHACÓN, Las mujeres y el honor en la Europa Moderna, Huelva, Universidad de Huelva, 2014, p. 16.         [ Links ] Las reparaciones de honras a través del dinero eran prácticas usuales en el Antiguo Régimen; M. L. CANDAU CHACÓN, "Emociones y lágrimas. Llantos y lamentos de mujeres", Las mujeres y las emociones en Europa y América. Siglos XVII-XIX, Santander, Editorial de la Universidad de Cantabria, D.L, 2016, p.69.         [ Links ] "Las mujeres lloraban no solo por su honra sino por el conjunto de una vida perdida".

16. O. HUFTON, "Mujeres, trabajo y familia", Historia de las Mujeres. Del Renacimiento a la Edad Moderna, Madrid, Taurus: 23-66. 2000, pp. 23-66.         [ Links ]

17.   M. I. MACIÁ FERRÁNDEZ, "Las pías fundaciones testamentarias en el siglo XVIII. Aproximación al caso de Orihuela (Alicante)", Anales de Historia Contemporánea, Universidad de Murcia, 3 (1984),  p.  9.         [ Links ]

18. J. SÁNCHEZ HERRERO, "La acción benéfica de las cofradías durante los siglos XIV al XVII: la regencia de cautivos y la dotación de doncellas para el matrimonio",  Religiosidad popular en España, Actas del Simposium, 1/4-IX-1997, Madrid, Ediciones Escurialenses, 1(1997), pp. 164-191.
Sánchez, 1997, 164-191.         [ Links ]

19. AHPS, Libro cabildo 4738, 01/05/1566, s/f.

20. AHPS, Libro cabildo 4737, 07/07/1560, f. 312r

21. A. SOSA DE ALIPPI, "La dote en los expedientes de concesión de encomiendas en el siglo XVII", Dote matrimonial femenina en territorios de la actual Argentina desde el sistema de encomiendas hasta el siglo XIX,  Buenos Aires, Editorial Dunken, 2008, pp. 13-34.         [ Links ]

22. AHPS, Libro cabildo 4738, 01/05/1566, s/f.

23. AHPS, Libro cabildo 4744, 08/03/1626, s/f.

24. Ibídem.

25. AHPS, Libro cabildo 4738, 01/08/1566, s/f. «Ana Vásquez doncella. En este cabildo se vio una petición de Ana Vásquez doncella por la que pide que ella es parienta de Esteban Díaz  marido que fue  de Leonor de la Vega que dejó a este dicho  hospital cierta cantidad de maravedíes para casar doncellas de su linaje e de dicho su marido ».

26. AHPS, Libro cabildo 4747, 18/12/1636, f. 17r.

27. AHPS, Libro cabildo 4741, s/f. «Acerca de las dotaciones que no han dejado situado al hospital por la administración se remite a la comisión».

28. AHPS, Libro cabildo 4737, 03/12/1559,  f. 288v.

29. J.M.DÍAZ HERNÁNDEZ, La dote femenina en la sociedad giennenese del siglo XVIII,  Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2003, p.  167.         [ Links ] La dote mínima y razonable era de 50 ducados además del ajuar.

30. AHPS, Libro cabildo 4743, 23/05/1620, s/f.

31. AHPS, Libro cabildo 4738, 13/04/1567, f. 99r.

32. AHPS, Libro cabildo 4737, 12/03/1561, f. 344r

33. AHPS, Libro cabildo 4737, 12/11/1561,  f. 370r; AHPS, Libro cabildo 4738, 01/08/1566, f.35r.

34. AHPS, Libro cabildo 4741, 08/06/1597, s/f.

35. F. ANDÚJAR CASTILLO, "Sobre las condiciones de vida de los esclavos en la España moderna. Una revisión crítica", Chronica nova: Revista de historia moderna de la Universidad de Granada, 26 (1999), p. 11.         [ Links ] Acá llama la atención la cuantía que se entregó a una esclava niña para su casamiento que era similar a la que usualmente los patronatos entregaban a las pobres en las mandas pías para matrimonio que era de 50 ducados.

36. AHPS, Libro cabildo 4744, s/f.«En este cabildo hizo relación el dicho señor don Lucas Espinelo como Bernardina Ponce criada que fue  del dicho sr. Gerónimo de Medina Ferragud había puesto demanda a los bienes de  Gerónimo de Medina Ferragut por el tiempo que le sirvió y está condenada esta casa en 42 ducados y el dicho don Lucas por comisión de cabildo lo concertó en 300 reales y ordenó el cabildo  se le paguen de los bienes del dicho Gerónimo d Medina Feragut y que el dicho don Lucas Pinelo los pague tomando carta de pago con desistimiento de pleito. Que este pleito pasó ante Tomas de la Barrera escribano del teniente segundo  ante el propio escribano el de Gaspar de los Reyes».

37. AHPS, Libro cabildo 4746, 11/08/1634, f.170r-v.

38. AHPS, Libro cabildo, 4746,  31/12/ 1635, f. 323r- f. 328v.

39. DÍAZ, op.cit., pp. 137, 186 y 188. Este tipo de dotes entregadas por patronatos, cabildos municipales, organismos estatales y por parte de la Corona debían ser escrituradas en notarías.

40. AHPS, Libro cabildo 4753, 15/04/1684, f. 13r. La Misericordia administraba los bienes delegados a ella. En 1684, Juan López de Barrera ofreció tres mil reales anuales de por vida a los olivares de doña Ana Gallegos. El cabildo admitió esa postura y el padre mayor ordenó el remate.

41. AHPS, Libro cabildo 4749, 03/06/1646, f. 186r - f. 187r: Posteriormente, el cabildo  de la Misericordia mandó sacar un traslado o copia del documento que estaba en la contaduría de la casa pía y de ello dio fe el escribano público de Sevilla y de la Misericordia Luis Álvarez, el 1 de julio de 1646. Lo copió el secretario del hospital Francisco Dávila Aguirre «Copia de la provisión real que esta casa ganó para hacer las informaciones de parientas de fundadores de patronazgos de esta casa. En la contaduría entregaron el original».

42. AHPS, Libro cabildo 4749, 02/10/1646, f. 196r. 

43. AHPS, Libro cabildo 4749, 21/12/1646, f. 214r.  

44. Las dotaciones libres eran destinadas a cualquier obra pía que llevaba a cabo el hospital o para gastos de administración.

45. AHPS, Libro cabildo 4749, 23/02/1647, f. 226v.

46. AHPS, Libro cabildo 4749, 23/12/1647, f. 280v. 

47. AHPS, Libro cabildo 4752, 07/04/1669, f. 132r.

48. AHPS, Libro cabildo 4751, 02/04/1656, f. 35r.

49. AHPS, Libro cabildo 4751, 04/03/1657, f. 71v.

50. AHPS, Libro cabildo 4753, 13/01/1686, f. 94v-95r.

51. AHPS, Libro cabildo 4753, 05/05/1686,  f. 110v.

52. AHPS, Libro cabildo 4754, 03/04/1699,  f. 348r.

53. AHPS, Libro cabildo 4762, 31/03/1743, s/f

54. AHPS, Libro cabildo 4755, 1700, f. 2v

55. AHPS, Libro cabildo 4754, 24/03/1700, f. 1r-2v.

56. AHPS, Libro cabildo 4755, 01/05/1707, s/f.

57. AHPS, Libro cabildo 4755, 01/05/1707, s/f.

58. AHPS, Libro cabildo 4755,  01/05/1707, s/f

59. J. M. LATORRE CIRIA, "Las obras pías como camino de salvación: el obispado de Albarracín (siglo XVII)",  Studia Historica. Historia Moderna, 37(2015), p. 189.         [ Links ]

60. AHPS, Libro cabildo 4755, 01/05/1707, s/f

61. AHPS, Libro cabildo 4756, 13/02/1717, s/f

62. Y las siete dotes que quedaron por pagar en cumplimiento a los que estaban puestos en la copia por no haber acudido. Se cometieron a la padre mayor pagarles cuando acudieran

63. Libro cabildo, 07/02/1751, Archivo Histórico Provincial de Sevilla (AHPS), 4763(1746-1751) f. 370 r-v

64. MACIÁ, op.cit., pp. 16 y 17. El 17 de enero de 1799, se prohibió la venta de los bienes de Hospitales, Hospicios y Casas de Misericordias, hasta que no se liquidasen los de las Obras Pías, Cofradías e instituciones similares; las medidas continuaron hasta 1808.

65. AHPS, Libro cabildo 4770, 28/02/1789, f. 88r-f. 90v.

66. J. HERRERA DÁVILA, El hospital del Cardenal de Sevilla y el Doctor Hidalgo de Agüero: Visión histórico sanitaria del Hospital de San Hermenegildo (1455-1837), Sevilla, Ediciones de la Fundación de Cultura Andaluza, 2010, p. 165.         [ Links ]

67. Es importante connotar que la palabra remediar significaría solucionar el problema que constituía el destino de las mujeres en una familia, que implicaba no sólo a ellas mismas, sino de toda la familia en sí (el honor).

68. ADPS, Dictamen de un abogado sobre el patronato del Dr. Millán (1783), Legajo 10.

69. ADPS, Libro de actas de visitadores del hospital (1586), Libro 1 A, f 27 r

70. Ibídem

71. ADPS, Libro de actas de visitadores del hospital, 09/02/1605, Libro 1 B, f. 93v

72. ADPS, Libro de actas de visitadores, 11/02/1608, Libro 1 A, f. 112r.

73. ADPS, Libro de actas de visitadores, 12/10/1778, Legajo 3, f. 241r-246r.

74. ADPS, Libro de actas de visitadores, 02/03/1713, Libro 2, f. 87r.

75. GARCÍA HERRERO, op.cit., p. 54. En España era imposible que se casara una moza sin dote por lo que maridar huérfanas fue una de las obras de caridad más extendidas desde la Baja Edad Media.

76. ADPS, Libro de juntas, 1659-1687, legajo 4B,  f. 136 r (1675).

77.   A. GIL AMBRONA, "Entre la oración y el trabajo: las ocupaciones de las otras esposas, siglos XVI- XVII", El trabajo de las mujeres siglos XVI-XX, Madrid, Seminario de Estudios de la Mujer, Universidad Autónoma de Madrid, 1996, pp. 91-105.  Era una costumbre dotar a los sirvientes o conocidos.         [ Links ]

78. ADPS,  Libro de juntas, 1637-1658, legajo 4B. f. 88r-v (1645).

79. ADPS, Libro de juntas, 1637-1658, legajo 4B, f. 90r-v (1645).

80. ADPS, Libro de juntas, 1687-1715, legajo 4B, f. 4r (1687) y f. 6v (1688).

81. ADPS, Libro de juntas, 1687-1715, f. 15v (1689).

82. ADPS, Libro de juntas, 1764-1787, legajo 4B. f.123 r (1783).

83. ADPS, Libro de juntas, 1788-1800, legajo 4C,  f. 107r y  f. 110r (1799).

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