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Temas medievales

versión impresa ISSN 0327-5094versión On-line ISSN 1850-2628

Temas mediev. v.17  Buenos Aires ene./dic. 2009

 

PENSAMIENTO Y POLÍTICA EN EL MUNDO MEDIEVAL

La ley, el rey, la iglesia: un recorrido sobre las temáticas y debates en el campo de los estudios visigodos

Eleonora Dell' Elicine
(Universidad de Buenos Aires - Universidad Nacional de General Sarmiento)

Resumen: A partir de la década de los '80, los estudios visigóticos antes escasos y aislados, han recibido un renovado empuje. Las excavaciones arqueológicas se multiplicaron, y nuevas ediciones de fuentes han ampliado y conmovido las bases de las tesis hasta entonces sólidamente aceptadas. El siguiente artículo tiene como principal objetivo acercar al especialista en otras parcelas historiográficas las últimas cuestiones tratadas en ésta, así como apreciar las continuidades y cambios experimentados.

Palabras Clave: Sociedad medieval; Visigodos; Historiografía

Sommaire: À partir des années 80, les études wisigothiques, jusqu'alors peu nombreuses et isolées, ont reçu un nouvel essor. Les fouilles archéologiques se sont multipliées et de nouvelles éditions de sources ont élargi et ébranlé les fondements des thèses jusqu'alors solidement acceptées. Cet article a comme objectif principal celui de présenter au spécialiste d'autres domaines historiographiques les dernières questions abordées dans celui-ci, ainsi qu'apprécier les continuités et les changements éprouvés dans ce terrain.

Mots-Clé: Société médievale; Wisigoths; Historiographie

Summary: The study of Visigothic topics, formerly rare and isolated, increased from the eighties onwards. The theses which were generally accepted up to that time had to be reviewed in view of new archeological findings, as well a due to the publication of new editions of sources. It is the purpose of the author of this article to offer specialists a survey of the latest problems under analysis in recent studies of certain historiographic areas, as well as to underline continuities and changes.

Key Words: Medieval society; Visigoths; Historiography

Dos ideas centrales animan este artículo: se trata de dos cuestiones sencillas pero, sin duda, bastante ambiciosas. Por un lado, esbozar el desarrollo de una historiografía de larga tradición, al punto que acompaña casi el nacimiento de nuestra disciplina como ciencia -en efecto, y de acuerdo a los datos que pude recopilar hasta el momento, el estudio científico más antiguo sobre visigodos se remonta a 18271. La otra idea que me impulsa es exponer la rica variedad de temáticas derivadas que se han registrado a lo largo de este desarrollo. Naturalmente, en un campo así esbozado, la exhaustividad resulta inmaterializable; pero acercar a medievalistas expertos en otras parcelas las cuestiones de las que actualmente se nutre el visigotismo (las que produce por sí mismo y las que retoma de otros campos) es acicate suficiente para encarar la tarea.
Comencemos nuestro recorrido a partir de un libro de consulta frecuentado corrientemente por los visigotistas: se trata del repertorio de bibliografía preparado por Alberto Ferreiro en 1988, The visigoths in Gaul and Spain (a.D. 418-711). A bibliography. Se registran en total allí 6749 entradas referidas exclusivamente a la sociedad visigoda: pues 3729 de ellas -en otras palabras, el 55, 25% de todo lo que ha sido escrito sobre el tema- se adscribe de forma clara a una perspectiva jurídica o a una perspectiva filológica. La cifra no deja de ser impactante para un campo de estudios tan extenso.
Muchos son los presupuestos y metodologías que comparten el enfoque jurídico y el filológico hasta el presente pero, a lo largo de las décadas, han sabido cultivar temáticas e intereses distintos2.
Sucintamente, la perspectiva jurídica se ha preocupado por estudiar el conjunto de instituciones generadas por esta sociedad, considerando institución a todo dispositivo proveniente del derecho, de la esfera política o de las relaciones materiales que hubiera demostrado capacidad para conceder arraigo a determinado grupo humano. Un conocimiento denso y magistral de las fuentes del derecho pero también de las crónicas, literatura, diplomática, hagiografías y epistolarios, permeable a su vez a los métodos de la codicología, paleografía y filología, servía de base para identificar estas instituciones y estudiarlas en profundidad. Por lo general, este modo de abordaje se complementó con un análisis comparado de la institución, en corpora iuridica, de otras sociedades vecinas.
Desde la segunda mitad del siglo XIX aproximadamente, en el interior del campo abierto por la perspectiva jurídica fue preocupación dominante la pregunta por el origen de las instituciones. Esto respondía a la necesidad de construir un pasado continuo y sin fisuras para los Estados nacionales en formación, especialmente en el caso alemán. Descansaba en el supuesto de que el descubrimiento de la génesis de una institución constituía la marca más aprehensible del espíritu del pueblo (Volkgeist)3.
A partir de estas premisas fundacionales, diversos autores fueron formulando y precisando la categoría unitaria de derecho germánico y asentándola como una realidad inalterable y acabada en la historiografía posterior. Tal como lo definió en 1887 ese gran sintetizador y erudito alemán Heinrich Brunner, los principios que caracterizarían este derecho germánico único eran, justamente, su inmanencia respecto al pueblo que lo producía, su falta de cohesión, transmisión oral y, como consecuencia de todo lo anterior, su constante vocación de cambio4. Instalada la categoría, los historiadores que se pronunciaban por una hegemonía del derecho romano sobre las sociedades medievales fueron catalogados de romanistas y los que, a su turno, sostenían el predominio del elemento jurídico germano, germanistas. Un estudioso contemporáneo calificó esta problemática de genética/ ficción debido al peso otorgado a la pregunta sobre el origen5. Aunque hace largo tiempo que los supuestos de este debate han sido desmontados6, todos los especialistas reconocen sin más el esfuerzo prolijo y monumental de edición de fuentes llevado a cabo durante estos años al calor de esta polémica -recordemos brevemente las Monumenta, que salen por primera vez a la luz en 1826; la primera edición de las Deutsche Rechtsaltertürmer compiladas por J. Grimm dos años después y la edición moderna del Liber Iudiciorum de Zeumer édita en 19027. Algunos autores han rastreado incluso en monografías contemporáneas huellas de preocupaciones genéticas semejantes8.
En los estudios específicamente visigóticos, esta problemática ha registrado un impacto indeleble9. A pesar de que los expertos no dudaron en admitir la profunda impronta romana evidenciada por el derecho visigodo, absorbieron como un referencial fundamental en sus obras la categoría de 'derecho germánico' y, asimismo, incorporaron como eje conductor la preocupación por el origen de las instituciones10. Desde finales del siglo XIX, la hipótesis que con mayor fuerza se impuso fue la de unas prácticas populares de carácter germánico que conservaban tozuda vigencia a lo largo de la dominación visigoda por debajo del derecho oficial. Karl Zeumer -el famoso editor del Liber Iudiciorum ya citado- lo expresaba candorosamente de esta manera:

Si entre los ostrogodos existían esos viejos preceptos legales nacionales de los que no se conserva ninguna otra huella, entre los visigodos deberían existir también, habiendo llegado a olvidarse y a desaparecer bajo la presión de la legislación romanizante de los reinos de Tolosa y de Toledo. Por debajo de esta superficie continuaban viviendo y pudieron haber contribuido a mantener el conocimiento del viejo derecho nacional [godo] hasta los tiempos en que, libres de la opresión que imponía el exclusivista código románico visigótico, volvieron a aparecer en las fuentes jurídicas españolas de la Edad Media11.

El arraigo de esta idea en los estudios visigóticos fue importantísima y formulada de varios modos. Conocidísimos expertos como Lear consideraron que el derecho visigótico era el cuerpo que mejor mostraba el tránsito del derecho romano vulgar al imperio de la costumbre altomedieval, posterior a la caída de la monarquía visigoda12; mientras que otros estudiosos como Orlandis continuaban trabajando literalmente sobre la metáfora de Zeumer13. Esta perspectiva fue potentemente desarticulada a su turno por Aquilino Iglesias y Carlos Petit14.
Despuntando la década fatal de 1940, la polémica entre germanistas y romanistas con sus presupuestos y metodologías derivó en otro debate más específico que tuvo como epicentro el derecho visigodo. Nos referimos a la discusión entre aquéllos que defendían la personalidad de los derechos de otro conjunto de estudiosos que sostenían la territorialidad de las mismas formaciones partiendo desde el propio código de Eurico. Apoyándose en la idea de un cuerpo de derecho germánico conformado a la manera del romano pero con independencia de éste -y proyectando al siglo V y VI patrones del imperio carolingio-, los primeros consideraron que la etnia dominante y la dominada se regían básicamente por normas diferentes y paralelas. Dentro de esta postura, algunos historiadores señalaban el reinado de Recaredo (586-601) como el momento en que se transitó de hecho desde la personalidad a la territorialidad de las normas15, mientras que otros ubicaban directamente este paso durante el gobierno del reyChindasvinto (642- 652)16. El estudioso que primero protestó de modo global contra este enfoque fue Alfonso García Gallo que, en un artículo conocidísimo, postuló la territorialidad de las normas y la derogación de cada una de ellas por las inmediatamente posteriores17. Idéntica tesitura fue la del editor del código de Eurico, Álvaro d'Ors, quien demostrando el origen romano del texto intentaba sumar pruebas a la aplicación territorial de la normativa18. Cauto fue Mêrea a la hora de tomar posición19, mientras que Claudio Sánchez-Albornoz se inclinó decidido a la defensa de la nacionalidad del código euriciano y la vigencia de los códigos una vez publicados otros20, otro tanto hizo King comenzando ya la década del '80.
Este rico debate entre personalistas y territorialistas, áspero a veces, vuelto siempre sobre fuentes muy trabajadas, absorbido por el origen de las instituciones y atento en sobremanera a las peculiaridades intrínsecas de cada una de ellas fue desplazado, lentamente, por enfoques nuevos que privilegiaron -como en seguida analizaremos- el estudio del contexto y de las fuerzas sociales que daban vida a los dispositivos del derecho. De igual modo, aún hasta hoy esta polémica sigue produciendo resultados, posturas y tomas de posición, como lo atestigua el trabajo de Javier Alvarado Planas postulando el carácter supletorio del derecho romano en relación al singular del euriciano21. También ha aportado su punto de vista, en estos últimos años, el conocido historiador italiano del derecho Ennio Cortese, quien sostiene la territorialidad de los derechos desde Eurico22.
La línea de trabajo abierta por la perspectiva jurídica -como podemos advertir llegados a este punto- resultó dinámica, vigorosa y productiva. En su desarrollo fue elaborando objetos de estudio, debates y polémicas, códigos y métodos de trabajo científico que siguen constituyendo en la actualidad marcos de referencia indispensables y criterios académicamente consensuados para definir objetos de trabajo. A lo largo de su ya centenaria historia, la perspectiva jurídica se ha reconfigurado a sí misma una y otra vez, cobrando perfiles renovados.
En la parcela de estudio dedicada a la sociedad visigoda, podemos reconocer dos problemáticas vecinas derivadas de este fuerte tronco común.
Un primer interrogante giró en torno a la naturaleza, constitución y evolución del Estado visigodo: de la pregunta por la ley a la pregunta por el rey, del acento en la institución al énfasis en la trama del poder23. La segunda línea de trabajo perfilada a partir de los estudios institucionalistas se interesó por la organización material de las relaciones sociales, en un intento por clarificar el lugar de la sociedad visigoda en el tránsito al feudalismo.
Comencemos por la primera vertiente de estudio. Originalmente, no sólo hizo derivar su objeto de trabajo de la vieja escuela jurídica sino también la índole de su encuesta -la pregunta por la génesis- y los métodos positivistas de abordaje. En la línea que venían trabajando otras historiografías, la idea principal fue demostrar que el Estado visigodo constituía la primera configuración histórica del Estado español, el capítulo inicial de una larguísima y sinuosa trayectoria24. Esta fue básicamente la tesis que alentaron visigotistas de peso y renombre en este campo: Torres, Orlandis y que incluso más recientemente retomara Suzanne Teillet25. En los años '40, José Luis Romero ya adelantaba una crítica a esta idea26 pero lapidaria resultó la desarrollada por Adeline Rucquoi, quien en pocas páginas de extensa erudición demostró que el postulado de estos historiadores absorbía acríticamente una idea ya esbozada por las crónicas reales desde el siglo IX, encaminada a legitimar la continuidad de la línea real y la justificación del papel histórico de la monarquía27. Otros historiadores vincularon el desarrollo de las instituciones y de la corona con las relaciones materiales imperantes: trabajaron en este sentido Sánchez-Albornoz,Thompson y visigotistas españoles de formación institucionalista, como Barbero y García Moreno28. Siempre dentro del campo de los estudios sobre el Estado e influidos esta vez por los trabajos de Ernst Kantorowicz29, se abrió otra línea de análisis que no intentaba postular continuidad alguna sino señalar -por el contrario- la singularidad histórica de las formaciones estatales altomedievales30. Fructificó esta línea primero en los estudios sobre el Estado bizantino31 y, más recientemente también, en un trabajo sugerente e innovador, el de la historiadora francesa Céline Martin32. Explorados estos temas, provechosas resultan ahora para los visigo-tistas dedicados a estas cuestiones las reflexiones globales de Alain Boureau sobre la realeza medieval en general, que hacen hincapié en las limitaciones a la sacralidad del rey33.
Según anunciábamos más arriba, paralelamente al interés por el Estado y la monarquía se había desarrollado otra vertiente de temas desprendida del viejo tronco jurídico, ligada esta vez al estudio de las relaciones sociales. Del examen acerca de la difusión de las relaciones de vasallaje, de los juramentos, de la esclavitud y colonato se perfiló, en efecto, un interés por estudiar con mayor sistematicidad el cuerpo de relaciones que sostenían materialmente la sociedad. En esta línea se articuló una corriente de historiadores cuyo objetivo primero era describir de modo prolijo las relaciones sociales imperantes34. El trabajo de Claudio Sánchez- Albornoz, una vez más, imprimió un giro nuevo al tratamiento de la problemática: entre los autores hispanos, fue él, en efecto quien explicitó los métodos, analizó nuevas fuentes y precisó fundamentalmente las preguntas.
De ahí en más, la descripción correcta de los grupos no bastaría para motorizar aportes nuevos a la discusión sino que la investigación debería encaminarse más bien a esclarecer el tema de la aparición de relaciones feudales en el ámbito peninsular35. Signada por la pregunta acerca de los orígenes, esta temática reconoció seguidamente tres tipos de respuesta: una que calificaba al conjunto de la sociedad visigoda como protofeudal, otra que la ubicaba de lleno como una sociedad feudal y, finalmente, una última corriente que enfatizaba sus rasgos antiguos36.
La primera alternativa fue articulada justamente por Sánchez-Albornoz, seguido por García Moreno37. En la segunda podemos distinguir dos cepas: una que -apoyándose en los trabajos de Dobb y de Staerman que identificaban servidumbre y feudalismo- postulaba el carácter plenamente feudal de la sociedad visigoda38 y otra que ponía énfasis en el proceso de construcción del feudalismo llevado a cabo, precisamente, durante el dominio visigodo39. Para terminar, la tercera alternativa consideraba que las relaciones sociales dominantes durante el período visigótico no habían variado sustancialmente desde el Imperio. A esta última vertiente adhirió en su momento Torres y, más recientemente, Díaz Martínez40. A idéntica conclusión arribó la escuela fiscalista, poniendo el énfasis en la presión exactiva que ejercía el Estado y no en la captación privada de excedentes realizada en el ámbito de la villa41. Pese a los esfuerzos del medievalista catalán Josep Salrach, debemos señalar que los visigotistas han explorado el tema de los impuestos pero no han adherido mayormente a los presupuestos de esta escuela42. Este breve panorama historiográfico no puede cerrarse sin aludir a los ensayos realizados por García Moreno para evitar las clasificaciones teóricas instaladas: en una monografía sucinta, en efecto, este autor utilizó la categoría de 'paisaje rural' con el fin de superar el debate en torno al carácter antiguo, feudal o transicional de la formación social visigoda. Es opinión nuestra que este ensayo no alcanzó a agregar elementos novedosos y que, por el contrario, volvía a instalar el análisis descriptivo de los vínculos materiales43.
Acabamos de examinar cómo, a partir de la escuela jurídica y por razones de afinidad temática, metodológica y programática se desprendieron dos vertientes de estudio importantes dentro del campo de los estudios visigodos que, a su vez, registraron dinámicas de desarrollo propias. De estas ramas también derivaron, principalmente a partir de la década de los '80, áreas nuevas de interés que resultan en la actualidad vigorosas y productivas. Nos referimos a los estudios de la sociedad visigoda acotados a una región44 y a los centrados en la ciudad45. Asimismo, fue alentada por este tipo de intereses temáticos una importantísima corriente de trabajos arqueológicos46 volcados tanto al ámbito urbano47 como al rural48. Final mente, completa el abanico de áreas nuevas de trabajo, las indagaciones sobre etnogénesis y conformación de las identidades étnicas, muy renovadores en esta parcela de estudios historiográficos49.
En los últimos años, los especialistas en este campo incluso se han animado a interrogarse acerca de la pertinencia de calificar como 'derecho' el cuerpo de leyes que regularon la sociedad visigoda a partir de su conversión al cristianismo. Isabel Velázquez, en efecto, ya en 1999 llamó la atención acerca de la imbricación profunda entre derecho y religión para el caso visigodo50. Carlos Petit, por su parte, fue más allá y cuestionó la entidad puramente jurídica del Liber: a su criterio, la célebre compilación de leyes iniciada por Recesvinto en 654 se trataría antes bien de un "auténtico mosaico compuesto con piezas tomadas de las fuentes más variadas."51.
Como dejáramos asentado al comienzo de este panorama historiográfico acerca de los estudios visigodos, una perspectiva de trabajo medular y paralela a la jurídica se constituyó alrededor del enfoque filológico. Recordemos rápidamente que fue temprano el interés por estudiar y editar textos altomedievales, especialmente los provenientes de la Iglesia: el Missale Mixtum y el Breviario Gótico del Cardenal Francisco Ximénez de Toledo editados en 1500 y 1502 respectivamente, la España Sagradadel Padre Enrique Florez a partir de 1747, la Patrología Latinade Migne entre 1844 y 1855 con la publicación de sus índices entre 1862 y 1865, el programa de la Biblioteca de Autores Cristianos desde 1944 y, más recientemente, la publicación del Corpus Christianorum, Series Latina a partir de 1953.
Estos ingentes trabajos de edición abrieron posibilidades de estudio antes inauditas para los textos. Los filólogos, paleógrafos y codicólogos examinaron las filiaciones entre los diversos autores y obras52, problemas de datación y validación53, de circulación54, las producciones de autor55, las relaciones entre el autor y el espíritu de su época56, cuestiones lexicológicas57, etc. Tantos fueron estos estudios, que pronto se necesitó sistematizar inventarios de manuscritos58, diccionarios59, patrologías60 y prosopografías61 para potenciar la investigación. Y así como a partir de la vertiente jurídica derivaron áreas nuevas y temáticas independientes, un fenómeno similar sucedió en relación a la perspectiva filológica. Desde ella, en efecto, se recortaron estudios sobre la cultura general del período62, generando interés puntual los asuntos ligados principalmente a la oralidad y escritura63, a la educación64 y a la historiografía65.
Lejos de menguar, el trabajo filológico de editar y estudiar las producciones textuales se ha redoblado en lo concerniente al campo visigodo. En efecto, durante las últimas décadas se ha intensificado el esfuerzo de publicación y análisis de fuentes no tradicionales como los diplomas66, fórmulas67, epístolas68, epigrafía e inscripciones69 y las célebres pizarras70. En años inmediatamente anteriores, el trabajo de edición ha sido notable71.
En cuanto al tratamiento específico del cristianismo visigodo, y como no podía ser de otra manera, también la bibliografía resulta también copiosa. Alrededor de la temática pesaron los métodos, preguntas y programas de la vertiente jurídica y de la filológica. Principalmente, en los manuales generales sobre la materia se advierte de manera clara un plan de trabajo ligado a la pregunta por los orígenes, cuidado en el tratamiento de las fuentes y atención a las cuestiones institucionales72. Los modos tradicionales de historizar la institución eclesiástica postulan, por su parte, el despliegue gradual, progresivo y creciente de un sujeto histórico único73.
Compartiendo estos supuestos generales, numerosas monografías y estudios se han interesado por aspectos parciales de la vida eclesiástica en la sociedad visigoda. Resulta frecuente encontrar en éstos un fuerte tinte descriptivo, respetuoso de las fuentes y, en algunas circunstancias, panegírico de la institución. Los temas que mayor atención han recibido de parte de los historiadores a su turno han sido la difusión del cristianismo74, la doctrina y cuestiones conciliares75, la liturgia76 y la hagiografía77, las supersticiones y religión popular78, la penitencia79, el bautismo80, el Priscilianismo81, las herejías y arrianismo82, la geografía eclesiástica83, monacato y monasterios84, las visiones apocalípticas85, las relaciones con el judaísmo86 e Iglesias propias87.
Estas mismas áreas temáticas abiertas por la historiografía eclesiástica tradicional fueron retomadas por otros historiadores que, especialmente desde fines de la década del '70, han intentado poner en relación los aspectos eclesiásticos con otras variables particulares de la sociedad visigoda. Esta vertiente, felizmente cultivada con creciente cuidado, ha producido numerosísimos trabajos que conectan, por ejemplo, la difusión del cristianismo con las fuerzas sociales del momento88, su impacto sobre el universo cultural local89, relacionan la consolidación del monacato con la fragmentación de la sociedad90, las funciones del obispo con la expansión del patrocinium y la reconfiguración de las ciudades91, la difusión de los cultos a los santos locales nuevamente con la situación social92, la circulación de los textos religiosos con las topografías locales93, los impactos políticos de los discursos eclesiásticos94, entre muchos otros temas.
Como podemos advertir, estos estudios especiales acerca de la Iglesia visigoda se han dedicado a examinar con énfasis mayor las dimensiones materiales del poder eclesial, los modos prácticos de organización del dominium sobre una población en un territorio dado -modos compartidos en más de un punto con la nobleza y la corona-. Los historiadores no dudan en afirmar que estas formas visibles asumidas por el poder de la Iglesia se apoyaron singularmente en un control fino sobre la producción y circulación de signos, es decir, en una hegemonía no medida en el campo de las armas sino en el control de la educación y de las formas de legitimación de la autoridad en cualquiera de sus niveles95. Sin embargo, los trabajos historiográficos realizados en esta dirección se centran en otros períodos históricos96 o en áreas distantes del antiguo imperio97; profundizan dispositivos específicos del quehacer eclesiástico98 o en códigos semióticos particulares99. En este sentido, consideramos que sería altamente provechoso detenerse en algunas áreas claves que, en su momento, organizaron la experiencia semiótica de la sociedad visigoda (las funciones básicas del decir, del recordar, del referir, del callar, por ejemplo); estudiar los modos en que la Iglesia intervino sobre ellas impregnándolas con esquemas propios; examinar cómo institucionalizó los cambios introducidos para darles arraigo y, finalmente, analizar los efectos que esta labor registró en su conjunto. A través de esta perspectiva se advertiría con mayor claridad - a nuestro criterio- el trabajo denso y minucioso que la Iglesia desplegó en cada área estructurante de la cultura, sus remisiones y vínculos con otras áreas, así como el peso ingente de la ecclesia en la creación y conservación del lazo social.
¿Y en la Argentina? ¿Cómo es que el estudio de esta parcela historiográfica, aparentemente tan lejana y extraña, se instaló en nuestro país? También aquí los trabajos acerca de la sociedad visigoda gozan de una tradición temprana, considerando el recorrido que tiene nuestra historiografía en el tratamiento de sociedades europeas. En efecto, estos estudios fueron cimentados y promovidos por dos figuras nodales de la historiografía europea en la Argentina: Claudio Sánchez-Albornoz y José Luis Romero. Ninguno de los dos, en el sentido actual del término, fueron visigotistas: calificarlos así sería, parafraseando a Ruggiero Romano, limitar en demasía su obra y su pensamiento100. Uno le dedicó al tema 25 estudios, el otro 4, coincidiendo en la escritura fundamentalmente durante la década cruel de los '40. ¿Qué se preguntaban? ¿Qué los movía a interesarse por esta sociedad tan particular?
Uno y otro se acercaron a su examen con preguntas diferentes. Mientras Sánchez-Albornoz indagaba en el reino visigodo los orígenes de las particularidades de España101, Romero se interesaba por historiar el nacimiento más general de la tradición occidental en su conjunto102. Es que ambos partían de realidades y desafíos políticos disímiles. El liberal español debía decirle a Franco que España no era lo que el dictador imponía: por el contrario, era una tierra de hombres libres y avezados, tozudos y esforzados. El socialista argentino se interrogaba acerca de los límites quizás demasiado manifiestos de los nacionalismos. Con recursos limitados, fundaron revistas, institutos, fondos bibliográficos y escuelas de discípulos de las que nosotros somos deudores. La cuestión insoslayable que nuestra generación -cómoda en la superespecialización si es que investiga- debe interrogarse qué nudos, qué preguntas reales la impelen a buscar respuestas -cualesquiera que éstas sean- en las sociedades que estudian. Muchas veces, olvidándonos de los gestos que hicieron que estuviéramos aquí, examinando estas cosas, vamos al pasado sin preguntarnos absolutamente nada.

Notas

1 Se trata del texto de Joseph ASCHBACH, Geschichte derWestgoten, 1827,         [ Links ] seguido rápidamente por el de Friedrich LEMBKE, Geschichte von Spanien: Die Zeite von der vollständingen Eroberung durch die RÖmer bisgegen die Mitte des neunten Jahrhunderts, Hamburgo, 1831, vol. I.         [ Links ]

2 Los visigotistas de mayor renombre también las diferencian. Acerca de este punto, Luis GARCÍA MORENO, "La historia de la España visigoda: líneas de investigación (1940-1985)", Hispania, 175 (1990) y Manuel DÍ         [ Links ]AZ y DÍAZ, "Sobre los problemas bibliográficos del mundo visigodo", Archivos leoneses, 93-4 (1993).         [ Links ] Por su parte Javier ARCE, "Antigüedad tardía hispánica. Avances recientes", Pyrineae, 36, vol. 1 (2005),         [ Links ] organiza su estado de la cuestión de acuerdo a otros renglones. Una ponderación general de los avances en el campo en Isabel VELÁZQUEZ, "Auge y nuevas perspectivas de los estudios visigodos",http://interclassica.um.es/var/plain/storage/original/application/3131a5c0dbf6b0392d6be1585e2de633.pdf        [ Links ]

3 Una crítica lapidaria a esta perspectiva genética en Roger CHARTIER, Espacio público, crítica y desacralización en el siglo XVIII, Barcelona, Gedisa, 1995, p. 16 y ss.         [ Links ], en relación a los estudios sobre Revolución francesa. Más teórica y general, plataforma de pensamiento de desarrollos posteriores, Michel FOUCAULT, Microfísica del poder, Madrid, La Piqueta, 1991, pp. 7-30.         [ Links ] Un panorama introductorio general en George IGGERS, Historiography in the Twentieth Century. From Objectivity to the Postmodern Challenge, Hanover-Londres, Wesleyan University Press, 1997.         [ Links ]

4 Para ello, advirtamos cómo presenta en el preámbulo a la edición castellana (bastante mal traducida, de paso) esta categoría: "El derecho romano toma nombre de una ciudad que en el curso de los siglos se ha erigido como el Estado universal de la Antigüedad. Al Derecho alemán da nombre todo un pueblo que ha carecido siempre de una cohesión rígida, incluso en el tiempo que encontró unidad jurídica estatal en el marco del Sacro Romano Imperio. Ello implica, desde luego, un profundo contraste en la historia de ambos derechos. En Alemania mira a los supuestos previos de la formación del derecho romano, concluida en forma artística y homogénea. El desarrollo del derecho alemán carece de un punto de cristalización como el encontrado por el Derecho romano en la urbs. Está abandonado por completo a sus fuerzas" -Heinrich BRUNNER y Claudius von SCHWERIN, Historia del derecho germánico, Barcelona, Labor, 1936, pp. 1-.         [ Links ] Para una crítica en profundidad de estos supuestos en el ámbito de la historiografía española, Aquilino IGLESIA FERREIRÓS, "El proceso del conde Bera y el problema de las ordalías", AHDE, LI (1981).         [ Links ]

5 Pierre TOUBERT, Castillos, señores y campesinos en la Italia medieval, Barcelona, Crítica, 1990, p. 21 y ss.         [ Links ]

6 La desconstrucción de este concepto no atendió solamente a sus premisas ideológicas sino también a la información interpretada a partir de las fuentes. En este sentido, el estudio sobre el gairethinxs lombardo realizado por Cortese resulta emblemático (Ennio CORTESE,"Il processo longobardo tra romanitá e germanesimo", Settimana di studio del Centro italiano di studi sull' alto medioevo. XLII.-La gustizia nell' alto medioevo (secoli V- VIII), Spoleto, CISAM, 1995, t. I;         [ Links ] también en IDEM, Il diritto nella storia medievale, Roma, Il Cigno-Galileo Galilei, 1995, vol. I. Siguen esta línea Claudio AZZARA y Stefano GASPARRI, Le leggi dei Longobardi. Storia, memoria e diritto di un popolo germanico, Roma, Viella, 2005.         [ Links ]

7 Para una crítica respetuosa de la edición zeumeriana, Manuel DÍAZ y DÍAZ, "La Lex visigothorum y sus manuscritos. Un ensayo de interpretación", AHDE, XLVI (1976).         [ Links ] Una elogiosa en Carlos PETIT Iustitia gothica. Historia social y teología del proceso en la Lex Visigothorum, Huelva, Universidad de Huelva, 2001, p. 65 y ss.         [ Links ]

8 Emmanuelle CONTE, "Droit médiévale. Un débat histoiographique italien", Annales HSS, 57, nº6 (2002), p. 1593 y ss.         [ Links ]

9 Un resumen actualizado pero demasiado escolar de estos tratamientos en el derecho visigótico en Jesús MORALES ARRIZABALAGA, Ley, jurisprudencia y derecho en Hispaniaromana y visigoda, Zaragoza, Prensas Universitarias de Zaragoza, 1995.         [ Links ]

10 Advirtamos cómo un autor que no se deja tachar de germanista, Paulo Mêrea, encuadra su problemática en los términos de la pregunta por el origen: "…E no fundo tudo -escribía el conocido profesor portugués en una monografía ya clásica sobre derecho privado visigodo- se cifra em saber se aqueles preceitos reflectem concepçoes germanicas ou se sao antes uma manifestaçao do processus de degeneraçao do dereito romano ocidental" -Paulo MÊREA,."Estudios de dereito privado visigodo", AHDE, XVI (1945), p. 71-.         [ Links ]

11 Karl ZEUMER, Historia de la legislación visigoda, Barcelona, Universidad de Barcelona, 1944, p. 16.         [ Links ]

12 "There is little doubt the the Visigothic codes illustrate the transition from a Roman to a Germanic legal basis and the fusion of Roman and Germanic Law with greater precision and detail than any other examples in the leges barbarorum" -Floyd LEAR, "The public law of the visigothic code", Speculum, XXVI, nº 1 (1951), p. 1-.         [ Links ]

13 La prolífica obra de Orlandis constituye un ejemplo ilustrativo a este respecto. En 1945 escribía "[En los primeros siglos de la Reconquista] asistimos al florecimiento de un sistema penal profundamente distinto del de la legislación visigótica, revelador de la influencia de principios impregnados por el más remoto arcaísmo y del cual encontramos en las fuentes huellas abundantísimas" -José ORLANDIS, "Sobre el concepto de delito en el derecho de la Alta Edad Media", AHDE, XVI (1945), p. 7-.         [ Links ] Más de cuarenta años después de escribir estas líneas, volvía sobre la misma idea: "En el reino toledano coexistía una legilación escrita y un derecho consuetudinario de fuerte arraigo popular, que inspiró la vida jurídica de los pueblos del norte de la península" -Historia de España. Época visigoda (409-711), Madrid, Gredos, 1987, p. 213-.         [ Links ]

14 IGLESIA FERREIRÓS, op. cit; PETIT, op. cit.; IDEM, "Consuetudo y mox en la Ley visigothorum", AHDE, LIV (1984). Ceñido al tema de adulterio, Esperanza OSABA GARCÍA, El adulterio uxorio en la Lex visigothorum, Madrid, Marcial Pons, 1997.         [ Links ] Estudiando Iglesia el tema especial de la ordalía y Petit el de la costumbre en general, llegaron a conclusiones convergentes: de manera alguna se puede sostener, en la línea de Zeumer, que la costumbre remitía a una práctica de origen germánico de modo automático. Cf. Paola MICELI, "Tiempo, memoria y costumbre a la luz de un conflicto castellano del siglo XIII", Estudos Avançados. Série Ciências Humanas da Coleção Documentos (2004);         [ Links ] IDEM, "Del derecho al hecho: uso y costumbre en pleitos y sentencias en la Castilla Medieval", en Marta MADERO y Emmanuelle CONTE (comps.), Entre hecho y derecho. Uso, fruto y posesión (en prensa).

15 Esta, una vez más, es la posición de ZEUMER, op. cit.

16 P. David KING, Derecho y sociedad en el reino visigodo, Madrid, Alianza, 1981.         [ Links ]

17 La crítica de García Gallo a la tesis personalista hace pie en la falta de argumentos sólidos esgrimidos por esa escuela: "El estudio detenido de las fuentes y de la literatura existente sobre el tema me ha llevado a la conclusión, que sin duda parecerá exagerada, de que carecemos de todo fundamento sólido que permita afirmar la vigencia de Derechos de estirpe en la época visigoda. Se ha procedido, sin duda, en este punto partiendo de prejuicios e interpretando según ellos algunos datos que nada dicen por sí solos..." -Alfonso GARCIA GALLO, "Nacionalidad y territorialidad del derecho en la época visigoda", AHDE, XIII (1936-41), p. 183-.         [ Links ] Para articular su posición, el autor desarrolló una tesis acerca del reemplazo de un código por otro: "Las fórmulas de promulgación y su mismo contenido indican con mucha frecuencia que la ley ha de regir a los dos pueblos. Además, como probaremos, los distintos Códigos de Eurico, Alarico y Leovigildo han regido como Códigos únicos, derogando la ley anterior" -ibidem, p. 193-. El desarrollo de su postura también en IDEM, "Consideraciones críticas de los estudios sobre la legislación y las costumbres visigodas", AHDE, XLIV (1974) y en Manual de Historia del derecho españ         [ Links ]ol I: El origen y la evolución del derecho, Madrid, Artes gráficas, 1977.         [ Links ]

18 En efecto, en su eximio trabajo de edición del código de Eurico, D'Ors se expedía por la tesis territorialista: "Debo reconocer mi deuda con Alfonso García Gallo; él supo rectificar inveterados prejuicios germanistas que dominaban la historiografía jurídica española, y su tesis de la territorialidad del derecho visigótico pudo ser por mí nuevamente defendida con una convicción que va más allá de la admiración que se debe al maestro" -Álvaro D' ORS, El código de Eurico. Edición, palenginesia, índices, Roma-Madrid, CSIC, 1960, II, p. 1.         [ Links ] El argumento fundamental que utilizaba, sin embargo, era el de la filiación romana del código euriciano "...aunque se puedan señalar aquí o allá vestigios de costumbres germánicas, el Código de Eurico, en su conjunto, pertenece a la cultura jurídica de los romanos del sur de las Galias de la segunda mitad del siglo V" -ibidem, pp. 9-10-. Cabe en nosotros lectores distinguir, sin embargo, que del origen romano no se deduce de modo inmediato la vigencia territorial de la norma.

19 Ver, por ejemplo, MEREA op. cit., pp. 74-5, que confirma la procedencia romana de las normas euricianas, argumento del cual no deduce conclusión alguna sobre su radio de aplicación.

20 Claudio SÁNCHEZ ALBORNOZ, "Tradición y derechos visigodos en León y Castilla", CHE, XXIX- XXX (1959);         [ Links ] IDEM, "La ordinatio principis en la España goda y post visigoda", CHE, XXXV-XXXVI (1962).         [ Links ]

21 "La legislación visigoda -escribe Alvarado- hasta la publicación del Codex Revisus del año 506, pudo ser personal o particular, esto es, aplicable sólo a esa población, y además tener el carácter de derecho especial, singular o privilegiado respecto de otro ordenamiento general o supletorio que sería el romano. El Derecho romano, pues, pudo tener valor territorial al ser aplicable a los romanos como su ordenamiento específico, y también a los visigodos, como Derecho general o supletorio. Esto explicaría las contradicciones antes indicadas. El código euriciano podía regular en sentido contrario una institución contemplada en el código teodosiano porque afectaba únicamente a los visigodos y no a los romanos. Parejamente, en un momento posterior el Breviario de Alarico podía mantener tal contradicción respecto a CE porque obligaba exclusivamente a los romanos y no a los visigodos, dado que éstos se regían por su ley singular" -Javier ALVARADO PLANAS, El problema del germanismo en el derecho español (siglo V- IX), Madrid, Marcial Pons, 1997, p. 51-.         [ Links ] Estudiando las formas probatorias altomedievales, el historiador Lo Schiavo adhiere a la postura de Alvarado. Cfr. Luca LOSCHIAVO, Figure di testimoni e modelli processuali tra antichità e primo medioevo, Milán, Giuffré, 2004.         [ Links ]

22 "Sicché, se va riconosciuta la territorialità di questo tipo di legislazioni fatte non per l'uso esclusivo di una gente, ma per l'incontro di due genti, resta che nell'intentio del legislatore la Lex Visigothorumdoveva mirare essenzialmente ai Goti. Errano i Goti ch' egli intendeva trasformare da stranieri in cittadini sottoposti a un regime di diritto scritto al pari dei Romani" -CORTESE, op. cit., p. 61-.

23 Un ejemplo claro en Guilherme BRAGA da CRUZ, "A sucessao legitima no codigo euriciano", AHDE, XIII (1953).         [ Links ]

24 Orlandis lo expresa del modo más directo: "La unidad nacional fue realizada por la monarquía visigoda"-José ORLANDIS, Historia del reino visigodo español, Madrid, Rialp, 1988, p. 14-.         [ Links ]

25 Manuel TORRES LÓPEZ, "El Estado visigodo", AHDE, III (1926);         [ Links ] IDEM, "La España visigoda", en Ramón MENÉNDEZ PIDAL (dir.), Historia de España, Madrid, Espasa Calpe, 1940, vol. III;         [ Links ] ORLANDIS, op. cit.;IDEM, "En torno a la noción visigótica de tiranía", AHDE, XXIX (1959);         [ Links ] Teillet, en una tesis frondosa y documentada, argumenta en el mismo sentido. Cfr. Suzanne TEILLET, Des Goths à la nation gothique. Les origines de l'idée de nation en Occident du Ve au VIIe siècle, París, Les Belles Lettres, 1984.         [ Links ]

26 José Luis ROMERO, "San Isidoro de Sevilla. Su pensamiento históricopolítico y sus relaciones con la historia visigoda", CHE, VIII (1947).         [ Links ]

27 Adeline RUCQUOI, "Les Wisigoths fondement de la "nation Espagne", en Jacques FONTAINE y Christiane PELLISTRANDI (eds.), L'Europe, héretière de l'Espagne wisigothique. Colloque du CNRS tenu à la fondation Singer-Polignac (Paris, 14-18 mai 1990), Madrid, Casa de Velázquez, 1990.         [ Links ]

28 SÁNCHEZ ALBORNOZ, op. cit. e IDEM, "San Isidoro, Rasis y la Pseudo Isidoriana", CHE, 4 (1946);         [ Links ] IDEM, "El aula regia y las asambleas políticas de los godos", CHE, V (1946);         [ Links ] Eduard THOMPSON, Los godos en España, Madrid, Alianza, 1971;         [ Links ] Abilio BARBERO, "El pensamiento político visigodo y las primeras unciones regias en la Europa medieval", Hispania, 115 (1970);         [ Links ] IDEM, La sociedad visigoda y su entorno histórico, Madrid, Siglo XXI, 1992;         [ Links ] Luis GARCÍA MORENO, "Algunos aspectos fiscales de la Península Ibérica durante el siglo VI", Hispania Antiqua, I (1971);         [ Links ] IDEM, "Estudios sobre la organización administrativa del reino visigodo de Toledo", AHDE, XLIV (1974);         [ Links ] IDEM, Historia de la España visigoda, Madrid, Cátedra, 1989;         [ Links ] IDEM, "Propaganda religiosa y conflicto político en la epigrafía de la época visigoda", separata de las Actas del coloquio internacional de epigrafía, cultura y sociedad en Occidente, Barcelona, 1991;         [ Links ] IDEM, "El Estado protofeudal visigodo: precedente y modelo para la Europa carolingia", en FONTAINE y PELLISTRANDI (eds.), op. cit.

29 Este autor fue quien más explícitamente vinculara la teología con el derecho: "Resulta evidente que la doctrina teológica de derecho canónico, según la cual la Iglesia y en general la sociedad cristiana formaban un corpus mysticorum cuya cabeza es Cristo, ha sido tomada por los juristas desde la esfera teológica y trasladada a la esfera estatal, cuya cabeza es el rey" -Ernst KANTOROWICZ, Los dos cuerpos del rey. Un estudio de teología política medieval, Madrid, Alianza, 1985-.         [ Links ] En esta misma línea de trabajo, Walter ULLMANN, El pensamiento político en la Edad Media, Barcelona, Ariel, 1983;         [ Links ] IDEM, Escritos sobre teoría política medieval, Buenos Aires, Eudeba, 2003;         [ Links ] IDEM, A short history of the papacy, Londres- Nueva York, Rutledge, 2003.         [ Links ]

30 Más reciente, el trabajo de María del Rosario VALVERDE CASTRO, Ideología, simbolismo y ejercicio del poder real en la monarquía visigoda: un proceso de cambio, Salamanca, Universidad de Salamanca, 2000.         [ Links ]

31 Gilbert DAGRON, Empereur et prêtre. Étude sur le "cesaropapisme" byzantin, París, Gallimard, 1996.         [ Links ] En esta misma línea, en escala de análisis general Régine LE JAN, La société du Haut Moyen Âge (VIe- IXe siécle), París, Armand Colin, 2003.         [ Links ]

32 "La force de cohesión du royaume visgiothique état en dernière analyse au moins autant idéologue qu'institutionelle. Dans un contexte où les rumeurs de fin de monde se faisaient de plus en plus insistantes, le regnum avait un rôle capital à jouer en tant qu'acteur politique et religieux à la fois, car ces deux domaines n' en faisaient qu' un dans l' esprit du temps" - Céline MARTIN, La geographie du pouvoir dans l' Espagne visgothique, Lille, Septentrión, 2003, pp. 369-.         [ Links ] Como no podía ser de otra manera, esta historiadora reconoce explícitamente la influencia de los trabajos desarrollados por Peter Brown en esta temática, en especial Peter BROWN, The world of late Antiquity AD 150- 750, Londres, Thames and Hudson, 1989;         [ Links ] IDEM, El cuerpo y la sociedad. Los cristianos y la renuncia sexual, Barcelona, Muchnick, 1993;         [ Links ] IDEM, Authority and the sacred. Aspects of the christianisation of the Roman world, Cambrigde, Cambridge University Press, 1995.         [ Links ] Martin vuelve sobre el tema en "L'innovation politique dans le royaume de Tolède: le sacre du souverain», en Élections et pouvoirs politiques au Moyen Âge et 16e et 17e siècles (Colloque international 30 nov.-2 déc.2006), en prensa; IDEM, "La réforme visigothique de la justice: les années Recceswinth", en Nilda GUGLIELMI y Adeline RUCQUOI (eds.), Derecho y justicia: el poder en la Europa medieval, Buenos Aires, CONICET/ CNRS, 2008.         [ Links ] También en esta línea, y específico sobre realeza visigoda, el trabajo de Ana JIMENEZ GARNICA, "Sobre rex y regnum. Problemas de terminología política durante el primer siglo de historia de los visigodos", Pyrineae, 35, vol. 2 (2004).         [ Links ]

33 Alain BOUREAU, "Un obstacle à la sacralité royale en Occident. Le principe hiérarchique", en Alain BOUREAU y Claudio INGERFLOM (eds.), La Royauté sacrée dans le monde chrétien. Colloque de Royaumont, mars 1989, París, École des Hautes Études en Sciences Sociales, 1992.         [ Links ] En este punto ver también Patrick HENRIET, "Sacralités royales en Péninsule ibérique. Formes, limites, modalités", en Études et travaux, 8 (2004).         [ Links ] Una visión de la evolución del proceso en Alan HARDING, Medieval law and the foundations of the state, Nueva York, Oxford University Press, 2001.         [ Links ] Los estudios sobre la realeza visigoda han proliferado. Cf. Renan FRIGHETTO, "O problema da legitimidade e a limitaçao do poder régio na Hispania visigoda: o reinado de Ervigio (680-687)", Gerion, 22 (2004),         [ Links ] además de los ya citados.

34 MENÉNDEZ PIDAL, op. cit. Y, a pesar de sus declaraciones, el trabajo de KING, op. cit., quien dedica gran parte de sus páginas a la descripción de instituciones y grupos sociales. Durante la década del '80 también, una serie de trabajos monográficos que se proponían hacer hincapié en los conflictos sociales no pudieron escapar del enfoque descriptivo. Cf. Antonino GONZALEZ BLANCO, "El cristianismo en el municipio de Calahorra del 380 al 410", Memorias de Historia Antigua, IV (1981);         [ Links ] Dionisio PÉREZ SANCHEZ, "Problemas sociales del reino visigodo de Toledo", Studia Historica, I, nº 1 (1983);         [ Links ] IDEM, "Sociedad y relaciones de dependencia en la Lusitania tardorromana y visigoda", Studia Historica, X- XI (1992-3).

35 La pregunta por la génesis del feudalismo organiza el discurso, como muestra este conocido fragmento en dónde Sánchez Albornoz retira la posibilidad de encuadrar la sociedad visigoda como sociedad feudal: "Acaso sin la invasión árabe, o si ésta se hubiese retrasado o hubiera sido alcanzada, el siglo VIII hispano hubiese presenciado, como las Galias poco después, el triunfo de una monarquía afirmada en el vasallaje" -Claudio SÁNCHEZ ALBORNOZ, En torno a los orígenes del feudalismo, Mendoza, Universidad Nacional de Cuyo, 1942, p. 220-.         [ Links ]

36 Una crítica lapidaria a esta problemática en Roger COLLINS, Early medieval Spain. Unity in diversity (400- 1000), Hampshire-Londres, Mac Millan Press, 1995.         [ Links ]

37 Además del antes citado, Claudio SÁNCHEZ ALBORNOZ, El estipendium hispano- godo y los orígenes del beneficio prefeudal, Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, 1947;         [ Links ] IDEM, "La pérdida de España. El ejército visigodo: su protofeudalización", CHE, XLIII-IV (1965);         [ Links ] IDEM, Estudios visigodos, Roma, Istituto Italiano per il medioevo, 1971;         [ Links ] GARCÍA MORENO, op. cit. e IDEM, "El término sors y relacionados en el Liber Iudicorum. De nuevo el problema de la división de tierras entre godos y provinciales", AHDE, LIII (1983);         [ Links ] IDEM, "Los últimos tiempos del reino visigodo", Boletín de la Real Academia de la Historia, CLXXXIX (1992). Más general, el clásico de Franz MEIER, Las transformaciones del mundo mediterráneo. Siglos III al VII, Méjico, Siglo XXI, 1984.         [ Links ] La definición de feudalismo que adhieren estos autores complementa la existencia del beneficio con la del vasallaje. En términos generales para ilustrar esta perspectiva, François GANSHOF, Qu'est-ce que la feódalité?, París, Tallandier, 1982.         [ Links ]

38 Para ilustrar esta postura, advirtamos cómo la enuncian Barbero y Vigil: "Creemos que se puede hablar de feudalismo en la Península Ibérica desde fines del Imperio Romano hasta el siglo XIX. Es obvio que el feudalismo no fue un fenómeno estático y, como demostramos en este libro, la formación de la sociedad feudal se realizó por diversas vías siguiendo un proceso homogéneo en el fondo, pero con manifestaciones peculiares en cada época y en cada región" -Abilio BARBERO y Marcelo VIGIL, La formación del feudalismo en la Península Ibérica, Barcelona, Crítica, 1979, p. 17-.         [ Links ] A esta postura adhiere José Luis ROMERO, La Edad Media, Buenos Aires, FCE, 1985 y,         [ Links ] más recientemente, PETIT, op. cit. Una variante a esta postura es la de KING, op. cit., quien postula un feudalismo visigodo. En términos generales, para fundamentar esta definición de feudalismo, Maurice DOBB, Estudios sobre el desarrollo del capitalismo, Buenos Aires, Siglo XXI, 1971.         [ Links ] Una reelaboración teórica más actualizada de esta postura en Chris WICKHAM, L'Italia nel primo medioevo, Milán, Jaca book, 1983;         [ Links ] IDEM, Il problema dell'encastillamento nell'Italia centrale. L'esempio di san Vicenzo al Volturno, Florencia, Edizione all'insigna del giglio, 1985;         [ Links ] IDEM, Land and power. Studies in Italian and European social History (400-1200), Londres, British School at Rome, 1991;         [ Links ] IDEM, "La chute de Rome n'aura pas lieu", Le Moyen Age. Revue d' Histoire et Philologie, XCIX (1993);         [ Links ] IDEM, Framing the Early Middle ages. Europe and the Mediterranean, 400- 800, Oxford, Oxford University Press, 2005.         [ Links ]

39 De acuerdo a esta vertiente, la caída del reino visigodo se explica por la consolidación definitiva de las relaciones feudales. Ver Ángel GARCÍA DE CORTÁZAR, La época medieval, Madrid, Cátedra, 1989,         [ Links ] apoyándose en la distinción entre señorío y feudalismo difundida fundamentalmente por Robert BOUTRUCHE, Señorío y Feudalismo. Vínculos de dependencia, Madrid, Siglo XXI, 1980, t. I.         [ Links ]

40 TORRES en MENÉNDEZ PIDAL, op. cit.; Pablo DÍAZ MARTÍNEZ, "Los distintos 'grupos sociales' del noroeste hispánico y la invasión de los suevos", Studia Historica, I, nº 1 (1983);         [ Links ] IDEM, "Del rechazo de la riqueza a la aparición del patrimonio monástico. Evolución doctrinal de la Iglesia primitiva", Studia historica, II-III, nº 1 (1984-5).         [ Links ] Para ilustrar esta postura, observemos lo que postula Pablo Díaz: "En general podemos ver cómo los diferentes grupos sociales no reaccionaron de manera uniforme ante la invasión de los suevos; a su vez vemos como, salvo quizás en los primeros momentos, no se produjo una gran corriente de aceptación pero tampoco un rechazo sistemático; en conjunto podemos concluir que tanto el elemento urbano como el rural no sufrieron grandes descalabros con las invasiones bárbaras, y que mantuvieron una gran continuidad con el proceso de evolución interna que venían desarrollando desde la época bajoimperial" -Formas económicas y sociales del monacato visigodo, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1987, p. 87-.         [ Links ]

41 Una buena síntesis de la postura de esta escuela podemos hallarla en Durliat: "Ceux qui sont allés le plus loin dans la recherche d'une continuité de la fiscalité antique n'ont pas dépassé le VIIe siècle, à de très rares exceptions près. Ils supposent une lente disparition des fonctionnaires dont nous savons pourtant que les historiens du Bas Empire ne parviennent pas à établir l'existence, et un accaperement des revenus de l'Etat par des intermédiaires privés. Les rois auraient été progressivement contraints à vivre des ressources de leurs domaines, lesquels auraient fondu par suite de donations inconsidérées au profit de l'Eglise et des grands. Sur le plan économique, il s'en seirat suivi une quasi-disparition de tout ce qui dépend de la puissance publique: les routes, la monnaie au pouvoir libératoire garanti par l'Etat, les palais ou l' éducation. Or les recherches récentes battent ces affirmations en brèche: les diverses souverains avaient toujours des fonctionnaires, des résidences, une cour, avec même des historiens ou des poètes officiels, et finançaient des travaux publics ainsi que des constructions diverses, ce qui suppose des ressources correspondantes" -Jean DURLIAT, Les finances publiques de Diocletien aux carolingiens (284-889), Sigmaringen, Jan Thorbecke Verlag, 1990, p. 3-.         [ Links ] Ver también Walter GOFFART, "From Roman taxation to medieval signeurie: three notes", Speculum, XVII, nº 2 (abril 1972) y XLVII, nº 3 (julio 1972);         [ Links ] Josep SALRACH, "Del Estado romano a los Reinos germánicos. En torno a las bases materiales del poder del Estado en la Antigüedad Tardía y Alta Edad Media", en De la Antigüedad al Medioevo (siglos IV- VIII). III Congreso de Estudios Medievales, Avila, Fundación Sánchez Albornoz, 1993.         [ Links ]Una crítica a esta escuela en Chris WICKHAM, "La chute de Rome n'aura pas lieu", Le Moyen Age. Revue d' Histoire et Philologie, XCIX (1993).         [ Links ] El desarrollo del concepto de modo de producción tributario en John HALDON, "Bizancio y el temprano Islam. Análisis comparativo de dos formaciones sociales tributarias medievales", Anales de Historia Antigua, Media y Moderna, 35-6 (2003).         [ Links ]

42 Luis GARCÍA MORENO, "Algunos aspectos fiscales de la Península Ibérica durante el siglo VI", Hispania Antiqua, I (1971);         [ Links ] Arcadio del CASTILLO, "La collatio lustralis en el régimen fiscal del reino visigodo", Antigüedad y Cristianismo VIII (1991).         [ Links ]

43 Luis GARCÍA MORENO, "El paisaje rural y algunos problemas ganaderos en España durante la Antigüedad Tardía", Anexos del CHE (1983);         [ Links ] "Propaganda religiosa y conflicto político en la epigrafía de la época visigoda", Separata de las actas del coloquio internacional de epigrafía, cultura y sociedad en Occidente, Barcelona, 1991.         [ Links ]

44 El que de modo más sistemático llamó la atención sobre la diversidad regional fue Collins. Acerca de la meseta norte, el estudio de Ángeles ALONSO ÁVILA, "La meseta norte de la península ibérica. Testimonios de su visigotización", Studia historica, vol. II-III, n° 1 (1984- 5);         [ Links ] sobre la provincia de Segovia, IDEM, "Aproximación a la época visigoda en el territorio Finalde la actual provincia de Segovia", Studia Historica. Historia Antigua, II- III, nº 1 (1984-5) y,         [ Links ] sobre la provincia de la Rioja, "Visigodos y romanos en la provincia de la Rioja", Berceo, nºs 108-9 (1985).         [ Links ] Para la Bética, José FERNÁNDEZ UBIÑA, "Del esclavismo al colonato en la Bética del siglo III", Memoria de Historia Antigua, II (1978);         [ Links ] Pablo DÍAZ MARTÍNEZ, "El Imperio, los bárbaros y el control sobre la Bética en el siglo V", en Actas del primer coloquio de historia antigua de Andalucía, Córdoba, 1988, t. II y Marí         [ Links ]a Luisa CORTIJO CEREZO, "Algunos aspectos sobre el medio rural en la Bética romana. Pagi y vici", Hispania Antiqua, XVII (1993);         [ Links ] para Lusitania, Raúl ARRIBAS DOMÍNGUEZ, "Los modelos arquitectónicos de culto cristiano en el ámbito rural lusitano: el ejemplo de la villa de el Sucedo (Talavera la Nueva, Toledo)", en V reunió d'arqueología cristiana hispánica, Barcelona, Institut d'estudis catalans, 2000.         [ Links ] Para Castilla altomedieval, Ángel GARCÍA de CORTÁZAR, "Yermo estratégico, encuadramiento social. Final de una sociedad de tipo antiguo en Castilla en los siglos VII- X", Anales de Historia Antigua y Medieval, 28 (1995).         [ Links ]

45 El estudio basado en fuentes escritas de Claudio SÁNCHEZ ALBORNOZ, Ruina y extinción del municipio romano en España e instituciones que lo reemplazan, Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, 1943 dio verdadero impulso a esta temá         [ Links ]tica. Esta línea de trabajo fue retomada con fuerza unas décadas después: sobre Mérida y Toledo, Roger COLLINS, "Mérida and Toledo: 550- 585", en Edward JAMES (ed.), Visigothic Spain. New approaches, Oxford, Oxford University Press, 1980.         [ Links ] Acerca de Córdoba, Juan Francisco RODRÍGUEZ NEILA, "El perfil histórico de Córdoba en la época visigoda", Boletín de la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Artes y Letras, 113 (1987);         [ Links ] sobre Lugo, Manuel DÍAZ y DÍAZ, "Notas sobre el distrito de Lugo en la época sueva", Hellmantica, XLVI (1995);         [ Links ] un panorama global de la ciudad visigoda en Gisella RIPOLL y Josep GURT, Sedes regiae anni 400-800, Barcelona, Real Acadèmia de Bones Lletres, 2000.         [ Links ] Un marco general del tránsito de la ciudad antigua a la medieval en John RICH, The city in Late Antiquity, Londres, Routledge, 1996;         [ Links ] John LIEBESCHUETZ, The decline and fall of the Roman city, Oxford, Oxford University Press, 2003.         [ Links ]

46 Una idea primera del avance magnífico experimentado por la arqueología visigoda lo puede ofrecer un contacto con los sitios web especializados en la materia: http:// www.biblioarqueologia.com/buscadordoc.php?search=arqueologia+visigoda&opcion1= articulos y http://www.arqueologiamedieval.com/articulos/articulos.asp?ref=90

47 En términos generales RIPOLL y GURT, op. cit.; Pablo DÍAZ MARTÍNEZ, "City and territory in Hispania in Late Antiquity", en Gian Pietro BROGIOLO, Nancy GAUTHIER, Neil CHRISTIE (eds.), Towns and their territories between Late Antiquity and the Early Middle Ages, Leiden-Boston-Colonia, Brill, 2000.         [ Links ] Para Alicante, Sonia GUTIERREZ LLORET, "El poblamiento tardorromano en Alicante a través de los testimonios materiales: estado de la cuestión y perspectivas", Antigüedad y cristianismo, V (1988);         [ Links ] para Valencia, Ana VINCENT, "Restos arqueológicos de la Valencia visigoda", Ampurias, XIX- XX (1957) y Ví         [ Links ]ctor REVILLA y Xavier CELA, "La transformación material e ideológica de una ciudad de Hispania: Iluro (Mataró), entre los siglos I y VII, d. C.", Archivo español de arqueología, 79 (2006),         [ Links ] entre otros.

48 Alfonso ESCALERA GUIRADO, "Granjas y aldeas altomedievales al norte de Toledo (450- 800 d. C)", Archivo español de arqueología, 80 (2007);         [ Links ] Alexandra CHAVARRÍA, "Poblamiento rural en el territorio de Tarraco durante la Antigüedad Tardía", A. T y M, 8 (2001);         [ Links ] IDEM, "Aristocracia tardoantigua y cristianización del territorio ¿otro mito historiográfico?", Revista di archeologia cristiana, 82 (2006);         [ Links ] Urbano ESPINOSA RUIZ, "El enclave Parpalines de la Vita sancti Aemiliani", Iberia, 6 (2003);         [ Links ] Miguel Ángel GARCÍA GUINEA et alii, "El Castellar. Villajimena (Palencia). Excavación arqueológica", España 22, Madrid, Ministerio de Educación Nacional, 1963;         [ Links ] Miguel Ángel GARCÍA GUINEA et alii, "Excavaciones arqueológicas en el yacimiento romano-medieval de Canosa-Rebolledo (Valdeolea- Cantabria)", Codex Aquilarensis. Cuadernos de investigación del monasterio de santa María la Real, n° 4 (1991);         [ Links ] Miguel LÓPEZ et alii, "Excavaciones en el conjunto funerario de la época hispano-visigoda de la Cabeza (La Cabrera, Madrid)", Pyrenae, 25 (1994);         [ Links ] Ana PUIG GRIESSENBERGER, "El jaciment de Rhode a la fi de l'Antiguitat tardana. Els contextos del segle VII d. C. a la Ciutadella de Roses (Alt Empordá, Girona)", Pyrenae, 29 (1998);         [ Links ] Gisella RIPOLL, "Características generales del doblamiento y la arqueología funeraria visigoda de Hispania", Espacio, Tiempo y Forma, 1-2 (1989);         [ Links ] Gisella RIPOLL y Javier ARCE, "The transformation and end of Roman Villae in the West (fourth-seventh centuries): problems and perspectives", en BROGIOLO et alii, op. cit.; Karen CARR, Vandals to visigoths. Rural settlement and patterns in early medieval Spain, Detroit, University of Michigan Press, 2003.         [ Links ]

49 Para un marco conceptual, Walter POHL, "El concepto de etnía en los estudios de la alta Edad Media", en Lester LITTLE y Barbara ROSENWEIN (eds.), La Edad Media a debate, Madrid, Akal, 2003;         [ Links ] Walter POHL y Helmut REIMITZ, Strategies of distinction. The construction of ethnic communities (300- 800), Leiden-Boston-Colonia, Brill, 1998;         [ Links ] Helmut GOETZ et alii (eds.), Regna and Gentes. The relationship between Late Antiquity and early Medieval peoples and kingdoms in the transformation of the Roman World, Leiden-Boston, Brill, 2003.         [ Links ] Fundamentales para este tema, Peter HEATHER, The visigoths from the migration period to the seventh century. An ethnographic perspective, Woolbridge, The Boydell Press, 2003 y Herwig WOLFRAM,         [ Links ] History of the Goths, Berkeley-Los Angeles-Londres, University of California Press, 1990.         [ Links ] Más generales, Peter WELLS, The barbarians speak. How the conquered peoples shaped Roman Europe, Princeton, Princeton University Press, 1999.         [ Links ] Específico para visigodos, Dietrich CLAUDE, "Remarks about relations between visigoths and hispano-romans in the seventh century", en POHL y REIMITZ (eds.), op. cit.; Wolf LIEBESCHUETZ, "Citizen status and law in the Roman Empire and the Visigothic Kingdom", en ibidem; Gisela RIPOLL LÓPEZ, "The arrival of the visigoths in Hispania: population problems and the process of acculturation", en ibidem; Hagith SIVAN, "The appropiation of Roman law in barbarian hands: Roman-barbarian marriage in visigothic Gaul and Spain", en ibidem; Ralph MATHISEN y Hagith SIVAN, "Forging a new identity: the kingdom of Toulouse and the frontiers of visigothic Aquitania", en Alberto FERREIRO (ed.), The visigoths. Studies in culture and society, Leiden-Boston-Colonia, Brill, 1999;         [ Links ] Karen CARR, "From Alaric to the Arab conquest: Visigothic effort s to achieve Romanitas", en Linda JONES HALL (ed.), Confrontation in Late Antiquity: Imperial presentation and Regional adaptation, Cambridge, Orchad Academy, 2003;         [ Links ] MARTIN, op. cit.; Manuel KOCH, "Gotthi intra Hispanias sedes acceperunt. Consideraciones sobre la supuesta inmigracion visigoda en la Península ibérica", Pyrineae, 37, vol. 2 (2006).         [ Links ] Se refieren a francos y alamanes los estudios compilados por Ian WOOD, Franks and Alamanni in the merovingian period. An Ethnographic Perspective, San Marino, Boydell Press, 1998.         [ Links ]

50 Ver Isabel VELÁZQUEZ SORIANO, "Impronta religiosa en el desarrollo jurídico de la España visigoda", http://www.ucm.es/BUCM/revistas/ccr/11354712/articulos/ ILUR9999440097A.PDF.         [ Links ] En esta misma línea de trabajo, P. BARWELL, "Emperors, Jurists and Kings: Law and customs in the Late Roman and Early Medieval West", Past and Present, 168 (2000).         [ Links ] Un enfoque teórico a esta corriente en Giorgio AGAMBEN, Homo sacer. El poder soberano y la nuda vida, Valencia, Pre-Textos, 2003.         [ Links ] 51 PETIT, op. cit., p. 8. Más radicalizado en Carlos PETIT, Derecho visigodo del siglo VII. Un ensayo de síntesis e interpretación, en http://www.uhu.es/jhering/pubs/petit004.pdf.         [ Links ] Para un desarrollo conceptual y teórico de estas cuestiones ver Ernesto GARZÓN VALDÉZ y Francisco LAPORTA, El derecho y la justicia, Madrid, Trotta, 1996 así         [ Links ] como Hans KELSEN, Teoría pura del derecho, Méjico, Porrúa, 1998.         [ Links ] Desde la antropología histórica, Bartolomé CLAVERO, Antidora. Antropología católica de la economía moderna, Milán, Giuffré, 1991.         [ Links ]

52 Por ejemplo, para los textos litúrgicos Manuel DÍAZ y DÍAZ, "Literary aspects of the Visigothic literatura", en JAMES (ed.), op. cit. Un panorama general de la codicología en España en Francisco GIMENO BLAY y José TRENCH ODENA, "La paleografía y la diplomática en Hispania", Hispania, L/2, nº 175 (1990).         [ Links ]

53 Por ejemplo, sobre códices litúrgicos Anscari MUNDÓ, "La datación de los códices litúrgicos visigóticos toledanos", Hispania sacra, XVIII, nº 35 (1965);         [ Links ] sobre concilios, José ORLANDIS y Domingo RAMOS LISSÓN, Historia de los concilios de la España Romana y visigoda, Pamplona, Eunsa, 1986;         [ Links ] sobre la lex Visigothorum, Manuel DÍAZ Y DÍAZ, "La Lex visigothorum y sus manuscritos. Un ensayo de interpretación", AHDE, XLVI (1976);         [ Links ] Olga MARLASCA, "Algunos requisitos para la validez de los documentos en la lex visigothorum", en http://www.ulg.ac.be/vinitor/rida/1998/MARLASCA.pdf.         [ Links ]

54 Sobre códices penitenciales, MARTÍNEZ, "Un tratado visigótico sobre la penitencia", Hispania Sacra, XIX, nº 37 (1966);         [ Links ] litúrgicos en Jordi PINELL, "La liturgia hispánica. Valor documental de sus textos para la historia de la teología", en Repertorio de historia de la ciencias eclesiásticas en España, Salamanca, 1971, t. II;         [ Links ] IDEM, Liturgia hispánica, Barcelona, Centro de pastoral liturgia, 1998; de cómputo del tiempo en Alfred CORDOLIANI, "Textes du comput espagnol du VIIe siécles", Hispania Sacra, VI, nº 7 (1958).         [ Links ] Para el tema de la circulación del texto bíblico en la alta Edad Media, Jacques FONTAINE y Charles PETRIE, (dirs.), Le monde latin et la Bible, París, Beauchesne, 1985;         [ Links ] Jaroslav PELIKAN, Whose Bible is it? A short history of the scriptures, Nueva York, Viking Pinguin, 2005.         [ Links ] Más específico, Javier LOMAS SALMONTE, "VIII concilio de Toledo (653): la Biblia en el tomo regio y en el debate sobre la legislación de Chindasvinto", Excerpta Philologica, X- XII (2000-2002).         [ Links ]

55 Algunos ejemplos sueltos: para Hidacio, Josep VILLELA, "Idacio, un cronista de su tiempo", Compostellanum, 44, 1-2;         [ Links ] Concetta MOLE, "Uno storico del V secolo: il vescovo Idazio", Sicolorum gymnasium, XXVIII, nº 1 (1965);         [ Links ] para Apringio de Beja, Andrés BARCALÁ, "El fantasma del Priscilianismo. Apringio de Beja y el Apocalipsis", Hispania Sacra, XLIX, nº 99 (1997);         [ Links ] para Liciniano de Cartagena, Rafael GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, "Cultura e ideología del siglo VI en las cartas de Liciniano de Cartagena", Antigüedad y Cristianismo, XII (1995);         [ Links ] Fructuoso de Braga, DIEZ GONZALEZ et alii, San Fructuoso de Braga y su tiempo, León, 1966;         [ Links ] Valerio del Bierzo, Manuel DÍAZ y DÍAZ, "Sobre la compilación historiográfica de Valerio del Bierzo", Hispania Sacra, VI, nº 7 (1951) y un larguí         [ Links ]simo etcétera. Un panorama de publicaciones ordenado por autor en Angelo DI BERNARDINO, Patrologia. I patri latini (sec. V-VIII), Génova, Institutum Patristicum Agustinianum-Marietti, 1996.         [ Links ]

56 Acerca de Isidoro, magistrales los trabajos de Jacques FONTAINE, Isidore de Seville et la culture classique dans l'Espagne wisigothique, París, Etudes Agustiniennes, 1959, 2 vols.         [ Links ] Revisa su propia bibliografía y actualiza la específica de su tema en IDEM, Isidoro de Sevilla. Génesis y originalidad de la cultura hispánica en tiempos de los visigodos, Buenos Aires, Encuentro, 2002. También acerca de Isidoro, en un enfoque contextualista de trabajo, ROMERO, op. cit. y "La historia de los vándalos y suevos de san Isidoro de Sevilla", CHE, 1-2 (1944). La bibliografía sobre el obispo sevillano requiere su propio estado de la cuestión. Por nombrar algunos títulos más de relieve Adolfo GARCÍA GALLO, "San Isidoro jurista", Isidoriana. Estudios sobre san Isidoro de Sevilla en el XIV aniversario de su nacimiento, León, Centro de estudios de san Isidoro, 1969;         [ Links ] Manuel DÍAZ Y DÍAZ, De Isidoro al siglo XI. Ocho estudios sobre la vida literaria peninsular, Barcelona, El Albir, 1976.         [ Links ] Sobre Braulio de Zaragoza, C. LYNCH y P. GALINDO, San Braulio, obispo de Zaragoza. Su vida y sus obras, Madrid, CSIC, 1950.         [ Links ] Sobre Julián de Toledo, Jocelyn HILLGARTH, "St. Julian of Toledo in the Middle Ages", Journal of the Warbourg and Courtland Institutes, 21, nºs 1-2 (1952);         [ Links ] Gregorio GARCÍA HERRERO, "Julián de Toledo y la realeza visigoda", Antigüedad y Cristianismo, VIII (1991);         [ Links ] Yolanda GARCÍA LÓPEZ, "La cronología de la "Historia Wambae", Anuario de Estudios medievales, 23 (1993) y un larguí         [ Links ]simo etc.

57 Por ejemplo, Eustaquio SÁNCHEZ SALOR, "Factores que influyen en los cambios léxicos en la Baja Latinidad", en Mauricio PÉREZ GONZÁLEZ (ed.), Actas del Primer Congreso Nacional de Latín Medieval, León 1-4 de diciembre 1993, León, Universidad de León, 1995;         [ Links ] Jeremy DU QUESNAY ADAMS, "The political grammar of Saint Ildefonsus of Toledo. A preliminary report", en FERREIRO (ed.), op. cit.; Isabel VELÁZQUEZ SORIANO, "Otro texto bíblico en una pizarra inédita de Salamanca: el salmo XV", Antigüedad y cristianismo, III (1986);         [ Links ] IDEM, "De constructione. Lengua y literatura técnica en las Etimologías de Isidoro de Sevilla (a propósito de un libro reciente de Mortero Castilla)", Antigüedad y cristianismo, XXI (2004), etc. Para latín cristiano, Olegario GARCÍA de la FUENTE, Latín bíblico y latín cristiano, Madrid, CEES, 1994.         [ Links ] Un marco teórico orientativo en estas cuestiones en Guiomar CIAPUSCIO, Textos especializados y terminología, Barcelona, Institut Universitari de Lingüística aplicada-Universitat Pompeu Fabra, 2003.         [ Links ]

58 Para los visigodos, el más manejado es el preparado por Manuel DIAZ y DÍAZ, Index scriptorum latinorum medii aevi hispanorum, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1958.         [ Links ]

59 Los más importantes: Quintín ALDEA et alii, Diccionario de historia eclesiástica de España, Madrid, CSIC, 1972-5;         [ Links ] Alfred BAUDRILLART et alii, Dictionnaire d'histoire et géographie ecclesiastique, París, Letouzy et Ané, desde 1926;         [ Links ] Fernand CABROL et alii, Dictionnaire d'archeologie chrétienne et de liturgie, París Letouzy et Ané, 1907-1953;         [ Links ] Marcel VILLER et alii, Dictionnaire de spiritualité, París, Beauchesne, 1932-1995.         [ Links ]

60 DI BERNARDINO, op. cit; Johannes QUASTEN, Patrología, Madrid, BAC, 1962.

61 Luis GARCÍA MORENO, Prosopografía del reino visigodo de Toledo, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1976.         [ Links ]

62 Las compilaciones más o menos recientes de Jacques FONTAINE, Jocelyn HILLGARTH, The seventh century. Change and continuity, Londres, University of London, 1992 y,         [ Links ] más específicos, FERREIRO (ed.), op. cit.; Manuel DÍAZ Y DÍAZ, Vie chrétienne et culture dans l'Espagne du VIIe au Xe siécles, Hampshire, Variorum, 1992 dan claro testimonio de ello.         [ Links ]

63 Roger COLLINS, "Literacy and the laity in Early Middle Ages", en Rosamond MC KITTERICK (ed.), The uses of literacy in Early Middle Ages, Cambridge, Cambridge University Press, 1992.         [ Links ] De alcance general pero sugerente para el estudio de la sociedad visigótica, PAILLARD, "Les bases nerveuses du contrôle viso-manuel de l' écriture", en Colette SIRIAT et alii, L' écriture: le cerveau, le oeil et la main, Turhoult, Brepols, 1990;         [ Links ] Paolo VIVIANI, "L'écriture comme mouvement", en IDEM, Guglielmo CAVALLO et alii, Lo spazio litterario del medievo, Roma, Salerno, 1993, vol. 1, t. I; IDEM, "Scrivere, leggere, memorizzare le sacre fórscriture", en Morfologie sociali e culturali in Europa fra tarda antichitá e Alto medioevo. XLV settimana di Studio del Centro Italiano di Studi sull'alto medioevo, Spoleto, CISAM, 1998; Armando PETRUCCI, "Libro, scrittura e scuola", en ibidem; John FOLEY, "The implications of oral Tradition", en William NICOLAISEN (ed.), Oral tradition in the Middle Ages, Nueva York, Center for Medieval and Early Reinassence Studies, 1995;         [ Links ] Alfred LORD, en ibidem; Mathew INNES "Memory, orality and literacy in an early medieval society", Past and Present, 158 (1998);         [ Links ] Hagen KELLER, "Oralité et écriture", en Jean Claude SCHMITT y Otto OEXLE (eds.), Les tendances actuelles de l' histoire du Moyen Age en France et en Allemagne, París, Publications de la Sorbonne, 2002;         [ Links ] Ludwig KUCHENBUCH, en ibidem y un largo etc.

64 Nuevamente COLLINS, op. cit. De alcance general, pero con expresa referencia a la sociedad visigoda, Pierre RICHÉ, Education et culture dans l'Occident barbare (VIe-VIIIe siécles), París, Seuil, 1962;         [ Links ] algunas líneas en Henri MARROU, Historia de la educación en la Antigüedad, Buenos Aires, Eudeba, 1963.         [ Links ]

65 Específico, Jocelyn HILLGARTH, "Historiography in visigothic Spain", en XVII Settimana di Spoleto, Spoleto, CISAM, 1970;         [ Links ] TEILLET, op. cit.; Pedro GALÁN SÁNCHEZ, El género historiográfico de la crónica. Las crónicas hispanas de la época visigoda, Cáceres,Universidad de Extremadura, 1994.         [ Links ] General para el período, Badouin De GAIFFER, "Hagiographie et historiographie", XVII Settimana di Spoleto, Spoleto, CISAM, 1970;         [ Links ] Arnaldo MOMIGLIANO, "L'etá del trapasso fra storiografia antica e storiografia medievale (320-550 d.C.)", en XVII Settimana di Spoleto, Spoleto, CISAM, 1970;         [ Links ] IDEM, Ensayos de historiografía antigua y moderna, Méjico, FCE, 1993, Maurice HALBWACHS, "La reconstruction du passé", en Les cadres sociaux de la mémoire, París, Mouton, 1976; Glenn CHESNUT, The first Christian Histories. Eusebius, Socrates, Sozomen, Theodoret and Evagrius, Macon, Mercer University Press, 1986;         [ Links ] Paolo BREZZI, "Chronique universelle du Moyen Age et histoire du salut", en Jean GENET (ed.), L'historiographie médievale en Europe, París, CNRS, 1991;         [ Links ] Patrick GEARY, La mémoire et l'oubli à la fin du premier millénaire, París, Aubier, 1996;         [ Links ] Gabrielle SPIEGEL, The Past as text. The theory and Practice of Medieval Historiography, Baltimore y Londres, John Hopkins University Press, 1997;         [ Links ] Yitzhak HEN y Mathew INNES, The uses of the past in the early Middle Ages, Cambridge, Cambridge University Press, 2000;         [ Links ] Alexander CALLENDER MURRAY, After Rome's fall. Narrators and sources of early medieval history, Toronto, University of Toronto, 1998.         [ Links ] Para teoría de géneros historiográficos medievales, Michael McCORMICK, Les annales du Haut Moyen Âge, Turnhout, Brepols, 1975;         [ Links ] Karl KRüGER, Die Universalchroniken, Turnhout, Brepols, 1976;         [ Links ] Bernard GUENNEÉ, "Histoires, annales, chroniques. Essai sur les genres historiques au Moyen Age", Annales ESC, 28 (1973);         [ Links ] IDEM, "Histoire et chronique. Nouvelles réflexions sur les genres historiques au moyen age", en La chronique et l'histoire au Moyen Age. Colloque des 24 et 25 mai 1982, París, Publications de la Sorbonne, 1986. Para el abordaje de la cuestión historiográfica altomedieval, resulta sumamente sugerente el libro de Pierre DE MARTIN DE VIVIÉS, Apocalypses et cosmologie du salut, París, Cerf, 2002 acerca de la apocalí         [ Links ]ptica y economía de la salvación.

66 Angel CANELLAS LÓPEZ, Diplomática hispano-visigoda, Zaragoza, Institución Fernando el Católico, 1979.         [ Links ]

67 Juan GIL, Miscellanea Wisigothica, Sevilla, 1972;         [ Links ] Carlos PETIT, "Sobre las prácticas jurídicas del sur peninsular: las fórmulas notariales godas", en http://www.uhu.es/jhering/ pubs/petit005.pdf;         [ Links ] Isabel VELÁZQUEZ SORIANO, "Elementos religioso-bíblicos en fórmulas y documentos de época visigoda", Antigüedad y Cristianismo, VII (1990).         [ Links ]

68 GIL, op. cit.

69 José VIVES, Inscripciones cristianas de la España romana y visigoda, Barcelona, CSIC, 1969. A partir de un esfuerzo notable, actualmente disponemos de un catálogo on line de inscripciones (http://www.ubi-erat-lupa.austrogate.at/hispep/public/index.php).         [ Links ]

70 El trabajo pionero de Manuel GÓMEZ MORENO, Documentación goda en pizarra. Estudio y transcripción, Madrid, Real Academia Española, 1966.         [ Links ] Este trabajo fue continuado y modificado por Velázquez. Cfr. Isabel VELÁZQUEZ SORIANO, "Las pizarras visigodas. Edición crítica y estudio", Antigüedad y Cristianismo, 6 (1989);         [ Links ] más reciente, Documentos de época visigoda escritos en pizarra (siglos VI- VIII), Turnhout, Brepols, 2000.

71 Así lo testimonian los últimos trabajos de Isabel VELÁZQUEZ, Las pizarras visigodas: entre el latín y su disgregación. La lengua hablada. Siglos VI- VIII, Burgos, Instituto castellano- leonés de la Lengua, 2005;         [ Links ] Juan Manuel ABASCAL, Helena GIMENO e Isabel VELÁZQUEZ, Epigrafía Hispánica, Madrid, Real Academia de la Historia, 2000.         [ Links ] Con respecto a Isidoro de Sevilla, José MARTÍN IGLESIAS (ed.), Isidorus Hispalensis. Chronica, Turnhout, Brepols, 2003 (CC SL CXII) y Pierre CÁ         [ Links ]ZIER (ed.), Isidorus Hispalensis. Sententiae, Turnhout, Brepols, 1998 (CC SL, CXL).         [ Links ] Para Ildefonso, Carmen CODOÑER y Valeriano YARZA URQUIOLA (eds.), Ildephonsus Toletanus episcopus opera, Turnholt, Brepols, 2007.         [ Links ] En relación a Julián, Joaquín MARTÍNEZ PIZARRO (ed.), The story of Wamba: Julian of Toledo's Historia Wambae regis, Washington, Catholic University, 2005.         [ Links ] Las Vitae Patrum en Isabel VELÁZQUEZ, Vidas de los Padres de Mérida, Madrid, Trotta, 2008;         [ Links ] finalmente, en relación a Valerio del Bierzo, Renán FRIGHETTO, Valerio del Bierzo. Autobiografía, La Coruña, Toxosoutos, 2006.         [ Links ]

72 Observemos cómo se cruzan los temas. En efecto, en su impresionante compilación acerca de la Iglesia visigoda, Ricardo García Villoslada escribía expresamente: "¿Cuándo nace España? A mi entender, en el momento en que la Iglesia Católica la recibe en sus brazos oficialmente, y en cierto modo la bautiza en mayo de 589, cuando Recaredo I inicia su cuarto año de reinado. Antes del visigodo Eurico (484) no era España una nación independiente, ni alcanzaría la perfecta unidad nacional durante más de un siglo: eran dos pueblos de raza y religión diversas, dos pueblos que cohabitaban en la misma morada" -Ricardo GARCÍA VILLOSLADA, Historia de la Iglesia en España, Madrid, BAC, 1979, t. I, p. XLII-.         [ Links ] Otro manual tradicional de historia de la Iglesia visigoda en TORRES, op. cit. Referencias específicas en los manuales generales de José ORLANDIS ya citados.

73 Los manuales sobre historia de Iglesia son muchos y variados. Para mi tesis doctoral han sido trabajados los de Hubert JEDIN, Manual de la historia de la Iglesia,Barcelona Herder, 1966, t. I;         [ Links ] Jean DANIELOU y Henri MARROU, The Christian centuries. The first six hundred years, Londres, Darton, Longmann and Todd, 1964;         [ Links ] la compilación de Henry CHADWICK, History and thought of the Early Church, Londres, Variorum, 1982.         [ Links ] Para el período y, en un enfoque renovado, Jean Marie MAYEUR et alii, Histoire du christianisme, París, Desclée, 1998, vols. 3 y 4;         [ Links ] José SÁNCHEZ HERRERO Historia de la Iglesia. T. II: La Edad Media, Madrid, BAC, 2005 y,         [ Links ] por último, Agustin CASIDAY y Frederick NORRIS, The Cambridge History of Christianism. Constantine to c. 600, Cambridge, Cambridge University Press, 2008.         [ Links ] En contra de la postura tradicional globalmente Gonzalo PUENTE OJEA, Fe cristiana, Iglesia, poder, Madrid, Siglo XXI, 1991.         [ Links ] Un tratamiento teórico más actualizado y más sereno de la cuestión en Anita GUERREAU-JALABERT, "L'ecclesia medievale, une institution totale", en SCHMITT y OEXLE (eds), op. cit.

74 Antonino GONZÁLEZ BLANCO, "El cristianismo en el municipio de Calahorra del 380 al 410", Memorias de Historia Antigua, IV (1981);         [ Links ] José ORLANDIS, "Algunas consideraciones en torno a los orígenes cristianos en España", Antigüedad y Cristianismo, 7 (1990);         [ Links ] Manuel SOTOMAYOR, "Cristianismo primitivo y paganismo romano en Hispania", Memorias de Historia Antigua, V (1981);         [ Links ] IDEM, "Romanos pero cristianos: a propósito de algunos cánones del concilio de Elvira", Antigüedad y Cristianismo, 7 (1990).

75 Juan RIVERA RECIO, "¿Cisma episcopal en la Iglesia toledano-visigoda?", Hispania sacra, I, nº 2 (1949);         [ Links ] José ORLANDIS, "El elemento germánico en las iglesias católicas en el siglo VII", Anuario de estudios medievales, II (1966);         [ Links ] IDEM, "La problemática conciliar en el reino visigodo de Toledo", AHDE, XLVIII (1978); ORLANDIS y RAMOS LISSÓN, op. cit.; José SÁNCHEZ HERRERO, "Concilios y sínodos hispanos e historia de la Iglesia española", Hispania, 175, vol. L/2 (1990).         [ Links ] Para un estudio de la dogmática y de los concilios generales resulta imprescindible el trabajo monumental de Charles HEFELE, Histoire des conciles, París, Letouzy et Ané, París, 1907, T. I, parte 1ª         [ Links ] y también, más ligado a lo jurídico, el impresionante de Gabriel LE BRAS, Histoire du droit et des institutions de l'Eglise en Occident, París, Sirey, 1955. 3 vols.         [ Links ]; muy general para el objetivo que se propone, Enrique VILANOVA, Historia de la Teología cristiana. T.I: De los orígenes al siglo XV, Barcelona, Herder, 1987.         [ Links ] Resulta provechoso y menos atado a la defensa de la institución, Werner JAEGER, Cristianismo primitivo y paideia griega, Madrid, CFE, 1995.         [ Links ]

76 Liturgistas tradicionales en su enfoque han sido Germán PRADO, Manual de liturgia hispánica visigótica o mozárabe, Madrid, Voluntad, 1927;         [ Links ] Jordi PINELL, "Boletín de liturgia hispano- visigodo", Hispania sacra, X, nº 2 (1956);         [ Links ] IDEM, "El oficio hispano-visigodo", Hispania sacra, X, nº 2 (1956); IDEM, "La liturgia hispánica. Valor documental de sus textos para la historia de la teología", en Repertorio de historia de la ciencias eclesiásticas en España, Salamanca, 1971, t. II; IDEM, Liturgia hispánica, Barcelona, Centre de Pastoral Litúrgica, 1998; Joaquim BRAGANÇA, "A liturgia de Braga", Hispania Sacra, XVII nºs 33-4 (1964); Pedro ROVALO, "Temporal y santoral en el Adviento visigodo", Hispania Sacra, XIX, nº 38 (1966).         [ Links ] Un tratamiento tradicional de la liturgia altomedieval en Joseph JUNGMANN, Missarum sollemnia. Explication génétique de la Messe romaine, París, Montaigne, 1951, t. I y Silvio MARSILI,         [ Links ] "La liturgia. Panorama histórico generale", Anamésis, 2 (1978).         [ Links ]

77 Un panorama historiográfico sobre este tópico, en los sucesivos artículos redactados por Badouin DE GAIFFER, "Hispania et Lusitania", Analecta Bollandiana, 1959 hasta 1983.         [ Links ] Acerca del género, Fernando BAÑOS VALLEJO, La hagiografía como género literario en la Edad Media. Tipología de doce vidas individuales castellanas, Oviedo, Universidad de Oviedo, 1989.         [ Links ]

78 Stephen MACKENNA, Paganism and pagan survivals in Spain up to the fall of the visigothic Kingdom, Washington, 1938 (disponible on line en http://libro.uca.edu/mckenna/ paganism.htm);         [ Links ] A. de PINA, "San Martín de Dumio y la sobrevivencia de la mitología suévica", Braccara Augusta, IX- X, fascs. 1-4 (1958/9);         [ Links ] Jocelyn HILLGARTH, "Popular religion in visigothic Spain", en JAMES (ed.), op. cit; Antonio de MIER VELEZ, "Supersticiones entre los cristianos visigodos francos", Religión y cultura, XLI, nº 195 (1995);         [ Links ] Rosa SAENZ, "Hacia un nuevo planteamiento del conflicto paganismo-cristianismo en la península ibérica", Illu, 0 (1995).         [ Links ] Generales para la Alta Edad Media, Oronzo GIORDANO, La religiosidad popular en la Alta Edad Media, Madrid, Gredos, 1983;         [ Links ] Robin LANE FOX, Pagans and Christians, San Francisco, Harper and Row, 1986.         [ Links ]

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85 Carlos DEL VALLE RODRÍGUEZ, La controversia judeo-cristiana en España (desde los orígenes hasta el siglo XIII), Madrid, CSIC, 1998;         [ Links ] más generales, Werner VERBEKE et alii, The use and abuse of Escathology in the Middle Ages, Lovaina, Leuven University Press, 1988;         [ Links ] Bernard MC GINN, Visions of the End. Apocalyptic traditions in the Middle Ages, Nueva York, Columbia University Press, 1998;         [ Links ] Pablo UBIERNA, "Reflexiones sobre el adopcionismo, la cristiandad oriental y la escatología imperial carolingia, Temas medievales, 10 (2000-1);         [ Links ] útiles pero más generales, Alexander ANDERSON, Alexander's gate, Gog and Magog, and the inclosed nations, Massachusetts, The Mediaeval Academy of America, 1932;         [ Links ] Brian DALEY, The hope of the early Church, Cambridge, Cambridge University Press, 1991,         [ Links ] etc.

86 Luis GARCÍA MORENO, "Expectativas milenaristas y escatológicas en la España tardoantigua", Arqueología, Paleontología y Etnografía, 4 (1997);         [ Links ] Juan GIL, "Judíos y cristianos en la Hispania del siglo VII", Hispania Sacra, 30 (1977).         [ Links ]

87 Manuel TORRES LÓPEZ, "La doctrina de las 'Iglesias propias' en los autores españoles", AHDE, II (1925).         [ Links ]

88 María Isabel LORING GARCÍA, "La difusión del cristianismo en los medios rurales de la Península a fines del Imperio Romano", Studia Historica, IV-V, nº 1 (1987);         [ Links ] Domingo PLÁCIDO SUÁREZ, "El cristianismo y las mutaciones sociales del Noroeste peninsular", Antigüedad y Cristianismo, 7 (1990);         [ Links ] Victoria ESCRIBANO, "Usurpación y religión en el siglo IV d. C. Paganismo, cristianismo y legitimación política", Antigüedad y Cristianismo,7 (1990);         [ Links ] IDEM, "Alteridad religiosa y maniqueísmo en el siglo IV d. C.", Studia Historica, 8 (1992); Javier LOMAS SALMONTE, "VIII concilio de Toledo (653): la Biblia en el tomo regio y en el debate sobre la legislación de Chindasvinto", Excerpta Philologica, X-XII (2000-2002).         [ Links ] Para el tratamiento de estos temas resultaron absolutamente estimulante los trabajos de Arnaldo MOMIGLIANO et alii, El conflicto entre el paganismo y el cristianismo en el siglo IV, Buenos Aires, Alianza, 1989;         [ Links ] BROWN, op. cit.; Judith HERRIN, The formation of Christendom, Princeton, Princeton University Press, 1989;         [ Links ] Aline ROUSSELLE, Croire et guérir. La foi en Gaule dans l'Antiquité tardive, París, Fayard, 1990;         [ Links ] André VAUCHEZ, La espiritualidad del Occidente medieval (siglos VIII-XII), Madrid, Cátedra, 1995;         [ Links ] Ramsay MC MULLEN, Christianisme et paganisme du IV au VIII siécle, París, Les Belles Lettres, 1998;         [ Links ] Jean CARRIE y Aline ROUSSELLE, L'Empire romain en mutation. Des Sévères à Constantin (192-337), París, Seuil, 1999 y,         [ Links ] más reciente, Linda JONES HALL (ed.), Confrontation in Late Antiquity: Imperial presentation and Regional adaptation, Cambridge, Orchad Academy, 2003.         [ Links ]

89 Feliciano NOVOA PORTELA y Enrique PÉREZ CAÑAMARES, "La aculturación como modelo de transición social: los mecanismo de la cristianización", Antigüedad y Cristianismo, 7 (1991).         [ Links ] Una vez más en esta temática constituyeron un preciado acicate a la investigación los trabajos de BROWN, op. cit. e IDEM, El primer milenio de la Cristiandad occidental, Barcelona, Crítica, 1997; RUSELL, The Germanisation of early medieval Christianity. A socio historical approach to religious transformation, Nueva York, Oxford University press, 1994.         [ Links ] Un panorama general de la producción literaria en Pierre COURCELLE, Histoire littéraire des grandes invasions germaniques, París, Hachette, 1948.         [ Links ]

90 Anscari MUNDÓ, "Il monachesimo nella peninsola iberica fino al secolo VII. Questione ideologiche e litterarie", en Il monachesimo nell alto medioevo e la formazione della civilitá occidentale. IV settimana de Spoleto, Spoleto, CISAM, 1957;         [ Links ] DÍAZ MARTÍNEZ, op. cit. e IDEM, "Comunidades monásticas y comunidades campesinas en la España visigoda", Antigüedad y Cristianismo, III (1986); IDEM, "Monacato y sociedad en la Hispania visigoda", Codex Aquilarensis. Cuaderno de investigaciones del monasterio de santa María la Real, n° 2 (1988); IDEM, "El monacato y el noroeste hispano. Un proceso de aculturación", Antigüedad y cristianismo, 7 (1990); IDEM, "La recepción del monacato en Hispania", Codex Aquilensis. Cuadernos de Investigación del monasterio de Santa María la Real, Aguilar del Campoo, 1991; Aurora GONZÁLEZ COBOS, "Sobre los condicionamientos sociales de los orígenes del monacato", Hispania Antiqua, III (1973), IDEM, "Monacato: sociedad y siglo IV", Hellmantica, XLIX (1998); Luis GARCÍA MORENO, "Los monjes y monasterios en las ciudades de las Españas tardorromanas y visigodas", Habis, 24 (1993);         [ Links ] Agustín AZKARATE GARAIN-OLAUN, "El eremitismo de época visigótica. Testimonios arqueológicos", Codex Aquilarensis. Cuadernos de Investigación del monasterio de Santa María la Real. Cuarto seminario sobre el monacato. Aguilar del Campoo, 1991.         [ Links ] Un enfoque antropológico sobre el tema en Talal ASAD, Genealogies of religion. Discipline and reasons of power in Christianity and Islam, Londres, John Hopkins University Press, 1993.         [ Links ]

91 Por ejemplo, Fernando BAJO, "El patronato de los obispos sobre las ciudades durante los siglos IV- V en Hispania", Memorias de Historia antigua, vol. V (1981),         [ Links ] IDEM, "El sistema asistencial eclesiástico occidental durante el siglo IV, Studia historica vol. IV-V, n° 1 (1986- 7); J. Ignacio ALONSO CAMPOS, "Sunna, Masona y Nepopis. Las luchas religiosas durante la dinastía de Leovigildo", Antigüedad y Cristianismo, III (1986);         [ Links ] Lina FERNÁNDEZ ORTIZ de GUINEA, "Participación episcopal en la articulación de la vida política hispanovisigoda", Studia historica. Historia Antigua, XII (1994);         [ Links ] Manuel LÓPEZ CAMPUZANO, "Obispo, comunidad y organización social. El caso de las Vitae Emilianii", Antigüedad y Cristianismo, 7 (1991);         [ Links ] Luis GARCÍA MORENO, "Elites e Iglesia hispana en la transición del reino romano al visigodo", en José María CANDAU et alii (eds.), La conversión de Roma. Cristianismo y Paganismo, Madrid, Ediciones clásicas, 1991.         [ Links ] Un breve panorama general en Ramón TEJA, "La cristianización de los modelos clásicos. El obispo", en Ema FALQUE REY et alii, (eds.), Modelos ideales y prácticas de vida en la Antigüedad clásica, Sevilla, Universidad de Sevilla, 1993.         [ Links ] Fundamental ha sido el trabajo de Raymond VAN DAM, Leadership and community in Late Antique Gaul, Berkeley, University of California Press, 1985 en el tratamiento contextualizado de este tema.         [ Links ]

92 Jacques FONTAINE, "King Sisebut's Vita Desiderii and the political function of Visigothic Hagiography", en JAMES, op. cit.; Cristina GODOY FERNÁNDEZ, "Algunos aspectos del culto a los santos durante la Antigüedad tardía en Hispania", Pyrenae, 29 (1998);         [ Links ] Santiago CASTELLANOS, Hagiografía y sociedad en la Hispania goda. La Vita Aemiliani y el actual territorio riojano (siglo VI), Logroño, Instituto de estudios riojanos, 1999;         [ Links ] Ariel GUIANCE, "Las apariciones de los santos en la hagiografía altomedieval castellana: estructuras y función", Temas Medievales, 9 (1999);         [ Links ] Pedro CASTILLO MALDONADO, "¿Rivalidades ciudadanas en textos hagiográficos hispanos?, Florentia iliberritana, II, 10 (1999),         [ Links ] etc.

93 Cristina GODOY FERNÁNDEZ y Miquel dels S. GROS I PUJOL, "L' oracional hispanic de Verona i la topografía cristiana de Tarraco a l' Antiguitat tardana: possibilitats y limíts", Pyreneae, 25 (1994);         [ Links ] Santiago CASTELLANOS, "Calagurris cristiana y el concepto ideológico de civitas en la Antigüedad cristiana", Kalakorikos, 2 (1997);         [ Links ] Xosé ARMADA PITA, "El culto a santa Eulalia y la cristianización de Gallaecia: algunos testimonios arqueológicos", Habis, 34 (2003).         [ Links ] Abrió perspectivas de trabajo generales en este campo PRICOCO, op. cit.

94 Cristina GODOY y Josep VILLELA, "De la fides gótica a la ortodoxia nicena: inicio de la teología política visigótica", Antigüedad y Cristianismo, III (1986);         [ Links ] Federico BELTRÁN TORREIRA, "Siervos del Anticristo. La creación del mito histórico del enemigo interno en las fuentes hispanovisigodas", en José DE LA IGLESIA DUARTE (coord.), Memoria, mito y realidad en la historia medieval. XIII semana de estudios medievales, Nájera, Instituto de Estudios Riojanos, 2002;         [ Links ] para concilios, Rachel STOCKING, Bishops, Councils and Consensus in the Visigothic Kingdom, 589-633, Michigan, University of Michigan Press, 2003.         [ Links ]

95 Resulta al punto muy ilustrativo cómo un historiador como García de Cortázar, luego de reducir el análisis de los dispositivos a la influencia de los individuos, de reemplazar el examen de los modos de producción de la cultura al análisis de las influencias y corrientes de difusión y, finalmente, de ofrecer un panorama pesimista de la tónica cultural de la época, se ve obligado a aceptar el influjo de la Iglesia sobre las producciones culturales: "...la cultura se evidencia como producto de creadores muy poco numerosos que escriben o trabajan para una minoría aristocrática, rural y analfabeta. También, en ambos casos, las influencias más claras proceden del norte de África, de donde llegan continuamente a la Península contingentes de hombres que escapan, en el siglo V, a la persecución vándala y, en los dos siguientes, al avance bereber. Tales fugitivos de una de las áreas más romanizadas del Mediterráneo son, en buena parte, eclesiásticos que llegan a España con sus propias bibliotecas y sus gustos, cargados de tradiciones orientales, lo que de forma clara repercutirá en la producción literaria y artística de la España visigoda. Serán ellos -y no la presencia militar imperial en la Bética entre 554 y 628- quienes aporten igualmente la fuerte influencia bizantina evidente en la artes y letras peninsulares de los siglos VI y VII" -GARCÍA DE CORTÁZAR, op. cit., p. 46-.

96 Por ejemplo, para los primeros cuatro siglos de historia cristiana, Jean DANIELOU, Les symboles chétiennes primitifs, París, Seuil, 1961;         [ Links ] para el período medieval, fundamentales Alain BOUREAU, L'événement sans fin. Récit et christianisme au Moyen Âge, París, Les Belles Lettres, 1993;         [ Links ] Carla CASAGRANDE y Silvana VECCHIO, Les péchés de la langue, París, Cerf, 1991.         [ Links ]

97 Avril CAMERON, Christianity and the rhetoric of the empire. The development of Christian discourse, Berkeley, University of California Press, 1991.         [ Links ]

98 En este sentido, la educación RICHÉ, op. cit.; la liturgia, Manuel DÍAZ y DÍAZ, Liturgia y latín. Discurso leído en la solemne apertura del curso académico 1969-1970, Santiago de Compostela, Universidad de Santiago de Compostela, 1970;         [ Links ] Eric PALAZZO, Liturgie et société au Moyen Age, París, Aubier, 2000, IDEM, "Religion et liturgie", en SCHMITT y OEXLE (eds.), op. cit.; Arnoldt ANGENENDT, "A propos de l'étude de la liturgie medieval", en ibidem; Jean HAMELINE, "Théâtralité de la liturgie", La maison Dieu, 219 (1999-3); Bernard JUSSEN, Ordering medieval society. Perspectives on intellectual and practical modes of shaping social relations, Pennsylvania, University of Pennsylvania, 2001;         [ Links ] la predicación, Jean LONGUÉRE, La prèdication médiévale, París, Ètudes augustiniennes, 1983;         [ Links ] Thomas AMOS, "Early Medieval Sermons and their Audience", en Jacqueline HAMESSE y Xavier HERNAND (eds.), De l'homélie au sermon. Histoire de la prédication médiévale, Lovaina, Université Catholique de Louvain, 1993,         [ Links ] etc.

99 En este sentido, para el código gestual ,Gerhard ALTHOFF, "Les rituels", en SCHMITT y OEXLE (eds.), op. cit; Claude GAUVARD en ibim, Philippe BUC, "Rituel et institutions", en ibim y Dangereux rituel. De l'histoire médiévale aux sciences sociales, París, Presses universitaires de France, 2003;         [ Links ] C. FRUGONI, "La grammatica dei gesti. Qualche riflessione", en Comunicare e significare nell'alto medioevo. Spoleto, 15- 20 aprile 2004, Spoleto, CISAM, 2005.         [ Links ] Teoría del gesto en Julia KRISTEVA, Semiotica 1, Madrid, Fundamentos, 1981;         [ Links ] Ronald BARTHES, Lo Obvio y lo obtuso. Imágenes, gestos, voces, Barcelona, Paidós, 1986;         [ Links ] Jean-Claude SCHMITT, "La moral de los gestos", en Michael FEHER et alii (eds.), Fragmentos para una historia del cuerpo humano, Madrid, Taurus, 1992, vol. II;         [ Links ] IDEM, La raison des gestes dans l'Occident médiéval, París, Gallimard, 1990. 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100 En un ensayo sobre José Luis Romero, en efecto, el historiador italiano escribía: "En tal sentido sería fácil, tratándose de los textos de José Luis Romero reunidos en este volumen, situarlos en relación con un Luzzatto, un Meinecke, un Pirenne o un Dopsch… y la lista podría continuar. Pero ¿de qué serviría? Confirmaría que José Luis Romero era un gran medievalista, que sus posiciones fueron muchas veces nuevas y innovadoras, que su independencia de espíritu lo llevaba muchas veces a ciertas contradicciones; que le permitía en cambio aventurarse por caminos en los que otros, ciegos ideológica y /o metodológicamente (cosa que con frecuencia es lo mismo) se negaban a entrar o ignoraban totalmente. Pero proseguir por este camino significaría hacerle un flaco servicio a José Luis Romero. Significaría caer en una suerte de autopsia de un cerebro: la parte griega, la romana, o la medieval, la americana, la argentina… Una división de este tipo, ciertamente puede ser útil para un examen previo, puede servir para un primer acercameinto; puede ser válida para ver cómo se fue formando el personaje. Pero en realidad, todo esto es apenas una parte de lo que el mismo Romero llamaba 'el oficio' de historiador" -Ruggiero ROMANO, en José Luis ROMERO, La cultura occidental, Buenos Aires, Alianza, 1994, pp. 129-30-.         [ Links ]

101 "Ceñidamente eruditos, [los estudios visigodos] fueron concebidos como antecedentes liminares a mi primitivo proyecto de estudiar las instituciones de los primeros siglos de la Reconquista asturleonesa. Al examinar la ruina del municipio romano en España, deseaba dejar el paso franco a la investigación del orígen de la organización municipal de los reinos de León y Castilla. La historia de las asambleas políticas de los godos me parecía prólogo necesario al examen del Palatium de los reyes de Asturias y León y de la posterior Curia castellana. Y tuve mi libro sobre el stipendium hispano-godo como el camino real para asomarme a la feudalidad castellano-leonesa" -Claudio SANCHEZ-ALBORNOZ, Estudios visigodos, Roma, Istituto Italiano per il medio evo, 1971-.         [ Links ]

102 "Obrando de diversa manera y con distinta intensidad, los tres legados [el romano, el cristiano y el germánico] confluyeron en las nuevas sociedades que se constituyeron a raíz de la conquista germánica del Imperio Romano de occidente. La diversidad de las combinciones trajo consigo la diferenciación local de lo que antes había sido una unidad política y en gran parte también una unidad espiritual. La cultura occidental comenzó a elaborarse como un sistema de vida heterogéneo, que buscó a lo largo de los siglos los supuestos radicales que le daban unidad interior. Acaso esa labor sea uno de los rasgos que mejor caracterizan su devenir histórico" -ROMERO, op. cit., p. 25-.

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