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Estudios de filosofía práctica e historia de las ideas

versión On-line ISSN 1851-9490

Estud. filos. práct. hist. ideas vol.12 no.1 Mendoza jun. 2010

 

ARTÍCULOS

La tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal de la economía colonial peruana1

Mariátegui's thesis on the feudal character of Peruvian colonial economy

David Sobrevilla*
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima

Resumen

José Carlos Mariátegui, en su "Esquema de la evolución económica" [del Perú], el primero de los 7 ensayos (1928), consideró que la economía colonial peruana era feudal. En nuestro libro El marxismo de Mariátegui y su aplicación a los '7 ensayos (2005)', manifestamos que con la información disponible hoy, tal afirmación se había tornado insostenible. Por su parte, Antonio Melis señaló que la caracterización de Mariátegui podía ser discutida. En este artículo se examinan las observaciones planteadas por Melis. Se considera en primer lugar la posición de A. G. Frank, así como las reacciones que suscitó. Se exponen a continuación las razones en contra de la tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal de la economía peruana colonial. Se examina luego la tesis de Ruggiero Romano sobre el feudalismo en general y sobre el iberoamericano en particular. Se realiza, por último, una consideración final.

Palabras clave: Economía colonial; Feudalismo; Capitalismo, Mariátegui.

Abstract

José Carlos Mariátegui, in his "Outline of economic evolution" [Peru], the first of the 7 ensayos (1928), considered Peru's colonial economy was feudal. In our book Mariátegui's Marxism and its application to '7 ensayos' (2005), we said that the information available today, such a claim had become untenable. For his part, Antonio Melis said Mariátegui's characterization could be discussed. This article discusses the observation raised by Melis. It considers the position of A. G. Frank, as well as the reactions to it. Then the reasons against Mariátegui's thesis are also considered. The thesis on feudalism in general and the Latin American one in particular is examined by Ruggiero Romano. A final one consideration is done as a conclusion.

Keywords: Colonial Economy; Feudalism; Capitalism; Mariátegui.

Introducción: El problema

¿Fue la economía colonial peruana feudal? Se trata de una cuestión debatible y debatida, y que, pese a que no lo parezca, tiene una enorme importancia. José Carlos Mariátegui dio una respuesta positiva a esta pregunta en su "Esquema de la evolución económica" [del Perú], el primero de los 7 ensayos (1928).

En nuestro libro El marxismo de Mariátegui y su aplicación a los '7 ensayos' (2005), manifestamos que el día de hoy, con la mayor información de que se dispone se había tornado insostenible esta tesis. En el Prólogo que Antonio Melis tuvo la generosidad de escribir para nuestro libro, señaló que la caracterización como feudal del sistema económico de la Colonia por Mariátegui  le parecía sin embargo un problema posible de discusión. Reconocía que en época reciente habían dominado posiciones como la de André Gunder Frank, quien había identificado en el sistema colonial americano el nacimiento del capitalismo, mucho antes de la misma revolución industrial; pero añadía que esta tesis había sido objeto de negaciones autorizadas, como la de Ruggiero Romano, quien había hablado "justamente de un sistema feudal trasplantado desde Europa a las colonias americanas" (2005, 20). En este artículo deseamos examinar la observación que nos planteaba Melis.

Al realizar nuestra crítica a la tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal de la economía colonial peruana, tuvimos en cuenta otros argumentos y no la posición de Frank, pero quizás sea útil recordarla, así como las reacciones que suscitó (I). Expondremos a continuación nuestras razones en contra de la tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal de la economía peruana colonial (II). Examinaremos luego brevemente la tesis de Ruggiero Romano sobre el feudalismo en general y sobre el iberoamericano en particular (III). Y realizaremos por último una consideración final.

I - La tesis de Frank sobre el carácter capitalista de la economía colonial hispanoamericana y el debate en torno a ella

En su libro Capitalismo y subdesarrollo en América Latina (1965), André Gunder Frank afirmaba que el subcontinente latinoamericano había funcionado desde muy temprano, desde la misma Conquista, conforme al modo de producción capitalista. La razón es que en el mundo moderno existió un solo sistema económico: la economía de mercado capitalista, sistema dentro del cual América Latina fue sólo un satélite periférico del capital comercial español y portugués. No se dio, por entonces, un sistema dual con un sector capitalista y otro feudal. Dentro del sistema mundial capitalista se presentó más bien una relación centro-periferia con una serie de nudos intermedios. El centro penetró la periferia imponiéndole sus características. En este sentido, la concentración de capital se produjo a través de las instituciones coloniales como las mercedes de tierras, las encomiendas y la mita, de las que los beneficiarios fueron un grupo privilegiado de conquistadores españoles. La misma ciudad colonial fue un instrumento privilegiado de colonización: el medio de incorporar al indio a la economía traída por el conquistador e impulsada por sus descendientes. En consecuencia, la economía colonial latinoamericana no puede considerársela como una economía feudal sino como formando parte del proceso de desarrollo capitalista, que se dio internacional y nacionalmente.

El planteamiento de Frank suscitó muchas reacciones, de la que sólo quisiéramos referirnos a las de Ernesto Laclau y Ruggiero Romano. Laclau publicó en 1971 el amplio artículo "Feudalismo y capitalismo en América Latina"2, en el que trató de poner de manifiesto una serie de deficiencias teóricas en el planteamiento de Frank, como que éste no había definido adecuadamente el concepto de capitalismo -por ej. no distinguiría correctamente en "capital" y "capitalismo". En lo referente al punto básico que nos interesa, sobre si la economía colonial latinoamericana había sido feudal o ya capitalista en ciernes, Laclau creía advertir en Frank una confusión con respecto al significado del feudalismo: lo concebía como un sistema cerrado no penetrado por las fuerzas del mercado, cuando el realidad hay que verlo en relación con el capitalismo: como retrasando el proceso de diferenciación interna de las clases sociales y la expansión de aquél. Laclau ponía en duda la afirmación de Frank de que en el mundo moderno hubiera existido un único sistema económico. Pensaba que Frank confundía las relaciones sociales con las espaciales, y que su esquema de centro-periferia es cierto que daba cuenta de la relación entre la metrópolis y sus satélites, pero no lograba explicar las relaciones de clase dentro de los países satélites; y más en concreto no hacía claro por qué en estos países continuaron existiendo relaciones "feudales" que afectaban a productores directos que ni siquiera estaban vinculados con el propio mercado nacional. En general, Laclau era de opinión de que no se podía definir el carácter de los países periféricos únicamente a partir de su vínculo con el exterior, sobre todo con el país central, sino que señalaba que ellos tienen un cierto grado de autonomía en sus procesos sociales y políticos.

La reacción de Ruggiero Romano fue bastante más áspera, llegando a sostener que Gunder Frank padecía de su "subdesarrollo cultural" (Romano, R. 1971, 271-279), y de que carecía de un conocimiento mínimo de la historia económica de la alta Edad Media (Romano, V.R., 1992, nota 3 de la pág. 6). Romano insistía en la crítica de Laclau a Frank de que éste concebía el feudalismo como un sistema cerrado, y cometía el gran error de pensar que el feudalismo es incompatible con un comercio internacional de extensa cobertura. Posteriormente nos referiremos con más detalle a la concepción de Romano sobre el feudalismo en general y sobre el iberoamericano en particular.

Quisiera agregar que en esta discusión sobre el carácter de la economía colonial latinoamericana, la investigación posterior parece haberle dado la razón a Frank. Tengo en mente sobre todo el planteamiento de Immanuel Wallerstein en su libro El moderno sistema mundial (3 vol.: 1979-1989) que sigue las huellas dejadas por su maestro Fernand Braudel en su amplio estudio Civilización material, economía y capitalismo. Siglos XV-XVIII (3 vol.: 1979). Según Wallerstein en un momento determinado entre 1300 y 1450 se produjo la crisis del feudalismo, lo que obligó a una expansión del mundo geográfico fuera de Europa, al desarrollo de nuevos métodos de trabajo para diferentes productos y zonas, y a la creación de aparatos de Estado relativamente fuertes. Así se pasó del sistema feudal al del capitalismo. Para el autor, en la historia de la humanidad ha habido numerosos sistemas-mundo, es decir, sistemas que eran un mundo en sí mismos, mas el sistema-mundo capitalista es el único que ha llegado a constituirse en un sistema mundial. El sistema mundo capitalista es una economía-mundo capitalista. Una característica definitoria de una economía-mundo es que no está limitada por una estructura política unitaria: existen muchas unidades políticas dentro de un sistema-mundo. Y otra característica es que éste comprende muchas culturas y grupos. Por lo tanto, como las economías-mundo carecen del cemento unificador proporcionado por una estructura política o por una cultura homogénea, lo que las mantiene unidas es la eficacia de la división del trabajo. Al imponerse la economía-mundo capitalista, los otros modos de producción precapitalistas: la esclavitud, el 'feudalismo', el trabajo asalariado y el trabajo por cuenta propia, sobreviven acomodándose al modo capitalista de producción y transfiriendo el excedente de la periferia y semiperiferia al centro. En el caso del así llamado "feudalismo hispanoamericano", Wallterstein sostiene que debe ser diferenciado del europeo medieval, y que en rigor no debería ser denominado feudalismo sino "trabajo obligado en cultivos para el mercado" (coerced cashcrop labor). En efecto, en el feudalismo europeo el terrateniente (señor) producía primariamente para una economía local, y derivaba su poder de la debilidad de la autoridad central. En cambio, en la América española el terrateniente (señor) producía para una economía mundo capitalista, y se mantenía en el poder por la fuerza de la autoridad central  frente al trabajador agrícola (Wallerstein, I. 1979, I, 126-127). A esto se agregan las diferencias entre el siervo de la gleba de la Edad Media y un trabajador en una encomienda de la América española: primeo, aquél destinaba "parte" del excedente al mercado, éste "la mayor parte" del excedente. Segundo, aquél producía para un mercado local, éste para un mercado mundial. Tercero, la clase feudal de la Edad Media gastaba despreocupadamente sus ganancias, en tanto que las clases favorecidas del centro están hoy obligadas a maximizar sus ganancias y a reinvertirlas.  De allí que en la polémica entre Laclau y Frank, Wallterstein sostenga que, si en la exegética de los conceptos marxistas el autor chileno puede tener la razón, es Frank quien mejor recoge y expresa el espíritu de Marx (Ibid., I, 179).

Concluiremos esta parte destinada a presentar la discusión suscitada por la tesis de Frank sobre el carácter capitalista de la economía colonial hispanoamericana recurriendo a una consideración de Ciro F.S. Cardoso y Héctor Pérez Brignoli. Para estos autores el problema del carácter de la economía colonial iberoamericana se lo puede examinar desde dos perspectivas diferentes: se puede tener en cuenta sólo las estructuras internas hispanoamericanas, sin atender lo suficiente a sus vínculos con el desarrollo de la economía mundial; o se puede ver el mundo latinoamericano o caribeño sólo o esencialmente como una proyección de la economía mundial (1979, I, 151-152). Laclau y en cierta manera Romano se sitúan en la primera perspectiva, en tanto que Frank y Wallerstein lo hacen en la segunda -de allí que su desacuerdo sea inevitable.

II - Discusión de la tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal de la economía colonial peruana

La palabra "feudalismo" es polisémica: podemos tomarla en un sentido histórico como refiriéndose a un fenómeno que se dio originalmente en Europa, o en un sentido marxista como designando un modo de producción determinado -frente a otros modos de producción distintos como el esclavista o el capitalista. Entre estos dos sentidos existen por cierto algunas vinculaciones.

Nuestra opinión era, y es, que a tenor de los nuevos conocimientos de que ahora se dispone no se puede seguir sosteniendo la tesis de Mariátegui sobre el carácter feudal del Perú colonial ni en un sentido histórico ni tampoco marxista. A continuación nos referiremos: 1. a que la caracterización del feudalismo europeo no se cumple en el caso del llamado por Mariátegui feudalismo colonial peruano, y 2. a que los rasgos del modo de producción feudal tampoco corresponden a la realidad histórica de la economía colonial peruana.

1 - ¿Se aplica la caracterización del feudalismo histórico al caso del Perú colonial?

En un notable trabajo, "Esencia y difusión del feudalismo", Otto Hintze3 ha discutido este tema con erudición y gran solvencia. Manifiesta que sobre la base del fenómeno individual histórico de la organización feudal del Reino de los Francos y de sus estados sucesores o vecinos, o sea de los pueblos romano-germánicos de la Edad Media, se puede construir el tipo ideal que subyace al concepto del feudalismo. Los rasgos fundamentales de dicho tipo son los tres siguientes: 1. División del poder estatal entre el rey y las autoridades particulares, división que es extraña al Estado moderno centralizado. Mientras en éste el poder se divide según sus funciones, en el Estado feudal la división tiene lugar según su objeto, la región y la gente. 2. Prioridad del elemento personal frente al institucional en el ejercicio del dominio. "Subyace a ello la concepción germánica del dominio como derecho personal del señor como miembro de una estirpe dotada hereditariamente de carisma" (1987, 16). 3. Elemento jerárquico basado en la estrecha relación entre el Estado y la Iglesia sin que se tracen límites entre el poder secular y el espíritu eclesiástico. Se considera que todo el poder de dominación viene de Dios, a diferencia de la concepción moderna  del Estado soberano que se basa en el principio de que el poder estatal procede del dominador o del pueblo. "Este rasgo jerárquico culmina en la teoría del supremo dominio papal sobre toda la cristiandad" (Ibid., 17).

Los tres factores que producen como efecto total el feudalismo, o las tres funciones en que opera y se realiza el feudalismo, son, según Hintze, los siguientes: 1. la función militar: separación de un estado bélico altamente formado, profesional y ligado por lealtad al señor, estamento que descansa en un contrato privado y que tiene una posición privilegiada. 2. La función económico-social: elaboración de una forma de economía señorial-campesina, que garantiza ingresos sin trabajar a este estamento bélico privilegiado. Y 3. la función política: dominio de la nobleza guerrera en una asociación estatal predispuesta a ello por una estructura muy flexible, por el predominio de los medios personales de dominio sobre los institucionales, por la inclinación al patrimonialismo y por una muy estrecha relación con la jerarquía eclesiástica.

Hintze considera que podemos hablar de un feudalismo en sentido pleno, cuando operan conjuntamente estos tres factores condicionándose recíprocamente, como sucedió con los Estados sucesores del reino carolingio, pero no allí donde se puede demostrar sólo uno u otro de ellos o únicamente su esbozo. En su opinión, el feudalismo en sentido pleno como un sistema se dio -aunque con fuertes divergencias y particularidades- sólo en tres lugares del mundo fuera de Europa: en Rusia, en los estados islámicos y en el Japón. Y señala que debemos abandonar el prejuicio de moda de que el feudalismo sea un estadio general de tránsito por el que todo pueblo ha tenido que pasar.

De lo anterior se deduce que en la misma España no existió en rigor un feudalismo histórico en sentido pleno, aunque una cierta excepción la constituyen el reino austurleonés y Cataluña. La razón básica de esta carencia fue la circunstancia del desarrollo peculiar de España, en la que la invasión musulmana destruyó los grandes dominios territoriales arruinando a la poderosa nobleza de la época goda. Esta circunstancia explica que en España no se hayan dado las instituciones feudales; así fue la soldada y no el beneficio (la cesión por el rey de un cierto territorio) la recompensa habitual del vasallo; que si se entregaba el beneficio, éste no adquiría la condición de hereditario; que los monarcas hayan conservado una parte importante de sus derechos: la acuñación de moneda, la administración de justicia en los casos de corte, el derecho a desterrar al señor indigno etc. Tempranamente, entre los siglos VIII-X, se presentaron en el reino asturleonés algunas instituciones típicamente feudales como el beneficio, el vasallaje y la inmunidad; pero no así el feudalismo propiamente dicho por la presencia de la pequeña y mediana propiedad, por la inexistencia de una clase nobiliaria poderosa y por el vigor de la monarquía. Cataluña se feudalizó tardíamente, a partir del siglo XI según la opinión de algunos historiadores como Pierre Vilar y Joseph Ma Font Rius, ya que al principio de la Reconquista predominó en los condados catalanes la pequeña propiedad libre. Después se produjo la plena fusión del régimen señorial y del feudal al infeudarse los señoríos y recibir el vasallo el derecho a ejercer funciones públicas y jurisdiccionales4.

Por cierto, si en España no existió en general un feudalismo en sentido pleno, es difícil concebir cómo pudo trasplantar a sus posesiones americanas un régimen que no tenía. Pero con independencia de este razonamiento, la realidad histórica del régimen impuesto en Iberoamérica no muestra las características de las formas constitutivas del feudalismo pleno. Restringiéndonos al caso del Perú, no hubo aquí un estamento bélico altamente formado y ligado por lealtad a un señor por un contrato (función militar), la economía no fue básicamente señorial-campesina sino que predominó la minería (función económico-social), y los encomenderos se encontraban claramente subordinados a las disposiciones de la autoridad real y a las de su administración -por lo menos a partir de 1542-43 (función política). La conclusión es bastante nítida: la economía colonial peruana no tuvo un carácter feudal pleno.

2- ¿Existió en el Perú colonial el modo de producción feudal?

La doctrina de los modos de producción procede de Marx y Engels. Ambos sostenían en el Manifiesto comunista (1848) que las sociedades de clase previas al capitalismo eran la sociedad esclavista, la feudal y la burguesa. En su texto Formas que preceden a la producción capitalista (1857-58, publicado recién en 1939), Marx agregó el "modo de producción asiático". Finalmente, en su libro El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado (1884), Engels formuló lo que ha llegado a ser la versión oficial ortodoxa de los modos de producción afirmando que las formaciones económico-sociales antes del socialismo eran básicamente cuatro: la sociedad primitiva, la esclavista, la feudal y la capitalista, eliminando el modo de producción asiático. A este esquema de desarrollo se ajustaría la evolución de la humanidad en todas partes.

¿Cuáles eran los rasgos básicos del modo de producción feudal? Los investigadores marxistas han reconstruido las ideas de Marx y Engels al respecto de la siguiente forma: el feudalismo es una formación económico-social que se desarrolló sobre la base de un orden esclavista precedente o también de una sociedad primitiva en trance de disolución. El fundamento de esta formación social son las relaciones feudales de producción, que estaban caracterizadas por la propiedad de los señores feudales (la nobleza y el clero) sobre el que entonces era el principal medio productivo: la tierra, y por la propiedad limitada de los señores feudales sobre los productores inmediatos: los campesinos que tenían la condición de siervos. En forma de una renta sobre el trabajo (prestaciones personales), de la renta de los productos o de la renta sobre el dinero, la clase de los señores feudales se apropiaba con ayuda de la coacción extraeconómica del excedente del trabajo que obtenían los campesinos siervos de la parte de la tierra que les había sido proporcionada por los señores feudales a fin de que la cultivaran. Esta explotación dio lugar a la lucha de los señores feudales y los campesinos, lucha librada por los siervos inicialmente contra la agudización de la explotación y posteriormente contra el mismo orden feudal.

La estructura política de la sociedad feudal estaba caracterizada por las relaciones jerárquicas de supra- y subordinación que concedían a los señores feudales particulares amplias facultades estatales en su ámbito de dominio, pero obligándolos por este hecho a la obediencia frente a los señores que se hallaban por encima y de los que eran vasallos. La estructura política del feudalismo se distinguía además por las diferencias de clase y por las existentes entre los estamentos sociales que estaban fijados legalmente.

El dominio de la clase de los señores feudales se apoyaba ideológicamente en las religiones monoteístas y en la filosofía religiosa5.

La realidad de la economía colonial iberoamericana y peruana se ajusta sólo en parte a las características del modo de producción feudal:

a) Se puede en parte asimilar la oposición entre los señores feudales y los siervos a la que existió en la América hispana entre los encomenderos y los encomendados.

b) Pero la propia encomienda desarrolló en su seno el embrión de la economía capitalista. Sucedió que el encomendero se hallaba cogido entre una economía natural que no le proporcionaba medios de cambio y una economía monetaria que se los exigía, por lo que no tuvo más opción que tratar de convertir los recursos naturales en medios de producción de metales acuñados, o en bienes que pudieran ser intercambiados por ellos. Por esta razón pasó a una economía capitalista. Para ello recurrió a la clase mercantil fuerte y organizada que controlaba el comercio, disponía de numerario suficiente y contaba con los circuitos de financiación requeridos (García Fuentes, L. 1987, 207).

c) El comercio interprovincial alcanzó una extensa cobertura y tuvo un gran desarrollo.

d) Mientras en el modo de producción feudal la agricultura tuvo el rol principal, en la economía iberoamericana y peruana colonial fue determinante el papel que jugó la minería.

e) En la economía colonial iberoamericana, y sobre todo en la peruana, fueron enormemente importantes las haciendas cuya actividad, en el caso de las grandes haciendas, adquirió con el tiempo un carácter altamente capitalista.

f) Otra institución que en la América Latina colonial tiene un carácter incipientemente industrial y capitalista fueron los obrajes, establecimientos en que se labraba paños para los indígenas que con el tiempo fueron exportados fuera de los centros de producción. El daño causado por los obrajes a la importación de paños españoles llegó a adquirir tal magnitud que Felipe II ordenó secretamente al Virrey Toledo el cierre de los obrajes peruanos, pero sin que este Virrey ni los posteriores cumplieran  esta disposición.

g) A lo anterior se agregan dificultades jurídico-políticas, como que en América Latina los encomendados no eran vasallos del señor feudal sino del rey, que los señores feudales no tenían facultades judiciales, y que en Iberoamérica no eran habituales los rituales que convertían a los españoles en señores feudales.

Frente a estos problemas, los autores marxistas o de orientación marxista han indicado que el modo de producción feudal no se dio en estado puro sino que se combinó con rasgos de otros modos de producción, es decir que se estableció un sistema feudal con ciertos rasgos capitalistas, al que se puede denominar por ello "feudalismo incompleto", "semifeudalismo", "feudalismo de una nueva variedad" etc. En contra de esta opinión, otro autor marxista como Immanuel Wallerstein sostiene que es imposible que hayan existido juntas dos formas de organización social: una feudal y otra capitalista. En efecto, "La economía-mundo tiene una u otra forma. Una vez que es capitalista, las relaciones que muestran ciertas semejanzas formales con las relaciones feudales deben ser necesariamente redefinidas en términos de los principios que gobiernan un sistema capitalista. Esto es cierto tanto para la encomienda de la América española como para el llamado "segundo feudalismo" de la Europa oriental" (I. Wallerstein, Ibid., 1979; I, 129).

En el Perú el prestigio de Mariátegui y de su tesis sobre el feudalismo colonial ha llevado a muchos autores marxistas o de orientación marxista a ver claramente los problemas de la realidad económica de la época colonial peruana, pero los conducido a la vez a aferrarse a la posición según la cual se trataba de un sistema feudal incompleto o híbrido. Este es el caso del historiador Pablo Macera que estudió con detalle las haciendas coloniales peruanas y que afirmaba que el feudalismo colonial fue alterado, incompleto o mediatizado, "ya que se negaba en su propia realización y no alcanzó a dominar todos los sectores políticos y culturales de su respectiva sociedad global" (1973, 45). Según Macera la hacienda colonial peruana debe ser estudiada en un doble frente: "mientras al interior se estableció una economía no monetaria con los salarios pagados en servicios, concesión precaria de terrenos y especies supervaloradas; del otro lado, hacia fuera la hacienda se gestionaba como economía monetaria y vendía sus productos en el mercado a cambio de dinero" (1977, 3: 220). La hacienda coordinó así sistemas formalmente contradictorios -razón por la cual el autor sostiene que el feudalismo incompleto peruano se negaba en su propia realización. Mas Macera reconoce a la vez que "Con todo, el carácter fundamental de la hacienda fue el de una empresa capitalista y por eso era una expresión provincial y subordinada del proceso expansionista europeo de los siglos XVI en adelante" (1977, 3: Ibid.). A lo anterior hay que añadir que según el historiador peruano el sector minero en la Colonia no fue feudal, y que durante el Virreinato el comercio interior y exterior permitió la formación de un sector burgués que se negaba a sí mismo haciendo suyos los intereses de la vida aristocrática sin identificarse como clase ni promocionarse como tal (1973, 46 y 47).

Otro intelectual marxista, el antropólogo peruano Rodrigo Montoya, afirmó por su parte  que el período colonial peruano no debería ser visto ni como feudal ni como capitalista sino como híbrido: "como un período que combinó una fase de quiebra del imperio incaico con la supremacía española que era ya un híbrido del feudalismo en crisis y un mercantilismo convertido en razón de su economía: y que en general fue una etapa formativa" (Montoya, R., 1976, 53).

En resumen, cuando Mariátegui denomina como feudal el modo de producción colonial lo hace de una manera bastante simplista sin advertir que la importancia de la actividad minera colonial, del comercio interprovincial, de la actividad de las haciendas y de la de los obrajes pone seriamente en entredicho su caracterización.

III - La tesis de Ruggiero Romano sobre el feudalismo en general y sobre el hispanoamericano en particular

El ilustre historiador económico Ruggiero Romano era de opinión que los conceptos obtenidos de la experiencia histórica europea traicionaban la experiencia latinoamericana -y la de otras latitudes. Así sostenía que sucedía con el concepto de "feudalismo", por lo que sostenía que había que poner un acento distinto al tradicional en los elementos que lo integran. En lugar de subrayar los aspectos jurídicos, institucionales y constitucionales del feudalismo, el autor proponía enfatizar los económicos (Romano, R., 1992, 5).

Según Romano no hay una definición axiomática de la economía feudal excepto para la alta Edad Media. El feudalismo lo entendía como un modo de producción en el cual: a) la propiedad de la tierra se adquiere prevalentemente mediante un acto de donación por parte del soberano o, pura y simplemente, a través de la ocupación abusiva. b) La "...obligación impuesta al productor por la fuerza, e independientemente de su voluntad, de cumplir ciertas exigencias económicas de un señor, ya cobren éstas la forma de servicios a prestar o de obligaciones a pagar en dinero o en especie..." (M. Dobb). Y c) la situación de prevalente economía natural (Romano, R., 1992, 5).

En realidad, este último sería el rasgo más distintivo del feudalismo para Romano, quien en otro lugar (Romano, R., 1992, 68) lo definió así negativamente: a) el feudalismo no es una economía puramente (o esencialmente) monetaria, b) no es una economía con un gran mercado interno, c) no es una economía con libertad de ingresar y salir del mercado de trabajo, y d) no es una economía con una libertad de ingresar al mercado de mercancías y de salir de éste. Afirmativamente dicho: una economía feudal es esencialmente una economía natural  de intercambio, lo que no se contradice con la presencia simultánea del comercio internacional.

La definición anterior se explica a partir de la tensión existente entre la economía natural de intercambio y la monetaria, idea que Romano tomó de Adolph Dopsch. En la economía natural de intercambio se establece una moneda natural-tipo que recurre a la coca, telas, cacao, conchas etc. para efectuar los intercambios, las relaciones son de tipo personal, y el intercambio es directo e inmediato. En cambio, en la economía monetaria el medio de pago es la moneda metálica, las relaciones se han objetivado, y el intercambio es indirecto, o sea que sus términos pueden alejarse en el espacio y el tiempo. Con ello las actividades se emancipan de la situación del momento y se puede ampliar el mercado de una manera fundamental. La economía feudal es pues prevalentemente natural, lo que no excluye que también haya en ella una economía monetaria.

Dijimos que hay muchos investigadores que afirman que en España sólo habían existido tempranamente algunas instituciones feudales en el reino asturleonés y tardíamente en Cataluña, y que en todo caso el feudalismo hispánico no había sido un feudalismo pleno que corresponda al feudalismo germánico y francés. En contra sostiene vigorosamente Romano que no hay algo así como una idea platónica del feudalismo (Ibid., 88.) y que en ninguna parte está escrito el dogma de un verdadero y único feudalismo (Ibid., 97.). En su opinión en España hubo un feudalismo, y se puede reconstruir sin duda en él las instituciones feudales como el homenaje y la investidura (Ibid., 70-71.) por la cual el vasallo pasaba a disfrutar del bien concedido por el señor. Es cierto que la formación del feudalismo peninsular es más lenta y con algunas características distintas a las del feudalismo alemán o francés, pero no tiene que haber sido idéntica a ellos solo para complacer a los estudiosos germanos y galos (Ibid., 86). La encomienda castellana procede de la romana, y en ella el señor estaba obligado a la defensa (y, en ciertos casos, a entregar tierras) y el encomendado quedaba obligado al trabajo o al tributo. Teóricamente los encomendados eran libres y solo eran vasallos del soberano, pero en la práctica tenían una condición servil frente al señor. En verdad, hasta el hijo del encomendado no podía liberarse en un desarrollo posterior de esta condición servil, ya que su status era hereditario. En la España visigoda, toda esta situación se reguló legalmente -antes había estado al margen de la ley. Con el tiempo la palabra behetría pasó a usarse como sinónimo de encomienda.

Romano sostiene que la encomienda castellana se trasplantó en la encomienda indiana. También aquí encontramos los rituales para la concesión de la encomienda, por ejemplo el juramento de fidelidad y vasallaje al rey por parte del encomendero que recibía la encomienda. Se argumentará que las encomiendas americanas no comportaban derecho de alta y/o baja justicia, ya que los indios solo eran vasallos del rey; pero, replica el autor, hay que distinguir entre la situación legal formal y la situación real: en la práctica los indios eran vasallos del encomendero. La encomienda indiana tenía un aspecto económico y otro militar -la defensa de la tierra-, lo que muestra la feudalización del Estado. Y aunque la encomienda no otorgaba nobleza sí proporcionaba honra. Por lo tanto, los encomenderos no constituían meramente una clase jurídica: en verdad eran una clase social. Por lo demás, la encomienda se transformó paulatinamente de encomienda de servicio en una encomienda de tributo: en tanto vasallos del rey los indios le debían un tributo; pero, como el soberano renunció al mismo transfiriéndolo al encomendero, éste resultaba el beneficiario de la carga.

Pese a todas las similitudes entre el feudalismo europeo y más en concreto castellano y el feudalismo en la América hispano-portuguesa, Romano sostiene que hay ciertas diferencias claras que son las siguientes: a) el señor español que se estableció en América  y se hizo allí feudatario heredó -por lo menos en países de fuerte estructura estatal prehispánica como entre los aztecas e incas- parte de las instituciones preexistentes como la mita. b) El feudalismo europeo atravesó por dos fases: la primera fue la de la oferta limitada de tierras, y la segunda la de la limitación de las mismas. En cambio, el feudalismo americano nunca enfrentó una oferta limitada de tierras. c) Mientras en Europa el capitalismo apareció como un desarrollo endógeno, en América el feudalismo tuvo que lidiar con el capitalismo como un fenómeno exógeno.

¿Qué decir frente a la tesis de Romano sobre el feudalismo en general y sobre el hispanoamericano en particular? Cae fuera del ámbito de nuestra competencia discutir en detalle, pero sí quisiéramos realizar algunos comentarios al respecto. Metodológicamente pensamos que el autor comete un error al mezclar constantemente el sentido marxista del feudalismo, al que principalmente se refiere al definirlo como un modo de producción, con el sentido que tiene como un fenómeno histórico que se presentó en Europa. De aquí que resulte tan extraño que se afane por demostrar que el feudalismo existió desde temprano en España como un fenómeno histórico en sentido pleno, y que se transfirió a Iberoamérica también como un fenómeno histórico: la encomienda castellana se habría trasplantado en la encomienda indiana. Más coherente con la concepción de feudalismo de Romano hubiera sido tratar de mostrar, como lo hizo su discípulo Marcelo Carmagnani, cómo a su llegada los españoles transformaron la economía prehispánica preexistente constituyendo un sistema feudal que dominó la vida latinoamericana hasta fines del siglo XX (1980).

Otro gran problema de la exposición de Romano es que desatiende que en el presunto feudalismo colonial iberoamericano habían fenómenos de otro carácter. Afirma que este feudalismo podía coexistir con un comercio de extensa cobertura, pero no considera el capitalismo incipiente que revela la intensa explotación minera, la febril actividad de las haciendas y la apreciable producción de los obrajes. Eliminando de su campo de visión estos fenómenos y concentrando su atención casi sólo en la oposición entre el encomendero y el encomendado, el esperable resultado que obtiene Romano es que en la Iberoamérica  colonial hubo sin duda un feudalismo.

Un tercer problema importante es que Romano examina básicamente el presunto feudalismo colonial iberoamericano en sí mismo, insertándolo solo incidentalmente en el marco mayor de la acción del capitalismo -escribe que, en tanto que el capitalismo apareció en Europa como un desarrollo endógeno, en América Latina surgió como un fenómeno exógeno con el que tuvo que lidiar el feudalismo local. Esto supone que el sistema feudal de las colonias iberoamericanas coexistía en pie de guerra con el sistema capitalista. Vimos ya que esto es imposible según I. Wallerstein: la economía-mundo  capitalista  es un sistema al que se acomodan los otros modos de producción. Si adoptamos esta perspectiva -que estimamos que es correcta-, difícilmente podremos designar a la economía colonial iberoamericana como una economía feudal. Y también serán válidas las objeciones de Wallerstein contra Ernesto Laclau con respecto a las diferencias que separan a un siervo de la gleba medieval y un trabajador de una encomienda de la América española: no cabe asimilarlos como no cabe hablar en este último caso de feudalismo.

Consideración final

Manifestamos en nuestro libro El marxismo de Mariátegui y su aplicación a los '7 ensayos' que el día de hoy, con la mayor información de que se dispone, se había tornado insostenible la tesis de José Carlos sobre el carácter feudal de la economía colonial. En su Prólogo a nuestro libro Antonio Melis sostuvo que este punto le parecía debatible. Pensamos que el examen que hemos realizado en este artículo nos permite refirmarnos en nuestro juicio: la tesis de Mariátegui no es actualmente defendible.

¿Por qué pensamos que es este problema tan importante? Porque Mariátegui aseveró después que, pese a la Independencia de España, la República había seguido siendo feudal y que el feudalismo había impregnado todos los ámbitos de la vida republicana. Luego el marxismo posterior siguió repitiendo mecánicamente esta tesis, que se la encuentra también en el análisis del Perú de "Sendero Luminoso". De este análisis incorrecto se han derivado por cierto consecuencias incorrectas. De allí que el día de hoy debamos mirar con otros ojos nuestra propia historia y realizar un examen más veraz de ella. Será la única manera de cancelar este error de Mariátegui y evitar que siga causando los daños que ha provocado.

Notas

1- Texto de una intervención en octubre de 2008 en un auditorio del Museo de la Nación del Perú en un ciclo de conferencias organizado con motivo de conmemorarse los 80 años de la aparición de los 7 ensayos. Inédito.

2- Originalmente el artículo fue publicado en el N° 67, mayo-junio de 1971 de la New Left Review, 19-38.  Fue reproducido en: Política e ideología en la teoría marxista, México: Siglo XXI, 1978.

3- Apareció en la compilación de sus trabajos Feudalismus-Kapitalismus, Gottinga, 1970. La compilación ha sido traducida como Feudalismo-Capitalismo, Barcelona-Caracas: Alfa, 1987. Agradezco la información y haberme procurado la traducción a Ernesto Garzón Valdés.

4- Todo lo anterior sobre "El feudalismo en la península ibérica" según el artículo al respecto en La Enciclopedia [Salvat]. Madrid: Salvat, 2004; 8, 6078-6081.

5- Lo anterior según el artículo "Feudalismo", en: G. Klaus y M. Buhr (ed.). 1972. Marxistisch-leninistisches Wörterbuch der Philosophie. Hamburgo: Rowohlt. 1: 366-367.

El autor

*David Sobrevilla es Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ha enseñado en las Universidades de Lima y San Martín de Porre. Ha sido Profesor Visitante de las Universidades de Carabobo, Madison-Wisconsin, Davis-California. Es Dr. Honoris Causa de las Universidades de Arequipa y Trujillo y Profesor Honorario de la Universidad Ricardo Palma. Es coeditor de la Enciclopedia iberoamericana de filosofía, autor de numerosos artículos y libros, entre estos: Filosofía contemporánea en el Perú (1992), Repensando la tradición nacional. Estudios sobre la filosofía reciente en el Perú (1988-1989), El marxismo de Mariátegui y su aplicación a los Siete Ensayos (2006). Ha editado obras de Manuel González Prada, Jorge Basadre, Augusto Salazar Bondy, Francisco Bilbao.

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