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Estudios de historia de España

versión On-line ISSN 2469-0961

Estud. hist. Esp. vol.20 no.2 CABA dic. 2018

 

ARTÍCULOS

Felipe I de Portugal - ¿Un extranjero? Acerca de la naturaleza de dinastías reales en la Edad Moderna*

 

Filipe I de Portugal - Um estrangeiro? Sobre a naturalidade das dinastias reais na Idade Moderna

Philip I of Portugal - A foreigner? About the naturality of royal dynasties in early Modern Times*

 

Matthias Gloel**
Universidad Católica de Temuco

* Fecha de recepción del artículo: 5/10/2017. Fecha de aceptación: 13/08/2018. 
** Doctor en Historia, Universidad Católica de Temuco. Departamento de Sociología y Ciencia Política. Dirección postal: Manuel Montt 5, Temuco, Chile, e-mail: mgloel@uct.cl

 


Resumen
En el siguiente artículo se discute si Felipe II debería ser considerado como un extranjero en Portugal al momento de convertirse en rey de dicho reino. En primer lugar, se presentan los distintos conceptos de naturaleza y extranjero que existían para vasallos y reyes. Para los reyes, se establecen dos conceptos de natural: uno como sinónimo de legítimo y otro que requiere ascendencia, dominio de la lengua y de las costumbres del reino como requisitos. Mientras el primero es netamente dinástico el otro depende más del individuo real en cuestión. En segundo lugar, tras analizar la importancia y pertinencia de la naturaleza a través de una serie de casos de la Europa moderna el estudio se centra en el caso particular de Felipe en Portugal, llegándose a la conclusión de que a Felipe no se le puede considerar como extranjero en Portugal ya que cumple con los requisitos establecidos de la época.

Palabras claves: Historia Moderna; Historia de Portugal; Rey Natural; Felipe II; Dinastías

Abstract
This study discusses the question if Philipp II can be considered a foreigner in Portugal when he becomes King in that kingdom. First of all, the different concepts of naturality and foreigner for vassals and kings will be presented. In case of the kings there are two established concepts of being natural: one as a synonym of legitimate and another one which requires ascendency, the domination of the language and the usages of the kingdom as requirements. While the first one is purely dynastic, the other one depends more on the royal individual in each case. After stating the importance and the appropriateness of naturality by showing several cases of early modern Europe, the study focusses on the particular case of Philipp in Portugal. We reach to the conclusion that Philipp cannot be considered a foreigner in Portugal, given that he matches the established criteria of his time.

Key words: Early Modern history; Portuguese history; Natural king; Philipp II; Dynasties

Resumo
Este artigo discute a pergunta se Filipe II no momento de se convertir em rei de Portugal pode ser considerado como estrangeiro nesse reino. Primeiro presentam-se os diferentes conceitos de naturalidade e estrangeiro que existiam para vassalos e reis. Para os reis estabelecem-se dois conceitos de natural: um como sinónimo de legítimo e outro que requer ascendência, domínio da língua e dos costumes do reino como requisitos. Enquanto o primeiro é puramente dinástico, o outro depende mais do individuo real em questão. Depois de ver a importância e pertinência da naturalidade a través duma série de casos da Europa moderna o estudo centra-se no caso particular de Filipe em Portugal. Chega-se à conclusão que Filipe não pode ser considerado estrangeiro em Portugal, porquanto cumpre com todos os requisitos estabelecidos da época.

Palavras chaves: História Moderna; História de Portugal; Rei Natural; Filipe II; Dinastias


 

Introducción

Con el cardenal Enrique murió en 1580 el último rey de la dinastía portuguesa de los Avis. Felipe II de Castilla, al ser nieto del rey Manuel I (1469 - 1521), se convirtió en rey de Portugal como Felipe I, iniciando así las seis décadas de dominio filipino en el reino lusitano. Dos citas de la obra Felipe II y el Portugal dos Povos (2010) de Fernando Bouza muestran muy bien el cambio que ha tenido la investigación acerca de Portugal entre 1580 y 1640, años en los cuales formó parte del vasto conjunto compuesto1 que fue la monarquía católica. Nuno Gonçalo Monteiro nos recuerda en su prólogo de dicha obra la visión que tradicionalmente defendía la historiografía portuguesa:

"Até há cerca de duas décadas, o período de integração de Portugal na monarquia hispânica (1580-1640) era visto e apresentado, de forma geral, recorrente, pertinaz, e atravessando quase todos os quadrantes do espectro historiográfico, como os sessenta anos da >>dominação filipina<<, ou seja, da ocupação do reino por uma potência estrangeira, de acordo com parâmetros que se não afastavam muitos de similares processos verificados na época contemporânea".2

El proprio Bouza Álvarez destaca que el estado de la investigación de hoy en día ha evolucionado mucho:

"Los estudios sobre el Portugal de los Felipes gozan hoy, sin duda, de una renovación extraordinaria, habiendo aportado a la historia general, de la Monarquía Hispánica un magnífico ejemplo de cómo se podía gobernar uno de sus dominios agregados por medio de un pacto con las elites locales, ante todo las nobiliarias".3

Como se puede apreciar, la historiografía actual se ha desmarcado de la visión nacionalista que dominaba el siglo XIX y gran parte del XX. Hoy en día, se investiga al Portugal de los Austrias como otro reino más de esta gran aglomeración de reinos que era la monarquía católica.4 La sucesión filipina, además, culminó con el viejo anhelo ibérico de unir todos los reinos españoles bajo un mismo monarca5 , aspiración que se ve reflejada en los numerosos matrimonios entre las familias reales de Castilla y Portugal que tarde o temprano debían dar este desenlace.

Sin embargo, a pesar de que la visión de una dominación extranjera (española) en Portugal ha quedado obsoleta, es decir, ya no se pone en duda la legitimidad de los Habsburgo en Portugal, varios autores de destacada trayectoria que representan las corrientes actuales6 se siguen refiriendo a Felipe II (y también a Felipe III y Felipe IV) como un rey extranjero en Portugal.7 Los datos anteriores evidencian que al parecer las dinastías modernas a menudo se siguen investigando más bien en un marco nacional que internacional. El hecho de que Portugal hoy en día no forme parte de España cobra una gran importancia en ese sentido, ya que llama la atención que en casos parecidos no ocurre lo mismo. Si Felipe II era extranjero en Portugal también debía serlo en Cataluña y las demás partes de la corona de Aragón. Sin embargo, en este caso no se suele hablar de dinastía extranjera sino de dinastía alejada o ausente por estar la corte real en Madrid, lejos de estos territorios.8 También el rey navarro Enrique III, que sería Enrique IV de Francia, nunca ha sido clasificado como un extranjero que heredó la corona de Francia a pesar de provenir de otro reino. La diferencia está en que la Baja Navarra9 hoy es parte de Francia al igual que lo es la corona de Aragón de España. Los datos presentados hasta aquí nos parecen suficientes para indagar si un rey o una dinastía podía ser extranjera en la Edad Moderna con atención particular al caso de Felipe II en Portugal.

Consideramos que las fuentes para resolver el cuestionamiento sobre si se debe considerar a Felipe extranjero o natural en Portugal ya son bien conocidas. Asimismo, no creemos que las dichas fuentes sean insuficientes para estudiar el tema, sino más bien, que sería necesario revisarlas nuevamente particularmente para este cuestionamiento que no parece estar resuelto a día de hoy. El corpus consiste principalmente en tratados políticos y crónicas portuguesas, aunque se recurre también a algún espejo de príncipe y crónica de otros reinos. El corpus se limita a los siglos XVI y XVII, que son los que engloban el período de pertinencia de Portugal a la monarquía hispánica. Como se verá a continuación, los temas de las dinastías modernas y la cuestión de la naturaleza de las personas son muy pertinentes. Sin embargo, han dejado de lado hasta el momento la pregunta de la naturaleza de los monarcas en sus distintos reinos, un vacío que esperamos poder llenar con este estudio.

Dinastías

En los últimos años, las investigaciones sobre las dinastías durante la Edad Moderna han entregado importante información sobre este tema. Andreas Hansert define a las dinastías como familias capaces de mantener ciertas posiciones de poder en la sociedad durante varias generaciones con éxito.10 Dichas familias como grupos de personas van creando su propia identidad dinástica con una memoria colectiva, es decir, un origen dinástico y una historia de la dinastía.11

Estas dinastías se reproducían y se mantenían mediante intercambios de mujeres, es decir, las princesas.12 Éstos podían poner fin a hostilidades entre dos dinastías o continuar asegurando una paz ya conseguida de la misma forma. Lo anterior responde también al hecho que en la Edad Moderna las relaciones internacionales no se establecían entre territorios, sino entre las familias reinantes.13

Así, por ejemplo, al terminar la guerra de sucesión castellana (1475-1479), para asegurar la paz con el reino vecino de Portugal, los Reyes Católicos casaron a su hija Isabel con el infante portugués Alfonso (1490) y al morir éste, Isabel se casó unos años después con el nuevo rey Manuel I (1497) para confirmar la paz entre ambas dinastías. Al morir Isabel, Manuel se casó con María (1500), hermana de Isabel, y en 1518 con Leonor de Austria, sobrina de sus primeras dos esposas. Bajo los primeros Austrias se realizó una política dinástica recíproca casándose Carlos I con Isabel de Portugal (1526) y Felipe II con María Manuela de Portugal (1543). Al mismo tiempo se casaron João III de Portugal con Catalina de Austria (1525), hermana de Carlos I y el príncipe João con Juana de Austria (1552), hija de Carlos I.14

Otro intercambio de princesas fue el doble matrimonio entre los Austrias españoles y los Borbones en 1615 para terminar con las hostilidades intermitentes que se habían extendido por casi un siglo. Felipe IV casó con Isabel de Borbón, hija de Enrique IV y, al mismo tiempo, su hermana Ana de Austria contrajo matrimonio con el rey francés Luis XIII. Este caso muestra que los matrimonios dinásticos no siempre conseguían su objetivo ya que 20 años después las monarquías de España y Francia estarían en guerra nuevamente.

También existían los intercambios dinásticos de princesas para aliarse contra un enemigo en común, como fue el caso del doble matrimonio entre los Habsburgo y los Trastámara para sellar una alianza dinástica contra Francia.15 El hijo de los Reyes Católicos Juan se casó con Margarita de Austria, hija de Maximiliano de Austria que se convertiría en emperador Maximiliano I (1497). Paralelamente, la hermana de Juan, Juana, se casó con Felipe, hermano de Margarita. Así durante los siglos XVI y XVII, las dos ramas de los Habsburgo (la imperial y la española) fueron confirmando dicha alianza mediante el traspaso mutuo de princesas. Solo con el Tratado de Westfalia Francia consiguió separar las dos ramas políticamente, al firmarlo solo el emperador mientras la monarquía española siguió en guerra con Francia hasta 1659.

Como se puede apreciar, las dinastías estaban todas fuertemente emparejadas entre sí, hasta el punto que en varios casos, sería difícil de definir a cuál pertenecían, tal como afirma Jeroen Duindam para el hijo de Luis XIV que como "the product of two generations of intermarriage, was as much a Habsburg as a Bourbon".16 Gérard Sabatier ya había lanzado la pregunta para el propio Luis XIV si también se le podía considerar español, afirmándolo con la emblemática frase "Les rois sont fils de leurs mères aussi".17 A partir de ahí se desarrolló recientemente todo un debate acerca del carácter hispanizante del reinado de Luis XIV.18 Con todo, está claro que no habría que limitar la pertenencia a una dinastía exclusivamente a factores biológicos como podría parecer especialmente en la última afirmación. Sin embargo, no se puede ignorar la influencia de la madre para la adquisición de lengua y costumbres de la dinastía materna ni tampoco el hecho que el joven príncipe también se convierte en candidato heredero en el reino de la madre aunque sus posibilidades son ciertamente más remotas que en el reino del padre.

Asimismo, se solían usar a otros integrantes de la dinastía que no heredaban los tronos para gobernar los vastos territorios. Eso fue particularmente el caso de los Austrias españoles que empleaban a sobrinos, primos y otros parientes para regencias, virreinatos o lugartenencias.19

En la Edad Moderna la dinastía fue una de las escasas fuerzas capaces de mantener unida una multitud de territorios, lo cual ya evidencia que las dinastías y sus representantes (reyes y sus parientes) no estaban ligados a un territorio en particular sino a muchos. Por lo tanto, la legitimidad dinástica no estaba vinculada con el origen del rey (donde había nacido) ni mucho menos con el de la dinastía.

Natural y extranjero

También la cuestión de la naturaleza en la época moderna es un tema muy vigente como analizaremos a continuación. En la España de los Austrias, las condiciones de ser natural y de ser extranjero constituyen una oposición.20 Etimológicamente, natural deriva del término latín natío, del cual también surge la nación. Ser natural significaba haber nacido en un lugar determinado.21 De acuerdo con ello, en los reinos españoles uno solía ser natural de uno de ellos si había nacido en el reino y de padres naturales del mismo reino también. También, eran considerados naturales los que habían nacido fuera del reino, pero de padres naturales. Lo anterior era en caso de hijos legítimos, de lo contrario se heredaba la naturaleza solamente de la madre. Los naturales de otros reinos españoles eran extranjeros, por ejemplo, los catalanes en Castilla o los castellanos en Aragón.

El ser natural de un reino le aportaba a una persona derechos y privilegios de los cuales se encontraba privado un extranjero. Esto significa, que nos encontramos frente a un concepto legal y a una condición necesaria para gozar dichos privilegios.22 La identidad, en cambio, no tiene mayor importancia en esos siglos cuando se habla de naturaleza. En ese sentido, se perdía la condición de natural de un reino en el momento que uno pretendía o conseguía serlo en otro, lo cual era posible a través de cartas de cartas de naturalización.23

Es necesario aquí, matizar lo expuesto en dos sentidos: primero, los privilegios de la naturaleza en los reinos españoles eran exclusivos de la población cristiana. Los judíos y musulmanes no eran ni súbditos ni naturales aunque hubiesen nacido dentro de España.24 Lo anterior queda obsoleto a partir del siglo XVI, ya que judíos y musulmanes estaban obligados o a convertir o a emigrar y quedan en la península los conversos y moriscos. Segundo, todo lo afirmado es principalmente válido para el tercer estamento.

Para la nobleza, en cambio, la cuestión de la naturaleza fue un asunto muy menor durante buena parte de la Edad Moderna.25 Particularmente, la frontera entre los reinos de Castilla y Portugal no tenía mayor importancia para las familias nobiliarias y, a finales de la Edad Media casi todos los nobles portugueses tenían también ascendientes castellanos y viceversa.

El rey natural

Hasta aquí, sin embargo, no es posible  explicar aún con exactitud la naturaleza de los monarcas en aquella época, ya que el término "rey natural" se presenta de forma distinta en comparación con los casos anteriores. En la Edad Media, el rey natural designaba al rey legítimo de un territorio, habitualmente hereditario, un concepto que encuentra continuidad todavía en los siglos XVI y XVII.26 Relacionado con ello, un rey natural o legítimo debía ser un buen gobernante, representante del regimen naturale el cual se opone al regimen violentum o ilegítimo.

Lo anterior tiene dos implicaciones: primero, la contraparte del rey natural es el vasallo natural, obligado a ser fiel al buen gobernante, es decir, el rey natural. Natural en el caso del vasallo se opone al revoltoso que rompe la lealtad jurada al monarca. Cabe señalar que la fidelidad era un valor fundamental en la época moderna y romperla requería una justificación muy sólida.27 Segundo, también da la posibilidad de que unos vasallos cambien de rey natural, lo que ocurre durante la revuelta catalana de 1640 en adelante. Hasta entonces Felipe III de la Corona de Aragón (IV en Castilla) era el rey natural de los catalanes y al principio lo siguió siendo como evidencian obras como la Proclamación Católica a la Magestad Piadosa de Felipe el Grande, Rey de las Españas, y Emperador de las Indias Nuestro Señor (1640) de Gaspar Salas.28 En ese momento la revuelta se dirige solo contra el gobierno del valido y no contra el rey ("Visca el rei d'Espanya i muiren els traidors"). Sin embargo, cuando el rey levanta las armas contra Cataluña los catalanes consideran roto el pacto de fidelidad y Luis XIII de Francia se convierte en el rey natural al jurar las constituciones del principado.

No obstante, la importancia del enlace con el territorio tampoco está completamente ausente como se puede evidenciar en varios casos europeos. Un caso temprano sería  Francia durante la Guerra de los Cien Años (1337-1453) cuando se desarrolla un galicanismo real contra las pretensiones inglesas a la corona francesa.29 El rey natural queda identificado con un rey que fuese de la nación francesa e incluso de la lengua francesa.30 Las identidades en ese entonces, a menudo, se definían mediante una contraidentidad, es decir, la de un enemigo como el inglés en este caso.

Un caso francés más relacionado con una sucesión sería el de Enrique IV, rey de Navarra que en 1589 también se convierte en rey de Francia. Sus derechos dinásticos se originan en su antepasado Luis IX de Francia (1214-1270). Es interesante que a Enrique IV no se le suele caracterizar como un extranjero que heredó el trono de Francia, a pesar de provenir de otro reino y ahí difiere mucho del caso de Felipe II y Portugal. Como ya hemos mencionado, el motivo podría radicar en el hecho de que el reino de Navarra de Enrique IV hoy en día es parte de Francia, por lo cual la historiografía nacional no veía necesario reinterpretar el pasado. Por lo tanto, Enrique IV podía afirmar con todo derecho que era el legítimo y natural rey por las leyes de Francia.31 Cabe añadir que el reino de Navarra tampoco se integró en el reino de Francia sino que los reyes hasta la constitución de 1791 se seguían intitulando "Reyes de Francia y de Navarra" para convertirse Luis XVI solo entonces en "rey de los franceses".

En el siglo XVII también hubo un debate sobre la naturaleza de los emperadores, particularmente en la segunda parte de dicho siglo, cuando Luis XIV de Francia se convierte en un candidato al trono imperial. El Rey de los Romanos era electivo, pero solamente había que elegir a candidatos alemanes.32 Pero, ¿cómo se definía a un alemán en ese entonces? Los ejemplos de Federico II y Carlos V ya daban evidencia que no necesariamente era preciso haber nacido en Alemania.

El jurista Dominicus Aramaeus en su discurso An alius quàm Germanus in Regem Romanorum elegi possit? (1616) define como criterios la ascendencia, el conocimiento de las costumbres y el dominio de la lengua como esenciales para que una persona fuese considerada alemana.33 Si bien la Bula de Oro (1356), la cual determinaba las modalidades acerca de la elección de los reyes romanos, no especifica nada acerca de la necesidad del candidato de ser alemán, mucha gente lo consideraba como la extensión legítima de dicha bula.34 Precisamente, se le exigía a Luis que, como emperador, debería garantizar la Bula de Oro y todas las libertades de los estados imperiales, es decir, comportarse como un rey o emperador natural del Sacro Imperio.

Una pretensión francesa al trono imperial no era algo enteramente nuevo en el siglo XVII. Ya Francisco I se había presentado como candidato alternativo al futuro Carlos V en 1519 y como duque de Milán, Francisco incluso era un príncipe del Imperio. Sus adversarios ya trataban de desacreditarlo alegando que era un extranjero, a pesar de que siguiendo la lógica de los argumentos se podía decir lo mismo de Carlos que entendía apenas la lengua alemana.

Aunque las intenciones reales de Luis XIV de ocupar el trono del Sacro Imperio se exagerarían en la propaganda en su contra, también había obras propagandísticas importantes a su favor. En ellas se tomaba en serio el argumento de que el futuro rey romano debía ser alemán alegando que los reyes franceses "germani sint censendi", dado que también descienden de Carlo Magno.35 Antoine Aubéry, autor de la obra Des iustes pretensions du roy sur l'empire (1667) va incluso más allá de afirmar la descendencia germana de los reyes franceses. Según este autor, el imperio (es decir, no solo la corona imperial, sino el imperio en sí) le pertenecía a los reyes de Francia como herencia, ya que "Charlemagne à possedé l'Allemagne en tant que Roy de France, e non point tant qu'Empereur".36 Si bien al final el rey francés no se convirtió en emperador, el uso del argumento por ambos bandos muestra que había que considerarlo seriamente. Estos textos franceses del siglo XVII, si bien no sirven para argumentar a favor de la naturaleza portuguesa de Felipe II, sí muestran que existían debates hasta cierto punto parecidos también en otras partes de Europa.

Existían además precedentes ibéricos de debates acerca de la naturaleza de los reyes. Carlos V todavía es caracterizado como rey extranjero en muchas corrientes historiográficas actuales.37 En el caso de Carlos, a pesar de que efectivamente existían resentimientos en los reinos de España, especialmente Castilla, acerca de su naturaleza, éstos no se basaban en su ascendencia. Lo anterior demuestra el hecho de que su hermano Fernando que evidentemente tenía los mismos antepasados, era visto como un príncipe natural del reino. En Castilla se ponían en contraposición el "príncipe natural Fernando" y el "extranjero Carlos".38

El rechazo se basaba principalmente en el "desconocimiento que Carlos tenía de casi todo lo español".39 Si aplicáramos los tres criterios que Aramaeus expone para el Sacro Imperio (ascendencia, conocimiento de costumbres y dominio de la lengua) Carlos solo cumpliría con el primero. El hecho anterior evidencia que tienen importancia también en otros reinos europeos como en los españoles. No por casualidad una de las peticiones principales de las cortes castellanas de 1518 en Valladolid al nuevo rey era que aprendiera castellano lo antes posible. Y relacionado con ello, en las cortes de La Coruña de 1520 Pedro Ruiz de la Mota (obispo de Badajoz) explicó que Carlos "aprendió vuestra lengua, vestió vuestro hábito tomando vuestros gentiles exercicios de caballería" para demostrar que el rey había cumplido con la petición.40

Además, más que su propia condición de posible extranjero, para las élites castellanas lo más problemático era el hecho que sus consejeros y ministros principales también fuesen flamencos (Adriano de Utrecht como el más emblemático). Estos extranjeros ocuparían puestos que la nobleza castellana consideraba que eran reservados para ellos.

La legitimidad dinástica, sin embargo, se basa en el primero de los criterios el cual a su vez es el único que no es posible remediarlo. Los otros, en cambio, sí se pueden corregir y para el caso de Carlos V fue Fernández Álvarez quien acuñó el término "hispanización".41 Ésta se empezó a llevar a cabo tras la desaparición de consejeros claves como Chièvres y el propio Adriano de Utrecht y después de suprimir las revueltas en Castilla (Comuneros) y Valencia (Germanías).

Algo menos problemáticos fueron algunos casos dentro de la Península Ibérica. El matrimonio del propio Carlos es un buen ejemplo, ya que existían negociaciones sobre un posible matrimonio de Carlos con María Tudor, idea que no gustaba en Castilla. Por esa razón, los comuneros de Valladolid le pidieron a Carlos que en vez de una princesa extranjera se casara con la princesa portuguesa Isabel, lo cual Carlos hizo en 1526.42 Por lo tanto, se presenta a la princesa portuguesa como oposición a una princesa extranjera, lo cual con los criterios arriba mencionados no es para nada de extrañar. Su madre era María, infanta de Castilla y Aragón y sus abuelos eran los propios Reyes Católicos. También dominaba la lengua y las costumbres castellanas, por lo que no existía ningún obstáculo para presentarla como natural de Castilla.

Un caso parecido es el del rey portugués Afonso V que tras la muerte de Enrique IV pretendía el trono castellano. Su derecho dinástico se originaba en su matrimonio con la princesa Juana (llamada la Beltraneja), hija del difunto rey. Pero la propia Juana trataba de presentar a su marido igualmente como natural de Castilla por su propio linaje:

"mi señor es natural destos mis reynos: e que de la casa real de Castilla: e desciende del Rey don Enrique el Segundo de gloriosa memoria; e del Rey don Juan su fijo visaguelo del dicho Rey mi señor, e padre que Dios aya".43

Así que, a pesar del hecho de que Afonso podía convertirse en rey de Castilla solo a través de los derechos de su esposa, el asunto de su propia naturaleza parecía ser suficientemente importante como para destacarlo como criterio aparte.

Felipe y Portugal

Para apreciar mejor la situación dinástica de la crisis sucesoria en Portugal entre 1578 y 1580 se presenta en el Cuadro 1 un árbol genealógico de la casa de Avis:


Cuadro 1: Árbol genealógico de los pretendientes al trono portugués en 1580. Los nombres en negrita fueron reyes de Portugal y los en cursiva fueron candidatos al trono en los años señalados.
44

Los conceptos de naturaleza y extranjería estuvieron bien presentes en las discusiones acerca de la sucesión portuguesa de los distintos candidatos y sus defensores, especialmente en el caso de Felipe al ser el pretendiente más poderoso. Tanto los defensores como los opositores a su candidatura al trono portugués usaron dichos conceptos en sus argumentaciones. Estas discusiones se extendieron durante todo el período de 1580 a 1640 e incluso más allá.

De esa forma, el argumento de ser extranjero fue usado en contra de Felipe para negarle el trono portugués. Fernando Bouza, en su tesis doctoral, trata varios textos en contra de Felipe como príncipe extranjero e incapaz de controlar territorios como Flandes, Sicilia o Nápoles, en los cuales también estaría reinando como monarca extranjero.45 El hilo conductor común de dichos textos sería el hecho que ningún pueblo tendría a bien ser regido por otro. En este contexto, se define a Felipe como extranjero por ser ajeno a estos territorios y no conocerlos y, por tanto, no natural de ellos a pesar de cumplir el criterio de la ascendencia.

El texto más emblemático de la retórica antifilipina fue la Anatomía de España (inédito hasta el día de hoy, pero escrito tras la muerte de Felipe II en 1598), escrito por el fraile portugués José de Texeira46 , exiliado en Francia e Inglaterra y cercano de Enrique IV de Francia y de Antonio, Prior de Crato, hijo bastardo del infante Luis y con ello también nieto del rey Manuel I. Aunque su bastardía lo privaba de cualquier derecho dinástico al trono portugués se hizo proclamar rey de Portugal en Santarém y fue el único que hacía intentos de disputarle el trono a Felipe de Castilla.

La obra consiste principalmente en presentar la historia de Castilla (aunque en menor medida también la de Aragón) desde la Edad Media como una serie de usurpaciones, bastardías e incestos, los cuales habrían llevado a la corona a una decadencia moral que estaría perdurando hasta la actualidad del autor. Texeira acusa al rey Felipe de haber engañado al rey Sebastião de Portugal para que hiciera su peligrosa empresa africana, la cual terminaría con la derrota total portuguesa en Alcázarquivir y la muerte del propio rey en 1578 con solo 24 años y sin descendencia alguna. El autor desacredita así la realeza castellana y al mismo tiempo a Felipe como su representante. Al presentar las mismas características inmorales de la realeza castellana, quedaría en evidencia que Felipe era castellano y no portugués y por tanto extranjero y no natural en Portugal.

Lo anterior dejó en el trono portugués al arriba mencionado Cardenal Enrique, de edad ya avanzada y sin hijos, con lo cual el fin de los Avis se había convertido en una cuestión de poco tiempo. Texeira insiste en su argumento señalando que aquella maniobra estaría "dexando al castellano la puerta abierta para sus ambiciosos designios contra aquel tan rico y floreciente reyno de Portugal".47 Primero, habría que matizar que Portugal en la última parte del siglo XVI estaba todo menos "rico y floreciente" sino que se encontraba no solo en una crisis dinástica, sino también militar y económica, agravada todavía más por la pérdida de buena parte de la élite del reino que murió junto al rey Sebastião. Pero, más importante de aquella cita es el hecho de que Texeira nos sigue presentando a Felipe por un lado como un extranjero (castellano) y por otro lado como un enemigo de Portugal ("sus ambiciosos designios contra..."). Para acentuar el último punto describe brevemente las desgracias que sufrió el reino por la invasión de las tropas castellanas del duque de Alba:

"Pero el rey no teniendo respecto ni a la Justicia, ni derecho de titulo, ley o costumbre, luego que fue advertido de la muerte del rey Cardenal embio el Duque de Alva con un muy poderoso exerçito por mar y por tierra, el qual como diximos tenia antes aparejado para que acometiesse el reyno de Portugal, y en breve tiempo por fuerça de armas se hizo señor del reyno. Adonde la principal y mas rica çiudad de Lisboa fue saqueada por la canalla española sus mortales enemigos, y los principales governadores que no quisieron ser contra su patria degollados, el pueblo comun spoliado, y afligido, las mugeres forçadas y todas crueldades que en una conquista se pueden hallar executadas".48

Por lo tanto, se confirmaría que Felipe para Texeira es enemigo de Portugal, es decir, lo más opuesto que puede haber a un rey natural legítimo y de la nación. Por la falta de derecho al trono Felipe debía recurrir a la violencia usando además la figura de Alba que con su fama de gobernador violento, adquirida en Flandes, constituía un mensaje de terror para los portugueses.49

También hubo autores franceses que apoyaron la causa antoniana y antifilipina como Pierre du Belloy con su Declaration du droit de legitime succession, sur le royaume de Portugal (1582). Primero, el autor también se dedica a desacreditar al rey Felipe como persona tiránica.50 Después se refiere concretamente a la sucesión portuguesa nombrando a los candidatos al trono y quien según él debería haberlo heredado:

"Quant à moy, ie pense que si nous exceptons, le droit de la Serenissime Royne de France, duque lie ne parleray plus d'autant qu'il est indubitable, et tres certain, ce seroit au contraire audit Antonio, à qui la couronne appartien droit iustement".51

Como se ve, Belloy desacredita primero a Felipe personalmente como tirano, con lo cual perdería toda legitimidad y después agrega que, en cualquier caso, los derechos de Antonio eran superiores. Como hemos visto previamente, el tirano corresponde a un regimen violentum o ilegítimo, con lo cual Felipe está presentado como la antítesis del rey natural y buen gobernante.

Incluso el propio candidato al trono, Antonio Prior de Crato, publicó una obra para defender sus derecho, intitulada Appologie ou defense du monsieur Anthoine Roy de Portugal contra Philippes Roy d'Espagne, usurpateur du dict Royaume de Portugal (1582)52 , título claramente inspirado en la obra de Guillermo de Orange Apologie ou defense de tres illustre Prince Guillaume par la grace de Dieu Prince d'Orange…contre le ban et edict publié pour le Roi d'Espaigne…(1581).53 Si bien la obra de Antonio es mucho más breve (20 páginas) ataca a Felipe en varios niveles. Primero, por la ley sálica Felipe carecería de derechos dinásticos al trono. Segundo, repite el argumento del tirano (y también asesino de su propio hijo Don Carlos). Tercero, finalmente, no tendría el estatuto de la nacionalidad.54

Ahora, si bien la naturaleza es solo uno de los argumentos que se usan en contra de Felipe, su presencia deja claro que no puede ser ignorado. Es lógico que para Antonio y sus seguidores Felipe no es el rey natural de Portugal en el sentido de legitimidad, ya que precisamente afirman que lo es el propio Prior de Crato. También tiene sentido que traten de mostrarlo como persona alejada de Portugal, que nada tiene que ver con el reino y que, por lo tanto, incumple los requisitos de conocer las costumbres y la lengua del reino. Sin embargo, el hecho que se usen esos argumentos no significa necesariamente que sean ciertos y que la mayoría de los portugueses también lo viera de esa manera.

Veamos primero el aspecto de la legitimidad. Seguimos a Antonio Pérez Martín que señala en su estudio introductorio a la obra del jurista Vicente Arias de Balboa (al servicio de Fernando de Antequera) que en la sucesión dinástica existían las siguientes preferencias:

"en igualdad de circunstancias es preferido el pariente más cercano al más lejano, el varón a la mujer, el agnado al cognado, el de más edad al de menos edad, el emancipado al no emancipado, el sano al enfermo, el legítimo al ilegítimo, el pariente carnal al adoptado, y el natural al foráneo".55

Particularmente, desde un punto de vista jurídico-dinástico siempre quedaban excluidos de la sucesión al trono los hijos bastardos, es decir, los ilegítimos. Con ello, Felipe ya poseía sin duda más derechos al trono portugués que Antonio.

Distinto es el caso de Catarina, duquesa de Bragança, que al igual que Felipe era nieta del rey portugués Manuel I. Estarían empatados en varios puntos como en la cercanía del parentesco, la emancipación, la sanidad, la legitimidad y el parentesco carnal. Catarina llevaría ventaja al ser agnada (descendía del rey por el infante varón Eduardo) y Felipe cognado (descendía del rey por la princesa Isabel). Dicha ventaja se anularía por el hecho de ser Catarina mujer y Felipe varón. Este también llevaría la ventaja de ser el nieto mayor de Manuel I, con lo cual se podría sacar la conclusión que era el que más derechos tenía al trono portugués o por lo menos no tenía derechos inferiores que ningún otro pretendiente.

Vale la pena contrastar brevemente la legitimidad dinástica de la incorporación de Portugal a la monarquía hispánica con la de Navarra en 1512, la cual fue bastante más dudosa desde un punto de vista dinástico. En este caso Fernando el Católico reclamó el reino a través de su segunda esposa Germana de Foix, nieta del rey Gastón IV de Foix, al igual que la reina de Navarra, Catalina I.  Ahora bien, Catalina no solo era la nieta mayor de Gastón IV, sino también hija de Gastón, príncipe de Viana, hijo mayor de dicho rey. Por ello, Alfredo Floristán define la adquisición de Navarra por parte del rey católico como una "conquista precaria y discutida"56 y a la dinastía de los Albret se refiere como los "reyes despojados por la fuerza".57

Quedaría pendiente el criterio de la preferencia del natural al foráneo que se ha tratado de usar en contra de Felipe. Como ya hemos evidenciado, dicho criterio no se puede reducir simplemente al lugar de nacimiento. Así, Felipe también destacó personalmente su condición de portugués todavía durante la crisis sucesoria en una carta a la ciudad de Lisboa. Destaca sus raíces portuguesas y concluye su carta afirmando "que no es Rey extranjero el que os ha de heredar, sino tan natural como os he dicho, pues soy hijo y nieto de vuestros Príncipes naturales".58

En la misma carta, por cierto, Felipe niega haberle animado al rey Sebastião para que emprendiera la jornada peligrosa a África. Argumenta que más bien trataba de disuadirlo de la misma:

"Y bien creo que son notorias las muchas y grandes diligencias que hice para estorbar la jornada, asi por mi propia persona en Guadalupe como antes y después por mis ministros, de lo cual son testigos muchas personas principales de ese reino".59

Por lo tanto, en una misma carta, Felipe rechaza acusaciones como la de Texeira de haberle inculcado al rey portugués la idea de la jornada africana para que el trono quedara vacante y también afirma su propia pertenencia al reino lusitano. Los círculos de los partidarios de la sucesión de Felipe también se esforzaban en presentar al rey de Castilla como portugués. Resultado de estos esfuerzos son obras como la anónima Visão a maneira de dialoguo sobre a socessão do Reyno de Portugal que se lançou na arqua das cortes, en la que un religioso discute con la patria portuguesa misma sobre el asunto de la sucesión.60 El religioso trae a colación el argumento de la naturaleza alegando que

"assi neguais de todo a Natureza que tinheys tam ysenta e tam ymigua de ser entregue numqua a estrangeiros. Nam vedes quantas vezes desunidos forão estes Reynos de Castella por puro favor de deus e de milagre".61

A eso le responde la Patria que Felipe

"he tambem do sangue Lusitano, Benigno, Grande, Liberal e justo, Amigo dos portugueses de minino, estaa em ygual grao com os praetendentes, mais velho em idade he que os outros, em cousa pois tam clara de que serve, pois al ultimo possuidor tambem he mais cheguado".62

A parte de presentar a Felipe como portugués, también recoge algún criterio dinástico a su favor, precisamente el hecho de ser el nieto mayor del rey Manuel y también de tener el parentesco más cercano con el predecesor directo, el cardenal Enrique, hijo de dicho rey Manuel y por lo tanto, tío de Felipe.

También el conocido cronista aragonés Jerónimo de Zurita le expresa su apoyo a Felipe en una carta de 1578. Se opone a la posibilidad barajada de elegir un nuevo rey al supuestamente no haber un sucesor claramente identificado, argumentando que

"yntroduzir tan perniciosa costumbre de elegirse Rey con perjuycio del legítimo y natural sucessor y heredero, lo que no se ha hecho en España jamás después de la elección de los Reyes don Pelayo y Iñigo Arista, que fue tan milagrosa y contra los infieles y esto en tiempo de Vuestra Magestad teniendo tan legítimo título de Rey de las Españas y siendo nieto del Rey don Manuel".63

También una serie de autores castellanos defendían los derechos de Felipe al trono portugués, principalmente con obras de carácter jurídico. Durante la crisis sucesoria destaca la obra de Luis Molina, Iuris Allegatio pro Rege Catholico Philippo ad successionem Regnorum Portugaliae (1579). En ella expone los argumentos según los cuales a Felipe le correspondería la sucesión una vez terminara el reinado de Enrique. Además durante la época del Portugal filipino se publicaron obras de este tipo jurídico, especialmente en los últimos años en un contexto de un Portugal inquieto, manifestado en los sucesos de Évora en 1637. La obra más emblemática es sin duda el Philippus Prudens Caroli V Imp. Filius Lusitaniae, Algarbiae, Indiae, Brasiliae Legitimus Rex Demonstratus (1639) de Juan Caramuel Lobkowitz. Tras una genealogía que presenta a Felipe II como sucesor natural de los reyes portugueses previos, la obra se enfoca en defender los mayores derechos de éste frente a la duquesa de Braganza principalmente y ya no frente a Antonio. Lo anterior se debe al hecho de que con la muerte de Manuel, hijo del prior de Crato, ya no había pretensiones actuales de este linaje, como sí podía haberlas por parte del duque de Braganza, nieto de Catarina y noble más poderoso del reino.

El mismo Caramuel mantuvo durante la primera parte de la década de 1640 un intenso debate con António de Sousa de Macedo sobre el derecho de los Habsburgo y Braganza respectivamente al trono portugués. Otros autores vinculados a la causa filipina en esta década fueron Antonio de Fuertes y Biota con su Anti-manifiesto o verdadera Declaracion del derecho de los Señores Reyes de Castilla á Portugal (1643) y Nicolás Fernández de Castro con su Portugal convencida (1647), entre otros.

Como ya hemos visto, el dominio de la lengua al igual que el de las costumbres era igualmente muy determinante, sobre todo en el caso de los reyes. Felipe leía y hablaba la lengua portuguesa gracias, por una parte, a su madre portuguesa pero, por otra parte, también gracias a su aya Leonor de Mascarenhas, una noble portuguesa que había llegado a Madrid en el séquito de la princesa y después emperatriz Isabel. Cuando ésta murió en 1539 (Felipe tenía doce años) dicha dama continuó en la corte, por lo cual el futuro rey seguía expuesto al portugués y así pudo llegar a un muy buen dominio de dicha lengua.

El propio Felipe también estaba consciente de la importancia de la lengua portuguesa y de que sus hijos la hablaran tal como se puede desprender de una de las muchas cartas que desde Lisboa envió a sus hijas Isabel Clara Eugenia y Catalina Micaela, ésta del 1 de octubre de 1582:

"Y muy bien es que entendáis portugués tan bien como decís y así procurad que lo entienda vuestro hermano, que será mucho menester para que entienda a los que fueren de acá y le hagáis leer portugués y se lo declaréis, pues tan bien lo entendéis".64

Bouza Álvarez señala que en el aspecto del comportamiento existía una consciencia de que había que presentar a Felipe en Portugal como un príncipe "entendido en nossas costumes e lenguaje, informado de nossas opiniones, humor e lialdade e afeiçoado a nossas inclinações e inteireza".65 Todavía 50 años después de su entronización en Portugal, el noble portugués Luis de Torres de Lima en su libro Avisos do Céu alabó al primer Felipe de Portugal. El objetivo de la obra era mostrar que la unión con la monarquía católica era la mejor opción que existía para Portugal en ese entonces. Y como no podía faltar el aspecto del rey natural en tal relación explica el autor que Felipe "procedeu como portugués assim no traje, como no mais. Foi prudentissimo, amigo dos portugueses e sempre valerao com ele"66 .

También contemporáneos presentes en esos momentos en Lisboa expresan la misma idea. Tal es el caso del embajador imperial en la corte de Felipe II Hans Khevenhüller quien anota en su diario:

"Su magestad del rey don Felipe estaba con tanta gravedad y compostura, aunque dando muestras de afabilidad, parecía que de castellano se avia transformado en costumbres y acciones portugueses".67

Lo expresado aquí por Khevenhüller representa lo que efectivamente se esperaba de un monarca que gobernaba varios territorios: debía tener tantas identidades como territorios para ser el rey natural en cada uno de ellos y comportarse como tal. En ese sentido todavía más de un siglo después, Carlos II al declarar a Felipe de Anjou como heredero del trono ordena a sus súbditos de cada uno de sus territorios que por la lealtad y vasallaje que le debían lo recibiesen "por su rey y señor natural".68

Incluso más allá va el cronista portugués António Brandão en su Directorio sacado de las vidas i hechos de los esclarecidos Reis de Portugal, escrito en 1634 y dedicado al entonces príncipe heredero al trono Baltasar Carlos de Austria para su futura educación (el príncipe solo tenía cinco años en 1634). Al tratar de Felipe II y la sucesión en Portugal Brandão afirma que el rey no era solo portugués (como al mismo tiempo era castellano o aragonés) sino que "tenía más de portugués que de las otras naciones que ai en España, i assi sus sucessores por lo que tienen de españoles más son portugueses que castellanos ni aragoneses".69

La obra en sí, consiste en una cronología de los reyes portugueses desde el conde Don Enrique hasta el propio Felipe IV. Con ello Brandão presenta a los Austrias como la continuación del linaje de dichos reyes y afirma por otra vía más su legitimidad. Lo mismo ocurre en los casos de Duarte Nunes do Leão con su Genealogía Verdadera de los Reyes de Portugal con sus elogios y summarios de sus vida (1590) y Bernardo de Brito con su Elógios dos Reis de Portugal com os mais verdadeiros retratos que se puderão achar (1603) que elaboran una línea recta de sucesión entre el Conde Enrique y Felipe II (caso de Nunes) y Felipe III (caso de Brito) respectivamente. Brito expone dicho linaje de forma aún más específica en su dedicatoria al propio Felipe III:

"posso aparecer com este piqueno dom, diante de Vossa Magestade, pois levo para sanear as faltas nacidas de minha parte, não sô a lembrança do claríssimo tronco dos Rey de Portugal progenitores de Vossa Magestade, mas inda a figura e proporção de cada hum deles".70

También Nunes le señala al rey en su dedicatoria, que la obra trataría de "los Reyes de Portugal sus progenitores".71 Por lo tanto, hemos podido ver que existía una gran cantidad de obras y escritos que trataban de evidenciar que Felipe cumplía con todos los requisitos de un rey natural: descendía de la dinastía real portuguesa, con más derechos que cualquier otro pretendiente al trono y, además, dominaba las costumbres y la lengua portuguesa, con lo cual podía ser considerado natural de Portugal y sucesor legítimo al trono lusitano.

Algo parecido a los textos de Brito, Brandão o Nunes de Leão había ocurrido ya durante el reinado de Carlos V en las coronas de Castilla y Aragón. Se produjo una historiografía destinada al entonces todavía príncipe Felipe que pretendía contribuir a la aceptación de la nueva dinastía presentándolo "como heredero, no solo biológico, sino también moral, de los reyes castellanos.72 Igualmente introducía al entonces todavía príncipe Felipe el catalán Francesc Tarafa los "Comtes de Barcelona y altres de dita provincia, e Reys de Arago, predecessors de vostra Altesa" en su Chronica de la provincia de Cathelunya en la Citerior Spanya de 155373 .

Conclusión

Este artículo tenía como objetivo lograr unas aclaraciones acerca de la naturaleza de los reyes en la Edad Moderna, particularmente para el caso de Felipe I en Portugal (II en Castilla). Se ha evidenciado, que mientras en el caso del tercer estamento la condición de natural está muy ligado al lugar de nacimiento (o en su defecto ser hijo de naturales), no es así en el caso de los nobles y especialmente para los reyes. A nivel personal, había principalmente tres criterios: la ascendencia, el conocimiento de las costumbres y el dominio de la lengua, por lo cual también entraban habilidades y méritos personales en la valoración sobre si un rey podía ser natural o no. Paralelamente, existía el concepto de rey natural en el sentido de rey legítimo que se remonta más bien en la legitimidad dinástica de un monarca.

A pesar de que hubo intentos de usar el argumento de la naturaleza en su contra consideramos que según la visión de la época se le puede considerar a Felipe como rey natural de Portugal y eso en ambos sentidos. Por un lado, claramente tenía derechos dinásticos legítimos como nieto del rey portugués Manuel I. Por otro lado, cumplía los requisitos que Aramaeus había establecido para la naturaleza de los reyes. Era hijo de una portuguesa, dominaba la lengua y se manejaba en las costumbres del reino, tal como evidencian testimonios tanto portugueses como foráneos.

Felipe reinaba en Portugal como rey portugués al igual que ocurría en los otros reinos españoles, lo cual se evidencia en el hecho de que en Castilla reinaba como Felipe II y en la corona de Aragón y en Portugal como Felipe I. No en vano, el primer capítulo de los privilegios de Tomar establecía que el rey juraba "de guardar todos os foros, usos e costumes, privilegios, e liberdades concedidos a estes reinos pelos Reis delles".74 Así también es presentado en las crónicas del reino, siempre como heredero, descendiente y continuador de los reyes portugueses de épocas pasadas. La importancia de este punto queda reflejado en el hecho que, por una parte, el propio Felipe destaca su propia condición de portugués y está consciente que  para su heredero es importante dominar la lengua portuguesa. Por otra parte,  existen una serie de evidencias de que Felipe es percibido como portugués, en crónicas pero también en otros tipos de fuentes.

Los dos conceptos de rey natural además están ligados entre ellos. Difícilmente un rey legítimo (natural) puede ser considerado un extranjero en todos los sentidos, ya que siempre descenderá de algún rey previo del reino y en caso de no dominar lengua y costumbres es posible remediar eso con el tiempo como ocurrió, por ejemplo, en el caso de Carlos V (I en Castilla y Aragón). Por lo tanto, si se aceptaba ya generalmente la legitimidad de Felipe II en Portugal, no se le debería llamar extranjero, ya que en aquella época parte de este concepto constituye una oposición a la legitimidad dinástica de un monarca.

En el caso hipotético que Felipe hubiera incorporado a Portugal en la corona de Castilla el asunto sería distinto. En este caso Felipe no gobernaría como rey natural portugués sino reinaría en Portugal como rey de Castilla y, por lo tanto, como castellano, tal como había ocurrido en casos anteriores con Granada u otros territorios incorporados a la corona castellana por conquista.

Notas

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2. F. BOUZA ÁLVAREZ, Felipe II y el Portugal dos Povos, Imágenes de esperanza y revuelta, Valladolid, Universidad de Valladolid, 2010, p. 8.         [ Links ]

3. Ibídem, pp.  64-65.

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5.  F. LABRADOR ARROYO, "Felipe II y los procuradores de Tomar (1581). La integración de las elites portuguesas a través de la casa real", Congreso Internacional "Espacios de poder: cortes, ciudades y villas (s.XVI-XVIII)", ed. Universidad Autónoma de Madrid,  Madrid, Universidad Autónoma, 2002, pp. 171-185, p. 172.         [ Links ]

6. Aparte del concepto de monarquía compuesta, elaborado por Elliott (1992) están muy vigentes el de la monarquía policéntrica (véase P. CARDIM, Polycentric monarchies. How did Early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony?, Eastbourne, Sussex Academic Press, 2012) y el de la monarquí         [ Links ]a de cortes (véase M. RIVERO RODRÍGUEZ, La edad de oro de los virreyes, Madrid: Akal, 2011, especialmente pp.133-174;         [ Links ] J. MARTÍNEZ MILLÀN, "La Corte de la Monarquía Hispánica", Studia Histórica, Historia Moderna, 28 (2006), pp. 17-61).         [ Links ]

7. J. ELLIOTT, "Reflexiones sobre una unión fracasada", Espacio, Tiempo y Forma, 24 (2012), pp. 21-36, p.23;         [ Links ] M. BALLESTER RODRÍGUEZ, La identidad española en la Edad Moderna (1556 - 1665), Discursos, símbolos y mitos, Madrid, Editorial Tecnos, 2010, p. 53;         [ Links ] R. VALLADARES,  La conquista de Lisboa: violencia militar y comunidad política en Portugal, 1578 - 1583, Madrid, Marcial Pons, 2008, p. 47.         [ Links ]

8. A. SIMON I TARRÉS, Construccions polítiques i identitats nacionals: Catalunya i els orígens de l'estat modern espanyol, Barcelona, Abadia de Montserrat, 2005, pp. 135-139.         [ Links ]

9. El territorio de Navarra sufrió varias divisiones con el tiempo: hasta 1076 el reino de Navarra incluía también las tres provincias vascas, año en que éstas se incorporaron a la corona de Castilla. El resto siguió independiente como reino de Navarra hasta 1515 cuando Fernando el Católico incorporó la Comunidad Foral de Navarra también a dicha corona (como reino de Navarra). La Baja Navarra continuó como reino independiente (llamándose también reino de Navarra) y en 1589 se unió dinásticamente al reino de Francia.

10. A. HANSERT, "Zur Soziologie monarchischer Dynastien", Zeitsprünge, Forschungen zur Frühen Neuzeit, 1 (1997), pp. 99 - 116, p. 104.         [ Links ]

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14. Sobre estas relaciones hispanos-lusas, véase J. MARTÍNEZ MILLÁN y M. MARÇAL LOURENÇO (eds.), Las relaciones discretas entre las Monarquías Hispana y Portuguesa: Las Casas de las Reinas (siglos XV-XIX), Madrid: Polifemo, 2008, tres tomos,         [ Links ] especialmente los textos de Cañas Gálvez (pp. 9-232), Domínguez Casas (pp. 233-274) y Redondo Cantera (pp. 1537-1562).

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21. X. TORRES SANS, Naciones sin nacionalismo, Cataluña en la monarquía hispánica (siglos XVI-XVII), Valencia, Universidad de Valencia, 2008, p. 225.         [ Links ]

22. Sobre esa temática, véase especialmente T. HERZOG, Defining nations. Immigrants and Citizens in Early Modern Spain and Spanish America, Yale: Yale University, 2003.         [ Links ]

23. T. HERZOG, "Être Espagnol dans un monde moderne et transatlantique", Le sentiment national dans l'Europe méridionale aux XVIe et XVIIe siècles (France, Espagne, Italie), ed. Alain Tallon, Madrid, Casa Velázquez, 2007, pp. 1-18.         [ Links ]

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28. Sobre esa obra, véase el estudio introductorio de Eva Serra en la edición moderna de 1995.

29. H. MÜLLER, "Königtum und Nationalgefühl in Frankreich um 1400", Historisches Jahrbuch, 103 (1983), pp. 131 - 145.         [ Links ]

30. X. TORRES SANS, "A vueltas con…", p. 835.

31. H. ROWEN, The king's state: propietary dynasticism in early modern France, New Brunswick, Rutgers University Press, 1980, p. 50.         [ Links ]

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33. D. ARAMAEUS,  "An alius quàm Germanus in Regem Romanorum elegi possit?", Discursus Academici de Jure Publico, ed. Dominicus Aramaeus, Jena, Typographeo Viduae Rauchmaulianae, 1616, pp. 57-71.         [ Links ]

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35. A. SCHMIDT, "Ein Französischer Kaiser?...", p. 155.

36. A. AUBÉRY, Des iustes pretensions du roy sur l'empire, Paris, Antoine Bertiert, 1667, p. 53.         [ Links ] Sobre esa obra, véase, W. DOTZAUER, "Der publizistische Kampf zwischen Frankreich und Deutschland in der Zeit Ludwigs XIV. Der Publizist Antoine Aubéry und seine Gegner (1667-1669): « Des iustes prétentions du Roi sur l'empire », ZGO, 122 (1974), pp. 99-123.         [ Links ]

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39. Ibídem, p. 69.

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42.   SÁNCHEZ-MOLERO, "Felipe II, Princeps…", p. 71.

43. A. CAETANO SOUSA, Provas da História Genealógica da Casa Real Portuguesa, Coimbra, Atlántida, 1948.         [ Links ]

44. Este cuadro está disponible en wikipedia.es; sin embargo, se han corregido aquí algunos errores de fechas.

45. F. BOUZA ÁLVAREZ, Portugal en la…, pp. 200-201.

46. R. GARCÍA CÁRCEL, "El nacionalismo portugués durante el reinado de Felipe II: La "Anatomía de España" de José de Texeira", Estudis: Revista de historia moderna, 24 (1998),  p. 112.         [ Links ]

47. Ibídem,  p. 121.

48. Ibídem, p. 121.

49. R. VALLADARES, La conquista de…, p. 55.

50. P. BELLOY, Declaration du droit de legitime succession, sur le royaume de Portugal, Amberes, Pierre du Belloy, 1582, pp. 42-42v.         [ Links ]

51. Ibídem, p. 43v.

52. Véase, F. BOUZA, "D. Antonio I prior de Crato y el horizonte portugués de la Leyenda Negra", España ante sus críticos, las claves de la Leyenda Negra, eds. Yolanda Rodríguez Pérez, Antonio Sánchez Jiménez y Harm den Boer, Madrid: Iberoamericana, 2015, pp. 117-138.         [ Links ]

53. Véase, F. GALLEGOS, "La guerra de los Países Bajos hasta la Tregua de los Doce Años", Revista Aequitas, 4 (2014), pp. 167-252.         [ Links ]

54. R.  GARCÍA CÁRCEL, "El nacionalismo portugués…", p. 111.

55. A. PÉREZ MARTIN, "Estudio Introductorio", El derecho de sucesión en el trono, la sucesión de Martín el Humano (1410-1412), ed. Antonio Pérez Martín, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1999, p. XVIII.         [ Links ]

56. A. FLORISTÁN, "El virreinato de Navarra. Consideraciones históricas para una reinterpretación institucional", El mundo de los virreyes en las monarquías de España y Portugal, eds. Pedro Cardim y Joan-Lluís Palos, Madrid: Iberoamericana, 2012,  p. 120.         [ Links ]

57. A. FLORISTÁN, "Universalismo y nacionalismo en la monarquía de Felipe II. Dos reflexiones desde Navarra", Felipe II (1527-1598), Europa y la Monarquía Católica. Tomo I, 1ª parte, El gobierno de la Monarquía (Corte y Reinos), ed. Manuel Rivero Rodríguez, Madrid, Ed. Parteluz, 1998, p. 228.         [ Links ]

58. Colección de documentos inéditos para la Historia de España. Tomo VII, eds. Miguel Salva y Pedro Sainz de Baranda, Madrid, Imprenta de la Viuda de Calero, 1845, pp. 239-240.         [ Links ]

59. Ibídem, p. 238.

60. El texto íntegro está reproducido en F. BOUZA ÁLVAREZ, Felipe II y…, pp. 75-80.

61. Ibídem, p. 79.

62. Ibídem, p. 79.

63. F. BOUZA ÁLVAREZ, Portugal en la…, p. 34.

64. Cartas de Felipe II a sus hijas, ed. Fernando Bouza Álvarez, Madrid, Akal, 2008, p. 93.         [ Links ]

65. F. BOUZA ÁLVAREZ, "La herencia portuguesa de Baltasar Carlos de Austria. El Directorio de fray António Brandão para la educación del heredero de la monarquía católica", Cuadernos de Historia Moderna, 9 (1988), p. 50.         [ Links ]

66.  F. LABRADOR ARROYO, "Felipe II y los…", p. 183.

67. Diario de Hans Khevenhüller, embajador imperial en la corte de Felipe II, eds. Sara Veronelli y Félix Labrador Arroyo, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2001, p. 239. Véase el estudio introductorio de los editores.         [ Links ]

68. G. ANES, "España como nación en el siglo de las luces",  España como Nación, ed. Real Academia de la Historia, Barcelona,  Planeta, 2000, pp. 159-211, p. 167.         [ Links ]

69. F. BOUZA ÁLVAREZ, "La herencia portuguesa…", p. 56. Conviene recordar que en ese tiempo el término de España incluía a toda la Península Ibérica, por lo cual los portugueses eran igualmente considerados españoles como los castellanos, catalanes etc. Véase acerca de ello también M. GLOËL, Monarquía Imaginada. Eine Untersuchung zu Vorstellungen von der Monarchie auf der Iberischen Halbinsel im 16. und 17. Jahrhundert, Hamburgo: Verlag Dr. Kovac, 2014, pp. 31-42.         [ Links ]

70. B. BRITO, Elógios dos Reis de Portugal com os mais verdadeiros retratos que se puderão achar, Lisboa, Pedro Craasbeck, 1603, sin página.         [ Links ] Sobre Brito, véase M. GLOËL, "Bernardo de Brito: a misunderstood Portuguese chronicler", E-Journal of Portuguese History, 15 (2) (2017), pp. 30-44.         [ Links ]

71. D. LEÃO, Genealogía Verdadera de los Reyes de Portugal con sus elogios y summarios de sus vida, Lisboa, Antonio Álvarez, 1590, sin página.         [ Links ]

72. J. SÁNCHEZ-MOLERO, "Felipe II, Princeps...", p. 83.

73. Ibídem, p. 84.

74. Patente das merces, graças, e privilegios, de que elRei dom Philippe nosso Senhor fez merce a estes seus Regnos, Lisboa, Antonio Ribeiro, 1583, p. 1.         [ Links ]

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